SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 12
EL DERECHO A LA INTIMIDAD
            Y
           LA
        LIBERTAD
           DE
       EXPRESION
CASO :
“PONZETTI DE BALBIN
     CONTRA
    EDITORIAL
    ATLANTIDA
       S.A.
RECURSO EXTRAORDINARIO

        art. 14 CN
        art 32 CN

  1071 BIS CODIGO CIVIL
ART. 14: “Todo
s los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a
 las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda
  industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades;
de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar
    sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su
 propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto;
                           de enseñar y aprender”.
Artículo 32.-

El Congreso federal no dictará leyes que restrinjan la libertad de
    imprenta o establezcan sobre ella la jurisdicción federal.
Art. 1.071 bis:
   El que arbitrariamente se entrometiere en la vida ajena, publicando
   retratos, difundiendo correspondencia, mortificando a otros en sus
    costumbres o sentimientos, o perturbando de cualquier modo su
intimidad, y el hecho no fuere un delito penal, será obligado a cesar en
       tales actividades, si antes no hubieren cesado, y a pagar una
  indemnización que fijará equitativamente el juez, de acuerdo con las
 circunstancias; además, podrá éste, a pedido del agraviado, ordenar la
  publicación de la sentencia en un diario o periódico del lugar, si esta
         medida fuese procedente para una adecuada reparación.
PLENA VIGENCIA DEL PRINCIPIO DE LIBERTAD DE
                EXPRESIÓN.


  CONSECUENCIAS O EFECTOS POSTERIORES
    (RESPONSABILIDAD CIVIL ULTERIOR)
LÍMITES:




INTERNOS: búsqueda de la verdad, autocensura, las cuestiones
éticas, valores personales y compartidos, principios del emisor o
                           informante.

EXTERNOS: realidad social, jurídica. Valores sociales de mayor
  consenso. Derechos Humanos (derechos personalísimos)
Que, no obstante, el aludido derecho a la libre expresión e
  información no es absoluto en cuanto a las responsabilidades que el
legislador puede determinar a raíz de los abusos producidos mediante
 su ejercicio, sea por la comisión de delitos penales o de actos ilícitos
   civiles. En ese sentido, el tribunal ha expresado que aun cuando la
 prohibición de restringir la libertad de imprenta comprende algo más
    que la censura anticipada de las obligaciones, no pueden quedar
     impunes las que no consistan en la discusión de los intereses y
     asuntos generales, y sean, por el contrario, dañosas a la moral y
    seguridad públicas, como las tendientes a excitar la rebelión y la
guerra civil, o las que afectan la reputación de los particulares (Fallos,
 t. 119, p. 231); que el principio de la libertad del pensamiento y de la
prensa, excluye el ejercicio del poder restrictivo de la censura previa,
  pero en manera alguna exime de responsabilidad al abuso y al delito
  en que se incurra por este medio, esto es, mediante publicaciones en
  las que la palabra impresa no se detiene en el uso legítimo de aquel
derecho, incurriendo en excesos que las leyes definen como contrarios
   al mismo principio de libertad referido, al orden y al interés social
6º) Que,, por tanto, la protección del ámbito de intimidad de las
    personas tutelado por la legislación común no afecta la libertad de
 expresión garantizada por la Constitución ni cede ante la preeminencia
 de ésta; máxime cuando el art. 1071 bis del Cód. Civil es consecuencia
        de otro derecho inscripto en la propia constitución, también
   fundamental para la existencia de una sociedad libre, el derecho a la
     privacidad, consagrado en el art. 19 de la Carta Magna, así como
 también el art. 11, incs. 2 y 3, del ya mencionado Pacto de San José de
    Costa Rica, según los cuales nadie puede ser objeto de injerencias
    arbitrarias o abusivas en su vida privada, en la de su familia, en su
  domicilio o en su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra o
reputación, y toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra
                         esas injerencias o ataques.


7º) Que, a la luz de tales principios, no puede ser admitida la pretensión
     de la demandada de que el interés general en la información
concerniente a un hombre público prominente justifica la invasión de su
                            esfera de intimidad.
Que la pretensión de la demandada, en el sentido de que el interés
    general en la información concerniente a un hombre público
prominente justifica la invasión de su esfera de intimidad, resulta a la
   luz de las consideraciones efectuadas un exceso de liberalismo
                            desagradable.
Las personas célebres, los hombres públicos tienen, por lo tanto,
  como todo habitante, el amparo constitucional para su vida privada.
Según lo juzga acertadamente el a quo, el interés público existente en
 la información sobre el estado de salud del doctor Ricardo Balbín en
  su última enfermedad no exigía ni justificaba una invasión a su más
sagrada esfera de privacidad, como ocurrió al publicarse revelaciones
   "tan íntimas y tan inexcusables en vista a la posición de la víctima
     como para ultrajar las nociones de decencia de la comunidad"
                     (Emerson, op. cit. ps. 552/553).

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Derechos y Garantías de propiedad.
Derechos y Garantías de propiedad.Derechos y Garantías de propiedad.
Derechos y Garantías de propiedad.Roberto Sarabia
 
Derecho a la manifestación (POZ 2014)
Derecho a la manifestación (POZ 2014)Derecho a la manifestación (POZ 2014)
Derecho a la manifestación (POZ 2014)Espacio Público
 
Clase de derecho civi. derechos personalisimos
Clase de derecho civi. derechos personalisimosClase de derecho civi. derechos personalisimos
Clase de derecho civi. derechos personalisimoscborelli72
 
Garantías individuales 2
Garantías individuales   2Garantías individuales   2
Garantías individuales 2EynarEnrique
 
Declaración de Derechos del Hombre y el Ciudadano 1789
Declaración de Derechos del Hombre y el Ciudadano 1789Declaración de Derechos del Hombre y el Ciudadano 1789
Declaración de Derechos del Hombre y el Ciudadano 1789Mariana Gutiérrez
 
Estructura de los derechos fundamentales
Estructura de los derechos fundamentalesEstructura de los derechos fundamentales
Estructura de los derechos fundamentalesAlan Contreras Huaman
 
Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano
Declaración de los Derechos del Hombre y del CiudadanoDeclaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano
Declaración de los Derechos del Hombre y del CiudadanoDiver Bitácora
 
Presentacion de derechos civiles
Presentacion de derechos civilesPresentacion de derechos civiles
Presentacion de derechos civilesnorberto0808
 
Garantías individuales y sociales en Guatemala
Garantías individuales y sociales en GuatemalaGarantías individuales y sociales en Guatemala
Garantías individuales y sociales en Guatemalaluca07
 
Derechos civiles y políticos
Derechos civiles y políticosDerechos civiles y políticos
Derechos civiles y políticosAlexandra Ayala A
 
Presentacion articulo 20
Presentacion articulo 20Presentacion articulo 20
Presentacion articulo 20Eva Jimenez
 
Libertad de Expresión en Honduras
Libertad de Expresión en Honduras Libertad de Expresión en Honduras
Libertad de Expresión en Honduras steppanyCbueso
 
Respeto de los derechos humanos y las garantías
Respeto de los derechos humanos y las garantíasRespeto de los derechos humanos y las garantías
Respeto de los derechos humanos y las garantíasFiorella Medina
 

La actualidad más candente (18)

Derechos y Garantías de propiedad.
Derechos y Garantías de propiedad.Derechos y Garantías de propiedad.
Derechos y Garantías de propiedad.
 
Derecho a la manifestación (POZ 2014)
Derecho a la manifestación (POZ 2014)Derecho a la manifestación (POZ 2014)
Derecho a la manifestación (POZ 2014)
 
Clase de derecho civi. derechos personalisimos
Clase de derecho civi. derechos personalisimosClase de derecho civi. derechos personalisimos
Clase de derecho civi. derechos personalisimos
 
Garantías individuales 2
Garantías individuales   2Garantías individuales   2
Garantías individuales 2
 
Derecho a formular peticiones
Derecho a formular peticionesDerecho a formular peticiones
Derecho a formular peticiones
 
Dg
DgDg
Dg
 
Declaración de Derechos del Hombre y el Ciudadano 1789
Declaración de Derechos del Hombre y el Ciudadano 1789Declaración de Derechos del Hombre y el Ciudadano 1789
Declaración de Derechos del Hombre y el Ciudadano 1789
 
La tutela
La tutelaLa tutela
La tutela
 
Estructura de los derechos fundamentales
Estructura de los derechos fundamentalesEstructura de los derechos fundamentales
Estructura de los derechos fundamentales
 
Garantías individuales
Garantías individualesGarantías individuales
Garantías individuales
 
Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano
Declaración de los Derechos del Hombre y del CiudadanoDeclaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano
Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano
 
Derechos fundamentales de la persona
Derechos fundamentales de la personaDerechos fundamentales de la persona
Derechos fundamentales de la persona
 
Presentacion de derechos civiles
Presentacion de derechos civilesPresentacion de derechos civiles
Presentacion de derechos civiles
 
Garantías individuales y sociales en Guatemala
Garantías individuales y sociales en GuatemalaGarantías individuales y sociales en Guatemala
Garantías individuales y sociales en Guatemala
 
Derechos civiles y políticos
Derechos civiles y políticosDerechos civiles y políticos
Derechos civiles y políticos
 
Presentacion articulo 20
Presentacion articulo 20Presentacion articulo 20
Presentacion articulo 20
 
Libertad de Expresión en Honduras
Libertad de Expresión en Honduras Libertad de Expresión en Honduras
Libertad de Expresión en Honduras
 
Respeto de los derechos humanos y las garantías
Respeto de los derechos humanos y las garantíasRespeto de los derechos humanos y las garantías
Respeto de los derechos humanos y las garantías
 

Similar a Derecho a la intimidad y libertad de expresion

Accion de inconstitucionalidad. codigo de policia.
Accion de inconstitucionalidad. codigo de policia.Accion de inconstitucionalidad. codigo de policia.
Accion de inconstitucionalidad. codigo de policia.ADRIANA LUCIA CASTRO SIERRA
 
Derechos constitucionales y normas sobre libertad de expresión y derecho a la...
Derechos constitucionales y normas sobre libertad de expresión y derecho a la...Derechos constitucionales y normas sobre libertad de expresión y derecho a la...
Derechos constitucionales y normas sobre libertad de expresión y derecho a la...José María Costa
 
Periodismo y normas legales - Fiscalía Chimborazo
Periodismo y normas legales - Fiscalía ChimborazoPeriodismo y normas legales - Fiscalía Chimborazo
Periodismo y normas legales - Fiscalía ChimborazoIgnacioRamosMancheno
 
PRESENTACION LEY DE IMPRENTA 2022 ultimo.ppt
PRESENTACION LEY DE IMPRENTA 2022 ultimo.pptPRESENTACION LEY DE IMPRENTA 2022 ultimo.ppt
PRESENTACION LEY DE IMPRENTA 2022 ultimo.pptJosoyRodrimamani
 
Clase de derecho civi. derechos personalisimos
Clase de derecho civi. derechos personalisimosClase de derecho civi. derechos personalisimos
Clase de derecho civi. derechos personalisimoscborelli72
 
Clase de derecho civi. derechos personalisimos
Clase de derecho civi. derechos personalisimosClase de derecho civi. derechos personalisimos
Clase de derecho civi. derechos personalisimoscborelli72
 
Clase de derecho civi. derechos personalisimos
Clase de derecho civi. derechos personalisimosClase de derecho civi. derechos personalisimos
Clase de derecho civi. derechos personalisimoscborelli72
 
Constitucion politica
Constitucion politicaConstitucion politica
Constitucion politicaWily Cruzado
 
Universidad tecnológica de honduras derecho de las comunicaciones
Universidad tecnológica de honduras derecho de las comunicacionesUniversidad tecnológica de honduras derecho de las comunicaciones
Universidad tecnológica de honduras derecho de las comunicacionesChristian Rizzi
 
LIBRO DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL.PERU @.pdf
LIBRO DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL.PERU @.pdfLIBRO DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL.PERU @.pdf
LIBRO DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL.PERU @.pdfDENILSONGUERREROCRUZ
 
C:\fakepath\matrimonio entre personas del mismo sexo
C:\fakepath\matrimonio entre personas del mismo sexoC:\fakepath\matrimonio entre personas del mismo sexo
C:\fakepath\matrimonio entre personas del mismo sexoPaula María Bertol
 

Similar a Derecho a la intimidad y libertad de expresion (20)

fallo Ponzetti bolilla 9
fallo Ponzetti bolilla 9fallo Ponzetti bolilla 9
fallo Ponzetti bolilla 9
 
Ponzetti
PonzettiPonzetti
Ponzetti
 
Accion de inconstitucionalidad. codigo de policia.
Accion de inconstitucionalidad. codigo de policia.Accion de inconstitucionalidad. codigo de policia.
Accion de inconstitucionalidad. codigo de policia.
 
Dra. GRILLO "Prensa y privacidad" (BOLILLA 11)
Dra. GRILLO "Prensa y privacidad" (BOLILLA 11)Dra. GRILLO "Prensa y privacidad" (BOLILLA 11)
Dra. GRILLO "Prensa y privacidad" (BOLILLA 11)
 
LIBERTAD DE EXPRESIÓN
LIBERTAD DE EXPRESIÓNLIBERTAD DE EXPRESIÓN
LIBERTAD DE EXPRESIÓN
 
Derechos constitucionales y normas sobre libertad de expresión y derecho a la...
Derechos constitucionales y normas sobre libertad de expresión y derecho a la...Derechos constitucionales y normas sobre libertad de expresión y derecho a la...
Derechos constitucionales y normas sobre libertad de expresión y derecho a la...
 
Periodismo y normas legales - Fiscalía Chimborazo
Periodismo y normas legales - Fiscalía ChimborazoPeriodismo y normas legales - Fiscalía Chimborazo
Periodismo y normas legales - Fiscalía Chimborazo
 
PRESENTACION LEY DE IMPRENTA 2022 ultimo.ppt
PRESENTACION LEY DE IMPRENTA 2022 ultimo.pptPRESENTACION LEY DE IMPRENTA 2022 ultimo.ppt
PRESENTACION LEY DE IMPRENTA 2022 ultimo.ppt
 
D fundamentales basico
D fundamentales basicoD fundamentales basico
D fundamentales basico
 
Clase de derecho civi. derechos personalisimos
Clase de derecho civi. derechos personalisimosClase de derecho civi. derechos personalisimos
Clase de derecho civi. derechos personalisimos
 
Clase de derecho civi. derechos personalisimos
Clase de derecho civi. derechos personalisimosClase de derecho civi. derechos personalisimos
Clase de derecho civi. derechos personalisimos
 
Clase de derecho civi. derechos personalisimos
Clase de derecho civi. derechos personalisimosClase de derecho civi. derechos personalisimos
Clase de derecho civi. derechos personalisimos
 
Constitucion politica
Constitucion politicaConstitucion politica
Constitucion politica
 
Universidad tecnológica de honduras derecho de las comunicaciones
Universidad tecnológica de honduras derecho de las comunicacionesUniversidad tecnológica de honduras derecho de las comunicaciones
Universidad tecnológica de honduras derecho de las comunicaciones
 
CONSTITUCION POLITICA
CONSTITUCION POLITICA CONSTITUCION POLITICA
CONSTITUCION POLITICA
 
per_res17.pdf
per_res17.pdfper_res17.pdf
per_res17.pdf
 
per_res17.pdf
per_res17.pdfper_res17.pdf
per_res17.pdf
 
LIBRO DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL.PERU @.pdf
LIBRO DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL.PERU @.pdfLIBRO DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL.PERU @.pdf
LIBRO DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL.PERU @.pdf
 
Derecho constitucional unidad XI
Derecho constitucional  unidad XIDerecho constitucional  unidad XI
Derecho constitucional unidad XI
 
C:\fakepath\matrimonio entre personas del mismo sexo
C:\fakepath\matrimonio entre personas del mismo sexoC:\fakepath\matrimonio entre personas del mismo sexo
C:\fakepath\matrimonio entre personas del mismo sexo
 

Más de Pablo Javier Bürki

Más de Pablo Javier Bürki (9)

Derechos de autor
Derechos de autorDerechos de autor
Derechos de autor
 
Clase modalidades contractuales [reparado]
Clase modalidades contractuales [reparado]Clase modalidades contractuales [reparado]
Clase modalidades contractuales [reparado]
 
Derechos de autor
Derechos de autorDerechos de autor
Derechos de autor
 
Merchandising
MerchandisingMerchandising
Merchandising
 
Grupo28 09marzo2013 mpp (2)
Grupo28 09marzo2013 mpp (2)Grupo28 09marzo2013 mpp (2)
Grupo28 09marzo2013 mpp (2)
 
Marco político pedagógico.ppt primer encue tro 2013
Marco político pedagógico.ppt  primer encue tro 2013Marco político pedagógico.ppt  primer encue tro 2013
Marco político pedagógico.ppt primer encue tro 2013
 
Marcas
MarcasMarcas
Marcas
 
Introducción a las sociedades comerciales
Introducción a las sociedades comercialesIntroducción a las sociedades comerciales
Introducción a las sociedades comerciales
 
Contrato de publicidad 1er clase
Contrato de publicidad 1er claseContrato de publicidad 1er clase
Contrato de publicidad 1er clase
 

Derecho a la intimidad y libertad de expresion

  • 1. EL DERECHO A LA INTIMIDAD Y LA LIBERTAD DE EXPRESION
  • 2. CASO : “PONZETTI DE BALBIN CONTRA EDITORIAL ATLANTIDA S.A.
  • 3. RECURSO EXTRAORDINARIO art. 14 CN art 32 CN 1071 BIS CODIGO CIVIL
  • 4. ART. 14: “Todo s los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y aprender”.
  • 5. Artículo 32.- El Congreso federal no dictará leyes que restrinjan la libertad de imprenta o establezcan sobre ella la jurisdicción federal.
  • 6. Art. 1.071 bis: El que arbitrariamente se entrometiere en la vida ajena, publicando retratos, difundiendo correspondencia, mortificando a otros en sus costumbres o sentimientos, o perturbando de cualquier modo su intimidad, y el hecho no fuere un delito penal, será obligado a cesar en tales actividades, si antes no hubieren cesado, y a pagar una indemnización que fijará equitativamente el juez, de acuerdo con las circunstancias; además, podrá éste, a pedido del agraviado, ordenar la publicación de la sentencia en un diario o periódico del lugar, si esta medida fuese procedente para una adecuada reparación.
  • 7. PLENA VIGENCIA DEL PRINCIPIO DE LIBERTAD DE EXPRESIÓN. CONSECUENCIAS O EFECTOS POSTERIORES (RESPONSABILIDAD CIVIL ULTERIOR)
  • 8. LÍMITES: INTERNOS: búsqueda de la verdad, autocensura, las cuestiones éticas, valores personales y compartidos, principios del emisor o informante. EXTERNOS: realidad social, jurídica. Valores sociales de mayor consenso. Derechos Humanos (derechos personalísimos)
  • 9. Que, no obstante, el aludido derecho a la libre expresión e información no es absoluto en cuanto a las responsabilidades que el legislador puede determinar a raíz de los abusos producidos mediante su ejercicio, sea por la comisión de delitos penales o de actos ilícitos civiles. En ese sentido, el tribunal ha expresado que aun cuando la prohibición de restringir la libertad de imprenta comprende algo más que la censura anticipada de las obligaciones, no pueden quedar impunes las que no consistan en la discusión de los intereses y asuntos generales, y sean, por el contrario, dañosas a la moral y seguridad públicas, como las tendientes a excitar la rebelión y la guerra civil, o las que afectan la reputación de los particulares (Fallos, t. 119, p. 231); que el principio de la libertad del pensamiento y de la prensa, excluye el ejercicio del poder restrictivo de la censura previa, pero en manera alguna exime de responsabilidad al abuso y al delito en que se incurra por este medio, esto es, mediante publicaciones en las que la palabra impresa no se detiene en el uso legítimo de aquel derecho, incurriendo en excesos que las leyes definen como contrarios al mismo principio de libertad referido, al orden y al interés social
  • 10. 6º) Que,, por tanto, la protección del ámbito de intimidad de las personas tutelado por la legislación común no afecta la libertad de expresión garantizada por la Constitución ni cede ante la preeminencia de ésta; máxime cuando el art. 1071 bis del Cód. Civil es consecuencia de otro derecho inscripto en la propia constitución, también fundamental para la existencia de una sociedad libre, el derecho a la privacidad, consagrado en el art. 19 de la Carta Magna, así como también el art. 11, incs. 2 y 3, del ya mencionado Pacto de San José de Costa Rica, según los cuales nadie puede ser objeto de injerencias arbitrarias o abusivas en su vida privada, en la de su familia, en su domicilio o en su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra o reputación, y toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra esas injerencias o ataques. 7º) Que, a la luz de tales principios, no puede ser admitida la pretensión de la demandada de que el interés general en la información concerniente a un hombre público prominente justifica la invasión de su esfera de intimidad.
  • 11. Que la pretensión de la demandada, en el sentido de que el interés general en la información concerniente a un hombre público prominente justifica la invasión de su esfera de intimidad, resulta a la luz de las consideraciones efectuadas un exceso de liberalismo desagradable.
  • 12. Las personas célebres, los hombres públicos tienen, por lo tanto, como todo habitante, el amparo constitucional para su vida privada. Según lo juzga acertadamente el a quo, el interés público existente en la información sobre el estado de salud del doctor Ricardo Balbín en su última enfermedad no exigía ni justificaba una invasión a su más sagrada esfera de privacidad, como ocurrió al publicarse revelaciones "tan íntimas y tan inexcusables en vista a la posición de la víctima como para ultrajar las nociones de decencia de la comunidad" (Emerson, op. cit. ps. 552/553).