la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fisca
Capítulo 9 grupo 10
1. CAPÍTULO 9 Medidas formativas y sanciones Integrantes del Grupo 6 A.R.C 16 Henry Andrés Triana Jorge Andrés Pulgarin Julián David Rosero
2.
3. 1. Llamado De Atención Verbal: El aprendiz podrá recibir un llamado de atención verbal por parte de los instructores, coordinador académico, los responsables de bienestar o el subdirector del centro. NO se constituye una sanción, no se anotará en la hoja de vida del aprendiz, tampoco se tendrá como como antecedente disciplinario o académico.
4. 2. Plan De Mejoramiento Académico Se llega a un acuerdo entre el aprendiz y el instructor o coordinador académico con el fin del garantizar el logro de los procesos formativos que tendrá una duración máxima de 3 meses
5. 2. Plan De Mejoramiento Disciplinario Son medidas adoptadas para propiciar en el aprendiz cambios de conducta. Cuando se ha impuesto una sanción disciplinaria se condiciona matricula, este proceso dura 3 meses máximo.
6. b. Condicionamiento de la matrícula : Acto académico sancionatorio que se impone al aprendiz que incurra en una falta académica o disciplinaria, previo agotamiento del procedimiento establecido en este Reglamento. SEGÚN REGLAMENTO SENA: El condicionamiento de matrícula podrá imponerse como sanción, en los siguientes casos: . Por incumplimiento del plan de mejoramiento acordado como consecuencia de un (1) llamado de atención escrito. . Cuando el aprendiz no cumple con la entrega de las evidencias de aprendizaje y una mala valoración de los resultados de aprendizaje no pueden sobre pasar el 30% del total del programa. . Por terminar unilateralmente el contrato de aprendizaje sin autorización previa del SENA.