3. PRINCIPIOS DE LA ADIMINISTRACION DE PERSONAL
1. DEL DERECHO AL TRABAJO:
Es una norma que regula las
relaciones de trabajo y el
funcionamiento de las
instituciones que intervienen
en este ámbito.
4. 2. DEL MÉRITO PERSONAL:
Este principio proclama que
toda persona interesada en
ingresar en una organización,
así como mantenerse en la
misma, debe demostrar que
posee la capacidad y las
demás cualidades exigidas por
los puestos para ser
desempeñados con eficiencia.
5. 3.DE IGUALDAD DE TRATO,
TRATO JUSTO O DEBIDA
CONSIDERACIÓN A LA
DIGNIDAD HUMANA.
Este principio prescribe la
debida consideración a la
dignidad humana, el
respeto, trato justo y
garantía de los valores
personales del trabajador.
6. 4. DE REMUNERACIÓN O
RETRIBUCIÓN ADECUADA.
La remuneración y los métodos
de retribución deben ser justos
y propiciar la máxima
satisfacción posible para los
trabajadores y para el
empleado. Estos deben
fundamentarse en una política
salarial que considere los
factores de orden económico y
social que inciden en la vía del
obrero, empleado o funcionario.
8. 5. DE ESTABILIDAD
LABORAL.
Derecho que posee cada
empleado de perseverar su
empleo y así poder
respaldar o asegurar su
retribución monetaria.
9. 6. DEL ANÁLISIS Y VALORACIÓN
DEL TRABAJO.
Este principio demanda el
análisis y valoración
objetiva e impersonal de las
funciones y
responsabilidades
asignadas a los puestos de
una institución a fin de
establecer un sistema
uniforme de clasificación,
basado en la agrupación de
cargos de funciones
homogéneas
10. 7. DE IGUALDAD DE
OPORTUNIDADES:
Establece que el delegado
administrativo esta en la
obligación de dar una
oportunidad de permanecer a
la organización a toda aquella
persona capaz de poseer una
idoneidad y que anhelen
relacionarse con la misma en el
momento de que existiese un
vacante.
11. 8.- DE PROMOCIONES BASADAS EN LA IDONEIDAD:
se basa en
muchas ofertas
realizadas con el
fin de incentivar a
los empleados y
así fomentar su
desempeño y
eficacia laboral.
13. 9.- DE SELECCIÓN EFECTIVA E IMPARCIAL:
Se basa en
que la
selección del
personal debe
ser de manera
justa y debe
sustentarse en
sistemas.
14. 10.- DE NO DISCRIMINACIÓN:
Este precepto
constituye el propósito
de asegurar la
igualdad de trato.
15. 11.-DE IRRENUNCIABILIDAD:
Se basa principalmente
al derecho laboral, ya
que limita la autonomía
de la voluntad para
ciertos casos
específicos.
E l trabajador no debe
probarse
voluntariamente de
todas las garantías que
le otorga la legislación
laboral.
16. 12.- DE PROTECCIÓN SOCIAL:
Se considera instrumento
para el bienestar humano
y el consenso social,
simplemente para
mejorar el crecimiento,
estabilidad y desempleo.
17. 13.- DE SERVICIO PUBLICO:
Cada trabajador esta
en la responsabilidad
de ayudar de manera
correcta dentro de la
organización,
colocando en primer
lugar el bienestar del
público.
20. EL ANÁLISIS DE UN PUESTO DE TRABAJO:
Es el procedimiento para determinar las
tareas y requisitos de aptitudes de un puesto
de trabajo, y el perfil de la persona que se
debe contratar para cubrirlo.
21. LA DESCRIPCIÓN DE UN PUESTO DE TRABAJO:
Es la lista de las tareas, responsabilidades de
ejecución, relaciones e informes, condiciones de
trabajo y responsabilidades de supervisión sobre
otros empleados, de un puesto. Es producto del
análisis ya mencionado.
22. LA ESPECIFICACIÓN DE UN PUESTO DE
TRABAJO:
Es la lista de los “requerimientos
humanos” de un puesto, o sea la
educación, capacidad, experiencia
previa, personalidad, etc., necesarias
para cubrir un puesto. También es
producto del análisis mencionado.
25. APARIENCIA:
Una buena persona es
importante. En ningún
momento deberá
despertar su rechazo. No
debe ser un figurín pero
si vestirse de modo
adecuado a la
circunstancia y/o
ambiente.
26. SALUD:
Se debe contar de una salud compatible con la labor
desarrollada.
Una de las principales preocupaciones que se
presentan en una empresa es el control de riesgos
que atentan contra la salud de sus trabajadores
afectando directamente sus recursos materiales y
financieros.
27. MODALES:
El trabajador deberá ser una persona
correcta, educada y saber comportarse en
cualquier situación.
28. EXPRESIÒN:
Es conveniente que no
tenga defectos de
pronunciación o de
dicción.
Deberá expresarse con
soltura y seguridad.
35. OBJETIVOS QUE SE TRAZA UNA EMPRESA
PARA OBTENER LOGROS :
Una vez el nivel estratégico de la empresa ha
definido los objetivos que se propone lograr, es
necesario pasar a los niveles directivo y operativo
para identificar las variables críticas de cada área de
la empresa que deben darse para que sea posible el
logro de esos objetivos estratégicos.
Además es necesario definir quién y de dónde van a
tomarse los datos que van a emplearse para medir la
evolución de los resultados de la empresa.
Diseñar si se desea incentivos por el logro de metas y
definir el sistema de alertas que deben llegar hasta el
nivel estratégico de manera que la organización
reaccione oportunamente en los casos en que deba
hacerlo.
36. REACCIÓN ANTE LOS RETOS:
Nos lleva aceptar nuevas responsabilidades
y responder positivamente a los retos.
37. ÉTICA:
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA ETICA
CONCIENCIA
MORAL
LA MORAL
SOCIAL
LEYES DEL
ESTADO
LOS PRINCIPIOS
MORALES DE
TODO SER
HUMANO : EL
BIEN Y EL MAL,
EL SENTIDO DE
LA JUSTICIA.
VIENE MARCADA
POR EL ENTORNO
SOCIAL DONDE
REALICE SUS
ACTIVIDADES.
REGLAMENTOS
IMPUESTOS POR
UN GOBIERNO Y
BASADOS EN LA
MORAL DE LA
NACIÓN.
40. Todos los derechos de la persona trabajadora,
son obligaciones para la empresa y viceversa.
Hay que ceñirse en esta materia al Estatuto de
los Trabajadores y a los Convenios
Colectivos de cada empresa.
Los derechos y deberes más importantes
del trabajador/a son los que se detallan a
continuación:
41. DERECHOS DEL TRABAJADOR/A:
A la ocupación efectiva durante la jornada
de trabajo.
A la promoción y formación en el trabajo
(ascensos, cursos de formación y
adaptación, etc.)
A no ser discriminados/as para acceder a
un puesto de trabajo.
A la integridad física y a la intimidad.
A percibir puntualmente la remuneración
pactada.
A las vacaciones.
Los demás que se establezcan en el
contrato de trabajo
42. DEBERES DEL TRABAJADOR/A:
Cumplir las obligaciones concretas del puesto
de trabajo conforme a los principios de la
buena fe y diligencia.
Cumplir las medidas de seguridad e higiene
que se adopten.
Cumplir las órdenes e instrucciones de la
empresa en el ejercicio de su función
directiva.
No realizar el mismo trabajo para otra
empresa que desarrolle la misma actividad.
Contribuir a mejorar la productividad.
Los demás que se establezcan en el contrato
de trabajo.
44. DERECHOS DEL EMPRESARIO/A:
El poder de Dirección: es la facultad que tiene el
empresario/a para dictar órdenes sobre el modo, tiempo
y lugar de ejecución del trabajo, así como cantidad y
calidad del mismo.
El poder de variación: es el poder para variar o
transformar la ejecución del trabajo con el fin de adaptar
la prestación laboral a los cambios en la cualificación
profesional del trabajador/a debido a la movilidad, ya sea
funcional, geográfica o modificación sustancial de las
condiciones de trabajo.
El poder disciplinario: es la facultad que tiene el
empresario/a para vigilar y controlar la ejecución del
trabajo y el cumplimiento por el trabajador/a de sus
obligaciones, así como la facultad de imponer sanciones
en caso de incumplimiento de sus deberes.
45. DEBERES DEL EMPRESARIO/A:
La principal obligación del empresario/a
es al pago del salario correspondiente.
El empresario/a tiene los siguientes
deberes profesionales: igualdad de trato,
promoción profesional así como respeto
de la categoría profesional del
trabajador/a.
Deberes morales como el respeto a la
intimidad y a la dignidad del
trabajador/a.
Deberes físicos como la obligación de
llevar una política de seguridad e higiene
en el trabajo.
46. OBLIGACIONES BÁSICAS CUANDO
ESTAMOS TRABAJANDO:
Tenemos la obligación de ir a trabajar
todos los días de la semana que hemos
acordado (normalmente de lunes a
viernes)
Tenemos la obligación de cumplir con
el horario de trabajo. Esto quiere decir
que tenemos que entrar y salir del
trabajo a la hora acordada.
Tenemos la obligación de realizar todas
las actividades del puesto de trabajo
que ocupamos y a obedecer nuestros
encargados.
Tenemos la obligación de avisar si
estamos enfermos y no podemos ir a
trabajar.
Tenemos la obligación de avisar si
vamos a faltar al trabajo por otros
motivos