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"AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE
LA EDUCACIÓN".
REGLAMENTO INTERNO DE LA INSTITUCION EDUCATIVA INICIAL
“SANTA TERESITA DEL NIÑO JESÚS”
CHILACO PELADOS
P R E S E N T A C I Ó N
El presente documento ha sido elaborado con la participación de todos los
miembros que pertenecen a la Institución Educativa Inicial como: Padres de
Familia, docentes, alumnos y comunidad en general.
Este documento norma las funciones y organización de la Institución así como de
cada uno de sus integrantes y de las relaciones que deben existir con los
miembros que la componen.
Este reglamento tiene bases legales en la Constitución Política del Perú, así como
en decretos supremos emitidos por el Ministerio de Educación.
Así también norma las funciones específicas de los órganos que la conforman,
como el trabajo educativo, su organización, su planeamiento educativo,
evaluaciones, etc.
Este documento tiene vigencia durante todo el presente año lectivo 2015 estando
sujeto a dichas normas los educandos, padres de familia y personal docente de la
Institución Educativa Inicial “Santa Teresita del Niño Jesús” del caserío de
Chilaco Pelados, jurisdicción del distrito de Lancones, Provincia de Sullana,
departamento de Piura.
LA DIRECCION
REGLAMENTO INTERNO DE LA INSTITUCION EDUCATIVA INICIAL Nº 519
“SANTA TERESITA DEL NIÑO JESÚS”
CHILACO PELADOS
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CONCEPTO, LINEA AXIOLÓGICA. ALCANCES Y BASES LEGALES:
DEL REGLAMENTO
Art. 1º
El presente reglamento Interno es un instrumento normativo que establece las normas básicas para la
organización y funcionamiento de la Institución Educativa Inicial Nº 519 “Santa Teresita del Niño Jesús” en
la modalidad de Educación Inicial, a fin de cumplir sus fines y línea axiológica trazada por la Directora en
concordancia con las disposiciones vigentes.
Art. 2º
Nuestra línea axiológica se caracteriza por el trabajo eficiente y responsable, teniendo como lema "Con
Compromiso y Amor ayudaremos a construir un mundo Justo y Mejor”.
Art. 3º
Todos los miembros de la Comunidad Educativa están obligados a respetar y cumplir el presente
Regiamente Interno.
Art. 4º
El presente Reglamento interno tiene la siguiente Base Legal:
1. Constitución Política del Perú.
2. Ley № 23384, Ley General de Educación con sus modificatorias 23623, 24194 y 25306.
3. D. S. № 01 - 83 E. D. Reglamento de Educación inicial.
4. Ley № 24029 Ley del profesorado y su modificatoria 25212.
5. Proyecto Educativo Nacional
6. D.S. № 009 - 2005 - ED, Reglamento de la Gestión de! Sistema Educativo.
7. Ley Nº 29944 Reglamento Nueva Ley.
8. RM. N° 556-2014, Normas y Orientaciones para el desarrollo de! año escolar 2015 en la Educ. Basica.
9. R.M. №440-2008 - ED. Diseño Curricular Nacional de Educación Básica Regular.
10. DS N* 007-2001 -ED, Manual del Director
11. Reglamento de Supervisión
12. Manual del desempeño docente
13. Manual de Desempeño Directivo
Art. 5°
El presente Reglamento Interno será de conocimiento de todos los integrantes de la Comunidad educativa
para su fiel cumplimiento.
CAPITULO II
DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
DEL FUNCIONAMIENTO
Art. 6º
Constituyen La Comunidad Educativa:
1. La Directora;
2. Personal Docente;
3. APAFA
4. Alumnos y
5. Padres de Familia.
Art. 7º.
La Institución Educativa Inicial N° 519 “Santa Teresita del Niño Jesús” – Caserío de Chilaco Pelados,
jurisdicción del Distrito de Lancones, Provincia de Sullana, Dpto. de Piura, es una Institución de derecho
público orientado a promover y fomentar la educación; como personería jurídica expendida por Resolución
Directoral Nº 497 del 12 de mayo de 1981.
Art 8º
Para cualquier efecto la Institución se denomina Institución Educativa Inicial N° 519 “Santa Teresita del Niño
Jesús”, cuyo domicilio legal es en el Caserío de Chilaco Pelados, jurisdicción del Distrito de Lancones,
Provincia de Sullana, Dpto. de Piura.
Art. 9°
La Institución Educativa Inicial N° 519 “Santa Teresita del Niño Jesús” – Caserío de Chilaco Pelados, es
creada mediante Resolución Directoral Nº 497 para atender en el Nivel Inicial a niños en el servicio de
Jardín a niños de 3, 4 y 5 años.
Art. 10°
Son fines de La Institución Educativa Inicial N° 519 “Santa Teresita del Niño Jesús” – Caserío de Chilaco
Pelados:
a. Contribuir a la superación cultura! de la población de la comunidad.
b. Promover y fomentar la educación, sin fines de lucro; no discriminado, en el nivel Inicial, de acuerdo con
las normas legales vigentes.
c. Cultivar en los niños los valores morales, sociales, cívicos, solidarios y culturales de la colectividad.
OBJETIVOS
Art. 11°
Son objetivos de La Institución Educativa Inicial N° 519 “Santa Teresita del Niño Jesús” – Caserío de
Chilaco Pelados:
a. Prevenir, descubrir y tratar los problemas oportunamente de orden bio-psicosocial que puedan perturbar el
desarrollo del niño.
b. Contribuir a la integración y fortalecimiento de la familia y la comunidad.
c. Estimular la capacidad creativa, orientar el desarrollo vocacional y propiciar la adquisición de hábitos de
seguridad, orden, higiene, urbanidad y equilibrada relación social.
d. Promover la práctica de valores cívico - patrióticos, estéticos y religiosos.
FUNCIONES
Art. 12°
a. Son funciones de La Institución Educativa Inicial N° 519 “Santa Teresita del Niño Jesús” – Caserío de
Chilaco Pelados. Impartir una educación adecuada en los niveles de Educación Inicial acorde con los
lineamientos de política educativa y a la línea axiológica trazada por la Comunidad Educativa.
b. Promover la integración y la participación activa de los miembros de la comunidad educativa.
c. Estimular a los miembros de la comunidad educativa que destaquen en el cumplimiento de sus
funciones; así como por las acciones extraordinarias que realicen.
Art. 13°
Los servicios dirigidos a los Padres de Familia comprenden: Escuela de Padres. Los servicios
complementarios están dirigidos a brindar atención que permite proporcionar a los niños el ambiente
necesario, alimentación adecuada, preservación de la salud, primeros auxilios, medios de seguridad y
recreativos.
HORARIOS
Art. 14°
El horario de Ingreso y salida de los niños está distribuido de la siguiente manera:
• INGRESO:
8:00 am, a 8:30 am.
• RECREO:
10:30 a 11:00
• SALIDA:
12:10 m. 3 años
12:20 m 4 años
12:30 m 5 años
CAPÍTULO III
DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA
DISEÑO ORGANIZACÍONAL
Art. 15°
A efectos del cabal cumplimiento de las funciones y objetivos de nuestra Institución, se adapta la siguiente
estructura orgánica:
a. Órgano de Dirección
b. Órgano Consultivo
c. Órgano Ejecutivo
d. Órgano de Apoyo
e. Órgano de Participación.
Art. 16°
El Órgano de Dirección está constituido por la Directora, encargado de planificar, controlar y evaluar el
proceso técnico - pedagógico y administrativo de la Institución Educativa Inicial N° 519 “Santa Teresita del
Niño Jesús” – Caserío de Chilaco Pelados.
Art. 17°
La Directora es la primera autoridad de la Institución Educativa Inicial N° 519 “Santa Teresita del Niño
Jesús” – Caserío de Chilaco Pelados. Asume responsabilidades de conducción y administración de la
Institución, para lo cual cuenta con facultades de Dirección y de Gestión ante el Ministerio de Educación.
Art. 18°
La Directora desempeña el cargo a tiempo completo.40 horas con aula a cargo.
Art. 19°
Son requisitos básicos para ser Directora:
a. Tener Título Profesional pedagógico
b. Experiencia docente de (5) años como mínimo y
c. Reconocida solvencia moral.
FUNCIONES DE LA DIRECTORA.
Art. 20º.- Son funciones de la Directora.
DOMINIO I
GESTIÓN DE LAS CONDICIONES PARA LA MEJORA DE LOS APRENDIZAJES
1. Conduce de manera participativa la planificación institucional sobre la base del conocimiento de los
procesos pedagógicos, el clima escolar, las características de los estudiantes y su entorno; y la orienta
hacia el logro de metas de aprendizaje.
2. Diseña de manera participativa los instrumentos de gestión escolar teniendo en cuenta las características
del entorno institucional, familiar y social; estableciendo metas de aprendizaje.
3. Promueve espacios y mecanismos de organización y participación del colectivo escolar en la toma de
decisiones, y en el desarrollo de acciones previstas para el cumplimiento de las metas de aprendizaje.
4. Genera un clima escolar basado en el respeto a la diversidad, colaboración y comunicación permanente.
5. Maneja estrategias de prevención y resolución pacífica de conflictos mediante el diálogo, el consenso y la
negociación.
6. Promueve la participación organizada de las familias, y otras instancias de la comunidad, para el logro de
las metas de aprendizaje a partir del reconocimiento de su capital cultural.
7. Gestiona el uso óptimo de la infraestructura, equipamiento y material educativo disponible, en beneficio
de una enseñanza de calidad y el logro de las metas de aprendizaje de los estudiantes.
8. Gestiona el uso óptimo del tiempo en la institución educativa a favor de los aprendizajes, asegurando el
cumplimiento de metas y resultados en beneficio de todos los estudiantes.
9. Gestiona el uso óptimo de los recursos financieros en beneficio de las metas de aprendizaje trazadas por
la institución educativa, bajo un enfoque orientado a resultados.
10. Gestiona el desarrollo de estrategias de prevención y manejo de situaciones de riesgo que aseguren la
seguridad e integridad de los miembros de la comunidad educativa.
11. Dirige el equipo administrativo y/o de soporte de la institución educativa orientando su desempeño hacia
el logro de los objetivos institucionales.
12. Gestiona la información que produce la escuela y la emplea como insumo en la toma de decisiones
institucionales en favor de la mejora de los aprendizajes
13. Implementa estrategias y mecanismos de transparencia y rendición de cuentas sobre la gestión escolar
ante la comunidad educativa.
14. Conduce de manera participativa los procesos de autoevaluación y mejora continua, orientándolos al
logro de las metas de aprendizaje.
DOMINIO II
ORIENTACIÓN DE LOS PROCESOS PEDAGÓGICOS PARA LA MEJORA DE LOS APRENDIZAJES
15. Gestiona oportunidades de formación continua para los docentes, orientada a mejorar su desempeño en
función al logro de las metas de aprendizaje.
16. Genera espacios y mecanismos para el trabajo colaborativo entre los docentes, y la reflexión sobre las
prácticas pedagógicas que contribuyen a la mejora de la enseñanza y del clima escolar.
17. Estimula las iniciativas de los docentes relacionadas a innovaciones e investigaciones pedagógicas, e
impulsa su sistematización.
18. Orienta y promueve la participación del equipo docente en los procesos de planificación curricular, a
partir de los lineamientos del sistema curricular y en articulación con la propuesta curricular regional.
19. Propicia una práctica docente basada en el aprendizaje colaborativo y por indagación; y el conocimiento
de la diversidad existente en el aula y lo que es pertinente a ella.
20. Monitorea y orienta el uso de estrategias y recursos metodológicos, así como el uso efectivo del tiempo
y materiales educativos, en función del logro de las metas de aprendizaje de los estudiantes y considerando
la atención de sus necesidades específicas.
21. Monitorea y orienta el proceso de evaluación de los aprendizajes a partir de criterios claros y coherentes
con los aprendizajes que se desean lograr, asegurando la comunicación oportuna de los resultados y la
implementación de acciones de mejora.
DE LOS ÓRGANOS TÉCNICO PEDAGÓGICOS
Art. 21º
Son los encargados de conducir las acciones Educativas de la IEI en los Servicio de Jardín. Lograr los
objetivos y metas establecidas en la Educación. Está conformado por la Directora, Docentes y Auxiliares
FUNCIONES DE LOS DOCENTES
Art. 22°.- Son funciones de la Docente.
Dominio 1: Preparación para el aprendizaje de los estudiantes.
a) Demuestra conocimiento y comprensión de las características individuales, socioculturales y evolutivas
de sus estudiantes y de sus necesidades especiales.
b) Demuestra conocimientos actualizados y comprensión de los conceptos fundamentales de las
disciplinas comprendidas en el área curricular que enseña.
c) Demuestra conocimiento actualizado y comprensión de las teorías y prácticas pedagógicas y de la
didáctica de las áreas que enseña.
d) Elabora la programación curricular analizando con sus compañeros el plan más pertinente a la realidad
de su aula, articulando de manera coherente los aprendizajes que se promueven, las características de
los estudiantes y las estrategias y medios seleccionados.
e) Selecciona los contenidos de la enseñanza, en función de los aprendizajes fundamentales que el marco
curricular nacional, la escuela y la comunidad buscan desarrollar en los estudiantes.
f) Diseña creativamente procesos pedagógicos capaces de despertar curiosidad, interés y compromiso
en los estudiantes, para el logro de los aprendizajes previstos.
g) Contextualiza el diseño de la enseñanza sobre la base del reconocimiento de los intereses, nivel de
desarrollo, estilos de aprendizaje e identidad cultural de sus estudiantes.
h) Crea, selecciona y organiza diversos recursos para los estudiantes como soporte para su aprendizaje.
i) Diseña la evaluación de manera sistemática, permanente, formativa y diferencial en concordancia con
los aprendizajes esperados.
j) Diseña la secuencia y estructura de las sesiones de aprendizaje en coherencia con los logros
esperados de aprendizaje y distribuye adecuadamente el tiempo.
Dominio 2: Enseñanza para el aprendizaje de los estudiantes.
a. Construye, de manera asertiva y empática, relaciones interpersonales con y entre los estudiantes,
basados en el afecto, la justicia, la confianza, el respeto mutuo y la colaboración.
b. Orienta su práctica a conseguir logros en todos sus estudiantes, y les comunica altas expectativas sobre
sus posibilidades de aprendizaje.
c. Promueve un ambiente acogedor de la diversidad, en el que ésta se exprese y sea valorada como
fortaleza y oportunidad para el logro de aprendizajes.
d. Genera relaciones de respeto, cooperación y soporte de los estudiantes con necesidades educativas
especiales.
e. Resuelve conflictos en diálogo con los estudiantes sobre la base de criterios éticos, normas concertadas
de convivencia, códigos culturales y mecanismos pacíficos.
f. Organiza el aula y otros espacios de forma segura, accesible y adecuada para el trabajo pedagógico y
el aprendizaje, atendiendo a la diversidad.
g. Reflexiona permanentemente, con sus estudiantes, sobre experiencias vividas de discriminación y
exclusión, y desarrolla actitudes y habilidades para enfrentarlas.
h. Controla permanentemente la ejecución de su programación observando su nivel de impacto tanto en el
interés de los estudiantes como en sus aprendizajes, introduciendo cambios oportunos con apertura y
flexibilidad para adecuarse a situaciones imprevistas.
i. Propicia oportunidades para que los estudiantes utilicen los conocimientos en la solución de problemas
reales con una actitud reflexiva y crítica.
j. Constata que todos los estudiantes comprenden los propósitos de la sesión de aprendizaje y las
expectativas de desempeño y progreso.
k. Desarrolla, cuando corresponda, contenidos teóricos y disciplinares de manera actualizada, rigurosa y
comprensible para todos los estudiantes.
l. Desarrolla estrategias pedagógicas y actividades de aprendizaje que promueven el pensamiento crítico
y creativo en sus estudiantes y que los motiven a aprender.
m. Utiliza recursos y tecnologías diversas y accesibles, y el tiempo requerido en función del propósito de la
sesión de aprendizaje.
n. Maneja diversas estrategias pedagógicas para atender de manera individualizada a los estudiantes con
necesidades educativas especiales
o. Utiliza diversos métodos y técnicas que permiten evaluar en forma diferenciada los aprendizajes
esperados, de acuerdo con el estilo de aprendizaje de los estudiantes.
p. Elabora instrumentos válidos para evaluar el avance y logros en el aprendizaje individual y grupal de los
estudiantes.
q. Sistematiza los resultados obtenidos en las evaluaciones para la toma de decisiones y la
retroalimentación oportuna.
r. Evalúa los aprendizajes de todos los estudiantes en función de criterios previamente establecidos,
superando prácticas de abuso de poder.
s. Comparte oportunamente los resultados de la evaluación con los estudiantes, sus familias y autoridades
educativas y comunales, para generar compromisos sobre los logros de aprendizaje.
Dominio 3: Participación en la gestión de la escuela articulada a la comunidad.
a. Interactúa con sus pares, colaborativamente y con iniciativa, para intercambiar experiencias, organizar
el trabajo pedagógico, mejorar la enseñanza y construir de manera sostenible un clima democrático en
la escuela.
b. Participa en la gestión del Proyecto Educativo Institucional, del currículo y de los planes de mejora
continua, involucrándose activamente en equipos de trabajo.
c. Desarrolla individual y colectivamente proyectos de investigación, innovación pedagógica y mejora de la
calidad del servicio educativo de la escuela.
d. Fomenta respetuosamente el trabajo colaborativo con las familias en el aprendizaje de los estudiantes,
reconociendo sus aportes.
e. Integra críticamente en sus prácticas de enseñanza, los saberes culturales y los recursos de la
comunidad y su entorno.
f. Comparte con las familias de sus estudiantes, autoridades locales y
g. de la comunidad, los retos de su trabajo pedagógico, y da cuenta de sus
h. avances y resultados
Dominio 4: Desarrollo de la profesionalidad y la identidad docente.
a. Reflexiona en comunidades de profesionales sobre su práctica pedagógica e institucional y el
aprendizaje de todos sus estudiantes.
b. Participa en experiencias significativas de desarrollo profesional, en concordancia con sus
necesidades, las de los estudiantes y las de la escuela.
c. Participa en la generación de políticas educativas de nivel local, regional y nacional, expresando
una opinión informada y actualizada sobre ellas, en el marco de su trabajo profesional.
d. Actúa de acuerdo a los principios de la ética profesional docente y resuelve dilemas prácticos y
normativos de la vida escolar en base a ellos.
e. Actúa y toma decisiones respetando los derechos humanos y el principio del bien superior del
niño y el adolescente.
FUNCIONES DE AUXILIAR DE CENTRO
Art. 23°
Son sus funciones de la auxiliar de centro.
1. Fomenta hábitos de disciplina, buenas costumbres, puntualidad, higiene y estudio entre los educandos así
como el correcto y ordenado uso del uniforme escolar.
2. Controla el ingreso y salida del alumnado según el horario establecido
3. Da cuenta a la autoridad superior inmediata de los problemas más graves, que se puedan suscitar dentro del
plantel.
4. Da solución inmediata a los distintos problemas que puedan ocasionarse entre alumnos. Actuando con
criterio de acuerdo a su realidad.
5. Mantener actualizado el registro de asistencia y cuaderno de control sellándolos al ingresar los alumnos de
las secciones a su cargo según el reglamento disciplinario.
6. Se encarga de las actividades permanentes como: Ingreso, formación, recreo, salida de los educandos.
7. Apoya activamente en el desarrollo de las actividades Cívico -Patrióticas desde el inicio hasta el final en la
búsqueda de la identidad de los alumnos con los contenidos y objetivos de las actividades que se llevan a
cabo.
8. Orienta y dirige a los educandos para la conservación de la infraestructura, mobiliario, material didáctico,
laboratorio y biblioteca,
9. Remite citaciones, recomendaciones y otros a los padres de familia,
10. Atiende y auxilia a los educandos en caso de accidente conduciéndolos al centro hospitalario con previo
conocimiento de la Dirección,
11. Revisa y decomisa, a los alumnos reincidentes, todo objeto ajeno a! quehacer educativo, dando cuenta al
Tutor y a la Dirección para una entrevista con los padres y acuerdo bajo documentos, cuya entrega será al
finalizar el año.
12. Organiza el funcionamiento de las escoltas, brigadieres y policías escolares.
13. Brinda buen trato a los alumnos, padres de Familia y profesores de la comunidad educativa para la mejor
organización y desarrollo Institucional.
14. Comunicar a la Dirección antes de hacerse cargo de una sección por ausencia de un profesor. Supervisa el
cumplimiento de las tareas escolares y controla la disciplina del mismo.
15. Colaborar con los tutores y/o asesores a la motivación y ejecución de las diferentes actividades educativas.
16. Coordina con el Tutor para poner la nota de conducta
17. Realiza las formaciones del alumnado en el patio cada lunes así como en las actuaciones centrales.
18. Informa al término del año escolar y antes de la elaboración de las actas finales, la relación de alumnos
retirados y trasladados.
19. Coordina con Dirección para la elaboración de Nóminas Oficiales de alumnos en el mes de marzo.
20. Informa por escrito a los padres de familia través del cuaderno de control en el caso que se regrese al
alumno a su casa (Previa coordinación con la Dirección)
21. Elabora las Libretas de Notas de las secciones a su cargo en coordinación con el Tutor del Aula.
22. Formula oportunamente la relación escrita de los alumnos con problemas de comportamiento para derivarlos
a DEMUNA
23. Cumplir con su jornada y horario de trabajo,
24. Los auxiliares de educación asumirán opcionalmente la capacitación en primeros auxilios y cursos
relacionados con su función.
25. El auxiliar de educación debe tener al día su carpeta Pedagógica, y presentarla a la Dirección para su
revisión y Vº B° correspondiente. Esta carpeta debe contener:
a. Plan de trabajo.
b. Normas y dispositivos relacionados con su función.
c. Elabora la libreta de notas,
d. Relación de profesores según especialidad.
e. Distribución de horas.
f. Relación de alumnos por grados y secciones, según el tumo.
g. Cuaderno de seguimiento conductual de los alumnos.
h. Relación de alumnos con problemas de conducía,
i. Informe periódico de los alumnos observados por disciplina,
j. Criterios de evaluación conductual del alumno,
k. Presentar informe anua! (Logros, dificultades sugerencias),
26. La jomada laboral de los auxiliares de educación es de 30 horas semanales distribuidos en 6 horas diarias.
27. El auxiliar de educación ingresará por lo menos con 25 minutos de anticipación a la hora normal del ingreso
al plantel. Su salida será obligatoriamente bajo responsabilidad por lo menos con 25 minutos después de la
hora de salida de los alumnos. En dicho lapso cuidará de los educandos para su ingreso y salida de la I.E.
28. Difundir el reglamento interno a los alumnos.
29. Participar en la matrícula de los alumnos.
DEL ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN
DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA (D.S. 004 2006 -E.D.)
Art. 24°
Está conformado por la Asamblea General, el Consejo Directivo, El Pleno de Presidentes de Comité de Aula
El Consejo de Vigilancia y los Comités de Aula, encargados de colaborar y apoyar conjuntamente con la
Directora de la Institución, según el Plan Anual de Trabajo aprobado en el mejoramiento de los
aprendizajes de los alumnos y los servicios que brinda la IEI. Mantenimiento de la infraestructura (Aulas y
servicios higiénicos), mobiliario, Biblioteca, escolar y actividades del Calendario Cívico Escolar.
Desempeña las siguientes funciones:
a) Promover y organizar la participación de los Padres de Familia en las actividades que realiza la Institución
Educativa y en las tareas Educativas de la Comunidad, contribuyendo con el adecuado clima institucional
b) Propiciar la comprensión y cooperación y la unión entre los Padres de Familia de la Institución Educativa y la
Comunidad.
c) Brindar información sobre los ingresos y egresos económicos de la APAFA al Consejo de Vigilancia y al
Consejo Educativo institucional
d) Propiciar el mejoramiento de los servicios de infraestructura, equipamiento y mobiliario Escolar de la I.E.I.
e) Participar y colaborar en el proceso educativo respetando las disposiciones emanadas de la superioridad
Ministerio de Educación y de la UGEL Sullana en el aspecto Administrativo y Técnico Pedagógico y el
Reglamento Interno de la I.E.I.
f) Promover la Concientización positiva de los Padres de Familia para que actúen como agentes de
socialización en el desarrollo de los educandos.
g) Destinar el 20% del presupuesto APAFA para la implementación de la Biblioteca Escolar.
h) Elegir en Asamblea al Representante del Consejo Educativo Institucional,
i) Elegir en Asamblea al Representante del Comité Especial de Evaluación,
j) Elegir en Asamblea al Consejo de Vigilancia,
k) Participar en la formulación del PAT y PEI (Implementación y Evaluación).
l) I) Promover relaciones con otras Instituciones y celebrar convenios previa coordinación con la
Directora.
FUNCIONES DEL COMITÉ DE AULA
Art. 25°
El Comité de Aula es el órgano de Participación a nivel del aula y sus funciones son las siguientes:
a) Apoyar al profesor de aula en el proceso de enseñanza y Aprendizaje, respetando la edad del niño o niña.
b) Colaborar con el Consejo Directivo y Consejo de Vigilancia, en el logro de los objetivos y funciones
específicas propuestas.
c) Colaborar con el mantenimiento del aula, su conservación y/o en las actividades que el aula y/o
I.E.I. organizan, especialmente el mobiliario y material educativo.
d) Cooperar a solicitud de la profesora de aula en las actividades culturales, deportivas, sociales y las que
contribuyan a la formación integral de los educandos.
e) Informar por escrito a la Dirección sobre los acuerdos tomados en la Asamblea de Padres de Familia.
f) Mantener un ambiente agradable dentro del aula, evitando comentarios inadecuados y comportamientos
excedidos.
CAPÍTULO V
DE LA ORGANIZACIÓN ACADÉMICA
PLANIFICACIÓN
Art. 26°
El Plan de Trabajo de la I.E.I: PCC, PEÍ y los proyectos de innovación, serán elaborados, por la Directora,
Personal Docente, Auxiliar, y el representante del Consejo Directivo APAFA y Miembros del Consejo
Educativo Institucional en el mes de Diciembre.
Art. 27°
La Directora presentará el Plan Anual de Trabajo a la UGEL SULLANA, para su correspondiente
aprobación, trabajado en coordinación con el personal docente auxiliar y de servicio en base a las Directivas
del año escolar.
Para lo cual se tendrá en cuenta los ocho compromisos para la Gestión Escolar:
1.Progreso anual del aprendizaje de todas y todos los estudiantes.
2.Retención interanual de estudiantes.
3.Uso efectivo del tiempo en la institución educativa.
4.Uso efectivo del tiempo en el aula.
5.Uso adecuado de rutas de aprendizaje.
6.Uso adecuado de materiales educativos (textos, cuadernos de trabajo y material
concreto).
7.Percepción de los actores educativos sobre el clima escolar de la I.E.
8.Elaboración participativa del Plan Anual de Trabajo.
Art. 28°
La Directora, el Personal Docente, Auxiliar, y APAFA, son los responsables de la ejecución del Plan Anual
de trabajo.
Art. 29°
La Directora, el Personal Docente, Auxiliar y el Consejo Directivo -APAFA, evaluarán el avance del Plan
Anual de Trabajo, haciendo los reajustes necesarios e informarán semestralmente a la UGEL SULLANA.
Art, 30°
El Año Escolar tendrá una duración de 40 semanas desde el 9 de Marzo al 22 de Diciembre (III
TRIMESTRES)
• 1º TRIMESTRE : Del 09 de Marzo al 29 de mayo.
• 2º TRIMESTRE : Del 01 de Junio al 31 de Agosto.
• 3º TRIMESTRE : Del 01 de Setiembre al 22 de Diciembre
El periodo vacacional será del 3 al 14 de agosto
El Personal Directivo, Docente, y Auxiliar durante período vacacional elaborará su programación y
documentos de la IEI.
La Clausura se realizará el 31 de Diciembre del 2015.
DEL FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA ESCUELA
Art 31°
En la calendarización del año escolar 2014 se cumple 40 semanas distribuidos en tres trimestres.
a) El año escolar 2015, se iniciará el 09 de Marzo y finalizará el 22 de diciembre.
b) El primer trimestre dura 12 semanas del 09 de Marzo al 29 de mayo haciendo un total de 285 horas
efectivas.
c) El segundo trimestre dura 10 semanas del 01 de Junio al 31 de agosto haciendo un total de 260 horas
efectivas.
d) El tercer trimestre dura 16 semanas del 01 de Setiembre al 22 de Diciembre haciendo un total de 380 horas
efectivas.
e) El año académico en la I.E.I tiene una duración de 40 semanas con 925 horas efectivas de clases.
CAPITULO VI
DEL PROCESO DE MATRÍCULA, EVALUACIÓN, PROMOCIÓN
Y CERTIFICACIÓN
Art 32º
El Acceso a la Institución Educativa Inicial N° 519 “Santa Teresita del Niño Jesús” – Caserío de Chilaco
Pelados, está dirigida a los niños y niñas menores de 6 años (3,4 y 5 años).
Art. 33°
Los Educandos que no poseen documentos de identidad no están impedidos de ingresar al nivel de
Educación Inicial Se les brindará el asesoramiento respectivo.
Art. 34°
Los documentos para matricular al niño o niña al Servicio de Jardín son: Fotocopia del DNI del niño, Copia
del DNI del Padre, Madre y/o Apoderado, y copia de tarjeta de Vacunas.
Art. 35°
En ningún momento se exigirá la presentación de la Partida de Matrimonio Civil o Religioso de los padres
como requisito para la matricula.
MATRICULA.
Art. 36°
La matrícula se registra en la Ficha Integral de la I.E.I La Información de esta ficha se actualiza
periódicamente en el Sistema SIAGIE.
En la priorización de la matrícula se tiene en cuenta lo siguiente:
El tener hermanos en la mismo institución.
En ningún caso se aplicará test de inteligencia y otras pruebas similares.
Requiere la presentación de la Ficha integral e Informe del progreso del niño y niña en caso de traslados de
otra I.E.I. Asimismo del código del educando.
Art. 37º
El traslado de matrícula en la IEl., solo se puede realizarse hasta el fin del octavo mes de clase. La
ratificación de la matrícula se hace antes del inicio del año lectivo siguiente.
CAPÍTULO VIII
DE LOS DERECHOS. OBLIGACIONES, FALTAS, ESTÍMULOS Y
RECOMENDACIONES A LOS EDUCANDOS
DE LOS ALUMNOS
Art 38°
Los derechos de los educandos son:
a) Recibir formación integral en cada sección de estudio.
b) Que le brinden seguridad física y moral.
c) Ser tratado con dignidad y respeto, sin discriminación de sexo, raza, color y/o religión.
d) Recibir en forma gratuita los servicios educativos de acuerdo a las normas legales vigentes,
e) Recibir estímulo en mérito al cumplimiento de sus deberes.
Art 39°
Las obligaciones de los educandos: son:
a) Respetar a sus profesoras, auxiliares, personal administrativo y otras personas mayores,
b) Cuidar los ambientes» y mobiliario y demás instalaciones del centro educativo.
c) Participar en forma responsable en las actividades educativas y cívicas patrióticas.
Art. 40°
Constituyen faltas de los educandos:
a) Incumplir sus deberes y obligaciones tipificados en el presente reglamento.
b) Llegar tarde al plantel o a su aula.
c) No respetar a su profesora
d) No asistir correctamente uniformados,
e) Asistir desaseado a la IEI
f) Agredir a sus compañeros
Art 41°
Recomendaciones a los educandos; son los siguientes:
a) Recomendación verbal o escrita del profesor a! niño, niña y PPFF.
b) Recomendación verbal o escrita del Director al niño, niña y PPFF
Art. 42°
Premios y estímulos a los educandos.
a) Felicitación verba! y/o escrita del profesor.
b) Obsequio de material educativo.
c) Decreto de felicitación de la Dirección
DE LOS PADRES DE FAMILIA:
Art. 43°
Los derechos de los Padres de familia son:
a) Recibir para sus hijos una adecuada formación pedagógica de acuerdo con las necesidades e intereses de
los niños y con una metodología actualizada.
b) Ser orientado y capacitado en temas de salud, nutrición y en escuela de Padres.
c) Ser tratado con dignidad y respeto, sin discriminación de sexo, raza, color y/o religión.
d) Recibir en forma gratuita para sus hijos los servicios educativos de acuerdo a las normas legales vigentes.
e) Recibir estímulo en mérito al cumplimiento de sus deberes como Padre de Familia responsable
f) Ser comunicado oportunamente sobre el avance de sus hijos; así como de su comportamiento.
g) Ser informado de cualquier problema que se haya suscitado en la Institución Educativa durante el horario de
clases: golpes, agresión por otro niño, malestar en clase, etc.
Art. 44°
Las obligaciones de los padres de familia son:
a) Respetar a sus profesoras, auxiliares, personal administrativo y otros miembros de la Comunidad educativa.
b) Cumplir con la lista completa de útiles escolares y cuota de aula
c) Participar de las actividades programadas por la Institución
d) Enviar a su menor hijo aseado a la Institución Educativa y diariamente.
e) Cumplir con el horario escolar establecido:
f) Participar en forma responsable de las actividades educativas y cívicas patrióticas.
g) Enviar a su menor hijo una lonchera nutritiva. Participar de la lonchera nutritiva de la institución.
h) Responsabilizarse por los daños que el niño pueda ocasionar a la Institución; reparando los muebles según
sea el caso o comprando el material afectado.
i) Colaborar por el bienestar de la Institución en caso de emergencia: Enfermedad grave de un miembro de la
Comunidad Educativa, Fallecimiento, Accidente u otro ocasionado por un fenómeno de la naturaleza.
j) Respetar los acuerdos que se establezcan en las Asambleas de aula, APAFA.
k) Cumplir con los horarios establecidos para las Asambleas de Aula, APAFA, etc.
l) Evitar los malos comentarios y murmuraciones que atenten contra el honor de algún miembro de la
Comunidad educativa,
m) Cumplir el presente Reglamento Interno
Art. 45°
Constituyen faltas de los padres de familia:
a) Incumplir sus deberes y obligaciones tipificados en el presente reglamento,
b) Enviar y recoger a su hijo fuera del horario escolar por lo cual la amonestación será la siguiente:
• Por tres tardanzas al mes:
Primera llamada de atención verbal por la Directora.
• Primera reincidencia:
Suspensión por el equivalente de un día.
• Segunda reincidencia:
Amonestación escrita publicada en la puerta del Plantel y suspensión por dos días
• Tercera reincidencia:
Amonestación escrita publicada en la Puerta del Plantel y suspensión por 10 días.
c) Faltar al respeto a la Profesora o auxiliar de aula, considerando gritos, malas palabras y excesos por lo cual
se aplicará la sanción establecida.
d) Faltar a las Asambleas programadas por la institución, por lo cual se hará acreedor a la multa establecida.
e) Ingresar a la Institución en estado etílico o con muestras de haber consumido sustancias tóxicas, por lo cual
se aplicará la sanción establecida.
f) Sustraer objetos o dinero de la Institución, del Comité de Aula u otros.
Los padres de familia que incurran con mayor frecuencia en estas acciones tipificaran faltas de carácter
disciplinario por lo tanto están sujetos a las siguientes sanciones:
• Por faltas establecidas en el reglamento:
Primera llamada de atención verbal por la Directora.
• Primera reincidencia:
Primera llamada de atención escrita por la Directora y CONEÍ
• Segunda reincidencia:
Segunda llamada de atención escrita por la Directora y CONEI
• Tercera reincidencia:
Publicación de la falta en la puerta de la Institución
• Cuarta reincidencia:
Informe en asamblea pública de la falta y declaración como persona no grata al autor de la falta.
Art. 46º
Premios y estímulos a los padres de familia
e) Oficio de felicitación de la Dirección.
CAPÍTULO IX
DE LOS DERECHOS. OBLIGACIONES, FALTAS, ESTÍMULOS Y
RECOMENDACIONES A LOS DOCENTES
Art. 47°
El personal docente que labora en la Institución Educativa debe organizarse y gozar de buena salud física y
mental debidamente acreditada, tener personalidad equilibrada y mostrar cualidades para el trabajo con los
niños y niñas.
Art. 48°
El personal que labora en la Institución Educativa Inicial, cualquiera que sea el cargo que desempeñe,
brindará protección igualitaria para todos los niños y niñas.
Art. 49°
Por todas las inasistencias injustificadas se descontará el equivalente al valor integro de la remneración
básica correspondiente al día no laborado.
Art. 50°
La justificación de inasistencias por enfermedad se efectuará con los documentos justificatorios
correspondientes que acrediten la dolencia que origino la ausencia.
Art. 51°
Constituye una tardanza pasado 15 minutos de tolerancia de la hora indicada.
Art. 52°
Las justificaciones de inasistencia por razones personales y particulares por dos días consecutivos serán
otorgadas por la superioridad como permiso y por 5 días por la UGEL.
Art. 53°
Los docentes que con frecuencia incurran en inasistencias y tardanzas injustificadas tipificaran faltas de
carácter disciplinario, por tanto estarán sujetos a las siguientes sanciones:
 Cinco tardanzas o más al mes las sanciones serán:
o Por primera vez: Llamada de atención de la dirección de I.E.I
o Primera Reincidencia: amonestación por escrito.
o Segunda reincidencia: Multa por un día de su remuneración.
o Tercera reincidencia: Suspensión del Cargo por tres (03) días sin goce de haber.
o Cuarta reincidencia: Traslado disciplinario.
o Quinta reincidencia: separación definitiva del cargo.
Art. 54°
La solicitud de justificación será otorgada por la Dirección de la Institución hasta por dos días al año.
CAPITULO X
ADMINISTRACION DE RECURSOS
Art. 54°
La administración de recursos financieros de la Institución educativa Inicial es de responsabilidad de la
junta directiva (APAMAFA) y de la Dirección del Plantel.
Art. 55°
La Junta Directiva (/APAMAFA), deberá rendir informe de su gestión administrativa a la asamblea de
Padres de Familia y a la directora en forma bimestral o como se halla coordinado.
CAPITULO XI
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Art. 56°
Los casos no contemplados en el presente reglamento serán resueltos por la Directora, en coordinación
con Concejo Directivo (CONEI) y la docente.
Chilaco Pelados, Enero del 2015

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Reglamento interno i.e. 519

  • 1. "AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN". REGLAMENTO INTERNO DE LA INSTITUCION EDUCATIVA INICIAL “SANTA TERESITA DEL NIÑO JESÚS” CHILACO PELADOS P R E S E N T A C I Ó N El presente documento ha sido elaborado con la participación de todos los miembros que pertenecen a la Institución Educativa Inicial como: Padres de Familia, docentes, alumnos y comunidad en general. Este documento norma las funciones y organización de la Institución así como de cada uno de sus integrantes y de las relaciones que deben existir con los miembros que la componen. Este reglamento tiene bases legales en la Constitución Política del Perú, así como en decretos supremos emitidos por el Ministerio de Educación. Así también norma las funciones específicas de los órganos que la conforman, como el trabajo educativo, su organización, su planeamiento educativo, evaluaciones, etc. Este documento tiene vigencia durante todo el presente año lectivo 2015 estando sujeto a dichas normas los educandos, padres de familia y personal docente de la Institución Educativa Inicial “Santa Teresita del Niño Jesús” del caserío de Chilaco Pelados, jurisdicción del distrito de Lancones, Provincia de Sullana, departamento de Piura. LA DIRECCION
  • 2. REGLAMENTO INTERNO DE LA INSTITUCION EDUCATIVA INICIAL Nº 519 “SANTA TERESITA DEL NIÑO JESÚS” CHILACO PELADOS CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES CONCEPTO, LINEA AXIOLÓGICA. ALCANCES Y BASES LEGALES: DEL REGLAMENTO Art. 1º El presente reglamento Interno es un instrumento normativo que establece las normas básicas para la organización y funcionamiento de la Institución Educativa Inicial Nº 519 “Santa Teresita del Niño Jesús” en la modalidad de Educación Inicial, a fin de cumplir sus fines y línea axiológica trazada por la Directora en concordancia con las disposiciones vigentes. Art. 2º Nuestra línea axiológica se caracteriza por el trabajo eficiente y responsable, teniendo como lema "Con Compromiso y Amor ayudaremos a construir un mundo Justo y Mejor”. Art. 3º Todos los miembros de la Comunidad Educativa están obligados a respetar y cumplir el presente Regiamente Interno. Art. 4º El presente Reglamento interno tiene la siguiente Base Legal: 1. Constitución Política del Perú. 2. Ley № 23384, Ley General de Educación con sus modificatorias 23623, 24194 y 25306. 3. D. S. № 01 - 83 E. D. Reglamento de Educación inicial. 4. Ley № 24029 Ley del profesorado y su modificatoria 25212. 5. Proyecto Educativo Nacional 6. D.S. № 009 - 2005 - ED, Reglamento de la Gestión de! Sistema Educativo. 7. Ley Nº 29944 Reglamento Nueva Ley. 8. RM. N° 556-2014, Normas y Orientaciones para el desarrollo de! año escolar 2015 en la Educ. Basica. 9. R.M. №440-2008 - ED. Diseño Curricular Nacional de Educación Básica Regular. 10. DS N* 007-2001 -ED, Manual del Director 11. Reglamento de Supervisión 12. Manual del desempeño docente 13. Manual de Desempeño Directivo Art. 5° El presente Reglamento Interno será de conocimiento de todos los integrantes de la Comunidad educativa para su fiel cumplimiento.
  • 3. CAPITULO II DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEL FUNCIONAMIENTO Art. 6º Constituyen La Comunidad Educativa: 1. La Directora; 2. Personal Docente; 3. APAFA 4. Alumnos y 5. Padres de Familia. Art. 7º. La Institución Educativa Inicial N° 519 “Santa Teresita del Niño Jesús” – Caserío de Chilaco Pelados, jurisdicción del Distrito de Lancones, Provincia de Sullana, Dpto. de Piura, es una Institución de derecho público orientado a promover y fomentar la educación; como personería jurídica expendida por Resolución Directoral Nº 497 del 12 de mayo de 1981. Art 8º Para cualquier efecto la Institución se denomina Institución Educativa Inicial N° 519 “Santa Teresita del Niño Jesús”, cuyo domicilio legal es en el Caserío de Chilaco Pelados, jurisdicción del Distrito de Lancones, Provincia de Sullana, Dpto. de Piura. Art. 9° La Institución Educativa Inicial N° 519 “Santa Teresita del Niño Jesús” – Caserío de Chilaco Pelados, es creada mediante Resolución Directoral Nº 497 para atender en el Nivel Inicial a niños en el servicio de Jardín a niños de 3, 4 y 5 años. Art. 10° Son fines de La Institución Educativa Inicial N° 519 “Santa Teresita del Niño Jesús” – Caserío de Chilaco Pelados: a. Contribuir a la superación cultura! de la población de la comunidad. b. Promover y fomentar la educación, sin fines de lucro; no discriminado, en el nivel Inicial, de acuerdo con las normas legales vigentes. c. Cultivar en los niños los valores morales, sociales, cívicos, solidarios y culturales de la colectividad. OBJETIVOS Art. 11° Son objetivos de La Institución Educativa Inicial N° 519 “Santa Teresita del Niño Jesús” – Caserío de Chilaco Pelados:
  • 4. a. Prevenir, descubrir y tratar los problemas oportunamente de orden bio-psicosocial que puedan perturbar el desarrollo del niño. b. Contribuir a la integración y fortalecimiento de la familia y la comunidad. c. Estimular la capacidad creativa, orientar el desarrollo vocacional y propiciar la adquisición de hábitos de seguridad, orden, higiene, urbanidad y equilibrada relación social. d. Promover la práctica de valores cívico - patrióticos, estéticos y religiosos. FUNCIONES Art. 12° a. Son funciones de La Institución Educativa Inicial N° 519 “Santa Teresita del Niño Jesús” – Caserío de Chilaco Pelados. Impartir una educación adecuada en los niveles de Educación Inicial acorde con los lineamientos de política educativa y a la línea axiológica trazada por la Comunidad Educativa. b. Promover la integración y la participación activa de los miembros de la comunidad educativa. c. Estimular a los miembros de la comunidad educativa que destaquen en el cumplimiento de sus funciones; así como por las acciones extraordinarias que realicen. Art. 13° Los servicios dirigidos a los Padres de Familia comprenden: Escuela de Padres. Los servicios complementarios están dirigidos a brindar atención que permite proporcionar a los niños el ambiente necesario, alimentación adecuada, preservación de la salud, primeros auxilios, medios de seguridad y recreativos. HORARIOS Art. 14° El horario de Ingreso y salida de los niños está distribuido de la siguiente manera: • INGRESO: 8:00 am, a 8:30 am. • RECREO: 10:30 a 11:00 • SALIDA: 12:10 m. 3 años 12:20 m 4 años 12:30 m 5 años
  • 5. CAPÍTULO III DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DISEÑO ORGANIZACÍONAL Art. 15° A efectos del cabal cumplimiento de las funciones y objetivos de nuestra Institución, se adapta la siguiente estructura orgánica: a. Órgano de Dirección b. Órgano Consultivo c. Órgano Ejecutivo d. Órgano de Apoyo e. Órgano de Participación. Art. 16° El Órgano de Dirección está constituido por la Directora, encargado de planificar, controlar y evaluar el proceso técnico - pedagógico y administrativo de la Institución Educativa Inicial N° 519 “Santa Teresita del Niño Jesús” – Caserío de Chilaco Pelados. Art. 17° La Directora es la primera autoridad de la Institución Educativa Inicial N° 519 “Santa Teresita del Niño Jesús” – Caserío de Chilaco Pelados. Asume responsabilidades de conducción y administración de la Institución, para lo cual cuenta con facultades de Dirección y de Gestión ante el Ministerio de Educación. Art. 18° La Directora desempeña el cargo a tiempo completo.40 horas con aula a cargo. Art. 19° Son requisitos básicos para ser Directora: a. Tener Título Profesional pedagógico b. Experiencia docente de (5) años como mínimo y c. Reconocida solvencia moral. FUNCIONES DE LA DIRECTORA. Art. 20º.- Son funciones de la Directora. DOMINIO I GESTIÓN DE LAS CONDICIONES PARA LA MEJORA DE LOS APRENDIZAJES 1. Conduce de manera participativa la planificación institucional sobre la base del conocimiento de los procesos pedagógicos, el clima escolar, las características de los estudiantes y su entorno; y la orienta hacia el logro de metas de aprendizaje. 2. Diseña de manera participativa los instrumentos de gestión escolar teniendo en cuenta las características del entorno institucional, familiar y social; estableciendo metas de aprendizaje. 3. Promueve espacios y mecanismos de organización y participación del colectivo escolar en la toma de decisiones, y en el desarrollo de acciones previstas para el cumplimiento de las metas de aprendizaje.
  • 6. 4. Genera un clima escolar basado en el respeto a la diversidad, colaboración y comunicación permanente. 5. Maneja estrategias de prevención y resolución pacífica de conflictos mediante el diálogo, el consenso y la negociación. 6. Promueve la participación organizada de las familias, y otras instancias de la comunidad, para el logro de las metas de aprendizaje a partir del reconocimiento de su capital cultural. 7. Gestiona el uso óptimo de la infraestructura, equipamiento y material educativo disponible, en beneficio de una enseñanza de calidad y el logro de las metas de aprendizaje de los estudiantes. 8. Gestiona el uso óptimo del tiempo en la institución educativa a favor de los aprendizajes, asegurando el cumplimiento de metas y resultados en beneficio de todos los estudiantes. 9. Gestiona el uso óptimo de los recursos financieros en beneficio de las metas de aprendizaje trazadas por la institución educativa, bajo un enfoque orientado a resultados. 10. Gestiona el desarrollo de estrategias de prevención y manejo de situaciones de riesgo que aseguren la seguridad e integridad de los miembros de la comunidad educativa. 11. Dirige el equipo administrativo y/o de soporte de la institución educativa orientando su desempeño hacia el logro de los objetivos institucionales. 12. Gestiona la información que produce la escuela y la emplea como insumo en la toma de decisiones institucionales en favor de la mejora de los aprendizajes 13. Implementa estrategias y mecanismos de transparencia y rendición de cuentas sobre la gestión escolar ante la comunidad educativa. 14. Conduce de manera participativa los procesos de autoevaluación y mejora continua, orientándolos al logro de las metas de aprendizaje. DOMINIO II ORIENTACIÓN DE LOS PROCESOS PEDAGÓGICOS PARA LA MEJORA DE LOS APRENDIZAJES 15. Gestiona oportunidades de formación continua para los docentes, orientada a mejorar su desempeño en función al logro de las metas de aprendizaje. 16. Genera espacios y mecanismos para el trabajo colaborativo entre los docentes, y la reflexión sobre las prácticas pedagógicas que contribuyen a la mejora de la enseñanza y del clima escolar. 17. Estimula las iniciativas de los docentes relacionadas a innovaciones e investigaciones pedagógicas, e impulsa su sistematización. 18. Orienta y promueve la participación del equipo docente en los procesos de planificación curricular, a partir de los lineamientos del sistema curricular y en articulación con la propuesta curricular regional. 19. Propicia una práctica docente basada en el aprendizaje colaborativo y por indagación; y el conocimiento de la diversidad existente en el aula y lo que es pertinente a ella. 20. Monitorea y orienta el uso de estrategias y recursos metodológicos, así como el uso efectivo del tiempo y materiales educativos, en función del logro de las metas de aprendizaje de los estudiantes y considerando la atención de sus necesidades específicas. 21. Monitorea y orienta el proceso de evaluación de los aprendizajes a partir de criterios claros y coherentes con los aprendizajes que se desean lograr, asegurando la comunicación oportuna de los resultados y la implementación de acciones de mejora.
  • 7. DE LOS ÓRGANOS TÉCNICO PEDAGÓGICOS Art. 21º Son los encargados de conducir las acciones Educativas de la IEI en los Servicio de Jardín. Lograr los objetivos y metas establecidas en la Educación. Está conformado por la Directora, Docentes y Auxiliares FUNCIONES DE LOS DOCENTES Art. 22°.- Son funciones de la Docente. Dominio 1: Preparación para el aprendizaje de los estudiantes. a) Demuestra conocimiento y comprensión de las características individuales, socioculturales y evolutivas de sus estudiantes y de sus necesidades especiales. b) Demuestra conocimientos actualizados y comprensión de los conceptos fundamentales de las disciplinas comprendidas en el área curricular que enseña. c) Demuestra conocimiento actualizado y comprensión de las teorías y prácticas pedagógicas y de la didáctica de las áreas que enseña. d) Elabora la programación curricular analizando con sus compañeros el plan más pertinente a la realidad de su aula, articulando de manera coherente los aprendizajes que se promueven, las características de los estudiantes y las estrategias y medios seleccionados. e) Selecciona los contenidos de la enseñanza, en función de los aprendizajes fundamentales que el marco curricular nacional, la escuela y la comunidad buscan desarrollar en los estudiantes. f) Diseña creativamente procesos pedagógicos capaces de despertar curiosidad, interés y compromiso en los estudiantes, para el logro de los aprendizajes previstos. g) Contextualiza el diseño de la enseñanza sobre la base del reconocimiento de los intereses, nivel de desarrollo, estilos de aprendizaje e identidad cultural de sus estudiantes. h) Crea, selecciona y organiza diversos recursos para los estudiantes como soporte para su aprendizaje. i) Diseña la evaluación de manera sistemática, permanente, formativa y diferencial en concordancia con los aprendizajes esperados. j) Diseña la secuencia y estructura de las sesiones de aprendizaje en coherencia con los logros esperados de aprendizaje y distribuye adecuadamente el tiempo. Dominio 2: Enseñanza para el aprendizaje de los estudiantes. a. Construye, de manera asertiva y empática, relaciones interpersonales con y entre los estudiantes, basados en el afecto, la justicia, la confianza, el respeto mutuo y la colaboración. b. Orienta su práctica a conseguir logros en todos sus estudiantes, y les comunica altas expectativas sobre sus posibilidades de aprendizaje. c. Promueve un ambiente acogedor de la diversidad, en el que ésta se exprese y sea valorada como fortaleza y oportunidad para el logro de aprendizajes. d. Genera relaciones de respeto, cooperación y soporte de los estudiantes con necesidades educativas especiales. e. Resuelve conflictos en diálogo con los estudiantes sobre la base de criterios éticos, normas concertadas de convivencia, códigos culturales y mecanismos pacíficos. f. Organiza el aula y otros espacios de forma segura, accesible y adecuada para el trabajo pedagógico y el aprendizaje, atendiendo a la diversidad. g. Reflexiona permanentemente, con sus estudiantes, sobre experiencias vividas de discriminación y exclusión, y desarrolla actitudes y habilidades para enfrentarlas.
  • 8. h. Controla permanentemente la ejecución de su programación observando su nivel de impacto tanto en el interés de los estudiantes como en sus aprendizajes, introduciendo cambios oportunos con apertura y flexibilidad para adecuarse a situaciones imprevistas. i. Propicia oportunidades para que los estudiantes utilicen los conocimientos en la solución de problemas reales con una actitud reflexiva y crítica. j. Constata que todos los estudiantes comprenden los propósitos de la sesión de aprendizaje y las expectativas de desempeño y progreso. k. Desarrolla, cuando corresponda, contenidos teóricos y disciplinares de manera actualizada, rigurosa y comprensible para todos los estudiantes. l. Desarrolla estrategias pedagógicas y actividades de aprendizaje que promueven el pensamiento crítico y creativo en sus estudiantes y que los motiven a aprender. m. Utiliza recursos y tecnologías diversas y accesibles, y el tiempo requerido en función del propósito de la sesión de aprendizaje. n. Maneja diversas estrategias pedagógicas para atender de manera individualizada a los estudiantes con necesidades educativas especiales o. Utiliza diversos métodos y técnicas que permiten evaluar en forma diferenciada los aprendizajes esperados, de acuerdo con el estilo de aprendizaje de los estudiantes. p. Elabora instrumentos válidos para evaluar el avance y logros en el aprendizaje individual y grupal de los estudiantes. q. Sistematiza los resultados obtenidos en las evaluaciones para la toma de decisiones y la retroalimentación oportuna. r. Evalúa los aprendizajes de todos los estudiantes en función de criterios previamente establecidos, superando prácticas de abuso de poder. s. Comparte oportunamente los resultados de la evaluación con los estudiantes, sus familias y autoridades educativas y comunales, para generar compromisos sobre los logros de aprendizaje. Dominio 3: Participación en la gestión de la escuela articulada a la comunidad. a. Interactúa con sus pares, colaborativamente y con iniciativa, para intercambiar experiencias, organizar el trabajo pedagógico, mejorar la enseñanza y construir de manera sostenible un clima democrático en la escuela. b. Participa en la gestión del Proyecto Educativo Institucional, del currículo y de los planes de mejora continua, involucrándose activamente en equipos de trabajo. c. Desarrolla individual y colectivamente proyectos de investigación, innovación pedagógica y mejora de la calidad del servicio educativo de la escuela. d. Fomenta respetuosamente el trabajo colaborativo con las familias en el aprendizaje de los estudiantes, reconociendo sus aportes. e. Integra críticamente en sus prácticas de enseñanza, los saberes culturales y los recursos de la comunidad y su entorno. f. Comparte con las familias de sus estudiantes, autoridades locales y g. de la comunidad, los retos de su trabajo pedagógico, y da cuenta de sus h. avances y resultados
  • 9. Dominio 4: Desarrollo de la profesionalidad y la identidad docente. a. Reflexiona en comunidades de profesionales sobre su práctica pedagógica e institucional y el aprendizaje de todos sus estudiantes. b. Participa en experiencias significativas de desarrollo profesional, en concordancia con sus necesidades, las de los estudiantes y las de la escuela. c. Participa en la generación de políticas educativas de nivel local, regional y nacional, expresando una opinión informada y actualizada sobre ellas, en el marco de su trabajo profesional. d. Actúa de acuerdo a los principios de la ética profesional docente y resuelve dilemas prácticos y normativos de la vida escolar en base a ellos. e. Actúa y toma decisiones respetando los derechos humanos y el principio del bien superior del niño y el adolescente. FUNCIONES DE AUXILIAR DE CENTRO Art. 23° Son sus funciones de la auxiliar de centro. 1. Fomenta hábitos de disciplina, buenas costumbres, puntualidad, higiene y estudio entre los educandos así como el correcto y ordenado uso del uniforme escolar. 2. Controla el ingreso y salida del alumnado según el horario establecido 3. Da cuenta a la autoridad superior inmediata de los problemas más graves, que se puedan suscitar dentro del plantel. 4. Da solución inmediata a los distintos problemas que puedan ocasionarse entre alumnos. Actuando con criterio de acuerdo a su realidad. 5. Mantener actualizado el registro de asistencia y cuaderno de control sellándolos al ingresar los alumnos de las secciones a su cargo según el reglamento disciplinario. 6. Se encarga de las actividades permanentes como: Ingreso, formación, recreo, salida de los educandos. 7. Apoya activamente en el desarrollo de las actividades Cívico -Patrióticas desde el inicio hasta el final en la búsqueda de la identidad de los alumnos con los contenidos y objetivos de las actividades que se llevan a cabo. 8. Orienta y dirige a los educandos para la conservación de la infraestructura, mobiliario, material didáctico, laboratorio y biblioteca, 9. Remite citaciones, recomendaciones y otros a los padres de familia, 10. Atiende y auxilia a los educandos en caso de accidente conduciéndolos al centro hospitalario con previo conocimiento de la Dirección, 11. Revisa y decomisa, a los alumnos reincidentes, todo objeto ajeno a! quehacer educativo, dando cuenta al Tutor y a la Dirección para una entrevista con los padres y acuerdo bajo documentos, cuya entrega será al finalizar el año. 12. Organiza el funcionamiento de las escoltas, brigadieres y policías escolares. 13. Brinda buen trato a los alumnos, padres de Familia y profesores de la comunidad educativa para la mejor organización y desarrollo Institucional. 14. Comunicar a la Dirección antes de hacerse cargo de una sección por ausencia de un profesor. Supervisa el cumplimiento de las tareas escolares y controla la disciplina del mismo. 15. Colaborar con los tutores y/o asesores a la motivación y ejecución de las diferentes actividades educativas. 16. Coordina con el Tutor para poner la nota de conducta 17. Realiza las formaciones del alumnado en el patio cada lunes así como en las actuaciones centrales.
  • 10. 18. Informa al término del año escolar y antes de la elaboración de las actas finales, la relación de alumnos retirados y trasladados. 19. Coordina con Dirección para la elaboración de Nóminas Oficiales de alumnos en el mes de marzo. 20. Informa por escrito a los padres de familia través del cuaderno de control en el caso que se regrese al alumno a su casa (Previa coordinación con la Dirección) 21. Elabora las Libretas de Notas de las secciones a su cargo en coordinación con el Tutor del Aula. 22. Formula oportunamente la relación escrita de los alumnos con problemas de comportamiento para derivarlos a DEMUNA 23. Cumplir con su jornada y horario de trabajo, 24. Los auxiliares de educación asumirán opcionalmente la capacitación en primeros auxilios y cursos relacionados con su función. 25. El auxiliar de educación debe tener al día su carpeta Pedagógica, y presentarla a la Dirección para su revisión y Vº B° correspondiente. Esta carpeta debe contener: a. Plan de trabajo. b. Normas y dispositivos relacionados con su función. c. Elabora la libreta de notas, d. Relación de profesores según especialidad. e. Distribución de horas. f. Relación de alumnos por grados y secciones, según el tumo. g. Cuaderno de seguimiento conductual de los alumnos. h. Relación de alumnos con problemas de conducía, i. Informe periódico de los alumnos observados por disciplina, j. Criterios de evaluación conductual del alumno, k. Presentar informe anua! (Logros, dificultades sugerencias), 26. La jomada laboral de los auxiliares de educación es de 30 horas semanales distribuidos en 6 horas diarias. 27. El auxiliar de educación ingresará por lo menos con 25 minutos de anticipación a la hora normal del ingreso al plantel. Su salida será obligatoriamente bajo responsabilidad por lo menos con 25 minutos después de la hora de salida de los alumnos. En dicho lapso cuidará de los educandos para su ingreso y salida de la I.E. 28. Difundir el reglamento interno a los alumnos. 29. Participar en la matrícula de los alumnos. DEL ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA (D.S. 004 2006 -E.D.) Art. 24° Está conformado por la Asamblea General, el Consejo Directivo, El Pleno de Presidentes de Comité de Aula El Consejo de Vigilancia y los Comités de Aula, encargados de colaborar y apoyar conjuntamente con la Directora de la Institución, según el Plan Anual de Trabajo aprobado en el mejoramiento de los aprendizajes de los alumnos y los servicios que brinda la IEI. Mantenimiento de la infraestructura (Aulas y servicios higiénicos), mobiliario, Biblioteca, escolar y actividades del Calendario Cívico Escolar. Desempeña las siguientes funciones:
  • 11. a) Promover y organizar la participación de los Padres de Familia en las actividades que realiza la Institución Educativa y en las tareas Educativas de la Comunidad, contribuyendo con el adecuado clima institucional b) Propiciar la comprensión y cooperación y la unión entre los Padres de Familia de la Institución Educativa y la Comunidad. c) Brindar información sobre los ingresos y egresos económicos de la APAFA al Consejo de Vigilancia y al Consejo Educativo institucional d) Propiciar el mejoramiento de los servicios de infraestructura, equipamiento y mobiliario Escolar de la I.E.I. e) Participar y colaborar en el proceso educativo respetando las disposiciones emanadas de la superioridad Ministerio de Educación y de la UGEL Sullana en el aspecto Administrativo y Técnico Pedagógico y el Reglamento Interno de la I.E.I. f) Promover la Concientización positiva de los Padres de Familia para que actúen como agentes de socialización en el desarrollo de los educandos. g) Destinar el 20% del presupuesto APAFA para la implementación de la Biblioteca Escolar. h) Elegir en Asamblea al Representante del Consejo Educativo Institucional, i) Elegir en Asamblea al Representante del Comité Especial de Evaluación, j) Elegir en Asamblea al Consejo de Vigilancia, k) Participar en la formulación del PAT y PEI (Implementación y Evaluación). l) I) Promover relaciones con otras Instituciones y celebrar convenios previa coordinación con la Directora. FUNCIONES DEL COMITÉ DE AULA Art. 25° El Comité de Aula es el órgano de Participación a nivel del aula y sus funciones son las siguientes: a) Apoyar al profesor de aula en el proceso de enseñanza y Aprendizaje, respetando la edad del niño o niña. b) Colaborar con el Consejo Directivo y Consejo de Vigilancia, en el logro de los objetivos y funciones específicas propuestas. c) Colaborar con el mantenimiento del aula, su conservación y/o en las actividades que el aula y/o I.E.I. organizan, especialmente el mobiliario y material educativo. d) Cooperar a solicitud de la profesora de aula en las actividades culturales, deportivas, sociales y las que contribuyan a la formación integral de los educandos. e) Informar por escrito a la Dirección sobre los acuerdos tomados en la Asamblea de Padres de Familia. f) Mantener un ambiente agradable dentro del aula, evitando comentarios inadecuados y comportamientos excedidos. CAPÍTULO V DE LA ORGANIZACIÓN ACADÉMICA PLANIFICACIÓN Art. 26° El Plan de Trabajo de la I.E.I: PCC, PEÍ y los proyectos de innovación, serán elaborados, por la Directora, Personal Docente, Auxiliar, y el representante del Consejo Directivo APAFA y Miembros del Consejo Educativo Institucional en el mes de Diciembre.
  • 12. Art. 27° La Directora presentará el Plan Anual de Trabajo a la UGEL SULLANA, para su correspondiente aprobación, trabajado en coordinación con el personal docente auxiliar y de servicio en base a las Directivas del año escolar. Para lo cual se tendrá en cuenta los ocho compromisos para la Gestión Escolar: 1.Progreso anual del aprendizaje de todas y todos los estudiantes. 2.Retención interanual de estudiantes. 3.Uso efectivo del tiempo en la institución educativa. 4.Uso efectivo del tiempo en el aula. 5.Uso adecuado de rutas de aprendizaje. 6.Uso adecuado de materiales educativos (textos, cuadernos de trabajo y material concreto). 7.Percepción de los actores educativos sobre el clima escolar de la I.E. 8.Elaboración participativa del Plan Anual de Trabajo. Art. 28° La Directora, el Personal Docente, Auxiliar, y APAFA, son los responsables de la ejecución del Plan Anual de trabajo. Art. 29° La Directora, el Personal Docente, Auxiliar y el Consejo Directivo -APAFA, evaluarán el avance del Plan Anual de Trabajo, haciendo los reajustes necesarios e informarán semestralmente a la UGEL SULLANA. Art, 30° El Año Escolar tendrá una duración de 40 semanas desde el 9 de Marzo al 22 de Diciembre (III TRIMESTRES) • 1º TRIMESTRE : Del 09 de Marzo al 29 de mayo. • 2º TRIMESTRE : Del 01 de Junio al 31 de Agosto. • 3º TRIMESTRE : Del 01 de Setiembre al 22 de Diciembre El periodo vacacional será del 3 al 14 de agosto El Personal Directivo, Docente, y Auxiliar durante período vacacional elaborará su programación y documentos de la IEI. La Clausura se realizará el 31 de Diciembre del 2015. DEL FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA ESCUELA Art 31° En la calendarización del año escolar 2014 se cumple 40 semanas distribuidos en tres trimestres. a) El año escolar 2015, se iniciará el 09 de Marzo y finalizará el 22 de diciembre. b) El primer trimestre dura 12 semanas del 09 de Marzo al 29 de mayo haciendo un total de 285 horas efectivas. c) El segundo trimestre dura 10 semanas del 01 de Junio al 31 de agosto haciendo un total de 260 horas efectivas. d) El tercer trimestre dura 16 semanas del 01 de Setiembre al 22 de Diciembre haciendo un total de 380 horas efectivas. e) El año académico en la I.E.I tiene una duración de 40 semanas con 925 horas efectivas de clases.
  • 13. CAPITULO VI DEL PROCESO DE MATRÍCULA, EVALUACIÓN, PROMOCIÓN Y CERTIFICACIÓN Art 32º El Acceso a la Institución Educativa Inicial N° 519 “Santa Teresita del Niño Jesús” – Caserío de Chilaco Pelados, está dirigida a los niños y niñas menores de 6 años (3,4 y 5 años). Art. 33° Los Educandos que no poseen documentos de identidad no están impedidos de ingresar al nivel de Educación Inicial Se les brindará el asesoramiento respectivo. Art. 34° Los documentos para matricular al niño o niña al Servicio de Jardín son: Fotocopia del DNI del niño, Copia del DNI del Padre, Madre y/o Apoderado, y copia de tarjeta de Vacunas. Art. 35° En ningún momento se exigirá la presentación de la Partida de Matrimonio Civil o Religioso de los padres como requisito para la matricula. MATRICULA. Art. 36° La matrícula se registra en la Ficha Integral de la I.E.I La Información de esta ficha se actualiza periódicamente en el Sistema SIAGIE. En la priorización de la matrícula se tiene en cuenta lo siguiente: El tener hermanos en la mismo institución. En ningún caso se aplicará test de inteligencia y otras pruebas similares. Requiere la presentación de la Ficha integral e Informe del progreso del niño y niña en caso de traslados de otra I.E.I. Asimismo del código del educando. Art. 37º El traslado de matrícula en la IEl., solo se puede realizarse hasta el fin del octavo mes de clase. La ratificación de la matrícula se hace antes del inicio del año lectivo siguiente. CAPÍTULO VIII DE LOS DERECHOS. OBLIGACIONES, FALTAS, ESTÍMULOS Y RECOMENDACIONES A LOS EDUCANDOS DE LOS ALUMNOS Art 38° Los derechos de los educandos son: a) Recibir formación integral en cada sección de estudio. b) Que le brinden seguridad física y moral.
  • 14. c) Ser tratado con dignidad y respeto, sin discriminación de sexo, raza, color y/o religión. d) Recibir en forma gratuita los servicios educativos de acuerdo a las normas legales vigentes, e) Recibir estímulo en mérito al cumplimiento de sus deberes. Art 39° Las obligaciones de los educandos: son: a) Respetar a sus profesoras, auxiliares, personal administrativo y otras personas mayores, b) Cuidar los ambientes» y mobiliario y demás instalaciones del centro educativo. c) Participar en forma responsable en las actividades educativas y cívicas patrióticas. Art. 40° Constituyen faltas de los educandos: a) Incumplir sus deberes y obligaciones tipificados en el presente reglamento. b) Llegar tarde al plantel o a su aula. c) No respetar a su profesora d) No asistir correctamente uniformados, e) Asistir desaseado a la IEI f) Agredir a sus compañeros Art 41° Recomendaciones a los educandos; son los siguientes: a) Recomendación verbal o escrita del profesor a! niño, niña y PPFF. b) Recomendación verbal o escrita del Director al niño, niña y PPFF Art. 42° Premios y estímulos a los educandos. a) Felicitación verba! y/o escrita del profesor. b) Obsequio de material educativo. c) Decreto de felicitación de la Dirección DE LOS PADRES DE FAMILIA: Art. 43° Los derechos de los Padres de familia son: a) Recibir para sus hijos una adecuada formación pedagógica de acuerdo con las necesidades e intereses de los niños y con una metodología actualizada. b) Ser orientado y capacitado en temas de salud, nutrición y en escuela de Padres. c) Ser tratado con dignidad y respeto, sin discriminación de sexo, raza, color y/o religión. d) Recibir en forma gratuita para sus hijos los servicios educativos de acuerdo a las normas legales vigentes. e) Recibir estímulo en mérito al cumplimiento de sus deberes como Padre de Familia responsable f) Ser comunicado oportunamente sobre el avance de sus hijos; así como de su comportamiento. g) Ser informado de cualquier problema que se haya suscitado en la Institución Educativa durante el horario de clases: golpes, agresión por otro niño, malestar en clase, etc.
  • 15. Art. 44° Las obligaciones de los padres de familia son: a) Respetar a sus profesoras, auxiliares, personal administrativo y otros miembros de la Comunidad educativa. b) Cumplir con la lista completa de útiles escolares y cuota de aula c) Participar de las actividades programadas por la Institución d) Enviar a su menor hijo aseado a la Institución Educativa y diariamente. e) Cumplir con el horario escolar establecido: f) Participar en forma responsable de las actividades educativas y cívicas patrióticas. g) Enviar a su menor hijo una lonchera nutritiva. Participar de la lonchera nutritiva de la institución. h) Responsabilizarse por los daños que el niño pueda ocasionar a la Institución; reparando los muebles según sea el caso o comprando el material afectado. i) Colaborar por el bienestar de la Institución en caso de emergencia: Enfermedad grave de un miembro de la Comunidad Educativa, Fallecimiento, Accidente u otro ocasionado por un fenómeno de la naturaleza. j) Respetar los acuerdos que se establezcan en las Asambleas de aula, APAFA. k) Cumplir con los horarios establecidos para las Asambleas de Aula, APAFA, etc. l) Evitar los malos comentarios y murmuraciones que atenten contra el honor de algún miembro de la Comunidad educativa, m) Cumplir el presente Reglamento Interno Art. 45° Constituyen faltas de los padres de familia: a) Incumplir sus deberes y obligaciones tipificados en el presente reglamento, b) Enviar y recoger a su hijo fuera del horario escolar por lo cual la amonestación será la siguiente: • Por tres tardanzas al mes: Primera llamada de atención verbal por la Directora. • Primera reincidencia: Suspensión por el equivalente de un día. • Segunda reincidencia: Amonestación escrita publicada en la puerta del Plantel y suspensión por dos días • Tercera reincidencia: Amonestación escrita publicada en la Puerta del Plantel y suspensión por 10 días. c) Faltar al respeto a la Profesora o auxiliar de aula, considerando gritos, malas palabras y excesos por lo cual se aplicará la sanción establecida. d) Faltar a las Asambleas programadas por la institución, por lo cual se hará acreedor a la multa establecida. e) Ingresar a la Institución en estado etílico o con muestras de haber consumido sustancias tóxicas, por lo cual se aplicará la sanción establecida. f) Sustraer objetos o dinero de la Institución, del Comité de Aula u otros. Los padres de familia que incurran con mayor frecuencia en estas acciones tipificaran faltas de carácter disciplinario por lo tanto están sujetos a las siguientes sanciones: • Por faltas establecidas en el reglamento: Primera llamada de atención verbal por la Directora. • Primera reincidencia: Primera llamada de atención escrita por la Directora y CONEÍ • Segunda reincidencia:
  • 16. Segunda llamada de atención escrita por la Directora y CONEI • Tercera reincidencia: Publicación de la falta en la puerta de la Institución • Cuarta reincidencia: Informe en asamblea pública de la falta y declaración como persona no grata al autor de la falta. Art. 46º Premios y estímulos a los padres de familia e) Oficio de felicitación de la Dirección. CAPÍTULO IX DE LOS DERECHOS. OBLIGACIONES, FALTAS, ESTÍMULOS Y RECOMENDACIONES A LOS DOCENTES Art. 47° El personal docente que labora en la Institución Educativa debe organizarse y gozar de buena salud física y mental debidamente acreditada, tener personalidad equilibrada y mostrar cualidades para el trabajo con los niños y niñas. Art. 48° El personal que labora en la Institución Educativa Inicial, cualquiera que sea el cargo que desempeñe, brindará protección igualitaria para todos los niños y niñas. Art. 49° Por todas las inasistencias injustificadas se descontará el equivalente al valor integro de la remneración básica correspondiente al día no laborado. Art. 50° La justificación de inasistencias por enfermedad se efectuará con los documentos justificatorios correspondientes que acrediten la dolencia que origino la ausencia. Art. 51° Constituye una tardanza pasado 15 minutos de tolerancia de la hora indicada. Art. 52° Las justificaciones de inasistencia por razones personales y particulares por dos días consecutivos serán otorgadas por la superioridad como permiso y por 5 días por la UGEL. Art. 53° Los docentes que con frecuencia incurran en inasistencias y tardanzas injustificadas tipificaran faltas de carácter disciplinario, por tanto estarán sujetos a las siguientes sanciones:  Cinco tardanzas o más al mes las sanciones serán: o Por primera vez: Llamada de atención de la dirección de I.E.I o Primera Reincidencia: amonestación por escrito. o Segunda reincidencia: Multa por un día de su remuneración. o Tercera reincidencia: Suspensión del Cargo por tres (03) días sin goce de haber. o Cuarta reincidencia: Traslado disciplinario. o Quinta reincidencia: separación definitiva del cargo. Art. 54° La solicitud de justificación será otorgada por la Dirección de la Institución hasta por dos días al año.
  • 17. CAPITULO X ADMINISTRACION DE RECURSOS Art. 54° La administración de recursos financieros de la Institución educativa Inicial es de responsabilidad de la junta directiva (APAMAFA) y de la Dirección del Plantel. Art. 55° La Junta Directiva (/APAMAFA), deberá rendir informe de su gestión administrativa a la asamblea de Padres de Familia y a la directora en forma bimestral o como se halla coordinado. CAPITULO XI DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Art. 56° Los casos no contemplados en el presente reglamento serán resueltos por la Directora, en coordinación con Concejo Directivo (CONEI) y la docente. Chilaco Pelados, Enero del 2015