2. Responsabilidad
La responsabilidad no es más que el simple acto de
responder ante cualquier situación o eventualidad que se
nos pueda presentar.
En cuanto a legalidad del ejercicio se refiere, existen
tres (3) tipos de responsabilidad las cuales son:
• Responsabilidad Civil
• Responsabilidad Penal
• Responsabilidad Gremial
3. Responsabilidad Civil
Es la obligación que recae sobre una persona de reparar el daño que ha causado a otro,
sea en naturaleza o bien por un equivalente monetario, habitualmente mediante el pago de
una indemnización por daños y perjuicios. Aunque la persona que responde suele ser la
causante del daño, es posible que se haga responsable a una persona distinta del autor del
daño, caso en el que se habla de responsabilidad por hechos ajenos.
•Tiene como finalidad primordial la reparación del daño causado y no el
castigo para el causante del daño en consecuencia, el grado de culpa
en que incurre el causante del daño tiene relativamente poca influencia
en la extensión o monto de la reparación.
•La acción destinada a obtener reparación, tiene carácter privado en el
sentido de que debe ejercerla la victima ante los órganos
jurisdiccionales, al contrario de la acción por responsabilidad penal, que
es ejercida por el estado, independientemente de la actitud de la
víctima.
•Puede ocurrir no solo en casos de que el civilmente responsable haya
causado el daño personalmente, sino también cuando el daño es
causado por intermedio de una persona sometida a su control o
vigilancia o de alguna cosa independiente de aquel.
4. Responsabilidad Penal
Es la consecuencia jurídica cuando existe una violación de la ley, realizada por un sujeto
imputable o inimputable que lleva a término actos previstos como ilícitos, lesionando o
poniendo en peligro un bien material o la integridad física de las personas. La
responsabilidad penal la impone el Estado, y consiste en una pena que busca castigar al
delincuente e intentar su reinserción para evitar que vuelva a delinquir.
Existen dos tipos de Responsabilidad Penal
Común:
Es cuando el delito cometido puede ser realizado por cualquier individuo, como
por ejemplo: el robo, el abuso sexual o el homicidio.
Especial:
Es Cuando el delito es cometido por un funcionario público aprovechándose de
su condición, por ejemplo: el peculado, la prevaricación o la concusión.
La responsabilidad penal se diferencia también de la civil en que el fin de ésta
última es reparar un daño, mientras que la responsabilidad penal busca
sancionar.
5. Responsabilidad Gremial
Exige al profesional el cumplimiento de la normativa
establecida por el gremio en su ejercicio profesional y lo obliga
a contribuir con el colegio en el cumplimiento de sus objetivos.
• LEIAPA (Ley de Ejercicio de la Ingeniería, Arquitectura y
Profesiones Afines)
• Reglamento Interno del Colegio de ingeniero
• Normas de Actuación Gremial
• Código de Ética
Si Existen sanciones a las responsabilidades
gremiales están establecidas por el tribunal
disciplinario del Colegio de Ingenieros.
6. Colegio de Ingenieros
El Colegio de Ingenieros de Venezuela es un cuerpo moral de
carácter público y, como tal, tiene personalidad jurídica y patrimonio
propio, con todos los derechos, obligaciones, poderes y atribu- ciones
que le señala la ley.
Asamblea
Es el órgano máximo deliberante del Colegio de Ingenieros de
Venezuela.
Junta Directiva
Es el órgano ejecutivo y administrativo del Colegio de Ingenieros de
Venezuela, y su Presidente será al propio tiempo Presidente del Colegio
de Ingenieros y ejercerá la representación jurídica del mismo, con
facultad para delegarla, previa autorización de la Junta.
7. Colegio de Ingenieros
Tribunal Disciplinario
Es el órgano encargado de conocer y decidir las causas de carácter
profesional que se instauren contra los miembros del Colegio
de Ingenieros de Venezuela por infracciones a la LEIAPA.
El Consejo Electoral
Es la máxima autoridad, en materia electoral, que a través del
“Reglamento Electoral del C.I.V”, promulgado por la Asamblea Nacional
de Representantes del C.I.V., rigen y orientan las actividades electorales
para los Órganos, Organizaciones y Entes, integrantes y adscritos al
Colegio de Ingenieros de Venezuela.
Reglamento
Código de Ética Profesional
Ley del Ejercicio Profesional
8. ¿Qué debo hacer con el titulo?
Registro
El horario de atención comienza a las 8:00 de la mañana hasta las 12.00 del mediodía, y de 1:00 hasta las
3:00 de la tarde. De lunes a viernes se atenderán a todos los usuarios, DEBEN considerar los terminales de la
cédula de identidad.
1. Comprar timbres fiscales regionales según el grado obtenido, bachiller o licenciatura, y luego pegarlos en la
parte frontal del título sin obstruir la información del mismo y dejando espacio para la firma del registrador.
2. Presentar fotocopia de la cédula identidad del titular en hoja carta y una fotocopia legible del título en hoja
tipo oficio (con el timbre pegado) con los siguientes márgenes: superior 4cm, inferior 2cm, derecho 2cm e
izquierdo 4cm.
9. ¿Qué debo hacer con el titulo?
3. Una vez listos los recaudos, presentar el título, la cédula y las copias en la taquilla del Registro, no sin antes
haber cancelado el monto correspondiente al tipo de trámite que desees.
Debes solicitar en el Registro la Planilla Única Bancaria (PUB) con la que puedes dirigirte a los bancos autorizados
(Banco Bicentenario, Banco Industrial, Banco de Venezuela, Banco del Tesoro, Banco Provincial), donde podrás
cancelar el arancel en una taquilla habilitada especialmente para este tipo de trámites.
4. Una vez cancelado el trámite y consignados los recaudos en taquilla, se le entregará al emisor una factura que
indicará la fecha y hora en que podrá ser retirado el título.
5. Para retirar el título, debes dirigirte al departamento de otorgamiento. Solo la persona que gestionó el registro
del título podrá retirarlo de las oficinas, por lo que debe mostrar la cédula de identidad al momento de hacerlo.
IMPORTANTE: Si pasan más de 60 días después de la consignación de los recaudos y no es retirado el título, todo
el proceso queda invalidado, tanto el pago como los timbres fiscales. Es decir, tendrás que hacer nuevamente todo
el trámite.
Los títulos con más de cinco años deben presentar el acta de grado reciente.
Luego de retirar el título, debes verificar que contengan en la esquina inferior izquierda el sello húmero y seco, lo
que otorga validez al documento.
Sobre los falsos gestores que cobran un monto adicional para procesar los documentos, hacemos un llamado a
todos los usuarios a condenar estas acciones, rechazar las ofertas de estas personas y realizar el trámite
directamente desde las taquillas.
10. ¿Qué debo hacer con el titulo?
• Título Emitido por por una Institución del Estado Carabobo
• Carta de Culminación Original o Notas Certificadas
• Copia de la Cédula de Identidad del Graduando
• Cancelación de la PUB
• Timbres Fiscales
Para trámite ordinario (gestión dura tres días) y Para trámite habilitado (gestión dura entre 1 y 2 días)
Gratuito, solo requiere Timbres Fiscales. TSU: (0,1 UT), Pregrado: (0,2 UT), Postgrado: (0,5 UT) y Doctorado:
(1 UT)
Registro Principal de cualquier estado
11. ¿Qué debo hacer con el titulo?
Autenticación
Antes de LEGALIZAR, asegúrate que has hecho el primer paso que es "REGISTRAR".
El primer paso para solicitar la cita es registrarse en el sistema, visitando el portal del
Ministerio http://www.mppeuct.gob.ve y haciendo clic en el botón GTU ubicado en el menú Enlaces, luego le
será enviado al correo electrónico los datos necesarios para ingresar y hacer efectiva la solicitud; una vez
realizada, el usuario deberá esperar la asignación de la cita, la cual le será notificada vía correo electrónico
mensaje de texto (SMS) al teléfono móvil registrado.
Seguidamente, el usuario debe imprimir el comprobante de la cita recibido en su correo electrónico y asistir en
la fecha y hora fijada por el sistema, con los requisitos del trámite, a la sede del Mppeuct
La certificación de los trámites de egresados del sector universitario podrá gestionarse a través del sistema
automatizado, creado por el Ministerio de Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología para acelerar este
proceso de manera eficiente y novedosa.
Se trata de una plataforma para la asignación de citas de Gestión de Trámites Universitarios (GTU) que busca
atender requerimientos, como certificación, autenticación y refrendo de documentos a egresados
universitarios, tales como títulos o notas.
12. ¿Qué debo hacer con el titulo?
Autenticación
Ministerio de Educación Universitaria (Sede de Planificación del Sector Universitario).
Gratuito, solo requiere Timbres Fiscales.
1 día hábil.
Título Original Universitario (únicamente si es una Universidad o Instituto público) debidamente sellado y
firmado por la máxima autoridad universitaria. (OJO: Los Títulos Universitarios de Universidades privadas no
necesitan pasar por este Ministerio ya que ya tienen la firma del Ministro. Deben ir a apostillar en el Ministerio de
Relaciones exteriores).
Certificación del Título o copia fondo negro autenticada por la institución.
1 Copia Cédula de Identidad sin recortar.
4 Timbres Fiscales de 0,1 UT.
13. ¿Qué debo hacer con el titulo?
Apostillar es una certificación o sello acordada por los países miembros de la Convención de la Haya que hayan
firmado el acuerdo (Convención de la Haya para abolir el requerimiento de legalización de los documentos públicos
extranjeros), lo que permite suprimir la legalización de documentos públicos extranjeros en todos los países
miembros.
El Sello certifica la autenticidad de la firma del documento.
Apostillamiento
14. ¿Qué debo hacer con el titulo?
Los Títulos deben estar previamente presentados y legalizados ante el Registro Principal correspondiente a la
entidad donde fue emitido el documento.
En el caso de pertenecer a una casa de estudios pública, deberá previamente presentar el documento ante el
Ministerio del Poder Popular para Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología (MPPEUCT), a fin de solicitar la
certificación del documento, para lo cual deberá solicitar la cita electrónica a través del portal Web del Ministerio
pulsando en el botón Gestión de trámites Universitarios (GTU), regístrese y complete los pasos que indique el
sistema.
Dirigirse al Ministerio de educación Superior con los requisitos completos y retirar el trámite a los 5 días hábiles
de su presentación.
Solicitar la cita para la apostilla a través del portal web del Ministerio del Poder Popular para Relaciones
Exteriores (www.mppre.gob.ve) y acceder a la sección servicios, opción Legalización y Apostilla y luego continuar
con los pasos que indica el sistema.
Deberá asistir el día correspondiente a su cita con los requisitos completos. El horario de recepción de
documentos es de Lunes a Jueves de 8:00 a 10:00 am
El título será entregado al día siguiente al Titular del documento, de ser un apoderado el documento deberá ser
retirado a los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de su presentación. El horario de entrega es de Lunes a
jueves de 1:30 a 3:00 pm y los días viernes de 8:00 a 10:00 am
15. ¿Qué debo hacer con el titulo?
El tiempo de entrega del documento en el Ministerio del Poder Popular para Educación Universitaria, Ciencia y
Tecnología es de 5 días hábiles.
El tiempo de entrega del documento en el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores es de 1 día
para otro o de tres (3 ) días hábiles si lo realiza un apoderado.
En este sentido, si su título es de una casa de estudios privada el trámite total sería de 1 a 3 días hábiles y en el
caso de ser una casa de estudios pública el trámite duraría de 6 a 8 días hábiles.
Tenga en cuenta que las sitas son electrónicas y dependerán de la disponibilidad de cupos en el sistema
Título Universitario en Original debidamente firmado por las autoridades de la casa de estudio y Registrado ante
el Registro Principal correspondiente a la entidad en la cual fue emitido el documento.
En caso de pertenecer a una Institución Pública deberá presentar el Título ante el Ministerio del Poder Popular
para Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología para su certificación, aquí necesitará:
Certificación de Título, Notas Certificadas o Acta de grado.
Presentar Cédula de Identidad Laminada
Timbre Fiscal de 0.5 UT por documento.
Obtener Cita electrónica ante el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores (MPPRE)
Timbre Fiscal del Distrito Capital por Bs. 0.4 UT
De no ser el Titular del documento deberá tener un poder notariado para realizar los trámites necesarios.
16. ¿Qué debo hacer con el titulo?
Gratuito, solo requiere Timbres Fiscales. Si es un sello cuesta 0,4 U.T y si es doble sello cuesta 0,8 U.T.
Ministerio del Poder Popular para Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología (aplica solo para título de
institución pública)
Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores.