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Antiguo Cuscatlán, 25 de julio de 2011
                                  2011.


  Primeras sentencias de CSJ a favor de la SC
La Superintendencia de Competencia (SC) recibió las notificaciones de las primera sentencias de la
                                                                          primeras
Sala de lo Contencioso Administrativo (SCA) y de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema
de Justicia (CSJ) y los fallos son favorable
                                   favorables.

 “Es una buena                     Las resoluciones de la CSJ ratifican la facultad de la SC para requerir
 noticia para la SC y              información tanto para la realización de estudios sectoriales sobre condiciones
 para el país. Esta                de competencia como para la investigación de prácticas anticompetitivas.
 sentencia fortalece a
 la institución, pues                   1. Sentencia de la Sala de lo Constitucional
 se ratifica la facultad
 de la SC para                     La sentencia que la Sala de lo Constitucional notificó declara que la SC no violó
                                   ningún derecho constitucional a CTE y Personal cuando les requirió, al interior
 requerir información
                                   de un procedimiento de prácticas anticompetitivas, cierta información
 tanto para la                     comercial, financiera, económica y legal. La sentencia obliga a los agentes
                                   comer
 realización de                    económicos (propiedad del Grupo Claro) a pagar una multa de $11,286.00 en
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 sobre condiciones de
 competencia como                  Ambas sociedades, cuando la SC les requirió la información, se negaron a
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                                            silencio,                                o
 anticompetitivas.
 Esta es una de las                La SC, ante esta negativa, les inició un procedimiento sancionador por falta de
                                       SC,
                                   colaboración. En el desarrollo del procedimiento, CTE y Personal dieron la
 principales
                                   información pedida pero igualmente fueron multadas por la tardanza.
                                                      pero
 herramientas con
 que cuenta en                     La SC defendió la constitucionalidad de sus actuaciones, alegando
 beneficio de la                   expresamente que tiene facultades de pedir información a los investigados y
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 Díaz Rodríguez,                   casos de que se trata”.
 Superintendente de
                               La Sala de lo Constitucional ha rechazado los argumentos de CTE y Personal,
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anticompetitivas, está facultada por ley a pedir información comercial, financiera, legal, económica, etc. a los
investigados.

    2. Sentencia de Sala de lo Contencioso Administrativo
La sentencia declara legal la resolución emitida por el Consejo Directivo de la SC el 13 de marzo de 2007, en
la cual se sancionó a Laboratorios Ferson con la cantidad de $14,984.64. Lo anterior obliga al agente
                                                                               4.
económico a pagar la multa impuesta.

     Edificio Madreselva, 1er Nivel, Calzada El Almendro y 1ª Ave. El Espino, Urb. Madreselva, Antiguo Cuscatlán, El Salvador.
                                           E-mail: contacto@sc.gob.sv - www.sc.gob.sv
Laboratorios Ferson alegó ante la SCA que la SC no tenía facultad para requerir información en estudios de
                                                                                 informa
competencia, que no tenía facultad para requerir información de carácter confidencial y que el procedimiento
               ue                                información
para imponer ese tipo de sanciones debía ser el previsto en la Ley de Competencia (LC) y no el de la Ley del
Procedimiento para la Imposición de Arresto y Multa Administrativos (LPIAMA).

La SC defendió la legalidad de su actuación indicando el conjunto de disposiciones legales y reglamentarias
que le habilitan a realizar estudios sectoriales y a requerir información a los agentes económicos, incluso de
carácter confidencial.

Según el artículo 50 de la Ley de Competencia: “Todos los organismos gubernamentales y demás
  egún
autoridades en general, así como cualquier persona están en la obligación de dar el apoyo y colaboración
necesaria a la Superintendencia, proporcionando toda clase de información y documentación requerida en la
investigación por la violación a los preceptos de esta Ley”.

Muchos agentes económicos que se muestran negativos a presentar información confidencial a la SC. Con
  uchos                                                               nformación                       C
esta sentencia, la SCA confirma que la SC sí está facultada para requerir ese tipo de información. Vale
agregar que, por ministerio de ley y a través de distintos instrumentos, la SC garantiza el resguardo de la
información confidencial que tiene a su disposición.


Otros casos de la SC por resolver
        sos

La Superintendencia aún tiene 17 casos que están siendo analizados por la SCA de la CSJ, algunos de estos
casos fueron sancionados por la SC en 2007. Dentro de los casos más emblemáticos que aún están
pendientes por resolver están los de combustibles, por abuso de posición dominante y harinas, por acuerdos
entre competidores.

Recientemente, la SC visitó a las mencionadas Salas para promover que sus casos sean resueltos lo antes
posible confirmando el cese de las prácticas anticompetitivas que van en detrimento de la eficiencia
                                               anticompetitivas
económica y el bienestar de los consumidores.




     Edificio Madreselva, 1er Nivel, Calzada El Almendro y 1ª Ave. El Espino, Urb. Madreselva, Antiguo Cuscatlán, El Salvador.
                                           E-mail: contacto@sc.gob.sv - www.sc.gob.sv

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C.17-11 Primeras sentencias de CSJ a favor de la SC

  • 1. Comunicado de prensa C. 17-11 Antiguo Cuscatlán, 25 de julio de 2011 2011. Primeras sentencias de CSJ a favor de la SC La Superintendencia de Competencia (SC) recibió las notificaciones de las primera sentencias de la primeras Sala de lo Contencioso Administrativo (SCA) y de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y los fallos son favorable favorables. “Es una buena Las resoluciones de la CSJ ratifican la facultad de la SC para requerir noticia para la SC y información tanto para la realización de estudios sectoriales sobre condiciones para el país. Esta de competencia como para la investigación de prácticas anticompetitivas. sentencia fortalece a la institución, pues 1. Sentencia de la Sala de lo Constitucional se ratifica la facultad de la SC para La sentencia que la Sala de lo Constitucional notificó declara que la SC no violó ningún derecho constitucional a CTE y Personal cuando les requirió, al interior requerir información de un procedimiento de prácticas anticompetitivas, cierta información tanto para la comercial, financiera, económica y legal. La sentencia obliga a los agentes comer realización de económicos (propiedad del Grupo Claro) a pagar una multa de $11,286.00 en estudios sectoriales total. sobre condiciones de competencia como Ambas sociedades, cuando la SC les requirió la información, se negaron a para la investigación brindarla aduciendo que tenían el derecho a no declarar contra sí mismas, a de prácticas guardar silenci a no dar ninguna información y a no dar ninguna declaración. silencio, o anticompetitivas. Esta es una de las La SC, ante esta negativa, les inició un procedimiento sancionador por falta de SC, colaboración. En el desarrollo del procedimiento, CTE y Personal dieron la principales información pedida pero igualmente fueron multadas por la tardanza. pero herramientas con que cuenta en La SC defendió la constitucionalidad de sus actuaciones, alegando beneficio de la expresamente que tiene facultades de pedir información a los investigados y eficiencia económica que en ningún momento pidió a CTE y Personal declarar contra sí mismos. momento y principalmente, en beneficio de los El artículo 44 de la LC establece: “El Superintendente, en el ejercicio de sus consumidores” funciones, podrá requerir los informes o documentación relevante para realizar manifestó Francisco sus investigaciones, así como citar a declarar a quienes tengan relación con los Díaz Rodríguez, casos de que se trata”. Superintendente de La Sala de lo Constitucional ha rechazado los argumentos de CTE y Personal, Competencia. pues estableció en su sentencia que la SC, en sus investigaciones de prácticas anticompetitivas, está facultada por ley a pedir información comercial, financiera, legal, económica, etc. a los investigados. 2. Sentencia de Sala de lo Contencioso Administrativo La sentencia declara legal la resolución emitida por el Consejo Directivo de la SC el 13 de marzo de 2007, en la cual se sancionó a Laboratorios Ferson con la cantidad de $14,984.64. Lo anterior obliga al agente 4. económico a pagar la multa impuesta. Edificio Madreselva, 1er Nivel, Calzada El Almendro y 1ª Ave. El Espino, Urb. Madreselva, Antiguo Cuscatlán, El Salvador. E-mail: contacto@sc.gob.sv - www.sc.gob.sv
  • 2. Laboratorios Ferson alegó ante la SCA que la SC no tenía facultad para requerir información en estudios de informa competencia, que no tenía facultad para requerir información de carácter confidencial y que el procedimiento ue información para imponer ese tipo de sanciones debía ser el previsto en la Ley de Competencia (LC) y no el de la Ley del Procedimiento para la Imposición de Arresto y Multa Administrativos (LPIAMA). La SC defendió la legalidad de su actuación indicando el conjunto de disposiciones legales y reglamentarias que le habilitan a realizar estudios sectoriales y a requerir información a los agentes económicos, incluso de carácter confidencial. Según el artículo 50 de la Ley de Competencia: “Todos los organismos gubernamentales y demás egún autoridades en general, así como cualquier persona están en la obligación de dar el apoyo y colaboración necesaria a la Superintendencia, proporcionando toda clase de información y documentación requerida en la investigación por la violación a los preceptos de esta Ley”. Muchos agentes económicos que se muestran negativos a presentar información confidencial a la SC. Con uchos nformación C esta sentencia, la SCA confirma que la SC sí está facultada para requerir ese tipo de información. Vale agregar que, por ministerio de ley y a través de distintos instrumentos, la SC garantiza el resguardo de la información confidencial que tiene a su disposición. Otros casos de la SC por resolver sos La Superintendencia aún tiene 17 casos que están siendo analizados por la SCA de la CSJ, algunos de estos casos fueron sancionados por la SC en 2007. Dentro de los casos más emblemáticos que aún están pendientes por resolver están los de combustibles, por abuso de posición dominante y harinas, por acuerdos entre competidores. Recientemente, la SC visitó a las mencionadas Salas para promover que sus casos sean resueltos lo antes posible confirmando el cese de las prácticas anticompetitivas que van en detrimento de la eficiencia anticompetitivas económica y el bienestar de los consumidores. Edificio Madreselva, 1er Nivel, Calzada El Almendro y 1ª Ave. El Espino, Urb. Madreselva, Antiguo Cuscatlán, El Salvador. E-mail: contacto@sc.gob.sv - www.sc.gob.sv