1. Reglamento de Participación Social
Comunitaria en educación de los
Consejos Educativos de Pueblos
Originarios
RM. Nº 1000/2015
Lic. M. Fátima Camacho
Técnico Participación Social
2. OBJETIVO
• Contribuir al fortalecimiento de los Consejos Educativos
Social Comunitarios (CESC) para apoyar en la gestión
educativa de manera eficiente en el Modelo Educativo
Sociocomunitario Productivo (MESCP)
3. MARCO NORMATIVO
• CPE ART. 83
Se reconoce y garantiza la participación social, la participación social
comunitaria y de los padres de familia en el sistema educativo,
mediante organismos representativos en todos los niveles del
Estado y en las NPIOs
• LASEP Art. 90
Instancia de partición, actores sociales, actores comunitarios, padres
y madres de familia con representación y legitimidad vinculados al
ámbito educativo. La participación social comunitaria comprende
la estructura, mecanismos, composición y atribuciones dirigida al
apoyo en el desarrollo de la educación, sujeta a reglamentación.
4. ¿Qué son los Consejos Educativos Social
Comunitario?
Derecho y
la
obligación
Comunidad
educativa
Población Civil
Participar
Políticas educativas en
materia institucional
Pedagógica
curricular
Identidad
cultural
Lingüística
5. Conformación de los Consejos Educativos
Social Comunitarios
• Departamental
• Regional
• Distrital
• Núcleo
• Unidades
Educativas • 2 años y
reelectos por
una gestiòn
más
Son elegidos
Duración Posesión
acta de
conformación
Por autoridad
correspondiente
Acreditación
7. RECOMENDACIONES
7
Los Consejos Educativos
se organizaran
democráticamente,
respetando sus formas
propias de organización
de acuerdo con sus
normativas internas
legalmente y
legítimamente
reconocidas.
Su composición se
realizara según
número de madres y
padres de familia y/o
tutores legalmente
autorizados por
autoridad
competente.
8. ESTRUCTURA Y PRINCIPALES CARTERAS
DE LAS JUNTAS ESCOLARES
8
1. Representar a la Junta Escolar ante las
autoridades y otras instancias con las
que se relaciona.
2. Convocar y presidir las reuniones
ordinarias y extra ordinarias.
3. Recibir denuncias, atender reclamos y
quejas de madres y padres de familia,
docentes, estudiantes y comunidad
sobre irregularidades.
4. Participar en la elaboración del POA
5. Mantener informados a los miembros
de la junta escolar sobre actividades
curriculares
PRESIDENTE
9. 1. Remplazar en las
funciones del
Presidente/a en caso
de ausencia.
2. Apoyar y coordinar las
acciones y actividades
programadas con los
miembros del Consejo
Educativo
9
VICE
PRESIDENTE
SECRETARIO
DE ACTAS
1. Elaborar las actas de las reuniones
ordinarias y extra ordinarias.
2. Tener en custodia el libro de actas y
la documentación en general.
3. Verificar el quórum al inicio de toda
reunión.
4. Elaborar y comunicar en
coordinación con los demás
miembros las convocatorias a
reuniones.
5. Leer el acta anterior antes del inicio
de cada reunión.
6. Transferir la documentación al
termino de su gestión al nuevo
Consejo Educativo.
10. SECRETARIO DE HACIENDA
10
1. Responsable de los ingresos por concepto de cuotas u
otras actividades que recaude el Consejo Educativo.
2. Desembolsar dinero previa justificación a los miembros del
Consejo Educativo.
3. Efectuar compras y/o pagos por materiales y servicios
necesarios para la unidad educativa y rendir cuentas bajo
recibos y facturas que respalden el gatos.
4. Llevar registros de ingresos, egresos de los montos
recaudados, gastos efectuados, etc.
5. Gestionar la aprobación del informe económico por todos
los miembros y remitir a la Dirección Distrital,
Departamental o Ministerio de Educación si así lo
requieran, dando cumplimiento a la R.M. 001 que se
emite cada gestión
6. Realizar la rendición de cuentas de los montos que se
encuentren bajo su tenencia.
11. SECRETARIO DE GESTION
EDUCATIVA
11
1. Garantizar la aplicación de los planes y
programas adecuados a las necesidades de la
comunidad de acuerdo a las vocaciones
productivas locales en coordinación con las
Autoridades municipales y locales.
2. Promover la Participación Social Comunitaria
de todos los actores educativos, para mejorar y
favorecer la calidad educativa.
3. Proporcionar Ferias Educativas Productivas
dentro y fuera de la Unidad Educativa.
12. 12
1. Promover y desarrollar actividades deportivas
en todos los niveles educativos.
2. La implementación de botiquín y la mejora de
infraestructura deportiva, para restablecer
espacios recreativos y de salud comunitaria.
3. Gestionar ante las autoridades competentes la
dotación de material deportivo, para una mejor
preparación de las y los estudiantes.
4. Apoyar la realización de los juegos
estudiantiles plurinacionales, en todos sus
niveles.
SECRETARIO DE SALUD Y
DEPORTES
13. 13
VOCALES
1. Sustituir las acefalias a partir de la
segunda cartera, en casos de renuncia,
fallecimiento y ausencia de los titulares.
15. 15
MANEJO ECONOMICO DENTRO LAS UNIDADES EDUCATIVAS
1. Todo cobro que se realice dentro de las unidades educativas, primero debe ser
aprobado en Asamblea General y debe estar plasmado en el libro de actas, con la firma
de la mayoría de madres y padres de familia.
2. Toda recaudación o cobro de dineros deben responder a una necesidad determinada en
el establecimiento educativo y tiene que ser de dominio publico.
3. Es recomendable que los dineros sean depositados en una cuenta mancomunada de 2
o mas personas, en una determinada entidad bancaria o cooperativa.
4. Todo ingreso y egreso debe estar registrado en un libro diario además de estar
respaldado con un recibo o factura.
5. Cualquier compra debe estar respaldad por una factura, en ningún caso por una
proforma u otros.
6. Se recomienda tener recibos institucionales, propios de la unidad educativa, con el
distintivo de la misma.
7. Las rendiciones de cuentas mínimas se las debe realizar 2 veces al año y deben estar
aprobadas en asamblea general.
8. Bajo ningún argumento se debe gastar los recursos recaudados en regalos, estipendios,
fiestas, cumpleaños u otros, que no estén en consenso.
16. 16
Nombre de la Unidad Educativa:
Gestión 202..
Cochabamba – Bolivia
REPORTE DE INGRESOS Y EGRESOS MENSUALES
(Expresados en Bolivianos)
Nº
DESCRIPCION DE LOS
INGRESOS
ENE FEB MAR ABR TOTAL
TOTAL DE INGRESOS MENSUALES
Nº
DESCRIPCION DE
LOS EGRESOS
ENE FEB MAR ABR TOTAL
TOTAL DE EGRESOS
MENSUALES
Elaborado por: ________________ Aprobado por: _________________
17. 17
Nombre de la Unidad Educativa:
Gestión 202..
Cochabamba – Bolivia
PLANILLA DE GASTOS DE TRANSPORTE
(Expresados en Bolivianos)
Nombre:
Actividad:
FECHA LUGAR ASUNTO MONTO BS.
Cochabamba,________ de _____ 201___
Aprobado por: _____________ Interesado: ________________
18. ROLES Y FUNCIONES
GESTION INSTITUCIONAL
Elaborar el Plan Operativo Anual
(POA) de manera participativa.
Gestionar ante el GAM respectivo
lo referido a: infraestructura,
equipamiento, transporte y otros
aspectos
GESTION INSTITUCIONAL
Gestionar la dotación de items de
nueva creación, conforme al
crecimiento vegetativo.
Seguimiento a la distribución
oportuna y adecuada del desayuno y
la alimentación complementaria
escolar.
19. ROLES Y FUNCIONES
GESTION DE APOYO Y SEGUIMIENTO
CURRICULAR
Realizar gestiones para apoyar la
implementación del currículo armonizado de
educación inicial, primaria y secundaria.
Participar en la definición del PSP y realizar el
seguimiento. (la elaboración de los proyectos
educativos socio comunitarios productivos, de
acuerdo a las potencialidades y vocaciones
productivas de su contexto).
GESTION DE APOYO Y
SEGUIMIENTO CURRICULAR
Realizar eventos en los núcleos y
en los distritos en lo educativo,
cultural y lingüístico.
20. 20
Informar y rendir cuentas de los
recursos recaudados a quienes lo
eligieron, al menos dos veces al año,
de las acciones y responsabilidades
inherentes a las Juntas o Consejos.
ART. 108 (Participación de madres y padres de familia)
II. Excepcionalmente, se autoriza efectuar
aportes económicos consensuados y justificados
entre madres, padres o tutores y aprobados en
Asamblea General mediante acta que lleve fecha
de la gestion en curso, para atender las
necesidades urgentes de la unidad educativa
21. POLITICAS SOCIALES EN EDUCACIÓN
RM. 001/2023
• Art. 94. (Gestión de prevención)
deben abordarse temáticas de
derechos humanos,
despatriarcalización y la
prevención de las diferentes
formas de violencia, racismo,
discriminación, consumo de
drogas, bulling, trata y tráfico de
personas. Se debe incorporar la
educación integral en sexualidad.
Art. 91. Los integrantes de toda la
comunidad educativa elaboraran “el
Plan de Convivencia Pacifica y
Armónica”, con el enfoque de
cultura de Paz para Vivir Bien y
debe ser incorporado en el POA en
cumplimiento de la (Ley 548)
CDNNA (Ley 348) derechos y
deberes
22. • Art. 95 (Prohibición de toda forma de
violencia, maltrato y/o abuso)
III Todos los integrantes de la comunidad
educativa (maestros, administrativos, padres de
familia y estudiantes) que detecten una situación
de violencia tienen la obligación de denunciar.
• Art. 96. Casos de violación , estupro y abuso
deshonesto
23. • Art. 97. Apoyo Psicosocial (GAM) deben brindar apoyo
psicopedagógico con personal especializado
• Art. 98. Expulsión (prohibida la expulsión- previo proceso
disciplinario- pruebas suficientes)
• Art. 99 Estudiantes embarazadas – garantizar el acceso y
permanencia Ley 548 CNNA, Ley 045
• Art. 103. atención educativa a estudiantes hospitalizados
CAIP-AH
• Art. 107. organizaciones estudiantiles (centros de estudiantes
y brigadas escolares)
• Art.108 Participación de madres y padres de familia
El ingreso de las madres, padres y tutores a las unidades
educativas en horas de clase, será previa autorización de la o el
director de la unidad educativa
• Art. 109 (Movilizaciones) Queda terminantemente prohibido
que los directores, maestros, madres padres o tutores de
familia obliguen o utilicen a los estudiantes.