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“AÑO DE LA INTEGRACION NACIONAL Y EL RECONOCIMIENTO DE NUESTRA DIVERSIDAD”
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 090 -2012-MPM-A.
Ayaviri, 05 de Marzo del 2012.
VISTO:
El Informe No.051-2012-MPM-A/OPP, y demás actuados relacionado a la transferencia de fondos a los Centros Poblados de la
Jurisdicción de la Provincia de Melgar y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo establecido en la Decimo Segunda Disposición Complementaria de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley
No.27972, se precisa que las municipalidades de centros poblados creadas a la vigencia de la presente ley adecuan su funcionamiento, en lo que
sea pertinente, a las normas dispuestas en la presente ley;
Que el artículo 133 de la Ley No.27972 Ley Orgánica de Municipalidades señala las municipalidades provinciales y distritales están
obligadas a entregar a las municipalidades de centros poblados de su jurisdicción, en proporción a su población y los servicios públicos delegados,
un porcentaje de sus recursos propios y los transferidos por el gobierno nacional, para el cumplimiento de la prestación de los servicios públicos
delegados. La entrega o transferencia de recursos se efectuara en forma mensual, bajo responsabilidad del alcalde y del gerente municipal
correspondiente, concordante con el artículo 48 numeral 48.2) de la Ley No.27783 Ley de Bases de la Descentralización;
Que, se desprende del Informe No.046-2012-MPM-A/OPP, el Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto en relación al
desembolso de los Centros Poblados da a conocer que en el ejercicio del año fiscal 2011 se considero un presupuesto para siete Centros Poblados
(véase Resolución de Alcaldía Nº 178-2011-MPM-A), el mismo que tuvo vigencia hasta final del ejercicio 2011, por cuanto la ejecución
presupuestal es anual. Para el presente ejercicio en el PIA, se considero presupuesto para las transferencias de los Centros Poblados señalados en
la Resolución de Alcaldía ya acotado, y se incluye a dos Centros Poblados: Justo Juez Jatun Ayllu reconocido con Ordenanza Municipal Nº 012-
2009-MPM/A, Centro Poblado Choquesani, reconocido mediante Ordenanza Municipal Nº 016-2009-MPM-A, por lo tanto son nueve Centros
Poblados, para lo cual debe autorizarse su transferencia a través del resolutivo correspondiente, con cargo a la cadena funcional programática
siguiente: PROGRAMA: 9002 Asignaciones Presupuestales que no Resulten en Productos; PRODUCTO: 3999999 Sin Producto; ACTIVIDAD:
5001267 Transferencias de Recursos a los Centros Poblados; FUNCION: 03 Planeamiento, Gestión y Reserva de Contingencia; DIVISION FUNC. :
011 Transferencias e Intermediación Financiera; GRUPO FUNC. : 0119 Transferencias de Carácter General; SEC. FUNC. : 0039 Transferencias de
Recursos a las Municipalidades de Centro Poblado; FTE. FTO. : 5 Recursos Determinados; RUBRO: 07 FONCOMUN: MONTO: S/.216,000.00 nuevos
soles;
Que, con el Informe No.039-2012-MPM-A/DAJ de la Dirección de Asesoría Jurídica se indica que habiéndose creado mediante
Ordenanza Municipal los Centros Poblados señalados en el considerando precedente, y existiendo la previsión presupuestal conforme a lo
precisado en el Informe No.046-2012-MPM-A/OPP, es de la opinión por la procedencia de la habilitación de los fondos solicitados;
Que, conforme al artículo 9 de la Ley No.28693 Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, se establece que son responsables de la
Administración de los fondos Públicos en las unidades ejecutoras y dependencias equivalentes en las entidades, el Director General de
Administración o quien haga sus veces y el Tesorero.
Por las consideraciones expuestos y de conformidad a las facultades conferidas por el Artículo 20, numeral 6, de la Ley Orgánica de
Municipalidades N° 27972 y con visacion de Gerencia Municipal, Director General de Administración, Dirección de Planeamiento y Presupuesto y
la Oficina de Asesoría Jurídica:
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- AUTORIZAR la Transferencia de Fondos para el ejercicio fiscal 2012, la suma de S/.2,000.00 Nuevos Soles (Dos Mil
y 00/100 Nuevos Soles), en forma mensual a favor de los Centros Poblados de la Jurisdicción de la Provincia de Melgar: Centro Poblado de
Acllamayo, Centro Poblado de Kunurana Alto, Centro Poblado de Quishuara, Centro Poblado de Larimayo, Centro Poblado de Santa Cruz, Centro
Poblado de Balsapata, Centro Poblado Huamanruro, Centro Poblado de Justo Juez Jatun Ayllu, Centro Poblado Choquesani.
Articulo Segundo.- DISPONER que los Alcaldes de los Centros Poblados señalados en el artículo precedente DESIGNEN Y ACREDITEN a
una persona responsable ante la Municipalidad Provincial de Melgar a fin de efectuar las Transferencias de Fondos señalados en el artículo
primero de la presente Resolución de Alcaldía.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal que atraves de la Oficina de Tesorería desembolsara los recursos económicos
motivo de la transferencia a cada Municipalidad del Centro Poblado, con cargo a la cadena funcional programática precisado en el Informe Nº
046-2012-MPM-A/OPP.
Artículo Cuarto.- DISPONER que los representantes legales de cada Centro Poblado presenten su rendición en forma mensual con
documentación sustentatoria del gasto. El mismo que comprenderá facturas, recibo por honorarios, boletas de venta, declaración juradas,
boletos de viaje y otros autorizados por la SUNAT.
Artículo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente a Gerencia Municipal, Dirección General de Administración, Dirección de
Planeamiento y Presupuesto y demás Direcciones y/o Jefaturas que tengan injerencia en la misma.
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C.C.
DGA,DPP,T.
INT.
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