Programa electoral de Vox para las elecciones catalanas
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1. 07/11/2022 OFICIO
11:16:00
En el Juicio Subjetivo No. 17811-2022-00945, que sigue ALAVA ALCIVAR LUIS DAVID MARIO NOE en contra del
PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO, DIRECTOR DE COACTIVAS DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y
TRANSICION ECOLOGICA, hay lo siguiente: TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CON SEDE EN
EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Quito, jueves 27 de octubre de 2022, a las 15h52.
Agréguese al proceso el escrito que antecede presentado por Walter Eduardo Coro, en su calidad de Director de Coactivas del
Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica, en atención al mismo previo a proveer lo que en derecho corresponda se
dispone que la solicitud de revocatoria se corra traslado a la contraparte por el término de cuarenta y ocho horas a efecto de que
emita su pronunciamiento respecto de la petición formulada, en virtud de lo que establece el Art. 255 tercer inciso del COGEP.-
Por otro lado, se dispone que por medio de Secretaria se oficie a la oficina de citaciones a fin de que informe documentadamente
que fechas fue citado el demandado: DIRECTOR DE COACTIVAS DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN
ECOLÓGICA, ya que el demandado aduce que su última boleta de citación fue el 31 de agosto del 2022. Mientras que de la
revisión de los recaudos procesales se evidencia que en el acta de citación la última boleta se realizó el día 26 de agosto del 2022,
para el efecto se le concede el termino de tres días .- Para los fines pertinentes, de conformidad con el artículo 14 de la Ley de
Comercio Electrónico, se les indica a las partes procesales que la firma electrónica puesta en el presente auto, tiene igual validez
y genera los mismos efectos jurídicos que la firma manuscrita. En consecuencia no será necesario consignar la firma manuscrita
en la presente actuación judicial.- Debido a la emergencia nacional y medidas de seguridad vigentes y en cumplimiento de la
Resolución No. 078-2020 emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura y articulo 66 del Código Orgánico General de Procesos
este auto se notificará a los correos y casillas electrónicos señalados para notificaciones.- NOTIFÍQUESE.- f).- VELASTEGUI
AYALA XIMENA DEL ROCIO, JUEZA DEL TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.
31/10/2022 ESCRITO
16:25:36
Escrito, FePresentacion
27/10/2022 NOTIFICACION
15:52:30
Agréguese al proceso el escrito que antecede presentado por Walter Eduardo Coro, en su calidad de Director de Coactivas del
Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica, en atención al mismo previo a proveer lo que en derecho corresponda se
dispone que la solicitud de revocatoria se corra traslado a la contraparte por el término de cuarenta y ocho horas a efecto de que
emita su pronunciamiento respecto de la petición formulada, en virtud de lo que establece el Art. 255 tercer inciso del COGEP.-
Por otro lado, se dispone que por medio de Secretaria se oficie a la oficina de citaciones a fin de que informe documentadamente
que fechas fue citado el demandado: DIRECTOR DE COACTIVAS DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN
ECOLÓGICA, ya que el demandado aduce que su última boleta de citación fue el 31 de agosto del 2022. Mientras que de la
revisión de los recaudos procesales se evidencia que en el acta de citación la última boleta se realizó el día 26 de agosto del 2022,
para el efecto se le concede el termino de tres días .- Para los fines pertinentes, de conformidad con el artículo 14 de la Ley de
Comercio Electrónico, se les indica a las partes procesales que la firma electrónica puesta en el presente auto, tiene igual validez
REPÚBLICA DEL ECUADOR
www.funcionjudicial.gob.ec
TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CON SEDE EN EL
DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA
No. proceso: 17811-2022-00945
No. de Ingreso: 1
Acción/Infracción: SUBJETIVO
Actor(es)/Ofendido(s): ALAVA ALCIVAR LUIS DAVID MARIO NOE
Demandado(s)/Procesado(s): PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO
DIRECTOR DE COACTIVAS DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y
TRANSICION ECOLOGICA
Fecha Actuaciones judiciales
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2. y genera los mismos efectos jurídicos que la firma manuscrita. En consecuencia no será necesario consignar la firma manuscrita
en la presente actuación judicial.- Debido a la emergencia nacional y medidas de seguridad vigentes y en cumplimiento de la
Resolución No. 078-2020 emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura y articulo 66 del Código Orgánico General de Procesos
este auto se notificará a los correos y casillas electrónicos señalados para notificaciones.- NOTIFÍQUESE.-
26/10/2022 ESCRITO
16:17:56
ANEXOS, Escrito, FePresentacion
21/10/2022 CALIFICACION DE LA CONTESTACION A LA DEMANDA
15:15:53
VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede, en atención al mismo: 1) Se pone en conocimiento de las partes
procesales la razón de fecha 18 de octubre del 2022, sentada por la actuaria de la presente causa, la cual señala: “
RAZÓN : Siento como tal, en mí calidad de Secretaria del Tribunal Primero Oral del Tribunal Distrital de lo Contencioso
Administrativo de Quito, dentro del juicio No. 17811-2022-00945 que el día 18 de octubre de 2022, procedo a realizar la impresión
del sistema e-SATJE, de las actas de citación de los demandado/as PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO y DIRECTOR DE
COACTIVAS DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICION ECOLOGICA , mismas que se encuentran suscritas
electrónicamente por el citador de la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura.- Particular que pongo en conocimiento para
los fines legales.- Lo certifico.- Quito, 18 de octubre de 2022…. ” , para los fines pertinentes . 2) Sobre el escrito de
fecha 13 de octubre del 2022, presentado por el Ab. Walter Eduardo Coro Coro, en su calidad de Director de Coactivas del
Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica, el Tribunal considera que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 291
inciso segundo del Código Orgánico General de Procesos, el término para contestar a la demanda es de 30 días contados desde
la última citación con la demanda. En este caso, se entregó al Director de Coactivas del Ministerio del Ambiente, Agua y
Transición Ecológica, la tercera boleta de citación constantes a foja 136 del proceso, que fue realizado el día 26 de agosto del
2022. En virtud de lo expuesto, el término para contestar la demanda, transcurría desde el día siguiente a la tercera citación, esto
es 29 de agosto del 2022, por lo que la contestación a la demanda debía ser presentada hasta el día 7 de octubre del 2022. El Ab.
Walter Eduardo Coro Coro, en su calidad de Director de Coactivas del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica, ha
presentado su escrito de contestación a la demanda con fecha 13 de octubre del 2022, cuando ya precluyó la oportunidad para
presentarla y de remitir y anunciar los medios probatorios de que se considera asistida. Por lo expuesto, la contestación a la
demanda presentada por el Ab. Walter Eduardo Coro Coro, en su calidad de Director de Coactivas del Ministerio del Ambiente,
Agua y Transición Ecológica, es inadmitida por extemporánea y de conformidad a lo establecido en el artículo 157 del COGEP,
será tomada en cuenta por este Tribunal como negativa de los hechos alegados contenidos en la demanda. Tómese en cuenta las
direcciones electrónicas señaladas. 3) La parte accionante en caso de considerarlo se puede acoger de los efectos procesales
de lo preceptuado en el inciso cuarto del artículo 151 del Código Orgánico General de Procesos.- 4) De conformidad a lo
dispuesto en el artículo 4 de la Resolución No. 096-2020 de 8 de septiembre de 2020 emitida por el Pleno del Consejo de la
Judicatura, la convocatoria y reprogramación de audiencias se las realizará de acuerdo al orden cronológico en que fueron
suspendidas y al espació en la agenda que disponga este Tribunal Primero Oral del Tribunal Distrital de lo Contencioso
Administrativo con sede en el D.M. de Quito; por lo que se notificará oportunamente a las partes con la convocatoria a la Audiencia
Preliminar.- 5) Para los fines pertinentes, de conformidad con el artículo 14 de la Ley de Comercio Electrónico, se les indica a las
partes procesales que la firma electrónica puesta en el presente auto, tiene igual validez y genera los mismos efectos jurídicos que
la firma manuscrita.- En consecuencia no será necesario consignar la firma manuscrita en la presente actuación judicial. Debido a
la emergencia nacional y medidas de seguridad vigentes y en cumplimiento de la Resolución No. 078-2020 emitida por el Pleno
del Consejo de la Judicatura y artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos este auto se notificará a los correos y casillas
electrónicos señalados para notificaciones. - NOTIFIQUESE.
18/10/2022 CITACION REALIZADA
11:21:25
RAZÓN : Siento como tal, en mí calidad de Secretaria del Tribunal Primero Oral del Tribunal Distrital de lo Contencioso
Administrativo de Quito, dentro del juicio No. 17811-2022-00945 que el día 18 de octubre de 2022, procedo a realizar la impresión
del sistema e-SATJE, de las actas de citación de los demandado/as PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO y DIRECTOR DE
COACTIVAS DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICION ECOLOGICA , mismas que se encuentran suscritas
electrónicamente por el citador de la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura.- Particular que pongo en conocimiento para
los fines legales.- Lo certifico.- Quito, 18 de octubre de 2022.-
13/10/2022 ESCRITO
16:29:23
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________________________________________________________________________________________________________
Fecha Actuaciones judiciales
________________________________________________________________________________________________________
3. ANEXOS, ANEXOS, ANEXOS, Escrito, FePresentacion
07/09/2022 CITACIÓN: Realizada
12:07:51
Acta de citación
18/08/2022 NOTIFICACION
14:19:51
Agréguese al proceso el escrito que antecede, presentado por la PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO, en atención al
mismo, téngase por legitimada la intervención del Dr. Juan Carlos Carrión Alarcón, Director Nacional de Patrocinio, delegado del
Procurador General del Estado, en virtud de la documentación adjunta.- Tómese en cuenta el casillero judicial 1200, correos y
casilla electrónica 00417010008, para recibir posteriores notificaciones. Para los fines pertinentes, de conformidad con el artículo
14 de la Ley de Comercio Electrónico, se les indica a las partes procesales que la firma electrónica puesta en el presente auto,
tiene igual validez y genera los mismos efectos jurídicos que la firma manuscrita. En consecuencia no será necesario consignar la
firma manuscrita en la presente actuación judicial.- Debido a la emergencia nacional y medidas de seguridad vigentes y en
cumplimiento de la Resolución No. 078-2020 emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura y articulo 66 del Código Orgánico
General de Procesos este auto se notificará a los correos y casillas electrónicos señalados para notificaciones.- NOTIFÍQUESE.
17/08/2022 ESCRITO
13:53:57
ANEXOS, Escrito, FePresentacion
18/07/2022 CITACIÓN: Realizada
10:03:32
Acta de citación
04/07/2022 RAZON ENVIO A CITACIONES (DIRECTOR DE COACTIVAS DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE,
AGUA Y TRANSICION ECOLOGICA): TERCERA GESTIÓN REALIZADA POR EL CITADOR: BOLETA 3
(<b>DIRECCIÓN PRINCIPAL</b>) - 26/08/2022 15:32
14:32:06
Providencia del Juicio 17811202200945 PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO DIRECTOR DE COACTIVAS DEL
MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICION ECOLOGICA TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA lunes veintisiete
de junio del dos mil veintidos, a las quince horas y doce minutos. Siento por tal que en esta fecha se genera la documentación
necesaria para la recepción y validación de la Oficina/Coordinación de Citaciones.
04/07/2022 RAZON ENVIO A CITACIONES (PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO): PRIMERA GESTIÓN
REALIZADA POR EL CITADOR: BOLETA 1 (<b>DIRECCIÓN PRINCIPAL</b>) - 08/07/2022 11:45
14:30:00
Providencia del Juicio 17811202200945 PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO DIRECTOR DE COACTIVAS DEL
MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICION ECOLOGICA TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA lunes veintisiete
de junio del dos mil veintidos, a las quince horas y doce minutos. Siento por tal que en esta fecha se genera la documentación
necesaria para la recepción y validación de la Oficina/Coordinación de Citaciones.
04/07/2022 RAZON ENVIO A CITACIONES (DIRECTOR DE COACTIVAS DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE,
AGUA Y TRANSICION ECOLOGICA): BOLETAS RECIBIDAS POR LA OFICINA DE CITACIONES - 04/07/2022
08:47
08:47:27
Providencia del Juicio 17811202200945 PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO DIRECTOR DE COACTIVAS DEL
MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICION ECOLOGICA TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA lunes veintisiete
de junio del dos mil veintidos, a las quince horas y doce minutos. Siento por tal que en esta fecha se genera la documentación
necesaria para la recepción y validación de la Oficina/Coordinación de Citaciones.
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________________________________________________________________________________________________________
Fecha Actuaciones judiciales
________________________________________________________________________________________________________
4. 04/07/2022 RAZON ENVIO A CITACIONES (PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO): BOLETAS
RECIBIDAS POR LA OFICINA DE CITACIONES - 04/07/2022 08:47
08:47:27
Providencia del Juicio 17811202200945 PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO DIRECTOR DE COACTIVAS DEL
MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICION ECOLOGICA TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA lunes veintisiete
de junio del dos mil veintidos, a las quince horas y doce minutos. Siento por tal que en esta fecha se genera la documentación
necesaria para la recepción y validación de la Oficina/Coordinación de Citaciones.
27/06/2022 RAZON ENVIO A CITACIONES (DIRECTOR DE COACTIVAS DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE,
AGUA Y TRANSICION ECOLOGICA)
15:12:52
Providencia del Juicio 17811202200945 PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO DIRECTOR DE COACTIVAS DEL
MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICION ECOLOGICA TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA lunes veintisiete
de junio del dos mil veintidos, a las quince horas y doce minutos. Siento por tal que en esta fecha se genera la documentación
necesaria para la recepción y validación de la Oficina/Coordinación de Citaciones.
27/06/2022 RAZON ENVIO A CITACIONES (PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO)
15:12:52
Providencia del Juicio 17811202200945 PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO DIRECTOR DE COACTIVAS DEL
MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICION ECOLOGICA TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA lunes veintisiete
de junio del dos mil veintidos, a las quince horas y doce minutos. Siento por tal que en esta fecha se genera la documentación
necesaria para la recepción y validación de la Oficina/Coordinación de Citaciones.
10/06/2022 CALIFICACION DE SOLICITUD Y/O DEMANDA
09:55:11
VISTOS: Avocamos conocimiento de la presente causa la Dra. Ximena del Rocio Velastegui Ayala, Dr. Fredy Fernando Gordón
Ormaza; y, el Dr. Henry Paúl Aguayza Rubio, en nuestra calidad de jueces del Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo
con sede en el Distrito Metropolitano de Quito.- Agréguese al proceso el escrito que antecede. En lo principal: 1) La demanda y
su complemento propuesta por los accionantes LUIS DAVID MARIO NOÉ ALAVA ALCÍVAR; Y CARLOS ALFONSO REVELO
ZAMBRANO, en su calidad de Alcalde y Procurador Síndico del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón La
Concordia, provincia de Santo Domingo, en contra del AB WALTER EDUARDO CORO, DIRECTOR DE COACTIVAS DEL
MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA; y, PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO, es clara y
cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143, 315 y 316 del Código Orgánico General de Procesos
(COGEP), por lo que se la califica y se acepta al trámite establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo I, del citado cuerpo normativo
correspondiente al procedimiento ORDINARIO. 2) A los demandados se los citarán en los domicilios señalados en el libelo de la
demanda. Por medio de Secretaría remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones para que se cumple dicha diligencia,
debiendo acompañarse copia de la demanda, su complemento y este auto inicial. 3) Los demandados tendrán el término de
treinta días a fin de contestar la demanda y deducir las excepciones de las cuales se crean asistidos, en observancia de las
actuales disposiciones relacionadas a este Trámite, así mismo dicha autoridad deberá remitir el expediente administrativo original
coactivo relativo al presente juicio, debidamente ordenado y foliado, de conformidad a los dispuesto en el artículo 309 del Código
Orgánico General de Procesos.- El anuncio de prueba presentado de ser procedente, será tomado en cuenta en el momento
procesal oportuno. 4) De conformidad con el artículo 315 del Código Orgánico General de Procesos, se convocará a las partes
procesales a la Audiencia Preliminar cuya fecha a señalarse se la hará una vez que se hayan cumplido los presupuestos
señalados en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos y dentro de los términos establecidos en el artículo 292 del
referido Código.- Tómese en cuenta las direcciones electrónicas señaladas, así como la autorización conferida a sus abogados
patrocinadores.- 5) Para los fines pertinentes, de conformidad con el artículo 14 de la Ley de Comercio Electrónico, se les indica a
las partes procesales que la firma electrónica puesta en el presente auto, tiene igual validez y genera los mismos efectos jurídicos
que la firma manuscrita.- En consecuencia no será necesario consignar la firma manuscrita en la presente actuación judicial. 6)
Debido a la emergencia nacional y a las medidas de seguridad vigentes y en cumplimiento de la Resolución No. 078-2020 emitida
por el Pleno del Consejo de la Judicatura el 16 de julio del 2020, el presente auto será notificado únicamente a los correos y
casilleros electrónicos que obran en el proceso.-CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-
26/05/2022 ESCRITO
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Fecha Actuaciones judiciales
________________________________________________________________________________________________________
5. 13:38:29
ANEXOS, Escrito, FePresentacion
18/05/2022 COMPLETAR Y/O ACLARAR LA SOLICITUD Y/O DEMANDA
13:31:47
En virtud de la razón de fecha 13 de mayo del 2022, sentada por la actuaria de la presente causa, la cual señala: “
RAZON: En calidad de Secretaria del Tribunal Primero Oral Distrital de lo Contencioso Administrativo con sede en el Distrito
Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, conforme la constancia, suscrita por el señor Rodrigo Javier Rueda S.,
Responsable de Sorteos del Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo de Quito y el correo electrónico de fecha 29 de abril
de 2022, las 16h04, enviado por la señorita Maria Luisa Trocellier Sanchez, asistente administrativo del Tribunal, en el que se
expresa: “En vista de los constantes fallos en el sistema durante esta semana, favor se solicita tener en cuenta el correo en
cola del técnico de ventanilla al momento de recibir los escritos por parte de archivo que se encuentren con un recibido manual
para que se proceda en lo que corresponda”; y, por cuanto en esta fecha se pone a mi vista el proceso el Juicio No. 17811-
2022-00945, siento por tal que el 06 de mayo de 2022 a las 11h40 se recibió fuera del Sistema SATJE, la presente demanda por
las razones expuestas en el correo institucional en mención, causa ingresada al sistema SATJE mediante acta de sorteo de fecha
11 de mayo de 2022, a las 15h59.- Quito, 13 de mayo de 2022.- Lo certifico.…” . En atención al sorteo de ley
respectivo, viene a mi conocimiento la presente causa, por lo que previo a proveer lo que en derecho corresponda y emitir un
pronunciamiento sobre la admisibilidad de la misma se DISPONE que los accionantes LUIS DAVID MARIO NOÉ ALAVA
ALCÍVAR; Y CARLOS ALFONSO REVELO ZAMBRANO, en su calidad de Alcalde y Procurador Síndico del Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal del Cantón La Concordia, provincia de Santo Domingo, complete y aclare su demanda en los siguientes
términos: 1) El anuncio de los medios de prueba que se ofrece para acreditar los hechos, precisando e indicando en que fojas se
encuentran y como éstos sustentan su pretensión, caso contrario deberá justificar las causas de la imposibilidad de haber tenido
acceso a la prueba documental, en cuyo caso describirá su contenido, con las indicaciones precisas sobre el lugar en que se
encuentran y la solicitud de medidas pertinentes para su práctica, de conformidad a lo previsto en los artículos 142 números 7 y 8,
143 numeral 5 y 159 del Código Orgánico General de Procesos, en concordancia con el artículo 194 del COGEP. La prueba que
no se anuncie no podrá introducirse en la audiencia. 2) De conformidad al artículo 308 y 194 del Código Orgánico General de
Procesos, remita e indique el acto administrativo, o disposición impugnados, con la razón de la fecha de su notificación a la o al
interesado y la relación circunstanciada del acto o hecho impugnado. Los cuales deben constar en originales o copias certificadas.
3) Indique de forma clara y precisa su pretensión conforme del Art. 142 numeral 9 del Código Orgánico General de Procesos esto
es relacionando los elementos de hecho y derecho que se expone el libelo inicial.-Para el cumplimiento de lo dispuesto, se
concede al accionante el término de cinco días bajo las prevenciones dispuestas en el artículo 146, y artículo reformado por el Art.
19 de la Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico General de Procesos, publicada en el Suplemento del Registro Oficial
No. 517 de fecha 26 de junio del 2019.- Tómese en cuenta las direcciones electrónicas señaladas.- 3) Para los fines pertinentes,
de conformidad con el artículo 14 de la Ley de Comercio Electrónico, se les indica a las partes procesales que la firma electrónica
puesta en el presente auto, tiene igual validez y genera los mismos efectos jurídicos que la firma manuscrita.- En consecuencia no
será necesario consignar la firma manuscrita en la presente actuación judicial. 4 ) Debido a la emergencia nacional y a las
medidas de seguridad vigentes y en cumplimiento de la Resolución No. 078-2020 emitida por el Pleno del Consejo de la
Judicatura el 16 de julio del 2020, el presente auto será notificado únicamente a los correos y casilleros electrónicos que obran en
el proceso.- Actúa en calidad de secretaria de este Tribunal la Dra. Soledad Ramirez Guerrero.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
13/05/2022 RAZON
10:19:55
RAZON: En calidad de Secretaria del Tribunal Primero Oral Distrital de lo Contencioso Administrativo con sede en el Distrito
Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, conforme la constancia, suscrita por el señor Rodrigo Javier Rueda S.,
Responsable de Sorteos del Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo de Quito y el correo electrónico de fecha 29 de abril
de 2022, las 16h04, enviado por la señorita Maria Luisa Trocellier Sanchez, asistente administrativo del Tribunal, en el que se
expresa: “ En vista de los constantes fallos en el sistema durante esta semana, favor se solicita tener en cuenta el correo en
cola del técnico de ventanilla al momento de recibir los escritos por parte de archivo que se encuentren con un recibido manual
para que se proceda en lo que corresponda ”; y, por cuanto en esta fecha se pone a mi vista el proceso el Juicio No.
17811-2022-00945, siento por tal que el 06 de mayo de 2022 a las 11h40 se recibió fuera del Sistema SATJE, la presente
demanda por las razones expuestas en el correo institucional en mención, causa ingresada al sistema SATJE mediante acta de
sorteo de fecha 11 de mayo de 2022, a las 15h59.- Quito, 13 de mayo de 2022.- Lo certifico.
11/05/2022 ACTA DE SORTEO
15:59:35
Recibido en la ciudad de Quito el día de hoy miércoles 11 de mayo de 2022 a las 15:59 horas, el proceso Contencioso
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Fecha Actuaciones judiciales
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6. administrativo, Tipo de procedimiento: Contencioso admnistrativo, Asunto: Subjetivo, seguido por: Alava Alcivar Luis David Mario
Noe, en contra de: Director de Coactivas del Ministerio del Ambiente, Agua y Transicion Ecologica, Procurador General del Estado
Por sorteo de ley la competencia se radica en: TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CON SEDE
EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, conformado por los/las Jueces/Juezas: Doctor
Velastegui Ayala Ximena del Rocio (Ponente), Aguayza Rubio Henry Paul, Doctor Gordon Ormaza Fredy Fernando Secretaria(o)
Doctor Ramirez Guerrero Soledad Ariana
Proceso número 17811-2022-00945 (1) Primera Instancia Al que se adjunta los siguientes documentos:
1) PETICIÓN INICIAL (ORIGINAL)
2) AENXA 6 FOJAS (COPIAS CERTIFICADAS/COMPULSA)
Total de fojas: 4 RODRIGO JAVIER RUEDA SANTOS TÉCNICO
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Fecha Actuaciones judiciales
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