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Comunicado de prensa                                                                                                   C. 15-11


Antiguo Cuscatlán, 13 de julio de 2011
                                  2011.


                SC multa a INTELFON por falta de
                          colaboración
El Consejo Directivo (CD) de la Superintendencia de Competencia (SC) multó a la sociedad
INTELFON, S.A. de C.V. con US$ 7,896.60 por falta de colaboración al no presentar información
solicitada por esta institución, luego de iniciado un procedimiento de investigación en su contra por
                                                                       investigación
cometimiento de supuestas prácticas anticompetitivas de acuerdos entre competidores
                                                                          competidores.

 “La información que               El día 23 de mayo de 2011, la SC requirió a INTELFON información necesaria
 se requiere a los                 de la etapa procedimental de prueba del caso que la institución tiene abierto en
 agentes económicos                su contra por el cometimiento de supuestas prácticas anticompetitivas de
 es clave para la                  acuerdos entre competidores. Sin embargo, la sociedad no entregó información
                                   a la SC declarando que el incumplimiento fue debido a un desorden
 investigación y
                                   administrativo interno.
 sanción de prácticas
 que atentan contra la             En el caso, que inició en mayo de 2010, se investiga la supuesta existencia de
 competencia. Debe                 de hechos que configuran la práctica anticompetitiva de acuerdo de precios
 existir colaboración              entre competidores (art. 25 letra "a" de Ley de de Competencia). En la
                                                            .
 de los involucrados               investigación la SC también solicitó información al resto de involucrados:
                                                                                       a
 para corregir las                 DIGICEL, TELEMOVIL y TELEFÓNICA MÓVILES. La información de estos
 posibles fallas de                últimos se encuentra actualmente en revisión para verificar si está completa.
                                                                                                       completa
 mercado en beneficio
 de los                            La infracción cometida por INTELFON está contemplada en el artículo 38 inciso
                                     a
                                   6° de la Ley de Comp etencia, la cual dice: “La Superintendencia podrá también
 consumidores”
                                   imponer multa de hasta diez salarios mínimos mensuales urbanos en la
 manifestó Francisco               industria por cada día de atraso a las personas que deliberadamente o por
 Díaz Rodríguez,                   negligencia no suministren la colaboración requerida o que haciéndolo lo hagan
 Superintendente de                de manera incompleta o inexacta”
                                                            inexacta”.
 Competencia.
                               De acuerdo con lo anterior, la multa que corresponde fijar a INTELFON, es de
                                                           la
US$ 7,896.60, que resulta de la suma de un salario mínimo mensual urbano en la industria por cada día de
              ,
atraso (36). El salario mínimo mensual urbano en la industria vigente a la fecha en la que se inició el presente
procedimiento (US$ 219.35).

De acuerdo con las declaraciones del Superintendente de Competencia, Francisco Díaz Rodríguez, este es el
segundo caso del año de imposición de multas por falta de colaboración de empresas con procesos
administrativos abiertos por el supuesto cometimiento de prácticas anticompetitivas.

El otro caso sancionado por la SC es el de ALIMENTOS GLOBALES, S.A. de C.V. (ALIGLOBAL) a quien se
le impuso una multa de US$ 223.41 por falta de colaboración al no presentar información solicitada por esta
institución, luego de iniciado un procedimiento de investigación en su contra. La multa fue cancelada el
pasado 8 de junio.



     Edificio Madreselva, 1er Nivel, Calzada El Almendro y 1ª Ave. El Espino, Urb. Madreselva, Antiguo Cuscatlán, El Salvador.
                                           E-mail: contacto@sc.gob.sv - www.sc.gob.sv
Antecedentes procedimiento sancionador a INTELFON por falta de información

       Fecha                                                             Actuación
                          Inició de instrucción el procedimiento sancionador en contra de las sociedades
    03/03/2010
                          TELEMÓVIL, TELEFÓNICA MÓVILES, DIGICEL, e INTELFON.
                                                         MÓVILES,
    14/04/2011            El Consejo Directivo (CD) amplió el plazo para la instrucción.
                                                                                       .
    27/04/2011            Se abrió a pruebas tal procedimiento, por un plazo de 20 días hábiles.
                                                                                          hábiles
    23/05/2011            Se les requirió información en el expediente de prácticas anticompetitivas.
                                                                                    anticompetitivas
    23/05/2011            Se le notificó el requerimiento a las investigadas.
    30/05/2011            Concluyó el plazo para proporcionar la información.
    31/05/2011            Inició el plazo de retraso.
    14/06/2011            Inició procedimiento sancionador por falta de colaboración contra INTELFON.
    15/06/2011            Se le notificó el auto de instrucción.
                          INTELFON presentó escrito en el que expuso argumentos de defensa y adjuntó cierta
    17/06/2011
                          documentación.
                          El CD, resolvió continuar con el procedimiento ordenando la apertura a pruebas por el
                                                                                                         po
    21/06/2011
                          plazo de ocho días hábiles.
    29/06/2011            Se recibió escrito, en el q presentó alegatos de defensa.
                                                    que
    05/07/2011            CD emitió resolución final de imposición de multa por falta de colaboración
                                                                                         colaboración.
    11/07/2011            INTELFON interpuso recurso de revocatoria ante el CD de la SC  SC.
                          El CD de la SC declaró sin lugar el recurso de revocatoria presentado por INTELFON y
    12/07/2011
                          ratificó la orden de pago de la multa.




    Edificio Madreselva, 1er Nivel, Calzada El Almendro y 1ª Ave. El Espino, Urb. Madreselva, Antiguo Cuscatlán, El Salvador.
                                          E-mail: contacto@sc.gob.sv - www.sc.gob.sv

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C.15-11 SC multa a INTELFON por falta de colaboración

  • 1. Comunicado de prensa C. 15-11 Antiguo Cuscatlán, 13 de julio de 2011 2011. SC multa a INTELFON por falta de colaboración El Consejo Directivo (CD) de la Superintendencia de Competencia (SC) multó a la sociedad INTELFON, S.A. de C.V. con US$ 7,896.60 por falta de colaboración al no presentar información solicitada por esta institución, luego de iniciado un procedimiento de investigación en su contra por investigación cometimiento de supuestas prácticas anticompetitivas de acuerdos entre competidores competidores. “La información que El día 23 de mayo de 2011, la SC requirió a INTELFON información necesaria se requiere a los de la etapa procedimental de prueba del caso que la institución tiene abierto en agentes económicos su contra por el cometimiento de supuestas prácticas anticompetitivas de es clave para la acuerdos entre competidores. Sin embargo, la sociedad no entregó información a la SC declarando que el incumplimiento fue debido a un desorden investigación y administrativo interno. sanción de prácticas que atentan contra la En el caso, que inició en mayo de 2010, se investiga la supuesta existencia de competencia. Debe de hechos que configuran la práctica anticompetitiva de acuerdo de precios existir colaboración entre competidores (art. 25 letra "a" de Ley de de Competencia). En la . de los involucrados investigación la SC también solicitó información al resto de involucrados: a para corregir las DIGICEL, TELEMOVIL y TELEFÓNICA MÓVILES. La información de estos posibles fallas de últimos se encuentra actualmente en revisión para verificar si está completa. completa mercado en beneficio de los La infracción cometida por INTELFON está contemplada en el artículo 38 inciso a 6° de la Ley de Comp etencia, la cual dice: “La Superintendencia podrá también consumidores” imponer multa de hasta diez salarios mínimos mensuales urbanos en la manifestó Francisco industria por cada día de atraso a las personas que deliberadamente o por Díaz Rodríguez, negligencia no suministren la colaboración requerida o que haciéndolo lo hagan Superintendente de de manera incompleta o inexacta” inexacta”. Competencia. De acuerdo con lo anterior, la multa que corresponde fijar a INTELFON, es de la US$ 7,896.60, que resulta de la suma de un salario mínimo mensual urbano en la industria por cada día de , atraso (36). El salario mínimo mensual urbano en la industria vigente a la fecha en la que se inició el presente procedimiento (US$ 219.35). De acuerdo con las declaraciones del Superintendente de Competencia, Francisco Díaz Rodríguez, este es el segundo caso del año de imposición de multas por falta de colaboración de empresas con procesos administrativos abiertos por el supuesto cometimiento de prácticas anticompetitivas. El otro caso sancionado por la SC es el de ALIMENTOS GLOBALES, S.A. de C.V. (ALIGLOBAL) a quien se le impuso una multa de US$ 223.41 por falta de colaboración al no presentar información solicitada por esta institución, luego de iniciado un procedimiento de investigación en su contra. La multa fue cancelada el pasado 8 de junio. Edificio Madreselva, 1er Nivel, Calzada El Almendro y 1ª Ave. El Espino, Urb. Madreselva, Antiguo Cuscatlán, El Salvador. E-mail: contacto@sc.gob.sv - www.sc.gob.sv
  • 2. Antecedentes procedimiento sancionador a INTELFON por falta de información Fecha Actuación Inició de instrucción el procedimiento sancionador en contra de las sociedades 03/03/2010 TELEMÓVIL, TELEFÓNICA MÓVILES, DIGICEL, e INTELFON. MÓVILES, 14/04/2011 El Consejo Directivo (CD) amplió el plazo para la instrucción. . 27/04/2011 Se abrió a pruebas tal procedimiento, por un plazo de 20 días hábiles. hábiles 23/05/2011 Se les requirió información en el expediente de prácticas anticompetitivas. anticompetitivas 23/05/2011 Se le notificó el requerimiento a las investigadas. 30/05/2011 Concluyó el plazo para proporcionar la información. 31/05/2011 Inició el plazo de retraso. 14/06/2011 Inició procedimiento sancionador por falta de colaboración contra INTELFON. 15/06/2011 Se le notificó el auto de instrucción. INTELFON presentó escrito en el que expuso argumentos de defensa y adjuntó cierta 17/06/2011 documentación. El CD, resolvió continuar con el procedimiento ordenando la apertura a pruebas por el po 21/06/2011 plazo de ocho días hábiles. 29/06/2011 Se recibió escrito, en el q presentó alegatos de defensa. que 05/07/2011 CD emitió resolución final de imposición de multa por falta de colaboración colaboración. 11/07/2011 INTELFON interpuso recurso de revocatoria ante el CD de la SC SC. El CD de la SC declaró sin lugar el recurso de revocatoria presentado por INTELFON y 12/07/2011 ratificó la orden de pago de la multa. Edificio Madreselva, 1er Nivel, Calzada El Almendro y 1ª Ave. El Espino, Urb. Madreselva, Antiguo Cuscatlán, El Salvador. E-mail: contacto@sc.gob.sv - www.sc.gob.sv