2. 2
Fuente: co.creativecommons.org
CREATIVE COMMONS
Creative Commons es un proyecto internacional que tiene
como propósito fortalecer a creadores para que sean quienes
definan los términos en que sus obras pueden ser usadas, qué
derechos desean entregar y en qué condiciones lo harán.
La organización sin fines de lucro creada por Lawrence Lessig,
profesor de derecho en la Universidad de Stanford y autor de
importantes textos sobre ley del ciberespacio, tiene como
idea central ofrecer un modelo legal de licencias y una serie
de aplicaciones informáticas que faciliten la distribución y uso
de contenidos dentro del dominio público.
Creative Commons (en español: «bienes comunes creativos»)
es también el nombre dado a las licencias desarrolladas por
esta organización.
Si el paradigma del sistema tradicional del derecho de autor
es “Todos los derechos reservados”, para las licencias CC es
“Algunos derechos reservados”. Si en el sistema del derecho
de autor el principio es que toda utilización de una obra debe
tener un permiso expreso del titular de los derechos de autor,
para las licencias CC el principio es el de la libertad creativa.
Este sistema no está pensado como un enemigo del derecho
de autor. Al contrario, se complementa con éste. Estamos
conscientes de la importancia del derecho de autor en nuestra
cultura. Fuente: co.creativecommons.org
Las licencias Creative Commons o CC están inspiradas en la
licencia GPL (General Public License) de la Free Software
Foundation. No son, sin embargo, un tipo de licenciamiento
de software. La idea principal es posibilitar un modelo legal
ayudado por herramientas informáticas, para así facilitar la
distribución y el uso de contenidos.
Existe una serie de licencias Creative Commons, cada una con
diferentes configuraciones o principios, como el derecho del
autor original a dar libertad para citar su obra, reproducirla,
3. 3
crear obras derivadas, ofrecerla públicamente y con diferentes
restricciones, como no permitir el uso comercial o respetar la
autoría original.
Las licencias según Creative Commons se pueden establecer
de acuerdo a las siguientes condiciones que se detallan a
continuación:
Atribución: Esta opción permite a otros copiar, distribuir,
mostrar y ejecutar el trabajo patentado y todos los derivados
del mismo. Pero dando siempre testimonio de la autoría del
mismo.
Ejemplo: Josué publica su fotografía con Licencia de
Atribución, porque desea que el mundo emplee su fotografía
dejando constancia que es suya. Vero encuentra esta fotografía
en Internet y desea incorporarla a la página de inicio de su Web.
Vero coloca esta fotografía y claramente indica que Josué es
el propietario.
No Comercial: Esta opción permite a otros copiar, distribuir,
mostrar y ejecutar el trabajo patentado y todos los derivados
del mismo, pero únicamente con propósitos no comerciales.
Ejemplo: Vero publica su fotografía con licencia No comercial.
Josué incorpora una parte de la fotografía de Vero en parte de
un póster. Josué no estaría autorizado a vender ese póster sin
la autorización de Vero.
Sin derivar: Esta opción permite a otros copiar, distribuir,
mostrar y ejecutar solo copias literales del trabajo patentado,
no estando autorizado ningún tercero a realizar trabajos
derivados del mismo.
Ejemplo: Josué graba su canción con una Licencia de No
derivación del trabajo. Diego No podría tomar parte de esta
obra para incorporarla a otra suya o realizar modificaciones
sobre la misma, sin la autorización de Josué.
4. 4
Compartir igual: Esta licencia permite a otros realizar
trabajos derivados pero únicamente bajo una licencia idéntica.
Este tipo de licencia, únicamente aplica a obras derivadas.
NOTA: Si se presta atención, se observa que esta licencia es
excluyente de la de No derivación de trabajos, es decir, no se
pueden elegir ambas a la vez.
Ejemplo: Vero coloca una fotografía suya en Internet bajo
licencia No comercial e Igualmente compartido. Josué es un
artista amateur y arma un collage en el que pone parte de la
foto de Vero. En este caso Josué debe hacer uso No comercial
de su collage y especificar claramente su licencia de Igualmente
compartido, con lo que estaría distribuyendo su trabajo bajo
los mismos términos que Vero.
Con estas cuatro condiciones combinadas se pueden generar
las seis licencias que se pueden escoger:
Atribución: El material creado por usted puede ser distribuido,
copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos.
Atribución – Sin Derivar: El material creado por usted puede ser
distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en
los créditos. No se pueden realizar obras derivadas.
Atribución – Sin Derivar – No comercial: El material creado por
usted puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros
si se muestra en los créditos. No se puede obtener ningún
beneficio comercial. No se pueden realizar obras derivadas.
Atribución – No comercial: El material creado por usted puede
ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en
los créditos. No se puede obtener ningún beneficio comercial.
Atribución – No comercial – Compartir igual: El material creado
por usted puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros
si se muestra en los créditos. No se puede obtener ningún
beneficio comercial y las obras derivadas tienen que estar bajo
los mismos términos de licencia que el trabajo original.
Atribución – Compartir igual: El material creado por usted
puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se
muestra en los créditos. Las obras derivadas tienen que estar
bajo los mismos términos de licencia que el trabajo original.