Régimen general servicios móviles y fijos, y el valor agregado
1. JuanCamiloBustosCaicedo
Juliode2013
RÉGIMEN GENERAL DE LOS
SERVICIOS MÓVILES Y FIJOS,
Y EL VALOR AGREGADO
JUAN CAMILO BUSTOS CAICEDO
Especialización en Gestión de Tecnología de
Telecomunicaciones
Normatividad de las Telecomunicaciones
Julio de 2013
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LA INTERNET
La Internet en el marco de la UIT ha sido definida como:
“Conjunto de redes interconectadas que utilizan el protocolo Internet,
que les permite funcionar como una única y gran red virtual.”
De conformidad con esta definición, Internet tiene entidad
como red única, pero se conforma a su vez de múltiples redes
que interactúan gracias a una serie de reglas comunes que se
expresan a través del protocolo Internet (IP).
Existe, pues, aparte de las redes tradicionales de
telecomunicaciones establecidas originalmente para los
servicios telefónicos, redes distintas que históricamente se
desarrollaron a partir de redes de datos y que evolucionaron
como redes en las cuales pueden coexistir multiplicidad de
nuevos contenidos y aplicaciones.
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LA INTERNET
En estas redes se desarrollaron protocolos abiertos lo que
facilitó su rápida expansión. Dentro de esos protocolos el más
difundido es el IP, el cual es la base de la Red global Internet y
de otras redes públicas basadas en IP, las cuales
denominaremos en adelante como Internet. Estas redes,
siempre que se conserven y respeten los correspondientes
protocolos IP, permiten desarrollar en las terminales contenidos
y aplicaciones, disponibles para cualquier suscriptor o usuario.
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ALCANCE DEL CONCEPTO DE SERVICIOS
DE TELECOMUNICACIONES
Las telecomunicaciones se definen en la legislación
colombiana como (Ley 72 de 1989 - Art. 2º) :
Se entiende por telecomunicaciones, toda transmisión, emisión o
recepción de signos, señales, escritos y sonidos, datos o información
de cualquier naturaleza, hilo, radio, medios visuales u otros sistemas
electromagnéticos.
De conformidad con esta definición, en las
telecomunicaciones se identifican los siguientes
elementos:
Un medio físico o canal de comunicación
Una información de cualquier naturaleza que constituye el contenido
Los procesos de emisión, transmisión y recepción, a los cuales se
circunscribe en estricto sentido las telecomunicaciones
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ALCANCE DEL CONCEPTO DE SERVICIOS
DE TELECOMUNICACIONES
A estos elementos, deben agregarse unas
convenciones o protocolos acordados con el fin de
permitir la interacción entre los componentes de la
red que se conforma y entre esta con los usuarios de
la misma, de tal manera que un operador pueda
ofrecer un determinado servicio de
telecomunicaciones a sus usuarios o suscriptores.
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LAS CLASES DE SERVICIOS ESTABLECIDOS
EN LA LEGISLACIÓN COLOMBIANA
Los servicios de telecomunicaciones se clasifican así:
Servicios Básicos (portadores y teleservicios);
Servicios de Difusión
Servicios de Valor Agregado
Servicios Telemáticos;
Servicios Auxiliares de Ayuda y
Servicios Especiales
Servicios portadores, aquellos que proporcionan la capacidad necesaria
para la transmisión de señales entre dos o más puntos definidos de la red
de telecomunicaciones. Estos comprenden los servicios que se hacen a
través de redes conmutadas de circuitos o de paquetes y los que se hacen a
través de redes no conmutadas. Forman parte de éstos, entre otros, los
servicios de arrendamiento de pares aislados y de circuitos dedicados.
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SERVICIOS BÁSICOS
(PORTADORES Y TELESERVICIOS)
Servicios portadores son aquellos que proporcionan la capacidad
necesaria para la transmisión de señales entre dos o más puntos definidos
de la red de telecomunicaciones. Estos comprenden los servicios que se
hacen a través de redes conmutadas de circuitos o de paquetes y los que
se hacen a través de redes no conmutadas. Forman parte de éstos, entre
otros, los servicios de arrendamiento de pares aislados y de circuitos
dedicados.
Los teleservicios son aquellos que proporcionan en sí mismos la capacidad
completa para la comunicación entre usuarios, incluidas las funciones del
equipo terminal. Forman parte de éstos, entre otros, los servicios de
telefonía tanto fija como móvil y móvil - celular, la telegrafía y el télex.
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ÁMBITO DE LOS SERVICIOS BÁSICOS
Los servicios básicos fueron aquellos que aparecieron primero
en el desarrollo de las telecomunicaciones, razón por la cual
bajo su concepto no podrían estar incluidos nuevos servicios
que no existían entonces, lo cual fue precisamente
reconocido en la legislación colombiana al definir los servicios
de valor agregado y los servicios telemáticos.
Los servicios básicos, de acuerdo con la UIT, son aquellos de
tipo fundamental, o servicios más comúnmente suministrados
en las redes de telecomunicaciones y, por tanto,
corresponden, A la capacidad de esas redes (servicio
portador) y, A la utilidad de proveer comunicación entre
abonados de esas redes (teleservicios).
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ÁMBITO DE LOS SERVICIOS TELEMÁTICOS
Y SERVICIOS DE VALOR AGREGADO
La evolución tecnológica permitió otras formas de
comunicación con características distintas a las
básicas de los servicios tradicionales, que originaron
categorías adicionales de servicios de
telecomunicaciones. En la legislación colombiana
tales categorías fueron denominadas servicios de
valor agregado y servicios telemáticos, así:
“Servicios telemáticos son aquellos que, utilizando como soporte
servicios básicos, permiten el intercambio de información entre
terminales con protocolos establecidos para sistemas de
interconexión abiertos. Forman parte de éstos, entre otros, los de
telefax, publifax, teletex, videotex y datafax.” (Las negrillas no son del
texto original). Decreto 1900 de 1990 Artículos 30
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ÁMBITO DE LOS SERVICIOS TELEMÁTICOS
Y SERVICIOS DE VALOR AGREGADO
“Servicios de valor agregado son aquellos que utilizan como soporte
servicios básicos, telemáticos, de difusión, o cualquier combinación de
éstos, y con ellos proporcionan la capacidad completa para el envío o
intercambio de información, agregando otras facilidades al servicio
soporte o satisfaciendo nuevas necesidades específicas de
telecomunicaciones.
Forman parte de estos servicios, entre otros, el acceso, envío,
tratamiento, depósito y recuperación de información almacenada, la
transferencia electrónica de fondos, el videotexto, el teletexto y el
correo electrónico.
Sólo se considerarán servicios de valor agregado aquellos que se
puedan diferenciar de los servicios básicos.” (Las negrillas no son del
texto original). Decreto 1900 de 1990 Artículo 31
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ÁMBITO DE LOS SERVICIOS TELEMÁTICOS
Y SERVICIOS DE VALOR AGREGADO
De las anteriores definiciones se deduce que los servicios
telemáticos se diferencian de los básicos, por usar a estos
como soporte y por usar interfaces y protocolos abiertos.
El servicio de acceso a Internet es el mejor ejemplo de un
servicio telemático, pues, cumple con los supuestos de usar
servicios básicos (portador en el caso del acceso dedicado y
TPBC en el caso de acceso conmutado) y utilizan el protocolo IP
el cual es un protocolo que cumple a cabalidad con los
supuestos de diseño para sistemas abiertos a los que se refiere
la definición legal arriba transcrita.
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ÁMBITO DE LOS SERVICIOS TELEMÁTICOS
Y SERVICIOS DE VALOR AGREGADO
En cuanto a los servicios de valor agregado estos se diferencian
de los servicios básicos, si cumplen uno cualquiera de los
siguientes requisitos: Se soportan en servicios básicos y se
diferencian de estos porque suplen nuevas facilidades o
satisfacen nuevas necesidades en relación al servicio básico
que usen como soporte, o Se soportan en servicios
telemáticos o de difusión, caso en el cual se cumple el
requisito de diferenciación toda vez que –por definición- su
soporte es un servicio distinto al servicio básico.
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LA VOZ A TRAVÉS DE SERV. DE TELECOMUNICACIONES
DISTINTOS A LOS TELESERVICIOS
Mediante la utilización de servicios telemáticos como servicio
soporte es posible cursar comunicaciones de voz sin que por
ello se configure la prestación de un teleservicio, en particular
el de TPBC.
Como lo analizamos atrás, en un servicio telemático la
existencia de un protocolo abierto como IP, permite que
mediante el uso de terminales se configuren aplicaciones que
proveen la comunicación de cualquier tipo de contenidos,
incluida la voz. Los contendidos que así se provean serán
tantos como las aplicaciones disponibles, de acuerdo con el
protocolo utilizado. Así mismo, las aplicaciones y contenidos
serán tantos como las que el usuario autónomamente decida
acceder.
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LA VOZ A TRAVÉS DE SERV. DE TELECOMUNICACIONES
DISTINTOS A LOS TELESERVICIOS
Los teleservicios, como ya se vio, están relacionados con la
funcionalidad original respecto del tipo de comunicación
específica que caracteriza el servicio, de acuerdo con la red
que la soporta. Así, por ejemplo, la TPBC se soporta en una
red cuya funcionalidad, diseño, dimensionamiento y
protocolos están enfocados primordialmente a la transmisión
de voz. La provisión de cualquier otra clase de contenidos en
los teleservicios requiere de la adición de equipos y
funcionalidades que, mediante la utilización de un teleservicio
como soporte, agregan nuevas facilidades, que son,
precisamente, las que corresponden a los servicios de valor
agregado y telemáticos.
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LA RED QUE SOPORTA SERVICIOS DE
TELECOMUNICACIONES DISTINTOS A LOS TELESERVICIOS
La existencia de un protocolo abierto y demás características
adicionales que naturalizan a los servicios de valor agregado y
telemáticos, conforman una red distinta de la del teleservicio,
aun cuando utilicen un determinado teleservicio como
soporte o compartan algún elemento común con las redes de
los teleservicios como pueden ser los medios de transmisión
(servicio portador). Precisamente, ese es el fundamento del
concepto de Red de Valor Agregado que actualmente se
encuentra previsto en el Decreto 3055 de 2003, artículo 1°,
así:
“Red de Valor Agregado. Es una red especializada de telecomunicaciones a través de la
cual se prestan al público principalmente servicios Telemáticos y de Valor Agregado. Para
que una red sea considerada de Valor Agregado, debe ofrecer características técnicas
para la transmisión de la información, que permitan diferenciarla de las redes de
Telefonía Pública Básica Conmutada (TPBC). (Las negrillas no son del texto original).
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LA RED QUE SOPORTA SERVICIOS DE
TELECOMUNICACIONES DISTINTOS A LOS TELESERVICIOS
Debe reiterarse que, la red que soporta servicios telemáticos
y de valor agregado, puede servirse de las capacidades de
una RTPBC siempre que ellas sean usadas como soporte y
sobre estas capacidades se adicionen funcionalidades y
características, propias de los servicios telemáticos o de valor
agregado.
La circunstancia de que una Red Telefónica Pública
Conmutada o RTPBC a través de la cual se presta el servicio
de TPBC, adquiera capacidades (por ejemplo, Línea de
Abonado Digital o DSL) para prestar servicios de valor
agregado o telemáticos genera una Red de Valor Agregado y
los servicios así prestados ya no serán teleservicios sino
servicios de valor agregado y telemáticos.
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USO DE SERVICIOS EN LA INTERNET QUE
SE SOPORTAN EN SERVICIOS BÁSICOS
En ejercicio del derecho a la información y la inviolabilidad de las
comunicaciones protegidos por la Constitución Política, el asunto
de los contenidos y la forma como el usuario decida utilizar los
terminales, las redes y los servicios de telecomunicaciones, es de su
órbita exclusiva y no puede ser interferido por el Estado, siempre y
cuando no se transgredan derechos en cabeza de terceros u otros
derechos constitucionales de mayor jerarquía. En ese orden de
ideas, a través de la Red de Internet –u otras redes de valor
agregado basadas en IP- y frente a las diversas formas de utilización
de los servicios de valor agregado y telemáticos no es posible
restringir el uso que de ellos hagan los usuarios, así ello implique la
satisfacción de necesidades de comunicación, de manera más o
menos similar a como lo hacen los teleservicios.
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USO DE SERVICIOS EN LA INTERNET QUE
SE SOPORTAN EN SERVICIOS BÁSICOS
Así, en el caso de que, a través de una conexión en un punto de la
Internet a servicios Básicos como la TPBC, la TMC o el PCS, nos
encontraremos frente a un servicio de valor agregado que,
precisamente, usa como soporte el servicio básico en cuestión y el
telemático de acceso a Internet. Para este efecto, no se requiere
cosa distinta que el acceso a los abonados de la RTPC, desde un
punto de conexión de Internet con dicha RTPC.
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TPBC ó Telefonía Pública Básica Conmutada
TMC o Traffic Message Channel
PCS o Servicio de Comunicación Personal
RTPC o Red Telefónica Pública Conmutada
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USO DE SERVICIOS EN LA INTERNET QUE
SE SOPORTAN EN SERVICIOS BÁSICOS
Desde dicho punto hacia el interior de la Internet, siempre que
dicha comunicación se origine o termine finalmente en el abonado
de la Internet, nos encontraremos frente a la provisión de servicios
de valor agregado y telemáticos, de tal forma que, siempre que
exista un abonado de la Internet se estará en el ámbito de los
servicios de valor agregado y telemáticos.
En todo caso, debe advertirse que el acceso a Internet debe ser
provisto al usuario por un operador de servicios de valor agregado
y telemáticos debidamente habilitado.
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CONCLUSIONES
La Internet es la red de servicios de valor agregado y
telemáticos por excelencia, luego el hecho de que exista un
acceso a Internet, sin importar el tipo de servicio soporte
que se utilice -aún si dicho soporte lo presta una RTPBC-,
determina que el abonado que se sirve de dicho acceso a
través de la Internet es un abonado de los servicios de
valor agregado y telemáticos y no de un servicio básico.
Nos encontraremos frente a servicios de valor agregado y
telemáticos cuando se cursan comunicaciones de cualquier
naturaleza entre dos abonados de las redes de valor
agregado y telemáticas.
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