8. INSISTENCIA POR PARTE DE LOS
LATIFUNDISTAS
SE GARANTIZABA LA PROPIEDAD
AGRARIA
SE FORTALECIÓ LA
PERSPECTIVA EMPRESARIAL
DE LOS LATIFUNDISTAS
LEY DE DESARROLLO
AGROPECUARIO DE 1979
10. Determinar la naturaleza actual del sector
agropecuario mediante la generación de
información sobre variables de evolución
lenta, que permita proveer información
suficiente para el reestablecimiento de un
sistema nacional de estadísticas
agropecuarias, que mida en forma
permanente la dinámica del sector.
¿QUÉ ES UN CENSO
AGROPECUARIO?
11. ·Determinar la estructura
actual del sector
agropecuario mediante la
generación de
información sobre
variables de evolución
lenta.
OBJETIVOS DE UN CENSO
AGROPECUARIO
·Proveer información
suficiente para el
restablecimiento de un
sistema nacional de
estadísticas
agropecuarias, que mida
en forma permanente la
dinámica del Sector.
·Reforzar las capacidades
institucionales,
particularmente del INEC
y del MAG para efectuar
encuestas agropecuarias
por muestreo.
12. Datos generales
para una operación
estadística y de
censo
PARA UN MEJOR MANEJO DE UN CENSO
AGROPECUARIO, HAY QUE TENER EN CUENTA LOS
SIGUIENTES ASPECTOS, PARA QUE DICHO CENSO
SEA FACTIBLE Y MUY CONSISO
13. REALIZACION DE UNA ENCUESTA
SOLUCIONAR LA FALTA DE
INFORMACION DEL SECTOR
AGROPECUARIO
RESULTADOS
CENSO 1954
Los censos agropecuarios de Ecuador han
sido efectuados mediante métodos distintos:
En 1954 se efectuó una enumeración
completa y elemental de unidades de
producción agropecuaria (UPAs) para luego
aplicar un cuestionario exhaustivo a una
muestra de ellas
14. CENSO 1974
Se usó un cuestionario amplio
para todas las unidades de
producción agropecuaria, excepto
las pequeñas, que fueron
enumeradas a través de un
cuestionario.
DETERMINAR LAS ESTRUCTURAS DEL ACTUAL
SISTEMA AGROPECUARIO
PROVEER INFORMACION SUFICIENTE PARA EL
REESTABLECIEMIENTO DEL SISTEMA AGROPECUARIO
REFORZAR LAS CAPACIDADES DE INSTITUCIONES
COMO EL INEC
RESULTADOS
15. VACUNACION ANIMALES
PLAGAS EN LAS COSECHAS
RESULTADOS
SURGE LA NECESIDAD URGENTE DE
AYUDA POR PARTE DEL ESTADO PARA
CON EL SECTOR AGROPECUARIO
CENSO 2000
En un nuevo esfuerzo para generar
información estadística oportuna y confiable
del sector agropecuario, que permita conocer
su estructura actual y que sirva de base para
reestablecer un sistema de información
permanente, Ecuador llevó a cabo el III Censo
Nacional Agropecuario en el año 2000
16. Minifundio
proviene de la fusión de dos
términos “mini” y “fundus”
que se traducen como pequeño
y propiedad rústica
17. Latifundio
Se hablaba de latifundium para las
propiedades agrícolas extensas,
generalmente en manos de
propietarios locales ricos.
Dicha palabra provino de la unión
de latus
(“ancho” o “extenso”) y fundus
(“fondo”, “raíz” o “base”).
19. Minifundio,
Latifundio y sus
rasgos economicos
Un minifundio es una
variante del latifundio cuya
extensión es menor, pero que
está caracterizada al igual
que el latifundio, por una
igual incapacidad de
explotar la tierra y por
pertenecer a un propietario
privado
20. Implicaciones políticas y sociales
de los latifundios
La distribución desigual de la tierra ha llevado a crear políticas
cuyo objetivo es la democratización de las tierras para
construir una clase campesina que pueda producir y que tenga
propiedades
21. Actividad Agraria
La explotación y ocupación del suelo,
está orientada a la producción de
alimentos y a la obtención de diversos
productos, todo esto engloba a lo que
llamamos “actividades agrarias”.
Es el cuarto sector económico más
importante en el Ecuador.
25. Formas
de
trabajo
Art. 26 de la ley de desarrollo agrario
El Estado garantiza el trabajo de la tierra realizado por los
propietarios, sean éstos personas naturales o jurídicas. El trabajo
directo implica que el propietario asume los riesgos y costos de la
producción, personalmente o a través de las formas contractuales
establecidas en el Código Civil, Código del Trabajo, Ley de
Cooperativas, Ley de Compañías, Ley de Comunas y más leyes
pertinentes.
26. Prohibiciones
Art. 27.- PROHIBICIONES.-
Prohíbase toda forma de trabajo precario en el cultivo de la
tierra, tales como arrimazgos, finquerías o formas que
impliquen el pago por el uso de la tierra por quienes la
trabajan por mano propia, a través de productos o servicios
no remunerados.
27. Art. 28.- INTEGRIDAD DE LOS PREDIOS RÚSTICOS.-
El Estado garantiza la integridad de los predios rústicos. En
caso y de producirse invasiones y tomas de tierras, se
aplicarán las disposiciones de la Constitución Política de la
República y demás leyes pertinentes.
Integridad
de
los
predios
rusticos
28. Art. 29.- SANCIÓN PENAL.-
Los dirigentes, instigadores o participantes en cualquier forma en la
invasión, serán juzgados como autores de delito de usurpación que,
para este efecto, se considerará delito de acción pública de instancia
oficial. De la misma manera serán sancionados los dirigentes,
instigadores y participantes en las invasiones de las tierras
pertenecientes a las instituciones del Estado y las que se hallen
comprendidas en concesiones forestales y otras similares.
Art. 30.- IMPEDIMENTO A INVASORES.-
Los invasores no podrán ser tomados en cuenta para adjudicación de
tierras del Estado en ningún plan de colonización
Procedimiento
casos
de
invasión
30. MISION
Gestión estratégica en la formulación, aplicación e
implementación de las políticas, programas, normas e
instrumentación de acceso, distribución,
redistribución, reagrupamiento, legalización y uso de
la tierra integrado a planes productivos, para un uso
sostenible del recurso tierra y el perfeccionamiento
de la reforma agraria.
31. ESTRUCTURA
Dirección de Normativa y Políticas de Tierras
Dirección de Estudios Técnicos e Información de
Tierras
Dirección de Redistribución de Tierras
Dirección de Titulación de Tierras
Dirección de Saneamiento de Tierras y Patrocinio
33. DISTRIBUCION DE TIERRAS
La Junta Militar en 1964 dicta la primera Ley
Reformatoria Agraria y Colonización y la Ley de
Tierras Baldías y Colonización
En el quinto mandato de José María Velasco Ibarra
1968, lleva programas activos de colonización, e
implementa modificaciones a la Reforma Agraria y
a la Ley de Abolición del Trabajo Precario en la
Agricultura
34. DISTRIBUCION DE TIERRAS
En el Consejo Supremo de Gobierno, 1976, dictan la
tercera y última Reforma Agraria
en el año de 1994 cambia a Ley de Modernización y
Desarrollo del Sector Agropecuario con Sixto Durán
Ballen.
35. DESARROLLO AGRARIO
La Constitución de la República del Ecuador del
2008 en los artículos 282 y 321 manifiesta que el
Estado normará el acceso a la tierra,
37. ES UN CONJUNTO DE MEDIDAS DESTINADAS A
LA REDISTRIBUCIÓN, PROPIEDAD Y USO
PRODUCTIVO DE LA TIERRA.
ESTO CON EL FIN
DE IMPULSAR LA
ACTIVIDAD
AGRICOLA
¿QUE ES LA
REFORMA AGRARIA?
38. Se refiere a la adquisición por parte
de una organización pública, que es
el Estado en la mayoría de los casos,
de un bien anteriormente
considerado de propiedad privada
La expropiación o
Las compensaciones
de valor económico
39. LAS CAUSALES DE EXPROPIACIÓN SON
ACTOS QUE NO PUEDEN REALIZARSE EN
LOS TERRENOS Y SI SE EJECUTAN TALES
ACTOS. ESTOS TERRENOS ESTARÁN
SUJETOS DE EXPROPIACIÓN
A)
CUANDO SEAN
EXPLOTADAS
MEDIANTE EL
SISTEMA
PRECARIO DE
TRABAJO
B)
CUANDO PARA
SU
EXPLOTACIÓN
SE EMPLEEN
PRÁCTICAS,
INCLUYENDO
USO DE
TECNOLOGÍAS
NO APTAS
C)
CUANDO LAS
TIERRAS SE
HAYAN
MANTENIDO
INEXPLOTADAS
POR MÁS DE DOS
AÑOS
CAUSALES DE
EXPROPIACIÓN