2. Introducción
En informática, se denomina “código fuente” al conjunto de líneas de texto que expresan, en algún lenguaje de programación, los
pasos que debe seguir el computador para la ejecución de un programa. Es decir, se trata de las instrucciones que un programador
de software plantea para que un sistema computacional realice cierta tarea. Luego encontramos el término “código abierto”, que se
trata de programas informáticos que permiten el acceso a su código fuente, lo que facilita modificaciones por parte de otros
programadores ajenos a los creadores originales del software en cuestión.
3. Historia
Títuloy/onombre del Ponente
La historia del software libre y de código abierto como lo conocemos actualmente, se
remonta a inicios de los años 1980, época en la que la mayoría de software era privativo y
surgió la necesidad, por parte de algunos programadores, de crear proyectos que impulsaran
la creación de software libre.
8. Títuloy/onombre del Ponente
•Libre redistribución: el software debe poder ser regalado o distribuido libremente.
•Código fuente: el código fuente debe estar incluido u obtenerse libremente.
•Trabajos derivados: la redistribución de modificaciones debe estar permitida.
•Integridad del código fuente del autor: las licencias pueden requerir que las
modificaciones sean redistribuidas sólo como parches.
•Sin discriminación de personas o grupos.
•Distribución de la licencia: deben aplicarse los mismos derechos a todo el que reciba
el programa.
•La licencia no debe ser específica de un producto: el programa no puede licenciarse
sólo como parte de una distribución mayor.
•La licencia no debe restringir otro software: la licencia no puede obligar a que algún
otro software que sea distribuido con el software abierto deba también ser de código
abierto.
•La licencia debe ser tecnológicamente neutral: no debe requerirse la aceptación de
la licencia por medio de un acceso por clic de ratón o de otra forma específica del medio
de soporte del software.
Características
9. Ventajas y Desventajas
Títuloy/onombre del Ponente
Ventajas
La ventaja principal del software open source es la posibilidad de compartir, modificar y
estudiar el código fuente de un sistema informático. Por otro lado, el código abierto
promueve la colaboración entre usuarios.
Desventajas
Pese a que los beneficios del software de código abierto pueden ser significativos, también
existen una serie de desventajas que las empresas deben tener en cuenta. No existe
reclamación o soporte técnico. Los programas open source, en la mayoría de los casos, no
tienen ninguna empresa detrás que proporcione soporte o a la que se le pueda realizar
ningún tipo de reclamación.
10. Open Source vs
Free Software
(Software Libre)
Software Libre no son programas cuyo código este solamente abierto. Representa todos aquellos que sigan las
libertades esenciales del usuario definidas por la Free Software Foundation, fundación creada en 1985 por Richard
Stallman para defender las libertades en el mundo informático. Software que asegure que el usuario final tendrá la
libertar de usarlo, estudiarlo, compartirlo y modificarlo sin restricción.
11. Open Source vs
Free Software
(Software Libre)
Por el lado de Open Sourse es más pragmático. No se centra tanto en el hecho que los programas derivados mantengan la línea
abierta, sino en fomentar la apertura del código que utilizan los programas para que todos puedan colaborar y beneficiarse. Esta
flexibilidad les ha permitido ganarse socios de renombre como Facebook, Google, la Linux Foundation o Mozilla.
12. Software libre y de
código abierto
FLOSS, de las siglas Free/Libre and Open Source Software, es el software que está licenciado de tal manera que los usuarios
pueden estudiar, modificar y mejorar su diseño mediante la disponibilidad de su código fuente.
FLOSS abarca los conceptos de software libre y software de código abierto, que, si bien comparten modelos de desarrollo similares,
tienen diferencias en sus aspectos filosóficos que destaca la Free Software Foundation.
https://www.deviantart.com/doctormo/art/Free-and-Open-Source-Logo-196478553
13.
14. Aspectos Legales
La Declaración Universal de los Derechos Humanos reconoce, en su artículo 27:
la propiedad intelectual se justifica por razones morales, prácticas, para dar cumplimiento a otro derecho: el de
la sociedad a beneficiarse de las creaciones, incentivándolas con beneficios y protegiendo las inversiones para
la creación, la investigación y el desarrollo. Para armonizar ambos derechos, la propiedad intelectual es
temporal, y caduca cuando ha cumplido su función de promoción (Jesús M. (2012)).
17. TIPOS DE LICENCIA DESOFTWARE LIBRE
Títuloy/onombre del Ponente
La primera está compuesta por las
licencias que no imponen condiciones
especiales en la segunda redistribución,
son las que llamaremos licencias
permisivas (Jesús M. (2012)).
La segunda familia, que denominaremos licencias
robustas (o licencias copyleft), incluye las que, al
estilo de la GNU GPL, imponen condiciones en
caso de que se quiera redistribuir el software,
condiciones que van en la línea de forzar a que se
sigan cumpliendo las condiciones de la licencia
después de la primera redistribución (Jesús M.
(2012)).
hace énfasis en la libertad de
quien recibe un programa, que
le permite hacer casi todo lo
que quiera con él (en términos
de condiciones de futuras
redistribuciones),
hace énfasis en la libertad de
cualquiera que potencialmente
pueda recibir algún día un trabajo
derivado del programa, que obliga a
que las sucesivas modificaciones y
redistribuciones respeten los
términos de la licencia original.
18. Títuloy/onombre del Ponente
Licencias Permisivas
también llamadas licencias liberales o minimalistas, no
imponen prácticamente ninguna condición sobre quien
recibe el software, y sin embargo, le dan permiso de uso,
redistribución y modificación.
Este enfoque puede entenderse como la garantía de las
máximas libertades para quien recibe un programa.
Una vez recibido un programa por parte
de alguien, se sigan garantizando las
mismas libertades cuando ese programa
se redistribuya. De hecho, típicamente
estas licencias permiten que se
redistribuya con licencia privativa un
software cuyo autor distribuye con licencia
permisiva (Jesús M. (2012)).
19. Títuloy/onombre del Ponente
tiene su origen en la publicación de versiones de Unix.
La única obligación que exige es dar crédito a los autores, mientras que permite tanto la redistribución binaria como
la de los códigos fuente, aunque no obliga a ninguna de las dos en ningún caso. Asimismo, da permiso para
realizar modificaciones y ser integrada con otros programas casi sin restricciones
Licencia BSD (Berkeley Software Distribution)
X Window, Tcl/Tk,
Apache, etc.
A partir de un programa distribuido bajo una licencia permisiva puede crearse
otro, que sea privativo.
Los críticos de las licencias BSD ven en esta característica un peligro, ya que
no se garantiza la libertad de versiones futuras de los programas. Todas las
licencias tipo BSD o no, incluyen una limitación de garantía que es en realidad
una negación de garantía, necesaria para evitar demandas legales por
garantías implícitas (Jesús M. (2012)).
20. Licencia BSD- ESQUEMA
Se permite la redistribución en fuente y en binario, con o sin modificación, siempre
que se cumplan las condiciones siguientes:
1) Las redistribuciones en fuente deben retener la nota de copyright y listar estas
condiciones y la limitación de garantía.
2) Las redistribuciones en binario deben reproducir la nota de copyright y listar
estas condiciones y la limitación de garantía en la documentación.
3) Ni el nombre del propietario ni el de los que han contribuido pueden usarse sin
permiso para promocionar productos derivados de este programa.
21. Licencia BSD
Licencia de X Window, versión 11 (X11).- Es la licencia usada para la distribución del sistema X
Window, el sistema de ventanas más ampliamente utilizado en el mundo Unix, y también en
entornos GNU/Linux. Es muy similar a la licencia BSD, que permite redistribución, uso y modificación
prácticamente sin restricciones (Jesús M. (2012)).
Bajo esta licencia se distribuyen también trabajos derivados de X Windows, como XFree86.
22. Licencia BSD
Zope Public License 2.0.- Esta licencia (habitualmente llamada ZPL) se usa para la distribución de
Zope (un servidor de aplicaciones) y otros productos relacionados. Es similar a la BSD, con el
interesante detalle de que prohíbe expresamente el uso de marcas registradas por Zope Corporation
23. Licencia BSD
Licencia de Apache.- Es una licencia bajo la que se distribuyen la mayor parte de los programas
producidos por el proyecto Apache. Es similar a la licencia BSD (Jesús M. (2012)).
24. LICENCIAS ROBUSTAS
La Licencia Pública General de GNU
Se ha convertido en la licencia más utilizada (por ejemplo, más del 70%
de los proyectos anunciados en Freshmeat están licenciados bajo la
GPL), incluso por proyectos bandera del mundo del software libre,
como el núcleo Linux (Jesús M. (2012)).
25. LICENCIAS ROBUSTAS
La Licencia Pública General de GNU
La licencia GPL permite la
redistribución binaria y la del código
fuente, aunque en el caso de que
redistribuya de manera binaria obliga a
que también se pueda acceder a los
códigos fuente.
Asimismo, está permitido realizar modificaciones sin restricciones.
Sólo se puede redistribuir código licenciado bajo GPL de forma integrada
con otro código (por ejemplo, mediante enlaces o links) si éste tiene una
licencia compatible.
Esto se ha llamado efecto viral. de la GPL, ya que un código publicado
una vez con esas condiciones nunca puede cambiarlas.
26. LICENCIAS ROBUSTAS
La Licencia Pública General Menor de GNU
La Licencia Pública General Menor de GNU (GNU LGPL)
Conocida por sus iniciales en inglés, LGPL, permite el uso de programas
libres con software propietario. El programa en sí se redistribuye como si
estuviera bajo la licencia GPL, pero se permite su integración con cualquier
otro paquete de software sin prácticamente limitaciones.
27. LICENCIAS ROBUSTAS
Otras licencias robustas
Licencia de Sleepycat.- la empresa Sleepycat distribuye
sus programas (entre los que destaca el conocido
Berkeley DB).
Obliga a ciertas condiciones siempre que se redistribuya
el programa o trabajos derivados del mismo.
En particular, obliga a ofrecer el código fuente (incluidas
las modificaciones si se trata de un trabajo derivado) y a
que la redistribución imponga al receptor las mismas
condiciones.
eCos License 2.0.- es un sistema operativo
en tiempo real. Es una modificación de la
GNU GPL que no considera que el código
que se enlace con programas protegidos por
ella queden sujetos a las cláusulas de la
GNU GPL si se redistribuyen.
28. LICENCIAS ROBUSTAS
Otras licencias robustas
Affero General Public License.-
Es una interesante modificación de la GNU GPL que
considera el caso de los programas que ofrecen servicios
vía web, o en general, vía redes de ordenadores.
La Affero GPL tiene una cláusula que obliga a que, si el
programa tiene un medio para proporcionar su código
fuente vía web a quien lo use, no se pueda desactivar esa
característica.
IBM Public License 1.0.- Es una licencia
que permite la redistribución binaria de
trabajos derivados sólo si (entre otras
condiciones) se prevé algún mecanismo
para que quien reciba el programa pueda
recibir su código fuente. La redistribución del
código fuente se ha de hacer bajo la misma
licencia.
29. LICENCIAS ROBUSTAS
Otras licencias robustas
Mozilla Public License 1.1.- Se trata de un
ejemplo de licencia libre con origen en una
empresa.
Es una evolución de la primera licencia libre
que tuvo Netscape Navigator, que en su
momento fue muy importante por ser la primera
vez que una empresa muy conocida decidía
distribuir un programa bajo su propia licencia
libre.