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ENTIDADES NACIONALES QUE
PROMUVEN EL DESARROLLO
        HUMANO
∗ Le corresponde al premier presidir las sesiones del Consejo salvo
  que el Presidente asista a ellas, supuesto en el cual este la preside.
  Según la Constitución Política, el jefe del gabinete es, luego del
  Presidente de la República, el portavoz autorizado del Gobierno.
  Tiene, asimismo, la obligación de coordinar las políticas, las acciones
  y las funciones de todos los demás Ministro y de refrendar los
  Decretos Legislativos, los Decretos de Urgencia y los demás
  decretos y resoluciones que expide el Poder Ejecutivo. El premier es
  titular de un pliego presupuestal; para el cumplimiento de sus
  funciones cuenta con un organismo técnico - administrativo,
  multidisciplinario y de carácter coordinador, denominado
  Presidencia del Consejo de Ministros, cuya organización y funciones
  se norman por Decreto Supremo con el voto aprobatorio del
  Consejo de Ministros.
El Ministerio tiene como funciones principales:
∗Planear, dirigir y controlar los asuntos relativos a la política
fiscal, financiación, endeudamiento, presupuesto y tesorería.
∗Planear, dirigir y controlar las políticas de la actividad
empresarial financiera del Estado así como armonizar la
actividad económica.
∗Planear, dirigir y controlar los asuntos relativos a la política
arancelaria.
∗Administrar con eficiencia los recursos públicos del Estado
∗ El Ministerio de la Producción del Perú es el encargado de
  formular, aprobar, ejecutar y supervisar todos los niveles
  de producción, industria, manufacturera y pesquera.
∗ Su competencia se extiende a las personas naturales y
  jurídicas que realizan actividades vinculadas a los
  subsectores Industria y Pesquería, contando con un Vice
  Ministro para cada subsector.
∗ El actual Ministro de la Producción es José Urquizo Maggia
∗ Contratar servicios no personales de terceros o celebrar
  contratos de trabajo sujetos a modalidad que coadyuven al
  cumplimiento de los objetivos de la SUNARP o permitan
  una mayor eficiencia en el desarrollo de sus funciones
∗ Celebrar convenios con entidades del sector público o
  privado, nacionales, internacionales o de cooperación
  técnica internacional, con el propósito de promover,
  desarrollar y ejecutar proyectos relacionados con el
  Sistema Registral del país
∗ La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración
  Tributaria – SUNAT, de acuerdo a su Ley de creación N° 24829, Ley
  General aprobada por Decreto Legislativo Nº 501 y la Ley 29816 de
  Fortalecimiento de la SUNAT, es un organismo técnico
  especializado, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, cuenta
  con personería jurídica de derecho público, con patrimonio propio y
  goza de autonomía funcional, técnica, económica, financiera,
  presupuestal y administrativa que, en virtud a lo dispuesto por el
  Decreto Supremo N° 061-2002-PCM, expedido al amparo de lo
  establecido en el numeral 13.1 del artículo 13° de la Ley N° 27658, ha
  absorbido a la Superintendencia Nacional de Aduanas, asumiendo
  las funciones, facultades y atribuciones que por ley, correspondían a
  esta entidad.
∗   Funciones
∗   Planear, organizar, dirigir, normar y racionalizar las inscripciones de su competencia;
∗   Registrar los nacimientos, matrimonios, divorcios, defunciones y demás actos que modifiquen el estado civil de las
    personas; así como las resoluciones judiciales o administrativas que a ellos se refieran susceptibles de inscripción y, los
    demás actos que señale la ley;
∗   Emitir las constancias de inscripción correspondientes;
∗   Preparar y mantener actualizado el padrón electoral en coordinación con la Oficina Nacional de Procesos Electorales;
∗   Proporcionar al Jurado Nacional de Elecciones y a la Oficina Nacional de Procesos Electorales, la información necesaria
    para el cumplimiento de sus funciones;
∗   Mantener el Registro de Identificación de las personas;
∗   Emitir el Documento Único que acredita la identidad de las personas; así como sus duplicados;
∗   Promover la formación de personal calificado que requiera la institución, así como de los Registradores Civiles y demás
    personal que integra el Sistema Registral;
∗   Colaborar con el ejercicio de las funciones de las autoridades policiales y judiciales pertinentes para la identificación de las
    personas, dejando a salvo lo establecido en el inciso siguiente y en los incisos 1), 5) y 6) del Artículo 2° de la Constitución
    Política del Perú
∗   Velar por el irrestricto respeto del derecho a la intimidad e identidad de la persona y los demás derechos inherentes a ella
    derivados de su inscripción en el registro;
∗   Garantizar la privacidad de los datos relativos a las personas que son materia de inscripción;
∗   Implementar, organizar, mantener y supervisar el funcionamiento de los registros dactiloscópico y pelmatoscópico de las
    personas;
∗   Brindar durante los procesos electorales, la máxima cooperación a la Oficina Nacional de Procesos Electorales,
    facilitando, de ser necesario, el uso de su infraestructura, material y recursos humanos;
∗   Realizar la verificación de la autenticidad de las firmas de adherentes para procesos señalados por la Ley, así como para
    el ejercicio de los derechos políticos previstos en la Constitución y las Leyes;
∗   Emitir los Certificados Raíz para las Entidades de Certificación para el Estado Peruano que lo soliciten;
∗   Mantener la confidencialidad de la información relativa a los solicitantes y titulares de certificados digitales; y
∗   Cumplir las demás funciones que se le encomiende por ley.
∗ Son funciones y atribuciones del Consejo del Notariado:
∗ a) Ejercer la vigilancia de los Colegios de Notarios respecto al cumplimiento
  de
∗ sus obligaciones;
∗ b) Ejercer la vigilancia de la función notarial, con arreglo a lo dispuesto en la
∗ Ley del Notariado y normas reglamentarias o conexas, a través del Colegio
  de
∗ Notarios, sin perjuicio de su intervención directa cuando así lo determine;
∗ c) Proponer los reglamentos y normas para el mejor desenvolvimiento de la
∗ función notarial;
∗ d) Vigilar el cumplimiento del reglamento de visitas de inspección a las
  Oficinas
∗ CAF -Banco de Desarrollo de América Latina- tiene como misión
  impulsar el desarrollo sostenible y la integración regional,
  mediante el financiamiento de proyectos de los sectores público
  y privado, la provisión de cooperación técnica y otros servicios
  especializados. Constituido en 1970 y conformado en la
  actualidad por 18 países de América Latina, El Caribe, Europa y 14
  bancos privados, es una de las principales fuentes de
  financiamiento multilateral y un importante generador de
  conocimiento para la región.
∗ La CAF tiene su sede principal en la Torre CAF, ubicada en
  Caracas, Venezuela. Adicionalmente, dispone de Oficinas en las
  ciudades La Paz, Brasilia, Bogotá, Quito, Lima, Buenos Aires,
  Panamá, Montevideo y Madrid .
GRACIAS


∗ INTEGRANTES:
* AC U ÑA VEGA FL O R M ARIA
* AGU RTO C ERN A SO N IA M ARTH A
* ASEN C IO S M O GO L L O N K ARIN A
* C U EVA M ED IN A YO BAN A
* O C AÑA M ARQ U EZ GL EN D A M ED AL Y
* PO N TE VEGA REBEC A ESTER
* VERAM EN D I SAN TO S YU D ITH

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Entidades nacionales que promuven el desarrollo humano

  • 1. ENTIDADES NACIONALES QUE PROMUVEN EL DESARROLLO HUMANO
  • 2. ∗ Le corresponde al premier presidir las sesiones del Consejo salvo que el Presidente asista a ellas, supuesto en el cual este la preside. Según la Constitución Política, el jefe del gabinete es, luego del Presidente de la República, el portavoz autorizado del Gobierno. Tiene, asimismo, la obligación de coordinar las políticas, las acciones y las funciones de todos los demás Ministro y de refrendar los Decretos Legislativos, los Decretos de Urgencia y los demás decretos y resoluciones que expide el Poder Ejecutivo. El premier es titular de un pliego presupuestal; para el cumplimiento de sus funciones cuenta con un organismo técnico - administrativo, multidisciplinario y de carácter coordinador, denominado Presidencia del Consejo de Ministros, cuya organización y funciones se norman por Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros.
  • 3. El Ministerio tiene como funciones principales: ∗Planear, dirigir y controlar los asuntos relativos a la política fiscal, financiación, endeudamiento, presupuesto y tesorería. ∗Planear, dirigir y controlar las políticas de la actividad empresarial financiera del Estado así como armonizar la actividad económica. ∗Planear, dirigir y controlar los asuntos relativos a la política arancelaria. ∗Administrar con eficiencia los recursos públicos del Estado
  • 4. ∗ El Ministerio de la Producción del Perú es el encargado de formular, aprobar, ejecutar y supervisar todos los niveles de producción, industria, manufacturera y pesquera. ∗ Su competencia se extiende a las personas naturales y jurídicas que realizan actividades vinculadas a los subsectores Industria y Pesquería, contando con un Vice Ministro para cada subsector. ∗ El actual Ministro de la Producción es José Urquizo Maggia
  • 5. ∗ Contratar servicios no personales de terceros o celebrar contratos de trabajo sujetos a modalidad que coadyuven al cumplimiento de los objetivos de la SUNARP o permitan una mayor eficiencia en el desarrollo de sus funciones ∗ Celebrar convenios con entidades del sector público o privado, nacionales, internacionales o de cooperación técnica internacional, con el propósito de promover, desarrollar y ejecutar proyectos relacionados con el Sistema Registral del país
  • 6. ∗ La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, de acuerdo a su Ley de creación N° 24829, Ley General aprobada por Decreto Legislativo Nº 501 y la Ley 29816 de Fortalecimiento de la SUNAT, es un organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, cuenta con personería jurídica de derecho público, con patrimonio propio y goza de autonomía funcional, técnica, económica, financiera, presupuestal y administrativa que, en virtud a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 061-2002-PCM, expedido al amparo de lo establecido en el numeral 13.1 del artículo 13° de la Ley N° 27658, ha absorbido a la Superintendencia Nacional de Aduanas, asumiendo las funciones, facultades y atribuciones que por ley, correspondían a esta entidad.
  • 7. Funciones ∗ Planear, organizar, dirigir, normar y racionalizar las inscripciones de su competencia; ∗ Registrar los nacimientos, matrimonios, divorcios, defunciones y demás actos que modifiquen el estado civil de las personas; así como las resoluciones judiciales o administrativas que a ellos se refieran susceptibles de inscripción y, los demás actos que señale la ley; ∗ Emitir las constancias de inscripción correspondientes; ∗ Preparar y mantener actualizado el padrón electoral en coordinación con la Oficina Nacional de Procesos Electorales; ∗ Proporcionar al Jurado Nacional de Elecciones y a la Oficina Nacional de Procesos Electorales, la información necesaria para el cumplimiento de sus funciones; ∗ Mantener el Registro de Identificación de las personas; ∗ Emitir el Documento Único que acredita la identidad de las personas; así como sus duplicados; ∗ Promover la formación de personal calificado que requiera la institución, así como de los Registradores Civiles y demás personal que integra el Sistema Registral; ∗ Colaborar con el ejercicio de las funciones de las autoridades policiales y judiciales pertinentes para la identificación de las personas, dejando a salvo lo establecido en el inciso siguiente y en los incisos 1), 5) y 6) del Artículo 2° de la Constitución Política del Perú ∗ Velar por el irrestricto respeto del derecho a la intimidad e identidad de la persona y los demás derechos inherentes a ella derivados de su inscripción en el registro; ∗ Garantizar la privacidad de los datos relativos a las personas que son materia de inscripción; ∗ Implementar, organizar, mantener y supervisar el funcionamiento de los registros dactiloscópico y pelmatoscópico de las personas; ∗ Brindar durante los procesos electorales, la máxima cooperación a la Oficina Nacional de Procesos Electorales, facilitando, de ser necesario, el uso de su infraestructura, material y recursos humanos; ∗ Realizar la verificación de la autenticidad de las firmas de adherentes para procesos señalados por la Ley, así como para el ejercicio de los derechos políticos previstos en la Constitución y las Leyes; ∗ Emitir los Certificados Raíz para las Entidades de Certificación para el Estado Peruano que lo soliciten; ∗ Mantener la confidencialidad de la información relativa a los solicitantes y titulares de certificados digitales; y ∗ Cumplir las demás funciones que se le encomiende por ley.
  • 8. ∗ Son funciones y atribuciones del Consejo del Notariado: ∗ a) Ejercer la vigilancia de los Colegios de Notarios respecto al cumplimiento de ∗ sus obligaciones; ∗ b) Ejercer la vigilancia de la función notarial, con arreglo a lo dispuesto en la ∗ Ley del Notariado y normas reglamentarias o conexas, a través del Colegio de ∗ Notarios, sin perjuicio de su intervención directa cuando así lo determine; ∗ c) Proponer los reglamentos y normas para el mejor desenvolvimiento de la ∗ función notarial; ∗ d) Vigilar el cumplimiento del reglamento de visitas de inspección a las Oficinas
  • 9. ∗ CAF -Banco de Desarrollo de América Latina- tiene como misión impulsar el desarrollo sostenible y la integración regional, mediante el financiamiento de proyectos de los sectores público y privado, la provisión de cooperación técnica y otros servicios especializados. Constituido en 1970 y conformado en la actualidad por 18 países de América Latina, El Caribe, Europa y 14 bancos privados, es una de las principales fuentes de financiamiento multilateral y un importante generador de conocimiento para la región. ∗ La CAF tiene su sede principal en la Torre CAF, ubicada en Caracas, Venezuela. Adicionalmente, dispone de Oficinas en las ciudades La Paz, Brasilia, Bogotá, Quito, Lima, Buenos Aires, Panamá, Montevideo y Madrid .
  • 10. GRACIAS ∗ INTEGRANTES: * AC U ÑA VEGA FL O R M ARIA * AGU RTO C ERN A SO N IA M ARTH A * ASEN C IO S M O GO L L O N K ARIN A * C U EVA M ED IN A YO BAN A * O C AÑA M ARQ U EZ GL EN D A M ED AL Y * PO N TE VEGA REBEC A ESTER * VERAM EN D I SAN TO S YU D ITH