1. Gobierno de la Provincia de Mendoza
República Argentina
Disposición
Número:
Mendoza,
Referencia: Rechaza impugnaciones contra DI-2018-224-E-GDEMZA-DGCPYGB#MHYF y DI-2018-
225-E-GDEMZA-DGCPYGB#MHYF
VISTO el expediente EX – 2018-1314056-GDEMZA#SSP s/ ADQ. DE LUMINARIAS DE
ALUMBRADO PÚB. DE TECN. LED y las impugnaciones presentadas por los oferentes I-LED
ARGENTINA S.A.; TRI-VIAL TECH S.A.; CAPERÓN, GABRIELA ELIZABETH; STRAND
S.A.; LUG ARGENTINA S.A.; GENERAL LIGHTING SYSTEMS S.A. Y YUTONG S.A. contra
el acto de adjudicación resuelto mediante Disposiciones Nº DI-2018-224-E-GDEMZA-
DGCPYGB#MHYF y DI-2018-225-E-GDEMZA-DGCPYGB#MHYF; Y
CONSIDERANDO:
Que por Disposiciones Nº DI-2018-224-E-GDEMZA-DGCPYGB#MHYF y Nº DI-225-E-
GDEMZA-DGCPYGB#MHYF.se adjudicó la licitación pública de Convenio Marco Nº 80.203 para
la adquisición de luminarias de alumbrado público de tecnología LED y servicios complementarios
de colocación y/o reemplazo de luminarias a los oferentes que se individualizan en el anexo VII y
VIII de las citadas Disposiciones.
Que contra dicho decisorio, conforme surge de las constancias obrantes en el orden nº 124 del
expediente de marras, interponen recurso de Reconsideración los oferentes I-LED ARGENTINA
S.A.; TRI VIAL TECH S.A.; CAPERÓN, GABRIELA ELIZABETH; STRAND S.A.; LUG
ARGENTINA S.A.; GENERAL LIGHTING SYSTEMS S.A. Y YUTONG S.A.
Que la Comisión de Preadjudicación se ha avocado al conocimiento y evaluación de la procedencia
de las vías recursivas interpuestas, a cuyo efecto ha solicitado en primer término, el informe técnico
por parte del Instituto Regional de Estudios Sobre Energía (IRESE), el cual expide en definitiva el
Dictamen obrante en el orden nº 139.
Que por su parte la Comisión de Preadjudicación ha realizado también un pormenorizado análisis
sobre los aspectos reglamentarios vinculadas a las cuestiones de admisibilidad de las ofertas,
conforme a los respectivos planteos recursivos recibidos. Analizadas las conclusiones del citado
Dictamen se considera procedente adherir a las mismas, haciendo propias las motivaciones allí
expresadas, en razón de adecuarse las mismas a los recaudos reglamentarios y técnicos de la
contratación previstos por los pliegos de bases y Condiciones General, Particular y Técnico, normas
de carácter superior y Principios Generales y de interpretación aplicables en cada caso. En
consecuencia, y para mayor claridad, se considera prudente ordenar la notificación del mencionado
dictamen, conjuntamente con el presente decisorio.
DI-2019-24-E-GDEMZA-DGCPYGB#MHYF
Lunes 4 de Febrero de 2019
2. Que corresponde asimismo adherir al temperamento propiciado por el Dictamen de la Comisión de
Preadjudicación en cuanto se ha considerado procedente dar tratamiento a la presentación recursiva
del oferente YUTONG S.A., como Denuncia de Ilegitimidad, en virtud de la extemporaneidad de
citada interposición (Art. 173 Ley 9003). Del mismo modo, corresponde tomar como propios los
fundamentos expuestos por la Comisión, en orden a desestimar la Denuncia recibida, lo que así se
resuelve seguidamente.
Por ello y en uso de sus facultades,
EL DIRECTOR GENERAL DE CONTRATACIONESPÚBLICAS
Y GESTIÓN DE BIENES
D I S P O N E:
Artículo 1º: Admitir formalmente y RECHAZAR SUSTANCIALMENTE los Recursos de
Reconsideración presentados por los oferentes: I-LED ARGENTINA S.A.; TRI VIAL TECH S.A.;
CAPERÓN, GABRIELA ELIZABETH; STRAND S.A.; LUG ARGENTINA S.A.; GENERAL
LIGHTING SYSTEMS S.A., por las razones indicadas en los dictámenes producidos por el IRESE
y la Comisión de Preadjudicación, las que se adoptan como propias y forman parte integrante del
presente decisorio.
Artículo 2º: Desestimar la Denuncia de Ilegitimidad presentada por el oferente YUTONG S.A. en
razón de ser la misma sustancialmente improcedente, por las razones indicadas en los dictámenes
producidos por el IRESE y la Comisión de Preadjudicación, las que se adoptan como propias y
forman parte integrante del presente decisorio.
Artículo 3º: Regístrese; notifíquese a los recurrentes y denunciante respectivamente, conjuntamente
con los dictámenes que forman parte del plexo motivacional de la presente; comuníquese, y
agréguese copia de la presente a las actuaciones.
Digitally signed by RETA Roberto Julio
Date: 2019.02.04 14:47:28 ART
Location: MENDOZA
Dr Roberto Reta
Director de Contrataciones Públicas y Gestión de Bienes
Dirección General Contrataciones Públicas y Gestión de Bienes
Ministerio de Hacienda y Finanzas
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ELECTRÓNICA
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o=Ministerio de Gobierno Trabajo y Justicia, ou=Dirección General
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30999130638
Date: 2019.02.04 14:47:28 -03'00'