El documento establece las normas para la gestión presupuestaria de varias entidades del gobierno peruano como los poderes legislativo, ejecutivo y judicial. Indica que la ejecución de gastos por estas entidades debe sujetarse a los créditos presupuestarios autorizados por la ley del Congreso y requiere el crédito presupuestario correspondiente. También señala que los titulares de cada entidad son responsables de aplicar correctamente esta ley y que la Contraloría General supervisa el cumplimiento de la ley sobre gastos públicos