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La protección
jurídica del
software en el Perú
La protección de la propiedad intelectual en el mercado mundial ha
tomado reciente significación en los recientes años. Los
propietarios de tecnología del mundo desarrollado, particularmente
los estadounidenses, han presionado recientemente para obtener
un régimen legal de propiedad intelectual fuerte y relativamente
uniforme, como piedra de toque para obtener un tratamiento
equitativo en el sistema global del comercio que emerge.

Por otro lado, la posibilidad de incorporar a la protección jurídica
estos programas de computo en el ámbito del derecho,
específicamente en el de la propiedad intelectual y particularmente
en las normas autorales, viene dictada por consideraciones de
oportunidad, dada la dimensión económica de los intereses en
juego entre los que cabe destacar: la posible conservación de la
industria nacional frente a una fuerte concurrencia extranjera, la
protección de un producto cuya elaboración requiere un gran
esfuerzo de inversión, investigación y posterior difusión, y sobre
todo, la evidente necesidad de una harmonización internacional de
reglamentaciones.
SOFTWARE LIBRE
 El término «free software» [N. del T.: en inglés free = libre o gratis] se
malinterpreta a veces--no tiene nada que ver con el precio. Un
programa es software libre, si: Usted tiene libertad para ejecutar el
programa, con cualquier propósito. Usted tiene la libertad para
modificar el programa para adaptarlo a sus necesidades. (Para que
esta libertad sea efectiva en la práctica, usted debe tener acceso al
código fuente, porque modificar un programa sin disponer del
código fuente es extraordinariamente dificultoso.) Usted tiene la
libertad para redistribuir copias, tanto gratis como por un cánon.
Usted tiene la libertad para distribuir versiones modificadas del
programa, de tal manera que la comunidad pueda beneficiarse con
sus mejoras. Son aceptables, sin embargo, ciertos tipos de reglas
sobre la manera de distribuir software libre, mientras no entren en
conflicto con las libertades centrales. Por ejemplo, copyleft
[``izquierdo de copia''] (expresado muy simplemente) es la regla que
implica que, cuando se redistribuya el programa, no se pueden
agregar restricciones para denegar a otras personas las libertades
centrales. Esta regla no entra en conflicto con las libertades
centrales, sino que más bien las protege.
SITUACIÓN ACTUAL DE LAS COPIAS ILEGALES
DE SOFTWARE
 Durante 1995, a nivel mundial, el equivalente
a 15.2 billones de dólares fueron copiados
ilegalmente. Países como E.U.A., Francia,
Alemania e Inglaterra tienen leyes severas de
protección de derechos de autor. Sin
embargo, estos países contribuyen con un
gran porcentaje en la piratería de software:
39% El problema es aún mayor en países sin
leyes de protección a desarrolladores de
software.
BENEFICIOS DE PROTECCIÓN
 En un mundo perfecto, no habría necesidad de colocar seguros en
los autos, comprar cheques de viajero o proteger el software. Las
leyes de protección de derechos de autor existen y están en vigor,
pero desafortunadamente esto no garantiza nada y la piratería
continúa ganando terreno en contra de los desarrolladores. A pesar
de los esfuerzos realizados en pro de la defensa de los derechos de
autor y de operativos para disminuir los índices de piratería de
software, las cifras exponen que México sigue teniendo alta
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La alternativa es la protección legal y técnica del software,
utilizando el mecanismo de licenciar y proteger los programas
como una manera normal de venta y distribución de software, lo
cual no necesita ser ofensivo o complicado para el usuario legal.
Desarrollar programas implica una gran inversión de tiempo, dinero
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  • 2. La protección de la propiedad intelectual en el mercado mundial ha tomado reciente significación en los recientes años. Los propietarios de tecnología del mundo desarrollado, particularmente los estadounidenses, han presionado recientemente para obtener un régimen legal de propiedad intelectual fuerte y relativamente uniforme, como piedra de toque para obtener un tratamiento equitativo en el sistema global del comercio que emerge. Por otro lado, la posibilidad de incorporar a la protección jurídica estos programas de computo en el ámbito del derecho, específicamente en el de la propiedad intelectual y particularmente en las normas autorales, viene dictada por consideraciones de oportunidad, dada la dimensión económica de los intereses en juego entre los que cabe destacar: la posible conservación de la industria nacional frente a una fuerte concurrencia extranjera, la protección de un producto cuya elaboración requiere un gran esfuerzo de inversión, investigación y posterior difusión, y sobre todo, la evidente necesidad de una harmonización internacional de reglamentaciones.
  • 3. SOFTWARE LIBRE El término «free software» [N. del T.: en inglés free = libre o gratis] se malinterpreta a veces--no tiene nada que ver con el precio. Un programa es software libre, si: Usted tiene libertad para ejecutar el programa, con cualquier propósito. Usted tiene la libertad para modificar el programa para adaptarlo a sus necesidades. (Para que esta libertad sea efectiva en la práctica, usted debe tener acceso al código fuente, porque modificar un programa sin disponer del código fuente es extraordinariamente dificultoso.) Usted tiene la libertad para redistribuir copias, tanto gratis como por un cánon. Usted tiene la libertad para distribuir versiones modificadas del programa, de tal manera que la comunidad pueda beneficiarse con sus mejoras. Son aceptables, sin embargo, ciertos tipos de reglas sobre la manera de distribuir software libre, mientras no entren en conflicto con las libertades centrales. Por ejemplo, copyleft [``izquierdo de copia''] (expresado muy simplemente) es la regla que implica que, cuando se redistribuya el programa, no se pueden agregar restricciones para denegar a otras personas las libertades centrales. Esta regla no entra en conflicto con las libertades centrales, sino que más bien las protege.
  • 4. SITUACIÓN ACTUAL DE LAS COPIAS ILEGALES DE SOFTWARE Durante 1995, a nivel mundial, el equivalente a 15.2 billones de dólares fueron copiados ilegalmente. Países como E.U.A., Francia, Alemania e Inglaterra tienen leyes severas de protección de derechos de autor. Sin embargo, estos países contribuyen con un gran porcentaje en la piratería de software: 39% El problema es aún mayor en países sin leyes de protección a desarrolladores de software.
  • 5. BENEFICIOS DE PROTECCIÓN En un mundo perfecto, no habría necesidad de colocar seguros en los autos, comprar cheques de viajero o proteger el software. Las leyes de protección de derechos de autor existen y están en vigor, pero desafortunadamente esto no garantiza nada y la piratería continúa ganando terreno en contra de los desarrolladores. A pesar de los esfuerzos realizados en pro de la defensa de los derechos de autor y de operativos para disminuir los índices de piratería de software, las cifras exponen que México sigue teniendo alta incidencia en copiado y uso ilegal de programas de computación. La alternativa es la protección legal y técnica del software, utilizando el mecanismo de licenciar y proteger los programas como una manera normal de venta y distribución de software, lo cual no necesita ser ofensivo o complicado para el usuario legal. Desarrollar programas implica una gran inversión de tiempo, dinero y esfuerzo, por lo que la protección de software es el único camino para asegurar que el desarrollador sea compensado justamente. Estudios demuestran que el número de computadoras embarcadas anualmente supera en mucho el número de programas vendidos. Al igual que cualquier otra industria, esta situación provocaría desinversión en la construcción y mantenimiento de sistemas de cómputo en cualquier país.