El documento presenta un plan de ordenamiento territorial. Su objetivo principal es distribuir y armonizar el territorio para garantizar una mejor calidad de vida mediante normas, políticas y leyes. El plan busca contribuir a la distribución equitativa de la inversión pública, fortalecer los instrumentos de planificación del suelo, implementar medidas para resolver conflictos de uso del territorio, garantizar la participación ciudadana y asegurar que el uso del suelo sea sostenible.
2. INTRODUCCIÓN
El plan de ordenamiento territorial distribuye y
armoniza un territorio a fin de garantizar una
mejor convivencia utilizando los recursos del
suelo de la mejor manera para concluir con una
gran calidad de vida, todo esto viene dado por
normatividades, políticas y leyes que ayudan a
mitigar la incertidumbre en la realización de este
ordenamiento.
3. OBJETIVOS
• Contribuir a la distribución equitativa y equilibrada de la
inversión pública
• Fortalecer los instrumentos de financiación, planificación y
gestión del suelo.
• Implementar medidas para solucionar conflictos relativos al
uso del territorio
• Garantizar la participación ciudadana en el ordenamiento.
• Garantizar que el uso del suelo sea sostenible y se ajuste a
la función social de la propiedad.
• Reducir y/o minimizar los impactos generados por las
actividades económicas y sociales en una unidad territorial
• Contribuir al bienestar de la población y la preservación del
medio ambiente.
4.
5. ¿QUE ES EL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL?
Es un proceso planificado y una política de
Estado, en donde se plantea el análisis de la
estructura territorial, para organizar y
administrar en forma adecuada y racional la
ocupación y uso del territorio.
A fin de prevenir y mitigar los impactos
generados por las actividades económicas y
sociales en una unidad territorial y contribuir
al bienestar de la población y la preservación
de la oferta ambiental.
Es, además, un medio para promover el
desarrollo como instrumento de
gestión, planificación, regulación, transforma
ción y ocupación del espacio por la sociedad.
6.
7. ENTIDADES TERRITORIALES
La Constitución de 1991 reconoce como
entidades territoriales a:
los Departamentos
Distritos
Municipios
y los Territorios Indígenas
Así mismo, posibilita la creación de regiones y
provincias como entidades territoriales y la
conformación de figuras asociativas para la
promoción del desarrollo.
8.
9. ANTECEDENTES CONTEMPORÁNEOS Y ETAPAS DE LA
PLANIFICACIÓN TERRITORIAL EN EL PAÍS
A pesar de que en el país existen disposiciones normativas
desde finales del siglo XIX para la regulación del desarrollo
urbanístico y territorial, solamente a partir de finales de
los años 40 se dan las condiciones para promover los
desarrollos normativos requeridos para afrontar el
crecimiento acelerado de los centros urbanos.
10. • Primeras experiencias de planeación
Finales de los años 40 y década de
los 50: Ley 88 de 1947
urbana en el país.
• Se empezó a discutir las relaciones
Etapa intermedia, hasta los años
70
deliberadas entre la planeación
económica y la planeación social.
• Plan Integral de Desarrollo. Buscó
replicar a escala local la experiencia del
Enfoque del Planeamiento del Plan Nacional de Desarrollo. Generó
Desarrollo Ley 61 de 1978: como consecuencia el desvanecimiento
de la planeación territorial
Debilitamiento de los planes • Se reemplazó el plan por el Código de
urbanísticos en la década de los Urbanismo
80
11. • Ley de Reforma Urbana - elementos
Ley 9 de 1989 urbanísticos para el plan de desarrollo
municipal
• Estableció los principios básicos para sustentar
el ordenamiento, adoptó la planeación como
Constitución Nacional de 1991 práctica obligatoria y fortaleció los procesos de
descentralización política y administrativa de los
municipios.
• Se estableció el marco normativo para
Desarrollo de la Constitución consolidar los procesos de planificación y
de 1991 ordenamiento territorial
Ley 99 de 1993 - Medio Ambiente
Ley 128 de 1994 – Areas
Metropolitanas • Ley 388 de 1997 y reglamentarios –
Ley 142 de 1994 - Servicios Desarrollo Territorial
públicos
Ley 152 de 1994 – Planes de
Desarrollo Municipal - PDM
12. OBJETIVOS DE LA LEY 388 DE 1997
Armonizar y actualizar la Reforma
Urbana (Ley 9 de 1989) con la Garantizar que el uso
Constitución, Medio Ambiente del suelo sea
(Ley 99 de 1993), Áreas sostenible y se ajuste
Metropolitanas (Ley 128 de 1994) a la función social de
y Planes de Desarrollo Municipal la propiedad.
(Ley 152/94)
Fortalecer los instrumentos Garantizar la participación
de ciudadana en el
financiación, planificación y ordenamiento − Facilitar la
gestión del suelo. intervención pública.
13. OBJETIVOS DE LA LEY 388 DE 1997
COMPETENCIAS VS. RESPONSABILIDADES
14.
15. TIPOS DE PLANES DE ORDENAMIENTO
TERRITORIAL – POT / PBOT / EOT
a) PLANES DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL (POT): Deben elaborarlos
los municipios con población superior a 100.000 habitantes.
b) PLANES BÁSICOS DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL (PBOT):
Deben elaborarlos los municipios con población entre 30.000 y
100.000 habitantes.
c) ESQUEMAS DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL (EOT): Deben
elaborarlos los municipios con población inferior a 30.000
habitantes.
Cuando se habla de POT, se hace referencia a todas las
categorías mencionadas.
16. LOS PLANES DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL
POT, CUMPLEN LAS SIGUIENTES CONDICIONES:
1 2 3
• Orienta y administra
• Son de • Sus contenidos el desarrollo físico del
obligatorio y decisiones territorio y los usos
cumplimiento son vinculantes del suelo a través de
para todos los en el un conjunto de
municipios corto, mediano objetivos, políticas, es
del país. y largo plazo de trategias, metas
vigencia programas, actuacion
es y normas
17. VIGENCIAS DE LOS POT
• El contenido estructural del plan tendrá una vigencia de largo
plazo, que para este efecto se entenderá como mínimo el
correspondiente a tres períodos constitucionales de las
a) administraciones municipales y distritales
• Como contenido urbano de mediano plazo se entenderá una
vigencia mínima correspondiente al término de dos períodos
b) constitucionales de las administraciones municipales y distritales.
• Los contenidos urbanos de corto plazo y los programas de
c) ejecución regirán como mínimo durante un período constitucional
de la administración municipal y distrital.
18.
19. COMPONENTES DE LOS PLANES DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL
Define la “VISIÓN Y VOCACIÓN TERRITORIAL DEL
MUNICIPIO”, mediante el señalamiento de los
a) COMPONENTE
GENERAL:
objetivos y estrategias territoriales de mediano y
largo plazo. De igual manera se plantea el “MODELO
DE OCUPACIÓN DEL TERRITORIO”
Define las políticas, programas, acciones y normas
b) COMPONENTE
de corto y mediano plazo para orientar y
URBANO:
administrar el desarrollo físico de la ciudad.
Define políticas, programas, acciones y normas
de corto y mediano plazo, para orientar la
c) COMPONENTE
conveniente utilización del suelo y garantizar la
RURAL:
adecuada interacción entre los asentamientos
rurales y la cabecera municipal.
20. Define las actuaciones obligatorias sobre el
territorio, a ejecutar en el periodo de la
d) PROGRAMA
DE EJECUCIÓN:
correspondiente administración, señalando
prioridades, programación de actividades, entidades
responsables y recursos respectivos.
Delimitación de las áreas de conservación y protección de los
e)
recursos naturales, incluyendo las áreas de amenazas y riesgos.
f) Localización y dimensionamiento de las zonas como suburbanas..
g) Identificación de los centros poblados rurales
Determinación de los sistemas de aprovisionamiento de los
h) servicios de agua potable y saneamiento básico de las zonas
rurales.
Expedición de normas para la parcelación de predios rurales
i) destinados a vivienda campestre.
21.
22. ACTORES CLAVES PARA LA ELABORACIÓN DEL POT
ACTORES PÚBLICOS: Alcaldía, Consejo ACTORES PRIVADOS: Gremios ACTORES COMUNITARIOS: Población
Municipal, Corporación Autónoma Económicos, Inversionistas, Promotores Civil, Resguardos
Regional, Consejo Territorial. y Terratenientes. Indígenas, Comunidades Negras y otros.
23. PROCEDIMIENTO PARA APROBACIÓN
Viabilidad del proyecto por la
autoridad de planeación.
Aprobación por la autoridad
ambiental respectiva.
Concepto del Consejo Consultivo
de Ordenamiento territorial.
Convocatoria ciudadana para
observaciones.
24. PARTICIPACIÓN EN PLUSVALÍA
Incorporación de suelos rural a
suelo de expansión urbana o la
Hechos Generados:
consideración de parte del suelo
rural suburbano.
Autorización de mayor
Modificación del régimen o aprovechamiento del suelo en
zonificación de usos del suelo. edificación, bien sea elevando el
I. de C., o el I. de O., o ambos.
Se calcula sobre el mayor valor
por m2 utilizable y se liquida
Obras Públicas.
sobre los m2 efectivamente
utilizados.
Entre 30 y 50% del mayor valor y
Monto de la Participación: lo establece el Concejo
Municipal.
25. FORMA DE PAGO:
SE HACE EXIGIBLE:
En dinero.
Al solicitar licencia de urbanismo
o construcción.
En una Porción del inmueble.
Al solicitar certificado de cambio En transferencia de otro inmueble.
de uso.
Participación accionaria en el proyecto.
Al transferir la propiedad.
Ejecución de obras públicas.
Al adquirir títulos valores de Adquisición anticipada de títulos valores
derechos adicionales de representativos de los derechos adicionales de
construcción y desarrollo. construcción y desarrollo.
26. VALORIZACIÓN
Gravamen real de carácter directo utilizado para
recuperar costo de construcción de obras.
Tener como base impositiva el costo de la obra a
desarrollar.
El recurso se destina a financiar obras públicas.
El costo debe ser repartido entre propietarios.
El aporte de contribuciones no debe exceder el
valor de la obra.
27. PLAN BÁSICO DE
ORDENAMIENTO TERRITORIAL
SUELO
VISIÓN
SERVICIOS PUBLICOS
VIVIENDA
DIMENSIONES ATRIBUTOS
EQUIPAMIENTO
VIAS
URBANO
ESPACIO PUBLICO
30. USO RESIDENCIAL
VIVIENDA
BIFAMILIAR Y
TRIFAMILIAR:
VIVIENDA USO VIVIENDA
MULTIFAMILIAR RESIDENCIAL UNIFAMILIAR:
AGRUPACIONES O
CONJUNTOS
31. ¿ QUÉ DEBE TENER EN CUENTA EL PLANIFICADOR?
1. VISIÓN URBANO REGIONAL
Sostenibilidad Movilidad Funciones urbanas
ambiental poblacional - regionales
2. DIMENSIONES DEL
DESARROLLO
Ambiental Social
política
3.ATRIBUTOS FÍSICOS cultura económica
Servicios
suelo Equipamientos públicos
Vivienda, espacio
publico y vías y
transporte
32. EL ESPACIO PUBLICO
Conjunto de
inmuebles públicos
destinados para
satisfacción de las
necesidades urbanas
colectivas y que
trascienden, por
tanto, los límites de
los intereses de la
propiedad privada
hacia la posibilidad
del disfrute colectivo.
35. AVISOS
Los avisos son elementos que se
utilizan como anuncio o propaganda
con fines
profesionales, culturales, comerciales
o turísticos que son visibles desde la
vía pública, adosados a la fachada.
El aviso consiste en un
conjunto de elementos
compuesto por logos y letras
o una combinación de ellos
que se utilizan como
anuncio, señal, advertencia o
propaganda.
46. Hace muchos años una ciudad enfrentaba una profunda crisis urbana que comprometió su
desarrollo. Las dificultades de gobernabilidad, el incremento constante de la inseguridad y la
violencia, los problemas de movilidad y el incremento de la vivienda informal, así como la
precariedad y el déficit de la infraestructura urbana, sin los recursos financieros, técnicos y
humanos que permitieran hacer frente a estas problemáticas, hicieron que estas ciudades
fueran percibidas por analistas y por sus habitantes, en general, como ciudad no viable y sin
credibilidad alguna.
Años después, las sucesivas administraciones realizaron acciones dirigidas a
garantizar gobernabilidad y a hacer efectiva la descentralización; recuperar las
finanzas públicas y desarrollar políticas sociales fuertes y novedosas en
educación, alimentación, salud y bienestar. Estas acciones produjeron un cambio
radical en el desarrollo de la ciudad y el nacimiento de súper POT quien permitió
revertir la crisis urbana.
De esta manera, hoy en día después de iniciado el proceso, el sentir de los ciudadanos es el
de una ciudad viable que, en medio de la crisis nacional, muestran que era posible avanzar y
construir un proyecto de futuro. En consecuencia, gracias a súper POT se ha logrado incluir
en la agenda distrital, temas que son fundamentales para el desarrollo futuro de las
ciudades y que han sido determinantes para superar las problemáticas descritas, a través de
la instrumentación de nuevas fuentes de financiación del desarrollo urbano, basadas en la
aplicación de los instrumentos de gestión adoptados por la Ley 388/97 y la necesidad de
pensar el territorio en función del desarrollo urbano, con énfasis particular en la integración
de la ciudad y la Región.
48. JUNTOS
PODEMOS
AQUÍ Y HACER DE
AHORA ES SÚPER POT LA
VAMOS A Y EL OPORTUNIDAD
CADA VEZ
NECESITAR TENEMOS MOMENTO PARA QUE
VAMOS A DE SOÑAR NUESTRA
MÁS MENOS
SER MÁS EL FUTURO CIUDAD SEA
VIVIENDAS ESPACIOS DE NUESTRA MÁS
CIUDAD EQUITATIVA, P
RODUCTIVA Y
SOSTENIBLE.
50. INVESTIGACIÓN DE GESTIÓN AMBIENTAL
* POT
ALUMNOS:
GISELLE ÁLVAREZ PALMA
JORGE LUIS BAYUELO
MARÍA TERESA GARIZABALO
LUIS GRIJALBA
DOCENTE:
RODOLFO CEPEDA VERGARA
GRUPO: AN
UNIVERSIDAD DE LA COSTA CUC
FACULTAD: CIENCIAS AMBIENTALES
Barranquilla Octubre del 2012