SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 56
Descargar para leer sin conexión
Supervisión de obras en la
construcción
Saúl Villalobos Pérez
Ingeniero Civil
Maestro en Administración de la Construcción
Maestro en Desarrollo Organizacional
Objetivo:
Brindar a los estudiantes de la materia de
Construcción I información y herramientas
para el proceso de supervisión de obra,
con la finalidad de llevar a cabo un
adecuado control en la ejecución y cierre
de cualquier obra pública.
El alumno al final del curso…
• Será capaz de desarrollar un procedimiento para verificar el
cumplimiento de las normas y especificaciones técnicas de
construcción en la ejecución de una obra, así como de la
administración de los Contratos de obra pública en sus aspectos
financieros y legales.
• Tendrá una visión ampliada de los procesos administrativos
para la correcta aplicación de los recursos públicos en el
desarrollo de un proyecto y ejecución de las obras.
• Tendrá la habilidad de coordinar, dirigir, controlar, vigilar y
revisar la correcta ejecución de una Obra de carácter público,
así como prevenir o corregir cualquier desviación a las normas,
especificaciones técnicas o de procedimientos constructivos.
• Desarrollará criterios de aceptación y tolerancias con márgenes
de seguridad para la toma de decisiones oportunas, con base en
el conocimiento de las disposiciones contenidas en el Marco
Legal vigente.
ALCANCES
• El presente curso iniciará con el análisis y
estudio de los fundamentos legales para la
administración de un contrato de obra
pública.
• Al término del curso el participante tendrá la
capacidad de revisar y, en su caso, aceptar o
rechazar los trabajos ejecutados en la
construcción de una obra pública, así como
proponer las medidas preventivas necesarias
ó las soluciones alternativas para la
rectificación o corrección de alguna
desviación a las normas técnicas,
especificaciones de construcción o cláusulas
contractuales.
MODULO 1. INTRODUCCIÓN
• Mediante un intercambio de ideas en forma
interactiva, se obtendrán las habilidades,
destrezas, aptitudes y actitudes, para la correcta
ejecución y control de calidad en el proceso
constructivo técnico y administrativo de una obra
pública. La función de supervisar implica la
responsabilidad directa de la organización,
coordinación general, control financiero,
verificación de tiempos y movimientos y revisión
general de los trabajos, así como la vigilancia en el
cumplimiento de los avances programados,
abarcando los aspectos arquitectónicos, técnicos,
administrativos y de ingenierías relacionados con
las obras públicas.
INTRODUCCIÓN
• La función supervisión es sin duda la
etapa de la Obra en la que se ven
materializadas las etapas de planeación,
programación, presupuestación y
contratación, todo lo anterior con la
Ejecución de la obra y dar seguimiento
hasta su cierre administrativo y la puesta
en operación de la misma, previendo la
conservación, restauración y/o
mantenimiento de la misma.
• Es una función tan compleja que es
necesario contar con el perfil idóneo para
alcanzar el éxito en la misma.
1.1.-El perfil del Supervisor
• Profesional de la Ingeniería o Arquitectura
• Capacidad para interpretar planos
constructivos, de instalaciones y topográficos
• Capacidad para interpretar estudios
especiales
• Conocimiento en el desarrollo de procesos
constructivos
• Capacidad para monitorear controles de
calidad de:
– materiales
– procesos constructivos
• Capacidad para controlar tiempos
• Capacidad para controlar costos
1.1.-El perfil del Supervisor
• Instinto de prevención de siniestros
• Capacidad de Investigar e innovar
• Carácter para manejo de personal
• Persona con alto sentido de la ética
profesional.
• Persona que se involucre y le dedique
el tiempo necesario.
• Persona con alta capacidad de
compromiso, la responsabilidad y
honestidad.
MODULO 2. MARCO JURÍDICO DE LA FUNCION
SUPERVISIÓN
• OBJETIVO DEL MODULO 2
• El participante, al término de este módulo sabrá
qué marco normativo deberá aplicar en cada una
de las etapas de ejecución y supervisión de una
obra pública.
• Así también se le facilitará detectar el fundamento
legal aplicable durante la ejecución de una obra
pública en relación a la jerarquía de leyes y la
aplicación supletoria de las mismas.
• Podrá distinguir las facultades, atribuciones y
responsabilidades de cada una de las personas
involucradas en la ejecución de una obra pública
2.01 .00 NECESIDAD DE
SUPERVISAR UNA OBRA
• Ya que son bastante considerables los recursos financieros
que se destinan a la construcción de infraestructura con el
fin de brindar servicios de calidad a la ciudadanía a través
de los entes públicos como son las diferentes
dependencias de los gobiernos federal, estatal y municipal,
así como sus entes descentralizados con atribuciones para
la ejecución de obra pública, por lo anterior resulta
elemental destinar los recursos suficientes para garantizar
la correcta administración y aplicación de los recursos
públicos.
• No es suficiente la intención de fiscalizar para evitar actos
deshonestos de los muy diversos involucrados en la
aplicación de dichos recursos, es ahora más importante
tener la visión de optimizar dichos recursos haciendo cada
vez más eficientes las distintas etapas del macroproceso
de la obra pública, con e fin de hacer más con menos y de
mejor calidad.
2.01 .00 NECESIDAD DE
SUPERVISAR UNA OBRA
• En la función supervisión hay mucho por hacer y esta en
nuestras manos el contribuir en un país que cada vez más
necesita de los servidores públicos y profesionales de la
construcción y la ingeniería.
• Antes de iniciar con el estudio de la Ley de Obra Pública y
Servicios relacionados con la misma para el Estado de
Guanajuato y sus Municipios, es importante señalar que
para observar la correcta aplicación de la misma
debemos considerar que existe una amplia legislación
que esta vinculada entre si y que debe conocerse para su
correcta aplicación e interpretación.
• Estas leyes son entre otras las siguientes:
NORMATIVIDAD FEDERAL
• CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
• LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS
MISMAS
• REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS
RELACIONADOS CON LAS MISMAS
• LEY FEDERAL SOBRE METROLOGÍA Y NORMALIZACIÓN
• REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL SOBRE METROLOGÍA Y NORMALIZACIÓN
• LEY DE COORDINACIÓN FISCAL
• LEY DE PLANEACIÓN
• PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL
2008
• FONDO PARA LA INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL DEL RAMO GENERAL
33 DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO
FISCAL
• LEY DEL SEGURO SOCIAL
• LEY DE CÁMARAS EMPRESARIALES Y SUS CONFEDERACIONES
• LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS
• LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES
• LEY FEDERAL DE DERECHOS
• LEY FEDERAL DEL TRABAJO
• LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS
NORMATIVIDAD ESTATAL Y MUNICIPAL
• CONSTITUCIÓN POLÍTICA PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO
• LEY DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LA MISMA PARA EL
ESTADO Y LOS MUNICIPIOS DE GUANAJUATO
• REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS RELACIONADOS CON
LA MISMA PARA EL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS DE GUANAJUATO
• CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO
• LEY DE COORDINACIÓN FISCAL PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO
• LEY DE DESARROLLO URBANO PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO
• LEY DE PLANEACIÓN PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO
• LEY DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS DE
GUANAJUATO
• LEY DE DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO PARA EL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS DE
GUANAJUATO
• LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL
ESTADO DE GUANAJUATO Y SUS MUNICIPIOS
• LEY ORGÁNICA DEL PODER EJECUTIVO PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO
• APERTURA PROGRAMATICA DEL EJERCICIO FISCAL CORRESPONDIENTE AL FONDO DE
APORTACIONES PARA LA INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL
• LEY DE PROFESIONES PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO
• LEY DE VIVIENDA PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO
• LEY DE FRACCIONAMIENTOS PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO Y SUS MUNICIPIOS
• REGLAMENTO PARA LA LEY DE FRACCIONAMIENTOS PARA EL ESTADO DE
GUANAJUATO Y SUS MUNICIPIOS.
• LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DE EGRESOS PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO
PARA EL EJERCICIO FISCAL CORRESPONDIENTE
OTRAS NORMATIVIDADES
APLICABLES A LOS MUNICIPIOS
• LEY ORGÁNICA MUNICIPAL PARA EL ESTADO
DE GUANAJUATO
• LEY PARA EL EJERCICIO Y CONTROL DE LOS
RECURSOS PÚBLICOS PARA EL ESTADO Y LOS
MUNICIPIOS DE GUANAJUATO
• LEY DE INGRESOS PARA EL MUNICIPIO
CORRESPONDIENTE
• FORMULA Y METODOLOGÍA PARA LA
DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS DEL
FONDO DE APORTACIONES PARA LA
INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL DEL
ESTADO DE GUANAJUATO PARA EL EJERCICIO
FISCAL CORRESPONDIENTE.
2.03 FUNCIÓN DE LA LEY DE OBRA
PÚBLICA Y SERVICIOS RELACIONADAS CON
LA MISMA PARA EL ESTADO DE
GUANAJUATO Y SUS MUNICIPIOS.
• ARTÍCULO 1. La presente ley es de orden público e interés
social y tiene por objeto regular las acciones relativas a la
planeación, programación, presupuestación, contratación,
ejecución y control de la obra pública, así como de los servicios
relacionados con la misma, que realicen en el Estado de
Guanajuato los:
•
• I. Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial;
•
• II. Ayuntamientos;
•
• III. Organismos autónomos por ley, y
•
• IV. Entidades paraestatales y paramunicipales.
• (Fracción adicionada. P.O. 16 de septiembre de 2005)
LEY DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS
RELACIONADAS CON LA MISMA
• ARTÍCULO 2. Para los efectos de la presente ley, se
entenderá por:
• I. Contratante. Los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial,
los organismos autónomos por ley y los ayuntamientos,
facultados para contratar sobre la materia, en los términos
de esta ley y otras disposiciones aplicables;
• Para los efectos de esta ley, se considera contratante a las
entidades paraestatales y paramunicipales, siempre y
cuando reúnan las características señaladas en el artículo 3;
• II. Contratista o consultor. La persona física o moral
debidamente registrada que participa en cualesquiera de
los procedimientos o modalidades de contratación de obra
pública o de servicios relacionados con la misma, según sea
el caso, conforme a las disposiciones de esta ley;
LEY DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS
RELACIONADAS CON LA MISMA
• III. Convocante. Los Poderes Ejecutivo,
Legislativo y Judicial, los organismos
autónomos por ley y los ayuntamientos que
realizan procedimientos de adjudicación de
contratos de obra pública, mediante las
modalidades de licitación pública o licitación
simplificada;
• IV. Dependencia. Unidad administrativa de los
entes públicos a que se refiere esta ley;
• V. Dirección municipal. La Dirección de Obras
Públicas Municipales o quien ejecute las
acciones en materia de obra pública;
LEY DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS
RELACIONADAS CON LA MISMA
• VI. Ente público. Los Poderes Ejecutivo,
Legislativo y Judicial, ayuntamientos y
organismos autónomos por ley;
• VII. Especialidad de los trabajos. Actividad o
actividades exclusivas y acreditadas por el
contratista en el padrón;
• VIII. Expediente técnico. Instrumento
documental que reúne los elementos básicos
necesarios que permiten describir el alcance,
contenido y costo de una obra conforme a la
normatividad que establezcan las autoridades
competentes;
LEY DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS
RELACIONADAS CON LA MISMA
• IX. Ley. La Ley de Obra Pública y Servicios
relacionados con la misma para el Estado y los
Municipios de Guanajuato;
• X. Licitador. Persona física o moral que
participe en cualquier procedimiento de
adjudicación mediante las modalidades de
licitación pública o de licitación simplificada;
• XI. Obras por cooperación. Las realizadas de
conformidad con lo dispuesto en el título
sexto, capítulo primero de la Ley de Hacienda
para los Municipios del Estado de Guanajuato;
LEY DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS
RELACIONADAS CON LA MISMA
• XII. Órganos de control interno. La Secretaría de la
Gestión Pública y los órganos de control interno de
los Poderes Legislativo y Judicial, así como de los
ayuntamientos y organismos autónomos por ley;
• XIII. Padrón. El registro de las personas físicas o
morales en el estado o en los municipios, para
intervenir en algún procedimiento de adjudicación
de obra pública y servicios relacionados con la
misma, en los términos de esta ley y su reglamento;
• XIV. Proyecto ejecutivo. Plan prospectivo
encaminado a materializar un proyecto de obra
pública, indicando los medios necesarios para su
realización y la adecuación de esos medios a los
resultados que se persiguen;
LEY DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS
RELACIONADAS CON LA MISMA
• XV. Reglamento. El Reglamento de la Ley de Obra Pública y
Servicios relacionados con la misma para el Estado y los
Municipios de Guanajuato que en el ámbito de su
competencia expidan el ejecutivo del estado y los
ayuntamientos;
• XVI. Responsable técnico. Profesionista responsable que
acredite su especialidad, en la ejecución de la obra pública
y de los servicios relacionados con la misma y garantice a
la contratante la capacidad técnica para su ejecución;
• XVII. Secretaría. La Secretaría de Obra Pública del gobierno
del estado;
• XVIII. Términos de referencia. Descripción de los alcances,
metas y objetivos de un estudio o proyecto relacionado
con el contrato;
LEY DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS
RELACIONADAS CON LA MISMA
• XIX. Titular del área responsable. El secretario
de obra pública, los responsables de la
ejecución de la obra pública en las entidades
paraestatales, en los Poderes Legislativo y
Judicial y en los organismos autónomos por
ley, así como los directores de obras públicas
municipales o quien ejecute las acciones en
materia de obra pública en los municipios o en
las entidades paramunicipales, y
• XX. Tratados. Los definidos como tales en la
fracción I del artículo 2 de la Ley sobre la
Celebración de Tratados.
LEY DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS
RELACIONADAS CON LA MISMA
• ARTÍCULO 3. El ejecutivo del estado aplicará la
presente ley, por conducto de la secretaría. Las
entidades paraestatales.
• Los Poderes Legislativo y Judicial, y los organismos
autónomos por ley, observarán y aplicarán la
presente ley por conducto de la dependencia que
señale su propio ordenamiento.
• En el ámbito municipal, la aplicación de esta ley
corresponderá a los ayuntamientos por conducto de
la dirección municipal. Las entidades
paramunicipales aplicarán esta ley, siempre y
cuando lo permita la naturaleza de su objeto y
atribuciones, y cuenten con la capacidad para
ejecutar obra pública;
LEY DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS
RELACIONADAS CON LA MISMA
• ARTÍCULO 4.
• El ejecutivo del estado y los
ayuntamientos expedirán en la esfera
de sus respectivas competencias el
reglamento que contendrá el
procedimiento de aplicación de esta ley.
LEY DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS
RELACIONADAS CON LA MISMA
• ARTÍCULO 5. El ejecutivo del estado aprobará
su programa de obra pública y servicios
relacionados con la misma y propondrá al
Poder Legislativo el gasto público
correspondiente, en los términos de la ley y
demás ordenamientos aplicables y
establecerá los medios de control que estime
pertinentes.
• Igualmente los Poderes Legislativo y Judicial,
así como los organismos autónomos por ley y
los ayuntamientos, deberán aprobar sus
respectivos programas de obra pública y lo
integrarán en su presupuesto de egresos.
LEY DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS
RELACIONADAS CON LA MISMA
• ARTÍCULO 6. El Ejecutivo del Estado, por
conducto de la Secretaría o de las
entidades paraestatales a las que se
refiere el artículo 3 de esta Ley, podrá
convenir con los Poderes Legislativo,
Judicial, Organismos Autónomos por Ley y
con las autoridades municipales, la
ejecución de la obra pública y los servicios
relacionados con la misma, cuando
cuenten con los recursos presupuestales y
los expedientes técnicos debidamente
dictaminados y validados por la normativa
competente para tal efecto.
LEY DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS
RELACIONADAS CON LA MISMA
• Previamente a la ejecución de la obra a que se
refiere este artículo, se deberán suscribir los
convenios indicando en ellos, los términos y
condiciones para la coordinación de las
acciones.
• En los convenios que se suscriban con las
autoridades municipales, a criterio de la
Secretaría o de las entidades paraestatales a
las que se refiere el artículo 3 de esta Ley,
podrá acordarse además el que se exima la
validación del expediente, siempre que se
trate de obras urgentes, de bajo monto o de
fácil realización.
LEY DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS
RELACIONADAS CON LA MISMA
• ARTÍCULO 7. El gasto para la obra pública y servicios
relacionados con la misma, se sujetará a las disposiciones
de la Ley del Presupuesto General de Egresos del Estado,
para el ejercicio fiscal que corresponda, así como al
presupuesto de egresos de los ayuntamientos y demás
disposiciones aplicables.
• Cuando la obra pública y los servicios relacionados con la
misma, se realicen con recursos totales o parciales de la
federación conforme a los convenios celebrados entre el
ejecutivo federal y el ejecutivo estatal o con los
ayuntamientos, se aplicará lo dispuesto por la legislación
federal sobre la materia, salvo que en los mismos
convenios se establezca la aplicación de esta ley para las
acciones que regula.
2.04. QUE ES OBRA PÚBLICA
• ARTÍCULO 8. Para los efectos de esta ley, se considera obra
pública:
• I. La construcción, instalación, conservación, ampliación,
adaptación, adecuación, remodelación, restauración,
reparación, rehabilitación, mantenimiento, modificación o
demolición de bienes inmuebles que conformen el patrimonio
del estado y municipios, en términos de la Ley de Patrimonio
Inmobiliario del Estado y de lo dispuesto en la Ley Orgánica
Municipal para el Estado de Guanajuato, destinados a un
servicio público, al uso común, o los de dominio privado,
ejecutados con recursos públicos.
• Asimismo, quedan comprendidos dentro de la obra pública el
mantenimiento, adaptación, adecuación, reparación y
restauración de bienes inmuebles, que tenga el Estado o los
municipios por arrendamiento o por comodato; así como los
bienes muebles integrados, incorporados o adheridos a un
inmueble, aun cuando no implique modificación del propio
inmueble;
2.04. QUE ES OBRA PÚBLICA
• II. Los estudios y trabajos de exploración, localización,
perforación, mejoramiento del suelo, subsuelo, extracción
y aquellos similares que tengan por objeto la explotación y
desarrollo de los recursos naturales que se encuentren en
el suelo, así como los que se encuentren en el subsuelo
que no estén reservados a la federación y de los que
pueda disponer el estado o los municipios por medio de
los convenios correspondientes;
• III. Los trabajos de infraestructura hidráulica y
agropecuaria;
• IV. Los proyectos integrales, en los cuales el contratista se
obliga a su ejecución desde el diseño de la obra hasta su
terminación total;
2.04. QUE ES OBRA PÚBLICA
• V. La instalación, montaje, colocación o
aplicación, incluyendo las pruebas de operación
de los bienes muebles que deban incorporarse,
adherirse o destinarse a un inmueble, siempre y
cuando dichos bienes sean proporcionados por
la convocante a la contratista o bien cuando
incluyan la adquisición y su precio sea menor al
de los trabajos que se contraten, y
• VI. Todas aquellas acciones de naturaleza
análoga, así como las que realicen los
fideicomisos en los que el fideicomitente o el
fideicomisario sea el gobierno del estado, los
ayuntamientos o personas morales en las que
exista aportación del erario del estado o de los
municipios.
2.04. QUE ES OBRA PÚBLICA
• ARTÍCULO 9. Quedan comprendidos
dentro de los servicios relacionados con la
obra pública, los siguientes:
• I. La planeación y el diseño, incluyendo los
trabajos que tengan por objeto concebir,
diseñar, proyectar y calcular los elementos
que integran un proyecto de ingeniería
básica, estructural, de instalaciones, de
infraestructura, industrial, electromecánica
y de cualquier otra especialidad de la
ingeniería que se requiera para integrar un
proyecto ejecutivo;
2.04. QUE ES OBRA PÚBLICA
• II. La planeación, elaboración de
anteproyectos y diseños arquitectónicos y
artísticos, así como de cualquier otra
especialidad de la arquitectura que se
requiera para integrar un proyecto ejecutivo;
• III. Los estudios técnicos de agrología y
desarrollo pecuario, hidrológico, mecánica de
suelos, sismología, topografía, geología,
geodesia, geotecnia, geofísica, geotermia,
geomática, sistemas de información
geográfica, meteorología, aerofotometría,
ambientales, ecológicos, de ingeniería de
tránsito y sanitaria, entre otros;
2.04. QUE ES OBRA PÚBLICA
• IV. Los estudios económicos y de planeación de
preinversión, factibilidad técnico-económica, ecológica,
social, de evaluación, adaptación, tenencia de la tierra,
financieros de desarrollo y restitución de la eficiencia de
las instalaciones, entre otros que se requieran para
integrar un proyecto ejecutivo;
• V. La asesoría, gerenciamiento y consultoría para llevar a
cabo las actividades de coordinación, supervisión y control
de obra, de laboratorio de análisis y control de calidad, de
laboratorio de geotecnia, de resistencia de materiales y
radiografías industriales, de preparación de
especificaciones de construcción, presupuestación o la
elaboración de cualquier otro documento o trabajo
relacionado con las modalidades de adjudicación de
contratos sobre las materias que regula esta ley;
2.04. QUE ES OBRA PÚBLICA
• VI. Los trabajos de organización informática,
cibernética y sistemas aplicados a las materias que
regula esta ley;
• VII. Los dictámenes, peritajes, avalúos y revisiones
técnico-normativas aplicables a las materias que
regula esta ley;
• VIII. Los estudios que tengan por objeto
rehabilitar, corregir, sustituir o incrementar la
eficiencia de las instalaciones en un bien
inmueble;
• IX. Los estudios de apoyo tecnológico, incluyendo
los de desarrollo y transferencia de tecnología
entre otros;
2.04. QUE ES OBRA PÚBLICA
• X. Los trámites necesarios para la liberación
de los bienes inmuebles en que se vaya a
ejecutar la obra pública, a efecto de
obtener la posesión material y la propiedad
de los bienes inmuebles;
• XI. La adquisición, suministro e instalación
de bienes muebles que serán incorporados
de manera permanente a la obra pública, y
• XII. Todos aquellos de naturaleza análoga
relacionados con la obra pública.
2.05. REGLAMENTO DE LA LEY
DE OBRAS PÚBLICAS
• DEL RESIDENTE DE OBRA.
• El profesionista especializado que funge como
representante del contratista ante la
contratante para cumplir con los términos y
condiciones pactados en el contrato, en lo
relacionado con la ejecución de los trabajos.
• DEL SUPERVISOR DE OBRA
• La persona especializada, designada por la
contratante para llevar a cabo el control,
vigilancia, supervisión, verificación y revisión de
los trabajos.
La supervisión de Obra y el Supervisor
• Las obligaciones y responsabilidades
de la función supervisión son las
referidas en el Reglamento de la Ley
de Obra Pública en su artículo 113 y
que se pueden desarrollar de acuerdo
a la temporalidad de la obra de la
siguiente manera:
2.05.03.a.- Antes de iniciar la obra
• Artículo 113, fracción I.
• I.-Revisión del expediente
•
• Proyecto ejecutivo
• Reglas de operación
• Datos del programa de obra e inversión
• Formatos específicos solicitados por la
Normativa
• Validación por la dependencia normativa
2.05.03.a.- Antes de iniciar la obra
• II.-Análisis del Proyecto Ejecutivo
– Planos
– Catálogo/Presupuesto
– Mecánica de Suelos
– Estudio varios
– Información Técnica
– Fotografías
– Topografía
– Plano Arquitectónico
– Calendario de Obra e Inversión
– Especificaciones
• Permisos y autorizaciones
2.05.03.a.- Antes de iniciar la obra
• III.-Análisis y visita al sitio de la obra
• Verificar que la propiedad sea o este a disposición
del contratante
• Verificar que no existan afectaciones a particulares
o terceros dentro del predio a intervenir.
• Determinar las instalaciones, mobiliario o
infraestructura que tenga que ser reubicada.
• Preguntar a vecinos o lugareños de posibles
instalaciones ocultas que no se observen a simple
vista.
• Verificar que no existan líneas subterráneas de
CFE, TELMEX, PEMEX, Fibra óptica, Gas natural u
otros.
• Verificar que el plano topográfico corresponda a lo
observado en campo, tanto en planimetría como
en altimetría.
2.05.03.a.- Antes de iniciar la obra
• III.-Análisis y visita al sitio de la obra
• Determinar situación y condición de los accesos a
la obra.
• Definir áreas de almacén de materiales, bodega,
oficinas de campo, patios de maniobras y áreas de
trabajo en general.
• Prevenir condiciones de riesgo por condición física
del predio (evitar inundaciones, incendios y
cualquier siniestro).
• Definir espacios requeridos para atender las
disposiciones de Seguridad e Higiene que obliga la
Ley Federal del Trabajo y Previsión Social, así como
la SEMARNAT.
• Delimitar áreas restringidas a personal ajeno a la
obra.
• IV.- Revisión del contrato de obra.
• V.- Análisis del presupuesto y tarjetas de precios
unitarios
– ANÁLISIS DE COSTOS DIRECTOS
• MATERIALES
• MAQUINARIA
• MANO DE OBRA
– COSTOS INDIRECTOS
• DE CAMPO Y OFICINA
• CARGO POR FINANCIAMIENTO
• CARGO POR UTILIDAD
• CARGO ADICIONALES
– INTEGRACIÓN DE PRESUPUESTO CON TARJETAS.
– PRESUPUESTO INTEGRADO
• ARTÍCULO 33 AL 70 DEL REGLAMENTO.
2.05.03.a.- Antes de iniciar la obra
• VI.- Análisis del programa de obra
• Dependencia ejecutora
• Nombre de la obra
• Número de contrato
• Contratista
• Fecha de inicio según contrato
• Fecha de termino según contrato
• Fecha de inicio real
• Fecha de recalendarización o prórroga
• Fecha de termino según recalendarización o prórroga
• Calendarización por semana de todos y cada uno de los
conceptos
• Firma del contratista
• Firma de autorización por parte de la dependencia ejecutora
• Es recomendable utilizar algún software como lo es el Project y
dar seguimiento de la ruta crítica, así como de diversas
aplicaciones de este programa.
2.05.03.a.- Antes de iniciar la obra
2.05.03.a.- Antes de iniciar la obra
• Artículo 113, fracción II.
• Vigilar previo a los inicios de los
trabajos, que se cumplan con las
condiciones previstas en los
artículos 19 y 20 de la Ley de Obra
Pública.
2.05.03.b.- Al inicio de la obra
• Artículo 113, fracción III.
– Dar apertura a la bitácora, la cual
quedará bajo resguardo en la obra y por
medio de ella dar las instrucciones
pertinentes, recibir las solicitudes que le
formule el contratista y registrar los
avances y aspectos relevantes durante la
obra.
2.05.03.c.- Durante la ejecución de la obra
• IV.- Tomar las decisiones técnicas
correspondientes y necesarias para la
ejecución de los trabajos, debiendo
resolver oportunamente las consultas,
aclaraciones, dudas o autorizaciones que
presente el residente de obra, con relación
al cumplimiento de los derechos y
obligaciones derivadas del contrato.
• V.- Revisar, controlar y comprobar que los
materiales, la mano de obra, la maquinaria
y equipos sean de calidad y características
pactadas en el contrato.
2.05.03.c.- Durante la ejecución de la obra
• VI.- Vigilar y controlar el desarrollo de los trabajos, en sus
aspectos de calidad, costo, tiempo y apego a los
programas de ejecución de los trabajos de acuerdo con
los avances, recursos asignados, rendimientos y
consumos pactados en el contrato. Cuando el proyecto
requiera de cambios estructurales, arquitectónicos,
funcionales, de proceso, entre otros, deberá recabar por
escrito las instrucciones o autorizaciones de los
responsables de las áreas correspondientes.
• VII.- Analizar detalladamente el programa de ejecución
de los trabajos considerando e incorporando, según el
caso, los programas de suministros que la contratante
haya entregado al contratista, referente a materiales,
máquina, equipos, instrumentos y accesorios de
instalación permanente.
2.05.03.c.- Durante la ejecución de la obra
• VIII.- Revisar y autorizar, conjuntamente
con el residente de obra, las estimaciones
de trabajos ejecutados, verificando que
cuenten con los números generadores que
las respalden, para efectos de su
aprobación, quienes deberán firmarla para
su trámite de pago.
• IX.- Celebrar juntas de trabajo con el
residente de obra para analizar el estado,
avance, calidad de lo materiales y trabajos
ejecutados, problemas y alternativas de
solución, consignando en las minutas los
acuerdos tomados.
2.05.03.c.- Durante la ejecución de la obra
• X.- Vigilar que el residente de obra cumpla con
las condiciones ambientales, de seguridad,
higiene y limpieza de los trabajos.
• XI.- Presentar a las áreas correspondientes las
alternativas de solución, cuando exista un
cambio sustancial al proyecto, a sus
especificaciones o al contrato, a solicitud del
contratista, a efecto de que se analice la
factibilidad, costo y tiempo de ejecución, y en
su caso, proponer la prórroga respectiva.
• XII.- Dar seguimiento al trámite de los
convenios modificatorios que resulten
necesarios.
2.05.03.c.- Durante la ejecución de la obra
• XIII.- Vigilar que los planos se mantengan
debidamente actualizados, por conducto de las
personas que tengan asignada dicha tarea.
• XIV.- Coordinar con los servidores públicos
responsables, la terminación anticipada o
rescisión de obra y, cuando proceda, la
suspensión de obra; debiéndose auxiliar de la
contratante para su formalización.
• XV.- Rendir informes periódicos, así como un
informe final sobre el cumplimiento del
contratista en los aspectos legales, técnicos,
económicos, financieros y administrativos.
2.05.03.c.- Durante la ejecución de la obra
• XVIII.- Indicar o autorizar la ejecución de
conceptos fuera de catálogo y
volúmenes excedentes de obra, previa
consulta con las áreas técnica y
administrativa de la contratante.
• XIX.- Las demás funciones que deriven
de la Ley, de este reglamento, del
Reglamento Interior de la secretaría o le
señale la contratante.
2.05.03.d.- Al termino de la obra
• XVI.- Autorizar y firmar el finiquito del
contrato.
• XVII.- Verificar la correcta conclusión de los
trabajos dentro del plazo convenido,
debiendo vigilar que la unidad que deba
operarla reciba oportunamente el
inmueble en condiciones de operación, los
planos correspondientes a la construcción
final, así como los manuales e instructivos
de operación y mantenimiento y los
certificados de garantía de calidad y
funcionamiento de los bienes instalados.
2.05.03.d.- Al termino de la obra
• Artículos 160 al 164 de la Ley.- Llevar el acto de
entrega-recepción para cierre administrativo de
la obra con los participantes involucrados,
entregando el contratista al contratante.
• Artículos 173 al 178 de la Ley.- Llevar a cabo el
acto de entrega-recepción para puesta en
operación, con los participantes involucrados,
entregando la contratante al usuario final en
presencia del contratista, y de los órganos de
fiscalización correspondientes.
2.06 JERARQUÍA DE LAS LEYES
• La jerarquía de las normas
(se conoce como la pirámide de Kelsen):
• Constitución Nacional
• Tratados internacionales
• Leyes marco
• Leyes orgánicas
• Leyes
• Decretos Especiales: Los decretos especiales y las leyes tienen
igual jerarquía, estos decretos son los que expide el gobierno
por situaciones especiales como la conmoción interior,
emergencia económica, o por delegación del congreso por
ejemplo para compilar normas, Decretos Reglamentarios,
Ordenanzas Departamentales, Acuerdos Municipales.
• Por delegación ciertos organismos pueden expedir normas,
como son las circulares, las resoluciones y los conceptos. Existe
también el caso de la jurisprudencia, que no es obligatoria sino
para las partes que intervienen en el proceso, pero que sirven
como orientadores de la interpretación de la Constitución y la
Ley.
¡GRACIAS POR SU ATENCIÓN!
• ESPERO APLIQUEN
PRONTO LO AQUÍ
EXPUESTO

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Ent 1 ley de obra publica y privada - jcvf
Ent 1   ley de obra publica y privada - jcvfEnt 1   ley de obra publica y privada - jcvf
Ent 1 ley de obra publica y privada - jcvfiscvillanueva
 
Contrataciones públicas
Contrataciones públicasContrataciones públicas
Contrataciones públicasnormafacu
 
Ley de obras publicas y servicios relacionados con las mismas
Ley de obras publicas y servicios relacionados con las mismasLey de obras publicas y servicios relacionados con las mismas
Ley de obras publicas y servicios relacionados con las mismasMaribel Prieto Alvarado
 
El normograma es una herramienta que permite a las entidades publicas y priva...
El normograma es una herramienta que permite a las entidades publicas y priva...El normograma es una herramienta que permite a las entidades publicas y priva...
El normograma es una herramienta que permite a las entidades publicas y priva...Antonio Moraez
 
Invitacion pública trusas
Invitacion pública trusasInvitacion pública trusas
Invitacion pública trusasAlcaldiacocorna
 
Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmueble1
Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmueble1Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmueble1
Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmueble1Oscar Herrera
 
Nuevo Decreto Ley de Contrataciones Publicas Venezuela 2014 edgar mariño
Nuevo Decreto Ley de Contrataciones Publicas Venezuela 2014 edgar mariñoNuevo Decreto Ley de Contrataciones Publicas Venezuela 2014 edgar mariño
Nuevo Decreto Ley de Contrataciones Publicas Venezuela 2014 edgar mariñoIECSAM Edgar Mariño
 
Invitacion pública cinvaran cmi 012 2013
Invitacion pública cinvaran cmi 012   2013Invitacion pública cinvaran cmi 012   2013
Invitacion pública cinvaran cmi 012 2013Alcaldiacocorna
 
Ley De Licitaciones 2001
Ley De Licitaciones 2001Ley De Licitaciones 2001
Ley De Licitaciones 2001guestc4b0aa
 
Ley n° 30225_y_su_reglamento_2016
Ley n° 30225_y_su_reglamento_2016Ley n° 30225_y_su_reglamento_2016
Ley n° 30225_y_su_reglamento_2016Alexander Villanueva
 
Reglamento a la ley de contratacion administrativa
Reglamento a la ley de contratacion administrativaReglamento a la ley de contratacion administrativa
Reglamento a la ley de contratacion administrativaMinisterio de Educación
 
Conversatorio sobre contrataciones publicas
Conversatorio sobre contrataciones publicasConversatorio sobre contrataciones publicas
Conversatorio sobre contrataciones publicasCarmen Flores
 
Auto control gubernamental
Auto control gubernamentalAuto control gubernamental
Auto control gubernamentalRocio Garcia
 

La actualidad más candente (20)

Ent 1 ley de obra publica y privada - jcvf
Ent 1   ley de obra publica y privada - jcvfEnt 1   ley de obra publica y privada - jcvf
Ent 1 ley de obra publica y privada - jcvf
 
Contrataciones públicas
Contrataciones públicasContrataciones públicas
Contrataciones públicas
 
Ley de obras publicas y servicios relacionados con las mismas
Ley de obras publicas y servicios relacionados con las mismasLey de obras publicas y servicios relacionados con las mismas
Ley de obras publicas y servicios relacionados con las mismas
 
El normograma es una herramienta que permite a las entidades publicas y priva...
El normograma es una herramienta que permite a las entidades publicas y priva...El normograma es una herramienta que permite a las entidades publicas y priva...
El normograma es una herramienta que permite a las entidades publicas y priva...
 
Contataciones
ContatacionesContataciones
Contataciones
 
LEY DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
LEY DE CONTRATACIONES PÚBLICASLEY DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
LEY DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
 
CONVENIO DE PAGO
CONVENIO DE PAGOCONVENIO DE PAGO
CONVENIO DE PAGO
 
Material Contratación Pública
Material Contratación Pública Material Contratación Pública
Material Contratación Pública
 
Invitacion pública trusas
Invitacion pública trusasInvitacion pública trusas
Invitacion pública trusas
 
Módulo 3 parte 2
Módulo 3 parte 2Módulo 3 parte 2
Módulo 3 parte 2
 
Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmueble1
Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmueble1Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmueble1
Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmueble1
 
Nuevo Decreto Ley de Contrataciones Publicas Venezuela 2014 edgar mariño
Nuevo Decreto Ley de Contrataciones Publicas Venezuela 2014 edgar mariñoNuevo Decreto Ley de Contrataciones Publicas Venezuela 2014 edgar mariño
Nuevo Decreto Ley de Contrataciones Publicas Venezuela 2014 edgar mariño
 
Invitacion pública cinvaran cmi 012 2013
Invitacion pública cinvaran cmi 012   2013Invitacion pública cinvaran cmi 012   2013
Invitacion pública cinvaran cmi 012 2013
 
Invitación publica no.012
Invitación publica no.012Invitación publica no.012
Invitación publica no.012
 
Ley De Licitaciones 2001
Ley De Licitaciones 2001Ley De Licitaciones 2001
Ley De Licitaciones 2001
 
Ley n° 30225_y_su_reglamento_2016
Ley n° 30225_y_su_reglamento_2016Ley n° 30225_y_su_reglamento_2016
Ley n° 30225_y_su_reglamento_2016
 
ACTIVIDAD 12
ACTIVIDAD 12ACTIVIDAD 12
ACTIVIDAD 12
 
Reglamento a la ley de contratacion administrativa
Reglamento a la ley de contratacion administrativaReglamento a la ley de contratacion administrativa
Reglamento a la ley de contratacion administrativa
 
Conversatorio sobre contrataciones publicas
Conversatorio sobre contrataciones publicasConversatorio sobre contrataciones publicas
Conversatorio sobre contrataciones publicas
 
Auto control gubernamental
Auto control gubernamentalAuto control gubernamental
Auto control gubernamental
 

Similar a 1 curso para supervisores de op

Mala planeacion y gasto excesivo en materia de obra publica
Mala planeacion y gasto excesivo en materia de obra publicaMala planeacion y gasto excesivo en materia de obra publica
Mala planeacion y gasto excesivo en materia de obra publicaAlondra Valencia Gonzalez
 
Curso ACTUALIZAZION DE LA NORMATIVA LEGAL Y TECNICA DE LA OBRA PUBLICA
Curso ACTUALIZAZION DE LA NORMATIVA LEGAL Y TECNICA DE LA OBRA PUBLICACurso ACTUALIZAZION DE LA NORMATIVA LEGAL Y TECNICA DE LA OBRA PUBLICA
Curso ACTUALIZAZION DE LA NORMATIVA LEGAL Y TECNICA DE LA OBRA PUBLICAjorge luis bajo soto
 
Exposición: Presupuesto Participativo 2011 - Participacion Ciudadana
Exposición: Presupuesto Participativo 2011 - Participacion CiudadanaExposición: Presupuesto Participativo 2011 - Participacion Ciudadana
Exposición: Presupuesto Participativo 2011 - Participacion CiudadanaMunicipalidad de Jesús María
 
Directiva de formulacion ejecucion yy liquidacion
Directiva de formulacion ejecucion yy liquidacionDirectiva de formulacion ejecucion yy liquidacion
Directiva de formulacion ejecucion yy liquidacionCARLOSCAHUANA4
 
Auditoria Pública- Ana
Auditoria Pública- AnaAuditoria Pública- Ana
Auditoria Pública- Anaana260189
 
Curso Virtual Intensivo: Las Contrataciones Públicas
Curso Virtual Intensivo: Las Contrataciones PúblicasCurso Virtual Intensivo: Las Contrataciones Públicas
Curso Virtual Intensivo: Las Contrataciones PúblicasRC Consulting SRL
 
1er Taller metodologia_201023_JPZ.pptx
1er Taller metodologia_201023_JPZ.pptx1er Taller metodologia_201023_JPZ.pptx
1er Taller metodologia_201023_JPZ.pptxjosepomajambo
 
OBRAS PUBLICAS PARA EJECUCCION ADMINISTRACION .pptx
OBRAS PUBLICAS PARA EJECUCCION ADMINISTRACION .pptxOBRAS PUBLICAS PARA EJECUCCION ADMINISTRACION .pptx
OBRAS PUBLICAS PARA EJECUCCION ADMINISTRACION .pptxMiltonEPalacios
 
GRUPO Nº 1- ANÁLISIS AL PROYECTO DE LEY GENERAL DE ABASTECIMIENTO PUBLICO v3 ...
GRUPO Nº 1- ANÁLISIS AL PROYECTO DE LEY GENERAL DE ABASTECIMIENTO PUBLICO v3 ...GRUPO Nº 1- ANÁLISIS AL PROYECTO DE LEY GENERAL DE ABASTECIMIENTO PUBLICO v3 ...
GRUPO Nº 1- ANÁLISIS AL PROYECTO DE LEY GENERAL DE ABASTECIMIENTO PUBLICO v3 ...XiomaraValladaresTre
 
Manual de procedimientos para la ejecución de obras del Programa Nacional de ...
Manual de procedimientos para la ejecución de obras del Programa Nacional de ...Manual de procedimientos para la ejecución de obras del Programa Nacional de ...
Manual de procedimientos para la ejecución de obras del Programa Nacional de ...SMOLLV SMOLLV
 
Libro obras primer capitulo
Libro obras primer capituloLibro obras primer capitulo
Libro obras primer capituloGinoCordovaLivia
 
Guia de trabajo 10
Guia de trabajo 10Guia de trabajo 10
Guia de trabajo 10Aidelle
 
Analisis tupa rne 29090
Analisis tupa rne 29090Analisis tupa rne 29090
Analisis tupa rne 29090pikachucha
 
PLANES DE DESARROLLO URBANO
PLANES DE DESARROLLO URBANOPLANES DE DESARROLLO URBANO
PLANES DE DESARROLLO URBANOyorka_maribel
 
Expediente unitario de obra pública 1.1.listo
Expediente unitario de obra pública 1.1.listoExpediente unitario de obra pública 1.1.listo
Expediente unitario de obra pública 1.1.listoapnet
 

Similar a 1 curso para supervisores de op (20)

Mala planeacion y gasto excesivo en materia de obra publica
Mala planeacion y gasto excesivo en materia de obra publicaMala planeacion y gasto excesivo en materia de obra publica
Mala planeacion y gasto excesivo en materia de obra publica
 
Curso ACTUALIZAZION DE LA NORMATIVA LEGAL Y TECNICA DE LA OBRA PUBLICA
Curso ACTUALIZAZION DE LA NORMATIVA LEGAL Y TECNICA DE LA OBRA PUBLICACurso ACTUALIZAZION DE LA NORMATIVA LEGAL Y TECNICA DE LA OBRA PUBLICA
Curso ACTUALIZAZION DE LA NORMATIVA LEGAL Y TECNICA DE LA OBRA PUBLICA
 
Exposición: Presupuesto Participativo 2011 - Participacion Ciudadana
Exposición: Presupuesto Participativo 2011 - Participacion CiudadanaExposición: Presupuesto Participativo 2011 - Participacion Ciudadana
Exposición: Presupuesto Participativo 2011 - Participacion Ciudadana
 
Directiva de formulacion ejecucion yy liquidacion
Directiva de formulacion ejecucion yy liquidacionDirectiva de formulacion ejecucion yy liquidacion
Directiva de formulacion ejecucion yy liquidacion
 
Auditoria Pública- Ana
Auditoria Pública- AnaAuditoria Pública- Ana
Auditoria Pública- Ana
 
Curso Virtual Intensivo: Las Contrataciones Públicas
Curso Virtual Intensivo: Las Contrataciones PúblicasCurso Virtual Intensivo: Las Contrataciones Públicas
Curso Virtual Intensivo: Las Contrataciones Públicas
 
1er Taller metodologia_201023_JPZ.pptx
1er Taller metodologia_201023_JPZ.pptx1er Taller metodologia_201023_JPZ.pptx
1er Taller metodologia_201023_JPZ.pptx
 
OBRAS PUBLICAS PARA EJECUCCION ADMINISTRACION .pptx
OBRAS PUBLICAS PARA EJECUCCION ADMINISTRACION .pptxOBRAS PUBLICAS PARA EJECUCCION ADMINISTRACION .pptx
OBRAS PUBLICAS PARA EJECUCCION ADMINISTRACION .pptx
 
GRUPO Nº 1- ANÁLISIS AL PROYECTO DE LEY GENERAL DE ABASTECIMIENTO PUBLICO v3 ...
GRUPO Nº 1- ANÁLISIS AL PROYECTO DE LEY GENERAL DE ABASTECIMIENTO PUBLICO v3 ...GRUPO Nº 1- ANÁLISIS AL PROYECTO DE LEY GENERAL DE ABASTECIMIENTO PUBLICO v3 ...
GRUPO Nº 1- ANÁLISIS AL PROYECTO DE LEY GENERAL DE ABASTECIMIENTO PUBLICO v3 ...
 
Servicios que ofrece el Comapps
Servicios que ofrece el ComappsServicios que ofrece el Comapps
Servicios que ofrece el Comapps
 
Manual de procedimientos para la ejecución de obras del Programa Nacional de ...
Manual de procedimientos para la ejecución de obras del Programa Nacional de ...Manual de procedimientos para la ejecución de obras del Programa Nacional de ...
Manual de procedimientos para la ejecución de obras del Programa Nacional de ...
 
Libro obras primer capitulo
Libro obras primer capituloLibro obras primer capitulo
Libro obras primer capitulo
 
SESION 1A.pdf
SESION 1A.pdfSESION 1A.pdf
SESION 1A.pdf
 
Guia de trabajo 10
Guia de trabajo 10Guia de trabajo 10
Guia de trabajo 10
 
Decreto supremo008 2013vivienda-29898
Decreto supremo008 2013vivienda-29898Decreto supremo008 2013vivienda-29898
Decreto supremo008 2013vivienda-29898
 
Analisis tupa rne 29090
Analisis tupa rne 29090Analisis tupa rne 29090
Analisis tupa rne 29090
 
PLANES DE DESARROLLO URBANO
PLANES DE DESARROLLO URBANOPLANES DE DESARROLLO URBANO
PLANES DE DESARROLLO URBANO
 
Evaluacion final zulma duitama
Evaluacion final zulma duitamaEvaluacion final zulma duitama
Evaluacion final zulma duitama
 
Expediente unitario de obra pública 1.1.listo
Expediente unitario de obra pública 1.1.listoExpediente unitario de obra pública 1.1.listo
Expediente unitario de obra pública 1.1.listo
 
2 reglamento ley29090
2 reglamento ley290902 reglamento ley29090
2 reglamento ley29090
 

Último

Flujo potencial, conceptos básicos y ejemplos resueltos.
Flujo potencial, conceptos básicos y ejemplos resueltos.Flujo potencial, conceptos básicos y ejemplos resueltos.
Flujo potencial, conceptos básicos y ejemplos resueltos.ALEJANDROLEONGALICIA
 
Caldera Recuperadora de químicos en celulosa tipos y funcionamiento
Caldera Recuperadora de químicos en celulosa  tipos y funcionamientoCaldera Recuperadora de químicos en celulosa  tipos y funcionamiento
Caldera Recuperadora de químicos en celulosa tipos y funcionamientoRobertoAlejandroCast6
 
Residente de obra y sus funciones que realiza .pdf
Residente de obra y sus funciones que realiza  .pdfResidente de obra y sus funciones que realiza  .pdf
Residente de obra y sus funciones que realiza .pdfevin1703e
 
TEXTURA Y DETERMINACION DE ROCAS SEDIMENTARIAS
TEXTURA Y DETERMINACION DE ROCAS SEDIMENTARIASTEXTURA Y DETERMINACION DE ROCAS SEDIMENTARIAS
TEXTURA Y DETERMINACION DE ROCAS SEDIMENTARIASfranzEmersonMAMANIOC
 
Topografía 1 Nivelación y Carretera en la Ingenierías
Topografía 1 Nivelación y Carretera en la IngenieríasTopografía 1 Nivelación y Carretera en la Ingenierías
Topografía 1 Nivelación y Carretera en la IngenieríasSegundo Silva Maguiña
 
Sesión 02 TIPOS DE VALORIZACIONES CURSO Cersa
Sesión 02 TIPOS DE VALORIZACIONES CURSO CersaSesión 02 TIPOS DE VALORIZACIONES CURSO Cersa
Sesión 02 TIPOS DE VALORIZACIONES CURSO CersaXimenaFallaLecca1
 
4.6 DEFINICION DEL PROBLEMA DE ASIGNACION.pptx
4.6 DEFINICION DEL PROBLEMA DE ASIGNACION.pptx4.6 DEFINICION DEL PROBLEMA DE ASIGNACION.pptx
4.6 DEFINICION DEL PROBLEMA DE ASIGNACION.pptxGARCIARAMIREZCESAR
 
Tiempos Predeterminados MOST para Estudio del Trabajo II
Tiempos Predeterminados MOST para Estudio del Trabajo IITiempos Predeterminados MOST para Estudio del Trabajo II
Tiempos Predeterminados MOST para Estudio del Trabajo IILauraFernandaValdovi
 
Reporte de Exportaciones de Fibra de alpaca
Reporte de Exportaciones de Fibra de alpacaReporte de Exportaciones de Fibra de alpaca
Reporte de Exportaciones de Fibra de alpacajeremiasnifla
 
ECONOMIA APLICADA SEMANA 555555555555555555.pdf
ECONOMIA APLICADA SEMANA 555555555555555555.pdfECONOMIA APLICADA SEMANA 555555555555555555.pdf
ECONOMIA APLICADA SEMANA 555555555555555555.pdffredyflores58
 
Edificio residencial Tarsia de AEDAS Homes Granada
Edificio residencial Tarsia de AEDAS Homes GranadaEdificio residencial Tarsia de AEDAS Homes Granada
Edificio residencial Tarsia de AEDAS Homes GranadaANDECE
 
estadisticasII Metodo-de-la-gran-M.pdf
estadisticasII   Metodo-de-la-gran-M.pdfestadisticasII   Metodo-de-la-gran-M.pdf
estadisticasII Metodo-de-la-gran-M.pdfFlorenciopeaortiz
 
CHARLA DE INDUCCIÓN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL
CHARLA DE INDUCCIÓN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONALCHARLA DE INDUCCIÓN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL
CHARLA DE INDUCCIÓN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONALKATHIAMILAGRITOSSANC
 
SOLICITUD-PARA-LOS-EGRESADOS-UNEFA-2022.
SOLICITUD-PARA-LOS-EGRESADOS-UNEFA-2022.SOLICITUD-PARA-LOS-EGRESADOS-UNEFA-2022.
SOLICITUD-PARA-LOS-EGRESADOS-UNEFA-2022.ariannytrading
 
Una estrategia de seguridad en la nube alineada al NIST
Una estrategia de seguridad en la nube alineada al NISTUna estrategia de seguridad en la nube alineada al NIST
Una estrategia de seguridad en la nube alineada al NISTFundación YOD YOD
 
Edificio residencial Becrux en Madrid. Fachada de GRC
Edificio residencial Becrux en Madrid. Fachada de GRCEdificio residencial Becrux en Madrid. Fachada de GRC
Edificio residencial Becrux en Madrid. Fachada de GRCANDECE
 
Voladura Controlada Sobrexcavación (como se lleva a cabo una voladura)
Voladura Controlada  Sobrexcavación (como se lleva a cabo una voladura)Voladura Controlada  Sobrexcavación (como se lleva a cabo una voladura)
Voladura Controlada Sobrexcavación (como se lleva a cabo una voladura)ssuser563c56
 
Introducción a los sistemas neumaticos.ppt
Introducción a los sistemas neumaticos.pptIntroducción a los sistemas neumaticos.ppt
Introducción a los sistemas neumaticos.pptEduardoCorado
 
CLASE 2 MUROS CARAVISTA EN CONCRETO Y UNIDAD DE ALBAÑILERIA
CLASE 2 MUROS CARAVISTA EN CONCRETO  Y UNIDAD DE ALBAÑILERIACLASE 2 MUROS CARAVISTA EN CONCRETO  Y UNIDAD DE ALBAÑILERIA
CLASE 2 MUROS CARAVISTA EN CONCRETO Y UNIDAD DE ALBAÑILERIAMayraOchoa35
 

Último (20)

Flujo potencial, conceptos básicos y ejemplos resueltos.
Flujo potencial, conceptos básicos y ejemplos resueltos.Flujo potencial, conceptos básicos y ejemplos resueltos.
Flujo potencial, conceptos básicos y ejemplos resueltos.
 
Caldera Recuperadora de químicos en celulosa tipos y funcionamiento
Caldera Recuperadora de químicos en celulosa  tipos y funcionamientoCaldera Recuperadora de químicos en celulosa  tipos y funcionamiento
Caldera Recuperadora de químicos en celulosa tipos y funcionamiento
 
Residente de obra y sus funciones que realiza .pdf
Residente de obra y sus funciones que realiza  .pdfResidente de obra y sus funciones que realiza  .pdf
Residente de obra y sus funciones que realiza .pdf
 
TEXTURA Y DETERMINACION DE ROCAS SEDIMENTARIAS
TEXTURA Y DETERMINACION DE ROCAS SEDIMENTARIASTEXTURA Y DETERMINACION DE ROCAS SEDIMENTARIAS
TEXTURA Y DETERMINACION DE ROCAS SEDIMENTARIAS
 
Topografía 1 Nivelación y Carretera en la Ingenierías
Topografía 1 Nivelación y Carretera en la IngenieríasTopografía 1 Nivelación y Carretera en la Ingenierías
Topografía 1 Nivelación y Carretera en la Ingenierías
 
Sesión 02 TIPOS DE VALORIZACIONES CURSO Cersa
Sesión 02 TIPOS DE VALORIZACIONES CURSO CersaSesión 02 TIPOS DE VALORIZACIONES CURSO Cersa
Sesión 02 TIPOS DE VALORIZACIONES CURSO Cersa
 
4.6 DEFINICION DEL PROBLEMA DE ASIGNACION.pptx
4.6 DEFINICION DEL PROBLEMA DE ASIGNACION.pptx4.6 DEFINICION DEL PROBLEMA DE ASIGNACION.pptx
4.6 DEFINICION DEL PROBLEMA DE ASIGNACION.pptx
 
Tiempos Predeterminados MOST para Estudio del Trabajo II
Tiempos Predeterminados MOST para Estudio del Trabajo IITiempos Predeterminados MOST para Estudio del Trabajo II
Tiempos Predeterminados MOST para Estudio del Trabajo II
 
Reporte de Exportaciones de Fibra de alpaca
Reporte de Exportaciones de Fibra de alpacaReporte de Exportaciones de Fibra de alpaca
Reporte de Exportaciones de Fibra de alpaca
 
ECONOMIA APLICADA SEMANA 555555555555555555.pdf
ECONOMIA APLICADA SEMANA 555555555555555555.pdfECONOMIA APLICADA SEMANA 555555555555555555.pdf
ECONOMIA APLICADA SEMANA 555555555555555555.pdf
 
Edificio residencial Tarsia de AEDAS Homes Granada
Edificio residencial Tarsia de AEDAS Homes GranadaEdificio residencial Tarsia de AEDAS Homes Granada
Edificio residencial Tarsia de AEDAS Homes Granada
 
estadisticasII Metodo-de-la-gran-M.pdf
estadisticasII   Metodo-de-la-gran-M.pdfestadisticasII   Metodo-de-la-gran-M.pdf
estadisticasII Metodo-de-la-gran-M.pdf
 
CHARLA DE INDUCCIÓN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL
CHARLA DE INDUCCIÓN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONALCHARLA DE INDUCCIÓN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL
CHARLA DE INDUCCIÓN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL
 
SOLICITUD-PARA-LOS-EGRESADOS-UNEFA-2022.
SOLICITUD-PARA-LOS-EGRESADOS-UNEFA-2022.SOLICITUD-PARA-LOS-EGRESADOS-UNEFA-2022.
SOLICITUD-PARA-LOS-EGRESADOS-UNEFA-2022.
 
Una estrategia de seguridad en la nube alineada al NIST
Una estrategia de seguridad en la nube alineada al NISTUna estrategia de seguridad en la nube alineada al NIST
Una estrategia de seguridad en la nube alineada al NIST
 
Edificio residencial Becrux en Madrid. Fachada de GRC
Edificio residencial Becrux en Madrid. Fachada de GRCEdificio residencial Becrux en Madrid. Fachada de GRC
Edificio residencial Becrux en Madrid. Fachada de GRC
 
Voladura Controlada Sobrexcavación (como se lleva a cabo una voladura)
Voladura Controlada  Sobrexcavación (como se lleva a cabo una voladura)Voladura Controlada  Sobrexcavación (como se lleva a cabo una voladura)
Voladura Controlada Sobrexcavación (como se lleva a cabo una voladura)
 
VALORIZACION Y LIQUIDACION MIGUEL SALINAS.pdf
VALORIZACION Y LIQUIDACION MIGUEL SALINAS.pdfVALORIZACION Y LIQUIDACION MIGUEL SALINAS.pdf
VALORIZACION Y LIQUIDACION MIGUEL SALINAS.pdf
 
Introducción a los sistemas neumaticos.ppt
Introducción a los sistemas neumaticos.pptIntroducción a los sistemas neumaticos.ppt
Introducción a los sistemas neumaticos.ppt
 
CLASE 2 MUROS CARAVISTA EN CONCRETO Y UNIDAD DE ALBAÑILERIA
CLASE 2 MUROS CARAVISTA EN CONCRETO  Y UNIDAD DE ALBAÑILERIACLASE 2 MUROS CARAVISTA EN CONCRETO  Y UNIDAD DE ALBAÑILERIA
CLASE 2 MUROS CARAVISTA EN CONCRETO Y UNIDAD DE ALBAÑILERIA
 

1 curso para supervisores de op

  • 1. Supervisión de obras en la construcción Saúl Villalobos Pérez Ingeniero Civil Maestro en Administración de la Construcción Maestro en Desarrollo Organizacional
  • 2. Objetivo: Brindar a los estudiantes de la materia de Construcción I información y herramientas para el proceso de supervisión de obra, con la finalidad de llevar a cabo un adecuado control en la ejecución y cierre de cualquier obra pública.
  • 3. El alumno al final del curso… • Será capaz de desarrollar un procedimiento para verificar el cumplimiento de las normas y especificaciones técnicas de construcción en la ejecución de una obra, así como de la administración de los Contratos de obra pública en sus aspectos financieros y legales. • Tendrá una visión ampliada de los procesos administrativos para la correcta aplicación de los recursos públicos en el desarrollo de un proyecto y ejecución de las obras. • Tendrá la habilidad de coordinar, dirigir, controlar, vigilar y revisar la correcta ejecución de una Obra de carácter público, así como prevenir o corregir cualquier desviación a las normas, especificaciones técnicas o de procedimientos constructivos. • Desarrollará criterios de aceptación y tolerancias con márgenes de seguridad para la toma de decisiones oportunas, con base en el conocimiento de las disposiciones contenidas en el Marco Legal vigente.
  • 4. ALCANCES • El presente curso iniciará con el análisis y estudio de los fundamentos legales para la administración de un contrato de obra pública. • Al término del curso el participante tendrá la capacidad de revisar y, en su caso, aceptar o rechazar los trabajos ejecutados en la construcción de una obra pública, así como proponer las medidas preventivas necesarias ó las soluciones alternativas para la rectificación o corrección de alguna desviación a las normas técnicas, especificaciones de construcción o cláusulas contractuales.
  • 5. MODULO 1. INTRODUCCIÓN • Mediante un intercambio de ideas en forma interactiva, se obtendrán las habilidades, destrezas, aptitudes y actitudes, para la correcta ejecución y control de calidad en el proceso constructivo técnico y administrativo de una obra pública. La función de supervisar implica la responsabilidad directa de la organización, coordinación general, control financiero, verificación de tiempos y movimientos y revisión general de los trabajos, así como la vigilancia en el cumplimiento de los avances programados, abarcando los aspectos arquitectónicos, técnicos, administrativos y de ingenierías relacionados con las obras públicas.
  • 6. INTRODUCCIÓN • La función supervisión es sin duda la etapa de la Obra en la que se ven materializadas las etapas de planeación, programación, presupuestación y contratación, todo lo anterior con la Ejecución de la obra y dar seguimiento hasta su cierre administrativo y la puesta en operación de la misma, previendo la conservación, restauración y/o mantenimiento de la misma. • Es una función tan compleja que es necesario contar con el perfil idóneo para alcanzar el éxito en la misma.
  • 7. 1.1.-El perfil del Supervisor • Profesional de la Ingeniería o Arquitectura • Capacidad para interpretar planos constructivos, de instalaciones y topográficos • Capacidad para interpretar estudios especiales • Conocimiento en el desarrollo de procesos constructivos • Capacidad para monitorear controles de calidad de: – materiales – procesos constructivos • Capacidad para controlar tiempos • Capacidad para controlar costos
  • 8. 1.1.-El perfil del Supervisor • Instinto de prevención de siniestros • Capacidad de Investigar e innovar • Carácter para manejo de personal • Persona con alto sentido de la ética profesional. • Persona que se involucre y le dedique el tiempo necesario. • Persona con alta capacidad de compromiso, la responsabilidad y honestidad.
  • 9. MODULO 2. MARCO JURÍDICO DE LA FUNCION SUPERVISIÓN • OBJETIVO DEL MODULO 2 • El participante, al término de este módulo sabrá qué marco normativo deberá aplicar en cada una de las etapas de ejecución y supervisión de una obra pública. • Así también se le facilitará detectar el fundamento legal aplicable durante la ejecución de una obra pública en relación a la jerarquía de leyes y la aplicación supletoria de las mismas. • Podrá distinguir las facultades, atribuciones y responsabilidades de cada una de las personas involucradas en la ejecución de una obra pública
  • 10. 2.01 .00 NECESIDAD DE SUPERVISAR UNA OBRA • Ya que son bastante considerables los recursos financieros que se destinan a la construcción de infraestructura con el fin de brindar servicios de calidad a la ciudadanía a través de los entes públicos como son las diferentes dependencias de los gobiernos federal, estatal y municipal, así como sus entes descentralizados con atribuciones para la ejecución de obra pública, por lo anterior resulta elemental destinar los recursos suficientes para garantizar la correcta administración y aplicación de los recursos públicos. • No es suficiente la intención de fiscalizar para evitar actos deshonestos de los muy diversos involucrados en la aplicación de dichos recursos, es ahora más importante tener la visión de optimizar dichos recursos haciendo cada vez más eficientes las distintas etapas del macroproceso de la obra pública, con e fin de hacer más con menos y de mejor calidad.
  • 11. 2.01 .00 NECESIDAD DE SUPERVISAR UNA OBRA • En la función supervisión hay mucho por hacer y esta en nuestras manos el contribuir en un país que cada vez más necesita de los servidores públicos y profesionales de la construcción y la ingeniería. • Antes de iniciar con el estudio de la Ley de Obra Pública y Servicios relacionados con la misma para el Estado de Guanajuato y sus Municipios, es importante señalar que para observar la correcta aplicación de la misma debemos considerar que existe una amplia legislación que esta vinculada entre si y que debe conocerse para su correcta aplicación e interpretación. • Estas leyes son entre otras las siguientes:
  • 12. NORMATIVIDAD FEDERAL • CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS • LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS • REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS • LEY FEDERAL SOBRE METROLOGÍA Y NORMALIZACIÓN • REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL SOBRE METROLOGÍA Y NORMALIZACIÓN • LEY DE COORDINACIÓN FISCAL • LEY DE PLANEACIÓN • PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2008 • FONDO PARA LA INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL DEL RAMO GENERAL 33 DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL • LEY DEL SEGURO SOCIAL • LEY DE CÁMARAS EMPRESARIALES Y SUS CONFEDERACIONES • LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS • LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES • LEY FEDERAL DE DERECHOS • LEY FEDERAL DEL TRABAJO • LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS
  • 13. NORMATIVIDAD ESTATAL Y MUNICIPAL • CONSTITUCIÓN POLÍTICA PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO • LEY DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LA MISMA PARA EL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS DE GUANAJUATO • REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LA MISMA PARA EL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS DE GUANAJUATO • CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO • LEY DE COORDINACIÓN FISCAL PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO • LEY DE DESARROLLO URBANO PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO • LEY DE PLANEACIÓN PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO • LEY DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS DE GUANAJUATO • LEY DE DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO PARA EL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS DE GUANAJUATO • LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO DE GUANAJUATO Y SUS MUNICIPIOS • LEY ORGÁNICA DEL PODER EJECUTIVO PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO • APERTURA PROGRAMATICA DEL EJERCICIO FISCAL CORRESPONDIENTE AL FONDO DE APORTACIONES PARA LA INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL • LEY DE PROFESIONES PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO • LEY DE VIVIENDA PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO • LEY DE FRACCIONAMIENTOS PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO Y SUS MUNICIPIOS • REGLAMENTO PARA LA LEY DE FRACCIONAMIENTOS PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO Y SUS MUNICIPIOS. • LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DE EGRESOS PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO PARA EL EJERCICIO FISCAL CORRESPONDIENTE
  • 14. OTRAS NORMATIVIDADES APLICABLES A LOS MUNICIPIOS • LEY ORGÁNICA MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO • LEY PARA EL EJERCICIO Y CONTROL DE LOS RECURSOS PÚBLICOS PARA EL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS DE GUANAJUATO • LEY DE INGRESOS PARA EL MUNICIPIO CORRESPONDIENTE • FORMULA Y METODOLOGÍA PARA LA DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS DEL FONDO DE APORTACIONES PARA LA INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO PARA EL EJERCICIO FISCAL CORRESPONDIENTE.
  • 15. 2.03 FUNCIÓN DE LA LEY DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS RELACIONADAS CON LA MISMA PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO Y SUS MUNICIPIOS. • ARTÍCULO 1. La presente ley es de orden público e interés social y tiene por objeto regular las acciones relativas a la planeación, programación, presupuestación, contratación, ejecución y control de la obra pública, así como de los servicios relacionados con la misma, que realicen en el Estado de Guanajuato los: • • I. Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial; • • II. Ayuntamientos; • • III. Organismos autónomos por ley, y • • IV. Entidades paraestatales y paramunicipales. • (Fracción adicionada. P.O. 16 de septiembre de 2005)
  • 16. LEY DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS RELACIONADAS CON LA MISMA • ARTÍCULO 2. Para los efectos de la presente ley, se entenderá por: • I. Contratante. Los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los organismos autónomos por ley y los ayuntamientos, facultados para contratar sobre la materia, en los términos de esta ley y otras disposiciones aplicables; • Para los efectos de esta ley, se considera contratante a las entidades paraestatales y paramunicipales, siempre y cuando reúnan las características señaladas en el artículo 3; • II. Contratista o consultor. La persona física o moral debidamente registrada que participa en cualesquiera de los procedimientos o modalidades de contratación de obra pública o de servicios relacionados con la misma, según sea el caso, conforme a las disposiciones de esta ley;
  • 17. LEY DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS RELACIONADAS CON LA MISMA • III. Convocante. Los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los organismos autónomos por ley y los ayuntamientos que realizan procedimientos de adjudicación de contratos de obra pública, mediante las modalidades de licitación pública o licitación simplificada; • IV. Dependencia. Unidad administrativa de los entes públicos a que se refiere esta ley; • V. Dirección municipal. La Dirección de Obras Públicas Municipales o quien ejecute las acciones en materia de obra pública;
  • 18. LEY DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS RELACIONADAS CON LA MISMA • VI. Ente público. Los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, ayuntamientos y organismos autónomos por ley; • VII. Especialidad de los trabajos. Actividad o actividades exclusivas y acreditadas por el contratista en el padrón; • VIII. Expediente técnico. Instrumento documental que reúne los elementos básicos necesarios que permiten describir el alcance, contenido y costo de una obra conforme a la normatividad que establezcan las autoridades competentes;
  • 19. LEY DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS RELACIONADAS CON LA MISMA • IX. Ley. La Ley de Obra Pública y Servicios relacionados con la misma para el Estado y los Municipios de Guanajuato; • X. Licitador. Persona física o moral que participe en cualquier procedimiento de adjudicación mediante las modalidades de licitación pública o de licitación simplificada; • XI. Obras por cooperación. Las realizadas de conformidad con lo dispuesto en el título sexto, capítulo primero de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Guanajuato;
  • 20. LEY DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS RELACIONADAS CON LA MISMA • XII. Órganos de control interno. La Secretaría de la Gestión Pública y los órganos de control interno de los Poderes Legislativo y Judicial, así como de los ayuntamientos y organismos autónomos por ley; • XIII. Padrón. El registro de las personas físicas o morales en el estado o en los municipios, para intervenir en algún procedimiento de adjudicación de obra pública y servicios relacionados con la misma, en los términos de esta ley y su reglamento; • XIV. Proyecto ejecutivo. Plan prospectivo encaminado a materializar un proyecto de obra pública, indicando los medios necesarios para su realización y la adecuación de esos medios a los resultados que se persiguen;
  • 21. LEY DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS RELACIONADAS CON LA MISMA • XV. Reglamento. El Reglamento de la Ley de Obra Pública y Servicios relacionados con la misma para el Estado y los Municipios de Guanajuato que en el ámbito de su competencia expidan el ejecutivo del estado y los ayuntamientos; • XVI. Responsable técnico. Profesionista responsable que acredite su especialidad, en la ejecución de la obra pública y de los servicios relacionados con la misma y garantice a la contratante la capacidad técnica para su ejecución; • XVII. Secretaría. La Secretaría de Obra Pública del gobierno del estado; • XVIII. Términos de referencia. Descripción de los alcances, metas y objetivos de un estudio o proyecto relacionado con el contrato;
  • 22. LEY DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS RELACIONADAS CON LA MISMA • XIX. Titular del área responsable. El secretario de obra pública, los responsables de la ejecución de la obra pública en las entidades paraestatales, en los Poderes Legislativo y Judicial y en los organismos autónomos por ley, así como los directores de obras públicas municipales o quien ejecute las acciones en materia de obra pública en los municipios o en las entidades paramunicipales, y • XX. Tratados. Los definidos como tales en la fracción I del artículo 2 de la Ley sobre la Celebración de Tratados.
  • 23. LEY DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS RELACIONADAS CON LA MISMA • ARTÍCULO 3. El ejecutivo del estado aplicará la presente ley, por conducto de la secretaría. Las entidades paraestatales. • Los Poderes Legislativo y Judicial, y los organismos autónomos por ley, observarán y aplicarán la presente ley por conducto de la dependencia que señale su propio ordenamiento. • En el ámbito municipal, la aplicación de esta ley corresponderá a los ayuntamientos por conducto de la dirección municipal. Las entidades paramunicipales aplicarán esta ley, siempre y cuando lo permita la naturaleza de su objeto y atribuciones, y cuenten con la capacidad para ejecutar obra pública;
  • 24. LEY DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS RELACIONADAS CON LA MISMA • ARTÍCULO 4. • El ejecutivo del estado y los ayuntamientos expedirán en la esfera de sus respectivas competencias el reglamento que contendrá el procedimiento de aplicación de esta ley.
  • 25. LEY DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS RELACIONADAS CON LA MISMA • ARTÍCULO 5. El ejecutivo del estado aprobará su programa de obra pública y servicios relacionados con la misma y propondrá al Poder Legislativo el gasto público correspondiente, en los términos de la ley y demás ordenamientos aplicables y establecerá los medios de control que estime pertinentes. • Igualmente los Poderes Legislativo y Judicial, así como los organismos autónomos por ley y los ayuntamientos, deberán aprobar sus respectivos programas de obra pública y lo integrarán en su presupuesto de egresos.
  • 26. LEY DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS RELACIONADAS CON LA MISMA • ARTÍCULO 6. El Ejecutivo del Estado, por conducto de la Secretaría o de las entidades paraestatales a las que se refiere el artículo 3 de esta Ley, podrá convenir con los Poderes Legislativo, Judicial, Organismos Autónomos por Ley y con las autoridades municipales, la ejecución de la obra pública y los servicios relacionados con la misma, cuando cuenten con los recursos presupuestales y los expedientes técnicos debidamente dictaminados y validados por la normativa competente para tal efecto.
  • 27. LEY DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS RELACIONADAS CON LA MISMA • Previamente a la ejecución de la obra a que se refiere este artículo, se deberán suscribir los convenios indicando en ellos, los términos y condiciones para la coordinación de las acciones. • En los convenios que se suscriban con las autoridades municipales, a criterio de la Secretaría o de las entidades paraestatales a las que se refiere el artículo 3 de esta Ley, podrá acordarse además el que se exima la validación del expediente, siempre que se trate de obras urgentes, de bajo monto o de fácil realización.
  • 28. LEY DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS RELACIONADAS CON LA MISMA • ARTÍCULO 7. El gasto para la obra pública y servicios relacionados con la misma, se sujetará a las disposiciones de la Ley del Presupuesto General de Egresos del Estado, para el ejercicio fiscal que corresponda, así como al presupuesto de egresos de los ayuntamientos y demás disposiciones aplicables. • Cuando la obra pública y los servicios relacionados con la misma, se realicen con recursos totales o parciales de la federación conforme a los convenios celebrados entre el ejecutivo federal y el ejecutivo estatal o con los ayuntamientos, se aplicará lo dispuesto por la legislación federal sobre la materia, salvo que en los mismos convenios se establezca la aplicación de esta ley para las acciones que regula.
  • 29. 2.04. QUE ES OBRA PÚBLICA • ARTÍCULO 8. Para los efectos de esta ley, se considera obra pública: • I. La construcción, instalación, conservación, ampliación, adaptación, adecuación, remodelación, restauración, reparación, rehabilitación, mantenimiento, modificación o demolición de bienes inmuebles que conformen el patrimonio del estado y municipios, en términos de la Ley de Patrimonio Inmobiliario del Estado y de lo dispuesto en la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, destinados a un servicio público, al uso común, o los de dominio privado, ejecutados con recursos públicos. • Asimismo, quedan comprendidos dentro de la obra pública el mantenimiento, adaptación, adecuación, reparación y restauración de bienes inmuebles, que tenga el Estado o los municipios por arrendamiento o por comodato; así como los bienes muebles integrados, incorporados o adheridos a un inmueble, aun cuando no implique modificación del propio inmueble;
  • 30. 2.04. QUE ES OBRA PÚBLICA • II. Los estudios y trabajos de exploración, localización, perforación, mejoramiento del suelo, subsuelo, extracción y aquellos similares que tengan por objeto la explotación y desarrollo de los recursos naturales que se encuentren en el suelo, así como los que se encuentren en el subsuelo que no estén reservados a la federación y de los que pueda disponer el estado o los municipios por medio de los convenios correspondientes; • III. Los trabajos de infraestructura hidráulica y agropecuaria; • IV. Los proyectos integrales, en los cuales el contratista se obliga a su ejecución desde el diseño de la obra hasta su terminación total;
  • 31. 2.04. QUE ES OBRA PÚBLICA • V. La instalación, montaje, colocación o aplicación, incluyendo las pruebas de operación de los bienes muebles que deban incorporarse, adherirse o destinarse a un inmueble, siempre y cuando dichos bienes sean proporcionados por la convocante a la contratista o bien cuando incluyan la adquisición y su precio sea menor al de los trabajos que se contraten, y • VI. Todas aquellas acciones de naturaleza análoga, así como las que realicen los fideicomisos en los que el fideicomitente o el fideicomisario sea el gobierno del estado, los ayuntamientos o personas morales en las que exista aportación del erario del estado o de los municipios.
  • 32. 2.04. QUE ES OBRA PÚBLICA • ARTÍCULO 9. Quedan comprendidos dentro de los servicios relacionados con la obra pública, los siguientes: • I. La planeación y el diseño, incluyendo los trabajos que tengan por objeto concebir, diseñar, proyectar y calcular los elementos que integran un proyecto de ingeniería básica, estructural, de instalaciones, de infraestructura, industrial, electromecánica y de cualquier otra especialidad de la ingeniería que se requiera para integrar un proyecto ejecutivo;
  • 33. 2.04. QUE ES OBRA PÚBLICA • II. La planeación, elaboración de anteproyectos y diseños arquitectónicos y artísticos, así como de cualquier otra especialidad de la arquitectura que se requiera para integrar un proyecto ejecutivo; • III. Los estudios técnicos de agrología y desarrollo pecuario, hidrológico, mecánica de suelos, sismología, topografía, geología, geodesia, geotecnia, geofísica, geotermia, geomática, sistemas de información geográfica, meteorología, aerofotometría, ambientales, ecológicos, de ingeniería de tránsito y sanitaria, entre otros;
  • 34. 2.04. QUE ES OBRA PÚBLICA • IV. Los estudios económicos y de planeación de preinversión, factibilidad técnico-económica, ecológica, social, de evaluación, adaptación, tenencia de la tierra, financieros de desarrollo y restitución de la eficiencia de las instalaciones, entre otros que se requieran para integrar un proyecto ejecutivo; • V. La asesoría, gerenciamiento y consultoría para llevar a cabo las actividades de coordinación, supervisión y control de obra, de laboratorio de análisis y control de calidad, de laboratorio de geotecnia, de resistencia de materiales y radiografías industriales, de preparación de especificaciones de construcción, presupuestación o la elaboración de cualquier otro documento o trabajo relacionado con las modalidades de adjudicación de contratos sobre las materias que regula esta ley;
  • 35. 2.04. QUE ES OBRA PÚBLICA • VI. Los trabajos de organización informática, cibernética y sistemas aplicados a las materias que regula esta ley; • VII. Los dictámenes, peritajes, avalúos y revisiones técnico-normativas aplicables a las materias que regula esta ley; • VIII. Los estudios que tengan por objeto rehabilitar, corregir, sustituir o incrementar la eficiencia de las instalaciones en un bien inmueble; • IX. Los estudios de apoyo tecnológico, incluyendo los de desarrollo y transferencia de tecnología entre otros;
  • 36. 2.04. QUE ES OBRA PÚBLICA • X. Los trámites necesarios para la liberación de los bienes inmuebles en que se vaya a ejecutar la obra pública, a efecto de obtener la posesión material y la propiedad de los bienes inmuebles; • XI. La adquisición, suministro e instalación de bienes muebles que serán incorporados de manera permanente a la obra pública, y • XII. Todos aquellos de naturaleza análoga relacionados con la obra pública.
  • 37. 2.05. REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS • DEL RESIDENTE DE OBRA. • El profesionista especializado que funge como representante del contratista ante la contratante para cumplir con los términos y condiciones pactados en el contrato, en lo relacionado con la ejecución de los trabajos. • DEL SUPERVISOR DE OBRA • La persona especializada, designada por la contratante para llevar a cabo el control, vigilancia, supervisión, verificación y revisión de los trabajos.
  • 38. La supervisión de Obra y el Supervisor • Las obligaciones y responsabilidades de la función supervisión son las referidas en el Reglamento de la Ley de Obra Pública en su artículo 113 y que se pueden desarrollar de acuerdo a la temporalidad de la obra de la siguiente manera:
  • 39. 2.05.03.a.- Antes de iniciar la obra • Artículo 113, fracción I. • I.-Revisión del expediente • • Proyecto ejecutivo • Reglas de operación • Datos del programa de obra e inversión • Formatos específicos solicitados por la Normativa • Validación por la dependencia normativa
  • 40. 2.05.03.a.- Antes de iniciar la obra • II.-Análisis del Proyecto Ejecutivo – Planos – Catálogo/Presupuesto – Mecánica de Suelos – Estudio varios – Información Técnica – Fotografías – Topografía – Plano Arquitectónico – Calendario de Obra e Inversión – Especificaciones • Permisos y autorizaciones
  • 41. 2.05.03.a.- Antes de iniciar la obra • III.-Análisis y visita al sitio de la obra • Verificar que la propiedad sea o este a disposición del contratante • Verificar que no existan afectaciones a particulares o terceros dentro del predio a intervenir. • Determinar las instalaciones, mobiliario o infraestructura que tenga que ser reubicada. • Preguntar a vecinos o lugareños de posibles instalaciones ocultas que no se observen a simple vista. • Verificar que no existan líneas subterráneas de CFE, TELMEX, PEMEX, Fibra óptica, Gas natural u otros. • Verificar que el plano topográfico corresponda a lo observado en campo, tanto en planimetría como en altimetría.
  • 42. 2.05.03.a.- Antes de iniciar la obra • III.-Análisis y visita al sitio de la obra • Determinar situación y condición de los accesos a la obra. • Definir áreas de almacén de materiales, bodega, oficinas de campo, patios de maniobras y áreas de trabajo en general. • Prevenir condiciones de riesgo por condición física del predio (evitar inundaciones, incendios y cualquier siniestro). • Definir espacios requeridos para atender las disposiciones de Seguridad e Higiene que obliga la Ley Federal del Trabajo y Previsión Social, así como la SEMARNAT. • Delimitar áreas restringidas a personal ajeno a la obra.
  • 43. • IV.- Revisión del contrato de obra. • V.- Análisis del presupuesto y tarjetas de precios unitarios – ANÁLISIS DE COSTOS DIRECTOS • MATERIALES • MAQUINARIA • MANO DE OBRA – COSTOS INDIRECTOS • DE CAMPO Y OFICINA • CARGO POR FINANCIAMIENTO • CARGO POR UTILIDAD • CARGO ADICIONALES – INTEGRACIÓN DE PRESUPUESTO CON TARJETAS. – PRESUPUESTO INTEGRADO • ARTÍCULO 33 AL 70 DEL REGLAMENTO. 2.05.03.a.- Antes de iniciar la obra
  • 44. • VI.- Análisis del programa de obra • Dependencia ejecutora • Nombre de la obra • Número de contrato • Contratista • Fecha de inicio según contrato • Fecha de termino según contrato • Fecha de inicio real • Fecha de recalendarización o prórroga • Fecha de termino según recalendarización o prórroga • Calendarización por semana de todos y cada uno de los conceptos • Firma del contratista • Firma de autorización por parte de la dependencia ejecutora • Es recomendable utilizar algún software como lo es el Project y dar seguimiento de la ruta crítica, así como de diversas aplicaciones de este programa. 2.05.03.a.- Antes de iniciar la obra
  • 45. 2.05.03.a.- Antes de iniciar la obra • Artículo 113, fracción II. • Vigilar previo a los inicios de los trabajos, que se cumplan con las condiciones previstas en los artículos 19 y 20 de la Ley de Obra Pública.
  • 46. 2.05.03.b.- Al inicio de la obra • Artículo 113, fracción III. – Dar apertura a la bitácora, la cual quedará bajo resguardo en la obra y por medio de ella dar las instrucciones pertinentes, recibir las solicitudes que le formule el contratista y registrar los avances y aspectos relevantes durante la obra.
  • 47. 2.05.03.c.- Durante la ejecución de la obra • IV.- Tomar las decisiones técnicas correspondientes y necesarias para la ejecución de los trabajos, debiendo resolver oportunamente las consultas, aclaraciones, dudas o autorizaciones que presente el residente de obra, con relación al cumplimiento de los derechos y obligaciones derivadas del contrato. • V.- Revisar, controlar y comprobar que los materiales, la mano de obra, la maquinaria y equipos sean de calidad y características pactadas en el contrato.
  • 48. 2.05.03.c.- Durante la ejecución de la obra • VI.- Vigilar y controlar el desarrollo de los trabajos, en sus aspectos de calidad, costo, tiempo y apego a los programas de ejecución de los trabajos de acuerdo con los avances, recursos asignados, rendimientos y consumos pactados en el contrato. Cuando el proyecto requiera de cambios estructurales, arquitectónicos, funcionales, de proceso, entre otros, deberá recabar por escrito las instrucciones o autorizaciones de los responsables de las áreas correspondientes. • VII.- Analizar detalladamente el programa de ejecución de los trabajos considerando e incorporando, según el caso, los programas de suministros que la contratante haya entregado al contratista, referente a materiales, máquina, equipos, instrumentos y accesorios de instalación permanente.
  • 49. 2.05.03.c.- Durante la ejecución de la obra • VIII.- Revisar y autorizar, conjuntamente con el residente de obra, las estimaciones de trabajos ejecutados, verificando que cuenten con los números generadores que las respalden, para efectos de su aprobación, quienes deberán firmarla para su trámite de pago. • IX.- Celebrar juntas de trabajo con el residente de obra para analizar el estado, avance, calidad de lo materiales y trabajos ejecutados, problemas y alternativas de solución, consignando en las minutas los acuerdos tomados.
  • 50. 2.05.03.c.- Durante la ejecución de la obra • X.- Vigilar que el residente de obra cumpla con las condiciones ambientales, de seguridad, higiene y limpieza de los trabajos. • XI.- Presentar a las áreas correspondientes las alternativas de solución, cuando exista un cambio sustancial al proyecto, a sus especificaciones o al contrato, a solicitud del contratista, a efecto de que se analice la factibilidad, costo y tiempo de ejecución, y en su caso, proponer la prórroga respectiva. • XII.- Dar seguimiento al trámite de los convenios modificatorios que resulten necesarios.
  • 51. 2.05.03.c.- Durante la ejecución de la obra • XIII.- Vigilar que los planos se mantengan debidamente actualizados, por conducto de las personas que tengan asignada dicha tarea. • XIV.- Coordinar con los servidores públicos responsables, la terminación anticipada o rescisión de obra y, cuando proceda, la suspensión de obra; debiéndose auxiliar de la contratante para su formalización. • XV.- Rendir informes periódicos, así como un informe final sobre el cumplimiento del contratista en los aspectos legales, técnicos, económicos, financieros y administrativos.
  • 52. 2.05.03.c.- Durante la ejecución de la obra • XVIII.- Indicar o autorizar la ejecución de conceptos fuera de catálogo y volúmenes excedentes de obra, previa consulta con las áreas técnica y administrativa de la contratante. • XIX.- Las demás funciones que deriven de la Ley, de este reglamento, del Reglamento Interior de la secretaría o le señale la contratante.
  • 53. 2.05.03.d.- Al termino de la obra • XVI.- Autorizar y firmar el finiquito del contrato. • XVII.- Verificar la correcta conclusión de los trabajos dentro del plazo convenido, debiendo vigilar que la unidad que deba operarla reciba oportunamente el inmueble en condiciones de operación, los planos correspondientes a la construcción final, así como los manuales e instructivos de operación y mantenimiento y los certificados de garantía de calidad y funcionamiento de los bienes instalados.
  • 54. 2.05.03.d.- Al termino de la obra • Artículos 160 al 164 de la Ley.- Llevar el acto de entrega-recepción para cierre administrativo de la obra con los participantes involucrados, entregando el contratista al contratante. • Artículos 173 al 178 de la Ley.- Llevar a cabo el acto de entrega-recepción para puesta en operación, con los participantes involucrados, entregando la contratante al usuario final en presencia del contratista, y de los órganos de fiscalización correspondientes.
  • 55. 2.06 JERARQUÍA DE LAS LEYES • La jerarquía de las normas (se conoce como la pirámide de Kelsen): • Constitución Nacional • Tratados internacionales • Leyes marco • Leyes orgánicas • Leyes • Decretos Especiales: Los decretos especiales y las leyes tienen igual jerarquía, estos decretos son los que expide el gobierno por situaciones especiales como la conmoción interior, emergencia económica, o por delegación del congreso por ejemplo para compilar normas, Decretos Reglamentarios, Ordenanzas Departamentales, Acuerdos Municipales. • Por delegación ciertos organismos pueden expedir normas, como son las circulares, las resoluciones y los conceptos. Existe también el caso de la jurisprudencia, que no es obligatoria sino para las partes que intervienen en el proceso, pero que sirven como orientadores de la interpretación de la Constitución y la Ley.
  • 56. ¡GRACIAS POR SU ATENCIÓN! • ESPERO APLIQUEN PRONTO LO AQUÍ EXPUESTO