El documento discute los derechos de privacidad y privacidad de la información desde perspectivas americana y europea. Explica que la privacidad es el derecho de los individuos a estar solos y controlar la información sobre ellos mismos. También describe cómo el internet y las aplicaciones pueden invadir la privacidad al espiar y compartir información personal sin consentimiento. Finalmente, resume las regulaciones de privacidad en Estados Unidos y Europa, incluidas las protecciones constitucionales en algunos países y las iniciativas del Consejo de Europa para establecer estánd
1. LOS DERECHOS DE PRIVACIDAD Y
DE INFORMACIÓN SIN CONTEMPLAR
LA REGULACIÓN AMERICANA Y
EUROPEA
2. la privacidad es el derecho moral que tienen
los individuos para estar solos,sin
interferencias de otras personas u
organizaciones.
la privacidad es un punto de apoyo de la
libertad, la privacidad de la información es un
subconjunto de la privacidad, incluye el
derecho a que cierta información no sea
obtenida por ningún gobierno o
empresa.como el derecho de la persona de
controlar el uso que se de a cualquier
información.
3. Consiste en la defensa de la persona en
su totalidad a través de un muro que
prohíbe publicar o dar a conocer datos
sobre temas como la religión, la política o
la vida íntima
el derecho que poseen las personas de poder
excluir a las demás personas del conocimiento de
su vida privada, es decir, de sus sentimientos y
comportamientos
4. aplicaciones de teléfonos inteligentes que
espían la información de los usuarios
también reciben atención
el internet y la web brindan un ambiente ideal
para que las empresas y el gobierno invadan
la privacidad personal de muchas personas a
una escala sin precedentes en la historia .
5. los asuntos más importantes relacionados con el
comercio electrónico y la privacidad se refieren al
desarrollo de las expectativas de privacidad o las bien
llamadas normas así como a las actitudes del público.
De manera general, la privacidad puede ser definida
como aquel ámbito de la vida personal de un individuo,
que (según su voluntad) se desarrolla en un espacio
reservado y debe mantenerse con carácter
confidencial
6. REGULACIÓN AMERICANA
En una primera aproximación han sido dos países
quienes han percibido los riesgos de la informática y por
ello, incorporaron en sede normativa el reconocimiento
de un derecho a la protección de datos personales. Por
un lado, la Constitución Política de Perú establece "Toda
persona tiene derecho… A que los servicios informáticos,
computarizados o no, públicos o privados, no suministren
informaciones que afecten la intimidad personal y
familiar".
Mientras que en la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela de 1999,40 se señala: "Toda
persona tiene derecho a la protección de su honor, vida
privada, intimidad, propia imagen, confidencialidad y
reputación.
7. REGULACIÓN EUROPEA
Fue en 1967 cuando el Consejo de Europa
constituye una Comisión Consultiva para
estudiar las tecnologías de la información y
su potencial agresividad a los derechos de la
persona. Ello dio como resultado la
Resolución 509 de 1968 sobre "los derechos
humanos y los nuevos logros científicos y
técnicos", lo que sería conocido más tarde
como "protección de datos".
Posteriormente, la protección de datos
personales se ha llevado a cabo dentro de
los diversos Estados que han incorporado a
sus textos fundamentales, tal como ha
acontecido con Portugal en su Constitución
de 1976 que contiene un