Este documento resume un proyecto sobre la protección de los derechos al honor y la intimidad en el entorno digital. El proyecto tiene como objetivos promover la conciencia sobre estos derechos, estudiar casos reales, analizar medidas de prevención, buscar sentencias relevantes y legislación aplicable en España. El documento explica los derechos al honor, intimidad y protección de datos personales, y concluye que son derechos fundamentales protegidos por la Constitución española y otras leyes.
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Derechos honor y privacidad entorno digital
1. Síntesis del Proyecto:
La protección de los derechos al honor y a la
intimidad en el entorno digital
Grupo 12 eRights
Gabriel Arias Cardeñosa
Teresa González de la Torre
Guillermo Rodríguez Márquez
María Luisa Pérez Ojeda 1
2. TEMA DEL PROYECTO
"La protección de los derechos al honor y a la intimidad en el
entorno digital"
En un mundo cada vez más digitalizado y donde gran parte de la
población tiene acceso a Internet, se vuelve imprescindible establecer
unas garantías para la protección de los derechos fundamentales de las
personas, especialmente en lo referente al honor y la intimidad.
Estos derechos se pueden ver vulnerados por el derecho básico
universal al acceso a Internet o por el derecho a la libertad de expresión,
de modo que son necesarios mecanismos que defiendan y protejan la
legitimidad de la información en el entorno digital. 2
3. OBJETIVOS
1- Promover la conciencia social sobre la protección de los derechos al honor y a la
intimidad en el entorno digital.
2- Estudio de casos reales en relación con los derechos al honor y a la intimidad, y su
relación con los tipos delictivos existentes en el Código Penal.
3- Análisis de medidas de prevención y actuación que procediesen ante casos
similares a los seleccionados.
4- Búsqueda de sentencias con delitos al honor y a la intimidad en el entorno digital y
jurisprudencia creada.
5- Búsqueda de legislación aplicable en España en relación a la protección de los
derechos al honor y a la intimidad en el entorno digital.
6- Analizar contenidos jurídicos en línea, plasmarlos en un documento virtual y
compartirlos.
7- Utilizar herramientas digitales de colaboración en línea y de creación de páginas
web (Google Sites), y compartir su contenido con otros grupos de trabajo. 3
4. DERECHO AL HONOR
● Cualidad moral que lleva al cumplimiento de los propios deberes respecto
del prójimo y de uno mismo
● Concepto lábil y ambiguo, que va a depender de las normas, valores e
ideología de la sociedad en la que se analice
● Derecho fundamental recogido en art. 18.1 de CE
● La Ley Orgánica 1/1982, desarrolla la protección civil a estos derechos
fundamentales, carente en el Código Civil español
● El art.12 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, ofrece
protección frente a injerencias en la vida privada, familiar, domicilio o
correspondencia y a los ataques a la honra y reputación.
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5. DERECHO A LA INTIMIDAD
● Derecho que tiene toda persona al reconocimiento del ámbito de su vida personal, de forma
exclusiva y excluyente, para que pueda desarrollarse de forma libre y sin la intromisión de
terceras personas.
● Incluye el derecho a la intimidad familiar.
● La intromisión en la intimidad de una persona puede ser legítima para defender otros derechos
constitucionales, como el derecho a la información.
● Derecho fundamental reconocido en la CE, art. 18.1 y 18.4, la Ley Orgánica 1/1982 y el Código
Penal, art. 197
● La normativa y jurisprudencia europea también se hace eco de la necesidad de preservar este
derecho, frente a la continua amenaza del uso fraudulento de las nuevas tecnologías
● Sobre el concepto de intimidad, ver vídeo:
5
6. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
● Derecho a la protección y respeto de la información de la vida
íntima y de toda aquélla que permita identificar a una persona.
● Derecho vinculado a la privacidad
● Legislación estatal
○ Art. 18.4 CE: reconocido como derecho fundamental
○ Ley Orgánica 3/2018,
○ Ley Orgánica 1/1982 y
○ Ley 9/2014
● Legislación internacional
○ Reglamento Europeo para la protección de datos
○ Declaración Universal de los Derechos Humanos 6
7. 7
PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
La legislación otorga a toda persona una serie de acciones para la
protección de sus datos personales:
○ Acceso
○ Rectificación
○ Oposición
○ Derecho al olvido
○ Limitación del tratamiento
○ Portabilidad
○ Ejercicio del derecho a no ser objeto de decisiones
automatizadas
8. CONCLUSIONES
- El derecho al honor, a la intimidad y a la protección de datos personales y
la propia imagen, son considerados derechos básicos fundamentales
protegidos por el Art. 18 de la Constitución española, también recogidos
en la Ley Orgánica 1/1982 de 5 mayo de protección civil del derecho al
honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
- El código penal castiga la revelación o divulgación de aquella información
que las personas pretendemos proteger para preservar una calidad
mínima en nuestra vida humana a nivel ético y moral.
- Nadie tiene derecho a divulgar aspectos sobre nosotros, sobre nuestra
salud o nuestras creencias u orientación sexual sin nuestra autorización. 8
9. SÍNTESIS PUBLICADA EN:
Google Drive: (Para usuarios de la UOC)
https://drive.google.com/open?id=1xPFJi7RmVb4NnC3B8IS_ipVgl2
kAmATB3hx_vp1zCJA
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73.504 - Uso y aplicación de las TIC aula 3 UOC
DICIEMBRE DE 2019