1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
BARQUISIMETO
Alumna: Allynson Pérez
C.I: 26.076.650
Sección: Saia “E”
Evolución del Derecho Agrario
en Venezuela
2. Índice de la Presentación
Evolución del Derecho Agrario en Venezuela
Siglo XIX
Año 1936
Ley de Reforma Agraria de 1945
Ley Agraria de 1948
Estatuto Agrario de 1949
Ley de Reforma Agraria de 1960
Decreto con Fuerza de Ley de Tierras y Desarrollo Agrario (2001)
Ley de Tierras y Desarrollo Agrario del 18 de Mayo de 2005
LEY DE REFORMA PARCIAL DE LA LEY DE TIERRAS Y DESARROLLO AGRARIO
3. Evolución del Derecho Agrario en Venezuela
El Derecho Agrario Venezolano ha evolucionado tras un proceso lento y difícil, porque
ha sido un derecho, que durante largo tiempo permaneció encerrado.
Este renace después de haber sido sepultado por la corriente civilista, de los siglos
XVIII y XIX.
4. Siglo XIX
En este tiempo el Derecho Agrario permaneció estático se le conceptuaba como el
derecho de la agricultura con lo cual simplemente se estaban postulando normas
destinadas a regular las labores agrícolas en los predios.
Año 1936
En este año se reúne un grupo de hombres con la intención de buscar una
solución democrática al problema agrario. Buscando una base ideológica para
trabajar
“Con y para” los campesinos ante la precaria situación de la producción agrícola.
5. Ley de Reforma Agraria de 1945
Esta reforma trajo para la época los primero adelantos en materia agraria lo mas
importante fue la incorporación del campesino en las actividades agraria, la entrega
de las tierras en forma gratuitas y así obtener el mejoramiento de las condiciones de
vida de la población campesina.
Ley Agraria de 1948
Fue innovadora para la fecha, ya que se prohíbe que las tierras no pueden ser
expropiadas siempre y cuando estuvieran en producción.
6. Estatuto Agrario de 1949
La Inexpropiabilidad basada en un criterio de productividad contemplada en la
anterior Ley Agraria perdió su vigencia, al ser reemplazada por el Estatuto Agrario del 28
de junio de 1949.
Ley de Reforma Agraria de 1960
En 1960 Venezuela comienza a tener interés en la materia Jurico-Agraria, la cual
surge esta ley basada en los principios de:
La función social.
Dotación local.
Mejor tenencia.
Protección de los Recursos Naturales Renovables.
Dicha Ley tenía por objeto:
La transformación de la estructura agraria del país.
La incorporación de su población rural al desarrollo económico, social y político de la
Nación, mediante la sustitución del sistema
latifundista.
La distribución equitativa de la riqueza.
7. Decreto con Fuerza de Ley de Tierras y Desarrollo
Agrario (2001)
Fue promulgada el 13 de Noviembre de 2001 y entró en vigencia el 10 de
Diciembre de ese mismo año. En la cual resaltaban los siguientes aspectos:
Tiene por objeto establecer las Bases del Desarrollo, Rural, Integral y
Sustentable y la eliminación del Latifundio como sistema contrario al interés
social y a la armonía en el campo.
Procura una justa distribución de la riqueza y una planificación estratégica,
democrática y participativa en cuanto a la tenencia de la tierra y desarrollo
de toda la actividad agraria.
Procura el aseguramiento de la Biodiversidad, la vigencia efectiva de los
derechos de protección ambiental y agroalimentario de las presentes y
futuras generaciones.
Contempla los principios de Seguridad Alimentaria y de Función Social de las
Tierras.
Rige lo referente a la producción agraria, afectación al uso de las tierras,
adjudicación de las tierras.
Establece los Niveles Básicos de Productividad Agraria en: Fincas Ociosas e
Incultas, Fincas Mejorables y Fincas Productivas.
8. Persigue la incorporación del campesino al proceso productivo del país,
otorgándoles garantías y beneficios.
Se crean 3 Institutos Agrarios en sustitución del Instituto Agrario Nacional:
Instituto Nacional de Tierras, Corporación Venezolana Agraria e Instituto
Nacional de Desarrollo Rural.
Regula la jurisdicción agraria tanto en lo referente a la jurisdicción ordinaria
agraria, como a la jurisdicción contenciosa administrativa en materia agraria.
Aparece la figura de las poligonales Rurales como zonas estratégicas para la
aplicación de los planes de desarrollo agrario y sustentable.
9. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario del 18 de Mayo
de 2005
El 18 de Mayo de 2005, la Asamblea Nacional, promulga la Ley de Tierras y
Desarrollo Agrario, que mantiene el mismo objeto del decreto de 2001, pero
suprimiendo el termino de poligonales rurales por el de tierras con vocación de uso
agrario.
10. LEY DE REFORMA PARCIAL DE LA LEY DE TIERRAS Y
DESARROLLO AGRARIO
“El 29 de julio de 2010, se promulga la ley de reforma Parcial de la Ley de Tierras y
Desarrollo Agrario, incorporando a su objetivo, además de la eliminación del latifundio, la
eliminación de la tercerización como sistemas contrarios al interés social y a la paz en el
campo, y las tierras ya no son de uso agrario sino tierras de uso agrícola”