La Superintendencia de Competencia (SC) recibió las notificaciones de las primeras sentencias de la Sala de lo Contencioso Administrativo (SCA) y de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y los fallos son favorables.
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C.17-11 Primeras sentencias de CSJ a favor de la SC
1. Comunicado de prensa C. 17-11
Antiguo Cuscatlán, 25 de julio de 2011
2011.
Primeras sentencias de CSJ a favor de la SC
La Superintendencia de Competencia (SC) recibió las notificaciones de las primera sentencias de la
primeras
Sala de lo Contencioso Administrativo (SCA) y de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema
de Justicia (CSJ) y los fallos son favorable
favorables.
“Es una buena Las resoluciones de la CSJ ratifican la facultad de la SC para requerir
noticia para la SC y información tanto para la realización de estudios sectoriales sobre condiciones
para el país. Esta de competencia como para la investigación de prácticas anticompetitivas.
sentencia fortalece a
la institución, pues 1. Sentencia de la Sala de lo Constitucional
se ratifica la facultad
de la SC para La sentencia que la Sala de lo Constitucional notificó declara que la SC no violó
ningún derecho constitucional a CTE y Personal cuando les requirió, al interior
requerir información
de un procedimiento de prácticas anticompetitivas, cierta información
tanto para la comercial, financiera, económica y legal. La sentencia obliga a los agentes
comer
realización de económicos (propiedad del Grupo Claro) a pagar una multa de $11,286.00 en
estudios sectoriales total.
sobre condiciones de
competencia como Ambas sociedades, cuando la SC les requirió la información, se negaron a
para la investigación brindarla aduciendo que tenían el derecho a no declarar contra sí mismas, a
de prácticas guardar silenci a no dar ninguna información y a no dar ninguna declaración.
silencio, o
anticompetitivas.
Esta es una de las La SC, ante esta negativa, les inició un procedimiento sancionador por falta de
SC,
colaboración. En el desarrollo del procedimiento, CTE y Personal dieron la
principales
información pedida pero igualmente fueron multadas por la tardanza.
pero
herramientas con
que cuenta en La SC defendió la constitucionalidad de sus actuaciones, alegando
beneficio de la expresamente que tiene facultades de pedir información a los investigados y
eficiencia económica que en ningún momento pidió a CTE y Personal declarar contra sí mismos.
momento
y principalmente, en
beneficio de los El artículo 44 de la LC establece: “El Superintendente, en el ejercicio de sus
consumidores” funciones, podrá requerir los informes o documentación relevante para realizar
manifestó Francisco sus investigaciones, así como citar a declarar a quienes tengan relación con los
Díaz Rodríguez, casos de que se trata”.
Superintendente de
La Sala de lo Constitucional ha rechazado los argumentos de CTE y Personal,
Competencia. pues estableció en su sentencia que la SC, en sus investigaciones de prácticas
anticompetitivas, está facultada por ley a pedir información comercial, financiera, legal, económica, etc. a los
investigados.
2. Sentencia de Sala de lo Contencioso Administrativo
La sentencia declara legal la resolución emitida por el Consejo Directivo de la SC el 13 de marzo de 2007, en
la cual se sancionó a Laboratorios Ferson con la cantidad de $14,984.64. Lo anterior obliga al agente
4.
económico a pagar la multa impuesta.
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2. Laboratorios Ferson alegó ante la SCA que la SC no tenía facultad para requerir información en estudios de
informa
competencia, que no tenía facultad para requerir información de carácter confidencial y que el procedimiento
ue información
para imponer ese tipo de sanciones debía ser el previsto en la Ley de Competencia (LC) y no el de la Ley del
Procedimiento para la Imposición de Arresto y Multa Administrativos (LPIAMA).
La SC defendió la legalidad de su actuación indicando el conjunto de disposiciones legales y reglamentarias
que le habilitan a realizar estudios sectoriales y a requerir información a los agentes económicos, incluso de
carácter confidencial.
Según el artículo 50 de la Ley de Competencia: “Todos los organismos gubernamentales y demás
egún
autoridades en general, así como cualquier persona están en la obligación de dar el apoyo y colaboración
necesaria a la Superintendencia, proporcionando toda clase de información y documentación requerida en la
investigación por la violación a los preceptos de esta Ley”.
Muchos agentes económicos que se muestran negativos a presentar información confidencial a la SC. Con
uchos nformación C
esta sentencia, la SCA confirma que la SC sí está facultada para requerir ese tipo de información. Vale
agregar que, por ministerio de ley y a través de distintos instrumentos, la SC garantiza el resguardo de la
información confidencial que tiene a su disposición.
Otros casos de la SC por resolver
sos
La Superintendencia aún tiene 17 casos que están siendo analizados por la SCA de la CSJ, algunos de estos
casos fueron sancionados por la SC en 2007. Dentro de los casos más emblemáticos que aún están
pendientes por resolver están los de combustibles, por abuso de posición dominante y harinas, por acuerdos
entre competidores.
Recientemente, la SC visitó a las mencionadas Salas para promover que sus casos sean resueltos lo antes
posible confirmando el cese de las prácticas anticompetitivas que van en detrimento de la eficiencia
anticompetitivas
económica y el bienestar de los consumidores.
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