1. Republica Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria
I.U.T Dr. Federico Rivero Palacio
Departamento de informática
Caracas- Distrito Capital
Aspectos éticos de la ley
RESORTE en
Venezuela
Profesor: Alumno:
Simón Olivares Daniel Oviedo CI 22.351.198
Trayecto: 3 Sección Única
Caracas , diciembre del 2015
2. Aspectos éticos de los artículos mas relevantes
de la ley RESORTE(Ley de Responsabilidad Social
en Radio y Televisión )
Articulo 1
la ley presenta como establecer la difusión y recepción de mensajes e información a través de la
responsabilidad social de los que trabajan o prestan sus servicios en los medios de comunicación
que se mencionan en esta ley que son la radio y televisión, los anunciantes, los productores
nacionales independientes y los usuarios, para fomentar el equilibrio democrático entre sus deberes
derechos e intereses con el fin de promover la justicia social y contribuir con la formación
ciudadana, la democracia la paz, lo derechos humanos, la cultura, la educación, la salud y el
desarrollo social y económico de la nación o región.
Las disposiciones de dicha ley se aplican a todo medio de radio y televisión dentro del territorio de la
Republica Bolivariana de Venezuela por medio de los servicios establecidos en radio y televisión
públicos o privados siguientes:
1)Servicios de radio: radiodifusión sonora en amplitud modulada (AM), radiodifusión sonora en
frecuencia modulada (FM), radiodifusión sonora por onda corta, radiodifusión sonora comunitaria de
servicio publico, sin fines d e lucro , y servicios de producción nacional de audio, difundidos a través
de un servicio de difusión por suscripción
3. 2) Servicios de televisión: televisión UHF, televisión VHF, televisión comunitaria de servicio publico, sin
fines de lucro, y servicios de producción nacional audiovisual, difundidos a través de un servicio de
difusión por suscripción.
3)Servicios de difusión por suscripción
Articulo 3
Los objetivos generales de la ley son:
1.Garantizar que las familias y las personas en general cuenten con los mecanismos jurídicos que les
permitan desarrollar en forma adecuada el rol y la responsabilidad social que les corresponde como
usuarios y usuarias , en colaboración con los prestadores de servicios de divulgación con el estado
2. Garantizar el respeto a la libertad de expresión e información, sin censura , dentro de los limites propios
de un Estado Democrático y Social de Derecho y de justicia con las responsabilidades que acarrea el
ejercicio de dicha libertad, conforme con la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela , los
tratados internacionales ratificados por la Republica en materia de derechos humanos y la ley
3. Promover el efectivo ejercicio y respeto de los derechos humanos, en particular, los que conciernen a la
protección del honor, vida privada , intimidad, propia imagen, confidencialidad reputación y al acceso a
una información oportuna, veraz e imparcial, sin censura.
4. Procurar la difusión de información impartidos a niños y adolescentes sean de interés social y cultural
4. Articulo 4
Los mensajes que se difundan a través de los servicios de radio y televisión serán en
idioma castellano, salvo:
1. Cuando se trate de programas en vivo y directo, culturales y educativos, informativos,
de opinión, recreativos o deportivos, y mixtos que estén en idiomas extranjeros y se
utilice la traducción simultanea oral al castellano
2. cunado se trate de obras musicales
3. Cundo de trayte de trate de términos de carácter universal que no admitan traducción
debido a su cacacter tecnico, científico, artístico entre otros
4. Cuando se mencionan marcas comerciales
5. En cualquier otro caso autorizado
5. Articulo 6 y 7
Clasificación general de lo elementos de salud sexo y violencia y sus horarios
Tipo A: Son las que pueden ser presenciadas por cualquier publico de niños hasta adultos
Horario : todo usuario
Tipo B: no la pueden presenciar los niños pero si los adolescentes y los adultos a partir de 18 años de
edad
Horario: Supervisado sin niños presentes
Tipo C: elementos en lo medios que posean contenidos mas fuertes y soez de carácter incitativo se
pueden a partir de los 18 años de edad en adelante
Tipo D: Elementos en los cuales de forma indirecta y directa se incita ya sea a la salud sexo y
violencia se pueden ver a partir de los 18 años de edad
Horario C ,D y E: adulto sin la presencia de niños ni adolescentes
Tipo E : Elementos o contenidos en los medios en los cuales no se respeta nada, estos pueden ser
videos de internet o hechos para generar maldad e influir de manera negativa en una persona. Se
pueden ver a partir de los 18 años de edad en adelante aunque producen efectos negativos en la
mente.