Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Agrario
1. UNIVERSIDAD “FERMÍN TORO”
VICERECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
BARQUISIMETO - EDO. LARA
EVOLUCIÓN DEL DERECHO AGRARIO EN
VENEZUELA
Alumno: Marín Julio C.I 14.877.041
3er Año Sección SAIAB
Docente: Abg. Keydis Pérez
Materia: Derecho Agrario y Ambiental
Noviembre de 2.018
2. EVOLUCIÓN DEL DERECHO AGRARIO EN VENEZUELA
Desde los mismos orígenes de la humanidad podemos encontrar la agricultura, el cual
surge en lo que el hombre se vio en la necesidad de cultivar para así poder alimentarse. A
través del tiempo esto ha creado problemas de convivencia, de territoriedad, entre otros, por
lo que ha sido menester establecer normas que regulen la propiedad, el uso y explotación de
estas tierras, lo que hoy conocemos como Derecho de la Propiedad Territorial y Derecho
Agrario.
Para el Dr. Remo Di Natale el Derecho Agrario “renace” después de haber sido sepultado
por la corriente civilista de los siglos XVIII y XIX, ya que podemos encontrarlo reflejado en
algunas normas del derecho administrativo y principalmente en el Código Civil.
Tomando en cuenta esta afirmación, históricamente podemos ubicar el derecho agrario
en Roma desde la época de la Ley de las XII Tablas, que fue denominado como el primer
Código Agrario del mundo, aunque en esta época ya existía unos contratos agrarios
especiales llamados “Colonatos” que se celebraban para el desarrollo de las tierras públicas
rurales. De igual manera se podía encontrar unos textos jurídicos agrarios como la Ley Cassia
y las Leyes Licinas.
En la Edad Media:
Nace el concepto de Villa o Distrito Rural.
Surge el Derecho Visigótico
Régimen de Usufructo y la Costumbre del heredero único con la finalidad que no sea
fraccionada la propiedad.
Siglo XIX:
Los Códigos de la codificación moderna, como el Código Napoleónico.
Destinados a regir sociedades rurales.
Estipulaba reglas para los bienes rurales.
El contrato de arrendamiento de predios rústicos se distinguía de los contratos de
arrendamientos de casas. Hoy día nuestro Código Civil sigue manteniendo esta
distinción.
Se fortalece la clase terrateniente sin producir cambios en la economía
Como se conceptuaba era el Derecho de la Agricultura estipulaba solo normas
destinadas a regular la actividad agrícola en los predios.
Esta es una etapa que en la Venezuela de antaño predominaba los Terratenientes, en la
que el Derecho Agrario permaneció mucho tiempo sin avanzar. España dicto las Leyes de
Indias, entre las que encontramos la figura llamada Merced Real en las que se otorgaba
extensiones de tierras a quien lo solicitara con ciertas condiciones.
3. En 1936:
Se reúne un grupo de hombres con la intención de buscar una solución democrática a la
problemática del tema Agrario. En busca de una base ideológica que trabaje “con y para” los
campesinos ante la caótica producción agrícola.
Ley de la Reforma Agraria de 1945
Esta reforma trajo los primeros adelantos en materia agraria, la más importante fue la
incorporación del campesino en las actividades agrarias y en la entrega de tierras de forma
gratuita.
Ley de la Reforma Agraria de 1948
Fue innovadora, entre lo más resaltante es que se incorpora la prohibición de la
expropiación de las tierras siempre y cuando estuvieran en producción.
Estatuto Agrario de 1949
Debido al pronunciamiento de la Junta Militar se da un retroceso en el proceso agrario en
la que se elimina la prohibición de la expropiación.
Ley de la Reforma Agraria de 1960
A partir de 1960 en Latinoamérica, el derecho agrario, en especial en nuestro país, adopta
características de un derecho estrictamente social, protector de los pequeños productores
rurales y de los indígenas.
La dotación local, la tenencia, y la explotación de los recursos naturales fueron las bases
fundamentales en la que se inspiró la Ley de la Reforma Agraria de 1960 cuyo objetivo
específico era la trasformación de la estructura agraria del país para que las riquezas fuesen
distribuidas equitativamente entre sus pobladores con la participación de los campesinos en
las actividades del desarrollo económico del país.
Decreto con Fuerza de Ley de Tierras y Desarrollo Agrarios de 2001
La Ley de Tierras y Desarrollo Agrario venezolana, de fecha 13/11/2001, tiene por objeto
establecer las bases del desarrollo rural integral y sustentable con la finalidad de incrementar
la productividad de la tierra, además de la equidad y de la justa distribución de la misma.
4. Ley De Tierras Y Desarrollo Agrario Del 18 De Mayo De 2005
Con la misma intencionalidad de la Ley del 2005 pero con unos agregados:
Definición del latifundio en su artículo 7.
Obligación de inscribirse en el Registro Agrario.
Supresión del término de Poligonales Rurales por el de Tierras con vocación de uso
agrario.
Creación del Instituto Nacional de Tierras y del Instituto Nacional de Desarrollo
Rural.
Ley de Reforma Parcial de la Ley De Tierras Y Desarrollo Agrario, 29 de Julio de 2010
Es la ley que se encuentra en vigencia, con grandes cambios o reformas en sus títulos o
capítulos desde el 1ro hasta el 13ero, pero conservando su objeto de establecer las bases del
desarrollo rural integral y sustentable; entendido éste como el medio fundamental para
el desarrollo humano y crecimiento económico del sector agrario dentro de una
justa distribución de la riqueza y una planificación estratégica, democrática y participativa,
eliminando el latifundio y la tercerización como sistemas contrarios a la justicia, la igualdad,
al interés general y a la paz social en el campo, asegurando la biodiversidad,
la seguridad agroalimentaria y la vigencia efectiva de los derechos de protección ambiental
y agroalimentario de la presente y futuras generaciones, tal como establece en su artículo 1.