2.
El Derecho penal es el conjunto de principios y reglas jurídicas
que determinan las infracciones, las penas o sanciones, y las
relaciones del Estado con las personas con motivo de las
infracciones o para prevenirlas.1
Cuando se habla de Derecho penal se utiliza el término con
diferentes significados, de acuerdo con lo que se desee hacer
referencia; de tal modo, puede hablarse manera preliminar de
un Derecho penal sustantivo.
Que es Derecho Penal
3.
El Derecho penal no se reduce sólo al listado de las conductas
consideradas delitos y la pena que a cada uno corresponde,
sino que fundamentalmente su misión es proteger a la
sociedad. Esto se lograría a través de medidas que por un lado
llevan a la separación del delincuente peligroso por el tiempo
necesario
mision
4.
Costumbre: la costumbre no es fuente del Derecho penal –ni en
su vertiente positiva ni como desuetudo– en los sistemas
penales denominados continentales, es decir, en aquellos en
los que impera el principio de legalidad, aunque pueda serlo de
otras ramas del derecho.
Doctrina: No es fuente del Derecho penal aunque cumple
importantes funciones de cara a la creación e interpretación de
la ley pena
fuentes
5.
Derecho constitucional: La Constitución de cada Estado es la
que fija las bases y los límites a los que el Derecho penal
deberá sujetarse (limitaciones al ius puniendi), con principios
como el de presunción de inocencia, debido proceso, entre
otros. Derecho civil: Muchas de las nociones que se utilizan en
el Derecho penal provienen o son definidas en el derecho civil.
Relacion con otras ramas
del derecho
6.
DERECHO ROMANO
El extenso período que abarca lo que habitualmente
denominamos Derecho romano puede ser básicamente
dividido en épocas, acorde al tipo de gobierno que cada una de
ellas tuvo. A partir de la Ley de las XII Tablas Edad media: La
edad media: durante la edad media desaparece el Imperio
romano, y con él la unidad jurídica de Europa.
Evolución histórica
7.
Pena :
Desde la antigüedad se discuten acerca del fin de la pena,
habiéndose desarrollado fundamentalmente tres concepciones,
las que en sus más variadas combinaciones continúan hoy
caracterizando la discusión.
Encontramos así:
Teoria de la relacion
penal
8.
Las legislaciones suelen variar en cuanto a la calificación de los
delitos en cuanto a su desarrollo, pero en general se conocen
tres estados:
• Consumación:
• Frustración:
• Tentativa:
Etapas de desarrollo del
delito
9.
Se entiende por participación el hecho delictivo realizado por
un conjunto de personas a las cuales se les impondrá la pena
en función del modo de intervención en la comisión del delito.
El comportamiento del partícipe depende del hecho principal el
cual pertenece al autor, y por lo tanto su infracción no es
autónoma. El tipo del partícipe depende del tipo principal que
se le atribuye al autor
La participación
10.
La inducción se caracteriza por ser una forma de participación
parecida a la autoría que consiste en que una persona hace
nacer en otra la decisión de delinquir a través de la persuasión.
A diferencia de la autoría mediata, quien decide y domina la
realización del delito es el inducido.
La inducción
11.
El cómplice es aquella persona que auxilia, contribuyendo o
favoreciendo, eficazmente al ejecutor o ejecutores del delito
colaborando voluntariamente sin incidir en la realización del
hecho.
La Cooperación