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Sistema político de El Salvador 
Objetivo: Reconocer las características del sistema político de El Salvador
1. Nombre oficial: 
Según artículo 83 de la Constitución de 1983 el 
nombre oficial del país es: “República de El 
Salvador”
2. Edad mínima para votar 
• La edad mínima para votar es de 18 años, sustentado 
en el Código Civil de El Salvador en su artículo 26: 
“Llámase infante todo el que no ha cumplido siete años; impúber, el varón que no ha 
cumplido catorce años y la mujer que no ha cumplido doce años; menor adulto, el que ha 
dejado de ser impúber; mayor de edad, o simplemente mayor, el que ha cumplido 
dieciocho años; y menor de edad o simplemente menor el que no ha llegado a cumplirlos”
Todos los Requerimientos para emitir el sufragio 
• Ser salvadoreño mayor de 18 años. 
• Estar inscrito en el padrón electoral. 
• Esto implica poseer Documento Único de Identidad (D.U.I.) vigente 
a la fecha de la elección. 
• No estar en prisión en el momento de las elecciones. 
• No padecer de ninguna enfermedad mental que imposibilite la 
toma de decisiones electorales 
Fuente: Art. 9 del código electoral
3.Tipo de gobierno 
Según artículo 85 de la constitución de 1983: 
“El Gobierno es republicano, democrático y representativo. El sistema político 
es pluralista y se expresa por medio de los partidos políticos, que son el único 
instrumento para el ejercicio de la representación del pueblo dentro del 
Gobierno. Las normas, organización y funcionamiento se sujetarán a los 
principios de la democracia representativa”.
Nota: 
Los candidatos a diputados sin afiliación partidaria nacieron 
cuando en julio de 2010 la Sala dijo que la obligación de 
pertenecer a un partido para optar a un escaño legislativo 
contemplada en el Código Electoral violaba el derecho ciudadano 
a buscar un cargo de elección popular. Los magistrados dijeron que 
el artículo 85 de la Constitución, cuando dice que "los partidos son 
el único instrumento para el ejercicio de la representación del 
pueblo en el gobierno", no está vetando la participación a título 
personal de los ciudadanos. En todo caso, los partidos son nada 
más eso, un instrumento, pero no la única manera en que alguien 
puede postularse para ocupar una silla legislativa. 
Fundamentado por la supuesta 
contravención al principio de igualdad 
(art. 3 inc. 1° y 80 inc. 1° de la 
Constitución [“Cn.”, en lo que 
sigue]) y al carácter libre del voto (art. 
78 Cn.). 
Fuente: www.elfaro.net/attachment/684/Sentencia%2016-2012.pdf?g...1
4. Antecedentes 
1.Precolombina 
2.Conquista y Colonia 
3.Proceso de Independencia (1808-1821) 
4.Independencia y Federación Centroamericana (1821-1841) 
5.Pugnas entre liberales y conservadores (1841-1876) 
5.1 El caudillismo 
6. La República Cafetalera (1876-1931) 
7 La época del autoritarismo militar (1931-1979) 
7.1 La dictadura de Martínez (1931-1944) Pro patria ( Uniparidismo) 
7.2 La era del PRUD (1948-1960) 
7.3 Los gobiernos del PCN (1962-1979) 
7.4 Guerra de las "100 horas" 
8 La Guerra Civil (1980-1992) 
9 Acuerdos de Paz
Estructura general
Fuentes: ARTICULO 83.- El Salvador es un Estado soberano. La soberanía reside en el pueblo, que la ejerce en la forma prescrita y dentro de los límites de la 
Constitución. 
ARTICULO 80.- El Presidente y Vicepresidente de la República, los Diputados a la Asamblea Legislativa y los miembros de los Concejos Municipales, son 
funcionarios de elección popular.
5. Poder Ejecutivo 
5. Jefe de Estado requerimientos para ser elegido 
6. Jefe de Estado facultades del cargo: 
7. Jefe de Gobierno requerimientos para ser elegido 
8. Jefe de Gobierno facultades del cargo
Conformación del poder ejecutivo 
De acuerdo al artículo 150 de la Constitución de la 
República: ”El Presidente y el Vicepresidente de la 
República, los Ministros y Viceministros de Estado 
y sus funcionarios dependientes, integran el 
órgano Ejecutivo”.
Ministerios de El Salvador 
Fuente: 
http://www.comprasal.gob.sv/moddiv/servlet/consultaDocumentos?prefijo=0070D-5- 
Cat%E1logo%20de%20Instituciones&docu=codigos%20institucionales.pdf
Instituciones Autónomas 
Fuente: Idem
Fuente: Idem
Requisitos para ser presidente: 
Según el artículo 151 para ser elegido Presidente de 
la República se requiere: 
“Ser salvadoreño por nacimiento, hijo de padre o madre salvadoreño; 
del estado seglar, mayor de treinta años de edad, de moralidad e 
instrucción notorias; estar en el ejercicio de los derechos de 
ciudadano, haberlo estado en los seis años anteriores a la elección y 
estas afiliado a uno de los partidos políticos reconocidos legalmente”.
Requisitos para ser ministro: 
En el artículo 160 de la Constitución, se establecen 
requisitos para poder ser nombrado Ministro o 
Viceministro de Estado: 
"ser salvadoreño por nacimiento, mayor de veinticinco años de edad, del 
estado seglar, de moralidad e instrucción notorias; estar en el ejercicio de 
los derechos de ciudadano y haberlo estado en los seis años anteriores a 
su nombramiento." El artículo 161 de la Constitución, prohíbe que sean 
nombrados como Ministros y Viceministros de Estado, los parientes del 
Presidente de la República, los deudores de la Hacienda Pública, y los 
contratistas del Estado”.
Facultades ( atribuciones) del cargo de presidente 
Son atribuciones y obligaciones del Presidente de la República de El Salvador Según el artículo 168 de 
la constitución (6/17): 
1º Cumplir y hacer cumplir la Constitución, los tratados, las leyes, y demás disposiciones legales; 
2º Mantener ilesa la soberanía de la República y la integridad del territorio; 
3º Procurar la armonía social, y conservar la paz y tranquilidad interiores y la seguridad de la persona 
humana como miembro de la sociedad; 
4º Celebrar tratad os y convenciones internacionales, someterlos a la ratificación de la Asamblea 
Legislativa, y vigilar su cumplimiento; 
5º Dirigir las relaciones exteriores.
6º Presentar por conducto de los Ministros, a la Asamblea Legislativa, dentro de 
los dos meses siguientes a la terminación de cada año ,el informe de labores de 
la Administración Pública en el año transcurrido. El Ministro de Hacienda 
presentará además, dentro de los tres meses siguientes a la terminación década 
período fiscal, la cuenta general del último presupuesto y el estado demostrativo 
de la situación del Tesoro Público y del Patrimonio Fiscal. Si dentro de estos 
términos no se cumpliere con estas obligaciones, quedará por el mismo hecho 
depuesto el Ministro que no lo verifique, local será notificado al Presidente de la 
República inmediatamente, para que nombre el sustituto. Este presentará 
dentro de los treinta días siguientes el informe correspondiente. Si aún en este 
caso no se cumpliere con lo preceptuado, quedará depuesto el nuevo Ministro
Facultades (atribuciones) de los ministros: 
Entre las funciones que la Constitución, en su 
artículo 167, asigna al Consejo de Ministros, están: 
• Decretar el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y su propio Reglamento; 
• Elaborar el plan general del gobierno; 
• Elaborar el proyecto de presupuesto de ingresos y egresos del Estado y proponerlo 
a la Asamblea Legislativa. 
• Suspender y restablecer las garantías constitucionales en casos de emergencia, 
cuando la Asamblea Legislativa no este reunida.
Poder Legislativo 
9. Órgano legislativo requerimientos para ser elegido 
10.Órgano legislativo facultades del cargo
Conformación de la Asamblea Legislativa: 
Según el Artículo 121 de la Constitución de la República de El 
Salvador “La Asamblea Legislativa es un cuerpo colegiado 
compuesto por Diputados, elegidos en la forma prescrita por 
esta Constitución, y ella compete fundamentalmente la 
atribución de legislar”.
Lugar de reunión: 
Según el Artículo 122 de la constitución “La Asamblea Legislativa se reunirá en la 
capital de la República, para iniciar su período y sin necesidad de convocatoria, el día 
primero de mayo del año de la elección de sus miembros. Podrá trasladarse a otro 
lugar de la República para celebrar sus sesiones, cuando así lo acordare”.
9. Requisitos para ser diputado 
Según el Artículo 126 “Para ser elegido Diputado se requiere ser 
mayor de veinticinco años, salvadoreño por nacimiento, hijo de padre 
o madre salvadoreño, de notoria honradez e instrucción y no haber 
perdido los derechos de ciudadano en los cinco años anteriores a la 
elección”. 
Según el Artículo 124 Los miembros de la Asamblea se renovarán cada 
tres años y podrán ser reelegidos. El período de sus funciones 
comenzará el primero de mayo del año de su elección.
10. Facultades ( atribuciones) de la Asamblea Legislativa 
Articulo 131.- Corresponde a la Asamblea Legislativa(10/38) : 
1º Decretar su reglamento anterior; 
2º Aceptar o desechar las credenciales de sus miembros, recibir 
a éstos la protesta constitucional, y deducirles responsabilidad 
en los casos previstos por esta Constitución;
3º Conocer de las renuncias que presentaren los Diputados, 
admitiéndolas cuando se fundaren en causas justas legalmente 
comprobada; 
4º Llamar a los Diputados suplentes en caso de muerte, renuncia, 
nulidad de elección, permiso temporal o imposibilidad de concurrir de 
los propietarios.
5º Decretar, interpretar auténticamente, reformar y derogar las 
leyes secundarias; 
6º decretar impuestos, tasas y demás contribuciones sobre toda 
clase de bienes, servicios e ingresos, en relación equitativa; y en 
caso de invasión, guerra legalmente declarada o calamidad 
pública, decretar empréstitos forzosos en la misma relación, si 
no bastaren las rentas públicas ordinarias.
7º Ratificar los tratados o pactos que celebre el 
ejecutivo con otros Estados u organismos 
internacionales, o denegar su ratificación;
8º Decretar el Presupuesto de ingresos y egresos de 
la Administración Pública, así como sus reformas; 
9º Crear y suprimir plazas, y asignar sueldo a los 
funcionarios y empleados de acuerdo con el 
régimen de Servicio Civil;
10º Aprobar su presupuesto y sistema de salarios, 
así como sus reformas, consultándolos previamente 
con el Presidente de la República para el solo efecto 
de garantizar que existan los fondos necesarios para 
su cumplimiento. Una vez aprobado dicho 
presupuesto se incorporará al Presupuesto de 
Ingresos y Egresos de la Administración Pública;
• 1. Cuáles son algunos de 
los requisitos para ser 
presidente? Y qué 
artículo lo fundamenta?
Poder Judicial 
11. Órgano judicial requerimientos para ser elegido 
12. Órgano judicial facultades del cargo
Conformación del poder judicial 
De acuerdo con el Articulo 172 de la constitución “La Corte Suprema de Justicia, las Cámaras de 
Segunda Instancia y los demás tribunales que establezcan las leyes secundarias, integran el Órgano 
Judicial. Corresponde exclusivamente a esta Órgano la potestad de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado en 
materias constitucional, civil, penal, mercantil, laboral, agraria y de lo contencioso-administrativo, así 
como en las otras que determine la ley. Los Magistrados y Jueces, en lo referente al ejercicio de la función 
jurisdiccional son independientes y están sometidos exclusivamente a la Constitución y a las leyes”.
ARTICULO 174.- La Corte Suprema de Justicia tendrá una Sala de los Constitucional a la cual 
corresponderá conocer y resolver las demandas de inconstitucionalidad de las leyes, decretos y 
reglamentos, los procesos de amparo, el habeas corpus, las controversias entre el Órgano 
Legislativo y el Órgano Ejecutivo a que se refiere el Art. 138 y las causas mencionadas en la 
atribución 7ª del Art. 182 de esta Constitución. 
La Sala de los Constitucional estará compuesta de cinco Magistrados designados por la 
Asamblea Legislativa, uno de los cuales será el Presidente de la Corte Suprema de 
Justicia, quien también la presidirá. 
. 
Conformación Sala de lo Constitucional
11.Requisitos para ser magistrado de 
la Corte Suprema de Justicia 
Según el articulo 176 se requiere: 
• Ser Salvadoreño. 
• Del estado seglar. 
• Mayor de cuarenta años de edad. 
• Abogado de la República. 
• De moralidad y competencia notorias. 
• Haber servido una judicatura de Primera Instancia durante seis años o haber obtenido 
la autorización para ejercer la profesión de Abogado por lo menos ocho años antes de 
su elección. 
• Estar en el goce de los derechos de ciudadano y; haberlo estado en los seis años 
anteriores al desempeño de su cargo.
Requisitos para ser magistrado de 
segunda instancia 
ARTICULO 177.- Para ser Magistrado de las Cámaras de Segunda 
Instancia se requiere: ser salvadoreño, del estado seglar, mayor de 
treinta y cinco años, abogado de la república, de moralidad y 
competencia notorias, haber servido una judicatura de Primera 
Instancia durante seis años o haber obtenido autorización para ejercer 
la profesión de abogado por lo menos ocho años antes de su elección; 
estar en el goce de los derechos de ciudadano y haberlo estado en los 
seis años anteriores al desempeño de su cargo.
Requisitos para ser juez de primera 
instancia 
ARTICULO 179.- Para ser Juez de Primera Instancia se requiere: ser 
salvadoreño del estado seglar, abogado de la República, de moralidad y 
competencia notorias haber servido una judicatura de paz durante un 
año o haber obtenido la autorización para ejercer la profesión de 
abogado dos años antes de su nombramiento; estar en el goce de los 
derechos de ciudadano o haberlo estado en los tres años anteriores al 
desempeñado de su cargo. ( para más ver ley de la carrera judicial)
Requisitos para ser juez de paz 
ARTICULO 180.- Son requisitos mínimos para ser Juez de Paz; ser 
salvadoreño, del estado seglar, mayor de veintiún años, de moralidad e 
instrucción notorias; estar en el goce de los derechos de ciudadano y 
haberlo estado en los tres años anteriores a su nombramiento. El 
período de sus funciones será de dos años.
12. Facultades (atribuciones) 
ARTICULO 182.- Son atribuciones de la Corte Suprema de 
Justicia: 
1º Conocer de los procesos de amparo; 
2º Dirimir las competencias que se susciten entre los 
tribunales de cualquier fuero y naturaleza; 
Imagen 2: El Dr. Ovidio Bonilla, magistrado presidente de la Sala de lo Civil, se reúne con 
Secretaría General de la CSJ para coordinar la logística de trabajo en la depuración de los 
procesos ingresados como conflictos de competencia. Fuente: http://www.csj.gob.sv/
3º Conocer de las causas de presas y de aquellas que no estén 
reservadas a otra autoridad, ordenar el curso de los suplicatorios o 
comisiones rogatorias que se libren para practicar diligencias fuera 
del Estado y mandar a cumplimiento los que procedan de otros 
países, sin perjuicio de lo dispuesto en los tratados; y conceder la 
extradición; 
4º Conceder, conforme a la ley y cuanto fuere necesario, el permiso 
para la ejecución de sentencias pronunciadas por los tribunales 
extranjeros; 
Fuente: http://www.mjusticia.gob.es
5º Vigilar que se administre pronta y cumplida justicia, para lo 
cual adoptará las medidas que estime necesarias; 
6º conocer de la responsabilidad de los funcionarios públicos 
en los casos señalados por las leyes; 
7º Conocer de las causas de suspensión o pérdida de los 
derechos de ciudadanía en los casos comprendidos en los 
ordinales2º y 4º del artículo 75 de esta Constitución y en los 
ordinales 1º, 3º, 4º y 5º de artículo 75 de esta Constitución, 
así como de la rehabilitación correspondiente
8º Emitir informe y dictamen en las solicitudes de indulto o 
de conmutación de pena; 
9º Nombrar a los Magistrados de las Cámaras de Segunda 
Instancia, Jueces de Primera Instancia y Jueces Paz; a los 
médicos forenses y a los empleados de las dependencias de 
la misma Corte; removerlos, conocer de sus renuncias y 
concederles licencias; 
10º Nombrar conjueces en los casos determinados por la ley;
11º Recibir, por sí o por medio de los funcionarios que designe, la protesta 
constitucional a los funcionarios de su nombramiento; 
12º Practicar recibimientos de abogados y autorizarlos para el ejercicio de su 
profesión; suspenderlos por incumplimiento de sus obligaciones 
profesionales, por negligencia o ignorancia graves, por mala conducta 
profesional, o por conducta privada notoriamente inmoral: inhabilitarlos por 
venalidad, cohecho fraude, falsedad y otro motivo que establezca la ley y 
rehabilitarlos por causa legal. En los casos de suspensión e inhabilitación 
procederá en la forma que la ley establezca, y resolverá con sólo robustez 
moral de prueba. Las mismas facultades ejercerá respecto de los notarios; 
13º Elaborar el proyecto de presupuesto de los sueldos y gastos de la 
administración de justicia y remitirlo al Organo Ejecutivo para su inclusión sin 
modificaciones en el proyecto del Presupuesto General del Estado. Los ajustes 
presupuestarios que la Asamblea Legislativa considere necesario hacer a 
dicho proyecto, se harán en consulta con la Corte Suprema de Justicia; 
14º Las demás que determine esta Constitución y la ley.
Nota: 
ARTICULO 183.- La Corte Suprema de Justicia por medio de la Sala de 
lo Constitucional será el único tribunal competente para declarar la 
inconstitucionalidad de las leyes, decretos y reglamentos, en su forma 
y contenido, de un modo general y obligatorio, y podrá hacerlo a 
petición de cualquier ciudadano. 
Foto referida a cuando los magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), fueron 
invalidados por la Sala de lo Constitucional
Gobierno Local
Por quién está compuesto? 
Según Artículo 202: Para el Gobierno Local, los departamentos se 
dividen en Municipios, que estarán regidos por Consejos formados de 
un Alcalde, un Síndico y dos o más Regidores cuyo número será 
proporcional a la población.
Requerimientos para ser parte del 
gobierno municipal 
• En lo que respecta a los requerimientos que son importantes destacar en 
el código municipal de acuerdo al artículo 26 para ser parte de un consejo 
municipal son: 
• Debe ser salvadoreño mayor de 21 años, 
• originario o vecino con al menos un año de residencia en el municipio, 
• Que sepa leer y escribir.
Facultades del gobierno municipal 
Para las competencias funcionales el Código Municipal en el 
artículo 4 las desarrolla, para esta presentación destacamos 
la prestación de los siguientes servicios: 
• Nomenclatura y ornato público, recolección de impuestos 
municipales, registro Civil y de Ciudadanos, mercados, 
tiangues y mataderos, organización de ferias y festividades 
populares, el aseo, barrido de calles, recolección y 
disposición final de la basura, Cementerios y servicios 
funerarios, policía Municipal, planificación, ejecución y 
mantenimiento de obras públicas.
• La prestación del servicio de aseo, barrido de 
calles, recolección, tratamiento y disposición 
final de basuras. Se exceptúan los desechos 
sólidos peligrosos y bioinfecciosos
Sistema electoral
Términos importantes: 
• Un escaño o curul es un puesto público destinado 
destinado a ser ocupado por un funcionario público de 
eleccion popular, es ese espacio asignado en un tiempo 
y/o espacio determinado. 
• La circunscripción electoral es aquella unidad 
territorial en la cual los votos emitidos por los electores 
constituyen el fundamento para el reparto de escaños 
a los candidatos o partidos, en esta se asignan los 
escaños a los candidatos o los partidos ganadores. 
Las circunscripciones electorales pueden dividirse, en 
principio, en dos grupos básicos: circunscripciones 
uninominales (solo se gana un puesto) y circunscripciones 
plurinominales ( se pueden ganar dos o más puestos).
13. Número de representantes a elegir
14. Número y tipo de circunscripciones 
Ejecutivo: 1 nacional 
Legislativo: 14 departamentales 
Judicial: No aplica 
Municipal: 262 municipales 
Fuente: Tribunal Supremo Electoral
15. Forma de candidatura
A) Forma de candidatura y proceso de 
elección del ejecutivo 
Art. 216 Código electoral.-El Tribunal, en el acta de escrutinio final declarará electos a los candidatos a Presidente y 
Vicepresidente de la República, que hayan sido postulados por el partido político o coalición contendiente que 
hayan obtenido mayoría absoluta de votos, entendiéndose por tal, la mitad más uno de los votos válidos 
emitidos. 
Si verificando el escrutinio final, ninguno de los partidos políticos o coaliciones contendientes hubiere obtenido 
mayoría absoluta de votos, el Tribunal nominará a los dos partidos políticos o coaliciones contendientes que hayan 
obtenido mayor número de votos 9válidos; y dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes después de haberse 
declarado firmes los resultados de la primera elección, convocará a una segunda elección, fijando la fecha en que 
ésta habrá de celebrarse. 
En la segunda elección a que se refiere el inciso anterior, sólo participarán los dos partidos políticos o coaliciones 
contendientes que hayan obtenido el mayor número de votos válidos. 
La segunda elección se efectuará en un plazo que no excederá de treinta días después de la fecha en que se haya 
declarado firme el resultado de la primera elección.
B) Forma de candidaturas para el 
legislativo 
Fuente: http://elmundo.com.sv/sala-ordena-elegir-a-no-partidarios-para-el-tse
Proceso de eleccion para el legislativo 
Los procedimientos de votación plasmados en el artículo 238 del Código Electoral 
salvadoreño, para la elección de diputados y diputadas a la Asamblea Legislativa, 
establece que las papeletas podrían haberse marcado de las siguientes maneras: 
• Marcando sobre la bandera del partido o coalición por cuyos candidatos emite el 
voto. 
• Marcando la bandera de un partido político o coalición y sobre o a la par de la 
fotografía de uno, varios o todos los candidatos o candidatas propuestos por un 
partido o coalición contendiente. 
• Marcando sobre o a la par de la fotografía de uno, varios o todos los candidatos o 
candidatas propuestos por un partido o coalición contendiente. 
• Marcando sobre o a la par de la fotografía de una candidata o un candidato no 
partidario. 
• Por otra parte, no es permitido el voto cruzado, en el que el elector hubiere 
marcado candidatos de distintos partidos políticos, o distintos candidatos no 
partidarios.
Cantidad de elegidos legislativo 
Los 84 diputados de la Asamblea, son elegidos con el sistema de listas plurinominales 
departamentales. Cada uno de los 14 departamentos del país tiene asignada una cantidad de 
diputados por circunscripción, conforme al Código Electoral, como se muestra a continuación: 
Departamento/diputados a elegir 
• San Salvador/ 24 
• La Libertad/ 10 
• Santa Ana /7 
• San Miguel/ 6 
• Sonsonate/ 6 
• Usulután/ 5 
• Ahuachapán/ 4 
• La Paz/ 4 
• La Unión/ 3 
• Chalatenango/ 3 
• Morazán/ 3 
• Cuscatlán/ 3 
• San Vicente/ 3 
• Cabañas/ 3 
• Total 84 
En cuanto a la forma de candidatura, la elección de diputados incluye los rostros de los candidatos de 
los partidos políticos o coaliciones, y también de los candidatos no partidarios
Para calcular cuántos diputados le 
corresponden a cada partido se hace lo 
siguiente: 
• Se cuentan los votos válidos obtenidos por todos los partidos políticos o 
candidato no partidario (en el caso de los partidos, si dos o más 
diputados reciben marca y pertenecen al mismo partido, solo se 
contabiliza un voto por partido para contar los votos válidos)
• Se divide el número total de votos válidos por el número 
de escaños de una circunscripción. 
• A este resultado se le llama cociente electoral, el cual es 
el número de votos que debe obtenerse para tener un 
diputado por votación.
• Luego se divide el cociente electoral entre los 
votos totales de cada partido 
• El resultado de esta operación es el número 
de diputados que le corresponden a ese 
partido político
NOTA: Se procederá a asignar los escaños, atendiendo 
los resultados de mayor a menor cantidad de marcas a 
favor de los candidatos y candidatas, tomando en 
cuenta toda la lista. 
. http://www.elfaro.net/es/201111/noticias/6771/
ACLARACIONES 
A) Si ningún partido político, coalición o candidato o candidata no partidario, 
alcanzare el cociente electoral, se adjudicará un escaño a cada partido político, 
coalición o candidato o candidata no partidario por el orden de mayoría de 
votos. Por ejemplo:
B) Cuando hubiere empate en los casos de los dos literales anteriores, 
será resuelto por el Tribunal Supremo Electoral por sorteo, en 
presencia de los interesados. 
C) Por cada Diputado o Diputada propietario que ganare un partido 
político, coalición o candidato o candidata no partidario, tendrá 
derecho a que se asigne el respectivo suplente con el cual se inscribió.
Ejemplo: 
En una circunscripción se eligen 20 diputados y se obtuvieron los siguientes 
votos válidos por partido: 
• Partido 1= 35,000 
• Partido 2= 35,000 
• Partido 3= 20,000 
• Partido 4= 10,000 
En este caso el total de votos que es 100,000 se divide entre el número de 
escaños para obtener el cociente electoral, en este caso sería así: 
• 100,000 /20 = 5,000 
Por tanto 5,000 votos (cociente electoral) equivalen a 1 diputado, por tanto, el 
paso siguiente sería distribuir los escaños según número de votos por partido. 
• Se divide el número de votos del partido entre el cociente electoral y 
tenemos los siguientes resultado 
• Partido 1= 35,000 = 7 escaños 
• Partido 2= 35,000 = 7 escaños 
• Partido 3= 20,000 = 4 escaños 
• Partido 4= 10,000 = 2 escaños 
• Nota: si queda algún escaño sobrando este se le asigna al partido que tenga 
más votos sobrantes
C) Forma de elección órgano judicial 
Según el Artículo 173.- La Corte Suprema de Justicia estará 
compuesta por el número de Magistrados que determine la ley, los 
que serán elegidos por la Asamblea Legislativa y uno de ellos será 
el Presidente del Órgano Judicial. 
La ley determinará la organización interna de la Corte Suprema de 
Justicia, de modo que las atribuciones que le corresponden se 
distribuyan entre diferentes Salas.
D) Número de representantes órgano 
judicial: 
La Corte Suprema de Justicia está organizada en cuatro Salas: 
• Sala de lo Constitucional, integrada por cinco magistrados, 
que conforme al artículo 174 de la Constitución, es el único 
tribunal competente para conocer los demandas de 
inconstitucionalidad de las leyes, decretos y reglamentos, los 
procesos de amparo y habeas corpus, y las controversias 
entre los Órganos Legislativo y Ejecutivo; 
José Belarmino Jaime Flores 2009 
Sidney Blanco 2009 
Rodolfo Ernesto González Bonilla 2009 
Florentín Meléndez (Presidente Interino) 2009 
Nota: El 14/10/2013 la Sala de lo Constitucional, destituyó a Salomón Padilla
• Sala de lo Contencioso Administrativo, integrada 
por cuatro magistrados, la única competente para 
dirimir controversias entre entes de las 
administración pública y los particulares, una vez 
agotados los recursos administrativos
• Sala de lo Civil, integrada por tres magistrados, generalmente conoce del 
Recurso Extraordinario de Casación en materias civil, mercantil, laboral y 
de familia; 
• Sala de lo Penal, integrada por tres magistrados, ésta principalmente 
conoce del Recurso de Casación contra las sentencias de los Juzgados de 
Sentencia.
Número de representantes y 
Procedimientos de votación Gobiernos 
Locales:
• En relación al número de representantes a elegir se establece 
directamente al Alcalde, este elige al síndico y regidores (según el 
tamaño de la población) 
• Para las elecciones municipales las circunscripciones son 262 y las 
candidatura se presentan por medio de los partidos políticos, por 
tanto, los candidatos se afilian a estos. 
• Hasta 2012 un partido puede que tenga solamente el 30% de los 
votos totales pero si obtiene más que todos los otros partidos de 
forma unitaria, con un voto se gana la elección.
• En la elección del consejo municipal, el elector 
vota por un partido y el que tenga más votos en 
el municipio ganará la alcaldía. Lo que varía en 
este caso es la cantidad de concejales que 
acompañarán en su gestión al alcalde municipal. 
• La ley establece que en cada municipio se 
elegirá un concejo base compuesto de un 
alcalde, un síndico, dos concejales y cuatro 
miembros suplentes para sustituir 
indistintamente a cualquier propietario. Cuando 
la población del municipio es mayor a los cinco 
mil habitantes la distribución cambia así:
Nota: Concejos plurales 
Del unipartidismo al pliuripartidismo
Sistemas de partidos 
Mitchells: Masa 
Duverger: Notables 
Kirkheimar: Catch all
A) Cantidad ó número efectivo de partidos (actual): 
9 partidos concurrieron a las elecciones municipales y legislativas 
de 2012 (destacan ARENA, FMLN, PCN, PDC, CD y GANA). 
Fuente: Tribunal Supremo Electoral de El Salvador recuperado 22/03/2014
B) Ideología de los partidos más 
reconocidos 
ARENA: de acuerdo con el Art.1 de sus estatutos - El Partido Alianza 
Republicana Nacionalista, que se puede identificar con las siglas ARENA; es 
una Institución Política de carácter permanente constituida por Salvadoreños 
que defienden el Sistema de Gobierno Democrático, Republicano y 
Representativo; el Sistema Económico y Social de libre empresa y el 
Nacionalismo. 
FMLN: de acuerdo con el Art.1 de sus estatutos - El Frente Farabundo Martí 
para la Liberación Nacional es un Partido Político democrático, revolucionario 
y socialista; de lucha permanente, que busca aglutinar y defender los 
intereses de las grandes mayorías populares y de las fuerzas democráticas y 
progresistas. 
GANA de acuerdo con el Art.1 de sus estatutos GRAN ALIANZA POR LA 
UNIDAD NACIONAL, se caracteriza por ser un partido político democrático, 
incluyente, moderno, pluralista, comprometido con el presente y el futuro de 
nuestro querido El Salvador 
PDC: de acuerdo con el Art.1 de sus estatutos la organización política 
denominada “Partido Demócrata Cristiano” es un Partido político de 
raigambre y vocación popular, de acción en el ámbito Nacional, fundado en 
los valores del Humanismo Cristiano y en la afirmación existencial de la 
Democracia como sistema político. La Democracia Cristiana, adhiriendo a la 
tradición de la civilización cultural judeo cristiana, es, consecuentemente, un 
Partido abierto, tolerante y no confesional, que acoge sin distinción alguna a 
todos aquellos que comparten esa misma concepción de vida.
C) Tiempo de existencia de los partidos 
(actuales): 
• ARENA: 30 de septiembre de 1981 
• FMLN: 10 de octubre de 1980 
• GANA: 16 de Enero de 2010 
• PCN: 30 de septiembre de 1961 
• PDC: 25 de noviembre de 1960 
• CD: Fue fundado en 2005 
Fuente: Página web oficial de cada partido recuperado 22/03/2014
4. Porcentaje de Congresistas y o diputados en el legislativo: 
Fuente: Recuperado 20/06/2014 página web oficial de Asamblea Legislativa El Salvador
• 5. Líder(es) emblemático(s): 
ARENA: Mayor Roberto D´abuisson 
FMLN: Farabundo Martí, Shafik Handal 
GANA: Lic. José Andrés Rovira 
PCN: Coronel Julio Adalberto Rivera 
PDC: Ing. José Napoleón Duarte 
CD: Dr. Guillermo Manuel Ungo, Dr. Ruben Zamora 
Fuente: páginas web oficiales de cada partido
Referencias 
• http://www.comprasal.gob.sv/moddiv/servlet 
/consultaDocumentos?prefijo=0070D-5- 
Cat%E1logo%20de%20Instituciones&docu=co 
digos%20institucionales.pdf
Nota: la iniciativa de ley 
ARTICULO 133.- Tienen exclusivamente iniciativa de ley: 
1º Los Diputados; 
2º El Presidente de la República por medio de sus Ministros; 
3º La Corte Suprema de Justicia en materias relativas al Organo Judicial,al 
ejercicio del Notariado y de la Abogacía, y a la jurisdiccióny competencia de los 
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Sistema político de El Salvador 2013

  • 1. Sistema político de El Salvador Objetivo: Reconocer las características del sistema político de El Salvador
  • 2. 1. Nombre oficial: Según artículo 83 de la Constitución de 1983 el nombre oficial del país es: “República de El Salvador”
  • 3. 2. Edad mínima para votar • La edad mínima para votar es de 18 años, sustentado en el Código Civil de El Salvador en su artículo 26: “Llámase infante todo el que no ha cumplido siete años; impúber, el varón que no ha cumplido catorce años y la mujer que no ha cumplido doce años; menor adulto, el que ha dejado de ser impúber; mayor de edad, o simplemente mayor, el que ha cumplido dieciocho años; y menor de edad o simplemente menor el que no ha llegado a cumplirlos”
  • 4. Todos los Requerimientos para emitir el sufragio • Ser salvadoreño mayor de 18 años. • Estar inscrito en el padrón electoral. • Esto implica poseer Documento Único de Identidad (D.U.I.) vigente a la fecha de la elección. • No estar en prisión en el momento de las elecciones. • No padecer de ninguna enfermedad mental que imposibilite la toma de decisiones electorales Fuente: Art. 9 del código electoral
  • 5. 3.Tipo de gobierno Según artículo 85 de la constitución de 1983: “El Gobierno es republicano, democrático y representativo. El sistema político es pluralista y se expresa por medio de los partidos políticos, que son el único instrumento para el ejercicio de la representación del pueblo dentro del Gobierno. Las normas, organización y funcionamiento se sujetarán a los principios de la democracia representativa”.
  • 6. Nota: Los candidatos a diputados sin afiliación partidaria nacieron cuando en julio de 2010 la Sala dijo que la obligación de pertenecer a un partido para optar a un escaño legislativo contemplada en el Código Electoral violaba el derecho ciudadano a buscar un cargo de elección popular. Los magistrados dijeron que el artículo 85 de la Constitución, cuando dice que "los partidos son el único instrumento para el ejercicio de la representación del pueblo en el gobierno", no está vetando la participación a título personal de los ciudadanos. En todo caso, los partidos son nada más eso, un instrumento, pero no la única manera en que alguien puede postularse para ocupar una silla legislativa. Fundamentado por la supuesta contravención al principio de igualdad (art. 3 inc. 1° y 80 inc. 1° de la Constitución [“Cn.”, en lo que sigue]) y al carácter libre del voto (art. 78 Cn.). Fuente: www.elfaro.net/attachment/684/Sentencia%2016-2012.pdf?g...1
  • 7. 4. Antecedentes 1.Precolombina 2.Conquista y Colonia 3.Proceso de Independencia (1808-1821) 4.Independencia y Federación Centroamericana (1821-1841) 5.Pugnas entre liberales y conservadores (1841-1876) 5.1 El caudillismo 6. La República Cafetalera (1876-1931) 7 La época del autoritarismo militar (1931-1979) 7.1 La dictadura de Martínez (1931-1944) Pro patria ( Uniparidismo) 7.2 La era del PRUD (1948-1960) 7.3 Los gobiernos del PCN (1962-1979) 7.4 Guerra de las "100 horas" 8 La Guerra Civil (1980-1992) 9 Acuerdos de Paz
  • 9. Fuentes: ARTICULO 83.- El Salvador es un Estado soberano. La soberanía reside en el pueblo, que la ejerce en la forma prescrita y dentro de los límites de la Constitución. ARTICULO 80.- El Presidente y Vicepresidente de la República, los Diputados a la Asamblea Legislativa y los miembros de los Concejos Municipales, son funcionarios de elección popular.
  • 10. 5. Poder Ejecutivo 5. Jefe de Estado requerimientos para ser elegido 6. Jefe de Estado facultades del cargo: 7. Jefe de Gobierno requerimientos para ser elegido 8. Jefe de Gobierno facultades del cargo
  • 11. Conformación del poder ejecutivo De acuerdo al artículo 150 de la Constitución de la República: ”El Presidente y el Vicepresidente de la República, los Ministros y Viceministros de Estado y sus funcionarios dependientes, integran el órgano Ejecutivo”.
  • 12. Ministerios de El Salvador Fuente: http://www.comprasal.gob.sv/moddiv/servlet/consultaDocumentos?prefijo=0070D-5- Cat%E1logo%20de%20Instituciones&docu=codigos%20institucionales.pdf
  • 15. Requisitos para ser presidente: Según el artículo 151 para ser elegido Presidente de la República se requiere: “Ser salvadoreño por nacimiento, hijo de padre o madre salvadoreño; del estado seglar, mayor de treinta años de edad, de moralidad e instrucción notorias; estar en el ejercicio de los derechos de ciudadano, haberlo estado en los seis años anteriores a la elección y estas afiliado a uno de los partidos políticos reconocidos legalmente”.
  • 16. Requisitos para ser ministro: En el artículo 160 de la Constitución, se establecen requisitos para poder ser nombrado Ministro o Viceministro de Estado: "ser salvadoreño por nacimiento, mayor de veinticinco años de edad, del estado seglar, de moralidad e instrucción notorias; estar en el ejercicio de los derechos de ciudadano y haberlo estado en los seis años anteriores a su nombramiento." El artículo 161 de la Constitución, prohíbe que sean nombrados como Ministros y Viceministros de Estado, los parientes del Presidente de la República, los deudores de la Hacienda Pública, y los contratistas del Estado”.
  • 17. Facultades ( atribuciones) del cargo de presidente Son atribuciones y obligaciones del Presidente de la República de El Salvador Según el artículo 168 de la constitución (6/17): 1º Cumplir y hacer cumplir la Constitución, los tratados, las leyes, y demás disposiciones legales; 2º Mantener ilesa la soberanía de la República y la integridad del territorio; 3º Procurar la armonía social, y conservar la paz y tranquilidad interiores y la seguridad de la persona humana como miembro de la sociedad; 4º Celebrar tratad os y convenciones internacionales, someterlos a la ratificación de la Asamblea Legislativa, y vigilar su cumplimiento; 5º Dirigir las relaciones exteriores.
  • 18. 6º Presentar por conducto de los Ministros, a la Asamblea Legislativa, dentro de los dos meses siguientes a la terminación de cada año ,el informe de labores de la Administración Pública en el año transcurrido. El Ministro de Hacienda presentará además, dentro de los tres meses siguientes a la terminación década período fiscal, la cuenta general del último presupuesto y el estado demostrativo de la situación del Tesoro Público y del Patrimonio Fiscal. Si dentro de estos términos no se cumpliere con estas obligaciones, quedará por el mismo hecho depuesto el Ministro que no lo verifique, local será notificado al Presidente de la República inmediatamente, para que nombre el sustituto. Este presentará dentro de los treinta días siguientes el informe correspondiente. Si aún en este caso no se cumpliere con lo preceptuado, quedará depuesto el nuevo Ministro
  • 19. Facultades (atribuciones) de los ministros: Entre las funciones que la Constitución, en su artículo 167, asigna al Consejo de Ministros, están: • Decretar el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y su propio Reglamento; • Elaborar el plan general del gobierno; • Elaborar el proyecto de presupuesto de ingresos y egresos del Estado y proponerlo a la Asamblea Legislativa. • Suspender y restablecer las garantías constitucionales en casos de emergencia, cuando la Asamblea Legislativa no este reunida.
  • 20. Poder Legislativo 9. Órgano legislativo requerimientos para ser elegido 10.Órgano legislativo facultades del cargo
  • 21. Conformación de la Asamblea Legislativa: Según el Artículo 121 de la Constitución de la República de El Salvador “La Asamblea Legislativa es un cuerpo colegiado compuesto por Diputados, elegidos en la forma prescrita por esta Constitución, y ella compete fundamentalmente la atribución de legislar”.
  • 22. Lugar de reunión: Según el Artículo 122 de la constitución “La Asamblea Legislativa se reunirá en la capital de la República, para iniciar su período y sin necesidad de convocatoria, el día primero de mayo del año de la elección de sus miembros. Podrá trasladarse a otro lugar de la República para celebrar sus sesiones, cuando así lo acordare”.
  • 23. 9. Requisitos para ser diputado Según el Artículo 126 “Para ser elegido Diputado se requiere ser mayor de veinticinco años, salvadoreño por nacimiento, hijo de padre o madre salvadoreño, de notoria honradez e instrucción y no haber perdido los derechos de ciudadano en los cinco años anteriores a la elección”. Según el Artículo 124 Los miembros de la Asamblea se renovarán cada tres años y podrán ser reelegidos. El período de sus funciones comenzará el primero de mayo del año de su elección.
  • 24. 10. Facultades ( atribuciones) de la Asamblea Legislativa Articulo 131.- Corresponde a la Asamblea Legislativa(10/38) : 1º Decretar su reglamento anterior; 2º Aceptar o desechar las credenciales de sus miembros, recibir a éstos la protesta constitucional, y deducirles responsabilidad en los casos previstos por esta Constitución;
  • 25. 3º Conocer de las renuncias que presentaren los Diputados, admitiéndolas cuando se fundaren en causas justas legalmente comprobada; 4º Llamar a los Diputados suplentes en caso de muerte, renuncia, nulidad de elección, permiso temporal o imposibilidad de concurrir de los propietarios.
  • 26. 5º Decretar, interpretar auténticamente, reformar y derogar las leyes secundarias; 6º decretar impuestos, tasas y demás contribuciones sobre toda clase de bienes, servicios e ingresos, en relación equitativa; y en caso de invasión, guerra legalmente declarada o calamidad pública, decretar empréstitos forzosos en la misma relación, si no bastaren las rentas públicas ordinarias.
  • 27. 7º Ratificar los tratados o pactos que celebre el ejecutivo con otros Estados u organismos internacionales, o denegar su ratificación;
  • 28. 8º Decretar el Presupuesto de ingresos y egresos de la Administración Pública, así como sus reformas; 9º Crear y suprimir plazas, y asignar sueldo a los funcionarios y empleados de acuerdo con el régimen de Servicio Civil;
  • 29. 10º Aprobar su presupuesto y sistema de salarios, así como sus reformas, consultándolos previamente con el Presidente de la República para el solo efecto de garantizar que existan los fondos necesarios para su cumplimiento. Una vez aprobado dicho presupuesto se incorporará al Presupuesto de Ingresos y Egresos de la Administración Pública;
  • 30. • 1. Cuáles son algunos de los requisitos para ser presidente? Y qué artículo lo fundamenta?
  • 31.
  • 32. Poder Judicial 11. Órgano judicial requerimientos para ser elegido 12. Órgano judicial facultades del cargo
  • 33. Conformación del poder judicial De acuerdo con el Articulo 172 de la constitución “La Corte Suprema de Justicia, las Cámaras de Segunda Instancia y los demás tribunales que establezcan las leyes secundarias, integran el Órgano Judicial. Corresponde exclusivamente a esta Órgano la potestad de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado en materias constitucional, civil, penal, mercantil, laboral, agraria y de lo contencioso-administrativo, así como en las otras que determine la ley. Los Magistrados y Jueces, en lo referente al ejercicio de la función jurisdiccional son independientes y están sometidos exclusivamente a la Constitución y a las leyes”.
  • 34. ARTICULO 174.- La Corte Suprema de Justicia tendrá una Sala de los Constitucional a la cual corresponderá conocer y resolver las demandas de inconstitucionalidad de las leyes, decretos y reglamentos, los procesos de amparo, el habeas corpus, las controversias entre el Órgano Legislativo y el Órgano Ejecutivo a que se refiere el Art. 138 y las causas mencionadas en la atribución 7ª del Art. 182 de esta Constitución. La Sala de los Constitucional estará compuesta de cinco Magistrados designados por la Asamblea Legislativa, uno de los cuales será el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, quien también la presidirá. . Conformación Sala de lo Constitucional
  • 35. 11.Requisitos para ser magistrado de la Corte Suprema de Justicia Según el articulo 176 se requiere: • Ser Salvadoreño. • Del estado seglar. • Mayor de cuarenta años de edad. • Abogado de la República. • De moralidad y competencia notorias. • Haber servido una judicatura de Primera Instancia durante seis años o haber obtenido la autorización para ejercer la profesión de Abogado por lo menos ocho años antes de su elección. • Estar en el goce de los derechos de ciudadano y; haberlo estado en los seis años anteriores al desempeño de su cargo.
  • 36. Requisitos para ser magistrado de segunda instancia ARTICULO 177.- Para ser Magistrado de las Cámaras de Segunda Instancia se requiere: ser salvadoreño, del estado seglar, mayor de treinta y cinco años, abogado de la república, de moralidad y competencia notorias, haber servido una judicatura de Primera Instancia durante seis años o haber obtenido autorización para ejercer la profesión de abogado por lo menos ocho años antes de su elección; estar en el goce de los derechos de ciudadano y haberlo estado en los seis años anteriores al desempeño de su cargo.
  • 37. Requisitos para ser juez de primera instancia ARTICULO 179.- Para ser Juez de Primera Instancia se requiere: ser salvadoreño del estado seglar, abogado de la República, de moralidad y competencia notorias haber servido una judicatura de paz durante un año o haber obtenido la autorización para ejercer la profesión de abogado dos años antes de su nombramiento; estar en el goce de los derechos de ciudadano o haberlo estado en los tres años anteriores al desempeñado de su cargo. ( para más ver ley de la carrera judicial)
  • 38. Requisitos para ser juez de paz ARTICULO 180.- Son requisitos mínimos para ser Juez de Paz; ser salvadoreño, del estado seglar, mayor de veintiún años, de moralidad e instrucción notorias; estar en el goce de los derechos de ciudadano y haberlo estado en los tres años anteriores a su nombramiento. El período de sus funciones será de dos años.
  • 39. 12. Facultades (atribuciones) ARTICULO 182.- Son atribuciones de la Corte Suprema de Justicia: 1º Conocer de los procesos de amparo; 2º Dirimir las competencias que se susciten entre los tribunales de cualquier fuero y naturaleza; Imagen 2: El Dr. Ovidio Bonilla, magistrado presidente de la Sala de lo Civil, se reúne con Secretaría General de la CSJ para coordinar la logística de trabajo en la depuración de los procesos ingresados como conflictos de competencia. Fuente: http://www.csj.gob.sv/
  • 40. 3º Conocer de las causas de presas y de aquellas que no estén reservadas a otra autoridad, ordenar el curso de los suplicatorios o comisiones rogatorias que se libren para practicar diligencias fuera del Estado y mandar a cumplimiento los que procedan de otros países, sin perjuicio de lo dispuesto en los tratados; y conceder la extradición; 4º Conceder, conforme a la ley y cuanto fuere necesario, el permiso para la ejecución de sentencias pronunciadas por los tribunales extranjeros; Fuente: http://www.mjusticia.gob.es
  • 41. 5º Vigilar que se administre pronta y cumplida justicia, para lo cual adoptará las medidas que estime necesarias; 6º conocer de la responsabilidad de los funcionarios públicos en los casos señalados por las leyes; 7º Conocer de las causas de suspensión o pérdida de los derechos de ciudadanía en los casos comprendidos en los ordinales2º y 4º del artículo 75 de esta Constitución y en los ordinales 1º, 3º, 4º y 5º de artículo 75 de esta Constitución, así como de la rehabilitación correspondiente
  • 42. 8º Emitir informe y dictamen en las solicitudes de indulto o de conmutación de pena; 9º Nombrar a los Magistrados de las Cámaras de Segunda Instancia, Jueces de Primera Instancia y Jueces Paz; a los médicos forenses y a los empleados de las dependencias de la misma Corte; removerlos, conocer de sus renuncias y concederles licencias; 10º Nombrar conjueces en los casos determinados por la ley;
  • 43. 11º Recibir, por sí o por medio de los funcionarios que designe, la protesta constitucional a los funcionarios de su nombramiento; 12º Practicar recibimientos de abogados y autorizarlos para el ejercicio de su profesión; suspenderlos por incumplimiento de sus obligaciones profesionales, por negligencia o ignorancia graves, por mala conducta profesional, o por conducta privada notoriamente inmoral: inhabilitarlos por venalidad, cohecho fraude, falsedad y otro motivo que establezca la ley y rehabilitarlos por causa legal. En los casos de suspensión e inhabilitación procederá en la forma que la ley establezca, y resolverá con sólo robustez moral de prueba. Las mismas facultades ejercerá respecto de los notarios; 13º Elaborar el proyecto de presupuesto de los sueldos y gastos de la administración de justicia y remitirlo al Organo Ejecutivo para su inclusión sin modificaciones en el proyecto del Presupuesto General del Estado. Los ajustes presupuestarios que la Asamblea Legislativa considere necesario hacer a dicho proyecto, se harán en consulta con la Corte Suprema de Justicia; 14º Las demás que determine esta Constitución y la ley.
  • 44. Nota: ARTICULO 183.- La Corte Suprema de Justicia por medio de la Sala de lo Constitucional será el único tribunal competente para declarar la inconstitucionalidad de las leyes, decretos y reglamentos, en su forma y contenido, de un modo general y obligatorio, y podrá hacerlo a petición de cualquier ciudadano. Foto referida a cuando los magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), fueron invalidados por la Sala de lo Constitucional
  • 46. Por quién está compuesto? Según Artículo 202: Para el Gobierno Local, los departamentos se dividen en Municipios, que estarán regidos por Consejos formados de un Alcalde, un Síndico y dos o más Regidores cuyo número será proporcional a la población.
  • 47. Requerimientos para ser parte del gobierno municipal • En lo que respecta a los requerimientos que son importantes destacar en el código municipal de acuerdo al artículo 26 para ser parte de un consejo municipal son: • Debe ser salvadoreño mayor de 21 años, • originario o vecino con al menos un año de residencia en el municipio, • Que sepa leer y escribir.
  • 48. Facultades del gobierno municipal Para las competencias funcionales el Código Municipal en el artículo 4 las desarrolla, para esta presentación destacamos la prestación de los siguientes servicios: • Nomenclatura y ornato público, recolección de impuestos municipales, registro Civil y de Ciudadanos, mercados, tiangues y mataderos, organización de ferias y festividades populares, el aseo, barrido de calles, recolección y disposición final de la basura, Cementerios y servicios funerarios, policía Municipal, planificación, ejecución y mantenimiento de obras públicas.
  • 49. • La prestación del servicio de aseo, barrido de calles, recolección, tratamiento y disposición final de basuras. Se exceptúan los desechos sólidos peligrosos y bioinfecciosos
  • 51. Términos importantes: • Un escaño o curul es un puesto público destinado destinado a ser ocupado por un funcionario público de eleccion popular, es ese espacio asignado en un tiempo y/o espacio determinado. • La circunscripción electoral es aquella unidad territorial en la cual los votos emitidos por los electores constituyen el fundamento para el reparto de escaños a los candidatos o partidos, en esta se asignan los escaños a los candidatos o los partidos ganadores. Las circunscripciones electorales pueden dividirse, en principio, en dos grupos básicos: circunscripciones uninominales (solo se gana un puesto) y circunscripciones plurinominales ( se pueden ganar dos o más puestos).
  • 52. 13. Número de representantes a elegir
  • 53. 14. Número y tipo de circunscripciones Ejecutivo: 1 nacional Legislativo: 14 departamentales Judicial: No aplica Municipal: 262 municipales Fuente: Tribunal Supremo Electoral
  • 54. 15. Forma de candidatura
  • 55. A) Forma de candidatura y proceso de elección del ejecutivo Art. 216 Código electoral.-El Tribunal, en el acta de escrutinio final declarará electos a los candidatos a Presidente y Vicepresidente de la República, que hayan sido postulados por el partido político o coalición contendiente que hayan obtenido mayoría absoluta de votos, entendiéndose por tal, la mitad más uno de los votos válidos emitidos. Si verificando el escrutinio final, ninguno de los partidos políticos o coaliciones contendientes hubiere obtenido mayoría absoluta de votos, el Tribunal nominará a los dos partidos políticos o coaliciones contendientes que hayan obtenido mayor número de votos 9válidos; y dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes después de haberse declarado firmes los resultados de la primera elección, convocará a una segunda elección, fijando la fecha en que ésta habrá de celebrarse. En la segunda elección a que se refiere el inciso anterior, sólo participarán los dos partidos políticos o coaliciones contendientes que hayan obtenido el mayor número de votos válidos. La segunda elección se efectuará en un plazo que no excederá de treinta días después de la fecha en que se haya declarado firme el resultado de la primera elección.
  • 56. B) Forma de candidaturas para el legislativo Fuente: http://elmundo.com.sv/sala-ordena-elegir-a-no-partidarios-para-el-tse
  • 57. Proceso de eleccion para el legislativo Los procedimientos de votación plasmados en el artículo 238 del Código Electoral salvadoreño, para la elección de diputados y diputadas a la Asamblea Legislativa, establece que las papeletas podrían haberse marcado de las siguientes maneras: • Marcando sobre la bandera del partido o coalición por cuyos candidatos emite el voto. • Marcando la bandera de un partido político o coalición y sobre o a la par de la fotografía de uno, varios o todos los candidatos o candidatas propuestos por un partido o coalición contendiente. • Marcando sobre o a la par de la fotografía de uno, varios o todos los candidatos o candidatas propuestos por un partido o coalición contendiente. • Marcando sobre o a la par de la fotografía de una candidata o un candidato no partidario. • Por otra parte, no es permitido el voto cruzado, en el que el elector hubiere marcado candidatos de distintos partidos políticos, o distintos candidatos no partidarios.
  • 58. Cantidad de elegidos legislativo Los 84 diputados de la Asamblea, son elegidos con el sistema de listas plurinominales departamentales. Cada uno de los 14 departamentos del país tiene asignada una cantidad de diputados por circunscripción, conforme al Código Electoral, como se muestra a continuación: Departamento/diputados a elegir • San Salvador/ 24 • La Libertad/ 10 • Santa Ana /7 • San Miguel/ 6 • Sonsonate/ 6 • Usulután/ 5 • Ahuachapán/ 4 • La Paz/ 4 • La Unión/ 3 • Chalatenango/ 3 • Morazán/ 3 • Cuscatlán/ 3 • San Vicente/ 3 • Cabañas/ 3 • Total 84 En cuanto a la forma de candidatura, la elección de diputados incluye los rostros de los candidatos de los partidos políticos o coaliciones, y también de los candidatos no partidarios
  • 59.
  • 60. Para calcular cuántos diputados le corresponden a cada partido se hace lo siguiente: • Se cuentan los votos válidos obtenidos por todos los partidos políticos o candidato no partidario (en el caso de los partidos, si dos o más diputados reciben marca y pertenecen al mismo partido, solo se contabiliza un voto por partido para contar los votos válidos)
  • 61.
  • 62. • Se divide el número total de votos válidos por el número de escaños de una circunscripción. • A este resultado se le llama cociente electoral, el cual es el número de votos que debe obtenerse para tener un diputado por votación.
  • 63. • Luego se divide el cociente electoral entre los votos totales de cada partido • El resultado de esta operación es el número de diputados que le corresponden a ese partido político
  • 64. NOTA: Se procederá a asignar los escaños, atendiendo los resultados de mayor a menor cantidad de marcas a favor de los candidatos y candidatas, tomando en cuenta toda la lista. . http://www.elfaro.net/es/201111/noticias/6771/
  • 65. ACLARACIONES A) Si ningún partido político, coalición o candidato o candidata no partidario, alcanzare el cociente electoral, se adjudicará un escaño a cada partido político, coalición o candidato o candidata no partidario por el orden de mayoría de votos. Por ejemplo:
  • 66.
  • 67. B) Cuando hubiere empate en los casos de los dos literales anteriores, será resuelto por el Tribunal Supremo Electoral por sorteo, en presencia de los interesados. C) Por cada Diputado o Diputada propietario que ganare un partido político, coalición o candidato o candidata no partidario, tendrá derecho a que se asigne el respectivo suplente con el cual se inscribió.
  • 68. Ejemplo: En una circunscripción se eligen 20 diputados y se obtuvieron los siguientes votos válidos por partido: • Partido 1= 35,000 • Partido 2= 35,000 • Partido 3= 20,000 • Partido 4= 10,000 En este caso el total de votos que es 100,000 se divide entre el número de escaños para obtener el cociente electoral, en este caso sería así: • 100,000 /20 = 5,000 Por tanto 5,000 votos (cociente electoral) equivalen a 1 diputado, por tanto, el paso siguiente sería distribuir los escaños según número de votos por partido. • Se divide el número de votos del partido entre el cociente electoral y tenemos los siguientes resultado • Partido 1= 35,000 = 7 escaños • Partido 2= 35,000 = 7 escaños • Partido 3= 20,000 = 4 escaños • Partido 4= 10,000 = 2 escaños • Nota: si queda algún escaño sobrando este se le asigna al partido que tenga más votos sobrantes
  • 69. C) Forma de elección órgano judicial Según el Artículo 173.- La Corte Suprema de Justicia estará compuesta por el número de Magistrados que determine la ley, los que serán elegidos por la Asamblea Legislativa y uno de ellos será el Presidente del Órgano Judicial. La ley determinará la organización interna de la Corte Suprema de Justicia, de modo que las atribuciones que le corresponden se distribuyan entre diferentes Salas.
  • 70. D) Número de representantes órgano judicial: La Corte Suprema de Justicia está organizada en cuatro Salas: • Sala de lo Constitucional, integrada por cinco magistrados, que conforme al artículo 174 de la Constitución, es el único tribunal competente para conocer los demandas de inconstitucionalidad de las leyes, decretos y reglamentos, los procesos de amparo y habeas corpus, y las controversias entre los Órganos Legislativo y Ejecutivo; José Belarmino Jaime Flores 2009 Sidney Blanco 2009 Rodolfo Ernesto González Bonilla 2009 Florentín Meléndez (Presidente Interino) 2009 Nota: El 14/10/2013 la Sala de lo Constitucional, destituyó a Salomón Padilla
  • 71. • Sala de lo Contencioso Administrativo, integrada por cuatro magistrados, la única competente para dirimir controversias entre entes de las administración pública y los particulares, una vez agotados los recursos administrativos
  • 72. • Sala de lo Civil, integrada por tres magistrados, generalmente conoce del Recurso Extraordinario de Casación en materias civil, mercantil, laboral y de familia; • Sala de lo Penal, integrada por tres magistrados, ésta principalmente conoce del Recurso de Casación contra las sentencias de los Juzgados de Sentencia.
  • 73. Número de representantes y Procedimientos de votación Gobiernos Locales:
  • 74. • En relación al número de representantes a elegir se establece directamente al Alcalde, este elige al síndico y regidores (según el tamaño de la población) • Para las elecciones municipales las circunscripciones son 262 y las candidatura se presentan por medio de los partidos políticos, por tanto, los candidatos se afilian a estos. • Hasta 2012 un partido puede que tenga solamente el 30% de los votos totales pero si obtiene más que todos los otros partidos de forma unitaria, con un voto se gana la elección.
  • 75. • En la elección del consejo municipal, el elector vota por un partido y el que tenga más votos en el municipio ganará la alcaldía. Lo que varía en este caso es la cantidad de concejales que acompañarán en su gestión al alcalde municipal. • La ley establece que en cada municipio se elegirá un concejo base compuesto de un alcalde, un síndico, dos concejales y cuatro miembros suplentes para sustituir indistintamente a cualquier propietario. Cuando la población del municipio es mayor a los cinco mil habitantes la distribución cambia así:
  • 76.
  • 77. Nota: Concejos plurales Del unipartidismo al pliuripartidismo
  • 78. Sistemas de partidos Mitchells: Masa Duverger: Notables Kirkheimar: Catch all
  • 79. A) Cantidad ó número efectivo de partidos (actual): 9 partidos concurrieron a las elecciones municipales y legislativas de 2012 (destacan ARENA, FMLN, PCN, PDC, CD y GANA). Fuente: Tribunal Supremo Electoral de El Salvador recuperado 22/03/2014
  • 80. B) Ideología de los partidos más reconocidos ARENA: de acuerdo con el Art.1 de sus estatutos - El Partido Alianza Republicana Nacionalista, que se puede identificar con las siglas ARENA; es una Institución Política de carácter permanente constituida por Salvadoreños que defienden el Sistema de Gobierno Democrático, Republicano y Representativo; el Sistema Económico y Social de libre empresa y el Nacionalismo. FMLN: de acuerdo con el Art.1 de sus estatutos - El Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional es un Partido Político democrático, revolucionario y socialista; de lucha permanente, que busca aglutinar y defender los intereses de las grandes mayorías populares y de las fuerzas democráticas y progresistas. GANA de acuerdo con el Art.1 de sus estatutos GRAN ALIANZA POR LA UNIDAD NACIONAL, se caracteriza por ser un partido político democrático, incluyente, moderno, pluralista, comprometido con el presente y el futuro de nuestro querido El Salvador PDC: de acuerdo con el Art.1 de sus estatutos la organización política denominada “Partido Demócrata Cristiano” es un Partido político de raigambre y vocación popular, de acción en el ámbito Nacional, fundado en los valores del Humanismo Cristiano y en la afirmación existencial de la Democracia como sistema político. La Democracia Cristiana, adhiriendo a la tradición de la civilización cultural judeo cristiana, es, consecuentemente, un Partido abierto, tolerante y no confesional, que acoge sin distinción alguna a todos aquellos que comparten esa misma concepción de vida.
  • 81. C) Tiempo de existencia de los partidos (actuales): • ARENA: 30 de septiembre de 1981 • FMLN: 10 de octubre de 1980 • GANA: 16 de Enero de 2010 • PCN: 30 de septiembre de 1961 • PDC: 25 de noviembre de 1960 • CD: Fue fundado en 2005 Fuente: Página web oficial de cada partido recuperado 22/03/2014
  • 82. 4. Porcentaje de Congresistas y o diputados en el legislativo: Fuente: Recuperado 20/06/2014 página web oficial de Asamblea Legislativa El Salvador
  • 83. • 5. Líder(es) emblemático(s): ARENA: Mayor Roberto D´abuisson FMLN: Farabundo Martí, Shafik Handal GANA: Lic. José Andrés Rovira PCN: Coronel Julio Adalberto Rivera PDC: Ing. José Napoleón Duarte CD: Dr. Guillermo Manuel Ungo, Dr. Ruben Zamora Fuente: páginas web oficiales de cada partido
  • 84. Referencias • http://www.comprasal.gob.sv/moddiv/servlet /consultaDocumentos?prefijo=0070D-5- Cat%E1logo%20de%20Instituciones&docu=co digos%20institucionales.pdf
  • 85. Nota: la iniciativa de ley ARTICULO 133.- Tienen exclusivamente iniciativa de ley: 1º Los Diputados; 2º El Presidente de la República por medio de sus Ministros; 3º La Corte Suprema de Justicia en materias relativas al Organo Judicial,al ejercicio del Notariado y de la Abogacía, y a la jurisdiccióny competencia de los tribunales; 4º Los Concejos Municipales en materia de impuestos municipales