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RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0
Ticapampa, 31 diciembre de 2013
Visto el Proyecto del Reglamento Interno de la
Institución Educativa “Nuestra Señora del Pilar” del distrito de Ticapampa,
estructurado por el Equipo de Trabajo de acuerdo a las Normas y las Pautas de la
UGEL, habiendo puesto a conocimiento para su discusión y reajuste en una asamblea
de todo el personal;
CONSIDERANDO:
Que, está acorde a la Ley de las Instituciones Educativas
y necesario establecer y ejecutar normas de organización, funciones, aspectos
económicos disciplinarios, con respecto a los estudiantes, padres de familia,
profesorado, órgano directivo y jerárquico;
En consecuencia es necesario contar con un instrumento
Técnico Normativo que rija la Institución Educativa a fin de garantizar un eficiente
servicio;
De conformidad con la Ley General de Educación Nº
28044, Decreto Supremo Nº 013-2004-ED, Reglamento de Educación Básica Regular,
Decreto Supremo Nº 007-2001-ED, Normas para la Gestión y Desarrollo en los Centros
y Programas Educativos; Decreto Supremo Nº 009-2005-ED, Reglamento de Gestión
de Sistema Educativo, Resolución Ministerial Nº 0574-94-ED, Reglamento de Control
de Asistencia y Permanencia del Personal, Resolución Ministerial Nº 0622-2011-ED;
SE RESUELVE
1º.- APROBAR, el Reglamento Interno de la Institución
Educativa “Nuestra Señora del Pilar” del distrito de Ticapampa, de la Unidad de
Gestión Educativa Local de la Provincia de Recuay, correspondiente al año 2013.
2º.- REMITIR, un ejemplar del presente Reglamento
Interno de esta Institución Educativa a la Unidad de Gestión Educativa Local de la
Provincia de Recuay , para su conocimiento y demás fines consiguientes.
3º.- PUBLICAR, las reglas específicas para conocimiento
de los docentes, padres de familia y estudiantes.
4º.- DEJAR, sin efecto el Reglamento Interno del año
académico 2012.
Regístrese y comuníquese
PRESENTACIÓN
Los lineamientos de la Política del Sector de Educación Propician Educación
para todos en base a la participación activa y responsable de la Comunidad Educativa
enfatizando acciones normativas.
La Ley General de Educación Nº 28044 su Reglamento y demás Dispositivos
Legales Vigentes y el presente Reglamento Interno de la Institución Educativa “Nuestra
Señora del Pilar” del distrito de Ticapampa, de la Unidad de Gestión Educativa Local
de la Provincia de Reçuay, Región Ancash enfocan puntos muy importantes que han de
contribuir a mejorar la situación y la calidad de educación de nuestra población.
En primer término describe la naturaleza fines y objetivos de la Institución.
En segundo término enfoca las funciones básicas, estructura orgánica y líneas de
autoridad.
Como tercer punto imparte la organización y funcionamiento del trabajo
educativo y administrativo, estableciendo derechos, deberes y estímulos.
Así como la difusión del presente Reglamento Interno, contribuirá mostrar un
cambio a de actitud positivo de la práctica de valores éticos y morales en todo los
aspectos de la vida.
RESEÑA HISTÓRICA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA “NUESTRA
SEÑORA DEL PILAR” DEL DISTRITO DE TICAPAMPA
La Institución Educativa “Nuestra Señora del Pilar” del distrito de Ticapampa
de la Unidad de Gestión Educativa Local de la Provincia de Recuay de la Región
Ancash fue; creado en el año 1967 el 24 de junio por Mandato de la Ley Nº 1869,
siendo Presidente de la República el Arquitecto Fernando Belaunde Terry, bajo el
Proyecto de la Ley presentado por el Señor Fernando Noriega y Calmet.
De este pueblo el Director gestor para la creación de esta Gloriosa Institución
fue el Reverendo Párroco de la Provincia Don Alipio Gaspar Jaramillo Cruz,
conjuntamente con sus autoridades el señor Gerardo Rondán Huerta; como Alcalde don
Valerio Campos, el Juez de Paz Don Hermilio Huerta Vivar, Gobernador don Augusto
Chávez Gargate, autoridades todas y el pueblo en conjunto hicieron posible para la
creación de esta Institución en bien de la educación de la niñez y la juventud
Ticapampina.
Esta Institución empezó a funcionar con sus actividades Académicas
Administrativas en el año 1967, con la Sección del Primer Grado de Educación
Secundaria de Menores, distribuidas de la siguiente manera:
- Primer Grado “A” con 34 Alumnos.
- Primer Grado “B” con 30 alumnos, siendo el primer Director de la Institución el
Profesor Reynaldo Florentino Quispe Espino, sucediéndose año tras año dando frutos a
su primera Promoción en el año de 1971, con 49 alumnos egresados.
Así mismo el año de 1968 inició sus actividades la sección nocturna
llamándose en este entonces como Colegio Nacional Municipal Vespertino, teniendo
como Director al Profesor Placentino Camilo Rodríguez.
El Nombre de la Institución se debe en Honor a la Vírgen del Pilar patrona de
nuestro distrito, celebrándose sus festejos de aniversario el 11 de octubre de cada año.
Las actuales instalaciones se han edificado en un área de 22,500 metros
cuadrados; terreno donado por el Señor Víctor Manuel Cáceres.
En la actualidad la Institución Educativa “Nuestra Señora del Pilar” cuenta con
una moderna infraestructura educativa, con instalaciones de biblioteca, laboratorio de
física, química y biología, campos deportivos, con un centro de computo, taller de
mecánica de producción, carpintería y zapatería taller de industria del vestido, música
las cuales se encuentran en servicio de la niñez, juventud estudiosa y la comunidad
Ticapampina.
Hasta el año 2009 han egresado 38 promociones habiendo pasado entre sus
Directores: Prof. Julio Cross Ramos; Prof. Habacuc Torres Ocaña, Prof. Lorgio
Ramírez Tito, Profesor Lic. Arquímedes Fernando Macedo Rondán, Prof. Alex Silvio
León Trejo actual Director (e) de la Institución Educativa.
CUADRO DE ASIGNACIÓN PERSONAL (CAP) – ESTRUCTURAL
Nº
ORD.
CARGO TOTAL
NOMENCLATURA ESTRUCTURA NECESARIO OBSERVACIONES
01
02-03
06-20
27-42
43
44
45-47
48
49-50
51-54
55-56
A) ÓRGANO DE EJECUCIÓN 03
- Director - Director 01
- Oficinistas 02
B) ÓRGANO DE EJECUCIÓN 43
- Sub Dirección - Sub Dirección 01
- Docentes de 30 Horas - Educación Primaria 14
- Docentes de 24 Horas - Educación Secundaria 16
- Docentes de 24 Horas - Educación Secundaria 01
- Docente de 30 Horas - Auxiliares de Educación 03
C) ÓRGANO DE APOYO 09
- Auxiliar de Laboratorio 01
- Auxiliar de Biblioteca 02
- Personal de Servicio 04
- Personal de Servicio
Incremento 02
ODEC Educ.
Religiosa Plaza
Incremento R.D.R.
Nº 337-95 Docente
de Banda de Músicos
Según D.S. Nº 167-
94-ED.
TOTAL GENERAL : 55
INSTITUCIÓN EDUCATIVA “NUESTRA SEÑORA DEL PILAR” DEL
DISTRITO DE TICA PAMPA – SE RIGE DEL SIGUIENTE
ORGANIGRAMA
ESTRUCTURAL.
APAFA
DOCENTES DE EDUCCIÓN
SECUNDARIA
TUTORIA
REGLAMENTO INTERNO
TÍTULO I
GENERALIDADES
CAPÍTULO I
DEL CONTENIDO, FINALIDAD Y BASES LEGALES DEL REGLAMENTO:
Art.1º.- El presente Reglamento Interno es un documento Técnico Normativo donde
se establece la organización y funcionamiento de la Institución Educativa
“Nuestra Señora de Pilar” del distrito de Ticapampa, orientado a todos los
estamento que lo conforman, sobre los derechos y deberes, así como los
aspectos relacionados con el comportamiento frente a la Institución.
Art. 2º.- El presente Reglamento Interno es el instrumento de Gestión Administrativa
que regula el funcionamiento de la Institución Educativa dentro del Marco del
P.E.I. con los demás instrumentos de Planificación Integral y Normas
Oficiales Vigentes, que establecen pautas, criterios y procedimientos de
desempeño y de interacción entre los diferentes miembros de la Comunidad
Educativa.
Art. 3º.- Comprende a todo el personal que labora en la Institución, a los educandos y a
los Padres de Familia.
Art. 4º.- Se sustenta en la Constitución Política del Perú, la Ley General de Educación
Nº 28044, D.S. Nº 013-2004-ED., Reglamento de Educación Básica Regular,
Ley del Profesorado Nº 24029, su Modificatoria Ley 25212, su Reglamento
D.S. Nº 019-90-ED., Ley de Bases de la Carrera Administrativa Nº 276, Su
Reglamento D.S. Nº 005-90-PCM; Reglamento de la Asociación de Padres de
Familia D.S. Nº 004-2006-ED, la R.M. Nº 0574-ED, Normas de Control de
Asistencia y Permanencia del Personal; D.S. Nº 007-2001-ED. Normas para la
Gestión y Desarrollo en los Centros y Programas Educativos; D.S. Nº 009-
2005-ED, Reglamento de Gestión del Sistema Educativo; Resolución
Suprema Nº 0197-81-ED. Reglamento de Altas, Bajas y transferencias de
Bienes Muebles Patrimoniales del Ministerio de Educación; Convención
Internacional por los Derechos del Niño, Ley Nº 27337 Código de los
Derechos del Niño y del Adolescente; Plan Nacional de Acción por la
Infancia, Directiva Nº 003-2005-OTUPI/VMGP; Normas para el Desarrollo
de las Acciones y Tutorías y Orientación Educacional, Directiva Nº 032-2001-
VMGP; Oficio Múltiple Nº 0354-2004-ME/R-A/DREA. (Adolescente
Embarazadas o madres con derechos a proseguir estudios); R.M. Nº 0712-
2006-ED., Orientaciones y Normas Nacionales para la Gestión en las
Instituciones Educativas en la Educación Básica y Educación Técnico –
Productiva.
Art. 5º.- Son principios axiológicos:
a).- La filosofía educativa que se sustenta en el evangelio y la realidad
nacional.
b).- La búsqueda y la vigencia de los valores morales.
c).- Establecer la dignidad de la persona humana como valor fundamental.
d).- La educación debe ser ética.
e).- Fomentar la honestidad, veracidad y laboriosidad.
Son principios pedagógicos:
a).- La educación debe estar orientado al desarrollo integral de la persona.
Humana.
b).- La educación impartida debe preparar al estudiante para el trabajo
Productivo, acorde con el avance científico y tecnológico.
c).- La educación debe alcanzar a todos.
d).- La educación debe ser multicultural.
CAPITULO II
DE LA NATURALEZA, FINES Y OBJETIVOS DE LA INSTITUCIÓN:
Art. 6º.- La Institución Educativa “Nuestra Señora del Pilar” del distrito de Ticapampa
es Órgano de Ejecución de la Unidad de Gestión Educativa Local de la
Provincia de Recuay, brinda los servicios educativos correspondientes a los
Niveles de Educación Primaria de la Educación Básica Regular y Educación
Secundaria, depende técnico pedagógico y administrativamente de la
Dirección Regional de Educación de Ancash.
Art. 7º.- Tiene por finalidad de organizar, ejecutar, fomentar y velar por garantizar la
calidad y eficiencia del servicio educativo, así como educar para la
democracia y desarrollo de la ciencia y la cultura.
Art. 8º SON OBJETIVOS DE LA INSTITUCIÓN:
a).- Preparar el futuro ciudadano en las diversas áreas del saber y conocimiento
del trabajo a través de opciones laborales acorde con los avances de la
ciencia y tecnología.
b).- Brindar formación integral globalizada en sus educandos a través de los
contenidos científicos humanísticos, técnicos y culturales, el respeto a la
Constitución y a las Leyes del Estado mediante la práctica de los valores
éticos morales.
c).- Promover la participación de las autoridades, padres de familia, los demás
sectores y la comunidad organizada en el proceso educativo.
d).-Promover el cultivo de sus actividades y la adquisición de habilidades y
destrezas necesarias, para su desarrollo personal, tomando como propósito
de la auto disciplina.
e).- Desarrollar un pensamiento crítico y creativo para alcanzar los componentes
de la realidad y transformar el mundo que les rodea.
f).- Propiciar el desarrollo de proyectos y actividades experimentales que
evidencie el carácter innovador de la Institución.
g.- Facilitar y promover la participación en forma coordinada en eventos de
capacitación y actualización técnico Pedagógico y administrativo
g).- Promover actividades que integran a docentes y alumnos sobre la base de la
línea axiológica.
h).-Desarrollar los programas de actualización y capacitación del personal
jerárquico, docente y administrativo que garantice la eficacia en el
desempeño de sus funciones.
i).- Desarrollar acciones de monitoreo y supervisión para garantizar una
educación de calidad acorde a nuestra realidad.
TITIULO II
FUNCIONAMIENTO INTERNO
CAPITULO III
DE LAS FUNCIONES BÁSICAS ESTRUCTURA ORGANIZATIVA Y LÍNEAS
DE AUTORIDAD:
Art. 9º.- SON FUNCIONES BÁSICAS DE LA INSTITUCIÓN:
a).- Planificar, organizar, coordinar, ejecutar y evaluar las acciones técnico
pedagógicas y administrativas en concordancia con la política educativa
nacional, regional y local.
b).- Programar y ejecutar servicios de bienestar social y recreación para el
Personal Docente, Administrativo y educandos, así como para ejecutar
acciones de Promoción Educativa Comunal.
c).- Desarrollar Programas de implementación y actualización del personal
docente y administrativo.
d).- Administrar eficientemente el potencial humano y los recursos naturales y
económicos que les son propios a través de CONEI.y los diferentes
comites
f).- Organizar y desarrollar acciones de Tutoría coordinando con la Dirección,
Tutores y Profesores de Aula. Elegir la organización del comité de TOE y
Prevención Integral, Desayunos Escolares de Educación Primaria.
g).- Promover investigaciones de innovación, creación y mejoramiento de la
tecnología educativa así como experimentar nuevas formas educativas de
proyectos especiales.
Art.10º.-LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA INSTITUCIÓN COMPRENDE:
a) ÓRGANO DE DIRECCIÓN:
- Dirección de la Institución Educativa.
- Sub Dirección de Educación Primaria.
b) ÓRGANO CONSULTIVO:
- Concejo Educativo Institucional. CONEI
c) ÓRGANO DE COORDINACIÓN:
- Comité Técnico- Pedagógico.
- Comité de Tutoría y Orientación Educativa.
- Comité de Promoción Social e Imagen Institucional.
- Comité de Cultura y Deporte
- Comité de Tecnología Educativa
- Comité de infraestructura y Medio Ambiente
d) ÓRGANO DE APOYO ADMINISTRATIVO:
- Área administrativa: Secretaría, oficinista, auxiliar de
laboratorio, de biblioteca, personal de servicio.
e) ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN:
- Comunidad magisterial.
- Junta de trabajadores administrativos.
- Municipio Escolar.
- Sute Base.
f) ORGANOS DE APOYO:
• APAFA.
- ONG VISION MUNDIAL
- Asociación de ex_ alumnos.
• Gobierno Local.
• La Unidad de Gestión Educativa Local de Recuay
Art. 11. FUNCIONES DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO:
a) ÓRGANO DE DIRECCIÓN:
a) El Director es la primera autoridad de la Institución Educativa por lo
consiguiente lo representa Legal y Administrativamente, depende del
Director de la Unidad de Gestión Educativa Local de la Provincia de
Recuay y de la Dirección Regional de Educación de Ancash. En el
desempeño de sus funciones emite Resoluciones Directorales que atañan
directamente a la Administración y funcionamiento del Plantel.
b) En caso de la ausencia del Director de la Institución por gestión
lo reemplazará el Sub-director y en ausencia de éste lo remplazará un
docente de mayor nivel designado por el Titular.
c) El Sub Director depende del Director de la Institución Educativa.
d) En caso de una ausencia prolongada del sub-director éste será
reemplazado por un docente de mayor nivel.
e) Facilitar y asesorar, la función docente y de los comités de
coordinación:
b) ÓRGANO DE COORDINACIÓN: Son funciones de los órganos de
coordinación:
• COMITÉ TÉCNICO PEDAGÓGICO: Son funciones específicas
del comité técnico pedagógico:
a) elaborar el plan específico del comité, (bajo la dirección y
asesoramiento del director.)
b) Elaborar el proyecto curricular,PAMA y de la Institución
Educativa,
c) apoyar y orientar la labor pedagógica del personal
docente.
d) Evaluar conjuntamente con los demás docentes el proceso
de enseñanza – aprendizaje.
e) Conformar los círculos de Interaprendizaje para fomentar
jornadas pedagógicas para el intercambio de experiencias
de aprendizajes.
f) Elaborar y ejecutar el plan de supervisión interna.
g) orientar y asesorar al personal docente en el proceso del
monitoreo juntamente con el director y sub director
h) Emitir el informe correspondiente en forma oportuna sobre
el resultado del monitoreo y efectuar el plan de mejora.
i) elaborar el plan lector.
j) Planificar y coordinar la participación en los concursos
nacionales, contemplados en la directiva del presente año.
k) Planificar y coordinar la participación en los concursos
regionales y locales.
l) Planificar y coordinar la participación en los concursos
internos.
m)realizar un informe estadístico del rendimiento académico
de los estudiantes trimestralmente en el nivel primaria y
bimestral en el nivel secundaria a los tutores y padres de
familia.
n) asesorar para la elaboración de proyectos de innovación
pedagógica y de gestión.
o) Elaborar el Proyecto Curricular de la Institución Educativa
con la participación de la comunidad educativa.
• COMITÉ DE TUTORÍA Y ORIENTACIÓN EDUCATIVA
a) Esta presidido por el Profesor Rodolfo Tinoco Mariño.
b) Elaborar el Plan de Trabajo Específico del comité teniendo
en cuenta la resolución directoral N° 0343-2010 ED.
c) Promover el cultivo de valores ético – sociales que
fundamente la formación personal y social del educando.
d) Fortalecer progresivamente actitudes cívico – patrióticos,
orientadas a lograr la conciencia e identidad nacional,
preparar al educando para la vida democrática.
e) Dar cumplimiento al Reglamento de la Brigada Escolar.en
coordinación con los auxiliares de educación y tutores
f) Fortalecer la disciplina escolar a través de los tutore.
g) Organizar la brigada escolar, en coordinación con los
auxiliares de educación, tutores y profesores de aula.
(previa evaluación de sus perfiles).
h) Promover y organizar la realización de al menos cuatro
reuniones durante el año con los padres de familia de su
sección.
i) Promover y organizar la participación de los docentes,
padres de familia y equipo especializado para la campaña
de salud, orientación vocacional y otras actividades con
fines educativos.
j) Coordinar con el representante de TOE, docentes,
auxiliares de educación y padres de familia para solucionar
problemas detectados con los educandos; luego derivar el
informe correspondiente a la dirección en forma oportuna
de acuerdo a la gravedad del caso para su respectivo
tratamiento.
k) Mantener el mejor nivel de relaciones inter personales y de
ambiente de trabajo a fin de propiciar el éxito de la tarea
educativa.
l) Emitir un informe al culminar el año escolar a la dirección
del plantel de todo lo actuado.
• COMITÉ DE PROMOCIÓN SOCIAL E IMAGEN
INSTITUCIONAL:
a) Planificar y elaborar el Plan Anual de Trabajo del comité.
b) Velar permanentemente por la imagen institucional.
c) Planificar y organizar las elecciones del Municipio Escolar.
d) Contribuir a las buenas relaciones con la Institución
Educativa y otras instituciones públicas y privadas de la
localidad, así como con toda la comunidad educativa.
e) Promover convenios de alianzas estratégicas con otras
instituciones públicas y privadas, para el desarrollo de los
alumnos.
f) Organizar el Club de Periodismo de los estudiantes en
ambos niveles.
g) Crear y difundir en las redes sociales las diversas
actividades programadas y realizadas por la institución.
h) Emitir el informe final.
• COMITÉ DE INFRAESTRUCTURA Y MEDIO AMBIENTE
a) Planificar, elabora y ejecutar el Plan Específico del comité
b) Velar por la salubridad y seguridad que debe brindar la
infraestructura de la Institución Educativa en coordinación
con la Dirección del plantel y la participación del APAFA.
c) Apoyar a la Dirección del plantel sobre la gestión para el
mantenimiento y refacción de la infraestructura ante el
gobierno local, regional y central, así como a instituciones
privadas.
d) Organizar eventos, acciones relevantes que contribuyan a
la conservación del medio ambiente.
e) Responsable de la prevención de riesgo frente a los
desastres naturales ( SIMULACROS DE SISMOS)
f) Presentar el informe anual.
• COMITÉ DE CULTURA Y DEPORTE:
a) Planificar, organizar y ejecutar un plan de trabajo
específico para el correspondiente comité
b) Promover el deporte en todas sus disciplinas.
c) Propiciar la práctica de las manifestaciones culturales,
artísticas, tanto en los estudiantes, como en la comunidad
educativa, a través de talleres artísticos y culturales.
d) Promover campeonatos deportivos internos y externos con
los educandos y la comunidad educativa en general. Así
como los juegos florales escolares( concurso de talentos) y
otras actividades en las que pueden contrastar sus
aprendizajes.
e) Organizar los talleres de teatro y danza.
f) Organizar la fiesta patronal de la institución.
g) Presentar el informe final.
• COMITÉ DE TECNOLOGIA EDUCATIVA
a) Elaborar el plan anual del comité
b) Promover capacitaciones a los docentes y estudiantes de
la Institución Educativa en el uso de las Tecnologias de la
información y comunicación ( TICs)
c) Recibir a los docentes y estudiantes en ambientes
implementados y ordenados.
d) Elaborar el horario del aula de Innovación Pedagógica
e) Coordinar con los docentes para las actividades
programadas según horario.
f) Actualizar el inventario del material didáctico - tecnológico
del aula de Innovación Pedagógica
g) Informar por escrito a la Dirección de la Institución
Educativa en caso de deterioro o pérdida de los equipos y
materias informáticos.
h) Velar por mantenimiento periódico de los equipos de las
aulas de innovación.
i) Implementar el aula de innovación pedagógica a través de
gestiones.
j) Organizar las ferias de innovación pedagógica para
socializar los trabajos de los docentes de la I.E
k) Presentar el informe final.
Art. 12º.- El órgano de apoyo está constituido por el personal no docente, responsable
de brindar mejor servicio al alumno, padres de familia y la comunidad, así
como cuidar el mantenimiento y conservación de la
infraestructura, mobiliarios, equipamiento de la Institución,
depende de la Dirección y está constituido por los auxiliares de laboratorio y
biblioteca, trabajadores de servicio, secretaria y oficinista.
Art. 13º.- El Órgano Consultivo, está constituido por el Consejo Educativo
Institucional (CONEI) que viene a ser el órgano técnico encargado
de coordinar , compatibilizar, articular y deliberar en asuntos
relacionados en la organización, funcionamiento de la Institución y
acordar la solución de los problemas, esta presidido por el Director
de la Institución Educativa, e integrado por el Sub Director, un
Docente de Educación Primaria y un Docente de Educación
Secundaria elegidos en una Asamblea General, dos representantes
del Municipio Escolar, un representantes de Padres de Familia y
representante del Personal Administrativo.
Art. 14° ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN: Lo constituye la Asociación de
padres de Familia, el Municipio Escolar, Comunidad magisterial, Junta
de trabajadores administrativos, sute base, asociación de ex alumnos
quienes son responsables de contribuir en el mejoramiento, calidad y
eficiencia del servicio educativo que se brinda en la Institución
Educativa.
CAPITULO IV
DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL TRABAJO
EDUCATIVO Y ADMINISTRATIVO:
Art. 21º.- El horario de funcionamiento en la Institución: En Educación Primaria de la
Educación Básica Regular es de 08:00 a.m. hasta las 13:00 horas; en
Educación Secundaria de la Educación Básica Regular es de 08:00 a.m.
hasta las 13:40 horas.
HORARIO DE TRABAJO DEL PERSONAL DE LA I.E.
CARGO INGRESO SALIDA
DIRECTOR 7: 30 AM 3:30 PM.
SUB-DIRECTOR 7: 30 AM 3:30 PM.
DOCENTE PRIMARIA 8:00 AM 1:00 PM
DOCENTE SECUNDARIA 8:00 AM 1:40 PM
AUXILIAR EDUCACION( 2) 7: 40 AM 2:00 PM.
SECRETARIO 7: 30 AM 3:30 PM.
OFICINISTA 7: 30 AM 3:30 PM.
AUXILIAR DE LABORATORIO 7: 30 AM 3:30 PM.
AUXILIAR DE BIBLIOTECA. 7: 30 AM 3:30 PM.
GUARDIANIA I 6:30PM 12:30 PM
GUARDIANIA I 12:30PM 6:30 AM
PERSONAL DE SERVICIO (**) 6:30 AM 1:30 PM
PERSONAL DE SERVICIO 12:00 M 7:00 PM
• Incluyendo la hora de refrigerio.
• ** El personal de servicio labora los sabados , domingos y feriados para
completar su jornada laboral( 4 horas)
Art. 22º.- El Personal Directivo, Docente cumple con el horario de trabajo
semanal de 40 horas cronológicas, 30 ó 24 horas pedagógicas
según su jerarquía y nivel educativo en el que presta servicios.
El personal de apoyo administrativo cumple 40 horas semanales
cronológicas.
Art. 23º.- Es obligación de todo trabajador registrar en forma personal su asistencia al
centro de trabajo tanto al ingreso como a la salida.
El registro de ingreso se cumple en estricto orden de llegada
anotando en el registro correspondiente los dos apellidos y nombres, así
como la hora.
Art. 26º.- El informe a la superioridad acerca de las inasistencias del personal se
efectuará en los cinco primeros días del mes siguiente. Lo realiza la
dirección de la institución
Art. 27º.- La salida del Centro de Trabajo en horas de labor, cualquier sea el
motivo serán autorizados por el Director de la Institución, mediante el
uso de papeleta de permiso y/o anotación en el registro interno de
permiso.
Art. 28º.- Solamente en casos debidamente justificados el Director podrá
otorgar al personal, permisos.
Art. 29º.- Todo personal que labora en la Institución tiene derecho de gozar de
un día, de descanso físico en el día de su onomástico, si éste recae
un día no laborable el descanso físico será el primer día útil
siguiente.
Art. 30º.- Todo personal docente tiene derecho a gozar de permiso por el día
del maestro.
Art. 30º.- Los descuentos de las remuneraciones por motivos de insistencia no son
considerados como sanciones disciplinarias, la sanción proviene por los
abusos que cometen y por no dar cuenta a la superioridad de los motivos.
Art. 31º.- Para los fines de control administrativo, quien incurra en inasistencia hará
conocer al Director por escrito los motivos, siendo potestad de éste
considerar justificada o no la inasistencia.
Art. 32º.- Las inasistencias no participadas serán motivo de justificación dentro
de las 48 horas de haberse producido.( para todo el personal de la
Institución).
Art. 33º.- Todas las solicitudes de licencias, cualquiera sea el motivo se
tramitará por orden regular, presentándose por Secretaria del Plantel
y éste debiendo ser respondido al interesado dentro del plazo
establecido.
El incumplimiento de esta disposición dará lugar al informe de
abandono, para la sanción correspondiente.
Art. 34º.- Queda completamente prohibida la suspensión de labores técnico
pedagógico sin razón o causa debidamente justificada. La
responsabilidad de ocurrir tal hecho recae directamente al Director.
Art. 35º.- La puntualidad y asistencia del alumnado durante el año lectivo es
obligatorio para asegurar el logro de los objetivos educacionales.
Art. 35º.- Queda terminantemente prohibido el uso de celulares y objetos de
valor.
Art. 35º.- Queda terminantemente prohibido la venta de textos escolares,
libros de lectura, obras literarias, compendios etc.
Art. 36º.- El tiempo de permanencia de los educandos en la Institución
Educativa es de cinco horas y cuarenta minutos diarias cronológicas
en educación secundaria.
Art. 37º.- Los alumnos que incurran en tardanza y evasiones tendrán el siguiente
tratamiento:
a).-Serán atendidos por el Auxiliar de Educación correspondiente o
docente del Nivel, registrándose en la tarjeta de control( agenda)
de asistencia, la fecha, tiempo transcurrido y motivo.
b).-En la tercera reincidencia se dará a conocer al Docente Responsable de
Tutoría, a su vez el Director del Plantel a fin de orientar a los alumnos
para superar las causas que originan las tardanzas.
c).-De continuar la reincidencia se hará llamar al padre o apoderado
mediante su tarjeta de control, para el tratamiento del caso.
d) En caso de evasiones de igual manera se hará llamar al padre o
apoderado mediante su tarjeta de control, para el tratamiento del caso.
e).-Para efectos de registro de asistencia tres tardanzas equivalen a una
inasistencia.
Art. 38º.- Toda inasistencia del alumno debe ser justificado por el padre de familia,
por escrito o personalmente, cinco inasistencias consecutivas obligan al
educando a concurrir con su padre o apoderado para poder continuar con sus
estudios en el Plantel.
El 30% de inasistencia injustificada invalida el año de estudios del
educando; por efecto se expedirá la Resolución Directoral correspondiente.
Todas las tardanzas, inasistencias justificadas e injustificadas deberán
ser consignadas en la tarjeta de control de asistencia diaria del educando, el
cual deberá estar firmada por el padre de familia.
Art. 39º.- El recreo para el alumnado es el siguiente horario:
a).- Educación Primaria de la Educación Básica Regular es de 30 minutos.
b).-Educación Secundaria de la Educación Básica Regular es de 25 minutos.
Art. 40º.- Por necesidad de servicio educativo, las Vacaciones del Personal de Apoyo
Administrativo se consideran en los meses de enero y febrero.
Art. 41º.- El año escolar se inicia el 3 de marzo, siendo obligación de todo el Personal
Docente y Administrativo encontrarse presente ese día en la Institución.
Art. 43º.- El Plan Anual de Trabajo de la Institución será aprobado por el Director, su
evaluación formará parte del Informe Memoria del Director.
Art. 44º.- La Programación Curricular es una actividad obligatoria que debe ser
cumplida por todos los docentes, entregando a su Jefe inmediato
superior. La Programación Curricular Anual y las Unidades de
Aprendizaje del Grado o Área a su cargo, para el Primer Bimestre a
más tardar el 10 de marzo y las restantes antes de dar inicio del
Bimestre correspondiente.
Art. 45º.- La Programación Curricular se realizará en equipos de Docentes por Grados
y Áreas con el fin de propiciar el intercambio de experiencias y opiniones
que favorecen al aprendizaje y enriquecimiento mutuo.
Art. 46º.- La formulación y ejecución del Plan de Monitoreo es responsabilidad del
Director y el Comité técnico Pedagógico.
Art. 48º.- La Elaboración y Aprobación del Cuadro de Distribución de Horas de
Clases se cumplirán según lo establecido en la R.M. Nº 1326-85-ED. y las
Normas emitidas por la Superioridad.
Art. 49º.- El proceso de matrícula y ratificación de matrícula del alumnado es
automática, está organizado por el Director, tomado en cuenta las funciones
específicas del personal y el número de trabajadores por cada cargo. El
personal asignado para esta área recibirá las orientaciones precisas así como
la supervisión constante por parte del Director para el adecuado
cumplimiento.
Art. 50º.- Tanto la matrícula como la ratificación de matrícula la efectuará el padre de
familia o apoderado.
Art. 51º.- Se considera traslado de matrícula hasta el término del Tercer Bimestre
Lectivo, entregándosele al Padre de Familia o Apoderado, la Ficha de
Matrícula con sus Documentos Complementarios y la Libreta de Evaluación
debidamente llenadas. Se sacará un duplicado de la Ficha de Matrícula para
el Archivo de la Institución. El traslado de Matrícula a la Institución tiene el
mismo tratamiento.
Art. 52º.- El pago de las cuotas de la Asociación de los Padres de Familia no
condiciona la matrícula, ratificación ni traslado.
Art.53º.- Los estudiantes que solicitan traslado de matrícula se ajustaran a las
normas vigentes.
Art. 54º.- Para conceder el Traslado de Matrícula y entregar Certificados de Estudios
se requerirá la presentación de la constancia de no adeudar Libros de la
Biblioteca, ni otros bienes pertinentes a la Institución.
Art. 55º.- Las actividades de Tutoría se organizan según lo establecido por los
Reglamentos de la Ley General de Educación, teniendo el servicio de
Tutoría como medio fundamental de tal orientación integral del educando en
los aspectos sociales, emocionales, dificultades de aprendizaje, autocontrol y
prácticas de hábitos de trabajo y estudio entre otros. Tutoría es tarea de
todos los docentes en estrecha coordinación.
Art. 57º.- Las tareas escolares asignados al alumno para ser ejecutadas fuera del
Horario Escolar constituye medios para consolidad y orientar la información
que el docente haya dado acerca de un tema, en algunos casos serán
utilizados para la solución de cuestionarios, temas sobre asuntos que no han
sido tratados en clase.
Art. 58º.- La lista de útiles escolares o requerimiento de materiales deberá contar con
la aprobación del Director, en Educación Primaria se considerará lo
estrictamente indispensable de acuerdo a las necesidades de aprendizaje y
disponibilidad de los recursos de los Padres de Familia.
Art. 59º.- La evaluación del educando se rige por el sistema vigesimal de cero a
veinte en Educación Secundaria y educación primaria es literal.
Art. 60º.- La evaluación es integral, flexible, formativa y sistemática acorde a los
dispositivos vigentes, asegurando su objetividad, validez y confiabilidad,
garantizando la equidad e imparcialidad.
Art. 61º.- Institución considera las siguientes etapas de evaluación:
a).- De contexto, para caracterizar la problemática de la Institución
Educativa y determinar las condiciones del educando.
b).- De entrada para verificar:
- Si los educandos tiene los pre-requisitos para nuevos
aprendizajes.
- El grado de conocimiento y los niveles de aprendizaje
logrados y previstos en la Programación Curricular.
c).- De proceso, siendo el logro inmediato y ofrecer el reforzamiento
oportuno a través de evaluaciones permanentes, formativas y
orientadoras.
d).- De salida para verificar los logros de los objetivos previstos en las
Unidades Didácticas.
Art. 62º.- Las Capacidades, Actitudes, Criterios e Indicadores de Evaluación de
Aprendizaje se especifican en las Unidades de Aprendizaje.
Art. 63º.- Se determina como instrumento o procedimientos de evaluación:
a).- Observación, utilizando Registros de Conducta significativas y
Registros anecdóticos.
b).- Auto evaluación, Co-evaluación y heteroevaluación, utilizando
instrumentos adecuados.
c).- Pruebas escritas, con trabajos de investigación, redacciones
objetivas, graficas y de exposición.
Art. 64º.- La Evaluación en Educación Primaria es cualitativa y está orientada a
comprobar el desarrollo de competencias mediante la verificación de
indicadores de logro.
Art. 66º.- La recuperación académica constituye un servicio permanente a favor de los
alumnos que confronten problemas en su aprendizaje.
Art. 67º.- Los educandos y los padres de familia serán informados de los resultados de
evaluación académica al finalizar cada Bimestre Lectivo y al término del
Año Escolar.
Art. 68º.- Cualquier reclamo relacionado a la evaluación del educando será presentado
por escrito ante la Dirección del Plantel quien se pronunciará al respecto
dentro del plazo máximo de una semana.
El padre de familia tiene derecho a apelar ante la Dirección de la
Unidad de Gestión Educativa Local de Recuay, si no se halla conforme con
la determinación del Director del Plantel.
Se realizará reunión con los Padres de Familia Bimestralmente
para informar sobre la situación de sus hijos, esta reunión se llevará a
cabo con el Profesor Tutor y Asesor de cada Sección y con los Docentes
que dictan clases y que quieran asistir voluntariamente.
Art. 69º.- El Padre de Familia dispone de los días hábiles después de la fecha de
recepción de Libretas de Notas, para formular su reclamo sobre los
resultados de la evaluación de su hijo.
Art. 70º.- El Personal del Plantel involucrado en situaciones que motivan
reclamo fundado o materia de evaluación será sancionado con
demerito.
Art. 71º.- El Director autorizará mediante Resolución Directoral previa solicitud
con documentos probatorios, el adelanto o postergación de las
Evaluaciones Bimestrales, en caso de enfermedad prolongada o
accidente, cambio de residencia, viajes de delegación oficial
asistencia al servicio militar obligatorio o fallecimiento de los Padres
de Familia.
Art. 72º.- La Exoneración del Área de Educación Religiosa, Educación Física, se
solicita en el momento de la matrícula por parte del Padre de Familia o
apoderado.
Art. 72º.- La asistencia de los estudiantes a la institución educativa será con el uniforme
escolar único establecido, pudiendo llevar el buzo solo en las horas de
educación física de acuerdo al horario de clases y eventos deportivos.
Art. 73º.- Los Padres de Familia que no tienen posibilidades económicas, para adquirir
uniforme escolar único para sus hijos podrán solicitar su exoneración de uso
mediante una solicitud al momento de la matrícula.
El Padre de Familia quien solicito la Exoneración debe enviar a su
hijo o pupilo con ropa sencilla y no decorosa ni discordante con la
formación, de ocurrir este hecho se citará al Padre de Familia para acordar la
solución del caso.
Art.74º.- Las actividades destinados a recaudar fondos económicos en beneficios a la
Institución Educativa, así como para la excursión del alumnado será
autorizado por el Director. Estas actividades se desarrollarán a través de los
responsables.
Art. 75º.- Para autorizar otras actividades pro fondos a cargo de la misma Promoción
se requerirá el Informe de rendimiento de cuentas de la actividad anterior.
Art. 76º.- El Informe de Ingresos y Egresos de toda la actividad realizada por recaudar
fondos será publicada en un lugar de avisos del Órgano de Dirección luego
de cuatro días realizada la actividad, debiendo aportar el 20% del total de los
ingresos para la Institución.
Art. 77º.- La excursiones escolares fuera del Departamento presentarán sus
documentos con anticipación.
Art. 78º.- El Calendario Cívico se cumplirá de conformidad a la R.M. Nº 3199-84-ED
y sus Normas para su celebración que forma parte del presente Reglamento
Interno.
Art. 79º.- Cada Docente se responsabilizará de una Fecha Cívica.
Art. 80º.- En la elaboración del Plan Anual de Trabajo de la Institución se preveerá la
celebración del Calendario Cívico Escolar, nominándose como responsable
a un Docente de cada Fecha, considerando el nivel público o interno, las
Fechas del Nivel de Aula será desarrollada por el Docente de Aula o
Profesor del Área con sus respectivos alumnos, fechas que serán
programadas en la Unidad Didáctica.
Art. 81º.- La nominación del Personal Docente a responsabilizarse de la celebración
del Calendario Cívico Escolar, se efectuará en Reunión de Profesores
teniendo en cuenta el Título Profesional, Experiencia y cierta condición a la
fecha asignada.
Art. 82º.- El uso eventual del local escolar y sus instalaciones serán autorizados por el
Director en coordinación con el Consejo Educativo Institucional, solo
tratándose para fines Educativos Culturales, Deportivos y recreativos.
Art. 83.- El funcionamiento y administración de los kioscos , cafetería y
similares se regirán según lo establecido por la R.M. Nº 0189 y el
D.S. Nº 026-87-ED – SA y R.D Nº 3940-88-ED y forma parte de este
Reglamento el D.S. Nº 007-2001-ED. El que está a cargo de la
Asociación de Padres de Familia. y dicho fondo deberá ser destinado
para el mantenimiento y conservación de la infraestructura de la I.E.
Art. 84º.- El Director de la Institución educativa está facultado para convocar a
reuniones de implementación, información y/o coordinación de todo
el personal en forma periódica cuando los motivos de la convocatoria
justifique.
Para no interferir las labores escolares estas reuniones se
realizará en la última hora de la jornada laboral.
Art. 85º.- No autorizará actividades que no estén programadas en el P.A.T. o los
planes específicos, en razón que estos perturben las acciones Educativas
Curriculares y complementarias de la Institución Educativa.
Art. 86.- La atención a los Padres de Familia y público en general lo efectuará la
Administración del Director y Sub Director del Plantel, sin horario ni
limitaciones algunas, los docentes atenderán a los Padres de Familia en la
hora del recreo o en sus horas libres y horas de educación física en primaria.
Las citaciones a los Padres de Familia o apoderados efectuados
por el Personal Docente o Administrativo deben de ser de conocimiento del
Director de la Institución Educativa.
Art.87.- La participación de los Padres de Familia en la organización y el
funcionamiento de la Institución se rigen por el presente Reglamento y el
Reglamento de la Asociación de Padres de Familia aprobado por el D.S. Nº
004-2006-ED.
Art. 88º.- Las Labores Académicas concluyen con la Clausura del Año Escolar a
realizarse en el mes de diciembre, la que se efectuará una vez que todo el
Personal Docente haya entregado toda la documentación técnico pedagógico
de su responsabilidad y esto se hallen conforme.
Las Normas de Control de Asistencia, Puntualidad y
Permanencia en el Centro de Trabajo para el Personal Docente y
Administrativo, siguen hasta la Clausura del Año Escolar.
Art. 89º.- Todo expediente o documento se presenta a la Institución, ingresará por la
sección de trámite documentario, registrándose en el libro correspondiente.
Los despachos con el Director o con sus reemplazantes se
efectuaran el mismo día de la recepción.
Art. 90º.- Ningún documento (separata) de carácter técnico pedagógico o
administrativo elaborado con alcances de la Institución podrá ser
impreso, publicado o cursado, si antes no tiene la visación de
aprobación del Director.
Art. 91º.- Todo el Personal Docente y Administrativo de la Institución presentará
antes de la Clausura del Año Escolar un Informe breve relacionado al
cumplimiento de sus funciones, la misma que servirá para la elaboración del
Informe Memoria del Director de la Institución Educativa.
Art. 92º.- La Secretaria de la Institución es la única responsable de llevar el orden,
control y seguridad de los archivos de la Institución.
Art. 93º.- Al finalizar el Año Escolar se seleccionará los documentos que deben
archivarse con carácter permanente, debiendo efectuarse el empaste
correspondiente al legajo que formar parte del inventario documentario de la
Institución Educativa.
Art. 95º.- El Inventario de la Institución comprende: el Inventario Físico de Bienes y
Enseres, Libros y Legajos del Inventario de los documentos seleccionados,
se actualizaran en el mes de diciembre, Auxiliares de Laboratorio,
Auxiliares de Biblioteca, Profesores de Educación Física, Profesor de Banda
de Música, Profesora de Taller de Industria del Vestido, Profesora
responsable de la sala de Computo del Nivel de Educación Secundaria,
Profesor responsable de la sala de Computo del Nivel de Educación
Primaria, Profesor del Área de Matemática, Auxiliares de Educación, así
como la Administración del Plantel.
Art. 96º.- La persona encomendada para el cuidado y la conservación de los bienes y
enseres de la Institución dará cuenta oportunamente al Director del Plantel
de los deterioros o pérdidas a fin de disponer su baja o deslindar
responsabilidades. De no hacerlo se convierte en el único responsable de la
perdida o deterioro.
Art. 97º.- La salida del personal que labora en la Institución Educativa en horas de
labor cualquiera fuera el motivo solo serán autorizados por el Director de la
Institución como primera y máxima autoridad, mediante anotación en le
registro interno de permiso o papeleta de salida.
 El permiso otorgado por el Director está establecido en el
“Manual del Director” preceptuadas con todas las Normas
Legales y los mecanismos operativos correspondientes.
 Cada papeleta de salida tiene una duración de dos horas.
 Cada trabajador gozará de 09 papeletas como máximo al año,
teniendo en consideración una papeleta al mes, pasado las 09
papeletas, el Director previa evaluación considerará lo mismo sin
tocar el derecho estimado en la Norma Legal.
Art. 98º.- El Sistema de Control de Asistencia diaria y Permanencia del Personal
Jerárquico, Docente de los Niveles de Educación Primaria, Secundaria y los
Servidores Administrativos es único; se realiza en la Administración a
Cargo del Director de la Institución, diferenciando el correspondiente
régimen laboral.
Art. 99º.- Para los fines de control administrativo, quien incurre en inasistencia, hará
conocer al Director de la Institución por escrito los motivos de su
inasistencia dentro de las 24 horas de haberse producido el acto, siendo
potestad de esta considerar justificada o no su inasistencia.
CAPITULO V
DE LOS DERECHOS, DEBERES Y ESTÍMULOS:
Art.100º.- SE CONSIDERAN DERECHOS DEL PERSONAL DOCENTE Y
ADMINISTRATIVO:
a).- Estabilidad Laboral en el Servicio, garantizando su permanencia en el
Cargo para el cual ha sido Nombrado; el Respeto a Nivel, Especialidad
del Título Profesional y Turno, ha no ser Destacado a otro lugar o
puesto de Trabajo sin su Consentimiento.
b).- Participar en la formulación, ejecución y evaluación del Plan Anual de
Trabajo, así como en las diferentes actividades y programas que
ejecuta la Institución.
c).- A gozar de licencias, permisos, vacaciones que la Ley les confiere.
d).- A sindicalizarse o agremiarse en forma voluntaria, libre y no sujeto a
condiciones de ninguna naturaleza.
Art.101º.- SE CONSIDERA DEBERES DEL PERSONAL DOCENTE Y
ADMINISTRATIVO:
a).- Cumplir sus funciones con dignidad, honestidad, eficiencia, respeto al
público.
b).- Cooperar con los Padres de Familia en la formación integral del
alumno.
c).- Respetar los valores éticos sociales de la comunidad y participar en su
desarrollo cultural, cívico y patriótico.
d).- Contribuir y velar por la buena conservación y mejoramiento de la
infraestructura, equipamiento educativo.
e).- Abstenerse a realizar en el Centro de Trabajo actividades que
contribuyen los fines y objetivos de la Institución, entre tales
relacionado en actividades políticas partidarista.
Art.102º.- SE CONSIDERAN DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES:
a).- Recibir formación integral en un ambiente que le brinde seguridad
moral, psíquica y física, así como los servicios de tutoría.
b).- Ser tratado con dignidad y respeto sin discriminación de ninguna clase.
c).- Recibir en forma gratuita los servicios educativos.
d).- Recibir el merito en el cumplimiento de sus deberes.
e).- Plantear reclamos fundamentados de las dificultades, deficiencias que
notaran en el especto técnico pedagógico y administrativo ejerciendo
el derecho, petición en las instancias jerárquicas.
f).- Gozar de los servicios de refrigerio o alimentación escolar,
disponiéndose de 25 minutos en educación secundaria y 30 en
Educación Primaria.
g).- La niña o la adolescente embarazada o madre no debe ser impedida de
iniciar o proseguir sus estudios, evitándose cualquier forma de
discriminación (Art. 14º de la Ley Nº 27337- Código de los niños y del
adolescente).
Art. 103º.- SE CONSIDERA DEBERES DEL ESTUDIANTE:
a).- Guardar respeto y consideración a todo el Personal Docente y
Administrativo de la Institución, así como a sus condiscípulos y padres
de familia y practicar los valores morales.
b).- Estudiar satisfactoriamente
c).- Cuidar a sus ascendientes en su enfermedad y su ancianidad
d).- Participar en forma responsable en las actividades programadas en la
Institución, absteniéndose intervenir en actividades políticas
partidaristas y en actos reñidos con la moral y las buenas costumbres
que atenten contra la salud física y moral.
e).- Respetar la propiedad pública y privada. Conservar el medio ambiente
f).- Cuidar los ambientes, materiales bibliográficos, equipos de laboratorio
y demás instalaciones del Plantel.
g).- Elegir y ser elegido para integrar al Municipio Escolar.
h).- Respetar a la Patria, Leyes, Símbolos y Héroes.
i).- Adecuado uso del Internet, conociendo sus beneficios y riesgos.
Art. 104º.- SE CONSIDERA DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA O
APODERADO DE LOS ESTUDIANTES:
a).- Conformar la Asociación de Padres de Familia, formar parte de los
órganos que lo conforman.
b).- Intervenir en el proceso educativo de sus hijos.
c).- Participar en las actividades que ejecuta la Institución educativa.
d).- Solicitar y/o recibir información sobre el rendimiento académico y
conducta de sus hijos o pupilos.
Art. 105º.- SE CONSIDERA DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA:
a).- Preservar y cuidar los bienes de la Institución Educativa.
b).- Velar que en la Institución Educativa, que exista un ambiente
adecuado que permita la formación integral de los estudiantes.
c).- Contribuir para elevar la calidad, eficiencia del servicio educativo que
presta la Institución.
d).- Respetar las Resoluciones técnico pedagógico y disposiciones
administrativos expedida por la autoridad de la institución.
e).- Asistir puntualmente a las reuniones convocadas y citaciones
efectuadas por el Personal Directivo, Docente y Administrativo del
Plantel.
f).- Contribuir con mano de obra o apoyo económico, para el
mejoramiento o conservación de la infraestructura, equipamiento o
mobiliario del Plantel.
g).- Orientar y supervisar a sus hijos en el adecuado uso del Internet,
coordinando con las autoridades locales y los propietarios de las
cabinas publicas, las estrategias de vigilancia
REGLAMENTO GENERAL DE LA ASOCIACIÓN DE LOS PADRES DE
FAMILIA: ( actualizar de acuerdo a normas vigentes)
Art. 106º.- La APAFA es una organización estable de personas naturales, sin fines de
lucro que propicia la participación de los Padres de Familia, Tutores y
Apoderados en el proceso de mejoramiento de los aprendizajes de los
alumnos y del servicio educativo que brinda la Institución Educativa.
Art. 107º.-Los Padres de Familia, Tutores y Apoderados de los Alumnos de la
Institución Educativa, participan en la APAFA, sin distinción de origen,
raza, género, idioma, religión, condición económica de cualquier otra
índole.
Única y exclusivamente son Miembros del Consejo Directivo o
de los Comités de Aula, los Padres de Familia y Tutores.
Art. 108º.- Los asociados a la PAFA canalizan su participación a través de sus Órganos
Internos; los Comités de Aula, Comités de Talleres, Consejo de Vigilancia,
Consejo Directivo, Asamblea General de los Asociados, así como a través
de sus representantes ante el Consejo Educativo Institucional y cualquier
Órgano Directivo Consultivo y/o de participación de conformidad con lo
establecido en la Constitución Política del Perú, la Ley General de
Educación, el presente Reglamento y la Normatividad Vigente.
Art. 109º.- En cada Institución Educativa existe una sola APAFA, cualquiera fuera el
Nivel o Modalidad Educativa que atiende y se rige por lo establecido en la
Constitución, la Ley General de Educación, el presente Reglamento, sus
Estatutos y el Código Civil, en lo que sea aplicable; así mismo gozan de
Personería Jurídica de Derechos Privados y puedan inscribirse a los
Registros Públicos.
Art. 110º.- Los estímulos a otorgarse al Personal Docente, Administrativo, alumnado y
Padres de Familia, según sea el caso, por las acciones extraordinarias
efectuadas tanto en el cumplimiento de sus funciones como en otra que
redunden en beneficio del educando y de la Institución comprende:
a).- Felicitación del Director de la Institución, juntamente con el
Consejo Escolar Consultivo, mediante Oficio, Resolución
Directoral.
b).- Diploma de Honor o Pergamino, otorgado por la Asociación
de Padres de Familia, Ex alumnos y/o Docentes de la
Institución, mediante Resolución Directoral.
Art. 111º.- Para el otorgamiento de estímulos por parte de los Estamentos Superiores, el
Director del Plantel elevará la petición correspondiente adjuntado los
documentos probatorios que hubiera lugar, así como el Acta de Reunión en
que se acordó la petición de estímulos.
Art. 112º.- Los derechos, deberes y estímulos considerados por las Leyes, Ley General
de Educación, del Profesorado, de la Carrera Administrativa y sus
Respectivos Reglamentos, se cumplan según lo establecido por tales
Normas Superiores.
a).- Tratándose del Personal Docente y Administrativo, llamada
de atención verbal o escrita por parte del Director de la
Institución.
b).- Tratándose del alumnado lo establecido por el decreto
supremo Nº 013-2004-ED Reglamento de Educación Básica
Regular.
Art. 113º.- Tratándose de las faltas cometidas por los padres de familia dará lugar a
recomendación estricta por parte del Director de la Institución sin asumir
ninguna acción que haya contra sus hijos o pupilos.
Art. 114º.- Para la aplicación de las sanciones de mayor peso, establecidos para el
Personal Docente y Administrativo, el Director de la Institución convocará
al Consejo Escolar Consultivo para el tratamiento del caso con todos los
antecedentes y los documentos probatorios del caso.
Art. 115º.- Para el otorgamiento de estímulos, así como las aplicaciones de las
sanciones, tratándose del Director de la Institución, las gestiones ante las
autoridades superiores lo efectuará el comité ejecutivo.
CAPÍTULO VI
DE LAS FALTAS Y SANCIONES:
Art. 116º.- Se consideran falta que dan lugar a la sanción correspondiente, los
siguientes hechos según consta:
a).-Deshonestidad, indisciplina o ineficiencia.
b).-Inasistencias, tardanzas y abandono injustificado de la Institución.
c).-Hacer prevalecer intereses personales o de grupo a los de la Institución.
d).-Practicar dentro de la Institución actividades política partidaristas.
e).-Exigir, recibir u ofrecer dadivas, obsequios, agasajos por cumplimento
de sus obligaciones.
f).- Efectuar declaraciones públicas, presentar memoriales o asumir otras
acciones similares que puedan dañar la honestidad de las personas o la
buena imagen de la Institución, sin antes haber agotado todas las vías de
solución interna de los problemas surgidos.
g).-El desacato a la orden superior.
h).-El faltamiento de palabra mediante ecos al personal directivo, docentes
administrativos, alumnado y padres de familia.
i).- El incumplimiento de los deberes y obligaciones determinados por la
Ley y el presente Reglamento Interno para cada uno de los estamento
que conforman la Institución.
Art. 117º.- Quienes incurran en incumplimiento de sus funciones trasgreden los
Dispositivos Legales y Administrativos y/o incumplan el presente
Reglamento Interno, serán objetos de las siguientes acciones correctivas:
a).-Tratándose del Personal Docente y Administrativo llamada de atención
verbal o escrita por parte del Director de la Institución.
b).-Tratándose del alumnado lo establecido en el D.S. Nº 013-2004-ED
Reglamento de Educación Básica Regular.
(Actualizar de acuerdo a normas de TOE)
CAPÍTULO VII
DE LAS FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL PERSONAL:
Art. 118º.- SON FUNCIONES DEL DIRECTOR DEL PLANTEL:
a).- Formular, coordinar, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Trabajo con
la participación del Personal Docente, Administrativo y con la
colaboración de la Asociación de Padres de Familia.
b).- Velar por el cumplimiento de los objetivos educacionales y por el buen
trato a los alumnos dentro y fuera de la Institución.
c).- Presidir las reuniones técnico pedagógico y administrativo y otras
relacionados con fines de la Institución.
d).- Autorizar visitas de estudio y excursiones dentro del ámbito Nacional
de acuerdo a las Normas Especificas.
e).- Organizar el proceso de matrícula, autorizar traslados de matrícula,
exoneración de área, aplicación de la pruebas de ubicación, adelanto o
postergación de evaluaciones bimestrales, expedir certificados de
estudios.
f).- Matricular de oficio al menor abandonado o en peligro de moral y
poner en conocimiento de las autoridades o instituciones pertinentes.
g).- Autorizar la rectificación de los nombres o apellidos de los educandos
en los documentos pedagógicos, oficiales de acuerdo a las normas
especificas.
h).- Estimular o sancionar según el caso a los alumnos de la Institución de
conformidad con lo Normado en los Reglamentos de la Ley General
de Educación y el presente Reglamento Interno del Plante.
i).- Dirigir, supervisar, coordinar y evaluar la labor del personal su cargo.
j).- Solicitar a la Instancia Administrativa Inmediato superior, la Cobertura
de las Plazas Vacantes de los Docentes o Administrativos o el
reemplazo del Personal en Licencia.
k).- Otorgar permisos al personal a su cargo en caso debidamente
justificado, registrando en correspondiente cuaderno de control de
asistencia.
l).- Justificar inasistencias y/o tardanzas al personal Jerárquico, Docente y
Administrativo del Plantel, previa verificación del caso, para
garantizar el normal desarrollo de las labores académicas y
administrativas; indicando su compensación horaria por el tiempo no
laborado, autorizando su ingreso, o disponiendo su retiro según
corresponda; informando a la UGEL Recuay para su descuento de Ley
ll).- Estimular al personal a su cargo por acciones extraordinarias,
tanto en el cumplimiento de sus funciones o en otras que
redunden en beneficio del educando, la institución o
comunidad.
m).- Seleccionar y designar al personal Administrativo en función a las
plazas que le corresponden a la Institución y comunicar a la autoridad
Competente de Ministerio de Educación la que deberá formalizar el
contrato en un plazo no mayor de 10 días hábiles.
n).- Llamar la atención verbalmente o por escrito al personal que labora en
la Institución, por incumplimiento de sus funciones. En caso de
reincidencia o gravedad de la falta informar por escrito al Escalafón
Superior.
o).- Organizar y Supervisar el Programa Anual de Tutoría ( TOE)
p).- Promover la Cooperación de Instituciones para mejorar los Servicios
Educativos que brinda la Institución.
q).- Administrar la Documentación del Plantel, de la Biblioteca,
Equipos y Materiales Educativos.
r).- Autorizar la observación y/o practica Pre docente a las clases a los
Alumnos de Formación Magisterial previa petición escrita.
s).- Administrar los fondos provenientes de actividades de acuerdo a las
Normas Especificas.
t).- Formular el cuadro de necesidades de bienes y servicios.
u).- Presidir la comisión encargada de otorgar la administración de kioscos
y cafeterías de acuerdo a las Disposiciones Vigentes.
v).- Autorizar de acuerdo a las disposiciones vigentes el uso eventual de
los ambientes y/o equipos de la Institución por parte de otras
Instituciones, de la comunidad para fines educativos, culturales,
deportivos sociales.
w).- Coordinar reuniones mensuales con los padres de familia y apoderados
cuyos hijos y pupilos incurren en exceso de tardanzas e inasistencias, a
fin de captar apoyo para mejorar la atención del alumnado.
x).- Aprobar el Rol de Vacaciones del personal a su cargo en el mes de
diciembre, dando cuenta inmediata al Instante Superior.
z).- Organizar y dirigir el servicio de monitoreo educativa formando la
experimentación educativa, las innovaciones y la creación de
tecnología educativa, así como el intercambio de experiencias técnico
pedagógicas.
aa).- Mantener el mejor nivel de relaciones personales y de ambiente de
trabajo a fin de propiciar el éxito de la tarea educativa.
bb.).-Reconocer mediante la Resolución Directoral al CONEI, Municipio
Escolar y la Asociación de Padres de Familia, asistir obligatoriamente
a las reuniones de la Junta Directiva y Asamblea General y asesorar
permanentemente, cautelar su movimiento económico.
cc).- Presidir el Comité Directivo, Comité técnico Pedagógico, Consejo
Educativo Institucional, Comité de economía.
dd).- Autorizar Destaque, Contrato de Personal Docente, Administrativo de
la Institución Educativa de acuerdo a la Normatividad Vigente con la
participación del CONEI.
ee).- Autorizar la encargatura de los Cargos Directivos y Jerárquico de la
Institución Educativa en coordinación con el CONEI y de conformidad
de lo dispuesto conforme a Ley.
ff).- De acuerdo a las Normas Legales pertinentes otorgar vacaciones y
permisos al personal:
* De acuerdo a los Reglamentos Vigentes otorgar estímulos a
los estudiantes y todo el personal de acuerdo a los prescritos
en el presente Reglamento Interno.
* Suscribir la correspondencia oficial de la Institución
Educativa y los documentos de certificación.
* Recibir información técnico pedagógico, económico,
administrativa de la Sub Dirección.
* Como máxima Autoridad Institucional, en caso de ausencia
encargará la Dirección, de la Institución Educativa al
Personal según el (CAP).
* Realizar otras funciones afines al cargo.
Art. 119º.- SON FUNCIONES DEL SUB DIRECTOR DE EDUCACIÓN
PRIMARIA DE MENORES DEL PLANTEL:
a).- Formular, coordinar , ejecutar y participar en el Plan Anual de Trabajo
Anual, con la participación del Personal Docente y la colaboración de
los Padres de Familia.
b).- Velar por el cumplimiento de los objetivos del nivel y por el buen trato
a los alumnos dentro y fuera de la institución.
c).- Organizar el servicio de supervisión educativa, previa aprobación del
Plan de Supervisión con el Personal Docente y autorización de la
dirección de la Institución.
d).- Reemplazar al docente en caso de ausencia y asumir la conducción
técnico pedagógico.
e).- Presidir las reuniones técnico pedagógico y otros relacionados con los
fines de la administración previo informe y autorización de la
dirección.
f).- Coordinar, Asesorar, la Labor del Personal Docente.
g).- Revisar Nóminas, registros, Actas Finales y Recuperación del Nivel a
su Cargo en coordinación con los Docentes.
h).- Incentivar las realizaciones de actividades culturales artísticas,
deportivas, religiosas y cívico patriótico.
i).- Velar por la seguridad, conservación y mantenimiento del mobiliario,
equipo y acerbo documentario a su cargo, así como mantener
actualizado el inventario correspondiente.
Art. 120º.- SON FUNCIONES DE LOS PROFESORES POR HORA Y
PROFESORES DE AULA:
Son Profesionales de la Educación que ejercen la función docente con
sentido elemental, crítico, educativo y de colaboración, lealtad a la
Institución.
a).- Dictan 30 horas de Clase en el Nivel de Educación Primaria de
Menores, 24 horas de Clases en el Nivel de Educación Secundaria.
b).- Participación en la elaboración, ejecución y evaluación del Plan Anual
de Trabajo.
c).- Programan, desarrollan y evalúan las actividades curriculares, así
como las actividades de tutoría, de conformidad de la Ley General de
Educación, el presente Reglamento Interno y las Normas específicas
expedidas por el Ministerio de Educación.
d).- Evaluar el proceso de enseñanza aprendizaje de acuerdo a las Normas
Vigentes y cumplir con la elaboración de la documentación
correspondiente proporcionando información a padres de familia y
educandos, sobre el avance y logros de aprendizaje.
e).- Participa en las acciones programadas de investigación y
experimentación de nuevos métodos y técnicas de trabajo educativo,
así como en eventos de actualización profesional organizado por la
Institución o por las Instancias Superiores.
f).- Integra las comisiones de trabajo y colaborar con la Dirección de la
Institución en las acciones que permitan el logro de los objetivos
generales del nivel y/o modalidad y los específicos de la Institución en
que laboran.
g).- Orienta a los educandos y vela por su seguridad por el tiempo que
permanece a la Institución.
h).- Realizar las acciones de recuperación pedagógico, con el fin de ofrecer
nuevas oportunidades de aprendizaje y evaluación.
i).- Cooperar con las acciones de mantenimiento y conservación de la
Institución.
j).- Coordinar y mantener comunicación permanente con los padres de
familia sobre asuntos relacionados con el rendimiento académico y del
comportamiento de los alumnos.
k).- Organizar y ambientar el aula, así como preparar el material educativo
construyendo un centro de recursos didácticos.
l).- Estimular el esfuerzo del alumno brindándole los incentivos necesarios
que haga factible el pleno desarrollo de sus potencialidades.
m).- Mantener actualizado y en buen estado de conservación la
documentación pedagógica y administrativa de su responsabilidad.
n).- Mantener coordinación estrecha con todo el docente y personal de
apoyo administrativo de la institución, en acciones que redunden en la
formación integral del educando.
o).- Detectar problemas que afecten en el desarrollo del educando y
aprendizaje a fin de brindar las orientaciones o el tratamiento
requerido oportunamente.
p).- Asistir y participar en las reuniones de actividades que programa,
organiza y ejecuta la institución, aun no teniendo horas de clase.
q).- Las demás que señalen el presente reglamento y los dispuestos por la
superioridad que guarden relación con el cargo.
r).- Asistir correctamente uniformado los lunes y viernes, puntualmente a
sus clases y no abandonar las mismas sin causa justificada.
s).- Asistir obligatoriamente a la reunión técnico pedagógica y
culturales de la institución en sus diferentes escalones y de la
superioridad, con tolerancia de 10 minutos, luego de este
tiempo se considerará inasistencia, anotándose en el acta.
Art. 121º.- SON FUNCIONES DEL PROFESOR DE BANDA DE MÚSICOS:
Depende del director de la institución y cumple las siguientes
funciones:
a).- Participa en la Elaboración, Ejecución y la Evaluación del Plan Anual
de Trabajo.
b).- Programa, desarrolla y evalúa las Actividades Curriculares en
Educación por el arte, en lo referente a la música.
c).- Organiza, dirige, orienta, estimula al grupo de alumnos que conforman
la Banda de Músicos de la Institución, para lo cual elegirá a los
alumnos que tengan conocimiento y/o principios sobre la ejecución de
instrumentos musicales.
d).- Evalúa el Proceso de Enseñanza Aprendizaje de acuerdo a las Normas
Vigentes, y cumplir con la documentación y elaboración del mismo
correspondiente, proporcionando información a los padres de familia y
educandos sobre el avance y logro del aprendizaje.
e).- Participa y orienta el cuidado, mantenimiento, conservación de los
instrumentos musicales de la Institución.
i).- Participa en acciones programadas de investigación y experimentación
de nuevos métodos, técnicas de trabajo educativo proporciona crea y
hace arreglo de partiduras musicales.
g).- Entrega a los integrantes de la banda de músico con cargo bajo
responsabilidad los instrumentos musicales indicando el estado como
se encuentra para su devolución.
h).- Reunirse con los padres de familia de los alumnos integrantes de la
banda de músico para informarles sobre la evaluación, ensayo
participación en ceremonias que programe la Institución y lo soliciten
otra Institución.
i).- Integra comisiones de trabajo, colabora con la Dirección del Plantel en
las acciones que permita el logro de los objetivos de la Institución.
j).- Orienta a los integrantes de la banda de músicos y velar por su
seguridad durante el trabajo que permanecen en el ensayo y las
ceremonias cívicas patrióticas.
k).- Coordina y mantiene comunicación permanente con los padres de
familia sobre asuntos relacionados con el rendimiento de los ensayos.
Comportamiento, orden, higiene y el uso del uniforme.
l).- Participa en la ceremonia de rendir homenajes a los Símbolos
Nacionales de los días lunes y viernes de acuerdo a la R.M. Nº 0054-
94-ED.
m).- Asistir y participar en las reuniones de actividades que programa,
organiza y ejecuta la Institución de los de apoyo y otras Instituciones,
cuando la Dirección lo autoriza.
n).- Entrega de inventario e informe de cada semestre.
o).- Mantener actualizado y buen estado de conservación la documentación
pedagógica y administrativa de su responsabilidad.
p).- Mantener coordinación estrecha con todos los Docentes y Personal
Administrativo de la Institución en acciones que redunden en la
formación integral de los alumnos.
q).- Detectar problemas que afecten en el desarrollo de los educandos y su
aprendizaje a fin de brindarles orientaciones con el tratamiento
requerido oportunamente.
r).- Las demás que señale el presente Reglamento y los dispuestos por la
Superioridad que guarden relación con el cargo.
s).- Estimular el esfuerzo del alumnado brindándole los incentivos
necesarios que hagan el pleno desarrollo de la potencialidades.
t).- Mantener en buen estado y actualizado de conservación la
documentación pedagógica y administrativa a su cargo y
responsabilidad.
u).- Mantener coordinación estrecha en todos los docentes y personal
administrativo.
Art. 122º.- SON FUNCIONES DEL CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL:
Es un órgano de participación, concertación y vigilancia ciudadana
de la Institución Educativa que contribuye a la promoción y ejercicio de una
Gestión Educativa de calidad de carácter transparente, moral y democrático.
Es precedido por el Director de la Institución, integrado por el Sub
Director, representantes de Docentes, Estudiantes, Administrativos y Padres
de Familia; tienen como funciones:
a).- Participar en la formulación, ejecución y evaluación del proyecto
Educativo Institucional, Plan de Trabajo, Reglamento Interno;
Proyecto Curricular de la Institución.
b).- Promover mecanismos y modelos de participación de los actores
educativos en la sociedad civil.
d).- Fortalecer la organización, funcionamiento y seguimiento de “círculos
de mejoramiento de la calidad del aprendizaje y la enseñanza”,
“círculos de investigación – innovación”, conducentes a elevar la
calidad de los servicios educativos.
e).- Proponer acciones concretas de sensibilización en la comunidad
educativa orientadas a la conservación del local y el uso adecuado del
mobiliario y equipos del plantel.
f).- Proponer a la Dirección, Normas de convivencia Institucional y el
alumnado de la Institución Educativa y criterios de participación en
actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.
g).- Participar en la evaluación, para el ingreso, ascenso y permanencia del
Personal Docente y Administrativo de la Institución.
h).- Promover evento de tipo académico, deportivo y cultural con otras
instituciones.
i).- Proponer mecanismos de reconocimiento y estímulos al personal
docente y administrativo que destaquen en su desempeño en el aula y
la institución educativa, y a los estudiantes según los resultados
obtenidos en el marco del Proyecto Curricular de la Institución.
j).- Proponer a la Asociación de Padres de Familia por medio de su
representante, mecanismos e instrumentos para contribuir en la mejora
de los aprendizajes de sus hijos.
Art. 123º.- FUNCIONES Y/O ATRIBUCIONES DEL MUNICIPO ESCOLAR:
Es una organización de estudiantes en la Institución Educativa, a
través del cual desarrollan actividades en beneficio de si mismo de su
plantel, familia y comunidad.
Esta constituida por:
- Alcalde (sa).
- Teniente Alcalde (sa).
- Regidor (a) de Educación Cultura y Deporte.
- Regidor (a) de Salud y Ambiente.
- Regidor (a) de Actividades Productivas.
- Regidor (a) de los Derechos del Niño y Adolescentes.
- Regidor (a) de Comunicación y Tecnología de la información.
a).- Presentar su Plan de Trabajo.
a).- Canalizar organizadamente las inquietudes de los estudiantes a través
de actividades educativas, sociales, culturales y recreativas.
b).- Desarrollar actividades de promoción y defensa de los derechos de los
niños y adolescentes.
c). – Fortalecer el sentido de responsabilidad, solidaridad y practica de la
democracia.
d).- Trabajar por el progreso y desarrollo de su institución educativa y el
bienestar de sus miembros.
e).- Proyectarse a la comunidad colaborando en la solución de sus
problemas.
g).- Vigilar en el cumplimiento del Presente Estatuto o Normas y demás
dispositivos legales en coordinación con las autoridades pertinentes.
h).- Presentar a la dirección del plantel iniciativas y sugerencias para el
mejoramiento de la Institución Educativa.
i).- Colaborar en las acciones orientadas a elevar la calidad de la
educación.
j).- Representar a los estudiantes de su Institución Educativa en los
Programas, Proyectos, Reuniones y otras Actividades Internas y
externas de la vida escolar.
DERECHOS Y DEBERES DE SUS MIEMBROS:
a).- Elegir y ser elegidos representantes de Consejo de Aula y del
Municipio Escolar.
b).- Sufragar en las Elecciones del Consejo de Aula y Municipio Escolar.
c).- Participar activamente en las actividades y comisiones del consejo
escolar.
d).- Plantear por escrito o verbalmente sugerencias, reclamos o pedidos al
Consejo de Aula y Consejo Escolar.
Art. 124º.- SON FUNCIONES DE LOS AUXILIARES DE EDUCACIÓN:
a).- Planifican, organizan, promueven los programa de orientación,
promoción integral del alumno de acuerdo a su desarrollo bio síquico
social de los educandos.
b).- Contribuir en el desarrollo de las acciones y actividades tendiente a la
formación integral del educando.
c).- Atender en primera instancia a los padres de familia, sobre asuntos
relacionados con la conducta, disciplina y asistencia.
d).- Llevar al día:
- El cuaderno de apuntes de incidentes del alumno a su cargo.
- Las fichas de acontecimiento y seguimientos de los alumnos
con problemas de conducta.
- otras de acuerdo al nivel y/o modalidad.
- Tarjeta de control.
e).- Proporcionar el mantenimiento de un clima de cooperación, amistad y
de respeto entre alumnos, docentes, padres de familia, Ex Alumnos y
Comunidad.
f).- Colaborar con el profesor de aula o tutor, los padres de familia de las
secciones de su cargo, en la formulación del Plan Anual del Trabajo
del Comité de Aula, conforme al Decreto Supremo Nº 010-88-ED.
g).- Promover el fortalecimiento de la disciplina y el buen comportamiento
de los educandos, en coordinación con su jefe inmediato.
h).- Orientar y apoyar a los alumnos en todas las actividades educativas y
el servicio comunal que desarrolla la institución por convenio, función
o encargo, en coordinación de otras instituciones nivel regional y
local.
i). - Fomentar hábitos de disciplina, buenas costumbres, puntualidad,
higiene y estudios entre los educandos así como el correcto y
adecuado uso del uniforme escolar.
j).- Fomentar en coordinación con los docentes especializados o de área
practica del deporte, cultura, arte, folclor nacional e internacional.
k).- Controlar e informar a su superior inmediato respecto al ausentismo
comportamiento en el rendimiento de los alumnos y recuperar una
relación de los casos de problemas para el tratamiento por el TOE y
otros fuera de la Institución Educativa.
l).- Exigir y velar por que los educandos tengan una adecuada
presentación personal del uso del uniforme y/o deportivo.
ll).- Orientar y apoyar a los educandos para que realicen actividades o
acciones que permitan la conservación de la infraestructura,
mobiliario, material educativo, entre otros de la Institución.
m).- Fomentar en el alumnado el amor y el respeto a los emblemas
Nacionales y a la Patria desarrollándose responsabilidades de carácter
Cívico Patriótico.
ñ).- Proporcionar al docente con la debida anticipación, tizas, mota,
material didáctico entre otros.
o).- Evaluar la conducta de los alumnos mediante el control de asistencia
puntualidad, orden, disciplina y aseo.
p).- Control en caso de ausencia del docente la realización de tareas
escolares en las aulas o en el uso de la biblioteca.
q).- Realizar actividades educativas por ausencia del docente, no
permitiendo que estén fuera del aula en horas de clase.
r).- Entregar o recabar el reporte de notas de aprovechamiento y conducta,
citaciones, recomendaciones y otros.
s).- Mantener actualizado por grado y/o secciones a su cargo el registro de
asistencia de los educandos, sus justificaciones y control, entre otros.
t).- Controlar, colaborar y participar en las acciones educativas que se le
encomiende.
u).- Llevar o transportar a los educandos que requieren atención medica, en
situaciones de enfermedad o cuando se susciten accidentes en la
Institución o fuera de él siempre en cuando se trate de actividades
programadas y aprobadas por la dirección de la Institución.
v).- Velar por el mantenimiento y provisión del botiquín de Aula y de la
Institución, procurando que tenga la medicina y los implementos
necesarios e imprescindibles a través de su jefe inmediato y del
director de la Institución, recaba apoyo de la APAFA para su
permanente implementación.
w).- Realiza otras funciones inherentes al cargo que se le asigne.
x).- Atender a los educandos y velar por su seguridad durante el tiempo
que permanecen en la Institución incluyendo las horas de descanso.
y).- Cumplen y hacen cumplir el Reglamento Interno de la institución.
z).- Ingresan y se retiran de la institución 20 minutos antes y después del
horario de salida de alumnos y controlan la entrada, recreo y salida,
por turno semanal. Cada auxiliar de educación se hará cargo de la
formación general, el toque de timbre a hora exacta.
Art.125º.- SON FUNCIONES DEL SECRETARIO Y/O OFICINISTA:
a).- Elaborar la pre nómina de matrícula.
a).-
b).- Elaborar y transcribir certificados, constancias de estudios y de
conducta del alumno.
c).- Registrar y llevar el control del alumno que no han ratificado su
matrícula y de los alumnos retirados por diversos motivos.
d).- Transcribir las Actas Promociónales, de Recuperación y Subsanación
para proporcionar a los Docentes.
e).- Registra las Notas de las Actas Promociónales, de Recuperación y de
Subsanación en las Fichas de evaluación.
f).- Velar por el Orden y Conservación de los Archivos de las Actas y
Registro de Notas, Cuadro Colector (Planillas de Notas) que están a su
cargo.
g).- Informar por escrito al Director de la Institución sobre los errores
detectados en los Registros, Actas, Nóminas y Fichas de Evaluación
para su rectificación y acciones correctivas.
h).- Recepcionar, clasificar, distribuir y archivar la documentación que
ingresa a la Institución.
i).- Mantener la exigencia de útiles de oficina, efectuar la distribución y
control de uso.
j).- Redactar y mecanografiar la documentación de carácter administrativa.
k).- Atender al público y orientarlo sobre consultas y gestiones por
realizar.
l).- Preparar la documentación para el despacho con el Director.
m).- Llevar el archivo documentado debidamente seleccionado.
Art. 126º.- SON FUNCIONES DE AUXILIAR DE LABORATORIO:
a).- Limpiar y esterilizar materiales, instrumentos y ambientes del
laboratorio.
b).- Participar en la elaboración del plan anual de trabajo y cronograma de
prácticas de laboratorio.
c).- Llevar al día los libros de registros de prácticas de laboratorio.
d).- Elaborara el cuadro de requerimientos de materiales, herramientas y
reactivos.
e).- Elaborara el inventario actualizado de los materiales, equipos,
muebles, enseres, registrando y dando cuenta en forma inmediata de
alta y baja al Director.
f).- Aportar en la prácticas con preparación de muestras, registro de
análisis y otro afines.
g).- Brindar orientaciones a los usuarios de laboratorio a fin de evitar
accidentes y deterioro de los equipos.
h).- Coordinar con el personal docente que hace uso del laboratorio.
i).- Elaborar el material educativo complementario al equipo de
laboratorio, utilizando recursos caseros y de la región.
j).- Rotular los materiales de laboratorio anotando nombre, código y
precauciones.
k).- Brindar seguridad a los equipos y materiales de laboratorio según su
fragilidad, contextura, peso, etc.
l).- Otros afines al cargo que se le asigne.
Art.127º.- SON FUNCIONES DEL AUXILIAR DE BIBLOTECA:
a).- Inventariar el material bibliográfico, muebles y demás enseres con que
cuenta la biblioteca.
b).- Confeccionar y actualizar fichas bibliográficas, catálogos y ordenar
los libros, textos escolares, folletos, revistas, etc. De acuerdo a la
codificación y catalogo establecido.
c).- Entregar material bibliográfico a los interesados, previa presentación
del carné u otro documento de identidad para controlar la devolución.
d).- Elaborar y hacer cumplir las Normas, de uso préstamo y reposición del
material de lectura con apoyo del órgano de Dirección.
e).- Orientar a los lectores el uso adecuado del catalogo, textos, revistas,
libros y otros documentos garantizando la conservación.
f).- Informar periódicamente sobre las ocurrencias producidas en la
presentación de servicios.
g).- Mantener actualizado y ordenado el material bibliográfico
acomodando los estantes y anaqueles.
h).- Recomendar a los usuario el comportamiento en la sala de lectura, así
como el trato adecuado de los documentos de consulta y acerbo
cultural existente en la biblioteca (láminas, maquetas, y otros).
i).- Velar por el mantenimiento y conservación del material bibliográfico y
el banco de libros.
j).- Promover campañas para el implemento del material bibliográfico.
k).- Revisar el material de lectura solicitándole la reposición y depurado de
lo obsoleto.
l).- Efectuar estadística de lectura mensualmente.
m).- Absolver consultas del alumnado y proponer bibliografía sobre
materiales específicos.
n).- Propiciar campaña para la implementación y utilización del Centro de
recursos Educativos.
o).- Cumplir otras funciones a fines al cargo que le encomiende el director.
Art. 128º.- SON FUNCIONES DEL TRABAJADOR DE SERVICIO:
a).- Realizar custodia del local a través de rondas permanentes del
ambiente y de todo el local.
b).- Registrar los incidentes y casos en el cuaderno de registros y
comunicar en forma inmediata en casos necesarios al Director de la
Institución.
c).- Controlar de los muebles y otros bienes que salen de la institución
educativa que cuenten con la autorización oficial del director.
d).- Velar por el mantenimiento y conservación de los bienes y enseres de
la Institución.
e).- Limpiar y desinfectar los ambientes. Aulas, patios, servicios
higiénicos, vajillas y similares.
f).- Velar por la seguridad de los muebles, equipos, herramientas y otros
bienes de la institución.
g).- Distribuir documentos y materiales en general, trasladar y acomodar
muebles, empacar mercaderías y otros.
h).- Pintar paredes, carpetas, pizarras y otros bienes y compartimientos.
i).- Reparar mobiliarios, instalaciones de luz, agua y desagüe, albañilería,
jardines y otros que no demanden alta especialización.
j).- Preparar y vigilar huertos, jardines, pequeñas granjas.
k).- Instalar depósitos de papeles y desperdicios, descargando diariamente.
l).- Arreglar depósitos y archivos.
m).- Coordinar con el profesorado para cultivar en el alumno habito de
orden de limpieza de aulas.
n).- Realizar otras tareas a fines al cargo que encomienda el Director.
o).- Entregar a las Autoridades de la Institución todo objeto encontrado
dentro y fuera de las aulas (cuaderno, libros, lápices, joyas o cualquier
otro objeto dejado por los alumnos y docentes para su devolución).
p).- Cada servicio tanto de día y de noche harán entrega de sus servicios a
turno para evitar responsabilidades.
q).- Mantener lealtad y respeto entre servidores, a la Autoridad, Docentes,
Personal Administrativo, Padres de Familia y Alumnado.
TÍTULO III.
GESTIÓN PEDAGÓGICA
Art. 129º.- La Institución funciona en dos Niveles Educativos integrados en el Nivel de
Educación Primaria y Educación Secundaria.
Art.130º. - El Personal Directivo, Plana Docente, Personal Administrativo, alumnado
en general, están en la obligación de participar en todas las actividades
académicas en las actuaciones cívicas patriótico.
Art. 131º.- En el mes de marzo en la apertura del Año Escolar todo el Personal Docente
y Administrativo está en la obligación de estar presente en la Institución
Educativa salvo en casos de emergencia.
Art.132º.- En el mes de marzo se cumplirán las siguientes acciones:
a).- El primer día hábil Reunión de todo el Personal Docente y
Administrativo para efectuar el análisis de los resultados de la Gestión
Anterior para notificar y actualizar todo los Documentos de Gestión.
b).- Elaborar el PAT, PEI y PCI.
a).- Matrícula y ratificación de los estudiantes.
e). - Programación Curricular.
f).- Evaluación, recuperación, subsanación, prueba de ubicación del
alumnado.
h).- Ambientación y adecuación del local, mobiliario y equipos para la
recepción del alumnado.
Art.133º.- El PAT y PEI, la Programación Curricular y demás instrumentos
pedagógicos son de la elaboración obligatoria que deben ser cumplidas por
todos los docentes, la cual se realizará en equipo por áreas y grados con el
fin de propiciar el intercambio de experiencias que favorezcan el
aprendizaje.
Art.134º.- El Plan Anual de trabajo será formulado por una comisión representados por
los estamentos de la Institución Educativa, puesto y sometido a debate en
asamblea con la participación de todo el personal y aprobado mediante
Resolución Directoral Institucional.
Art. 135º.- La Institución Educativa establece su Plan de Trabajo Anual en que se
especifica actividades y proyectos especificados en los siguientes aspectos:
a).- El PAT. Es elaborado en base a los informes y sugerencias que los
profesores presentan a la Dirección.
b).- Calendarización de la problemática, actividades y alternativa de
solución.
c).- Objetivos del Plan en base al idealismo, los problemas identificados y
las Normas especificas del sector.
d).- Previsión de recursos:
potencial humano, financiero, material y normativo.
e).- Metas de atención, ocupación y físico.
f).- Actividades con especificación de tareas.
g).- Cuadro de Asignación Personal.
h).- Plan de monitoreo y evaluación.
i).- Planes de trabajos de los comités.
Art. 136º.- En base al PAT. Se elaborará el Plan de Tutoría conjuntamente con los
Profesores de la Especialidad, Docente de Aula y será aprobado por la
Dirección de la Institución Educativa.
Art.137º.- Toda Actividad Educativa complementaria:
Excursiones, paseos, festivales, cursos que requieren de un Plan de Trabajo
específico aprobado por la Dirección de la Institución.
Art. 138º.- El Plan de Trabajo Anual y los Documentos de la Administración
Curricular que se formula en armonía con la Calendarización del Año
Escolar.
DISPOCICIONES COMPLEMENARIAS:
Art. 140º.- Por necesidad de servicios que garantiza el Presente Reglamento, todo
Personal Directivo, Docente, Administrativo y la APAFA se opondrá a los
Destaques del Personal de la Institución a otras Instituciones Educativas,
salvo lo Normado por la R.M. Nº 2843-88-ED.
Art. 141º.- Los asuntos no considerados en el Presente Reglamento Interno serán
tratados por el Consejo Educativo Institucional. De conformidad a las
Normas Legales y Administrativas Vigentes, teniendo en cuenta los
objetivos de la Educación y los intereses de la Institución.
Art. 143º.- Todo Trabajador y alumnado de la Institución así como los Padres de
Familia y Apoderados están en la obligación y en su derecho de demandar
ante las Autoridades Superiores el incumplimiento del presente Reglamento
solicitando la sanción correspondiente para los interesados.
Art. 144º.- El presente Reglamento Interno de la Institución; es un Instrumento de
Organización y Funcionamiento del Plante. Tendrá una vigencia de un año a
partir de la fecha de aprobación.
Art. 145º.- El Director de la Institución Educativa remitirá un ejemplar del Presente
Reglamento Interno, aprobado por su conocimiento a la Unidad de Gestión
Educativa Local de Recuay.
Ticapampa, diciembre del 2013
FIN

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  • 1. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0 Ticapampa, 31 diciembre de 2013 Visto el Proyecto del Reglamento Interno de la Institución Educativa “Nuestra Señora del Pilar” del distrito de Ticapampa, estructurado por el Equipo de Trabajo de acuerdo a las Normas y las Pautas de la UGEL, habiendo puesto a conocimiento para su discusión y reajuste en una asamblea de todo el personal; CONSIDERANDO: Que, está acorde a la Ley de las Instituciones Educativas y necesario establecer y ejecutar normas de organización, funciones, aspectos económicos disciplinarios, con respecto a los estudiantes, padres de familia, profesorado, órgano directivo y jerárquico; En consecuencia es necesario contar con un instrumento Técnico Normativo que rija la Institución Educativa a fin de garantizar un eficiente servicio; De conformidad con la Ley General de Educación Nº 28044, Decreto Supremo Nº 013-2004-ED, Reglamento de Educación Básica Regular, Decreto Supremo Nº 007-2001-ED, Normas para la Gestión y Desarrollo en los Centros y Programas Educativos; Decreto Supremo Nº 009-2005-ED, Reglamento de Gestión de Sistema Educativo, Resolución Ministerial Nº 0574-94-ED, Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia del Personal, Resolución Ministerial Nº 0622-2011-ED; SE RESUELVE 1º.- APROBAR, el Reglamento Interno de la Institución Educativa “Nuestra Señora del Pilar” del distrito de Ticapampa, de la Unidad de Gestión Educativa Local de la Provincia de Recuay, correspondiente al año 2013. 2º.- REMITIR, un ejemplar del presente Reglamento Interno de esta Institución Educativa a la Unidad de Gestión Educativa Local de la Provincia de Recuay , para su conocimiento y demás fines consiguientes. 3º.- PUBLICAR, las reglas específicas para conocimiento de los docentes, padres de familia y estudiantes. 4º.- DEJAR, sin efecto el Reglamento Interno del año académico 2012. Regístrese y comuníquese
  • 2. PRESENTACIÓN Los lineamientos de la Política del Sector de Educación Propician Educación para todos en base a la participación activa y responsable de la Comunidad Educativa enfatizando acciones normativas. La Ley General de Educación Nº 28044 su Reglamento y demás Dispositivos Legales Vigentes y el presente Reglamento Interno de la Institución Educativa “Nuestra Señora del Pilar” del distrito de Ticapampa, de la Unidad de Gestión Educativa Local de la Provincia de Reçuay, Región Ancash enfocan puntos muy importantes que han de contribuir a mejorar la situación y la calidad de educación de nuestra población. En primer término describe la naturaleza fines y objetivos de la Institución. En segundo término enfoca las funciones básicas, estructura orgánica y líneas de autoridad. Como tercer punto imparte la organización y funcionamiento del trabajo educativo y administrativo, estableciendo derechos, deberes y estímulos. Así como la difusión del presente Reglamento Interno, contribuirá mostrar un cambio a de actitud positivo de la práctica de valores éticos y morales en todo los aspectos de la vida.
  • 3. RESEÑA HISTÓRICA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA “NUESTRA SEÑORA DEL PILAR” DEL DISTRITO DE TICAPAMPA La Institución Educativa “Nuestra Señora del Pilar” del distrito de Ticapampa de la Unidad de Gestión Educativa Local de la Provincia de Recuay de la Región Ancash fue; creado en el año 1967 el 24 de junio por Mandato de la Ley Nº 1869, siendo Presidente de la República el Arquitecto Fernando Belaunde Terry, bajo el Proyecto de la Ley presentado por el Señor Fernando Noriega y Calmet. De este pueblo el Director gestor para la creación de esta Gloriosa Institución fue el Reverendo Párroco de la Provincia Don Alipio Gaspar Jaramillo Cruz, conjuntamente con sus autoridades el señor Gerardo Rondán Huerta; como Alcalde don Valerio Campos, el Juez de Paz Don Hermilio Huerta Vivar, Gobernador don Augusto Chávez Gargate, autoridades todas y el pueblo en conjunto hicieron posible para la creación de esta Institución en bien de la educación de la niñez y la juventud Ticapampina. Esta Institución empezó a funcionar con sus actividades Académicas Administrativas en el año 1967, con la Sección del Primer Grado de Educación Secundaria de Menores, distribuidas de la siguiente manera: - Primer Grado “A” con 34 Alumnos. - Primer Grado “B” con 30 alumnos, siendo el primer Director de la Institución el Profesor Reynaldo Florentino Quispe Espino, sucediéndose año tras año dando frutos a su primera Promoción en el año de 1971, con 49 alumnos egresados. Así mismo el año de 1968 inició sus actividades la sección nocturna llamándose en este entonces como Colegio Nacional Municipal Vespertino, teniendo como Director al Profesor Placentino Camilo Rodríguez. El Nombre de la Institución se debe en Honor a la Vírgen del Pilar patrona de nuestro distrito, celebrándose sus festejos de aniversario el 11 de octubre de cada año. Las actuales instalaciones se han edificado en un área de 22,500 metros cuadrados; terreno donado por el Señor Víctor Manuel Cáceres. En la actualidad la Institución Educativa “Nuestra Señora del Pilar” cuenta con una moderna infraestructura educativa, con instalaciones de biblioteca, laboratorio de física, química y biología, campos deportivos, con un centro de computo, taller de mecánica de producción, carpintería y zapatería taller de industria del vestido, música las cuales se encuentran en servicio de la niñez, juventud estudiosa y la comunidad Ticapampina. Hasta el año 2009 han egresado 38 promociones habiendo pasado entre sus Directores: Prof. Julio Cross Ramos; Prof. Habacuc Torres Ocaña, Prof. Lorgio Ramírez Tito, Profesor Lic. Arquímedes Fernando Macedo Rondán, Prof. Alex Silvio León Trejo actual Director (e) de la Institución Educativa.
  • 4. CUADRO DE ASIGNACIÓN PERSONAL (CAP) – ESTRUCTURAL Nº ORD. CARGO TOTAL NOMENCLATURA ESTRUCTURA NECESARIO OBSERVACIONES 01 02-03 06-20 27-42 43 44 45-47 48 49-50 51-54 55-56 A) ÓRGANO DE EJECUCIÓN 03 - Director - Director 01 - Oficinistas 02 B) ÓRGANO DE EJECUCIÓN 43 - Sub Dirección - Sub Dirección 01 - Docentes de 30 Horas - Educación Primaria 14 - Docentes de 24 Horas - Educación Secundaria 16 - Docentes de 24 Horas - Educación Secundaria 01 - Docente de 30 Horas - Auxiliares de Educación 03 C) ÓRGANO DE APOYO 09 - Auxiliar de Laboratorio 01 - Auxiliar de Biblioteca 02 - Personal de Servicio 04 - Personal de Servicio Incremento 02 ODEC Educ. Religiosa Plaza Incremento R.D.R. Nº 337-95 Docente de Banda de Músicos Según D.S. Nº 167- 94-ED. TOTAL GENERAL : 55
  • 5. INSTITUCIÓN EDUCATIVA “NUESTRA SEÑORA DEL PILAR” DEL DISTRITO DE TICA PAMPA – SE RIGE DEL SIGUIENTE ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL. APAFA DOCENTES DE EDUCCIÓN SECUNDARIA TUTORIA
  • 6. REGLAMENTO INTERNO TÍTULO I GENERALIDADES CAPÍTULO I DEL CONTENIDO, FINALIDAD Y BASES LEGALES DEL REGLAMENTO: Art.1º.- El presente Reglamento Interno es un documento Técnico Normativo donde se establece la organización y funcionamiento de la Institución Educativa “Nuestra Señora de Pilar” del distrito de Ticapampa, orientado a todos los estamento que lo conforman, sobre los derechos y deberes, así como los aspectos relacionados con el comportamiento frente a la Institución. Art. 2º.- El presente Reglamento Interno es el instrumento de Gestión Administrativa que regula el funcionamiento de la Institución Educativa dentro del Marco del P.E.I. con los demás instrumentos de Planificación Integral y Normas Oficiales Vigentes, que establecen pautas, criterios y procedimientos de desempeño y de interacción entre los diferentes miembros de la Comunidad Educativa. Art. 3º.- Comprende a todo el personal que labora en la Institución, a los educandos y a los Padres de Familia. Art. 4º.- Se sustenta en la Constitución Política del Perú, la Ley General de Educación Nº 28044, D.S. Nº 013-2004-ED., Reglamento de Educación Básica Regular, Ley del Profesorado Nº 24029, su Modificatoria Ley 25212, su Reglamento D.S. Nº 019-90-ED., Ley de Bases de la Carrera Administrativa Nº 276, Su Reglamento D.S. Nº 005-90-PCM; Reglamento de la Asociación de Padres de Familia D.S. Nº 004-2006-ED, la R.M. Nº 0574-ED, Normas de Control de Asistencia y Permanencia del Personal; D.S. Nº 007-2001-ED. Normas para la Gestión y Desarrollo en los Centros y Programas Educativos; D.S. Nº 009- 2005-ED, Reglamento de Gestión del Sistema Educativo; Resolución Suprema Nº 0197-81-ED. Reglamento de Altas, Bajas y transferencias de Bienes Muebles Patrimoniales del Ministerio de Educación; Convención Internacional por los Derechos del Niño, Ley Nº 27337 Código de los Derechos del Niño y del Adolescente; Plan Nacional de Acción por la Infancia, Directiva Nº 003-2005-OTUPI/VMGP; Normas para el Desarrollo de las Acciones y Tutorías y Orientación Educacional, Directiva Nº 032-2001- VMGP; Oficio Múltiple Nº 0354-2004-ME/R-A/DREA. (Adolescente Embarazadas o madres con derechos a proseguir estudios); R.M. Nº 0712- 2006-ED., Orientaciones y Normas Nacionales para la Gestión en las
  • 7. Instituciones Educativas en la Educación Básica y Educación Técnico – Productiva. Art. 5º.- Son principios axiológicos: a).- La filosofía educativa que se sustenta en el evangelio y la realidad nacional. b).- La búsqueda y la vigencia de los valores morales. c).- Establecer la dignidad de la persona humana como valor fundamental. d).- La educación debe ser ética. e).- Fomentar la honestidad, veracidad y laboriosidad. Son principios pedagógicos: a).- La educación debe estar orientado al desarrollo integral de la persona. Humana. b).- La educación impartida debe preparar al estudiante para el trabajo Productivo, acorde con el avance científico y tecnológico. c).- La educación debe alcanzar a todos. d).- La educación debe ser multicultural. CAPITULO II DE LA NATURALEZA, FINES Y OBJETIVOS DE LA INSTITUCIÓN: Art. 6º.- La Institución Educativa “Nuestra Señora del Pilar” del distrito de Ticapampa es Órgano de Ejecución de la Unidad de Gestión Educativa Local de la Provincia de Recuay, brinda los servicios educativos correspondientes a los Niveles de Educación Primaria de la Educación Básica Regular y Educación Secundaria, depende técnico pedagógico y administrativamente de la Dirección Regional de Educación de Ancash. Art. 7º.- Tiene por finalidad de organizar, ejecutar, fomentar y velar por garantizar la calidad y eficiencia del servicio educativo, así como educar para la democracia y desarrollo de la ciencia y la cultura. Art. 8º SON OBJETIVOS DE LA INSTITUCIÓN: a).- Preparar el futuro ciudadano en las diversas áreas del saber y conocimiento del trabajo a través de opciones laborales acorde con los avances de la ciencia y tecnología. b).- Brindar formación integral globalizada en sus educandos a través de los contenidos científicos humanísticos, técnicos y culturales, el respeto a la Constitución y a las Leyes del Estado mediante la práctica de los valores éticos morales. c).- Promover la participación de las autoridades, padres de familia, los demás sectores y la comunidad organizada en el proceso educativo. d).-Promover el cultivo de sus actividades y la adquisición de habilidades y destrezas necesarias, para su desarrollo personal, tomando como propósito de la auto disciplina.
  • 8. e).- Desarrollar un pensamiento crítico y creativo para alcanzar los componentes de la realidad y transformar el mundo que les rodea. f).- Propiciar el desarrollo de proyectos y actividades experimentales que evidencie el carácter innovador de la Institución. g.- Facilitar y promover la participación en forma coordinada en eventos de capacitación y actualización técnico Pedagógico y administrativo g).- Promover actividades que integran a docentes y alumnos sobre la base de la línea axiológica. h).-Desarrollar los programas de actualización y capacitación del personal jerárquico, docente y administrativo que garantice la eficacia en el desempeño de sus funciones. i).- Desarrollar acciones de monitoreo y supervisión para garantizar una educación de calidad acorde a nuestra realidad. TITIULO II FUNCIONAMIENTO INTERNO CAPITULO III DE LAS FUNCIONES BÁSICAS ESTRUCTURA ORGANIZATIVA Y LÍNEAS DE AUTORIDAD: Art. 9º.- SON FUNCIONES BÁSICAS DE LA INSTITUCIÓN: a).- Planificar, organizar, coordinar, ejecutar y evaluar las acciones técnico pedagógicas y administrativas en concordancia con la política educativa nacional, regional y local. b).- Programar y ejecutar servicios de bienestar social y recreación para el Personal Docente, Administrativo y educandos, así como para ejecutar acciones de Promoción Educativa Comunal. c).- Desarrollar Programas de implementación y actualización del personal docente y administrativo. d).- Administrar eficientemente el potencial humano y los recursos naturales y económicos que les son propios a través de CONEI.y los diferentes comites f).- Organizar y desarrollar acciones de Tutoría coordinando con la Dirección, Tutores y Profesores de Aula. Elegir la organización del comité de TOE y Prevención Integral, Desayunos Escolares de Educación Primaria. g).- Promover investigaciones de innovación, creación y mejoramiento de la tecnología educativa así como experimentar nuevas formas educativas de proyectos especiales.
  • 9. Art.10º.-LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA INSTITUCIÓN COMPRENDE: a) ÓRGANO DE DIRECCIÓN: - Dirección de la Institución Educativa. - Sub Dirección de Educación Primaria. b) ÓRGANO CONSULTIVO: - Concejo Educativo Institucional. CONEI c) ÓRGANO DE COORDINACIÓN: - Comité Técnico- Pedagógico. - Comité de Tutoría y Orientación Educativa. - Comité de Promoción Social e Imagen Institucional. - Comité de Cultura y Deporte - Comité de Tecnología Educativa - Comité de infraestructura y Medio Ambiente d) ÓRGANO DE APOYO ADMINISTRATIVO: - Área administrativa: Secretaría, oficinista, auxiliar de laboratorio, de biblioteca, personal de servicio. e) ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN: - Comunidad magisterial. - Junta de trabajadores administrativos. - Municipio Escolar. - Sute Base. f) ORGANOS DE APOYO: • APAFA. - ONG VISION MUNDIAL - Asociación de ex_ alumnos. • Gobierno Local. • La Unidad de Gestión Educativa Local de Recuay Art. 11. FUNCIONES DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO: a) ÓRGANO DE DIRECCIÓN: a) El Director es la primera autoridad de la Institución Educativa por lo consiguiente lo representa Legal y Administrativamente, depende del Director de la Unidad de Gestión Educativa Local de la Provincia de Recuay y de la Dirección Regional de Educación de Ancash. En el
  • 10. desempeño de sus funciones emite Resoluciones Directorales que atañan directamente a la Administración y funcionamiento del Plantel. b) En caso de la ausencia del Director de la Institución por gestión lo reemplazará el Sub-director y en ausencia de éste lo remplazará un docente de mayor nivel designado por el Titular. c) El Sub Director depende del Director de la Institución Educativa. d) En caso de una ausencia prolongada del sub-director éste será reemplazado por un docente de mayor nivel. e) Facilitar y asesorar, la función docente y de los comités de coordinación: b) ÓRGANO DE COORDINACIÓN: Son funciones de los órganos de coordinación: • COMITÉ TÉCNICO PEDAGÓGICO: Son funciones específicas del comité técnico pedagógico: a) elaborar el plan específico del comité, (bajo la dirección y asesoramiento del director.) b) Elaborar el proyecto curricular,PAMA y de la Institución Educativa, c) apoyar y orientar la labor pedagógica del personal docente. d) Evaluar conjuntamente con los demás docentes el proceso de enseñanza – aprendizaje. e) Conformar los círculos de Interaprendizaje para fomentar jornadas pedagógicas para el intercambio de experiencias de aprendizajes. f) Elaborar y ejecutar el plan de supervisión interna. g) orientar y asesorar al personal docente en el proceso del monitoreo juntamente con el director y sub director h) Emitir el informe correspondiente en forma oportuna sobre el resultado del monitoreo y efectuar el plan de mejora. i) elaborar el plan lector. j) Planificar y coordinar la participación en los concursos nacionales, contemplados en la directiva del presente año. k) Planificar y coordinar la participación en los concursos regionales y locales. l) Planificar y coordinar la participación en los concursos internos. m)realizar un informe estadístico del rendimiento académico de los estudiantes trimestralmente en el nivel primaria y bimestral en el nivel secundaria a los tutores y padres de familia.
  • 11. n) asesorar para la elaboración de proyectos de innovación pedagógica y de gestión. o) Elaborar el Proyecto Curricular de la Institución Educativa con la participación de la comunidad educativa. • COMITÉ DE TUTORÍA Y ORIENTACIÓN EDUCATIVA a) Esta presidido por el Profesor Rodolfo Tinoco Mariño. b) Elaborar el Plan de Trabajo Específico del comité teniendo en cuenta la resolución directoral N° 0343-2010 ED. c) Promover el cultivo de valores ético – sociales que fundamente la formación personal y social del educando. d) Fortalecer progresivamente actitudes cívico – patrióticos, orientadas a lograr la conciencia e identidad nacional, preparar al educando para la vida democrática. e) Dar cumplimiento al Reglamento de la Brigada Escolar.en coordinación con los auxiliares de educación y tutores f) Fortalecer la disciplina escolar a través de los tutore. g) Organizar la brigada escolar, en coordinación con los auxiliares de educación, tutores y profesores de aula. (previa evaluación de sus perfiles). h) Promover y organizar la realización de al menos cuatro reuniones durante el año con los padres de familia de su sección. i) Promover y organizar la participación de los docentes, padres de familia y equipo especializado para la campaña de salud, orientación vocacional y otras actividades con fines educativos. j) Coordinar con el representante de TOE, docentes, auxiliares de educación y padres de familia para solucionar problemas detectados con los educandos; luego derivar el informe correspondiente a la dirección en forma oportuna de acuerdo a la gravedad del caso para su respectivo tratamiento. k) Mantener el mejor nivel de relaciones inter personales y de ambiente de trabajo a fin de propiciar el éxito de la tarea educativa. l) Emitir un informe al culminar el año escolar a la dirección del plantel de todo lo actuado. • COMITÉ DE PROMOCIÓN SOCIAL E IMAGEN INSTITUCIONAL: a) Planificar y elaborar el Plan Anual de Trabajo del comité. b) Velar permanentemente por la imagen institucional. c) Planificar y organizar las elecciones del Municipio Escolar. d) Contribuir a las buenas relaciones con la Institución Educativa y otras instituciones públicas y privadas de la localidad, así como con toda la comunidad educativa.
  • 12. e) Promover convenios de alianzas estratégicas con otras instituciones públicas y privadas, para el desarrollo de los alumnos. f) Organizar el Club de Periodismo de los estudiantes en ambos niveles. g) Crear y difundir en las redes sociales las diversas actividades programadas y realizadas por la institución. h) Emitir el informe final. • COMITÉ DE INFRAESTRUCTURA Y MEDIO AMBIENTE a) Planificar, elabora y ejecutar el Plan Específico del comité b) Velar por la salubridad y seguridad que debe brindar la infraestructura de la Institución Educativa en coordinación con la Dirección del plantel y la participación del APAFA. c) Apoyar a la Dirección del plantel sobre la gestión para el mantenimiento y refacción de la infraestructura ante el gobierno local, regional y central, así como a instituciones privadas. d) Organizar eventos, acciones relevantes que contribuyan a la conservación del medio ambiente. e) Responsable de la prevención de riesgo frente a los desastres naturales ( SIMULACROS DE SISMOS) f) Presentar el informe anual. • COMITÉ DE CULTURA Y DEPORTE: a) Planificar, organizar y ejecutar un plan de trabajo específico para el correspondiente comité b) Promover el deporte en todas sus disciplinas. c) Propiciar la práctica de las manifestaciones culturales, artísticas, tanto en los estudiantes, como en la comunidad educativa, a través de talleres artísticos y culturales. d) Promover campeonatos deportivos internos y externos con los educandos y la comunidad educativa en general. Así como los juegos florales escolares( concurso de talentos) y otras actividades en las que pueden contrastar sus aprendizajes. e) Organizar los talleres de teatro y danza. f) Organizar la fiesta patronal de la institución. g) Presentar el informe final. • COMITÉ DE TECNOLOGIA EDUCATIVA a) Elaborar el plan anual del comité b) Promover capacitaciones a los docentes y estudiantes de la Institución Educativa en el uso de las Tecnologias de la información y comunicación ( TICs) c) Recibir a los docentes y estudiantes en ambientes implementados y ordenados.
  • 13. d) Elaborar el horario del aula de Innovación Pedagógica e) Coordinar con los docentes para las actividades programadas según horario. f) Actualizar el inventario del material didáctico - tecnológico del aula de Innovación Pedagógica g) Informar por escrito a la Dirección de la Institución Educativa en caso de deterioro o pérdida de los equipos y materias informáticos. h) Velar por mantenimiento periódico de los equipos de las aulas de innovación. i) Implementar el aula de innovación pedagógica a través de gestiones. j) Organizar las ferias de innovación pedagógica para socializar los trabajos de los docentes de la I.E k) Presentar el informe final. Art. 12º.- El órgano de apoyo está constituido por el personal no docente, responsable de brindar mejor servicio al alumno, padres de familia y la comunidad, así como cuidar el mantenimiento y conservación de la infraestructura, mobiliarios, equipamiento de la Institución, depende de la Dirección y está constituido por los auxiliares de laboratorio y biblioteca, trabajadores de servicio, secretaria y oficinista. Art. 13º.- El Órgano Consultivo, está constituido por el Consejo Educativo Institucional (CONEI) que viene a ser el órgano técnico encargado de coordinar , compatibilizar, articular y deliberar en asuntos relacionados en la organización, funcionamiento de la Institución y acordar la solución de los problemas, esta presidido por el Director de la Institución Educativa, e integrado por el Sub Director, un Docente de Educación Primaria y un Docente de Educación Secundaria elegidos en una Asamblea General, dos representantes del Municipio Escolar, un representantes de Padres de Familia y representante del Personal Administrativo. Art. 14° ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN: Lo constituye la Asociación de padres de Familia, el Municipio Escolar, Comunidad magisterial, Junta de trabajadores administrativos, sute base, asociación de ex alumnos quienes son responsables de contribuir en el mejoramiento, calidad y eficiencia del servicio educativo que se brinda en la Institución Educativa.
  • 14. CAPITULO IV DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL TRABAJO EDUCATIVO Y ADMINISTRATIVO: Art. 21º.- El horario de funcionamiento en la Institución: En Educación Primaria de la Educación Básica Regular es de 08:00 a.m. hasta las 13:00 horas; en Educación Secundaria de la Educación Básica Regular es de 08:00 a.m. hasta las 13:40 horas. HORARIO DE TRABAJO DEL PERSONAL DE LA I.E. CARGO INGRESO SALIDA DIRECTOR 7: 30 AM 3:30 PM. SUB-DIRECTOR 7: 30 AM 3:30 PM. DOCENTE PRIMARIA 8:00 AM 1:00 PM DOCENTE SECUNDARIA 8:00 AM 1:40 PM AUXILIAR EDUCACION( 2) 7: 40 AM 2:00 PM. SECRETARIO 7: 30 AM 3:30 PM. OFICINISTA 7: 30 AM 3:30 PM. AUXILIAR DE LABORATORIO 7: 30 AM 3:30 PM. AUXILIAR DE BIBLIOTECA. 7: 30 AM 3:30 PM. GUARDIANIA I 6:30PM 12:30 PM GUARDIANIA I 12:30PM 6:30 AM PERSONAL DE SERVICIO (**) 6:30 AM 1:30 PM PERSONAL DE SERVICIO 12:00 M 7:00 PM • Incluyendo la hora de refrigerio. • ** El personal de servicio labora los sabados , domingos y feriados para completar su jornada laboral( 4 horas) Art. 22º.- El Personal Directivo, Docente cumple con el horario de trabajo semanal de 40 horas cronológicas, 30 ó 24 horas pedagógicas según su jerarquía y nivel educativo en el que presta servicios. El personal de apoyo administrativo cumple 40 horas semanales cronológicas. Art. 23º.- Es obligación de todo trabajador registrar en forma personal su asistencia al centro de trabajo tanto al ingreso como a la salida. El registro de ingreso se cumple en estricto orden de llegada anotando en el registro correspondiente los dos apellidos y nombres, así como la hora.
  • 15. Art. 26º.- El informe a la superioridad acerca de las inasistencias del personal se efectuará en los cinco primeros días del mes siguiente. Lo realiza la dirección de la institución Art. 27º.- La salida del Centro de Trabajo en horas de labor, cualquier sea el motivo serán autorizados por el Director de la Institución, mediante el uso de papeleta de permiso y/o anotación en el registro interno de permiso. Art. 28º.- Solamente en casos debidamente justificados el Director podrá otorgar al personal, permisos. Art. 29º.- Todo personal que labora en la Institución tiene derecho de gozar de un día, de descanso físico en el día de su onomástico, si éste recae un día no laborable el descanso físico será el primer día útil siguiente. Art. 30º.- Todo personal docente tiene derecho a gozar de permiso por el día del maestro. Art. 30º.- Los descuentos de las remuneraciones por motivos de insistencia no son considerados como sanciones disciplinarias, la sanción proviene por los abusos que cometen y por no dar cuenta a la superioridad de los motivos. Art. 31º.- Para los fines de control administrativo, quien incurra en inasistencia hará conocer al Director por escrito los motivos, siendo potestad de éste considerar justificada o no la inasistencia. Art. 32º.- Las inasistencias no participadas serán motivo de justificación dentro de las 48 horas de haberse producido.( para todo el personal de la Institución). Art. 33º.- Todas las solicitudes de licencias, cualquiera sea el motivo se tramitará por orden regular, presentándose por Secretaria del Plantel y éste debiendo ser respondido al interesado dentro del plazo establecido. El incumplimiento de esta disposición dará lugar al informe de abandono, para la sanción correspondiente. Art. 34º.- Queda completamente prohibida la suspensión de labores técnico pedagógico sin razón o causa debidamente justificada. La responsabilidad de ocurrir tal hecho recae directamente al Director. Art. 35º.- La puntualidad y asistencia del alumnado durante el año lectivo es obligatorio para asegurar el logro de los objetivos educacionales.
  • 16. Art. 35º.- Queda terminantemente prohibido el uso de celulares y objetos de valor. Art. 35º.- Queda terminantemente prohibido la venta de textos escolares, libros de lectura, obras literarias, compendios etc. Art. 36º.- El tiempo de permanencia de los educandos en la Institución Educativa es de cinco horas y cuarenta minutos diarias cronológicas en educación secundaria. Art. 37º.- Los alumnos que incurran en tardanza y evasiones tendrán el siguiente tratamiento: a).-Serán atendidos por el Auxiliar de Educación correspondiente o docente del Nivel, registrándose en la tarjeta de control( agenda) de asistencia, la fecha, tiempo transcurrido y motivo. b).-En la tercera reincidencia se dará a conocer al Docente Responsable de Tutoría, a su vez el Director del Plantel a fin de orientar a los alumnos para superar las causas que originan las tardanzas. c).-De continuar la reincidencia se hará llamar al padre o apoderado mediante su tarjeta de control, para el tratamiento del caso. d) En caso de evasiones de igual manera se hará llamar al padre o apoderado mediante su tarjeta de control, para el tratamiento del caso. e).-Para efectos de registro de asistencia tres tardanzas equivalen a una inasistencia. Art. 38º.- Toda inasistencia del alumno debe ser justificado por el padre de familia, por escrito o personalmente, cinco inasistencias consecutivas obligan al educando a concurrir con su padre o apoderado para poder continuar con sus estudios en el Plantel. El 30% de inasistencia injustificada invalida el año de estudios del educando; por efecto se expedirá la Resolución Directoral correspondiente. Todas las tardanzas, inasistencias justificadas e injustificadas deberán ser consignadas en la tarjeta de control de asistencia diaria del educando, el cual deberá estar firmada por el padre de familia. Art. 39º.- El recreo para el alumnado es el siguiente horario: a).- Educación Primaria de la Educación Básica Regular es de 30 minutos. b).-Educación Secundaria de la Educación Básica Regular es de 25 minutos. Art. 40º.- Por necesidad de servicio educativo, las Vacaciones del Personal de Apoyo Administrativo se consideran en los meses de enero y febrero. Art. 41º.- El año escolar se inicia el 3 de marzo, siendo obligación de todo el Personal Docente y Administrativo encontrarse presente ese día en la Institución.
  • 17. Art. 43º.- El Plan Anual de Trabajo de la Institución será aprobado por el Director, su evaluación formará parte del Informe Memoria del Director. Art. 44º.- La Programación Curricular es una actividad obligatoria que debe ser cumplida por todos los docentes, entregando a su Jefe inmediato superior. La Programación Curricular Anual y las Unidades de Aprendizaje del Grado o Área a su cargo, para el Primer Bimestre a más tardar el 10 de marzo y las restantes antes de dar inicio del Bimestre correspondiente. Art. 45º.- La Programación Curricular se realizará en equipos de Docentes por Grados y Áreas con el fin de propiciar el intercambio de experiencias y opiniones que favorecen al aprendizaje y enriquecimiento mutuo. Art. 46º.- La formulación y ejecución del Plan de Monitoreo es responsabilidad del Director y el Comité técnico Pedagógico. Art. 48º.- La Elaboración y Aprobación del Cuadro de Distribución de Horas de Clases se cumplirán según lo establecido en la R.M. Nº 1326-85-ED. y las Normas emitidas por la Superioridad. Art. 49º.- El proceso de matrícula y ratificación de matrícula del alumnado es automática, está organizado por el Director, tomado en cuenta las funciones específicas del personal y el número de trabajadores por cada cargo. El personal asignado para esta área recibirá las orientaciones precisas así como la supervisión constante por parte del Director para el adecuado cumplimiento. Art. 50º.- Tanto la matrícula como la ratificación de matrícula la efectuará el padre de familia o apoderado. Art. 51º.- Se considera traslado de matrícula hasta el término del Tercer Bimestre Lectivo, entregándosele al Padre de Familia o Apoderado, la Ficha de Matrícula con sus Documentos Complementarios y la Libreta de Evaluación debidamente llenadas. Se sacará un duplicado de la Ficha de Matrícula para el Archivo de la Institución. El traslado de Matrícula a la Institución tiene el mismo tratamiento. Art. 52º.- El pago de las cuotas de la Asociación de los Padres de Familia no condiciona la matrícula, ratificación ni traslado. Art.53º.- Los estudiantes que solicitan traslado de matrícula se ajustaran a las normas vigentes. Art. 54º.- Para conceder el Traslado de Matrícula y entregar Certificados de Estudios se requerirá la presentación de la constancia de no adeudar Libros de la Biblioteca, ni otros bienes pertinentes a la Institución.
  • 18. Art. 55º.- Las actividades de Tutoría se organizan según lo establecido por los Reglamentos de la Ley General de Educación, teniendo el servicio de Tutoría como medio fundamental de tal orientación integral del educando en los aspectos sociales, emocionales, dificultades de aprendizaje, autocontrol y prácticas de hábitos de trabajo y estudio entre otros. Tutoría es tarea de todos los docentes en estrecha coordinación. Art. 57º.- Las tareas escolares asignados al alumno para ser ejecutadas fuera del Horario Escolar constituye medios para consolidad y orientar la información que el docente haya dado acerca de un tema, en algunos casos serán utilizados para la solución de cuestionarios, temas sobre asuntos que no han sido tratados en clase. Art. 58º.- La lista de útiles escolares o requerimiento de materiales deberá contar con la aprobación del Director, en Educación Primaria se considerará lo estrictamente indispensable de acuerdo a las necesidades de aprendizaje y disponibilidad de los recursos de los Padres de Familia. Art. 59º.- La evaluación del educando se rige por el sistema vigesimal de cero a veinte en Educación Secundaria y educación primaria es literal. Art. 60º.- La evaluación es integral, flexible, formativa y sistemática acorde a los dispositivos vigentes, asegurando su objetividad, validez y confiabilidad, garantizando la equidad e imparcialidad. Art. 61º.- Institución considera las siguientes etapas de evaluación: a).- De contexto, para caracterizar la problemática de la Institución Educativa y determinar las condiciones del educando. b).- De entrada para verificar: - Si los educandos tiene los pre-requisitos para nuevos aprendizajes. - El grado de conocimiento y los niveles de aprendizaje logrados y previstos en la Programación Curricular. c).- De proceso, siendo el logro inmediato y ofrecer el reforzamiento oportuno a través de evaluaciones permanentes, formativas y orientadoras. d).- De salida para verificar los logros de los objetivos previstos en las Unidades Didácticas. Art. 62º.- Las Capacidades, Actitudes, Criterios e Indicadores de Evaluación de Aprendizaje se especifican en las Unidades de Aprendizaje.
  • 19. Art. 63º.- Se determina como instrumento o procedimientos de evaluación: a).- Observación, utilizando Registros de Conducta significativas y Registros anecdóticos. b).- Auto evaluación, Co-evaluación y heteroevaluación, utilizando instrumentos adecuados. c).- Pruebas escritas, con trabajos de investigación, redacciones objetivas, graficas y de exposición. Art. 64º.- La Evaluación en Educación Primaria es cualitativa y está orientada a comprobar el desarrollo de competencias mediante la verificación de indicadores de logro. Art. 66º.- La recuperación académica constituye un servicio permanente a favor de los alumnos que confronten problemas en su aprendizaje. Art. 67º.- Los educandos y los padres de familia serán informados de los resultados de evaluación académica al finalizar cada Bimestre Lectivo y al término del Año Escolar. Art. 68º.- Cualquier reclamo relacionado a la evaluación del educando será presentado por escrito ante la Dirección del Plantel quien se pronunciará al respecto dentro del plazo máximo de una semana. El padre de familia tiene derecho a apelar ante la Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local de Recuay, si no se halla conforme con la determinación del Director del Plantel. Se realizará reunión con los Padres de Familia Bimestralmente para informar sobre la situación de sus hijos, esta reunión se llevará a cabo con el Profesor Tutor y Asesor de cada Sección y con los Docentes que dictan clases y que quieran asistir voluntariamente. Art. 69º.- El Padre de Familia dispone de los días hábiles después de la fecha de recepción de Libretas de Notas, para formular su reclamo sobre los resultados de la evaluación de su hijo. Art. 70º.- El Personal del Plantel involucrado en situaciones que motivan reclamo fundado o materia de evaluación será sancionado con demerito. Art. 71º.- El Director autorizará mediante Resolución Directoral previa solicitud con documentos probatorios, el adelanto o postergación de las Evaluaciones Bimestrales, en caso de enfermedad prolongada o accidente, cambio de residencia, viajes de delegación oficial
  • 20. asistencia al servicio militar obligatorio o fallecimiento de los Padres de Familia. Art. 72º.- La Exoneración del Área de Educación Religiosa, Educación Física, se solicita en el momento de la matrícula por parte del Padre de Familia o apoderado. Art. 72º.- La asistencia de los estudiantes a la institución educativa será con el uniforme escolar único establecido, pudiendo llevar el buzo solo en las horas de educación física de acuerdo al horario de clases y eventos deportivos. Art. 73º.- Los Padres de Familia que no tienen posibilidades económicas, para adquirir uniforme escolar único para sus hijos podrán solicitar su exoneración de uso mediante una solicitud al momento de la matrícula. El Padre de Familia quien solicito la Exoneración debe enviar a su hijo o pupilo con ropa sencilla y no decorosa ni discordante con la formación, de ocurrir este hecho se citará al Padre de Familia para acordar la solución del caso. Art.74º.- Las actividades destinados a recaudar fondos económicos en beneficios a la Institución Educativa, así como para la excursión del alumnado será autorizado por el Director. Estas actividades se desarrollarán a través de los responsables. Art. 75º.- Para autorizar otras actividades pro fondos a cargo de la misma Promoción se requerirá el Informe de rendimiento de cuentas de la actividad anterior. Art. 76º.- El Informe de Ingresos y Egresos de toda la actividad realizada por recaudar fondos será publicada en un lugar de avisos del Órgano de Dirección luego de cuatro días realizada la actividad, debiendo aportar el 20% del total de los ingresos para la Institución. Art. 77º.- La excursiones escolares fuera del Departamento presentarán sus documentos con anticipación. Art. 78º.- El Calendario Cívico se cumplirá de conformidad a la R.M. Nº 3199-84-ED y sus Normas para su celebración que forma parte del presente Reglamento Interno. Art. 79º.- Cada Docente se responsabilizará de una Fecha Cívica. Art. 80º.- En la elaboración del Plan Anual de Trabajo de la Institución se preveerá la celebración del Calendario Cívico Escolar, nominándose como responsable a un Docente de cada Fecha, considerando el nivel público o interno, las Fechas del Nivel de Aula será desarrollada por el Docente de Aula o Profesor del Área con sus respectivos alumnos, fechas que serán programadas en la Unidad Didáctica.
  • 21. Art. 81º.- La nominación del Personal Docente a responsabilizarse de la celebración del Calendario Cívico Escolar, se efectuará en Reunión de Profesores teniendo en cuenta el Título Profesional, Experiencia y cierta condición a la fecha asignada. Art. 82º.- El uso eventual del local escolar y sus instalaciones serán autorizados por el Director en coordinación con el Consejo Educativo Institucional, solo tratándose para fines Educativos Culturales, Deportivos y recreativos. Art. 83.- El funcionamiento y administración de los kioscos , cafetería y similares se regirán según lo establecido por la R.M. Nº 0189 y el D.S. Nº 026-87-ED – SA y R.D Nº 3940-88-ED y forma parte de este Reglamento el D.S. Nº 007-2001-ED. El que está a cargo de la Asociación de Padres de Familia. y dicho fondo deberá ser destinado para el mantenimiento y conservación de la infraestructura de la I.E. Art. 84º.- El Director de la Institución educativa está facultado para convocar a reuniones de implementación, información y/o coordinación de todo el personal en forma periódica cuando los motivos de la convocatoria justifique. Para no interferir las labores escolares estas reuniones se realizará en la última hora de la jornada laboral. Art. 85º.- No autorizará actividades que no estén programadas en el P.A.T. o los planes específicos, en razón que estos perturben las acciones Educativas Curriculares y complementarias de la Institución Educativa. Art. 86.- La atención a los Padres de Familia y público en general lo efectuará la Administración del Director y Sub Director del Plantel, sin horario ni limitaciones algunas, los docentes atenderán a los Padres de Familia en la hora del recreo o en sus horas libres y horas de educación física en primaria. Las citaciones a los Padres de Familia o apoderados efectuados por el Personal Docente o Administrativo deben de ser de conocimiento del Director de la Institución Educativa. Art.87.- La participación de los Padres de Familia en la organización y el funcionamiento de la Institución se rigen por el presente Reglamento y el Reglamento de la Asociación de Padres de Familia aprobado por el D.S. Nº 004-2006-ED. Art. 88º.- Las Labores Académicas concluyen con la Clausura del Año Escolar a realizarse en el mes de diciembre, la que se efectuará una vez que todo el Personal Docente haya entregado toda la documentación técnico pedagógico de su responsabilidad y esto se hallen conforme.
  • 22. Las Normas de Control de Asistencia, Puntualidad y Permanencia en el Centro de Trabajo para el Personal Docente y Administrativo, siguen hasta la Clausura del Año Escolar. Art. 89º.- Todo expediente o documento se presenta a la Institución, ingresará por la sección de trámite documentario, registrándose en el libro correspondiente. Los despachos con el Director o con sus reemplazantes se efectuaran el mismo día de la recepción. Art. 90º.- Ningún documento (separata) de carácter técnico pedagógico o administrativo elaborado con alcances de la Institución podrá ser impreso, publicado o cursado, si antes no tiene la visación de aprobación del Director. Art. 91º.- Todo el Personal Docente y Administrativo de la Institución presentará antes de la Clausura del Año Escolar un Informe breve relacionado al cumplimiento de sus funciones, la misma que servirá para la elaboración del Informe Memoria del Director de la Institución Educativa. Art. 92º.- La Secretaria de la Institución es la única responsable de llevar el orden, control y seguridad de los archivos de la Institución. Art. 93º.- Al finalizar el Año Escolar se seleccionará los documentos que deben archivarse con carácter permanente, debiendo efectuarse el empaste correspondiente al legajo que formar parte del inventario documentario de la Institución Educativa. Art. 95º.- El Inventario de la Institución comprende: el Inventario Físico de Bienes y Enseres, Libros y Legajos del Inventario de los documentos seleccionados, se actualizaran en el mes de diciembre, Auxiliares de Laboratorio, Auxiliares de Biblioteca, Profesores de Educación Física, Profesor de Banda de Música, Profesora de Taller de Industria del Vestido, Profesora responsable de la sala de Computo del Nivel de Educación Secundaria, Profesor responsable de la sala de Computo del Nivel de Educación Primaria, Profesor del Área de Matemática, Auxiliares de Educación, así como la Administración del Plantel. Art. 96º.- La persona encomendada para el cuidado y la conservación de los bienes y enseres de la Institución dará cuenta oportunamente al Director del Plantel de los deterioros o pérdidas a fin de disponer su baja o deslindar responsabilidades. De no hacerlo se convierte en el único responsable de la perdida o deterioro. Art. 97º.- La salida del personal que labora en la Institución Educativa en horas de labor cualquiera fuera el motivo solo serán autorizados por el Director de la Institución como primera y máxima autoridad, mediante anotación en le registro interno de permiso o papeleta de salida.
  • 23.  El permiso otorgado por el Director está establecido en el “Manual del Director” preceptuadas con todas las Normas Legales y los mecanismos operativos correspondientes.  Cada papeleta de salida tiene una duración de dos horas.  Cada trabajador gozará de 09 papeletas como máximo al año, teniendo en consideración una papeleta al mes, pasado las 09 papeletas, el Director previa evaluación considerará lo mismo sin tocar el derecho estimado en la Norma Legal. Art. 98º.- El Sistema de Control de Asistencia diaria y Permanencia del Personal Jerárquico, Docente de los Niveles de Educación Primaria, Secundaria y los Servidores Administrativos es único; se realiza en la Administración a Cargo del Director de la Institución, diferenciando el correspondiente régimen laboral. Art. 99º.- Para los fines de control administrativo, quien incurre en inasistencia, hará conocer al Director de la Institución por escrito los motivos de su inasistencia dentro de las 24 horas de haberse producido el acto, siendo potestad de esta considerar justificada o no su inasistencia. CAPITULO V DE LOS DERECHOS, DEBERES Y ESTÍMULOS: Art.100º.- SE CONSIDERAN DERECHOS DEL PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO: a).- Estabilidad Laboral en el Servicio, garantizando su permanencia en el Cargo para el cual ha sido Nombrado; el Respeto a Nivel, Especialidad del Título Profesional y Turno, ha no ser Destacado a otro lugar o puesto de Trabajo sin su Consentimiento. b).- Participar en la formulación, ejecución y evaluación del Plan Anual de Trabajo, así como en las diferentes actividades y programas que ejecuta la Institución. c).- A gozar de licencias, permisos, vacaciones que la Ley les confiere. d).- A sindicalizarse o agremiarse en forma voluntaria, libre y no sujeto a condiciones de ninguna naturaleza. Art.101º.- SE CONSIDERA DEBERES DEL PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO: a).- Cumplir sus funciones con dignidad, honestidad, eficiencia, respeto al público. b).- Cooperar con los Padres de Familia en la formación integral del alumno.
  • 24. c).- Respetar los valores éticos sociales de la comunidad y participar en su desarrollo cultural, cívico y patriótico. d).- Contribuir y velar por la buena conservación y mejoramiento de la infraestructura, equipamiento educativo. e).- Abstenerse a realizar en el Centro de Trabajo actividades que contribuyen los fines y objetivos de la Institución, entre tales relacionado en actividades políticas partidarista. Art.102º.- SE CONSIDERAN DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES: a).- Recibir formación integral en un ambiente que le brinde seguridad moral, psíquica y física, así como los servicios de tutoría. b).- Ser tratado con dignidad y respeto sin discriminación de ninguna clase. c).- Recibir en forma gratuita los servicios educativos. d).- Recibir el merito en el cumplimiento de sus deberes. e).- Plantear reclamos fundamentados de las dificultades, deficiencias que notaran en el especto técnico pedagógico y administrativo ejerciendo el derecho, petición en las instancias jerárquicas. f).- Gozar de los servicios de refrigerio o alimentación escolar, disponiéndose de 25 minutos en educación secundaria y 30 en Educación Primaria. g).- La niña o la adolescente embarazada o madre no debe ser impedida de iniciar o proseguir sus estudios, evitándose cualquier forma de discriminación (Art. 14º de la Ley Nº 27337- Código de los niños y del adolescente). Art. 103º.- SE CONSIDERA DEBERES DEL ESTUDIANTE: a).- Guardar respeto y consideración a todo el Personal Docente y Administrativo de la Institución, así como a sus condiscípulos y padres de familia y practicar los valores morales. b).- Estudiar satisfactoriamente c).- Cuidar a sus ascendientes en su enfermedad y su ancianidad d).- Participar en forma responsable en las actividades programadas en la Institución, absteniéndose intervenir en actividades políticas partidaristas y en actos reñidos con la moral y las buenas costumbres que atenten contra la salud física y moral. e).- Respetar la propiedad pública y privada. Conservar el medio ambiente f).- Cuidar los ambientes, materiales bibliográficos, equipos de laboratorio y demás instalaciones del Plantel. g).- Elegir y ser elegido para integrar al Municipio Escolar. h).- Respetar a la Patria, Leyes, Símbolos y Héroes. i).- Adecuado uso del Internet, conociendo sus beneficios y riesgos. Art. 104º.- SE CONSIDERA DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA O APODERADO DE LOS ESTUDIANTES: a).- Conformar la Asociación de Padres de Familia, formar parte de los órganos que lo conforman. b).- Intervenir en el proceso educativo de sus hijos. c).- Participar en las actividades que ejecuta la Institución educativa.
  • 25. d).- Solicitar y/o recibir información sobre el rendimiento académico y conducta de sus hijos o pupilos. Art. 105º.- SE CONSIDERA DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA: a).- Preservar y cuidar los bienes de la Institución Educativa. b).- Velar que en la Institución Educativa, que exista un ambiente adecuado que permita la formación integral de los estudiantes. c).- Contribuir para elevar la calidad, eficiencia del servicio educativo que presta la Institución. d).- Respetar las Resoluciones técnico pedagógico y disposiciones administrativos expedida por la autoridad de la institución. e).- Asistir puntualmente a las reuniones convocadas y citaciones efectuadas por el Personal Directivo, Docente y Administrativo del Plantel. f).- Contribuir con mano de obra o apoyo económico, para el mejoramiento o conservación de la infraestructura, equipamiento o mobiliario del Plantel. g).- Orientar y supervisar a sus hijos en el adecuado uso del Internet, coordinando con las autoridades locales y los propietarios de las cabinas publicas, las estrategias de vigilancia REGLAMENTO GENERAL DE LA ASOCIACIÓN DE LOS PADRES DE FAMILIA: ( actualizar de acuerdo a normas vigentes) Art. 106º.- La APAFA es una organización estable de personas naturales, sin fines de lucro que propicia la participación de los Padres de Familia, Tutores y Apoderados en el proceso de mejoramiento de los aprendizajes de los alumnos y del servicio educativo que brinda la Institución Educativa.
  • 26. Art. 107º.-Los Padres de Familia, Tutores y Apoderados de los Alumnos de la Institución Educativa, participan en la APAFA, sin distinción de origen, raza, género, idioma, religión, condición económica de cualquier otra índole. Única y exclusivamente son Miembros del Consejo Directivo o de los Comités de Aula, los Padres de Familia y Tutores. Art. 108º.- Los asociados a la PAFA canalizan su participación a través de sus Órganos Internos; los Comités de Aula, Comités de Talleres, Consejo de Vigilancia, Consejo Directivo, Asamblea General de los Asociados, así como a través de sus representantes ante el Consejo Educativo Institucional y cualquier Órgano Directivo Consultivo y/o de participación de conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú, la Ley General de Educación, el presente Reglamento y la Normatividad Vigente. Art. 109º.- En cada Institución Educativa existe una sola APAFA, cualquiera fuera el Nivel o Modalidad Educativa que atiende y se rige por lo establecido en la Constitución, la Ley General de Educación, el presente Reglamento, sus Estatutos y el Código Civil, en lo que sea aplicable; así mismo gozan de Personería Jurídica de Derechos Privados y puedan inscribirse a los Registros Públicos. Art. 110º.- Los estímulos a otorgarse al Personal Docente, Administrativo, alumnado y Padres de Familia, según sea el caso, por las acciones extraordinarias efectuadas tanto en el cumplimiento de sus funciones como en otra que redunden en beneficio del educando y de la Institución comprende: a).- Felicitación del Director de la Institución, juntamente con el Consejo Escolar Consultivo, mediante Oficio, Resolución Directoral. b).- Diploma de Honor o Pergamino, otorgado por la Asociación de Padres de Familia, Ex alumnos y/o Docentes de la Institución, mediante Resolución Directoral. Art. 111º.- Para el otorgamiento de estímulos por parte de los Estamentos Superiores, el Director del Plantel elevará la petición correspondiente adjuntado los documentos probatorios que hubiera lugar, así como el Acta de Reunión en que se acordó la petición de estímulos. Art. 112º.- Los derechos, deberes y estímulos considerados por las Leyes, Ley General de Educación, del Profesorado, de la Carrera Administrativa y sus Respectivos Reglamentos, se cumplan según lo establecido por tales Normas Superiores. a).- Tratándose del Personal Docente y Administrativo, llamada de atención verbal o escrita por parte del Director de la Institución. b).- Tratándose del alumnado lo establecido por el decreto supremo Nº 013-2004-ED Reglamento de Educación Básica Regular.
  • 27. Art. 113º.- Tratándose de las faltas cometidas por los padres de familia dará lugar a recomendación estricta por parte del Director de la Institución sin asumir ninguna acción que haya contra sus hijos o pupilos. Art. 114º.- Para la aplicación de las sanciones de mayor peso, establecidos para el Personal Docente y Administrativo, el Director de la Institución convocará al Consejo Escolar Consultivo para el tratamiento del caso con todos los antecedentes y los documentos probatorios del caso. Art. 115º.- Para el otorgamiento de estímulos, así como las aplicaciones de las sanciones, tratándose del Director de la Institución, las gestiones ante las autoridades superiores lo efectuará el comité ejecutivo. CAPÍTULO VI DE LAS FALTAS Y SANCIONES: Art. 116º.- Se consideran falta que dan lugar a la sanción correspondiente, los siguientes hechos según consta: a).-Deshonestidad, indisciplina o ineficiencia. b).-Inasistencias, tardanzas y abandono injustificado de la Institución. c).-Hacer prevalecer intereses personales o de grupo a los de la Institución. d).-Practicar dentro de la Institución actividades política partidaristas. e).-Exigir, recibir u ofrecer dadivas, obsequios, agasajos por cumplimento de sus obligaciones. f).- Efectuar declaraciones públicas, presentar memoriales o asumir otras acciones similares que puedan dañar la honestidad de las personas o la buena imagen de la Institución, sin antes haber agotado todas las vías de solución interna de los problemas surgidos. g).-El desacato a la orden superior. h).-El faltamiento de palabra mediante ecos al personal directivo, docentes administrativos, alumnado y padres de familia. i).- El incumplimiento de los deberes y obligaciones determinados por la Ley y el presente Reglamento Interno para cada uno de los estamento que conforman la Institución. Art. 117º.- Quienes incurran en incumplimiento de sus funciones trasgreden los Dispositivos Legales y Administrativos y/o incumplan el presente Reglamento Interno, serán objetos de las siguientes acciones correctivas: a).-Tratándose del Personal Docente y Administrativo llamada de atención verbal o escrita por parte del Director de la Institución. b).-Tratándose del alumnado lo establecido en el D.S. Nº 013-2004-ED Reglamento de Educación Básica Regular. (Actualizar de acuerdo a normas de TOE)
  • 28. CAPÍTULO VII DE LAS FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL PERSONAL: Art. 118º.- SON FUNCIONES DEL DIRECTOR DEL PLANTEL: a).- Formular, coordinar, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Trabajo con la participación del Personal Docente, Administrativo y con la colaboración de la Asociación de Padres de Familia. b).- Velar por el cumplimiento de los objetivos educacionales y por el buen trato a los alumnos dentro y fuera de la Institución. c).- Presidir las reuniones técnico pedagógico y administrativo y otras relacionados con fines de la Institución. d).- Autorizar visitas de estudio y excursiones dentro del ámbito Nacional de acuerdo a las Normas Especificas. e).- Organizar el proceso de matrícula, autorizar traslados de matrícula, exoneración de área, aplicación de la pruebas de ubicación, adelanto o postergación de evaluaciones bimestrales, expedir certificados de estudios. f).- Matricular de oficio al menor abandonado o en peligro de moral y poner en conocimiento de las autoridades o instituciones pertinentes. g).- Autorizar la rectificación de los nombres o apellidos de los educandos en los documentos pedagógicos, oficiales de acuerdo a las normas especificas. h).- Estimular o sancionar según el caso a los alumnos de la Institución de conformidad con lo Normado en los Reglamentos de la Ley General de Educación y el presente Reglamento Interno del Plante. i).- Dirigir, supervisar, coordinar y evaluar la labor del personal su cargo. j).- Solicitar a la Instancia Administrativa Inmediato superior, la Cobertura de las Plazas Vacantes de los Docentes o Administrativos o el reemplazo del Personal en Licencia. k).- Otorgar permisos al personal a su cargo en caso debidamente justificado, registrando en correspondiente cuaderno de control de asistencia. l).- Justificar inasistencias y/o tardanzas al personal Jerárquico, Docente y Administrativo del Plantel, previa verificación del caso, para garantizar el normal desarrollo de las labores académicas y administrativas; indicando su compensación horaria por el tiempo no laborado, autorizando su ingreso, o disponiendo su retiro según corresponda; informando a la UGEL Recuay para su descuento de Ley ll).- Estimular al personal a su cargo por acciones extraordinarias, tanto en el cumplimiento de sus funciones o en otras que redunden en beneficio del educando, la institución o comunidad.
  • 29. m).- Seleccionar y designar al personal Administrativo en función a las plazas que le corresponden a la Institución y comunicar a la autoridad Competente de Ministerio de Educación la que deberá formalizar el contrato en un plazo no mayor de 10 días hábiles. n).- Llamar la atención verbalmente o por escrito al personal que labora en la Institución, por incumplimiento de sus funciones. En caso de reincidencia o gravedad de la falta informar por escrito al Escalafón Superior. o).- Organizar y Supervisar el Programa Anual de Tutoría ( TOE) p).- Promover la Cooperación de Instituciones para mejorar los Servicios Educativos que brinda la Institución. q).- Administrar la Documentación del Plantel, de la Biblioteca, Equipos y Materiales Educativos. r).- Autorizar la observación y/o practica Pre docente a las clases a los Alumnos de Formación Magisterial previa petición escrita. s).- Administrar los fondos provenientes de actividades de acuerdo a las Normas Especificas. t).- Formular el cuadro de necesidades de bienes y servicios. u).- Presidir la comisión encargada de otorgar la administración de kioscos y cafeterías de acuerdo a las Disposiciones Vigentes. v).- Autorizar de acuerdo a las disposiciones vigentes el uso eventual de los ambientes y/o equipos de la Institución por parte de otras Instituciones, de la comunidad para fines educativos, culturales, deportivos sociales. w).- Coordinar reuniones mensuales con los padres de familia y apoderados cuyos hijos y pupilos incurren en exceso de tardanzas e inasistencias, a fin de captar apoyo para mejorar la atención del alumnado. x).- Aprobar el Rol de Vacaciones del personal a su cargo en el mes de diciembre, dando cuenta inmediata al Instante Superior. z).- Organizar y dirigir el servicio de monitoreo educativa formando la experimentación educativa, las innovaciones y la creación de tecnología educativa, así como el intercambio de experiencias técnico pedagógicas. aa).- Mantener el mejor nivel de relaciones personales y de ambiente de trabajo a fin de propiciar el éxito de la tarea educativa. bb.).-Reconocer mediante la Resolución Directoral al CONEI, Municipio Escolar y la Asociación de Padres de Familia, asistir obligatoriamente a las reuniones de la Junta Directiva y Asamblea General y asesorar permanentemente, cautelar su movimiento económico. cc).- Presidir el Comité Directivo, Comité técnico Pedagógico, Consejo Educativo Institucional, Comité de economía. dd).- Autorizar Destaque, Contrato de Personal Docente, Administrativo de la Institución Educativa de acuerdo a la Normatividad Vigente con la participación del CONEI. ee).- Autorizar la encargatura de los Cargos Directivos y Jerárquico de la Institución Educativa en coordinación con el CONEI y de conformidad de lo dispuesto conforme a Ley. ff).- De acuerdo a las Normas Legales pertinentes otorgar vacaciones y permisos al personal:
  • 30. * De acuerdo a los Reglamentos Vigentes otorgar estímulos a los estudiantes y todo el personal de acuerdo a los prescritos en el presente Reglamento Interno. * Suscribir la correspondencia oficial de la Institución Educativa y los documentos de certificación. * Recibir información técnico pedagógico, económico, administrativa de la Sub Dirección. * Como máxima Autoridad Institucional, en caso de ausencia encargará la Dirección, de la Institución Educativa al Personal según el (CAP). * Realizar otras funciones afines al cargo. Art. 119º.- SON FUNCIONES DEL SUB DIRECTOR DE EDUCACIÓN PRIMARIA DE MENORES DEL PLANTEL: a).- Formular, coordinar , ejecutar y participar en el Plan Anual de Trabajo Anual, con la participación del Personal Docente y la colaboración de los Padres de Familia. b).- Velar por el cumplimiento de los objetivos del nivel y por el buen trato a los alumnos dentro y fuera de la institución. c).- Organizar el servicio de supervisión educativa, previa aprobación del Plan de Supervisión con el Personal Docente y autorización de la dirección de la Institución. d).- Reemplazar al docente en caso de ausencia y asumir la conducción técnico pedagógico. e).- Presidir las reuniones técnico pedagógico y otros relacionados con los fines de la administración previo informe y autorización de la dirección. f).- Coordinar, Asesorar, la Labor del Personal Docente. g).- Revisar Nóminas, registros, Actas Finales y Recuperación del Nivel a su Cargo en coordinación con los Docentes. h).- Incentivar las realizaciones de actividades culturales artísticas, deportivas, religiosas y cívico patriótico. i).- Velar por la seguridad, conservación y mantenimiento del mobiliario, equipo y acerbo documentario a su cargo, así como mantener actualizado el inventario correspondiente. Art. 120º.- SON FUNCIONES DE LOS PROFESORES POR HORA Y PROFESORES DE AULA: Son Profesionales de la Educación que ejercen la función docente con sentido elemental, crítico, educativo y de colaboración, lealtad a la Institución. a).- Dictan 30 horas de Clase en el Nivel de Educación Primaria de Menores, 24 horas de Clases en el Nivel de Educación Secundaria.
  • 31. b).- Participación en la elaboración, ejecución y evaluación del Plan Anual de Trabajo. c).- Programan, desarrollan y evalúan las actividades curriculares, así como las actividades de tutoría, de conformidad de la Ley General de Educación, el presente Reglamento Interno y las Normas específicas expedidas por el Ministerio de Educación. d).- Evaluar el proceso de enseñanza aprendizaje de acuerdo a las Normas Vigentes y cumplir con la elaboración de la documentación correspondiente proporcionando información a padres de familia y educandos, sobre el avance y logros de aprendizaje. e).- Participa en las acciones programadas de investigación y experimentación de nuevos métodos y técnicas de trabajo educativo, así como en eventos de actualización profesional organizado por la Institución o por las Instancias Superiores. f).- Integra las comisiones de trabajo y colaborar con la Dirección de la Institución en las acciones que permitan el logro de los objetivos generales del nivel y/o modalidad y los específicos de la Institución en que laboran. g).- Orienta a los educandos y vela por su seguridad por el tiempo que permanece a la Institución. h).- Realizar las acciones de recuperación pedagógico, con el fin de ofrecer nuevas oportunidades de aprendizaje y evaluación. i).- Cooperar con las acciones de mantenimiento y conservación de la Institución. j).- Coordinar y mantener comunicación permanente con los padres de familia sobre asuntos relacionados con el rendimiento académico y del comportamiento de los alumnos. k).- Organizar y ambientar el aula, así como preparar el material educativo construyendo un centro de recursos didácticos. l).- Estimular el esfuerzo del alumno brindándole los incentivos necesarios que haga factible el pleno desarrollo de sus potencialidades. m).- Mantener actualizado y en buen estado de conservación la documentación pedagógica y administrativa de su responsabilidad. n).- Mantener coordinación estrecha con todo el docente y personal de apoyo administrativo de la institución, en acciones que redunden en la formación integral del educando. o).- Detectar problemas que afecten en el desarrollo del educando y aprendizaje a fin de brindar las orientaciones o el tratamiento requerido oportunamente. p).- Asistir y participar en las reuniones de actividades que programa, organiza y ejecuta la institución, aun no teniendo horas de clase. q).- Las demás que señalen el presente reglamento y los dispuestos por la superioridad que guarden relación con el cargo. r).- Asistir correctamente uniformado los lunes y viernes, puntualmente a sus clases y no abandonar las mismas sin causa justificada. s).- Asistir obligatoriamente a la reunión técnico pedagógica y culturales de la institución en sus diferentes escalones y de la superioridad, con tolerancia de 10 minutos, luego de este tiempo se considerará inasistencia, anotándose en el acta.
  • 32. Art. 121º.- SON FUNCIONES DEL PROFESOR DE BANDA DE MÚSICOS: Depende del director de la institución y cumple las siguientes funciones: a).- Participa en la Elaboración, Ejecución y la Evaluación del Plan Anual de Trabajo. b).- Programa, desarrolla y evalúa las Actividades Curriculares en Educación por el arte, en lo referente a la música. c).- Organiza, dirige, orienta, estimula al grupo de alumnos que conforman la Banda de Músicos de la Institución, para lo cual elegirá a los alumnos que tengan conocimiento y/o principios sobre la ejecución de instrumentos musicales. d).- Evalúa el Proceso de Enseñanza Aprendizaje de acuerdo a las Normas Vigentes, y cumplir con la documentación y elaboración del mismo correspondiente, proporcionando información a los padres de familia y educandos sobre el avance y logro del aprendizaje. e).- Participa y orienta el cuidado, mantenimiento, conservación de los instrumentos musicales de la Institución. i).- Participa en acciones programadas de investigación y experimentación de nuevos métodos, técnicas de trabajo educativo proporciona crea y hace arreglo de partiduras musicales. g).- Entrega a los integrantes de la banda de músico con cargo bajo responsabilidad los instrumentos musicales indicando el estado como se encuentra para su devolución. h).- Reunirse con los padres de familia de los alumnos integrantes de la banda de músico para informarles sobre la evaluación, ensayo participación en ceremonias que programe la Institución y lo soliciten otra Institución. i).- Integra comisiones de trabajo, colabora con la Dirección del Plantel en las acciones que permita el logro de los objetivos de la Institución. j).- Orienta a los integrantes de la banda de músicos y velar por su seguridad durante el trabajo que permanecen en el ensayo y las ceremonias cívicas patrióticas. k).- Coordina y mantiene comunicación permanente con los padres de familia sobre asuntos relacionados con el rendimiento de los ensayos. Comportamiento, orden, higiene y el uso del uniforme. l).- Participa en la ceremonia de rendir homenajes a los Símbolos Nacionales de los días lunes y viernes de acuerdo a la R.M. Nº 0054- 94-ED. m).- Asistir y participar en las reuniones de actividades que programa, organiza y ejecuta la Institución de los de apoyo y otras Instituciones, cuando la Dirección lo autoriza. n).- Entrega de inventario e informe de cada semestre. o).- Mantener actualizado y buen estado de conservación la documentación pedagógica y administrativa de su responsabilidad.
  • 33. p).- Mantener coordinación estrecha con todos los Docentes y Personal Administrativo de la Institución en acciones que redunden en la formación integral de los alumnos. q).- Detectar problemas que afecten en el desarrollo de los educandos y su aprendizaje a fin de brindarles orientaciones con el tratamiento requerido oportunamente. r).- Las demás que señale el presente Reglamento y los dispuestos por la Superioridad que guarden relación con el cargo. s).- Estimular el esfuerzo del alumnado brindándole los incentivos necesarios que hagan el pleno desarrollo de la potencialidades. t).- Mantener en buen estado y actualizado de conservación la documentación pedagógica y administrativa a su cargo y responsabilidad. u).- Mantener coordinación estrecha en todos los docentes y personal administrativo. Art. 122º.- SON FUNCIONES DEL CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL: Es un órgano de participación, concertación y vigilancia ciudadana de la Institución Educativa que contribuye a la promoción y ejercicio de una Gestión Educativa de calidad de carácter transparente, moral y democrático. Es precedido por el Director de la Institución, integrado por el Sub Director, representantes de Docentes, Estudiantes, Administrativos y Padres de Familia; tienen como funciones: a).- Participar en la formulación, ejecución y evaluación del proyecto Educativo Institucional, Plan de Trabajo, Reglamento Interno; Proyecto Curricular de la Institución. b).- Promover mecanismos y modelos de participación de los actores educativos en la sociedad civil. d).- Fortalecer la organización, funcionamiento y seguimiento de “círculos de mejoramiento de la calidad del aprendizaje y la enseñanza”, “círculos de investigación – innovación”, conducentes a elevar la calidad de los servicios educativos. e).- Proponer acciones concretas de sensibilización en la comunidad educativa orientadas a la conservación del local y el uso adecuado del mobiliario y equipos del plantel. f).- Proponer a la Dirección, Normas de convivencia Institucional y el alumnado de la Institución Educativa y criterios de participación en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas. g).- Participar en la evaluación, para el ingreso, ascenso y permanencia del Personal Docente y Administrativo de la Institución. h).- Promover evento de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones. i).- Proponer mecanismos de reconocimiento y estímulos al personal docente y administrativo que destaquen en su desempeño en el aula y la institución educativa, y a los estudiantes según los resultados obtenidos en el marco del Proyecto Curricular de la Institución.
  • 34. j).- Proponer a la Asociación de Padres de Familia por medio de su representante, mecanismos e instrumentos para contribuir en la mejora de los aprendizajes de sus hijos. Art. 123º.- FUNCIONES Y/O ATRIBUCIONES DEL MUNICIPO ESCOLAR: Es una organización de estudiantes en la Institución Educativa, a través del cual desarrollan actividades en beneficio de si mismo de su plantel, familia y comunidad. Esta constituida por: - Alcalde (sa). - Teniente Alcalde (sa). - Regidor (a) de Educación Cultura y Deporte. - Regidor (a) de Salud y Ambiente. - Regidor (a) de Actividades Productivas. - Regidor (a) de los Derechos del Niño y Adolescentes. - Regidor (a) de Comunicación y Tecnología de la información. a).- Presentar su Plan de Trabajo. a).- Canalizar organizadamente las inquietudes de los estudiantes a través de actividades educativas, sociales, culturales y recreativas. b).- Desarrollar actividades de promoción y defensa de los derechos de los niños y adolescentes. c). – Fortalecer el sentido de responsabilidad, solidaridad y practica de la democracia. d).- Trabajar por el progreso y desarrollo de su institución educativa y el bienestar de sus miembros. e).- Proyectarse a la comunidad colaborando en la solución de sus problemas. g).- Vigilar en el cumplimiento del Presente Estatuto o Normas y demás dispositivos legales en coordinación con las autoridades pertinentes. h).- Presentar a la dirección del plantel iniciativas y sugerencias para el mejoramiento de la Institución Educativa. i).- Colaborar en las acciones orientadas a elevar la calidad de la educación. j).- Representar a los estudiantes de su Institución Educativa en los Programas, Proyectos, Reuniones y otras Actividades Internas y externas de la vida escolar. DERECHOS Y DEBERES DE SUS MIEMBROS: a).- Elegir y ser elegidos representantes de Consejo de Aula y del Municipio Escolar. b).- Sufragar en las Elecciones del Consejo de Aula y Municipio Escolar. c).- Participar activamente en las actividades y comisiones del consejo escolar.
  • 35. d).- Plantear por escrito o verbalmente sugerencias, reclamos o pedidos al Consejo de Aula y Consejo Escolar. Art. 124º.- SON FUNCIONES DE LOS AUXILIARES DE EDUCACIÓN: a).- Planifican, organizan, promueven los programa de orientación, promoción integral del alumno de acuerdo a su desarrollo bio síquico social de los educandos. b).- Contribuir en el desarrollo de las acciones y actividades tendiente a la formación integral del educando. c).- Atender en primera instancia a los padres de familia, sobre asuntos relacionados con la conducta, disciplina y asistencia. d).- Llevar al día: - El cuaderno de apuntes de incidentes del alumno a su cargo. - Las fichas de acontecimiento y seguimientos de los alumnos con problemas de conducta. - otras de acuerdo al nivel y/o modalidad. - Tarjeta de control. e).- Proporcionar el mantenimiento de un clima de cooperación, amistad y de respeto entre alumnos, docentes, padres de familia, Ex Alumnos y Comunidad. f).- Colaborar con el profesor de aula o tutor, los padres de familia de las secciones de su cargo, en la formulación del Plan Anual del Trabajo del Comité de Aula, conforme al Decreto Supremo Nº 010-88-ED. g).- Promover el fortalecimiento de la disciplina y el buen comportamiento de los educandos, en coordinación con su jefe inmediato. h).- Orientar y apoyar a los alumnos en todas las actividades educativas y el servicio comunal que desarrolla la institución por convenio, función o encargo, en coordinación de otras instituciones nivel regional y local. i). - Fomentar hábitos de disciplina, buenas costumbres, puntualidad, higiene y estudios entre los educandos así como el correcto y adecuado uso del uniforme escolar. j).- Fomentar en coordinación con los docentes especializados o de área practica del deporte, cultura, arte, folclor nacional e internacional. k).- Controlar e informar a su superior inmediato respecto al ausentismo comportamiento en el rendimiento de los alumnos y recuperar una relación de los casos de problemas para el tratamiento por el TOE y otros fuera de la Institución Educativa. l).- Exigir y velar por que los educandos tengan una adecuada presentación personal del uso del uniforme y/o deportivo. ll).- Orientar y apoyar a los educandos para que realicen actividades o acciones que permitan la conservación de la infraestructura, mobiliario, material educativo, entre otros de la Institución.
  • 36. m).- Fomentar en el alumnado el amor y el respeto a los emblemas Nacionales y a la Patria desarrollándose responsabilidades de carácter Cívico Patriótico. ñ).- Proporcionar al docente con la debida anticipación, tizas, mota, material didáctico entre otros. o).- Evaluar la conducta de los alumnos mediante el control de asistencia puntualidad, orden, disciplina y aseo. p).- Control en caso de ausencia del docente la realización de tareas escolares en las aulas o en el uso de la biblioteca. q).- Realizar actividades educativas por ausencia del docente, no permitiendo que estén fuera del aula en horas de clase. r).- Entregar o recabar el reporte de notas de aprovechamiento y conducta, citaciones, recomendaciones y otros. s).- Mantener actualizado por grado y/o secciones a su cargo el registro de asistencia de los educandos, sus justificaciones y control, entre otros. t).- Controlar, colaborar y participar en las acciones educativas que se le encomiende. u).- Llevar o transportar a los educandos que requieren atención medica, en situaciones de enfermedad o cuando se susciten accidentes en la Institución o fuera de él siempre en cuando se trate de actividades programadas y aprobadas por la dirección de la Institución. v).- Velar por el mantenimiento y provisión del botiquín de Aula y de la Institución, procurando que tenga la medicina y los implementos necesarios e imprescindibles a través de su jefe inmediato y del director de la Institución, recaba apoyo de la APAFA para su permanente implementación. w).- Realiza otras funciones inherentes al cargo que se le asigne. x).- Atender a los educandos y velar por su seguridad durante el tiempo que permanecen en la Institución incluyendo las horas de descanso. y).- Cumplen y hacen cumplir el Reglamento Interno de la institución. z).- Ingresan y se retiran de la institución 20 minutos antes y después del horario de salida de alumnos y controlan la entrada, recreo y salida, por turno semanal. Cada auxiliar de educación se hará cargo de la formación general, el toque de timbre a hora exacta. Art.125º.- SON FUNCIONES DEL SECRETARIO Y/O OFICINISTA: a).- Elaborar la pre nómina de matrícula. a).- b).- Elaborar y transcribir certificados, constancias de estudios y de conducta del alumno. c).- Registrar y llevar el control del alumno que no han ratificado su matrícula y de los alumnos retirados por diversos motivos. d).- Transcribir las Actas Promociónales, de Recuperación y Subsanación para proporcionar a los Docentes. e).- Registra las Notas de las Actas Promociónales, de Recuperación y de Subsanación en las Fichas de evaluación. f).- Velar por el Orden y Conservación de los Archivos de las Actas y Registro de Notas, Cuadro Colector (Planillas de Notas) que están a su cargo.
  • 37. g).- Informar por escrito al Director de la Institución sobre los errores detectados en los Registros, Actas, Nóminas y Fichas de Evaluación para su rectificación y acciones correctivas. h).- Recepcionar, clasificar, distribuir y archivar la documentación que ingresa a la Institución. i).- Mantener la exigencia de útiles de oficina, efectuar la distribución y control de uso. j).- Redactar y mecanografiar la documentación de carácter administrativa. k).- Atender al público y orientarlo sobre consultas y gestiones por realizar. l).- Preparar la documentación para el despacho con el Director. m).- Llevar el archivo documentado debidamente seleccionado. Art. 126º.- SON FUNCIONES DE AUXILIAR DE LABORATORIO: a).- Limpiar y esterilizar materiales, instrumentos y ambientes del laboratorio. b).- Participar en la elaboración del plan anual de trabajo y cronograma de prácticas de laboratorio. c).- Llevar al día los libros de registros de prácticas de laboratorio. d).- Elaborara el cuadro de requerimientos de materiales, herramientas y reactivos. e).- Elaborara el inventario actualizado de los materiales, equipos, muebles, enseres, registrando y dando cuenta en forma inmediata de alta y baja al Director. f).- Aportar en la prácticas con preparación de muestras, registro de análisis y otro afines. g).- Brindar orientaciones a los usuarios de laboratorio a fin de evitar accidentes y deterioro de los equipos. h).- Coordinar con el personal docente que hace uso del laboratorio. i).- Elaborar el material educativo complementario al equipo de laboratorio, utilizando recursos caseros y de la región. j).- Rotular los materiales de laboratorio anotando nombre, código y precauciones. k).- Brindar seguridad a los equipos y materiales de laboratorio según su fragilidad, contextura, peso, etc. l).- Otros afines al cargo que se le asigne. Art.127º.- SON FUNCIONES DEL AUXILIAR DE BIBLOTECA: a).- Inventariar el material bibliográfico, muebles y demás enseres con que cuenta la biblioteca. b).- Confeccionar y actualizar fichas bibliográficas, catálogos y ordenar los libros, textos escolares, folletos, revistas, etc. De acuerdo a la codificación y catalogo establecido. c).- Entregar material bibliográfico a los interesados, previa presentación del carné u otro documento de identidad para controlar la devolución. d).- Elaborar y hacer cumplir las Normas, de uso préstamo y reposición del material de lectura con apoyo del órgano de Dirección. e).- Orientar a los lectores el uso adecuado del catalogo, textos, revistas, libros y otros documentos garantizando la conservación.
  • 38. f).- Informar periódicamente sobre las ocurrencias producidas en la presentación de servicios. g).- Mantener actualizado y ordenado el material bibliográfico acomodando los estantes y anaqueles. h).- Recomendar a los usuario el comportamiento en la sala de lectura, así como el trato adecuado de los documentos de consulta y acerbo cultural existente en la biblioteca (láminas, maquetas, y otros). i).- Velar por el mantenimiento y conservación del material bibliográfico y el banco de libros. j).- Promover campañas para el implemento del material bibliográfico. k).- Revisar el material de lectura solicitándole la reposición y depurado de lo obsoleto. l).- Efectuar estadística de lectura mensualmente. m).- Absolver consultas del alumnado y proponer bibliografía sobre materiales específicos. n).- Propiciar campaña para la implementación y utilización del Centro de recursos Educativos. o).- Cumplir otras funciones a fines al cargo que le encomiende el director. Art. 128º.- SON FUNCIONES DEL TRABAJADOR DE SERVICIO: a).- Realizar custodia del local a través de rondas permanentes del ambiente y de todo el local. b).- Registrar los incidentes y casos en el cuaderno de registros y comunicar en forma inmediata en casos necesarios al Director de la Institución. c).- Controlar de los muebles y otros bienes que salen de la institución educativa que cuenten con la autorización oficial del director. d).- Velar por el mantenimiento y conservación de los bienes y enseres de la Institución. e).- Limpiar y desinfectar los ambientes. Aulas, patios, servicios higiénicos, vajillas y similares. f).- Velar por la seguridad de los muebles, equipos, herramientas y otros bienes de la institución. g).- Distribuir documentos y materiales en general, trasladar y acomodar muebles, empacar mercaderías y otros. h).- Pintar paredes, carpetas, pizarras y otros bienes y compartimientos. i).- Reparar mobiliarios, instalaciones de luz, agua y desagüe, albañilería, jardines y otros que no demanden alta especialización. j).- Preparar y vigilar huertos, jardines, pequeñas granjas. k).- Instalar depósitos de papeles y desperdicios, descargando diariamente. l).- Arreglar depósitos y archivos. m).- Coordinar con el profesorado para cultivar en el alumno habito de orden de limpieza de aulas. n).- Realizar otras tareas a fines al cargo que encomienda el Director. o).- Entregar a las Autoridades de la Institución todo objeto encontrado dentro y fuera de las aulas (cuaderno, libros, lápices, joyas o cualquier otro objeto dejado por los alumnos y docentes para su devolución). p).- Cada servicio tanto de día y de noche harán entrega de sus servicios a turno para evitar responsabilidades.
  • 39. q).- Mantener lealtad y respeto entre servidores, a la Autoridad, Docentes, Personal Administrativo, Padres de Familia y Alumnado. TÍTULO III. GESTIÓN PEDAGÓGICA Art. 129º.- La Institución funciona en dos Niveles Educativos integrados en el Nivel de Educación Primaria y Educación Secundaria. Art.130º. - El Personal Directivo, Plana Docente, Personal Administrativo, alumnado en general, están en la obligación de participar en todas las actividades académicas en las actuaciones cívicas patriótico. Art. 131º.- En el mes de marzo en la apertura del Año Escolar todo el Personal Docente y Administrativo está en la obligación de estar presente en la Institución Educativa salvo en casos de emergencia. Art.132º.- En el mes de marzo se cumplirán las siguientes acciones: a).- El primer día hábil Reunión de todo el Personal Docente y Administrativo para efectuar el análisis de los resultados de la Gestión Anterior para notificar y actualizar todo los Documentos de Gestión. b).- Elaborar el PAT, PEI y PCI. a).- Matrícula y ratificación de los estudiantes. e). - Programación Curricular. f).- Evaluación, recuperación, subsanación, prueba de ubicación del alumnado. h).- Ambientación y adecuación del local, mobiliario y equipos para la recepción del alumnado. Art.133º.- El PAT y PEI, la Programación Curricular y demás instrumentos pedagógicos son de la elaboración obligatoria que deben ser cumplidas por todos los docentes, la cual se realizará en equipo por áreas y grados con el fin de propiciar el intercambio de experiencias que favorezcan el aprendizaje. Art.134º.- El Plan Anual de trabajo será formulado por una comisión representados por los estamentos de la Institución Educativa, puesto y sometido a debate en
  • 40. asamblea con la participación de todo el personal y aprobado mediante Resolución Directoral Institucional. Art. 135º.- La Institución Educativa establece su Plan de Trabajo Anual en que se especifica actividades y proyectos especificados en los siguientes aspectos: a).- El PAT. Es elaborado en base a los informes y sugerencias que los profesores presentan a la Dirección. b).- Calendarización de la problemática, actividades y alternativa de solución. c).- Objetivos del Plan en base al idealismo, los problemas identificados y las Normas especificas del sector. d).- Previsión de recursos: potencial humano, financiero, material y normativo. e).- Metas de atención, ocupación y físico. f).- Actividades con especificación de tareas. g).- Cuadro de Asignación Personal. h).- Plan de monitoreo y evaluación. i).- Planes de trabajos de los comités. Art. 136º.- En base al PAT. Se elaborará el Plan de Tutoría conjuntamente con los Profesores de la Especialidad, Docente de Aula y será aprobado por la Dirección de la Institución Educativa. Art.137º.- Toda Actividad Educativa complementaria: Excursiones, paseos, festivales, cursos que requieren de un Plan de Trabajo específico aprobado por la Dirección de la Institución. Art. 138º.- El Plan de Trabajo Anual y los Documentos de la Administración Curricular que se formula en armonía con la Calendarización del Año Escolar. DISPOCICIONES COMPLEMENARIAS: Art. 140º.- Por necesidad de servicios que garantiza el Presente Reglamento, todo Personal Directivo, Docente, Administrativo y la APAFA se opondrá a los Destaques del Personal de la Institución a otras Instituciones Educativas, salvo lo Normado por la R.M. Nº 2843-88-ED. Art. 141º.- Los asuntos no considerados en el Presente Reglamento Interno serán tratados por el Consejo Educativo Institucional. De conformidad a las Normas Legales y Administrativas Vigentes, teniendo en cuenta los objetivos de la Educación y los intereses de la Institución. Art. 143º.- Todo Trabajador y alumnado de la Institución así como los Padres de Familia y Apoderados están en la obligación y en su derecho de demandar ante las Autoridades Superiores el incumplimiento del presente Reglamento solicitando la sanción correspondiente para los interesados.
  • 41. Art. 144º.- El presente Reglamento Interno de la Institución; es un Instrumento de Organización y Funcionamiento del Plante. Tendrá una vigencia de un año a partir de la fecha de aprobación. Art. 145º.- El Director de la Institución Educativa remitirá un ejemplar del Presente Reglamento Interno, aprobado por su conocimiento a la Unidad de Gestión Educativa Local de Recuay. Ticapampa, diciembre del 2013 FIN