Definición del desarrollo progresivo del derecho internacional humanitario, conceptos básicos y ejemplos en lo práctico y explicasion de este derecho a lo largo de la historia
2. HACIA LA
HUMANIZACI
ÓN DEL
CONFLICTO
ARMADO –
IUS IN BELLO
• No prohíbe ni permite los conflictos
armados; sino que toma conocimiento a
fin de humanizarlos y limitar sus efectos
a lo estrictamente necesario.
• Es un conjunto de normas de origen
convencional o habitual, cuya finalidad
es solucionar problemas humanitarios
derivados de conflictos armados, por lo
cual se restringe el uso de algunos
métodos o medios de combate.
3. IUS IN
BELLO
• El DIH pretende un equilibrio entre lo
que es necesario para vencer al
adversario y lo que simplemente
constituye una crueldad.
• Por un lado el DIH protege a las víctimas
de los conflictos armados; y, por otro
limita los medios y métodos de combate;
protege la dignidad e integridad de las
personas dentro de los enfrentamientos
armados
4. CARACTERES ESENCIALES DEL
DIH
1. Carácter no sinalagmático del DIH
2. Carácter general del DIH
3. Carácter imperativo del DIH
4. La naturaleza no autoejecutiva del DIH y la
necesidad de la implementación de sus
normas.
5. La interpretación de las normas del DIH
5. Carácter no
sinalagmátic
o del DIH
• EL DIH y el DIDH comparten una
filosofía común que es la protección y
promoción de la dignidad del ser
humano en situaciones límites.
6. Carácter
general del
DIH
• El carácter general o habitual/costumbre
del DIH se manifiesta en sus orígenes a
través de la cláusula de MARTENS.
• MARTENS: mientras esperan que un código
más completo de las leyes de la guerra sea
dictado, las poblaciones quedan bajo la
salvaguardia y el imperio de los principios
del derecho de las gentes, acorde a las
leyes de la humanidad.
Cláusula que tiene valor de norma
consuetudinaria y es tomada por instrumentos
del DI.
7. Carácter
general del
DIH
• Tiene dos manifestaciones:
• Efectos retardados de la denuncia en caso
de encontrarse participando en un conflicto
armado.
• Las normas del DIH son de carácter erga
omnes (respecto de todos o frente a todos).
En este sentido los estados han asumido una
doble obligación: respetar y hacer respetar las
normas del DIH.
8. Carácter imperativo del DIH
Los tratados del DIH son normas internacionales y por lo tanto de
cumplimiento obligatorio (ius cogens), es decir son normas que no admiten
alteración ni exclusión de su contenido.. Sin embargo esta cualidad
únicamente acompaña a algunas y no a todas las normas internacionales.
Frente a estas normas imperativas, acorde con el DIP (Derecho Internacional
Público) no cabe ninguna norma particular que pretenda alterar de ninguna
manera su contenido.
9. La naturaleza no ejecutiva del DIH y la
necesidad de la implementación de sus
normas
Debido a la naturaleza noautoejecutivade
sus disposiciones, en tiempos de paz, los
Estados deberán cumplir con la obligación
de implementación que es fundamental
para la correcta aplicación de las normas
humanitarias.
10. La interpretación de las normas del
DIH
Operación intelectual que consiste en determinar el
sentido de un acto jurídico, determinar su alcance y
aclarar los puntos ambiguos.
Las normas humanitarias no contienen pautas expresas
para su interpretación.
Existen dos criterios imperativos: Negativo y Afirmativo
(positivo)
11. La interpretación de las normas del
DIH
a) Método negativo.- es lalegalidadde cualquier situación imprevista por la
norma, se juzgará por su conformidad con los principios generales del DIH.
b) Método afirmativo (positivo).- es lainterpretaciónde las normas del DIH.
Se debe abordar desde una doble perspectiva:
Principio pro homine: interpretación que más favorezca
Interpretación dinámica: la interpretación más adecuada de acuerdo con el
derecho vigente en el momento que se realice la interpretación.