1. FINANZAS
SHCP modifica disposiciones sobre cuentas bancarias
Destaca la necesidad de continuar con ajustes en materia de prevención
de operaciones con recursos de procedencia ilícita.
Notimex
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocer
modificaciones legales relativas a la apertura de cuentas bancarias para
personas físicas, en el marco de la inclusión financiera y de prevención de
operaciones con recursos de procedencia ilícita.
En el Diario Oficial de la Federación, la dependencia publica la resolución que
reforma las disposiciones de carácter general relativas al artículo 115 de la Ley
de Instituciones de Crédito.
En el documento, destaca la necesidad de continuar con los ajustes la
normatividad en materia de prevención de operaciones con recursos de
procedencia ilícita y de financiamiento al terrorismo.
Lo anterior, para que la banca en México cuente con un esquema de
comercialización de productos financieros adecuado para el país, facilite la
disminución en costos de operatividad y aumente el número de clientes.
La resolución prevé modificaciones a la séptima disposición de carácter general
a que se refiere el artículo 115 de la mencionada ley, a través de la cual se
establecen mecanismos de verificación para las cuentas nivel 2, a fin de
asegurar la identificación de los clientes y el cumplimiento con estándares
internacionales.
De esta manera, se establece que en el caso de cuentas ligadas a un teléfono
móvil u otro dispositivo de comunicación equivalente, las entidades deberán
validar la Clave Única del Registro de Población obtenida y el número de
teléfono móvil proporcionados, conforme a los procedimientos que autorice la
Comisión (Nacional Bancaria y de Valores), con opinión de la Secretaría
(SHCP).
Antes de la modificación, se complementaba la información con la contenida en
el Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil o similar que estableciera
el gobierno federal.
La resolución, publicada y vigente a partir de hoy, deroga una disposición
transitoria relacionada con las validación de cuentas nivel 2 que abran
personas físicas, cuya operación esté limitada a tres mil Unidades de Inversión
(Udis) por mes y se encuentren ligadas a un teléfono móvil u otro dispositivo de
comunicación equivalente.
Fuente: Diario El Financiero
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