1. MEDIOS DE PAGO
MODALIDADES DE PAGO: según el tiempo que transcurre entre el momento
de la entrega de la mercancía o la prestación del servicio y el cobro de la misma
tenemos:
•PAGO ANTICIPADO. El proveedor exige al cliente que
pague, en todo o en parte, antes de la entrega de la mercancía
o de la prestación del servicio.
•PAGO AL CONTADO. El cliente paga en el momento de la
entrega o de la prestación del servicio.
•PAGO APLAZADO O A CRÉDITO. El proveedor permite
a sus clientes aplazar el pago de sus facturas en un determinado
periodo de tiempo.
2. P
A
G
O
•Dinero en efectivo
•Cheque
•Cheque bancario
•Transferencia bancaria
•Giro postal, tarjetas de crédito, domiciliaciones, etc.
A
L
C
O
N
T
A
D
O
Recibo (justificante del pago
3. EL CHEQUE
(Esta regulado en al Ley 19/1985)
Definición: es un documento mediante el cual la persona que lo
expide da la orden al banco o entidad financiera, en la que tiene
depositados fondos, que pague el cheque a una determinada persona.
Los cheques de cuenta corriente son facilitados en talonarios
por las entidades de crédito a las personas que han abierto una
cuenta corriente para que puedan disponer de los fondos
depositados en ella.
4. REQUISITOS QUE HAN DE CUMPLIR LOS CHEQUES
a) La denominación de “páguese por este cheque” inserta en el
documento.
b) El mandato de pagar una determinada cantidad en euros o
en moneda extranjera convertible a cotización oficial.
c) El nombre de quien ha de pagar el cheque a su
presentación, denominado librado, que necesariamente ha de
ser un banco o entidad de crédito.
d) Lugar de pago.
e) Fecha y lugar de emisión del cheque.
f) Firma de quien expide el cheque, denominado librador. La
firma ha de ser de puño y letra, no se admite impresa o
estampada.
5. LA FIRMA DE LOS CHEQUES
Cuando se abre una cuenta corriente en una entidad bancaria, ésta
registra las firmas de los titulares de cuentas en unos
documentos, denominados cartulinas de firmas, para poder comprobarlas
cuando se quiera cobrar un cheque.
Dependiendo de las personas que pueden disponer de los fondos
depositados en las cuentas corrientes, éstas se pueden clasificar en:
a) Cuenta corriente individual. El titular debe disponer libremente de los
fondos.
b) Cuenta corriente indistinta o solidaria. Está abierta a nombre de dos o
más titulares , y cualquiera de ellos de forma independiente, y con una
sola de las firmas, puede disponer de los fondos.
c) Cuenta corriente conjunta o mancomunada. Está abierta a nombre de
dos o más titulares, precisándose, para poder disponer de fondos, la
firma de varios o de todos los titulares.
La firma del librador en el cheque debe ser autógrafa e identificable con
la de control que tiene el banco en la cartulina de firmas.
6. PERSONAS QUE INTERVIENEN EN LOS CHEQUES
Obligatoriamente:
a) Librador. Persona que emite el cheque y ordena al librado (su banco) que lo
pague.
b) Librado. Banco o entidad financiera en la que el librador tiene una cuenta
corriente, y que ha de pagar el cheque a su presentación.
c) Tomador o tenedor. Persona que recibe el cheque del librador y la presenta al
cobro al librado.
También pueden intervenir:
a) Avalista. Persona que garantiza que a quien avala pagará el cheque o, en caso
contrario, lo hará él.
b) Endosante. Persona que posee un cheque y lo transmite a otra mediante el
endoso.
c) Endosatario. Persona que recibe un cheque mediante un endoso y lo puede
cobrar o transmitir mediante otro endoso.