La Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos regula los mensajes de datos, la firma electrónica, los servicios de certificación, la contratación electrónica y la prestación de servicios electrónicos a través de redes de información. Los mensajes de datos tendrán el mismo valor legal que los documentos escritos siempre que cumplan con lo establecido en esta ley. Se reconoce la validez jurídica de la información contenida en enlaces o anexos de un mensaje de datos.
Movimientos Precursores de La Independencia en Venezuela
Comercio electronico, firma, mensajes
1. UNIVERSIDAD REGIONALAUTONOMA DE LOS ANDES
“UNIANDES”
FACULTAD: JURISPRUDENCIA
CARRERA: DERECHO
NOMBRE: LESLIE TENE
NIVEL: CUARTO “B”
DOCENTE: ING. MIGUEL VELASTEGUI.
MATERIA: DERECHO INFORMATICO.
TEMA: LEY DE COMERCIO ELECTRÓNICO, FIRMAS
ELECTRÓNICAS Y MENSAJES DE DATOS
2. La Ley de comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y
Mensajes de Datos, en su Título Primero DE LOS
MENSAJES DE DATOS, señala entre los principios
Generales entre otros los siguientes:
3. Esta Ley regula los mensajes de datos, la firma
electrónica, los servicios de certificación, la contratación
electrónica y telemática, la prestación de servicios
electrónicos, a través de redes de información, incluido el
comercio electrónico y la protección a los usuarios de
estos sistemas.
4. Los mensajes de datos tendrán igual valor jurídico que
los documentos escritos. Su eficacia, valoración y efectos
se someterá al cumplimiento de lo establecido en esta
Ley y su reglamento.
5. Se reconoce validez jurídica a la información no
contenida directamente en un mensaje de datos, siempre
que figure en el mismo, en forma de remisión o de anexo
accesible mediante un enlace electrónico directo y su
contenido sea conocido y aceptado expresamente por las
partes.
6. Los mensajes de datos estarán sometidos a las
leyes, reglamentos y acuerdos internacionales
relativos a la propiedad intelectual.
7. Para poder comprender de mejor manera
vamos analizar algunos términos importantes:
• COMERCIO ELECTRÓNICO. El comercio electrónico, también
conocido como e-commerce (electronic commerce en inglés), consiste en
la compra y venta de productos o de servicios a través de medios
electrónicos, tales como Internet y otras redes informáticas. Originalmente
el término se aplicaba a la realización de transacciones mediante medios
electrónicos tales como el Intercambio electrónico de datos, sin embargo
con el advenimiento de la Internet y la Word Wide Web a mediados de los
años 90 comenzó a referirse principalmente a la venta de bienes y
servicios a través de Internet, usando como forma de pago medios
electrónicos, tales como las tarjetas de crédito.
8. • FIRMAS ELECTRONICAS. Es la equivalencia digital de la
firma manuscrita, tiene la misma validez legal y se encuentra
amparada por la Ley de Comercio Electrónico, Firmas
Electrónicas y Mensajes de Datos.
• La firma digital permite la transacción segura de documentos y
operaciones en aplicaciones computacionales garantizando los
siguientes aspectos:
9. • Identidad, reconoce unívocamente a un emisor como autor del
mensaje.
• Integridad, el documento no puede ser alterado de forma alguna
durante la transmisión.
• No repudio, el emisor no puede negar en ningún caso que un
documento no fue firmado.
• Confidencialidad, solo las partes puedan leer el documento.
10. Uso de la Firma Electrónica
• Con la firma electrónica pueden realizarse diferentes tipos de
transacciones a través de la Internet sin necesidad de desplazarse, ni hacer
filas de forma que los trámites públicos se agilitan aumentando la
transparencia, lo que se traduce en ahorros significativos de tiempo y
dinero. Las aplicaciones de la firma digital son diversas. Se cita algunas
de ejemplo a continuación:
12. • Desde el punto de vista técnico, la firma es un conjunto
de datos digitales que se añaden a un archivo digital y
que se obtienen del cifrado del mismo mediante
programas computacionales.