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FRAUDE ELECTRONICO EN EL SISTEMA BANCARIO VENEZOLANO: 
CRONOLOGIA Y ESTRATEGIAS. 
M.Sc. Norberto Mejía. 
Doctorado en Ciencias Gerenciales – URBE. 
Resumen 
El Fraude Electrónico, desde su aparición ha generado un conjunto de 
eventos que le permitieron cambios sustanciales en las organizaciones 
financieras venezolanas, cambios que en forma de estrategias y leyes le han 
servido como defensa, en este sentido, el objetivo de este artículo es 
delimitar estos antecedentes y establecer cronológicamente sus efectos tanto 
en el sistema bancario venezolano como en el Estado, para ello se realizo 
una investigación documental con diseño bibliográfico, acerca de los 
diferentes momentos en los cuales se manifestó un Fraude Electrónico y las 
diferentes estrategias que a partir de este evento se generaron, argumentos 
que se sustentaron en los postulados teóricos Ramírez (2003), Estupiñán 
(2006), Fonseca (2007) y Bello (2009). 
La revisión permite evidenciar que existe una coincidencia, cuando 
determinan la complejidad que posee la realización de los fraudes 
electrónicos, como conclusión, se le presenta al sector bancario nuevos retos 
de resiliencia organizacional, las cuales están dirigidas a sus servicios, que 
han sido manejados por ellos a sus antojos, pensando primero en el lucro 
empresarial, que en la satisfacción del usuario y usuaria, hoy en día por 
presiones de la SUDEBAN, los bancos deben prestar servicios de calidad, 
con una verdadera eficiencia y eficacia, donde primero está el satisfacer al 
usuario y usuaria que el lucro organizacional. 
Palabras claves: Fraude Electrónico, Sistema Bancario Venezolano, 
Cronología, Estrategias.
2 
FRAUDE ELECTRONICO EN EL SISTEMA BANCARIO VENEZOLANO: 
CRONOLOGIA. 
M.Sc. Norberto Mejía. 
Doctorado en Ciencias Gerenciales – URBE. 
Abstract 
Phishing, since its inception has created a set of events that allowed 
substantial changes in the Venezuelan financial organizations, changes in the 
form of strategies and laws have served as a defense, in this sense, the aim 
of this article is to define these chronological history and establish its effects 
on both the Venezuelan banking system and the State, for it is a documental 
research literature design, about different moments in which said electronic 
fraud and the different strategies from this event is generated, arguments 
were based on the theoretical Ramirez (2003), Estupiñán (2006), Fonseca 
(2007) and Bello (2009). 
The review makes evident that there is a match, when determining the 
complexity possessing conducting phishing scams, in conclusion, it presents 
new challenges to the banking sector of organizational resilience, which are 
intended for their services, which have been managed by them to their 
cravings, thinking of corporate profits, that user satisfaction and user today by 
SUDEBAN pressures, banks must provide quality services, with a real 
efficiency and effectiveness, which is the first meeting user to user and the 
organizational profit. 
. 
Keywords: wire fraud, Venezuelan banking system, Chronology, Strategies.
3 
INTRODUCCIÓN 
En los últimos años y debido a la apertura económica, al libre 
comercio y la competencia internacional, las instituciones buscaron 
alternativas, estratégicas que les permitan superar los inconvenientes 
derivados de dichos cambios. Asimismo, como consecuencia de la 
globalización, se ven obligados a redimensionar sus objetivos para tratar de 
permanecer activas y no perder sus posiciones en el mercado financiero. 
De este modo, en Venezuela, una de las áreas más susceptibles de 
perder su viabilidad, es la financiera, ya que la incursión de la banca 
extranjera, ha exigido una mayor calidad en el servicio. Esto, trajo como 
consecuencia que las instituciones financieras de mayor trayectoria en el 
país, hayan adquirido lo más relevante en tecnología, con el fin de ampliar 
sus servicios y aprovechar las oportunidades que el mercado les presenta, 
es en ese momento cuando nace la banca electrónica. 
La banca electrónica, cambio definitivamente el modelo de banca 
tradicional, que todos conocemos, trasformando las definiciones de mercado, 
producto, servicio y cliente, desarrollándose como un medio de comunicación 
entre los bancos y sus clientes, ya sean naturales o jurídicas, para realizar 
operaciones en línea en menor tiempo y costos para sus usuarios, 
optimizando sus recursos. 
Ante esta situación, pareciera que con los avances que posee la 
tecnología, deberían ser perfectos; pero, realmente no es así, según 
Estupiñán (2006) en las reconocidas ventajas del mundo virtual, se 
encuentra la naturaleza humana de la cual no se debe olvidar, porque detrás 
de una simple computadora o de grandes sistemas tecnológicos, 
informáticos, redes, entre otros, opera el hombre, ese comportamiento 
humano tiene como características que no siempre se rige por las normas 
(fueren sociales o jurídicas) diseñando y cometiendo fraudes (fallas humanas 
intencionales).
4 
Para Cano (2005), citado por Estupiñán (2006) El fraude, es el delito 
más temido por las empresas en países desarrollados, aún frente a otros 
crímenes como el terrorismo, el secuestro, el sabotaje y el hurto, lejos de 
estar bajo control, este flagelo al parecer está adquiriendo fuerza, ayudado 
en gran parte por una mayor complejidad en los negocios. 
Es por ello, que se requiere delimitar aquellos antecedentes que 
determinaron cambios sustanciales que han servido de resiliencia 
organizacional contra el fraude, en este sentido, la finalidad de este artículo 
fue que los usuarios del sistema financiero venezolano conozcan algunas de 
sus matices, y se puedan generar una mayor confianza en sus servicios 
virtuales, para ello se realizo una investigación documental con diseño 
bibliográfico, acerca de los diferentes momentos en los cuales se manifestó 
un fraude electrónico y las diferentes estrategias que a partir de este evento 
se generaron para enfrentar el fraude electrónico en el sistema bancario 
venezolano. 
APROXIMACIÓN EPISTÉMICA DEL FRAUDE ELECTRÓNICO. 
Para Ramírez (2003, pág. 166), el fraude “es una sustracción hecha 
maliciosamente a las normas de la ley o del contrato en perjuicio de alguien. 
Es una de las causas de nulidad de los actos jurídicos”; por otro lado, las 
Normas Internacionales de Auditoria “NIAs” (2006), citado por Fonseca 
(2007) define el fraude como el acto intencional incurrido por uno o más 
individuos de la administración, los encargados de la dirección, empleados o 
terceras personas, que implica el uso de engaño, para obtener una ventaja 
injusta o ilegal. 
Asimismo, Estupiñán (2006) define el fraude como despojar mediante 
engaño ya sea a una persona natural o jurídica, dentro de las menciones que 
se relacionan con los llamados delitos de cuello blanco son referidos a las 
defraudaciones que se han hecho a los entes corporativos, dividiéndose en 
dos categorías, adueñándose de fondos (efectivos o valores) o activos de la 
empresa y la declaración falsa de la situación financiera de la empresa.
5 
Al respecto, Cano (2005), citado por Estupiñán (2006) lo define como 
cualquier acto ilegal caracterizado por engaño, ocultación o violación de 
confianza. Estos actos no requieren la aplicación de amenaza de violencia o 
de fuerza física. Los fraudes son perpetrados por individuos y por 
organizaciones para obtener dinero, bienes o servicios, para evitar pagos o 
pérdidas de servicios, o para asegurarse ventajas personales o de negocio. 
Entonces, se puede inferir, que el fraude es igual a engaño o estafa y 
que es una sustracción hecha a las normas de la ley, induciendo o 
manipulando a otra persona a actuar en la forma que le interesa con el fin de 
procurarse un beneficio, pecuniario o no. 
CRONOLOGÍA DEL FRAUDE, MARCO LEGAL Y SUS ALCANCES. 
Para el año 2000, en Venezuela fue aprobada la Constitución de la 
República Bolivariana de Venezuela, que establece en su artículo 110, que el 
Estado reconocerá el interés público de la ciencia, la tecnología, el 
conocimientos, la renovación y sus aplicaciones y los servicios de 
información necesarios por ser instrumentos fundamentales para el 
desarrollo económico, social y político del país, así como para la seguridad y 
soberanía nacional. Garantizando así, el cumplimiento de los principios 
éticos y legales que deben regir las actividades de investigación científica, 
humanista y tecnológica. 
Por lo tanto el gobierno Venezolano dando cumplimiento a la norma 
constitucional mencionada anteriormente, aprobación la Ley Orgánica de 
Ciencia, Tecnología e Innovación, que tiene por objeto desarrollar los 
principios en materia de ciencia, tecnología e innovación, organizando el 
Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, definiendo así, sus 
lineamientos, políticas y estrategias, a fin de fomentar e impulsar el desarrollo 
del país. 
Sin embargo, para que este esfuerzo de incorporación a Venezuela en 
la era de la tecnología y de la información, alcance un nivel adecuado, se 
hace necesario la promulgación de un conjunto de instrumentos legales, para
6 
finales del año 2001, fue aprobada la Ley contra Delitos Informáticos, la cual 
significa un gran avance en materia penal para dicho tiempo, visto que nos 
permitirá la protección de la tecnología de la información, persiguiendo todas 
aquellas conductas antijurídicas que se realicen en este campo. 
En este orden de ideas, a comienzo del 2004, fue aprobada la Ley 
sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas, cuyo contenido constituye 
un soporte jurídico fundamental para dotar de certeza a las transacciones 
electrónicas, conferir valor probatorio al documento digitalizado y así 
contribuir al desarrollo del comercio electrónico del país. 
A finales de 2009 se aprueba la modificación a la Ley General de 
Bancos y otras Instituciones Financieras, la cual introduce en el sector 
bancario un mayor dinamismo al probarse la participación del capital 
extranjero y la creación de la banca universal, estos avances en la legislación 
venezolana proporcionaron al sistema financiero mayores posibilidades de 
actuación, y a sus clientes una mayor diversidad de opciones incluyendo 
todos los avances tecnológicos que han provocado una nueva concepción de 
la gestión bancaria en todos los sistemas financieros. 
Para el 15 de Marzo del 2011 la Superintendencia de Bancos y Otras 
Instituciones Financieras (SUDEBAN), publica la resolución numero 083.11, 
donde establece una serie de normas relativas a la protección de los 
usuarios y usuarias de los servicios financieros, donde las instituciones 
bancarias están en la obligación de prestar un servicio totalmente de calidad 
y excelencia en todos sus productos. Según Estupiñán (2006), en la acción 
de las autoridades frente al fraude, la gran mayoría, considera que las cortes 
(sistema judicial) no entienden la complejidad de los principales casos de 
fraude y, por lo tanto, no fallan de manera satisfactoria. 
Por todo lo antes planteado, coincidimos con Estupiñán, existiendo 
una delincuencia organizada, que está siempre delante de todas estas leyes 
existentes, con una visión futurista de cómo realizar nuevos fraudes, se 
requiere un marco legal, con una nueva visión, que entiendan las diferentes
7 
complejidades que posean los fraudes, adelantándose a sus actos delictivos, 
fallando de manera objetiva y con penas más severas, se lograría minimizar 
el impacto de los diferentes fraudes. En referencia a la resolución 083.11 de 
SUDEBAN, se infiere, que el gobierno en una jugada magistral, delegó una 
parte de su responsabilidad en el tema tratado, al poderoso sistema 
financiero venezolano. 
Según, Cano (2005) citado por Estupiñán (2006 p. 376) “un estudio 
realizado en los Estados Unidos, aproximadamente el 27% de los fraudes se 
cometen hoy en día contra los bancos, el 29% contra individuos, el resto 
contra empresas (21%), gobiernos (19) y otros. De otra parte, solo el 10% de 
todos los casos son reportados a las autoridades, ya sea porque la empresa 
no sabe cómo reaccionar ante el fraude, o bien porque quiere evitar exponer 
un fraude erróneamente ante la opinión pública”. 
En Venezuela, SUDEBAN refleja en su informe anual 2009, que se 
recibió 24.940 denuncias, en un periodo del 01/12/2009 al 31/12/2009, de las 
cuales 44,3% fueron causadas por 'débito no reconocido por tarjetas de 
débitos', lo que se considera como fraude bancario, o clonación, cancelando 
un monto (bolívares fuertes) de 41.810.870,00. Además, se atendieron vía 
telefónica otras 42.194 a través del 'Centro de Atención Telefónica'. 
Las tendencias que han favorecido el desarrollo del fraude, según 
Cano (2005), citado por Estupiñán (2006) son: Mayor presencia del crimen 
organizado, se trata pequeñas mafias, de dos o tres individuos, cuya 
actividad empresarial es dedicarse a encontrar objetivos fáciles. Mayor 
corrupción de empleados, se refiere al empleado que por una serie de razón 
anti éticas, decide que es más fácil ganar dinero de otra forma. La aparición 
de tecnofaucrata, este término define a aquella gente bien preparada, muy 
conocedora de los negocios y de los mercados, que considera que lo 
importante es ganar dinero a costa de lo que sea. El desarrollo de técnicas 
más accesibles de falsificación, por medio de las tecnología lograr la
8 
falsificación de diferentes instrumentos legales, como acciones, billetes, 
cedulas de identidad, cheques, entre otros. 
De igual manera, más oportunidades de fraudes por errores 
operativos, por la reducción de gastos, falta de buenos procedimientos 
operativos y la ausencia de una excelente formación para sus empleados; 
Fraudes multi–jurisdiccionales, ocurre cuando un fraude se realiza en un país 
“A” y los fondos son transferidos a un país “B”; asi como también, 
defraudadores dispuestos a presentar batalla legal, la inefectividad en la 
acción legal, hace que el defraudador se salga con la suya. 
Igualmente, mayor velocidad en el movimiento de fondos, hoy en día 
un empleado solo necesita solo cinco minutos para cometer un fraude; para 
Cano (2005), han favorecido el desarrollo del fraude, las siguientes: El 
debilitamiento de valores éticos tradicionales, Una legislación desfasada, 
Falta de cultura de prevención, Productos, procesos y servicios más 
complejos y de difícil acceso a los usuarios, Estrategias efectivas contra el 
fraude. 
Para Estupiñán (2006) las estrategias que por su efectividad, han 
venido ganando importancia en la lucha contra el fraude son las siguientes: 
La capacitación de los empleados: es imperativa, especialmente en lo que se 
refiere al manejo de sistemas, ya que una deficiencia en esta área puede ser 
desastrosa, La declaración de los empleados de la misma compañía o la 
información anónima: ello ha llevado a la creación de líneas telefónicas (hot-lines) 
u oficiales de la compañía, que operan fuera del negocio. 
El intercambio de información entre compañías, ya sea por sector o 
por ubicación geográfica: se debe obrar con cautela, ya que si se discute 
abiertamente puede implicar acciones contra la empresa por difamación. El 
diseño e implementación de políticas claras de prevención, detención e 
información de casos dentro de la misma compañía: muchos fraudes se 
podrían evitar con la planeación y sistemas de control adecuados.
9 
Establecimiento de normas sencillas contra el fraude: los abogados 
defensores tienden a complicar los casos en la corte. 
Ayudarle a la Gerencia a minimizar la ocurrencia del fraude mediante 
el establecimiento y mantenimiento por parte de la misma, de controles 
internos efectivos. Trabajar con la gerencia para desarrollar y cumplir los 
procedimientos de detección de fraude. Ayudar a la Gerencia en la 
concientización de los empleados de la compañía sobre las características 
del fraude y los pasos a seguir para informar sobre un posible fraude. Es de 
mucha importancia para las instituciones. Investigar los inicios de un posible 
fraude o de actividades potencialmente fraudulentas identificadas por medio 
de auditoría internas, sin importar si dichos fraudes están dirigidos hacia la 
compañía o hacia sus clientes. Instruir procedimientos previos de 
investigación del fraude, sería una de las estrategias más relevante, la cual 
ayudaría a minimizarlo. 
SISTEMA BANCARIO VENEZOLANO, RETOS DE CAMBIO. 
Sin lugar a duda, uno de los retos a corto plazo que se le está 
presentado al sistema bancario venezolano, bien sea privado o público, es 
cumplir en su totalidad con las NORMAS RELATIVAS A LA PROTECCIÓN 
DE LOS USUARIOS Y USUARIAS DE LOS SERVICIOS FINANCIEROS, 
establecidas por SUDEBAN en la resolución 083.11, de fecha 15 Marzo 
2011, donde se le exige a la banca, que toda su diversidad de productos y 
servicios, deben ser prestado a su clientela y usuarios, con una eficacia y 
eficiencia total, traduciéndose en una excelente atención, donde los bancos 
no la tienen todas ganadas inclinándose la balanza hacia los usuarios. 
Existe una serie de obligaciones en esta resolución, que le están 
causando ruido a todo el sistema bancario venezolano, porque cada uno de 
estos artículos debe ser atendidos y acatados con celeridad, tacto, e 
inteligencia, ya que para lograr el objetivo del mismo, se deben de establecer 
estrategias que beneficien a los usuarios y usuarias no a las instituciones,
10 
tomaremos algunos de ellos que nos competen según el tema tratado en 
esta investigación. 
Artículo 7. Le exige a las instituciones que el tiempo de espera de los 
clientes no exceda de 30 minutos, este artículo obliga a los bancos a 
descongestionar sus oficinas, teniendo que direccionar a sus clientes hacia la 
banca electrónica, ampliando y implementando en ella la mayoría de los 
servicios prestados por sus oficinas, por tal motivo deben de convencer a sus 
clientes que dicho servicio esta blindado y es más seguro que asistir a las 
agencias. 
Artículo 13. Este, obliga a las instituciones, a proteger los datos 
personales de sus clientes. Protegiendo así, todos sus archivos, contra 
cualquier apertura no autorizada. 
Artículo 14. Las instituciones deben contar con sistema de alerta 
segura, que avise a su clientela sobre las operaciones efectuadas con sus 
tarjetas, tanto de crédito como de debito, para así, mitigar la ejecución de 
posibles fraudes. 
Artículo 24. Las instituciones deberán tener una Unidad de Atención al 
Usuario, la cual debe estar incorporada a su estructura organizacional y se 
encargara de todo lo referente a sus reclamos. 
Artículo 35. Obliga a las instituciones a probar sus respectivas 
afirmaciones de los hechos, los usuarios solo deberán consignar el 
documento que soporte su denuncia. 
Como se puede apreciar solo se menciona una pequeña muestra de 
dicha resolución donde se describen cinco artículos de sesenta y cinco que 
posee la misma, por tal motivo considero que uno de los retos de cambio 
para el sistema financiero venezolano, mas trascendental, será el adaptar a 
toda su estructura organizacional, a la resolución 083.11. 
REFLEXIONES FINALES. 
Desde el establecimiento de la banca “moderna” en Venezuela 
lograda por el extinto Banco de Maracaibo en el año 1882, pasando por su
11 
expansión en el año 1940 donde inicia sus actividades el Banco Central de 
Venezuela, la crisis bancaria en el año 1994, sus diferentes fusiones como 
gestión estratégica, el sistema financiero venezolano ha pasado por 
diferentes circunstancias, muchas de ellas, beneficiosas para algunos y 
perjudiciales para otros, saliendo siempre fortalecido. 
En la actualidad se le deslumbra un nuevo panorama, ya la Asociación 
Bancaria de Venezuela (ABV), la cual se caracteriza por estar dominada por 
los presidentes de los bancos privados ya no rigen los destinos de las 
finanzas en Venezuela, existe otra vos como debe ser, la del gobierno 
venezolano en la vocería de SUDEBAN, la cual se ha encargado de poner 
orden y de marcar la pauta en la banca venezolana sea privada o pública, 
inclinando la balanza a favor del usuario y usuaria. 
Por tales motivos, se le presenta a sector bancario nuevos retos de 
resiliencia organizacional, la cual apuntan a sus servicios, los cuales han sido 
manejados por ellos a sus antojos pensando primero en el lucro empresarial, 
que en la satisfacción del usuario y usuaria, hoy en día por presiones de la 
SUDEBAN, los bancos deben prestar servicios de calidad con una verdadera 
eficiencia y eficacia, donde primero está el satisfacer al usuario y usuaria que 
el lucro organizacional. Esta es una nueva carrera de 100 metros planos con 
obstáculos, donde el primero que llegue no será el más rápido ni el más 
poderoso, sino el que pueda concatenar todas sus herramientas de 
creatividad e innovación para el bienestar social. 
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS 
Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Gaceta Oficial 
Extraordinario N. 5.453 viernes 24 de marzo del 2000. 
Estupiñan Rodrigo “Control Interno y Fraudes con base en los ciclos 
transaccionales. Análisis de Informe COSO I y II” Segunda Edición, 
Ecoe Ediciones. Colombia 2006.
12 
Fonseca Oswaldo, Auditoria Gubernamental Moderna. Editor: Instituto de 
Investigación en Accountability y Control (IICO) Lima Perú 2007. 
Ley Especial Contra los Delitos Informáticos. Gaceta Oficial, de la Republica 
Bolivariana de Venezuela N. 37.313 del 30 de Octubre de 2001. 
Ley General de Bancos y otras Instituciones Financieras, Gaceta Oficial N. 
5.947 Extraordinario de Fecha 23 de Diciembre de 2009. 
Ley Sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas. Gaceta Oficial N. 
38.086 martes 14 de diciembre de 2004. 
Resolución 083.11, “Normas Relativas a la Protección de Usuarios y 
Usuarias de los Servicios Financieros” Superintendencia de Bancos y 
otras Instituciones Financieras (SUDEBAN) (2011, marzo 15) Gaceta 
Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela, 39.635. Marzo 16, 
2011. 
Ramírez Juan. (2003) “Diccionario Jurídico” Editor Claridad Argentina.

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FRAUDE ELECTRONICO EN EL SISTEMA BANCARIO VENEZOLANO:

  • 1. 1 FRAUDE ELECTRONICO EN EL SISTEMA BANCARIO VENEZOLANO: CRONOLOGIA Y ESTRATEGIAS. M.Sc. Norberto Mejía. Doctorado en Ciencias Gerenciales – URBE. Resumen El Fraude Electrónico, desde su aparición ha generado un conjunto de eventos que le permitieron cambios sustanciales en las organizaciones financieras venezolanas, cambios que en forma de estrategias y leyes le han servido como defensa, en este sentido, el objetivo de este artículo es delimitar estos antecedentes y establecer cronológicamente sus efectos tanto en el sistema bancario venezolano como en el Estado, para ello se realizo una investigación documental con diseño bibliográfico, acerca de los diferentes momentos en los cuales se manifestó un Fraude Electrónico y las diferentes estrategias que a partir de este evento se generaron, argumentos que se sustentaron en los postulados teóricos Ramírez (2003), Estupiñán (2006), Fonseca (2007) y Bello (2009). La revisión permite evidenciar que existe una coincidencia, cuando determinan la complejidad que posee la realización de los fraudes electrónicos, como conclusión, se le presenta al sector bancario nuevos retos de resiliencia organizacional, las cuales están dirigidas a sus servicios, que han sido manejados por ellos a sus antojos, pensando primero en el lucro empresarial, que en la satisfacción del usuario y usuaria, hoy en día por presiones de la SUDEBAN, los bancos deben prestar servicios de calidad, con una verdadera eficiencia y eficacia, donde primero está el satisfacer al usuario y usuaria que el lucro organizacional. Palabras claves: Fraude Electrónico, Sistema Bancario Venezolano, Cronología, Estrategias.
  • 2. 2 FRAUDE ELECTRONICO EN EL SISTEMA BANCARIO VENEZOLANO: CRONOLOGIA. M.Sc. Norberto Mejía. Doctorado en Ciencias Gerenciales – URBE. Abstract Phishing, since its inception has created a set of events that allowed substantial changes in the Venezuelan financial organizations, changes in the form of strategies and laws have served as a defense, in this sense, the aim of this article is to define these chronological history and establish its effects on both the Venezuelan banking system and the State, for it is a documental research literature design, about different moments in which said electronic fraud and the different strategies from this event is generated, arguments were based on the theoretical Ramirez (2003), Estupiñán (2006), Fonseca (2007) and Bello (2009). The review makes evident that there is a match, when determining the complexity possessing conducting phishing scams, in conclusion, it presents new challenges to the banking sector of organizational resilience, which are intended for their services, which have been managed by them to their cravings, thinking of corporate profits, that user satisfaction and user today by SUDEBAN pressures, banks must provide quality services, with a real efficiency and effectiveness, which is the first meeting user to user and the organizational profit. . Keywords: wire fraud, Venezuelan banking system, Chronology, Strategies.
  • 3. 3 INTRODUCCIÓN En los últimos años y debido a la apertura económica, al libre comercio y la competencia internacional, las instituciones buscaron alternativas, estratégicas que les permitan superar los inconvenientes derivados de dichos cambios. Asimismo, como consecuencia de la globalización, se ven obligados a redimensionar sus objetivos para tratar de permanecer activas y no perder sus posiciones en el mercado financiero. De este modo, en Venezuela, una de las áreas más susceptibles de perder su viabilidad, es la financiera, ya que la incursión de la banca extranjera, ha exigido una mayor calidad en el servicio. Esto, trajo como consecuencia que las instituciones financieras de mayor trayectoria en el país, hayan adquirido lo más relevante en tecnología, con el fin de ampliar sus servicios y aprovechar las oportunidades que el mercado les presenta, es en ese momento cuando nace la banca electrónica. La banca electrónica, cambio definitivamente el modelo de banca tradicional, que todos conocemos, trasformando las definiciones de mercado, producto, servicio y cliente, desarrollándose como un medio de comunicación entre los bancos y sus clientes, ya sean naturales o jurídicas, para realizar operaciones en línea en menor tiempo y costos para sus usuarios, optimizando sus recursos. Ante esta situación, pareciera que con los avances que posee la tecnología, deberían ser perfectos; pero, realmente no es así, según Estupiñán (2006) en las reconocidas ventajas del mundo virtual, se encuentra la naturaleza humana de la cual no se debe olvidar, porque detrás de una simple computadora o de grandes sistemas tecnológicos, informáticos, redes, entre otros, opera el hombre, ese comportamiento humano tiene como características que no siempre se rige por las normas (fueren sociales o jurídicas) diseñando y cometiendo fraudes (fallas humanas intencionales).
  • 4. 4 Para Cano (2005), citado por Estupiñán (2006) El fraude, es el delito más temido por las empresas en países desarrollados, aún frente a otros crímenes como el terrorismo, el secuestro, el sabotaje y el hurto, lejos de estar bajo control, este flagelo al parecer está adquiriendo fuerza, ayudado en gran parte por una mayor complejidad en los negocios. Es por ello, que se requiere delimitar aquellos antecedentes que determinaron cambios sustanciales que han servido de resiliencia organizacional contra el fraude, en este sentido, la finalidad de este artículo fue que los usuarios del sistema financiero venezolano conozcan algunas de sus matices, y se puedan generar una mayor confianza en sus servicios virtuales, para ello se realizo una investigación documental con diseño bibliográfico, acerca de los diferentes momentos en los cuales se manifestó un fraude electrónico y las diferentes estrategias que a partir de este evento se generaron para enfrentar el fraude electrónico en el sistema bancario venezolano. APROXIMACIÓN EPISTÉMICA DEL FRAUDE ELECTRÓNICO. Para Ramírez (2003, pág. 166), el fraude “es una sustracción hecha maliciosamente a las normas de la ley o del contrato en perjuicio de alguien. Es una de las causas de nulidad de los actos jurídicos”; por otro lado, las Normas Internacionales de Auditoria “NIAs” (2006), citado por Fonseca (2007) define el fraude como el acto intencional incurrido por uno o más individuos de la administración, los encargados de la dirección, empleados o terceras personas, que implica el uso de engaño, para obtener una ventaja injusta o ilegal. Asimismo, Estupiñán (2006) define el fraude como despojar mediante engaño ya sea a una persona natural o jurídica, dentro de las menciones que se relacionan con los llamados delitos de cuello blanco son referidos a las defraudaciones que se han hecho a los entes corporativos, dividiéndose en dos categorías, adueñándose de fondos (efectivos o valores) o activos de la empresa y la declaración falsa de la situación financiera de la empresa.
  • 5. 5 Al respecto, Cano (2005), citado por Estupiñán (2006) lo define como cualquier acto ilegal caracterizado por engaño, ocultación o violación de confianza. Estos actos no requieren la aplicación de amenaza de violencia o de fuerza física. Los fraudes son perpetrados por individuos y por organizaciones para obtener dinero, bienes o servicios, para evitar pagos o pérdidas de servicios, o para asegurarse ventajas personales o de negocio. Entonces, se puede inferir, que el fraude es igual a engaño o estafa y que es una sustracción hecha a las normas de la ley, induciendo o manipulando a otra persona a actuar en la forma que le interesa con el fin de procurarse un beneficio, pecuniario o no. CRONOLOGÍA DEL FRAUDE, MARCO LEGAL Y SUS ALCANCES. Para el año 2000, en Venezuela fue aprobada la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que establece en su artículo 110, que el Estado reconocerá el interés público de la ciencia, la tecnología, el conocimientos, la renovación y sus aplicaciones y los servicios de información necesarios por ser instrumentos fundamentales para el desarrollo económico, social y político del país, así como para la seguridad y soberanía nacional. Garantizando así, el cumplimiento de los principios éticos y legales que deben regir las actividades de investigación científica, humanista y tecnológica. Por lo tanto el gobierno Venezolano dando cumplimiento a la norma constitucional mencionada anteriormente, aprobación la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación, que tiene por objeto desarrollar los principios en materia de ciencia, tecnología e innovación, organizando el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, definiendo así, sus lineamientos, políticas y estrategias, a fin de fomentar e impulsar el desarrollo del país. Sin embargo, para que este esfuerzo de incorporación a Venezuela en la era de la tecnología y de la información, alcance un nivel adecuado, se hace necesario la promulgación de un conjunto de instrumentos legales, para
  • 6. 6 finales del año 2001, fue aprobada la Ley contra Delitos Informáticos, la cual significa un gran avance en materia penal para dicho tiempo, visto que nos permitirá la protección de la tecnología de la información, persiguiendo todas aquellas conductas antijurídicas que se realicen en este campo. En este orden de ideas, a comienzo del 2004, fue aprobada la Ley sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas, cuyo contenido constituye un soporte jurídico fundamental para dotar de certeza a las transacciones electrónicas, conferir valor probatorio al documento digitalizado y así contribuir al desarrollo del comercio electrónico del país. A finales de 2009 se aprueba la modificación a la Ley General de Bancos y otras Instituciones Financieras, la cual introduce en el sector bancario un mayor dinamismo al probarse la participación del capital extranjero y la creación de la banca universal, estos avances en la legislación venezolana proporcionaron al sistema financiero mayores posibilidades de actuación, y a sus clientes una mayor diversidad de opciones incluyendo todos los avances tecnológicos que han provocado una nueva concepción de la gestión bancaria en todos los sistemas financieros. Para el 15 de Marzo del 2011 la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (SUDEBAN), publica la resolución numero 083.11, donde establece una serie de normas relativas a la protección de los usuarios y usuarias de los servicios financieros, donde las instituciones bancarias están en la obligación de prestar un servicio totalmente de calidad y excelencia en todos sus productos. Según Estupiñán (2006), en la acción de las autoridades frente al fraude, la gran mayoría, considera que las cortes (sistema judicial) no entienden la complejidad de los principales casos de fraude y, por lo tanto, no fallan de manera satisfactoria. Por todo lo antes planteado, coincidimos con Estupiñán, existiendo una delincuencia organizada, que está siempre delante de todas estas leyes existentes, con una visión futurista de cómo realizar nuevos fraudes, se requiere un marco legal, con una nueva visión, que entiendan las diferentes
  • 7. 7 complejidades que posean los fraudes, adelantándose a sus actos delictivos, fallando de manera objetiva y con penas más severas, se lograría minimizar el impacto de los diferentes fraudes. En referencia a la resolución 083.11 de SUDEBAN, se infiere, que el gobierno en una jugada magistral, delegó una parte de su responsabilidad en el tema tratado, al poderoso sistema financiero venezolano. Según, Cano (2005) citado por Estupiñán (2006 p. 376) “un estudio realizado en los Estados Unidos, aproximadamente el 27% de los fraudes se cometen hoy en día contra los bancos, el 29% contra individuos, el resto contra empresas (21%), gobiernos (19) y otros. De otra parte, solo el 10% de todos los casos son reportados a las autoridades, ya sea porque la empresa no sabe cómo reaccionar ante el fraude, o bien porque quiere evitar exponer un fraude erróneamente ante la opinión pública”. En Venezuela, SUDEBAN refleja en su informe anual 2009, que se recibió 24.940 denuncias, en un periodo del 01/12/2009 al 31/12/2009, de las cuales 44,3% fueron causadas por 'débito no reconocido por tarjetas de débitos', lo que se considera como fraude bancario, o clonación, cancelando un monto (bolívares fuertes) de 41.810.870,00. Además, se atendieron vía telefónica otras 42.194 a través del 'Centro de Atención Telefónica'. Las tendencias que han favorecido el desarrollo del fraude, según Cano (2005), citado por Estupiñán (2006) son: Mayor presencia del crimen organizado, se trata pequeñas mafias, de dos o tres individuos, cuya actividad empresarial es dedicarse a encontrar objetivos fáciles. Mayor corrupción de empleados, se refiere al empleado que por una serie de razón anti éticas, decide que es más fácil ganar dinero de otra forma. La aparición de tecnofaucrata, este término define a aquella gente bien preparada, muy conocedora de los negocios y de los mercados, que considera que lo importante es ganar dinero a costa de lo que sea. El desarrollo de técnicas más accesibles de falsificación, por medio de las tecnología lograr la
  • 8. 8 falsificación de diferentes instrumentos legales, como acciones, billetes, cedulas de identidad, cheques, entre otros. De igual manera, más oportunidades de fraudes por errores operativos, por la reducción de gastos, falta de buenos procedimientos operativos y la ausencia de una excelente formación para sus empleados; Fraudes multi–jurisdiccionales, ocurre cuando un fraude se realiza en un país “A” y los fondos son transferidos a un país “B”; asi como también, defraudadores dispuestos a presentar batalla legal, la inefectividad en la acción legal, hace que el defraudador se salga con la suya. Igualmente, mayor velocidad en el movimiento de fondos, hoy en día un empleado solo necesita solo cinco minutos para cometer un fraude; para Cano (2005), han favorecido el desarrollo del fraude, las siguientes: El debilitamiento de valores éticos tradicionales, Una legislación desfasada, Falta de cultura de prevención, Productos, procesos y servicios más complejos y de difícil acceso a los usuarios, Estrategias efectivas contra el fraude. Para Estupiñán (2006) las estrategias que por su efectividad, han venido ganando importancia en la lucha contra el fraude son las siguientes: La capacitación de los empleados: es imperativa, especialmente en lo que se refiere al manejo de sistemas, ya que una deficiencia en esta área puede ser desastrosa, La declaración de los empleados de la misma compañía o la información anónima: ello ha llevado a la creación de líneas telefónicas (hot-lines) u oficiales de la compañía, que operan fuera del negocio. El intercambio de información entre compañías, ya sea por sector o por ubicación geográfica: se debe obrar con cautela, ya que si se discute abiertamente puede implicar acciones contra la empresa por difamación. El diseño e implementación de políticas claras de prevención, detención e información de casos dentro de la misma compañía: muchos fraudes se podrían evitar con la planeación y sistemas de control adecuados.
  • 9. 9 Establecimiento de normas sencillas contra el fraude: los abogados defensores tienden a complicar los casos en la corte. Ayudarle a la Gerencia a minimizar la ocurrencia del fraude mediante el establecimiento y mantenimiento por parte de la misma, de controles internos efectivos. Trabajar con la gerencia para desarrollar y cumplir los procedimientos de detección de fraude. Ayudar a la Gerencia en la concientización de los empleados de la compañía sobre las características del fraude y los pasos a seguir para informar sobre un posible fraude. Es de mucha importancia para las instituciones. Investigar los inicios de un posible fraude o de actividades potencialmente fraudulentas identificadas por medio de auditoría internas, sin importar si dichos fraudes están dirigidos hacia la compañía o hacia sus clientes. Instruir procedimientos previos de investigación del fraude, sería una de las estrategias más relevante, la cual ayudaría a minimizarlo. SISTEMA BANCARIO VENEZOLANO, RETOS DE CAMBIO. Sin lugar a duda, uno de los retos a corto plazo que se le está presentado al sistema bancario venezolano, bien sea privado o público, es cumplir en su totalidad con las NORMAS RELATIVAS A LA PROTECCIÓN DE LOS USUARIOS Y USUARIAS DE LOS SERVICIOS FINANCIEROS, establecidas por SUDEBAN en la resolución 083.11, de fecha 15 Marzo 2011, donde se le exige a la banca, que toda su diversidad de productos y servicios, deben ser prestado a su clientela y usuarios, con una eficacia y eficiencia total, traduciéndose en una excelente atención, donde los bancos no la tienen todas ganadas inclinándose la balanza hacia los usuarios. Existe una serie de obligaciones en esta resolución, que le están causando ruido a todo el sistema bancario venezolano, porque cada uno de estos artículos debe ser atendidos y acatados con celeridad, tacto, e inteligencia, ya que para lograr el objetivo del mismo, se deben de establecer estrategias que beneficien a los usuarios y usuarias no a las instituciones,
  • 10. 10 tomaremos algunos de ellos que nos competen según el tema tratado en esta investigación. Artículo 7. Le exige a las instituciones que el tiempo de espera de los clientes no exceda de 30 minutos, este artículo obliga a los bancos a descongestionar sus oficinas, teniendo que direccionar a sus clientes hacia la banca electrónica, ampliando y implementando en ella la mayoría de los servicios prestados por sus oficinas, por tal motivo deben de convencer a sus clientes que dicho servicio esta blindado y es más seguro que asistir a las agencias. Artículo 13. Este, obliga a las instituciones, a proteger los datos personales de sus clientes. Protegiendo así, todos sus archivos, contra cualquier apertura no autorizada. Artículo 14. Las instituciones deben contar con sistema de alerta segura, que avise a su clientela sobre las operaciones efectuadas con sus tarjetas, tanto de crédito como de debito, para así, mitigar la ejecución de posibles fraudes. Artículo 24. Las instituciones deberán tener una Unidad de Atención al Usuario, la cual debe estar incorporada a su estructura organizacional y se encargara de todo lo referente a sus reclamos. Artículo 35. Obliga a las instituciones a probar sus respectivas afirmaciones de los hechos, los usuarios solo deberán consignar el documento que soporte su denuncia. Como se puede apreciar solo se menciona una pequeña muestra de dicha resolución donde se describen cinco artículos de sesenta y cinco que posee la misma, por tal motivo considero que uno de los retos de cambio para el sistema financiero venezolano, mas trascendental, será el adaptar a toda su estructura organizacional, a la resolución 083.11. REFLEXIONES FINALES. Desde el establecimiento de la banca “moderna” en Venezuela lograda por el extinto Banco de Maracaibo en el año 1882, pasando por su
  • 11. 11 expansión en el año 1940 donde inicia sus actividades el Banco Central de Venezuela, la crisis bancaria en el año 1994, sus diferentes fusiones como gestión estratégica, el sistema financiero venezolano ha pasado por diferentes circunstancias, muchas de ellas, beneficiosas para algunos y perjudiciales para otros, saliendo siempre fortalecido. En la actualidad se le deslumbra un nuevo panorama, ya la Asociación Bancaria de Venezuela (ABV), la cual se caracteriza por estar dominada por los presidentes de los bancos privados ya no rigen los destinos de las finanzas en Venezuela, existe otra vos como debe ser, la del gobierno venezolano en la vocería de SUDEBAN, la cual se ha encargado de poner orden y de marcar la pauta en la banca venezolana sea privada o pública, inclinando la balanza a favor del usuario y usuaria. Por tales motivos, se le presenta a sector bancario nuevos retos de resiliencia organizacional, la cual apuntan a sus servicios, los cuales han sido manejados por ellos a sus antojos pensando primero en el lucro empresarial, que en la satisfacción del usuario y usuaria, hoy en día por presiones de la SUDEBAN, los bancos deben prestar servicios de calidad con una verdadera eficiencia y eficacia, donde primero está el satisfacer al usuario y usuaria que el lucro organizacional. Esta es una nueva carrera de 100 metros planos con obstáculos, donde el primero que llegue no será el más rápido ni el más poderoso, sino el que pueda concatenar todas sus herramientas de creatividad e innovación para el bienestar social. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Gaceta Oficial Extraordinario N. 5.453 viernes 24 de marzo del 2000. Estupiñan Rodrigo “Control Interno y Fraudes con base en los ciclos transaccionales. Análisis de Informe COSO I y II” Segunda Edición, Ecoe Ediciones. Colombia 2006.
  • 12. 12 Fonseca Oswaldo, Auditoria Gubernamental Moderna. Editor: Instituto de Investigación en Accountability y Control (IICO) Lima Perú 2007. Ley Especial Contra los Delitos Informáticos. Gaceta Oficial, de la Republica Bolivariana de Venezuela N. 37.313 del 30 de Octubre de 2001. Ley General de Bancos y otras Instituciones Financieras, Gaceta Oficial N. 5.947 Extraordinario de Fecha 23 de Diciembre de 2009. Ley Sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas. Gaceta Oficial N. 38.086 martes 14 de diciembre de 2004. Resolución 083.11, “Normas Relativas a la Protección de Usuarios y Usuarias de los Servicios Financieros” Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Financieras (SUDEBAN) (2011, marzo 15) Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela, 39.635. Marzo 16, 2011. Ramírez Juan. (2003) “Diccionario Jurídico” Editor Claridad Argentina.