2. EL PODER JUDICIAL
Autonomía e independencia del poder judicial. El poder judicial
es autónomo en lo político, administrativo, económico,
disciplinario, e independiente en lo jurisdiccional de los otros
órganos del gobierno (el poder ejecutivo y el poder legislativo).
Es el órgano autónomo del gobierno central encargado de administrar justicia
en nombre del pueblo a través de sus órganos jerárquicos con arreglo a la
constitución y a las leyes.
Principios y derechos de la función jurisdiccional
A continuación, se muestran las más importantes:
Potestad exclusiva de administrar justicia. No existe ni
puede establecerse jurisdicción alguna independiente con
excepción de la militar y la arbitral.
3.
4. La publicidad en los procesos comas salvo disposición contraria
de la ley. Cuando los procesos judiciales se realizan en secreto,
pueden ocurrir faltas que perjudiquen o beneficien al proceso, por ello la
constitución garantiza que los juicios penales sean públicos. Pueden
haber excepciones emplo, delitos sexuales contra menores) o la
seguridad nacional.
Tutela jurisdiccional y debido proceso. En el ejercicio y en
defensa de sus derechos, toda persona goza de pcuando está
de por medio la vida privada de las partes (por ejlena tutela
jurisdiccional con las garantías de un debido proceso.
5. La pluralidad de la instancia. La pluralidad de la instancia
significa que en todo juicio la parte que considere que haya
habido injusticia o error en el fallo o resolución judicial tiene el
derecho de solicitar la revisión del juicio por otro juez o tribunal
de mayor jerarquía. La pluralidad de instancias es un mecanismo
para subsanar errores o injusticias de las sentencias o
resoluciones judiciales.
https://gacetaconstitucional.com.pe/index.php/2021/06/02/tc-permitir-que-se-condene-a-la-persona-absuelta-vulnera-el-derecho-
a-la-pluralidad-de-instancia/
https://iuslatin.pe/admiten-demanda-de-amparo-por-vulneracion-del-derecho-a-la-
pluralidad-de-instancia-sentencia-733-2021/
La indemnización. Cuando los tribunales se equivocan
juzgando a las personas y las condenan injustamente,
causan un daño que debe ser indemnizado por el estado.
El principio de no ser condenado en ausencia. Por el
derecho de defensa nadie puede ser condenado en ausencia.
Por lo tanto coma es forzoso que el causado este presente en el
juicio donde será sentenciado; en caso contrario la sentencia
será inválida.
6. El Poder Judicial está integrado por órganos jurisdiccionales que
administran la justicia en nombre de la nación y por órganos que
ejercen su Gobierno y administración.
De acuerdo con la ley Orgánica del Poder Judicial se establece la
existencia de los siguientes órganos judiciales:
• La Corte Suprema de Justicia de la República
•Las Cortes superiores de Justicia en los respectivos distritos
judiciales
•Los juzgados especializados y mixtos en las provincias
respectivas
• Los juzgados de paz letrados en la ciudad o población de su sede
• Los juzgados de paz
Órganos jurisdiccionales
https://slideplayer.es/slide/8673438/
7. La Corte Suprema de Justicia
Es el órgano de mayor jerarquía dentro del
Poder Judicial con potestad para administrar
justicia en todo el territorio de la República.
Tiene por sede la capital de la República. Está
conformada por los vocales supremos, quienes
deben cumplir con los siguientes requisitos: ser
peruano de nacimiento, ser ciudadanos en
ejercicio coma mayor de 45 años y haber sido
magistrado de la Corte Superior o fiscal
superior durante 10 años, o haber ejercido la
Abogacía o la cátedra universitaria en materia
jurídica durante 15 años.
https://www.alamy.es/la-corte-suprema-de-justicia-de-lima-peru-image443181809.html
9. La Corte Superior de Justicia
Es el órgano del Poder Judicial de
jerarquía inmediatamente inferior a
la Corte Suprema. Se encuentra
establecida en determinados
ámbitos territoriales llamados
distritos judiciales y se divide en
salas civiles y penales, cada una
con tres vocales superiores.
CORTE SUPERIOR D E JUSTICIA D E AREQUIPA
GANÓ, POR S EG U N DA VEZ, MARATÓN DE
PRODUCCIÓN JUDICIAL A NIVEL NACIONAL
https://csjarequipa.pj.gob.pe/main/corte-superior-de-justicia-de-arequipa-gano-por-segunda-vez-maraton-de-produccion-judicial-a-nivel-nacional/
10. Juzgados especializados y mixtos
Son órganos competentes para administrar justicia en el
ámbito territorial de una provincia según la especialidad que
les corresponda. Según la Ley Orgánica del Poder Judicial,
tenemos juzgados civiles como penales coma de trabajo
coma de menores, etc., pudiendo la Corte Suprema crear
juzgados de distinta especialidad a los antes señalados.
Juzgados de paz letrados
Administran justicia en materia civil y patrimonial. Letrado
significa que el juez, necesariamente, es abogado de
profesión y su nombramiento corresponde al Consejo
Nacional de la Magistratura. Se encargan de resolver las
apelaciones realizadas sobre las sentencias de los juzgados
de paz no letrados, además, de investigar y sentenciar en
casos de faltas de acuerdo con su competencia.
Juzgados de paz
Son órganos del Poder Judicial que presentan la
menor jerarquía dentro de El punto son creados por el
Consejo Ejecutivo del Poder Judicial según la cantidad
de habitantes que existan en un centro poblado.
El juez de paz es, esencialmente, un juez de
conciliación. Para ser juez de paz no es necesario ser
abogado y puede ser elegido por votación popular.
Tiene como función investigar y sentenciar en casos
de faltas menores de acuerdo con su competencia
11. Juzgados de paz letrados
Administran justicia en materia civil y patrimonial. Letrado significa
que el juez, necesariamente, es abogado de profesión y su
nombramiento corresponde al Consejo Nacional de la
Magistratura. Se encargan de resolver las apelaciones realizadas
sobre las sentencias de los juzgados de paz no letrados, además,
de investigar y sentenciar en casos de faltas de acuerdo con su
competencia.
https://lpderecho.pe/destituyen-juez-paz-certificar-escrituras-publicas-beneficio-propio-hermanos-queja-
odecma-00052-2014-piura/
Juzgados especializados y mixtos
Son órganos competentes para administrar justicia en el ámbito
territorial de una provincia según la especialidad que les
corresponda. Según la Ley Orgánica del Poder Judicial, tenemos
juzgados civiles como penales coma de trabajo coma de
menores, etc., pudiendo la Corte Suprema crear juzgados de
distinta especialidad a los antes señalados.
12. DERECHOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Iniciativa de reforma constitucional
El derecho de iniciativa para la reforma parcial o total de la
Constitución Política requiere la adhesión de un número
de ciudadanos equivalente al 0,3% total de la población
electoral nacional.
Es improcedente toda iniciativa de reforma constitucional
qué recorte o suprima los derechos fundamentales
establecidos en el artículo 2 de la Constitución Política del
Perú.
13. Iniciativa en la formación de las leyes
La iniciativa legislativa implica que los ciudadanos pueden
organizar y presentar proyectos de ley ante el Congreso
para ello se requiere firmas comprobadas de no menos
del 0,3% de la población electoral nacional
El derecho de iniciativa en la formación de leyes
comprende todas las materias con las mismas limitaciones
que sobre temas tributarios o presupuestarios tienen los
congresistas de la República.
Se presenta ante el Congreso de la República el cual
tiene un plazo mínimo de 120 días calendario para
dictaminar y votar para aprobar el proyecto de ley
presentado por los ciudadanos.
14. Referéndum
Es el derecho de los ciudadanos para
pronunciarse conforme a la Constitución
Puede ser solicitado por un número de
ciudadanos no menor al 10% del electorado
nacional; la petición con las firmas se presentan
ante el jurado nacional de elecciones
si procede la convocatoria se realiza dentro de
los cuatro meses como máximo.
El referéndum procede en los
siguientes casos:
La reforma total o parcial de la Constitución
La aprobación de leyes, normas regionales
de carácter general y ordenanzas
municipales
La desaprobación de leyes, decretos
legislativos y decretos de urgencia, así
como las normas que se refieren al punto
anterior
No pueden someterse a referéndum la reducción o la supresión de los derechos fundamentales de la
persona ni las normas de carácter tributario y presupuestal ni los tratados internacionales en vigor
15.
16.
17. DERECHOS DE CONTROL CIUDADANOS
Revocatoria de autoridades
Los ciudadanos tienen derecho a revocar a las autoridades elegidas.
La solicitud de revocatoria se refiere a una autoridad en particular, es fundamentada y no requiere ser aprobada.
Cuando el jurado nacional de elecciones convoca a la revocatoria, ésta se efectúa dentro de 90 días siguientes
de la solicitud.
A través de la revocatoria se puede destituir de sus cargos a las siguientes
autoridades:
• Alcaldes
• Regidores
• Presidentes regionales
• Magistrados que provengan de elección popular
No procede la revocatoria
durante el primer y último año
de su mandato salvo el caso
de magistrados.
20. Remoción de autoridades
La remoción de autoridades es aplicable a las autoridades
designadas por el Gobierno central o regional en las
jurisdicciones regional, departamental, provincial y distrital,
es decir, sólo para cargos de confianza; estas autoridades
no son elegidas a través de la democracia representativa.
No comprende a los jefes políticos militares en las zonas
declaradas en estado de emergencia.
La remoción se produce cuando el jurado nacional de
elecciones comprueba que más del 50% de los
ciudadanos de la jurisdicción electoral o judicial lo
solicitan.
Ley de los Derechos de Participación y Control
Ciudadanos
Ley N° 26300
Artículo 28o.- La remoción se produce cuando
el Jurado Nacional de Elecciones comprueba
que más del 50% de los ciudadanos de una
jurisdicción electoral o judicial lo solicitan.
21. Demanda de rendición de cuentas
Mediante la demanda de rendición de cuentas,
el ciudadano tiene el derecho de interpelar a las
autoridades respecto a la ejecución
presupuestal y el uso de recursos propios; la
autoridad está obligada a dar respuesta.
Procede esta demanda sobre quienes ocupan
cargos sujetos a revocatoria y remoción.
22. FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DEMOCRÁTICO
¿Qué es democracia?
La democracia es una forma de gobierno en la cual existe participación popular y en la que los ciudadanos pueden elegir y
controlar, de manera directa o indirecta, a los gobernantes que los representan.
La democracia se basa en dos principios claves y que son la razón de su gran popularidad:
•La autonomía individual. Se refiere a que nadie debe estar sujeto a reglas que hayan sido
impuestas por otras personas.
•La igualdad. Se refiere a que todos los individuos deben tener la misma oportunidad de
influir en las decisiones que afectan a la sociedad.
La democracia se caracteriza por los siguientes valores y principios generales:
•La igualdad y libertad.
•La representatividad.
•La constitucionalidad.
•La descentralización de decisiones.
•Los derechos humanos.
•La participación política y el pluralismo.
https://humanidades.com/democracia/
https://www.youtube.com/watch?v=yxvfUjaL29A
PUCP - ¿Qué significa "democracia"?
23. Rol de los partidos políticos
Son vehículos para canalizar las demandas de la
sociedad, teniendo como reglas la tolerancia y el
respeto al adversario.
La democracia, …busca la confrontación de ideas,
propuestas y programas para que los ciudadanos y
ciudadanas tengan algo que escoger y decidir con
su voto
Los partidos tienen el legítimo derecho de competir,
pero también la responsabilidad de hacerlo con
decencia.
Los partidos están llamados a fortalecer la
democracia y a sus instituciones y no a debilitarlas.
https://elperuano.pe/noticia/209649-conozca-aqui-a-los-18-partidos-politicos-con-inscripcion-vigente
https://www.youtube.com/watch?v=kVw255M2mok
¿Cuál es la importancia de los partidos políticos en la vida democrática?
24.
25. EL SISTEMA ELECTORAL
Jurado Nacional de Elecciones (JNE)
Es un órgano autónomo del sistema electoral. La máxima
autoridad del jurado nacional de elecciones es el pleno
compuesto por 5 miembros que son elegidos por un
periodo de cuatro años.
Funciones
Fiscalizar la legalidad del ejercicio del sufragio y de la
realización de los procesos electorales, de los procesos
de referéndum y de otras consultas populares, así como
también la elaboración de los padrones electorales.
Mantener y custodiar el registro de organizaciones
políticas.
Administrar justicia en materia electoral.
Proclamar a los candidatos elegidos.
https://portal.jne.gob.pe/portal
26.
27. Oficina Nacional de Procesos Electorales
(ONPE)
Es la máxima autoridad en lo referido a la organización
y ejecución de procesos electorales de referéndum y
otros de consulta popular. Es la encargada de dictar
instrucciones y disposiciones necesarias para el
mantenimiento del orden y la protección de la libertad
personal de los comicios electorales.
Funciones
Organizar todos los procesos electorales
Elaborar la cédula de sufragio
Entregar las actas y los materiales para los
escrutinios
Difundir los resultados y otras actividades
que señala la ley
https://www.gob.pe/onpe
28. Registro Nacional de Identificación y Estado
civil (RENIEC)
El jefe del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es
nombrado por el Consejo Nacional de la magistratura por un
período renovable de cuatro años y puede ser removido por el
Consejo por falta grave. Está afecto a las mismas
incompatibilidades previstas para los integrantes del pleno del
Jurado Nacional de Elecciones.
Funciones
Inscribir nacimientos, matrimonios, divorcios,
defunciones y otros actos que modifican el estado
civil
Preparar y mantener actualizado el padrón
electoral
Emitir el documento nacional de identidad (DNI)
https://www.gob.pe/reniec
30. Junta Nacional de
Justicia
Artículo 154.32 Son funciones de la Junta Nacional de
Ju1s.tNicoima:brar
,previo concurso público de méritos y evaluación personal, a los jueces y fiscales
de todos los niveles. Dichos nombramientos requieren el voto público y motivado conforme
de los dos tercios del número legal de sus miembros.
2. Ratificar, con voto público y motivado, a los jueces y fiscales de todos los niveles cada siete
años; y ejecutar conjuntamente con la Academia de la Magistratura la evaluación parcial de
desempeño de los jueces y fiscales de todos los niveles cada tres años seis meses. Los no
ratificados o destituidos no pueden reingresar al Poder Judicial ni al Ministerio Público.
3. Aplicar la sanción de destitución a los jueces de la Corte Suprema y fiscales supremos; y,
de oficio o a solicitud de la Corte Suprema o de la Junta de Fiscales Supremos,
respectivamente, a los jueces y fiscales de todas las instancias. En el caso de los jueces
supremos y fiscales supremos también será posible la aplicación de amonestación o
suspensión de hasta ciento veinte (120) días calendario, aplicando criterios de razonabilidad
y proporcionalidad. La resolución final debe ser motivada y con previa audiencia del
interesado. Tiene naturaleza de inimpugnable.
https://www.gob.pe/jnj
31. 4.Registrar, custodiar, mantener actualizado y publicar el
Registro de Sanciones Disciplinarias de Jueces y Fiscales.
5.Extender a los jueces y fiscales el título oficial que los
acredita.
6. Presentar un informe anual al Pleno del Congreso.
Artículo 155.33 La Junta Nacional de Justicia está
conformada por siete miembros titulares seleccionados
mediante concurso público de méritos, por un período de
cinco años. Está prohibida la reelección. Los suplentes son
convocados por estricto orden de mérito obtenido en el
concurso.
Junta Nacional de
Justicia
https://iuslatin.pe/jnj-emite-pronunciamiento-tras-denuncia-en-contra-de-sus-miembros/
https://www.youtube.com/watch?v=Qt8NeZ6Q_WM
CONFORMACIÓN DE LA JUNTA NACIONAL
D E JUSTICIA
33. https://www.gob.pe/mpfn
Capítulo X Del Ministerio
Público
Artículo 158. El Ministerio Público es autónomo. El Fiscal de la Nación lo preside.
Es elegido por la Junta de Fiscales Supremos. El cargo de Fiscal de la Nación dura
tres años, y es prorrogable, por reelección, sólo por otros dos. Los miembros del
Ministerio Público tienen los mismos derechos y prerrogativas y están sujetos a las
mismas obligaciones que los del Poder Judicial en la categoría respectiva. Les
afectan las mismas incompatibilidades. Su nombramiento está sujeto a requisitos y
procedimientos idénticos a los de los miembros del Poder Judicial en su respectiva
categoría.
Artículo 159. Corresponde al Ministerio Público:
1.Promover de oficio, o a petición de parte, la acción judicial en defensa de la
legalidad y de los intereses públicos tutelados por el derecho.
2.Velar por la independencia de los órganos jurisdiccionales y por la recta
administración de justicia.
3. Representar en los procesos judiciales a la sociedad.
4.Conducir desde su inicio la investigación del delito. Con tal propósito, la Policía
Nacional está obligada a cumplir los mandatos del Ministerio Público en el ámbito
de su función.
5. Ejercitar la acción penal de oficio o a petición de parte.
6.Emitir dictamen previo a las resoluciones judiciales en los casos que la ley
contempla.
7.Ejercer iniciativa en la formación de las leyes; y dar cuenta al Congreso, o al
Presidente de la República, de los vacíos o defectos de la legislación.
https://www.youtube.com/watch?v=B6zCkWzYj3A
https://www.youtube.com/watch?v=UKsWZ_tA1d8
PUCP- Al derecho y al revés: ¿De qué se encarga el Ministerio Público?
34. Capítulo XI De la Defensoría del Pueblo
https://www.defensoria.gob.pe/
Artículo 161. La Defensoría del Pueblo es autónoma. Los órganos públicos
están obligados a colaborar con la Defensoría del Pueblo cuando ésta lo
requiere.
Su estructura, en el ámbito nacional, se establece por ley orgánica.
El Defensor del Pueblo es elegido y removido por el Congreso con el voto de
los dos tercios de su número legal. Goza de la misma inmunidad y de las
mismas prerrogativas de los congresistas.
Para ser elegido Defensor del Pueblo se requiere haber cumplido treinta y
cinco años de edad y ser abogado.
El cargo dura cinco años y no está sujeto a mandato imperativo. Tiene las
mismas incompatibilidades que los vocales supremos.
Artículo 162. Corresponde a la Defensoría del Pueblo defender los derechos
constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad; y supervisar
el cumplimiento de los deberes de la administración estatal y la prestación de
los servicios públicos a la ciudadanía.
El Defensor del Pueblo presenta informe al Congreso una vez al año, y cada
vez que éste lo solicita. Tiene iniciativa en la formación de las leyes. Puede
proponer las medidas que faciliten el mejor cumplimiento de sus funciones.
El proyecto de presupuesto de la Defensoría del Pueblo es presentado ante el
Poder Ejecutivo y sustentado por su titular en esa instancia y en el Congreso.
https://www.youtube.com/watch?v=6nAgZHqUE-0
35. El Tribunal
Constitucional
Artículo 201. El Tribunal Constitucional es el órgano de control de la
Constitución. Es autónomo e independiente. Se compone de siete
miembros elegidos por cinco años.
Para ser miembro del Tribunal Constitucional, se exigen los mismos
requisitos que para ser vocal de la Corte Suprema. Los miembros del
Tribunal Constitucional gozan de la misma inmunidad y de las mismas
prerrogativas que los congresistas. Les alcanzan las mismas
incompatibilidades. No hay reelección inmediata.
Los miembros del Tribunal Constitucional son elegidos por el
Congreso de la República con el voto favorable de los dos tercios
del número legal de sus miembros. No pueden ser elegidos
magistrados del Tribunal Constitucional los jueces o fiscales que no
han dejado el cargo con un año de anticipación.
https://www.tc.gob.pe/
36. El Tribunal Constitucional
Artículo 202. Corresponde al Tribunal Constitucional:
Conocer, en instancia única, la acción de inconstitucionalidad.
Conocer, en última y definitiva instancia, las resoluciones
denegatorias de hábeas corpus, amparo, hábeas data, y acción
de cumplimiento.
Conocer los conflictos de competencia, o de atribuciones
asignadas por la Constitución, conforme a ley.
Artículo 204. La sentencia del Tribunal que declara la
inconstitucionalidad de una norma se publica en el diario oficial.
Al día siguiente de la publicación, dicha norma queda sin
efecto.
No tiene efecto retroactivo la sentencia del Tribunal que declara
inconstitucional, en todo o en parte, una norma legal.
Artículo 205. Agotada la jurisdicción interna, quien se considere
lesionado en los derechos que la Constitución reconoce puede
recurrir a los tribunales u organismos internacionales constituidos
según tratados o convenios de los que el Perú es parte.
38. 9. Es la reunión de los 130 congresistas o de
la mayoría en su respectiva convocatoria:
A) Pleno del congreso
B) Comisión permanente
C) Las comisiones ordinarias
D) Comisiones investigadoras
E) Comisiones protocolares
8. Está presidida por el presidente del Congreso
y conformada por no menos de 20 congresistas
elegidos por el pleno, guardando la
proporcionalidad de los representantes de cada
grupo parlamentario.
A) Pleno del congreso
B) Comisión permanente
C) Las comisiones ordinarias
D) Comisiones investigadoras
E) Comisiones protocolares
5. Para cumplir sus funciones de gobierno, el
estado establece organismos o instituciones
de carácter autónomo con cómo son llamados
poderes del estado ejecutivo legislativo y
judicial. Nos referimos a:
A) Unitario
B) Descentralizado.
C) Principio de separación de poderes.
D) Representativo
E) Control político
10. Son grupos de trabajo según los temas de
interés legislativo. Se encargan de evaluar y
dictaminar los proyectos de ley enviados al
Congreso.
A) Pleno del congreso
B) Comisión permanente
C) Las comisiones ordinarias
D) Comisiones investigadoras
E) Comisiones protocolares
PRACTICA N° 6