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INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 
MANUAL DE CONVIVENCIA 
ESPINAL Tolima 
2013 
Manual de convivencia - 1 -
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 
HIMNO INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASÍMAL 
Letra y música: Benjamín Corredor Becerra 
Coro 
Jóvenes somos, que en el futuro 
El mundo haremos reverdecer 
Y por la vida siempre marchamos 
Con paso firme y gran altivez. 
Espero siempre, surgir muy alto 
Soy un ejemplo en mí institución 
El campo verde, siempre me inspira 
Seré el orgullo de mi nación. 
I 
Con el estudio, la disciplina 
Cultivaremos ciencia y virtud 
Y cual palomas enaltecidas 
Navegaremos mares de luz. 
II 
Mi escudo tiene verde esmeralda 
Y una paloma en la inmensidad 
Se plasma así toda la esperanza 
De vivir siempre con dicha y paz. 
III 
Amo mi patria, amo al colegio 
Amo al terruño donde me crié 
Apasionado por mi trabajo 
Por mi constancia y por mi honradez 
IV 
Respeto al mundo y respeto al hombre 
Y amo la vida con frenesí 
Soy orgulloso de mi familia 
De mis ancestros y de mi país. 
Manual de convivencia - 2 -
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 
SÍMBOLOS DE LA INSTITUCIÓN 
ESCUDO: 
Símbolo de la Riqueza, de la paz, la alegría, esperanza, la cultura, la ciencia y la 
tecnología. 
BANDERA: 
Amarillo - Verde y Blanco. 
Sus colores son la representación de la región; el amarillo, la riqueza, el arroz y el 
sorgo que resplandece con el sol; el verde, la ecología símbolo de nuestras 
llanuras; el blanco que representa el algodón y la paz. 
HIMNO: 
En el se resalta los valores del estudiante de esta Institución, lo mismo que el 
compromiso y las costumbres del habitante de esta región. 
Manual de convivencia - 3 -
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 
TABLA DE CONTENIDO 
Pág. 
ESCUDO, BANDERA, HIMNO DEL COLEGIO 
JUSTIFICACIÓN. 2 
CAPITULO I. FUNDAMENTOS LEGALES. 6 
CAPITULO II. FILOSOFÍA, VISION, MISIÓN, OBJETIVOS 
INSTITUCIONALES. 7 
CAPITULO III. DERECHOS, DEBERES DE LOS DOCENTES Y 
DIRECTIVOS DOCENTES. 9 
CAPITULOIV. DERECHOS Y DEBERES DE LOSPADRES DE FAMILIA. 13 
CAPITULO V. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES. 16 
CAPITULO VI. ADMISIONES Y MATRICULAS. 21 
CAPITULO VIl. PROHIBICIONES YFALTAS DE LOS 
ESTUDIANTES, CORRECTIVOS Y SANCIONES Y DEBIDO PROCESO. 22 
CAPITULO VIII. ESTÍMULOS. 30 
CAPITULO IX. EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES. 31 
CAPITULO X. GOBIERNO ESCOLAR. 35 
CAPITULO XI. UNIFORMES. 41 
Manual de convivencia - 4 -
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 
JUSTIFICACIÓN 
Este Manual de Convivencia es una respuesta a la ley 115 de 1994 y sus decretos 
reglamentarios que pretende orientar a la comunidad educativa de La Institución 
Educativa Guasimal y las sedes Paso Ancho y Sucre en los procesos de 
convivencia de la manera más armónica posible. 
El Manual contiene los principios generales, derechos, deberes, prohibiciones, 
estímulos, correctivos y órganos constitutivos que permitirán conocer la Institución, 
desarrollarse en ella y proceder de una manera equilibrada al relacionarse con 
nuestros semejantes. 
Se recomienda leer este manual con detenimiento para que sirva de guía en el 
crecimiento individual y grupal. 
Manual de convivencia - 5 -
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 
CAPÍTULO I. 
1. MARCO JURÍDICO GENERAL 
El Manual de Convivencia como instrumento que define los derechos y deberes de 
los estudiantes y de los integrantes de la comunidad educativa, en relación con 
estos, tiene un marco jurídico general, dado a que somos un estado social de 
derecho, este manual se fundamenta en la Constitución y la ley colombiana. De 
modo particular, la siguiente normatividad: 
· Constitución Política de Colombia: Titulo II, de los derechos, las garantías y los 
deberes. 
· Ley 1629 del 15 de marzo de 2013. 
· Decreto 1965 del 11 de septiembre de 2013 
· Ley 115 de 1994 o Ley General de Educación, Títulos I, II, III, IV, VII, X. 
· Ley 375 de 1997 o Ley de la Juventud. 
· Ley 1098 de 2006 o Código de Infancia y Adolescencia. 
· Decreto 1860 de 1994, reglamentario de la ley 115 en los aspectos 
pedagógicos y organizativos. 
· Decreto 1290 de 2009, sobre normas en materia de currículo, evaluación y 
promoción de los educandos y evaluación institucional. 
· Decreto 1286 de 2005, normas sobre la participación de los Padres de Familia 
en los procesos educativos de las instituciones oficiales y privadas. 
CONCEPTOS JURISPRUDENCIALES ORIENTADORES 
Con la aparición de la figura de la tutela, como instrumento de protección de los 
derechos fundamentales, a partir de la promulgación de la Constitución Política de 
Colombia en 1991, la corte constitucional, dentro de la función de revisión de los 
fallos proferidos por instancias judiciales competentes, ha emitido múltiples 
pronunciamientos entorno a la aplicación de derechos fundamentales en la 
prestación del servicio educativo, por parte de las instituciones oficiales y privadas. 
Dada la trascendencia de estos pronunciamientos, ha considerado fundamental 
incorporar como parte del Manual de Convivencia, apartes de algunas sentencias 
producidas, como criterios de observancia, que orienten la debida comprensión y 
aplicación de los conceptos, procedimientos e instrumentos indicados en el 
Manuel, por parte de los integrantes de la comunidad educativa. 
DERECHO-DEBER DE LA EDUCACION 
(Sentencia 002 de 1992) “Ahora bien, una característica de algunos de los 
derechos constitucionales fundamentales la existencia de deberes correlativos. 
Manual de convivencia - 6 -
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 
En el artículo 95 de la Constitución Política se encuentran los deberes y 
obligaciones de toda persona. La persona humana además de derechos tienen 
deberes; ello es como las dos caras de la moneda, pues es impensable la 
existencia de un derecho sin deber frente a sí mismo y frente a los demás”. 
(Sentencia T-341 de 1993) “Considera la corte que quien se matricula en un centro 
educativo con el objeto de ejercer el derecho constitucional fundamental que lo 
ampara, contrae por ese mismo hecho obligaciones que debe cumplir, de tal 
manera que no puede invocar el mentado derecho para excusar las infracciones 
en que incurra. Por ello, si clama protección mediante la acción de tutela, 
alegando que el plantel desconoce las garantías constitucionales al aplicarle una 
sanción, es imperioso que el juez verifique tanto los actos efectuados por las 
autoridades del centro educativo como la conducta observada por el estudiante, a 
objeto de adoptar una decisión verdaderamente justa en cuya virtud no se permita 
el quebrantamiento de los derechos constitucionales del educando pero tampoco 
se favorezca la irresponsabilidad de este”. 
(Sentencia T-569 de 1994) “La educación se caracteriza por ser un derecho-deber 
que implica una serie de obligaciones y derechos a cargo de los planteles 
educativos, del estudiante y de los padres de familia. Uno de los deberes de los 
educandos es someterse a las reglas de comportamiento establecidas por la 
institución y la inobservancia de las mismas permite a los colegios adoptar las 
medidas disciplinarias pertinentes, siempre y cuando se respete el debido 
proceso”. 
ALCANCES DEL MANUAL DE CONVIVENCIA 
(Sentencia T-386 de 1994) “Para la corte es claro entonces, que la ley asigno a los 
establecimientos educativos, públicos y privados, un poder de reglamentación 
dentro del marco de su actividad. Los reglamentos generales de convivencia, 
como es de la esencia de los actos reglamentarios, obligan a la entidad que los ha 
expedido y a sus destinatarios, esto es, a quienes se les aplican, porque su fuerza 
jurídica vinculante deviene en forma inmediata de la propia ley y mediata de la 
Constitución Política”. 
(Sentencia T-524 de 1992) “En otros términos, los reglamentos de las instituciones 
educativas no podrán contener elementos, normas o principios que estén en 
contravía de la Constitución vigente como tampoco favorecer o permitir practicas 
entre educadores y educandos que se aparten de la consideración y el respeto 
debidos a la privilegiada condición de seres humanos tales como tratamientos que 
afecten el libre desarrollo de la personalidad de los educandos, su dignidad de 
personas nacidas en un país que hace hoy de la diversidad y el pluralismo étnico, 
cultural y social principio de praxis general. Por tanto, en la relación educativa que 
se establece entre los diversos sujetos, no podrá favorecerse la presencia de 
prácticas discriminatorias, los tratos humillantes, las sanciones que no consulten 
Manual de convivencia - 7 -
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 
un propósito objetivamente educativo si no el mero capricho y la arbitrariedad.” 
(Sentencia T-015 de 1994) “Si bien es cierto que el Reglamento del plantel 
educativo es base fundamental orientadora de la disciplina del Colegio, pues sin él 
no sería posible mantener un nivel de organización, es cierto también que las 
normas allí contenidas deben ajustarse o mejor interpretarse acorde con las 
circunstancias particulares de los menores. 
No se trata de permitir una total libertad, pues esto no contribuye a la formación, 
pero si comprender la situación y en la forma más razonable obrar sin perjudicar el 
futuro del educando”. 
(Sentencia T-1233 de 2003) “Por consiguiente, los reglamentos internos o 
manuales de convivencia elaborados por las comunidades de los planteles 
educativos tienen la obligación de observar las disposiciones constitucionales. En 
efecto, el respeto al núcleo esencial de los derechos fundamentales de los 
estudiantes no se disminuye como consecuencia de la facultad otorgada a los 
centros educativos para regular el comportamiento de sus alumnos. Por el 
contrario, las regles que se establezcan deben reflejar el respeto a la dignidad 
humana y a la diversidad étnica, cultural y social de la población (articulo1°), así 
como los derechos al libre desarrollo de la personalidad (articulo16), libertad de 
conciencia (articulo18), libertad de expresión (articulo20), igualdad (articulo13), 
debido proceso (articulo29) y educación (articulo67) superiores. Además de su 
consagración constitucional, la titularidad de estos derechos se encuentra en 
cabeza de niños y adolescentes en proceso de formación, lo que implica una 
protección reforzada. 
Ello, por supuesto, no significa que en el contexto de la comunidad educativa 
quienes tienen a su cargo la elaboración de los reglamentos de dichas 
instituciones, no puedan establecer límites razonables y proporcionales al ejercicio 
de los derechos. En la medida que los derechos fundamentales no son absolutos, 
y en ciertos aspectos se enfrentan a valores, principios y otros derechos 
fundamentales protegidos también por la carta, la corte ha sostenido que su 
alcance y efectividad pueden ser objeto de ponderación y armonización frente a 
otras disposiciones constitucionales a través de los reglamentos de convivencia”. 
DISCIPLINA ESCOLAR 
(Sentencia T-366 de 1992) “La aplicación de la disciplina en el establecimiento 
educativo no implica de suyo la violación de derechos fundamentales. Pero los 
profesores y directivas están obligados a respetar la dignidad del estudiante. 
La Corte Constitucional insiste en que toda comunidad requiere de un mínimo de 
orden y del imperio de la autoridad para que pueda subsistir en ella una civilizada 
convivencia, evitando el caos que podría generarse si cada individuo, sin atender 
Manual de convivencia - 8 -
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 
reglas ni preceptos, hiciera su absoluta voluntad, aun en contravía de los intereses 
comunes, en un mal entendido concepto del derecho al libre desarrollo de la 
personalidad”. 
(Sentencia 037 de 1995) “La disciplina, que es indispensable en toda organización 
social para asegurar el logro de sus fines dentro de un orden mínimo, resulta 
inherente a la educación, en cuanto hace parte insustituible de la formación del 
individuo. Pretender que, por una errónea concepción del derecho al libre 
desarrollo de la personalidad, las instituciones educativas renuncian a exigir de 
sus alumnos comportamientos acordes con un régimen disciplinario al que están 
obligados desde su ingreso, equivale a contrariar los objetivos propios de la 
función formativa que cumple la educación”. 
(Sentencia T-065 de 1993) “Por tanto, en la relación educativa que se establece 
entre los diversos sujetos, no podrá favorecerse la presencia de prácticas 
discriminatorias, los tratos humillantes, las sanciones que no consulten un 
propósito objetivamente educativo sino el mero capricho y la arbitrariedad...” 
CONCURRENCIA DE PADRES DE FAMILIA 
(Sentencia T-366 de 1997) “El proceso educativo exige no solamente el cabal y 
constante ejercicio de la función docente y formativa por parte del establecimiento, 
sino la colaboración del propio alumno y el concurso de sus padres o acudientes. 
Estos tienen la obligación, prevista en el artículo 76 de la constitución, de concurrir 
a la formación moral, intelectual y física del menor y del adolescente, pues” el 
Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación”. 
No contribuye el padre de familia a la formación de la personalidad ni a la 
estructuración del carácter de su hijo cuando, son pretexto de una mal entendida 
protección paterna, que en realidad significa cohonestar sus faltas, obstruye la 
labor que adelantan los educadores cuando lo corrigen, menos todavía si ello se 
refleja en una actitud agresiva e irrespetuosa”. 
FORMACION INTEGRAL DEL EDUCANDO 
(Sentencia T-386 de 1994) “El comportamiento del estudiante en su claustro de 
estudios, en su hogar y en la sociedad, es algo que obviamente resulta 
trascendente y vital para los intereses educativos del establecimiento de 
enseñanza, porque es necesario mantener una interacción enriquecedora y 
necesaria entre el medio educativo y el ámbito del mundo exterior, lo cual se 
infiere de la voluntad Constitucional cuando se establece de modo a principio que” 
el estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación”. 
Nadie puede negar que las actividades que el estudiante cumple fuera y dentro de 
su centro de estudios, influyen definitivamente en el desarrollo de su personalidad, 
Manual de convivencia - 9 -
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 
en cuanto contribuyen a su formación educativa, a saciar sus necesidades físicas, 
psíquicas e intelectuales, y a lograr su desarrollo moral, espiritual, social afectivo, 
ético y cívico, como es la filosofía que inspira la ley general de educación (ley 
115/94, art-5). 
No obstante lo anterior, a juicio de la corte los reglamentos de las instituciones 
educativas no pueden entrar a regular aspectos que de alguna manera puedan 
afectar los derechos constitucionales fundamentales de los educandos, pues si 
ello está vedado a la ley con mayor razón a los reglamentos de la naturaleza 
indicada. En tal virtud, dichos reglamentos no pueden regular aspectos o 
conductas del estudiante ajenas al centro educativo que pueda afectar su libertad, 
su autonomía o su intimidad o cualquier otro derecho, salvo en el evento de que la 
conducta externa del estudiante tenga alguna proyección o injerencia grave, que 
directa o indirectamente afecte la institución educativa”. 
DEBIDO PROCESO 
(Sentencia T-1233 de 2003) “E n diversas oportunidades, esta corporación ha 
señalado que la garantía constitucional al debido proceso (articulo 29 superior) 
tiene aplicación en los procesos disciplinarios adelantados por los centros 
educativos de naturaleza pública y privada. En virtud de ello, la imposición de una 
sanción disciplinaria debe estar precedida del agotamiento de un procedimiento 
justo y adecuado, en el cual el implicado haya podido participar, presentar su 
defensa y controvertir las pruebas presentadas en su contra”. 
La honorable Corte Constitucional, en reiteradas oportunidades a través de sus 
sentencias, hace énfasis en la posibilidad de la exclusión de un alumno del 
establecimiento educativo, una vez se haya cumplido con el debido proceso, 
respetando en todo momento el derecho a la legítima defensa. 
(Sentencia T-316 de 1994) “La educación sólo es posible cuando se da la 
convivencia y si la indisciplina afecta gravemente a ésta última, ha de prevalecer el 
interés general y se puede, respetando el debido proceso y los otros derechos 
fundamentales, a más de la participación de la comunidad educativa, llegar hasta 
a separar a la persona del establecimiento. Además, la permanencia de la persona 
en el sistema educativo está condicionada por su concurso activo en la labor 
formativa; la falta de rendimiento intelectual también puede llegar a tener suficiente 
entidad como para que la persona sea retirada del establecimiento donde debía 
aprender y no lo logra por su propia causa”. 
DEBIDO PROCESO (ART 29 C.P.) 
 Comunicación de la apertura del proceso. 
 Formulación de las normas presuntamente vulneradas. 
Manual de convivencia - 10 -
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 
 Notificación de las pruebas que fundamentan los cargos imputados. 
 Indicación del término durante el cual podrá presentar descargos. 
 Pronunciamiento definitivo, mediante acto motivado y congruente. Si hay 
exclusión debe 
tener el visto bueno de la Asociación de padres de Familia (Art. 319 Código del 
Menor). 
 Imposición de una sanción proporcional a los hechos que la motivaron. 
 Posibilidad de controvertir mediante los recursos pertinentes. Sentencia T- 
459/97 
Manual de convivencia - 11 -
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 
ESQUEMA DEL DEBIDO PROCESO (ARTÍCULO 29 C.N.) 
CAPITULO II 
CAPITULO II 
Manual de convivencia - 12 - 
Comunicación de la 
apertura del proceso. Se 
hará con citación al 
padre y/o acudiente 
Formulación de cargos. 
Se presentara de manera 
detallada cada una de 
las razones que originan 
la actuación 
disciplinaria 
Traslado de pruebas al 
imputado. Se le 
suministrará copia de las 
anotaciones, seguimiento, 
citaciones, compromisos, 
en fin todo el registro que 
se tenga sobre el 
estudiante. 
Para este procedimiento 
será convocado el comité 
de convivencia escolar, 
siempre y cuando la 
situación lo amerite. 
Pronunciamiento 
definitivo mediante acto 
motivado, siguiendo los 
protocolos del que trata 
la Ley 1620 de 2013 
En caso de exclusión 
autorización de la A.P.D.F 
Art. 319 Código Menor 
De igual manera se tendrá 
en cuenta lo decidido por el 
comité de convivencia 
escolar 
El término para 
descargos, es de 5 
días para 
presentar los 
alegatos 
Sanción 
proporcional 
A la falta 
pedagógica 
El procedimiento y las 
sanciones deben estar en el 
manual de convivencia y 
en todo momento ajustados 
a la constitución y a la ley 
Presentación de los 
recursos de reposición y 
apelación. 
(Art. 50 y 51 C.C.A.) 
En últimas 
La acción de tutela
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 
FILOSOFÍA, VISIÓN, MISIÓN, OBJETIVOS INSTTTUCIONALES 
ARTICULO 1. FILOSOFÍA DE LA INSTITUCIÓN: La institución fundamenta su 
quehacer en una concepción humanista, basada en los modelos pedagógicos 
histórico cultural y escuela nueva, que otorgan una valoración equilibrada a los 
elementos que intervienen en los procesos de enseñanza y de aprendizaje, 
retoma el rol protagónico del estudiante como el sujeto de sus procesos de 
aprendizaje y al docente como sujeto en los procesos de enseñanza, 
considerando el conocimiento como el legado cultural de la humanidad digno de 
ser conocido y comprendido considerando la comprensión de la realidad el punto 
de llegada a través de procesos cognitivos adquiridos con anterioridad. Tiene 
como finalidad impartir formación integral que potencie todas las dimensiones del 
individuo y le permita un desarrollo acorde a la dinámica de su entorno y del país 
teniendo en cuenta la defensa de los valores, la unidad familiar, el trabajo y la 
tecnología logrando que el proceso de aprendizaje se desarrolle dentro de un 
marco dinámico y transformador. 
ARTICULO 2. MISIÓN DE LA INSTITUCIÓN. 
La Institución Educativa Técnica Guasimal, es una entidad de carácter oficial, de 
organización y de origen rural. Son sus propósitos fundamentales, la formación 
integral sin ninguna discriminación, desarrollando competencias laborales, 
procesos científicos, tecnológicos, éticos, espirituales, culturales, deportivos, que 
contribuyan a la construcción de su proyecto de vida. 
ARTICULO 3. VISIÓN DE LA INSTITUCIÓN 
La institución educativa técnica guasimal, será en el 2015 un centro educativo 
reconocido a nivel regional, por la calidad de los servicios prestados, en cuanto a 
educación y proyección a la comunidad sin distingos sociales, económicos y 
políticos, utilizando los diferentes medios de aprendizaje, para la transmisión y 
construcción del conocimiento. Todo esto apoyado en un gran equipo de trabajo 
humano capaz y competente 
ARTICULO 3. OBJETIVOS INSTITUCIONALES. 
-Promover valores cívicos y culturales que contribuyan a la solución de problemas 
del entorno. 
-Desarrollar en los estudiantes las capacidades necesarias que les permitan 
continuar de manera eficiente un nivel de estudio superior. 
-Brindar a todos los estudiantes la oportunidad de aprender y propiciarles las 
Manual de convivencia - 13 -
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 
condiciones para que todos logren hacerlo. 
- Mejorar la calidad de la Educación, formando al estudiante integralmente sobre 
los valores éticos, morales, culturales, de salud y respeto a todo lo que le rodea. 
-Fomentar en los estudiantes amor por la vida y la libertad bajo los parámetros de 
la democracia y la solidaridad. 
-Involucrar activamente a toda la comunidad educativa con el objeto de desarrollar 
satisfactoriamente todo el quehacer educativo. 
- Inculcar en los estudiantes conciencia y dignidad personal y la de los demás. 
-Fomentar el desarrollo permanente de habilidades, potencialidades y destrezas 
físicas, afectivas y psicológicos en el estudiante como eje fundamental de modo 
que pueda encontrar el mismo su sentido de vida y su realización personal. 
- Apoyar las pedagogías utilizadas propiciando la participación, la creatividad, el 
sentido crítico, reflexivo y la investigación en un ambiente psicológico donde le sea 
posible vivir la auténtica democracia. 
-Reconocer la acción de la tecnología, en el desarrollo de actividades escolares y 
familiares como medio para mejorar la formación. 
-Permitir a los órganos del gobierno escolar una participación activa para que se 
tomen decisiones consecuentes y benéficas. 
Manual de convivencia - 14 -
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 
CAPITULO lll 
DERECHOS Y DEBERES DE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES 
ARTICULO 4. SON DERECHOS DE LOS DOCENTES 
1. Ser respetados, valorados y estimulados por todos los miembros de la 
comunidad educativa. 
2. Participar en todas las actividades de la institución 
3. Ser informados y participar oportuna y eficazmente en todo lo concerniente. 
Pertinente (elaboración y/o corrección) al PEI 
4. Presentar descargos y ser escuchado en caso necesario 
5. Elegir y ser elegidos en los organismos representativos de la institución. 
6. Utilizar los materiales pedagógicos de la institución 
7. Seguir el conducto regular para resolver las situaciones que se presenten con 
todos los miembros de la comunidad educativa. 
8. Participar en actividades de carácter sindical. 
9. Solicitar y obtener los permisos, licencias y comisiones de acuerdo a las 
disposiciones legales pertinentes. 
10. Recibir cursos de capacitación y / o actualización. 
11. Disfrutar del servicio de bienestar que llene todos los requisitos de sanidad. 
12. Y los demás estipulados por las normas vigentes. 
ARTICULO 5. DEBERES DEL DOCENTE 
1. Conocer y cumplir el Manual de convivencia de la institución y hacerlo base 
fundamental de sus acciones y determinaciones. 
2. El profesor docente debe dar buen ejemplo para la comunidad en eficiencia, 
eficacia, identificación con la entidad y compromiso, en el correcto desarrollo de 
sus labores pedagógicas. En: eficacia, eficiencia, compromiso, sentido de 
pertenencia con la Institución en el cumplimiento del desarrollo de labores 
pedagógicas 
3. Tener una presentación personal adecuada para el desarrollo de su labor 
diaria .como modelo que somos para los estudiantes 
4. Elaborar el plan de área anual dentro de las normas previstas. 
5. Llevar los controles de clase diarios y demás documentos que se requieren 
como parte complementaria preparar el trabajo para las clases llevando los 
controles diarios con la documentación requerida dentro de los procesos 
educativos. 
6. Ser puntual en el cumplimiento de su horario de trabajo. 
7. emplear estrategias Aplicar métodos pedagógicos modernos acordes con los 
procesos y la temática de la clase. 
8. Preparar cuidadosamente el trabajo en clase y supervisar permanentemente 
Manual de convivencia - 15 -
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 
los procesos. Revisar constantemente los procesos de enseñanza apendizaje. 
9. Mantener una actitud respetuosa hacia el estudiante, padres de familia y 
demás personal de la institución. 
10. Cuidar y Velar por los elementos de trabajo y la disciplina dentro del 
establecimiento. El buen uso de los muebles e inmuebles de la Institución. 
11. Cumplir con los tumos de disciplina durante la jornada prevista como parte de 
sus funciones. Ser el primero en llegar y el último en salir del establecimiento. 
12. Responder por la jefatura de área, dirección de grado y desarrollo de los 
planes y programas, 
13. Tener diálogos constantes con los padres de familia y directivos para el mejor 
logro de sus objetivos. 
14. Responder por las fallas que se presenten en el proceso de enseñanza 
aprendizaje ya sea por omisión o exceso ante la autoridad educativa, 
15. Permanecer todo el tiempo de su jornada laboral dentro de la institución para 
ejercer actividades de orientación del proceso educativo. 
16. Participar positivamente del desarrollo de cada proceso científico, práctico, 
preventivo y formativo. De los procesos pedagógicos. 
17. Hacer uso de todos los recursos que dispone la institución para el ejercicio de 
su trabajo. 
18. Postularse para conformar consejo directivo y/o académico. 
19. Informar al estudiante de su rendimiento en cada proceso evaluado. Así mismo 
su nota de período antes de pasar las planillas al sistema. 
20. Aplicar la evaluación de acuerdo al SIEC (Sistema Institucional de Evaluación 
Concertada) 
21. Atender a los estudiantes y padres de familia (dentro de un horario 
establecido) 
22. Verificar la asistencia diaria de los estudiantes y pasar informe a coordinación 
para su control. 
23. Aplicar el conducto regular en todo proceso de orden disciplinario o de 
rendimiento académico. 
24. Abstenerse de retirar estudiantes de la clase o de la institución como medida 
disciplinaria sin el debido proceso. 
25. Recibir los reclamos y Atender las solicitudes hechas por los estudiantes, 
acudientes o padres de familia que se hagan a través de los conductos regulares 
enmarcados en la veracidad, por la institución y las personas vinculadas a estos. 
26. Todo profesor debe estar dispuesto a: 
a. Hablar Dialogar y aclarar con su estudiante todas las dudas de tipo 
académico y disciplinario o de evaluación referente a su asignatura. 
b. Enterar al director del curso respectivo, jefe de área o coordinador 
de las irregularidades que se presentan en el desarrollo de su labor académica 
en el área. 
c. Plantear si fuere necesario la situación ante el consejo directivo, 
académico o estudiantil. 
27. No discriminar el estudiante por razón de sus creencias políticas, filosóficas, 
de género, religiosas, ni por diferencias dadas en condiciones sociales, 
Manual de convivencia - 16 -
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 
personales, raciales, culturales o económicas, disciplinarías o bajo rendimiento. 
28. Debe Registrar y dar a conocer al estudiante de las anotaciones (es)que se 
haga (n) en el anecdotario, observador verificando que éste firme junto con el 
acudiente si es el caso al estudiante correspondiente, quien es el interesado de su 
situación para poder organizar sus descargos. 
29. Asistir y participar en los actos programados al interior de la institución o 
invitaciones que reciba la misma y sean de carácter social, lúdico o pedagógico. 
30 .Abstenerse de exigir a los estudiantes textos que no sean básicos para el 
desarrollo de las labores académicas generales, o debidamente autorizados por la 
secretaría de Educación o Consejo Directivo. 
31. Considerar como suya la institución y en consecuencia interesarse y colaborar 
con el aseo, presentación, conservación de la planta física y de los demás 
elementos dispuestos para su uso en las diferentes dependencias. Colaborar en 
mantener el entorno libre de todo agente contaminante. 
32. Atender al estudiante dentro de su misma jornada para la realización de las 
recuperaciones respectivas, respetando las fechas establecidas por la Institución. 
cuando éste solicite recuperación del área perdida, fijar y cumplir de común 
acuerdo las fechas respectivas y fijar con claridad la temática respectiva. 
33. El director de grado debe organizar los estudiantes en equipos de trabajo para 
que le colaboren con la presentación del aula de clase. 
34. El director de curso debe informar a los padres de familia sobre el rendimiento 
y comportamiento general de los estudiantes en cada período, debe dejar 
constancia de las reuniones ordinarias y extraordinarias que realice con los padres 
y estudiante y hacer firmar los compromisos. 
35. Cumplir con exactitud el registro respectivo de las notas en la plataforma la 
entrega de planillas e informes de cada período entendiendo las fechas 
programadas, sopena de estar expuesto a las acciones disciplinarias a que diere 
lugar. 
36. La delegación a cursos o charlas pedagógicas implica la socialización de esos 
conocimientos con el resto de profesores. Socializar la información recibida de las 
capacitaciones a quien corresponda. 
37. Utilizar la hora clase exclusivamente en actividades netamente relacionadas 
con el desarrollo pedagógico del área (Decreto 734/02) 
38. En caso de accidente el profesor debe intervenir para que el estudiante se le 
preste en forma inmediata los primeros auxilios e informar por escrito lo pertinente. 
39. Propender por el buen comportamiento de los estudiantes dentro y fuera de la 
Institución 
ARTICULO 6. DEBERES DE LOS DIRECTIVOS DOCENTES 
1. Conocer el manual de convivencia y hacerlo base fundamental de sus acciones 
y determinaciones. Ser ejemplo para la comunidad en eficiencia, eficacia e 
identificación con la entidad en el correcto desarrollo de sus proyectos. 
2. Desarrollar la ley 115 y Decreto Reglamentario 1860 Ley 715, decretos 1290 
(SIEC) y 1850 y sus posteriores reformas. 
Manual de convivencia - 17 -
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3. Promover en la comunidad educativa la práctica del Manual de Convivencia. 
4. Informar a la comunidad y poner en práctica las directrices trazados por los 
consejos académicos y directivo. 
5. Mantener canales claros de comunicación dentro de los diferentes estamentos. 
6. Participar democráticamente en la toma de decisiones en los comités y 
consejos que le correspondan a su cargo. 
7. Gerenciar con equidad y justicia. 
8. Promover eventos científicos, culturales, artísticos y deportivos dentro de la 
institución y fuera de ella. 
9. Controlar la puntualidad y asistencia de los profesores. 
10. Denunciar sin tardanza los delitos ante las autoridades competentes. 
11. Llevar los controles requeridos y las actas reglamentarias de cada reunión con 
directivos, profesores, jefes de área o estudiantes. 
12. Hacer el plan de su unidad administrativa y supervisar la ejecución y 
cumplimiento de horarios, cronogramas y organigramas. 
13. Supervisar y orientar la conservación y mantenimiento de materiales y 
equipos. 
14. Dar pautas de técnicas metodológicas y procesos didácticos para mejorar el 
trabajo. 
15. Junto con el comité de evaluación y promoción analizar las estadísticas de 
bajo rendimiento académico en cada período para hacer los correctivos. 
16. Atender y resolver problemas que le sean presentados por los diferentes 
estamentos de acuerdo a sus competencias específicas. Todo esto dentro de un 
espíritu de cordialidad y respeto mutuo. 
17. Hacer la distribución de cargas asignaciones académicas dentro de los 
principios de equidad e igualdad de acuerdo con una de las áreas, asegurando el 
mejor aprovechamiento del recurso humano. 
18. Comunicar oportunamente a los profesores y estudiante sobre las decisiones o 
determinaciones tomadas. 
19. Presentar el proyecto de planeamiento de actividades anuales. 
20. Orientar la ejecución del PEI y aplicar las decisiones del gobierno escolar. 
21. Hacer un balance de necesidades para gestionar la solución de estas. 
22. Fomentar y facilitar la capacitación de los docentes en cada una de las áreas 
y/o especialidades. 
23. Diseñar y a conocer el manual de funciones del docente. 
24. Prohibir la comercialización de bienes o servicios dentro de comunidad 
educativa por parte de los docentes 
Manual de convivencia - 18 -
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CAPITULO IV 
DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA 
ARTICULO 7. SON DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA 
1. Matricular libre y voluntariamente a cada uno de sus estudiantes en la 
institución. 
2. Velar porque sus hijos reciban formación académica, moral y ética de la más 
alta calidad acorde a la filosofía de la institución. 
3. Recibir de la comunidad educativa trato cordial, amable, serio y responsable. 
4. Recibir a tiempo información oportuna y veraz de los logros obtenidos, 
desaciertos o deficiencias de aprendizaje. 
5. Ser escuchado por los directivos y docentes para resolver cuestiones 
inherentes al compromiso educativo de sus estudiantes, en horario que para tal fin 
programe la institución. 
6. Acompañar a su hijo [a] cuando este lo considere necesario en los reclamos 
que tenga a bien presentar ante las directivas o profesores del instituto. De la 
Institución 
7. Recibir información sobre el rendimiento escolar de los hijos cuando lo solicite. 
8. Proponer iniciativas y sugerencias que contribuyan al mejor funcionamiento del 
plantel. 
9. Hacer reclamos justos y respetuosos, dentro del tiempo fijado por las normas 
legales e institucionales. 
10. Conocer oportunamente, las investigaciones y sanciones que afecten al 
estudiante, acudidos o hijos. 
1 1. Pertenecer al Consejo Directivo, Consejo de Padres y Asociación consejo de 
Padres. 
12. Ser considerado miembro de la comunidad educativa. 
ARTICULO 8. SON DEBERES DE LOS PADRES. 
Los padres de familia como parte de la comunidad educativa, según el Art. 68 de 
la constitución política y los dispuestos en la Ley General de Educación, dice: "la 
familia como núcleo fundamental de la sociedad y primer responsable de la 
educación de los hijos, hasta la mayoría de edad (18 años)" debe: 
1. Cumplir las normas y mandatos contenidos en el Manual de Convivencia y tas 
demás normas que reglamentan la educación como son la ley 115/ 94, el Decreto 
Reglamentario 1860/94 y demás normas que dicte el Ministerio de Educación. 
2. Presentarse a registro de matrícula con o sin estudiante con el fin de adquirir el 
compromiso y la responsabilidad en la educación de sus hijos(as). Esta función no 
puede ser delegada por ser obligación esencial de los Padres, en caso de 
impedimento del mismo, autorizarán por escrito al acudiente. La institución se 
reserva el derecho de aceptar o no la delegación. 
Manual de convivencia - 19 -
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 
3. Controlar y revisar oportunamente en casa, el desarrollo académico de sus 
hijos(as) cuando sea pertinente. 
4. Participar con sus hijos(as) en la organización del tiempo libre para el estudio y 
recreación en familia. 
5. Dotar a los hijos(as) de uniformes completos, útiles y elementos indispensables 
para el óptimo desarrollo y aprovechamiento estudiantil. 
6. Fomentar en sus hijos(as) hábitos de estudio, comunicación, así como brindarle 
mucho afecto y apoyo humano. 
7. Estar siempre enterado de las amistades y lugares que frecuentan sus hijos(as) 
y buscar los correctivos necesarios. 
8. Informarse periódicamente sobre el rendimiento académico, asistencia y 
comportamiento de sus hijos(as) o cuando lo crea conveniente antes de terminar 
cada período. 
9. Cumplir con los conductos regulares para las diferentes gestiones académicas y 
administrativas establecidas en el Manual de Convivencia. 
10. Colaborar de manera decidida y oportuna en las actividades que programa la 
institución. 
11. Asegurarse de que quede plenamente verificada cualquier situación 
académica o disciplinaria de sus hijos (as) dentro de los cinco (5) primeros días 
hábiles siguientes a su ocurrencia. La Institución NO acepta reclamos 
extemporáneos al respecto. 
12. Responsabilizarse de los compromisos a cumplir después de un llamado 
disciplinario o académico, firmando el observador del estudiante que lleva cada 
docente. 
13. Enviar a su hijo(a) o acudido(a) todos los días correctamente presentados y 
con el uniforme completo. En caso contrario, su hijo(a) o acudido(a) será 
devuelto(a) a casa para que se uniforme adecuadamente y regrese al plantel. 
14. Sufragar todos los gastos que ocasionen los hijos(as) por concepto de daño en 
cualquier cosa ajena, particular o privada de uso individual o colectivo dentro o 
fuera de la institución, por daños o agresión personal fuera o dentro de la 
institución. Lo anterior no quedará exento de la respectiva sanción disciplinaria de 
acuerdo al Manual de Convivencia. 
15. Atender a la convocatoria a reuniones de Padres por parte de las Directivas de 
la institución en el horario establecido. 
16. Justificar la inasistencia a la institución. 
17. Dar buen trato a la institución, el Rector(a), coordinador profesores y demás 
miembros administrativos y de la comunidad educativa. 
18. Presentar proyectos de mejoramiento académica y mejoramiento de la 
estructura de la institución. 
19. Tomar parte activa en el Consejo Directivo y Consejo de Padres de cada curso 
con el fin de colaborar con los docentes y estudiantes en el mejoramiento de la 
Institución. 
PARÁGRAFO. El padre de familia y/o acudiente que irrespete o ultraje verbal o 
físicamente a un miembro de la comunidad o incumpla las normas de la institución 
Manual de convivencia - 20 -
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podrá ser objeto de: 
Suspensión de carácter como acudiente 
- Prohibición de su ingreso a la Institución de manera temporal 
- Llamado verbal. 
Cuando el padre de familia no asista a las reuniones debe enviar excusa y 
presentarse posteriormente a averiguar el tema tratado, de no hacerlo, el 
estudiante será devuelto a su casa con la respectiva notificación escrita. 
Manual de convivencia - 21 -
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CAPITULO V 
DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES 
ARTICULO 9. SON DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES. 
Se entiende por deber toda responsabilidad que el estudiante asume ante la 
institución. 
1. Ser admitido en la Institución, sin distinción de ninguna índole. 
2. Ser atendidos en forma individual o colectiva en los aspectos físicos, 
intelectuales, moral y socio afectivo. 
3. Ser ubicados en el nivel escolar que le corresponde de acuerdo a su madurez 
psicomotriz e intelectual. 
4. Ser evaluados en forma justa y promovidos al grado siguiente de acuerdo con 
el nivel de desarrollo y habilidades dando cumplimiento a las normas referentes a 
promoción. 
5. Participar en todas las actividades escolares programadas por las directivas, 
tendiendo a su propio beneficio cultural, social y comunitario. 
6. Disfrutar correctamente de todas las instalaciones, muebles materiales y 
servicios establecidos en el plantel para su beneficio. 
7. Ser oído antes de ser sancionado ejerciendo e! derecho a la defensa, 
ayudando responsablemente al esclarecimiento de situaciones en las cuales 
puede estar involucrado. 
8. Conocer las calificaciones de parte de los profesores antes de ser registradas 
en las planillas respectivas. 
9. Ser atendido en sus reclamos y solicitudes particulares, que hagan a través de 
los conductos regulares, enmarcados en la honestidad, veracidad, el respeto por 
la filosofía de la institución y por la comunidad educativa en general, así: profesor 
de la materia asignatura, jefe de área, director de grupo, profesor de disciplina, 
coordinador y rector. 
10. Ser tratados por parte de los profesores, directivos y demás personas 
particulares del gobierno Escolar con la consideración, respeto, aprecio y justicia 
que todo ser humano merece de sus semejantes. 
11. Recibir una educación e instrucción adecuada que le garantice una formación 
integral que le sirva para desempeñarse en su medio ambiente, de acuerdo con 
los programas académicos y objetivos institucionales. 
12. Conocer con anterioridad los objetivos generales y específicos de cada 
asignatura como los criterios seleccionados para la evaluación de su rendimiento. 
13. Conocer las anotaciones que por su comportamiento haga su respectivo 
profesor en el observador del estudiante para hacer los reclamos pertinentes 
según el caso. 
14. Ser atendidos oportuna y debidamente por parte de los profesores y directivos 
en lo que se refiere al informe descriptivo, solicitud de certificado de estudios, 
constancias y otros. Estas solicitudes se harán durante los horarios establecidos. 
Manual de convivencia - 22 -
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15. SolicitarRecibir un buen servicio, alimentos balanceados y en buen estado que 
ofrecen en la tienda escolar. y calidad en los alimentos que se ofrecen en el 
refrigerio reforzado en el recreo. 
16. Solicitar a los profesores y autoridades escolares la organización durante el 
período académico de algunos medios de comunicación masiva, que les permita 
expresar sus opiniones, quejas, denuncias o iniciativas para el mejoramiento de la 
calidad educativa en la vereda. 
17. Promover y participar en campañas que busque el bienestar y superación 
estudiantil e institucional. 
18. Solicitar el reconocimiento y respeto de los derechos consagrados que son 
fundamentales para toda persona, en la constitución política de Colombia; el 
código del Menor, leyes, civiles, penales. Ley general de la Educación y otras 
normas vigentes. 
19. Ser protegido y orientado contra el consumo y distribución de sustancias que 
puedan producir dependencia y afectar el bienestar físico y mental propio de sus 
semejantes (Código Menor Art.15). 
20. Ser acreedor a estímulos, según su rendimiento académico, artístico, deportivo 
o cultural. 
21. Promover iniciativas y sugerencias en beneficio de la educación y de la misma 
institución. 
22. Exigir a los profesores que se cumplan las clases y actividades programadas 
en forma puntual y completa, como las normas legales vigentes sobre evaluación 
y promoción. 
23. Recibir una orientación adecuada para la elaboración de trabajos escritos, 
consultas, tareas, carteleras, etc. Ser revisados y corregidos correctamente por los 
profesores. 
24. Velar por el cumplimiento del Manual de Convivencia, siguiendo el conducto 
regular y haciendo participe al gobierno escolar. 
25. Postularse para integrar los diversos comités. 
26. Hacer uso permanente de la autoevaluación y coevaluación con su plena 
participación. 
ARTICULO 10. SON DEBERES DE LOS ESTUDIANTES EN EL ORDEN 
ACADÉMICO 
1. Asistir puntualmente a todas las clases y actividades programadas en el plantel. 
2. Cumplir las tareas, lecciones y trabajos señalados por los profesores. 
3. El estudiante deberá mantener permanente atención a las explicaciones y 
orientaciones, buscando su participación activa y ordenada de acuerdo a las 
pautas por el profesor, 
4. Cuando por alguna circunstancia el profesor se ausente, el estudiante deberá 
proceder con orden a la elaboración de alguna tarea o en su defecto estudiar el 
tema que corresponde posteriormente. 
5. El estudiante deberá traer al plantel los cuadernos y demás útiles escolares 
que los profesores indiquen, tratarlo con cuidado y vigilar permanentemente para 
Manual de convivencia - 23 -
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que algunos de sus elementos no se extravíen. 
6. Presentar en las fechas señaladas las evaluaciones. 
7. Participar en las actividades deportivas, sociales, culturales y comunitarias de 
una forma organizada, sería y respetuosa. 
8. Justificar su ausencia de clase, a través de la presencia del acudiente o 
mediante una excusa por escrito firmada (con 25% de fallas se pierde la 
asignatura). 
EN EL ORDEN DISCIPLINARIO 
1. Conocer y acatar el Manual de Convivencia del Plantel. 
2. Presentar justificaciones por escrito a retrasos o inasistencias firmadas por el 
acudiente respaldado por una certificación médica. 
3. Portar permanentemente el carnet estudiantil, presentarlo cuando fuere 
necesario. 
4. Permanecer en el plantel durante toda la jornada escolar y en los sitios 
programados para cada actividad. 
5. Desplazarse inmediatamente a sus hogares cuando se termine la jornada 
escolar. 
6. Entregar a los acudientes o padres de familia las comunicaciones escritas o 
verbales que el plantel les envíe. 
7. Guardar el comportamiento debido en cada una de las diferentes zonas del 
plantel: Sala de sistemas, aulas de clase, patio de recreo, cocina, baños, etc. 
Durante las horas de clase y en los cambios de clase, ningún estudiante debe 
permanecer fuera del aula respectiva, excepto que haya sido citado o enviado a 
otras dependencias. 
8. Asistir a la institución y permanecer en la misma con el uniforme debidamente 
llevado y bien presentado(a). En el caso de las niñas cogerse el cabello y no 
asistir maquilladas ni con las uñas pintadas, los jóvenes con el cabello corto y bien 
peinado. 
9. Utilizar los servicios del plantel tales como Refrigerio Reforzado, Biblioteca, 
Sala de sistemas, guardando el respeto y cuidado que garantice la seguridad y el 
bienestar de quienes lo acompañen; además respetar los turnos de los 
compañeros u otras personas. 
10. Estar a tiempo a la hora de la entrega del refrigerio reforzado y almuerzo ya 
que así se evitará atrasos en el inicio de clases y se podrá organizar esta actividad 
con mayor calma y respeto. 
11. Se tomará el refrigerio en completo orden y silencio respetando la fila y el turno 
que le corresponde. 
12. Los estudiantes de preescolar cumplirán con el horario de acuerdo con lo 
dispuesto por el Ministerio de Educación Nacional. 
13. Los permisos para retirarse del plantel deben ser por escrito firmado por el 
acudiente y autorizado por el coordinador, profesor de disciplina o rector. 
14. Toda falta a clase será registrada en los controles de asistencia. 
Manual de convivencia - 24 -
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 
15. Todas las solicitudes, reclamos deberán presentarse en forma respetuosa e 
individualmente, a su debido tiempo. 
16. Pedir permiso al profesor encargado de la disciplina, para ingresar a un salón 
en horas de recreo. 
17- Participar en orden, silencio y respeto en las formaciones que se organicen en 
el plantel. 
18. Tener sentido de pertenencia y en consecuencia interesarse y 
responsabilizarse del aseo, presentación correcta, conservación de la planta física 
y de sus implementos, los libros con que cuenta el plantel y la preservación del 
medio ambiente. 
19. En particular cuidar los textos y libros de consulta, las sillas y mesas de 
trabajo, computadores, no arrojar basuras en los pisos y patio, no colocar avisos 
no autorizados en muros y puertas, dejar el aula correspondiente en perfecto 
estado de orden y aseo, 
20. Los estudiante que causen algún daño en la planta física, en el mobiliario o en 
útiles de sus compañeros tienen las siguientes obligaciones: Dar aviso inmediato 
al director de grupo reparar a la mayor brevedad posible el daño causado. El no 
cumplimiento de esta obligación ocasionará suspensión y citación al padre de 
familia o acudiente al plantel mientras se cumple con la reparación. 
21. Hacer buen uso de la tienda escolar solamente durante la hora de descanso. 
22. No ingresar a la sala de profesores sin permiso. 
23. Finalizado el año escolar entregar el pupitre en buen estado y debidamente 
pintado. 
EN EL ORDEN SOCIAL 
1. La honradez, los buenos modales, el compañerismo y el respeto por sus 
superiores y compañeros de estudio son cualidades que deben prevalecer en el 
estudiante que pertenece a la institución. 
2. Cuidar y conservar los servicios sanitarios. 
3. El estudiante debe cooperar en el arreglo del aula, el orden, aseo, e higiene de 
la institución en general. 
4. El comportamiento del estudiante fuera del plantel deberá ser intachable puesto 
que así se manifestará el aprecio, cariño y respeto que se tiene por la institución. 
5. Respetar y valorar los símbolos patrios, las autoridades democráticas 
constituidas y valores sociales, patrios y humanos. 
6. Utilizar dentro y fuera de las aulas un lenguaje decente y respetuoso que 
excluya toda palabra vulgar u ofensiva, 
7. Tratar a todas las personas, (Rector, coordinador, profesores, compañeros, 
padres de familia, etc.) con la debida consideración, respeto y cortesía. 
8. Cuidar sus respectivas pertenencias, abstenerse de llevar objetos de valor y 
colaborar en el cuidado de los útiles y bienes de los compañeros. 
9. Mantener con los compañeros relaciones cordiales, de ayuda, colaboración, 
solidaridad que busque el bien común y social. 
10. Abstenerse de formar parte de asociaciones o grupos de cualquier carácter 
que tenga como fin causar daño a la sociedad en general y el desajuste individual 
Manual de convivencia - 25 -
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en lo moral y psicológico. Esta conducta será informada por la institución a las 
autoridades civiles competentes y padres de familia. 
EN EL ORDEN MORAL 
1. No deberán traer al plantel libros, revistas, CDS. Memorias USB u otro material 
con sentido pornográfico; además no traer joyas, celulares instrumentos cortantes, 
armas de cualquier clase, drogas alucinógenas psicoactivas, bebidas alcohólicas u 
otros elementos que causen problemas al orden escolar. 
2. No deben atentar contra el prestigio y el buen nombre de la institución, 
mediante desorden colectivo, que causen mal ambiente en la opinión pública. 
3. No irrespetar a sus superiores, padres de familia, compañeros y demás 
personas con malas palabras, calumnias e injurias. 
4. No atentar contra la moral y las sanas costumbres de nuestra comunidad. 
EN EL ORDEN DEPORTIVO 
1. La participación de las actividades deportivas obedecerá a la programación que 
los profesores indiquen y durante ella el estudiante deberá observar conservar un 
comportamiento de compañerismo, respeto y espíritu deportivo. 
2. En las clases de educación física y actividades recreativas deberá asistir con el 
uniforme indicado para tal efecto. 
3. Es un deber responder por los daños producidos a los elementos deportivos, 
cuando sean causados por el mal uso o descuido en el mantenimiento. 
Manual de convivencia - 26 -
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 
CAPITULO VI 
ARTICULO 11. ADMISIONES Y MATRICULAS 
1. Requisitos para los estudiantes que ingresan por primera vez a la Institución: 
fotocopia del carné de vacunas (para preescolar),certificado de estudio de los 
grados anteriores, registro civil de nacimiento, 2 fotos 3X4, paz y salvo , fotocopia 
del SISBEN , fotocopia del servicio de salud ,fotocopia del anecdotario, fotocopia 
de la tarjeta de identidad o cédula, fotocopia de la cédula de los padres o el 
acudiente, fotocopia de un recibo de servicios públicos, certificación de la 
desvinculación del SIMAT. 
2. Requisitos para estudiantes antiguos: boletín del año anterior, paz y salvo 
debidamente diligenciado, 2 fotos 3X4. 
3. La matrícula debe ser diligenciada personalmente por el Padre de Familia y el 
estudiante. 
4. Firmar el libro de matrícula. 
5. Los estudiantes de otras instituciones en cuyos currículos no aparezcan áreas 
de la especialidad ofrecida por nuestro plantel deberán nivelarlas por ser exigencia 
básica de nuestra formación. 
ARTICULO 12. IMPEDIMENTOS PARA SER ACUDIENTE 
1. Ser menor de edad. 
2. Tener discapacidad mental. 
3. Estar vinculado a la institución como funcionario o estudiante a excepción 
estado de viudez o separación de hecho, o ambos padres trabajen en el plantel. 
Manual de convivencia - 27 -
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CAPÍTULO VII 
PROHIBICIONES Y FALTAS DE LOS ESTUDIANTES, CORRECTIVOS Y 
SANCIONES, DEBIDO PROCESO. 
ARTICULO 13. SE PROHIBE A LOS ESTUDIANTES 
1. Incumplir cualquiera de los deberes de los estudiantes. 
2. Portar armas o sustancias que pongan en peligro la integridad física de los 
compañeros. 
3. Destruir o dañar los elementos de los compañeros 
4. Usar prendas diferentes a los uniformes y accesorios extravagantes y maquillaje 
(las niñas) 
5. Utilizar vocabulario soez, vulgar e irrespetuoso u ofensivo o ademanes de la 
misma Índole. 
6. Traer material pornográfico al colegio. 
7. Agredir física y verbalmente a sus profesores, compañeros y demás miembros 
de la comunidad educativa, dentro y fuera de la institución. 
8. Apropiarse de objetos ajenos. 
9. Comercializar dentro de la institución, cualquier tipo de producto. 
10. Deteriorar el medio ambiente, arrojando basuras, maltratando jardines, usando 
irracionalmente el agua, los recursos energéticos y exceder en ruidos. 
11. Promover y participar en peleas dentro y fuera de la institución. 
12. Salir de la institución o de las clases en horas de la jornada de estudio sin 
autorización del profesor. 
13. Presentarse en estado de embriaguez 
14. La amenaza y la intimidación a cualquier miembro de la comunidad educativa 
de manera verbal, escrita, virtual (redes sociales, mensajes de texto)(matoneo). 
15. El fraude comprobado en evaluaciones y trabajos. 
16. Portar, distribuir y consumir dentro de la institución: bebidas alcohólicas, 
cigarrillos, sustancias psicoactivas y alucinógenas. 
17. Traer a la institución objetos de valor: joyas, celulares, etc. La institución no se 
hace responsable por estas pérdidas o daños. El uso de objetos tales como 
Tablet, celulares, iphone, ipad, entre otros, sin la debida autorización del 
docente,la Institución no se hace responsable por perdidas o daños de los 
mismos. 
18. Traer juegos de azar 
19. Arrojar elementos dentro o fuera de la institución que pueda afectar 
físicamente a las personas. 
20. Ejecutar actos o hacer demostraciones eróticas sexuales en la institución. 
21. Permanecer en los salones de clases en horas de descanso 
22. Usar los varones el cabello largo, tinturado y aretes. 
23. Llegar tarde a las clases o a las actividades programadas por la institución. 
24. Dañar las instalaciones físicas. 
25. Elaborar grafitis en los muros, paredes del colegio y sitios aledaños 
Manual de convivencia - 28 -
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 
26. Realizar comportamientos indebidos por fuera de la institución portando el 
uniforme o símbolos de la institución (juegos, máquinas, billares, cines, etc). 
27. Usar pirsin. 
28. Practicar la piromanía en cualquiera de sus manifestaciones dentro y fuera 
dela institución. 
29. incurrir en cualquiera de las faltas leves, graves o gravísimas incluidas en el 
pacto de convivencia 
ARTICULO 14. CONSTITUYEN FALTAS ACADÉMICAS LEVES 
Dará lugar a imposición de correctivos: 
1. Violación de los deberes académicos indicados en este manual 
2. El incumplimiento de tareas, trabajos e implementos para el normal desarrollo 
de las clases. 
3. Distraerse en las clases o realizar actividades diferentes a la asignatura. 
4. Hacer fraude comprobado en los trabajos o evaluaciones. 
5. Tener rendimiento académico bajo. La persistencia en el bajo rendimiento con 
falta de voluntad para mejorar. 
6. Faltar a las clases sin ninguna excusa. 
7. Obstaculizar el trabajo de docentes y compañeros. 
PARAGRAFO. Reiterar tres vecs en las faltas leves las convierte en faltas graves 
ARTICULO 15. DE LAS FALTAS DISCIPLINARIAS Y DE COMPORTAMIENTO 
Las faltas disciplinarias se clasifican en leves, graves, gravísimas y colectivas. 
ARTICULO 16. SE CONSIDERAN FALTAS LEVES 
1. Portar de manera incorrecta los uniformes. 
2. Llegar tarde al colegio, al salón de clases y demás actividades 
programadas por la institución. 
3. Permanecer en los salones en horas de descanso. 
4. Mostrar una presentación no acorde con las exigencias del colegio y con el 
porte del uniforme. 
5. Retirarse de clase sin autorización del profesor. 
6. No respetar el conducto regular. 
7. Usar o portar elementos que interfieran en su actividad académica. 
8. Vender productos dentro de la institución. 
9. Utilizar apodos para dirigirse a sus compañeros, directivos, docentes y 
personal en general que labora en la institución. 
10.Consumir alimentos en los siguientes sitios: Rectoría, Biblioteca, aulas de 
clase, sala de sistemas. 
11.No informar oportunamente a los padres de familia o acudientes de las 
Manual de convivencia - 29 -
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 
reuniones que se requiere su presencia.Retener o no suministrar 
oportunamente la información enviada a los padres, madres y/o acudientes 
de las reuniones, citaciones, cuando se requiera la presencia en la 
institución 
12.Presentarse al colegio, o lugares en que deba representar a la institución, 
sin el uniforme correspondiente. 
13. Faltar al colegio sin justificación. 
14.No asistir a clases estando en el colegio. 
15.No acatar las órdenes impartidas. 
16.Esconder los útiles y objetos de sus compañeros. 
17.Arrojar basuras en los sitios que no corresponden o deteriorar el medio 
ambiente. - 
18.Presentar mal comportamiento en las formaciones y actos solemnes. 
19.Escribir letreros o grafitis en paredes, pupitres y demás bienes de la 
institución o sitios aledaños. 
20. Incumplir con el compromiso comportamental, establecido con el colegio. 
21.Utilizar dentro del aula el teléfono celular. 
22. Masticar chicles dentro y fuera de los salones de clase del colegio. 
23.Traer o acceder a material pornográfico. 
24.Arrojar objetos o elementos que causen daño. 
25.Jugar con harina, agua, huevos, pintura y otras sustancias similares que 
atenten contra la buena presentación de las instalaciones o de las 
personas, o contra la integridad física de las mismas. 
26.Asumir actitudes que menoscaben el buen nombre del colegio, lanzando 
improperios a los transeúntes mientras se desplazan hacia el plantel. 
27.Comprar en cafetería en horario no autorizado para estudiante. 
28.Dañar la planta física, los equipos y enseres del plantel. 
29.No regresar en forma oportuna y en el plazo estipulado textos y otros 
materiales facilitados en calidad de préstamo. 
30. No guardar las debidas distancias dentro de la Institución educativa, 
cuando existen compromisos de relaciones de noviazgos autorizados por 
sus padres o acudientes 
31. 
ARTICULO 17. SE CONSIDERAN FALTAS GRAVES 
1. Presentarse al colegio en estado de embriaguez, consumir licor o fumar 
dentro de él. 
2. Utilizar términos soeces para dirigirse a sus compañeros, directivos, 
docentes y personal en general que labora en la institución. 
3. Inasistencia reiterativa al colegio y a clase sin ninguna justificación. 
4. Participar en juegos que atenten contra la dignidad personal. 
5. Guardar información que pueda perjudicar a los miembros de la institución. 
6. Las manifestaciones amorosas que atenten contra el pudor sexual dentro 
de las instalaciones del colegio. 
Manual de convivencia - 30 -
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 
7. Apropiarse para sí o para terceros de objetos ajenos. 
8. Causar daños en los bienes muebles o inmuebles del colegio. 
8. Destrucción premeditada de bienes, muebles, enseres, materiales 
didácticas y planta física de la institución educativa. 
9. Quedarse en los salones, cuando se lleven a cabo actos comunitarios. 
10.Asumir actitudes que menoscaben el buen nombre del colegio. 
11.La agresión física, verbal y de hecho a cualquier miembro de la institución 
dentro y fuera de la misma. 
12.El pertenecer a pandillas, grupos delictivos, sectas satánicas, comunidades 
virtuales, redes sociales que directamente, o través de terceros amenacen 
o agredan de palabra o de obra a estudiantes, docentes o irectivos 
docentes dentro o fuera de la institución educativa. 
13.Realizar rifas, sorteos, apuestas que impliquen un beneficio de tipo 
personal. 
14.Dar un uso indebido al uniforme del colegio, por fuera de sus instalaciones. 
15.Presentar trabajos plagiados (incluida la información de internet) 
16.Portar, traficar y/o consumir, así sea la dosis personal de sustancias 
psicoactivas, tanto dentro como fuera del colegio. 
17.Participar directa e indirectamente en contra de cualquier miembro de la 
comunidad educativa del colegio. 
18.Agredir verbal o físicamente a cualquier miembro de la comunidad 
educativa del colegio. 
19.Evadirse del colegio. 
20.Utilizar el servicio de internet institucional para enviar mensajes obscenos, 
insultantes, intimidantes, vulgares o realizar actividades ilícitas. o 
actividades diferentes a las académicas 
21.No responder por pérdidas o daños en las instalaciones, bienes y servicios 
de la institución que ocurran con ocasión de mal uso o mal intencional. 
22.Burlarse o reírse de los errores cometidos en la clase o descanso por sus 
compañeros, irrespetando el libre desarrollo de la personalidad. 
23.La reiteración por tres (3) veces o más a las faltas leves. 
ARTICULO 18. SE CONSIDERAN FALTAS GRAVÍSIMAS 
1. La reincidencia de cualquiera de las faltas consideradas graves. 
2. Inducir al tráfico, no informar del tráfico o consumir cualquier tipo de 
psicoactivos dentro de la institución o en sus inmediaciones. 
3. Amenazar o coaccionar a miembros de la comunidad educativa. 
4. La calumnia comprobada hacia cualquier miembro de la comunidad educativa. 
5. La elaboración de anónimos, escritos en las paredes o pupitres que denigren 
de la institución o de cualquiera de sus miembros. 
6. El fraude en todas sus manifestaciones. 
7. Hurto comprobado 
8. Portar armas o elementos detonantes, que puedan utilizarse y causar en contra 
Manual de convivencia - 31 -
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 
de la buena marcha de la institución y la integridad de las personas. 
9. Utilizar sustancias químicas, con el propósito de causar daño, anarquía o 
terrorismo dentro del colegio. 
10. Asumir un comportamiento vandálico 
11. Manifestar y practicar actividades satánicas 
12. Utilizar los medios masivos de comunicación para denigrar de la institución. 
13. Expender o negociar con material pornográfico. 
14. Hacer demostraciones erótico-sexuales en cualquier dependencia de la 
institución. 
15. Chantaje moral o acoso sexual a cualquier miembro de la comunidad 
educativa (matoneo). 
ARTICULO 19. SE CONSIDERA FALTA COLECTIVA. 
Son aquellas en las cuales se involucran varios estudiantes, el curso o grupo en 
general, que por encubrimiento de la falta se imposibilita identificar el responsable 
de ella. Estas faltas requieren de una cuidadosa investigación, para evitar que 
aquellos estudiantes que no participaron, resulten afectados. En última instancia el 
o los estudiantes involucrados, se les aplicará el debido correctivo de acuerdo al 
presente manual. 
ARTICULO 2O. MEDIDA PREVENTIVA. 
El Sistema disciplinario debe garantizar la formación integral del estudiante 
fomentando el sentido de responsabilidad asegurando e! bienestar general y la 
buena marcha de la institución. 
Los directivos, docentes, padres de familia y estudiantes de la institución asumen 
el compromiso de conocer, difundir y cumplir el presente manual, para el éxito de 
la labor educativa buscando con ello que no haga escarnio público para el 
estudiante o se afecte su dignidad personal. 
ARTICULO 21. CORRECTIVOS PARA LAS FALTAS LEVES 
El correctivo debe tener valor formativo. 
Se pueden aplicar una o varias de las siguientes alternativas de acuerdo a la 
gravedad de la falta: 
1. Llamado de atención verbal. 
2. Anotación en el observador del estudiante 
3. Amonestación escrita con comunicación al padre de familia. 
4. Requerimiento del acudiente al plantel, quien firmará el acta de compromiso 
igual que el estudiante. 
5. Recomendación para seguimiento psicológico. 
6. Realización de trabajo y/o taller formativo sobre la falta cometida. 
Manual de convivencia - 32 -
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 
ARTICULO 22. CORRECTIVOS Y SANCIONES PARA LAS FALTAS GRAVES. 
Se pueden aplicar una o varias de las siguientes sanciones: 
1. Amonestación con anotación en el observador del estudiante. 
2. Llamado al padre de familia con anotación, previo informe al coordinador o 
docente encargado en el caso de las Escuelas Integradas 
3. Realización de trabajo social y/o taller formativo. 
4. Suspensión por un término no mayor de tres (3) días que deberá imponerse por 
parte del Rector a través de resolución. La suspensión se cumplirá en el plantel, 
realizando trabajos. 
5. Matricula en observación o condicional, será impuesta por el rector previo 
informe del proceso llevado a cabo en la coordinación y de los profesores que 
conozcan el caso y el comportamiento. 
6. Estudio del caso en el Comité de Ética y Convivencia, quienes determinarán la 
sanción. 
7. Calificación bajo en el respectivo período en comportamiento. 
8. Recomendación de seguimiento psicológico. 
ARTICULO 23. CORRECTIVOS Y SANCIONES PARA LAS FALTAS 
GRAVÍSIMAS 
Se pueden aplicar una o varias de las siguientes sanciones: 
1. Estudio del caso por el Comité de Ética y/o consejo de padres y/o consejo 
directivo quienes determinarán la sanción. 
2. Suspensión por un término no mayor a cinco (5) días que deberá imponerse 
por parte del rector a través de resolución. La suspensión se cumplirá en el 
plantel, realizando trabajos. Uno de estos consistirá en un trabajo investigativo 
relacionado con la falta cometida que será expuesta de una manera reflexiva a los 
compañeros de sede. 
- Pérdida del cupo para el año siguiente. 
- Cancelación inmediata de matrícula. Se debe producir un acto administrativo 
firmado por el Rector basado en el acta donde se determinaron las causales de la 
cancelación de la matrícula. 
- Calificación BAJO en el respectivo período en comportamiento. 
- Informar a la autoridad competente, si el caso lo amerita. 
PARÁGRAFO 1. Cuando culmine alguna suspensión, el estudiante deberá 
presentar trabajos y evaluaciones que se hayan programado durante el 
cumplimiento de la misma. 
PARÁGRAFO 2. Para cualquier caso que se cite al acudiente y no se presente 
dentro de las 48 horas siguientes, el estudiante será retirado de clases hasta que 
se cumpla con lo indicado. 
PARÁGRAFO 3. Fuera de la matrícula en observación, que le aplique la institución 
Manual de convivencia - 33 -
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 
dentro del año escolar vigente, se harán acreedores a esta para el año siguiente 
los estudiantes a quienes se les haya aplicado suspensión hasta por 3 días 
continuos o discontinuos. 
PARÁGRAFO 4. A los estudiantes a quienes se les cancele la matrícula por 
infringir el Manual de Convivencia, no podrán ingresar a la Institución hasta 
después de un año si lo solicita y a criterio de la institución. 
ARTICULO 24. CONDUCTO REGULAR 
Para el análisis de las situaciones irregulares que se puedan presentar en el 
transcurso de las actividades escolares, tanto para el estudiante como para padres 
de familia, se establece el siguiente conducto regular: 
Para aspectos académicos: 
1. Profesor de la asignatura 
2. Director de grupo 
3. Comisión de promoción y evaluación 
4. Coordinador 
5. Consejo Académico 
Para aspectos disciplinarios: 
1. Profesor o persona involucrada 
2. Director de grupo 
3. Coordinador 
4. Rector 
5. Comité de Ética y convivencia. 
6. Consejo Directivo 
Para aspectos psicológicos: 
1. Profesor que conozca el caso 
2. Director de grupo 
3. Rector (a) 
Manual de convivencia - 34 -
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 
CAPITULO VIII 
ESTÍMULOS 
Entiéndase como estimulo toda acción que tenga como objetivo reconocer y 
resaltar la labor desarrollada por una persona o el conjunto de ellas en los 
diferentes estamentos comprometidos en la labor educativa de la institución. 
ARTICULO 32. CLASES DE ESTÍMULOS. 
1. Entregar premios y distinciones a los mejores en las jornadas deportivas, 
culturales e izadas de bandera. 
2. Anotar cualidades positivas del estudiante en el observador del estudiante. 
3. Figurar en el cuadro de honor del establecimiento. 
4. Representar a la institución en delegaciones culturales, científicas, literarias, 
artísticas, académicas, etc. según sea el campo en el que se ha destacado 
positivamente. 
5. Anualmente y dentro del programa de clausura, se entregaron distinciones así: 
Mejor estudiante de preescolar. 
Mejor estudiante por grado. 
Mejor puntaje ICFES 
Puntualidad 
Colaboración 
Relaciones humanas 
Espíritu deportivo 
Esfuerzo personal Perseverancia 
6. En los grados de Preescolar Básica Primara, Básica y Media se ofrecerá 
matrícula de honor o beca que consistirá en el no pago de otros cobros al mejor 
estudiante por grado. 
7. Promoción anticipada. Si un director de grado detecta dentro de sus estudiante 
uno o varios que demuestren calidad excelente en lo formativo, cognoscitivo, 
sicomotriz, su motivación y demás procesos intelectuales en la mayoría de las 
áreas básicas del grado, al terminar el 1er período se propondrá un informe escrito 
al Coordinador este hará lo pertinente ante la Comisión de Evaluación y 
Promoción, que hará el estudio y propondrá la promoción anticipada, 
el Comité Académico valorará la propuesta y la enviará al Consejo Directivo para 
su aprobación. 
Manual de convivencia - 35 -
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 
CAPITULO IX 
EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES 
ARTICULO 33. EVALUACIÓN DE LOS EDUCANDOS 
Se realizará de acuerdo a los requerimientos establecidos en el decreto 1290 del 6 
de Abril de 2.009, que permite autonomía institucional. Para la I.E.T. Guasimal se 
denominará Sistema Integral de Evaluación Concertada SIEC, fundamentada en: 
Saber conocer: procesos cognitivos, contenidos conceptuales, estrategias 
cognitivas. Criterio académico. 
Saber hacer: procesos psicomotores, contenidos procedimentales, estrategias 
metodológicas. Criterio académico. 
Saber ser: procesos afectivos, actitudinales, motivacionales. Criterio Personal. 
Saber convivir: Relación con el otro. Criterio social. 
La evaluación concertada es una estrategia en la cual el estudiante se 
compromete e involucra en su proceso evaluativo. 
Debe: 
- Ser realizada de común acuerdo entre los docentes y los estudiantes al 
inicio de cada periodo y en cada asignatura. 
- Concertar los aspectos específicos a evaluar por ejemplo: actitudes, 
aptitudes, desarrollo de actividades, trabajos, debates, desarrollo de 
proyectos, investigaciones, tareas, ensayos, actividades culturales, 
artísticas, sociales, etc. 
- Fijarse nota o porcentaje. 
- Escribir el acuerdo. 
ARTICULO 34. OBJETIVOS DE LA EVALUACIÓN 
1. Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y 
estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances. 
2. Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos 
educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante. 
3. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas 
para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños 
superiores en su proceso formativo. 
4. Determinar la promoción de estudiantes. 
5. Aportar información para el ajuste e implementación del plan de 
mejoramiento institucional. 
ARTICULO 35. INFORMES DE EVALUACIÓN 
Las cuarenta semanas de labor escolar estarán repartidas en cuatro (4) periodos. 
Al finalizar cada uno de ellos, los padres de familia o acudientes recibirán un 
informe escrito de evaluación en el que se de cuenta de los avances de los 
educandos en el proceso formativo en cada una de las áreas. 
Antes de finalizar el año escolar se entregará a los padres de familia o acudientes 
un informe final, el cual incluirá una evaluación integral del rendimiento del 
educando para cada área durante todo el año. 
Manual de convivencia - 36 -
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 
La escala que se tendrá en cuenta en estos informes será: 
Desempeño Bajo De 1.0 a 3.4 
Desempeño Básico De 3.5 a 4.0 
Desempeño Alto De 4.1 a 4.6 
Desempeño Superior De 4.7 a 5.0 
ARTICULO 36. CRITERIOS DE PROMOCIÓN REPROBACIÓN Y GRADUACIÓN. 
a. Los estudiantes aprueban el año escolar, si ganan todas las áreas con 
nota igual o superior a 3,5. 
b. Período a período los estudiantes van acumulando las notas parciales en 
cada asignatura de tal manera que al finalizar el año lectivo completen 
mínimo 14 puntos y máximo 20. Esto se hace para que ellos lleven el 
control de su desempeño. En caso que los estudiantes necesiten, se 
hará un examen finalizando el año escolar cuya valoración será de 0 a 1 
punto que se sumará al acumulado anual. 
c. El estudiante que reprueba más de dos áreas, no será promovido al 
siguiente grado escolar. 
d. El estudiante tampoco será promovido al siguiente grado escolar, 
cuando deje de asistir injustificadamente al 25 % del total de la 
intensidad horaria, en cada asignatura 
e. El estudiante que reprueba una o dos áreas tendrá que hacer y aprobar 
los cursos remédiales en la jornada que le asigne la institución. En el 
caso en que el estudiante no apruebe el (los) curso(s), podrá 
matricularse en el grado siguiente. En su certificado de estudios 
aparecerá DESEMPEÑO BAJO en la asignatura respectiva y esta no 
podrá ser modificada. 
f. El estudiante que reprueba una (1) o más asignaturas de la misma área y 
su promedio definitivo es igual o superior a 3,5 gana el área. 
g. La calificación definitiva del área y/o asignatura en el grado escolar 
cuando aprueba un curso de recuperación será mínimo 3,5. 
h. La promoción anticipada de grado se hará tal como lo plantea el decreto 
1290 de 2009, en su Art. 7. 
i. Graduación. La ceremonia de grado será sólo para los estudiantes de 
once que tengan aprobadas la totalidad de las áreas. En los otros niveles 
y ciclos se realiza ceremonia de clausura. El titulo otorgado es técnico 
comercial. Quienes tengan asignaturas pendientes no podrán asistir a la 
ceremonia de graduación y deberán hacer el curso remedial. 
j. El título de Bachiller se otorga a los estudiantes de grado once, que 
hayan aprobado todos los grados. 
Manual de convivencia - 37 -
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 
k. Para optar al título de bachiller debe cumplir además, con el servicio 
social obligatorio 
l. Los estudiantes que culminen la educación media obtendrán el título de 
Bachiller técnico cuando hayan cumplido con todos los requisitos de 
promoción adoptados por el establecimiento educativo en el proyecto 
educativo institucional, de acuerdo con la ley y las normas reglamentarias. 
m. El grado de preescolar se evalúa y promueve de conformidad con el 
artículo 10 del Decreto 2247 de 1997 sobre educación preescolar, es 
decir que no se reprueba. En este nivel no hay ceremonia de grado sino 
de clausura. 
n. La promoción se da al finalizar cada uno de los grados de preescolar a 
once. 
o. La institución garantizará la promoción de alrededor del 95% de los 
estudiantes que actualmente están asistiendo a las labores académicas 
del año lectivo en curso. 
p. Si un área está comprendida por más de una asignatura la nota que se 
tendrá en cuenta será el resultado del promedio de estas. 
q. Educandos que hayan obtenido desempeño final bajo en las áreas de la 
especialidad durante los grados consecutivos de la educación media 
técnica repetirá el grado. 
r. Cuando un estudiante pierda alguna asignatura al finalizar el año lectivo 
puede presentar una recuperación, cuya nota deberá ser superior a 3,5. 
s. La institución programará cursos remédiales que le permitan al 
estudiante superar sus deficiencias. 
6 Los estudiantes del grado primero reprueban cuando pierden el área de 
humanidades durante los cuatro periodos del año escolar. 
ARTICULO 37. COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN 
Estará integrada por El Consejo Académico, conformará para cada grado, una 
comisión de evaluación y promoción integrada por un número de hasta tres 
docentes, un representante de los padres de familia que no sea docente de la 
institución y el Rector (a) o su delegado(a). Son funciones: 
1. Reunirse al finalizar cada período escolar, para analizar los casos de los 
educandos con desempeño bajo en cualquiera de las áreas y hacer 
recomendaciones generales o particulares a los estudiantes y los profesores, en 
términos de refuerzo y superación. 
2. Convocar a los padres de familia o acudientes, al educando y al educador 
respectivo con el fin de presentarles un informe junto con el plan de refuerzo y 
acordar los compromisos por parte de los involucrados. 
3. Definir la promoción de los educandos y hacer recomendaciones de refuerzo o 
superación para estudiantes que presenten dificultades. 
4. Analizar los casos de los educandos con desempeño excepcionalmente altos 
Manual de convivencia - 38 -
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 
con el fin de recomendar actividades especiales de motivación o promoción 
anticipada. 
Las decisiones, observaciones y recomendaciones que se consignarán en actas y 
estas constituirán evidencias para posteriores decisiones acerca de la promoción 
de los educandos. 
ARTICULO 38. CRITERIOS DE PROMOCIÓN DE LOS EDUCANDOS 
Los establecimientos educativos tienen que garantizar un mínimo de promoción de 
alrededor del 95% del total de los educandos que finalicen el año escolar en la 
institución educativa. 
Al finalizar el año, la comisión de evaluación y promoción de cada grado, será la 
encargada de determinar cuáles educandos deberán repetir un grado 
determinado. Se consideran para la repetición de un grado cualquiera de los 
siguientes educandos: 
1. Educandos con valoración final bajo en más de dos áreas. 
2. Educandos que hayan obtenido valoración final bajo en matemáticas, lenguaje y 
las optativas, durante dos o más grados consecutivos de la Educación Básica. 
3. Educandos que hayan dejado de asistir injustificadamente más del 25% de las 
actividades académicas durante el año escolar. 
4. Los educandos que en el grado primero pierdan el área de castellano. 
humanidades 
5. Los educandos que obtengan desempeño bajo en el área de la especialidad en 
dos grados consecutivos. 
ARTICULO 39. CURSO REMEDIAL 
Todo educando que haya obtenido desempeño bajo, en la evaluación final, de una 
o dos áreas, presentará una nueva evaluación de esas áreas a más tardar la 
semana anterior al comienzo del siguiente año escolar. La evaluación se calificará 
de acuerdo con los términos del artículo 36 de este Manual de Convivencia, su 
resultado, ya sea este aprobatorio o no, quedará en el registro escolar. 
Manual de convivencia - 39 -
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 
CAPITULO X 
GOBIERNO ESCOLAR 
ARTICULO 40. ORGANIZACIÓN Y GOBIERNO ESCOLAR DE LA INSTITUCIÓN. 
De acuerdo a la ley 115/94 Art. 142 y Decreto 186O/94. Art. 19 y 2O el Gobierno 
Escolar está integrado por el Rector [a], el Consejo Directivo y el Consejo 
Académico. 
ARTICULO 41. CONSEJO DIRECTIVO. Es un organismo de participación de la 
comunidad educativa, de orientación académica y administrativa del 
establecimiento. Está integrado por: 
1. El Rector 
2. Dos (2) Representantes de los Docentes 
3. Dos (2) representantes de los padres de familia 
4. Un (1) representante de los estudiantes. 
5. Un (1) representante de los exalumnos 
6. Un 1) representante del sector productivo 
ARTICULO 42. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO 
1. Tomar las decisiones que afectan el funcionamiento de la institución y que no 
estén delegadas o atribuidas como competencia a otra autoridad en el presente 
Manual o en las normas educativas vigentes. 
2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes 
y administrativos con los estudiantes del establecimiento, después de haber 
agotado los procedimientos previstos en el Manual de Convivencia. 
2. servir de instancia para resolver cuestionamientos administrativos entre 
docentes, estudiantes y miembros de la comunidad servidores de la Institución 
después de haber agotado los procedimientos previstos en el manual. 
3. Adoptar el reglamento o Manual de Convivencia. 
4. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda comunidad educativa, 
cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado. 
5. Participar en la planeación y evaluación del PEÍ, de los currículos y plan de 
estudio. 
6. Establecer estímulos y sanciones para el óptimo desarrollo académico y social 
del estudiante que han de incorporarse al Manual de Convivencia. 
7. Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal 
administrativo de la institución. 
8. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades 
comunitarias, culturales, deportivas y recreativas. 
9. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras 
instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles. 
10. Reglamentar los procesos electorales previstos con el Gobierno Escolar. 
11. Decidir sobre el plan anual de actualización del personal docente presentado 
Manual de convivencia - 40 -
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 
por la Rectoría. 
12. Aprobar previo análisis el proyecto de matrículas y otros cobros educativos 
para cada año lectivo. 
ARTICULO 43. CONSEJO ACADÉMICO 
Es un órgano como instancia superior para participar en la orientación pedagógica 
del establecimiento. Está conformado por: 
1. El Rector (a), quien lo preside 
2. Los coordinadores Académicos y de disciplina 
3. El jefe o Coordinador de cada una de las áreas académicas 
4. Un representante de los docentes de los grados primero, segundo y tercero. 
Uno de preescolar, un representante de cada grado de 4 y 5 de básica primaria y 
un representante de cada grado de la básica media. 
ARTICULO 44. FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO 
1. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta 
del proyecto educativo institucional. 
2. Estudiar el currículo y propiciar mejoramiento, introduciendo las modificaciones 
y ajustes necesarios, acordes con las exigencias del momento y los avances 
tecnológicos. 
3. Organizar el Plan de estudios y orientar su ejecución. 
4. Conformar para cada grado, una comisión de Evaluación y Promoción 
integrada por un número de hasta de tres docentes, un representante de los 
padres de familia que no sea docente de la institución y el Rector (a) o su 
delegado (a) quien la convocará y la presidirá con el fin de definir la promoción de 
los educandos y hacer recomendaciones de actividades de refuerzo y superación 
para estudiantes que presenten dificultades. Comisión que se reunirá al finalizar 
cada período escolar. 
5. Participar en la evaluación institucional anual. 
6. Recibir y decidir sobre los reclamos de los estudiante sobre la evaluación 
educativa. 
7. Las demás funciones a fines o complementarias con las anteriores que le 
atribuye el P.E.I. 
ARTICULO 45. GRUPO DE GESTION Y CALIDAD 
Es un equipo de consulta y asesoría que estudia, evalúa y orienta a los Directivos 
de la institución en la toma de decisiones. 
ARTICULO 46. CONSEJO DE ETICA Y COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA. 
Según el articulo 12 de la ley de convivencia 1620 el comité escolar de 
convivencia esta conformado por 
Rector 
Manual de convivencia - 41 -
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 
Personero de la Institución 
Dos docentes 
Coordinador 
Presidente del consejo de padres de familia 
Presidente del consejo de los estudiantes. 
ARTUCULO 47 
FUNCIONES DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA 
1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre 
docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre 
docentes. 
2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, 
la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y 
reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los 
miembros de la comunidad educativa. 
3. Promover la vincl.l!ación de los establecimientos educativos a estrategias, 
programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se 
adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad 
educativa. 
4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones 
conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los 
miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en 
procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad 
educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, 
acudiente o un compañero del establecimiento educativo. 
5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el 
artículo 29 de esta Ley, frente a situaciones especificas de conflicto, de acoso 
escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración 
de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este · 
comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque 
trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una 
conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o 
autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta. 
6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y 
evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y 
reproductivos. 
7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas' en el 
manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace 
parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación 
Manual de convivencia - 42 -
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 
para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y ' 
Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el 
comité. 
8. 8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la 
flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de 
estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para 
determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la 
ciudadanía 
Estará conformado por el Rector, la Coordinadora, 3 docentes y 1 estudiante. Su 
función principal es la de servir como mediador en casos especiales que lo 
ameriten o que soliciten su apoyo. 
Será renovado anualmente por el Consejo académico. 
ARTICULO 47. FUNCIONES DEL CONSEJO DE PROFESORES 
7. Recibir y analizar los resultados de la evaluación institucional realizada por cada 
uno de los docentes. 
2. Propiciar alternativas de solución a los problemas detectados en la Evaluación 
institucional. 
3. Implementar a través de los profesores, los proyectos pedagógicos y rendir 
informes de la ejecución cuando sean requeridos por las directivas. 
4. Seleccionar a los estudiantes que son acreedores a los estímulos otorgados 
por el colegio. 
5. Elegir a los docentes representantes al Consejo Directivo, al Consejo 
Académico y Comité escolar de Ética y Convivencia 
6. Proponer al Consejo Académico las reformas o ajustes que se deben dar al 
Plan de Estudios. 
7. Participar activamente en la evaluación y reajustes al P.E.I 
8. Servir como instancia de consulta en aspectos disciplinarios considerados 
graves o gravísimos. 
ARTICULO 48. CONSEJO DE ESTUDIANTES 
Es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la 
participación por parte de los educandos, está integrado por un vocero de cada 
uno de los cursos ofrecidos por la Institución. El Consejo de Estudiantes deberá 
convocar una fecha dentro de las cuatro (4) primeras, semanas del calendario 
académico, asambleas integradas por los estudiante de cada curso. 
Para elegir el vocero de los estudiantes de Nivel Pre-escolar y de los tres (3) 
primeros grados de la básica primaria, serán convocados a una Asamblea donde 
elegirán a un (1) solo y deberá estar cursando el tercer grado. 
Manual de convivencia - 43 -
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 
PARAGRAFO: Las Sedes Paso Ancho y Sucre conformarán un GOBIERNO 
ESTUDIANTIL, respectivamente, siguiendo uno de los principios del Modelo 
Pedagógico Escuela Nueva. 
Será elegido democráticamente en el mes de Febrero, dicho Gobierno contará con 
Presidente, Vicepresidente, Secretario, Líderes de Comités y los cargos que en su 
momento se consideren necesarios. Se reunirán periódicamente y llevarán la 
respectiva papelería. 
. 
ARTICULO 49. FUNCIONES DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES 
Corresponde al Consejo de Estudiantes 
1. Tener su propia organización interna 
2. Elegir al representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo y asesorarlo 
en el cumplimiento de su representación. 
3. Invitar a los estudiantes a presentar iniciativas sobre el desarrollo de la vida 
estudiantil y demás actividades afines. 
4. Ser multiplicador de las políticas, acciones y tareas impulsadas por el Gobierno 
Escolar. 
5. Revocar la elección del representante al Consejo Directivo cuando infrinja 
normas de ética, moral y de responsabilidad en sus funciones, así como el 
rendimiento académico y disciplinario. 
ARTICULO 50. CONDICIONES PARA SER REPRESENTANTE DEL CURSO 
1. Estar matriculado en la institución y pertenecer al curso que quiere representar. 
2. Haber aprobado el año anterior. 
3. No tener acta de compromiso académico y/o disciplinario 
4. Gozar de buena imagen, conducta, responsabilidad y seriedad . 
5. Ser elegido democráticamente mediante voto secreto. 
ARTICULO 51. FUNCIONES DEL REPRESENTANTE DEL CURSO EN EL 
CONSEJO DE LOS ESTUDIANTES 
1. Servir de vocero del curso ante el Director(a) del curso o ante cualquier directivo 
cuando sea necesario. 
2. Promover acciones que conduzcan al cumplimiento de los deberes y de los 
derechos estudiantiles. 
3. Conocer ampliamente el Manual de Convivencia 
4. Servir de puente entre los integrantes del curso y el personero de los 
estudiantes cuando sean vulnerados los derechos de los estudiantes. 
5. Asistir a las reuniones cuando sea citado. 
6. Participar con voz y voto en la elección del representante de los estudiantes al 
Consejo Directivo. 
7. Constituirse en líder de la buena marcha académica y disciplinaria del curso 
que representa. 
ARTICULO 52. CONSEJO DE PADRES 
Manual de convivencia - 44 -
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 
Es un medio para asegurar la continua participación de los padres y acudientes en 
el proceso pedagógico de la institución. 
Para su formación se invitará a Asamblea de Padres de Familia de los estudiante 
de cada curso, por votación elegirán a cada uno o dos de ellos como su vocero, 
uno actuará como principal y el otro como suplente. 
ARTICULO 53. FUNCIONES DEL CONSEJO DE PADRES 
1. Participar en las diferentes etapas del proceso de diseño, ejecución y 
evaluación del P.E.I. 
2. Evaluar las debilidades, fortalezas de la institución y colaborar con los 
proyectos que mejoren la calidad del servicio educativo. 
3. Dar información en la reunión de padres de familia de cada curso sobre las 
decisiones que se tomen en el consejo de padres. 
4. Colaborar con las comisiones de evaluación y promoción de estudiante con 
el fin de brindar asesoría a los padres de aquellos estudiantes que 
presentan dificultad académica y disciplinaria. 
ARTICULO 54. PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES 
En todos los establecimientos de educación básica y media y en cada año lectivo, 
los estudiantes elegirán a un estudiante de último grado que ofrezca el 
establecimiento, para que actúe como personero de los estudiantes y promotor de 
sus derechos y deberes (Art. 94, ley 115/ 94) Dicha elección se realizará dentro de 
los tres primeros meses del año escolar. 
ARTICULO 55. REQUISITOS PARA SER PERSONERO 
El candidato debe reunir las siguientes condiciones: 
1. Ser estudiante regular y estar en el último grado que ofrece la institución. 
3. Ser estudiante destacado en cuanto a lo académico y disciplinario. 
4. Presentar por escrito propuestas que vayan en bien de la comunidad. 
5. Llenar e! formato de inscripción. 
ARTICULO 56. FUNCIONES DEL PERSONERO 
1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes. 
2. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten sus condiscípulos 
cuando crean que han sido lesionados sus derechos. 
3. Presentar ante la Rectoría solicitudes que consideren necesarias para proteger 
los derechos de los estudiantes. 
4. Expresar sus ideas en bien de la comunidad educativa. 
5. Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo, las decisiones 
del Rectoría] respecto a las peticiones presentadas por su intermedio. 
6. Convocar al Consejo de Estudiantes, cuando requiere su colaboración 
. 
ARTICULO 57. MARCO OPERATIVO PARA LA ORGANIZACIÓN Y 
ELECCIÓN DEL GOBIERNO ESCOLAR. 
Manual de convivencia - 45 -
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 
La organización y elección del Gobierno Escolar debe hacerse dentro de las cinco 
(5) primeras semanas a partir del día siguiente a la iniciación de clases. Para tal fin 
el área de ciencias sociales será la encargada de liderar esta actividad, 
establecerá un cronograma, involucrando a todos los estamentos de la Institución. 
La elección de representantes de cada curso al Consejo de Estudiantes, debe 
realizarse en la tercera semana de la iniciación de clases. 
La elección del personero, representante al Consejo Directivo, Gobierno 
estudiantil, se hará mediante modalidad del tarjetón, voto secreto y mayoría 
simple. 
ARTICULO 58. CONSEJO ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DEL 
PERSONERQ. Estará integrado por: 
1. Un representante de área de Ciencias Sociales. 
2. Dos representantes del Consejo de Estudiantes 
3. Un representante de los profesores de otras áreas 
ARTICULO 59. FUNCIONES DEL CONSEJO ELECTORAL. 
1. Diseñar y elaborar las actas y formatos de inscripciones de los candidatos. 
2. Establecer horarios y lugar para las inscripciones de los candidatos 
3. Coordinar los debates entre los candidatos. 
4. Asesorar a los candidatos. 
5. Diseñar el tarjetón y preparar las urnas para las elecciones 
6. Abrir y cerrar las inscripciones y votaciones. 
7. Controlar, vigilar y sancionar a los candidatos y comitivas irrespetuosas. 
8. Nombrar los jurados de votación. 
9. Dar mediante acta los resultados del conteo de los votos obtenidos por cada 
candidato. 
10. Darse su propio reglamento. 
ARTICULO 60 CONTRALORIA ESTUDIANTIL 
La Institución tendrá un contralor estudiantil de acuerdo a lo estipulado en la 
ordenanza 032 del 24 de Diciembre de 2.008 de la Asamblea Departamental. Se 
elegirá democráticamente por los estudiantes en la misma fecha de elección del 
Personero, Tendrá un Comité Estudiantil de Control Social con delegados de cada 
curso que lo apoyará en sus funciones, reuniéndose trimestralmente, será el 
encargado de promover y actuar como veedor del buen uso de los recursos y de 
los bienes públicos de la Institución Educativa. 
Manual de convivencia - 46 -
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 
CAPITULO XI UNIFORMES 
ARTICULO 61. La Institución Educativa Técnica Guasimal adoptará los uniformes 
que apruebe el Consejo Directivo para las diferentes actividades, buscando 
siempre, que preserven a los estudiantes de cualquier discriminación por razones 
de apariencias [Art. 17 Decreto 1860/94] 
ARTICULO 62. LOS UNIFORMES DE DIARIO 
Tendrán las siguientes especificaciones: 
1. UNIFORMES DE LAS ESTUDIANTES 
- Falda azul oscura prensada con un largo mínimo de 4 dedos sobre la rodilla. 
Camisa blanca con el logotipo de la institución en el bolsillo, que será usada 
por dentro de la falda. 
- Jardinera verde oliva a cuadros, prensada una vez adelante y atrás, cuatro 
centímetros sobre la rodilla, 
Debajo de la jardinera se usa camisa manga corta con sesgo de la tela de la 
jardinera. 
- Zapatos negros escolares. 
- Medías blancas largas. 
2. UNIFORME DE LOS ESTUDIANTES 
- Pantalón azul oscuro en tela, bota recta. (Jean no). Verde olivo en tela tipo 
lino con bota recta. 
- Guayabera blanca con el logotipo de la institución 
- Zapatos negros escolares de cordón 
- Medias azul oscuro verde olivo 
ARTICULO 63. EL UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA 
Tendrá las siguientes especificaciones tanto para hombres como para mujeres: 
Pantalón de la sudadera azul oscuro bota recta. 
Camibuso blanco con el logotipo de la Institución, tenis blanco, medias blancas 
Color verde olivo con dos franjas amarillas en los lados, tela tipo anti fluido con 
bota recta. 
Camibuso blanco con el escudo bordado de cuello y puños en ric de color verde 
olivo y un metido en amarillo en forma de rectángulos unidos al final. 
Manual de convivencia - 47 -

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Espinal iet guasimal manual de convivencia 2013 (corregido)

  • 1. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL MANUAL DE CONVIVENCIA ESPINAL Tolima 2013 Manual de convivencia - 1 -
  • 2. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL HIMNO INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASÍMAL Letra y música: Benjamín Corredor Becerra Coro Jóvenes somos, que en el futuro El mundo haremos reverdecer Y por la vida siempre marchamos Con paso firme y gran altivez. Espero siempre, surgir muy alto Soy un ejemplo en mí institución El campo verde, siempre me inspira Seré el orgullo de mi nación. I Con el estudio, la disciplina Cultivaremos ciencia y virtud Y cual palomas enaltecidas Navegaremos mares de luz. II Mi escudo tiene verde esmeralda Y una paloma en la inmensidad Se plasma así toda la esperanza De vivir siempre con dicha y paz. III Amo mi patria, amo al colegio Amo al terruño donde me crié Apasionado por mi trabajo Por mi constancia y por mi honradez IV Respeto al mundo y respeto al hombre Y amo la vida con frenesí Soy orgulloso de mi familia De mis ancestros y de mi país. Manual de convivencia - 2 -
  • 3. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL SÍMBOLOS DE LA INSTITUCIÓN ESCUDO: Símbolo de la Riqueza, de la paz, la alegría, esperanza, la cultura, la ciencia y la tecnología. BANDERA: Amarillo - Verde y Blanco. Sus colores son la representación de la región; el amarillo, la riqueza, el arroz y el sorgo que resplandece con el sol; el verde, la ecología símbolo de nuestras llanuras; el blanco que representa el algodón y la paz. HIMNO: En el se resalta los valores del estudiante de esta Institución, lo mismo que el compromiso y las costumbres del habitante de esta región. Manual de convivencia - 3 -
  • 4. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL TABLA DE CONTENIDO Pág. ESCUDO, BANDERA, HIMNO DEL COLEGIO JUSTIFICACIÓN. 2 CAPITULO I. FUNDAMENTOS LEGALES. 6 CAPITULO II. FILOSOFÍA, VISION, MISIÓN, OBJETIVOS INSTITUCIONALES. 7 CAPITULO III. DERECHOS, DEBERES DE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES. 9 CAPITULOIV. DERECHOS Y DEBERES DE LOSPADRES DE FAMILIA. 13 CAPITULO V. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES. 16 CAPITULO VI. ADMISIONES Y MATRICULAS. 21 CAPITULO VIl. PROHIBICIONES YFALTAS DE LOS ESTUDIANTES, CORRECTIVOS Y SANCIONES Y DEBIDO PROCESO. 22 CAPITULO VIII. ESTÍMULOS. 30 CAPITULO IX. EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES. 31 CAPITULO X. GOBIERNO ESCOLAR. 35 CAPITULO XI. UNIFORMES. 41 Manual de convivencia - 4 -
  • 5. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL JUSTIFICACIÓN Este Manual de Convivencia es una respuesta a la ley 115 de 1994 y sus decretos reglamentarios que pretende orientar a la comunidad educativa de La Institución Educativa Guasimal y las sedes Paso Ancho y Sucre en los procesos de convivencia de la manera más armónica posible. El Manual contiene los principios generales, derechos, deberes, prohibiciones, estímulos, correctivos y órganos constitutivos que permitirán conocer la Institución, desarrollarse en ella y proceder de una manera equilibrada al relacionarse con nuestros semejantes. Se recomienda leer este manual con detenimiento para que sirva de guía en el crecimiento individual y grupal. Manual de convivencia - 5 -
  • 6. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL CAPÍTULO I. 1. MARCO JURÍDICO GENERAL El Manual de Convivencia como instrumento que define los derechos y deberes de los estudiantes y de los integrantes de la comunidad educativa, en relación con estos, tiene un marco jurídico general, dado a que somos un estado social de derecho, este manual se fundamenta en la Constitución y la ley colombiana. De modo particular, la siguiente normatividad: · Constitución Política de Colombia: Titulo II, de los derechos, las garantías y los deberes. · Ley 1629 del 15 de marzo de 2013. · Decreto 1965 del 11 de septiembre de 2013 · Ley 115 de 1994 o Ley General de Educación, Títulos I, II, III, IV, VII, X. · Ley 375 de 1997 o Ley de la Juventud. · Ley 1098 de 2006 o Código de Infancia y Adolescencia. · Decreto 1860 de 1994, reglamentario de la ley 115 en los aspectos pedagógicos y organizativos. · Decreto 1290 de 2009, sobre normas en materia de currículo, evaluación y promoción de los educandos y evaluación institucional. · Decreto 1286 de 2005, normas sobre la participación de los Padres de Familia en los procesos educativos de las instituciones oficiales y privadas. CONCEPTOS JURISPRUDENCIALES ORIENTADORES Con la aparición de la figura de la tutela, como instrumento de protección de los derechos fundamentales, a partir de la promulgación de la Constitución Política de Colombia en 1991, la corte constitucional, dentro de la función de revisión de los fallos proferidos por instancias judiciales competentes, ha emitido múltiples pronunciamientos entorno a la aplicación de derechos fundamentales en la prestación del servicio educativo, por parte de las instituciones oficiales y privadas. Dada la trascendencia de estos pronunciamientos, ha considerado fundamental incorporar como parte del Manual de Convivencia, apartes de algunas sentencias producidas, como criterios de observancia, que orienten la debida comprensión y aplicación de los conceptos, procedimientos e instrumentos indicados en el Manuel, por parte de los integrantes de la comunidad educativa. DERECHO-DEBER DE LA EDUCACION (Sentencia 002 de 1992) “Ahora bien, una característica de algunos de los derechos constitucionales fundamentales la existencia de deberes correlativos. Manual de convivencia - 6 -
  • 7. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL En el artículo 95 de la Constitución Política se encuentran los deberes y obligaciones de toda persona. La persona humana además de derechos tienen deberes; ello es como las dos caras de la moneda, pues es impensable la existencia de un derecho sin deber frente a sí mismo y frente a los demás”. (Sentencia T-341 de 1993) “Considera la corte que quien se matricula en un centro educativo con el objeto de ejercer el derecho constitucional fundamental que lo ampara, contrae por ese mismo hecho obligaciones que debe cumplir, de tal manera que no puede invocar el mentado derecho para excusar las infracciones en que incurra. Por ello, si clama protección mediante la acción de tutela, alegando que el plantel desconoce las garantías constitucionales al aplicarle una sanción, es imperioso que el juez verifique tanto los actos efectuados por las autoridades del centro educativo como la conducta observada por el estudiante, a objeto de adoptar una decisión verdaderamente justa en cuya virtud no se permita el quebrantamiento de los derechos constitucionales del educando pero tampoco se favorezca la irresponsabilidad de este”. (Sentencia T-569 de 1994) “La educación se caracteriza por ser un derecho-deber que implica una serie de obligaciones y derechos a cargo de los planteles educativos, del estudiante y de los padres de familia. Uno de los deberes de los educandos es someterse a las reglas de comportamiento establecidas por la institución y la inobservancia de las mismas permite a los colegios adoptar las medidas disciplinarias pertinentes, siempre y cuando se respete el debido proceso”. ALCANCES DEL MANUAL DE CONVIVENCIA (Sentencia T-386 de 1994) “Para la corte es claro entonces, que la ley asigno a los establecimientos educativos, públicos y privados, un poder de reglamentación dentro del marco de su actividad. Los reglamentos generales de convivencia, como es de la esencia de los actos reglamentarios, obligan a la entidad que los ha expedido y a sus destinatarios, esto es, a quienes se les aplican, porque su fuerza jurídica vinculante deviene en forma inmediata de la propia ley y mediata de la Constitución Política”. (Sentencia T-524 de 1992) “En otros términos, los reglamentos de las instituciones educativas no podrán contener elementos, normas o principios que estén en contravía de la Constitución vigente como tampoco favorecer o permitir practicas entre educadores y educandos que se aparten de la consideración y el respeto debidos a la privilegiada condición de seres humanos tales como tratamientos que afecten el libre desarrollo de la personalidad de los educandos, su dignidad de personas nacidas en un país que hace hoy de la diversidad y el pluralismo étnico, cultural y social principio de praxis general. Por tanto, en la relación educativa que se establece entre los diversos sujetos, no podrá favorecerse la presencia de prácticas discriminatorias, los tratos humillantes, las sanciones que no consulten Manual de convivencia - 7 -
  • 8. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL un propósito objetivamente educativo si no el mero capricho y la arbitrariedad.” (Sentencia T-015 de 1994) “Si bien es cierto que el Reglamento del plantel educativo es base fundamental orientadora de la disciplina del Colegio, pues sin él no sería posible mantener un nivel de organización, es cierto también que las normas allí contenidas deben ajustarse o mejor interpretarse acorde con las circunstancias particulares de los menores. No se trata de permitir una total libertad, pues esto no contribuye a la formación, pero si comprender la situación y en la forma más razonable obrar sin perjudicar el futuro del educando”. (Sentencia T-1233 de 2003) “Por consiguiente, los reglamentos internos o manuales de convivencia elaborados por las comunidades de los planteles educativos tienen la obligación de observar las disposiciones constitucionales. En efecto, el respeto al núcleo esencial de los derechos fundamentales de los estudiantes no se disminuye como consecuencia de la facultad otorgada a los centros educativos para regular el comportamiento de sus alumnos. Por el contrario, las regles que se establezcan deben reflejar el respeto a la dignidad humana y a la diversidad étnica, cultural y social de la población (articulo1°), así como los derechos al libre desarrollo de la personalidad (articulo16), libertad de conciencia (articulo18), libertad de expresión (articulo20), igualdad (articulo13), debido proceso (articulo29) y educación (articulo67) superiores. Además de su consagración constitucional, la titularidad de estos derechos se encuentra en cabeza de niños y adolescentes en proceso de formación, lo que implica una protección reforzada. Ello, por supuesto, no significa que en el contexto de la comunidad educativa quienes tienen a su cargo la elaboración de los reglamentos de dichas instituciones, no puedan establecer límites razonables y proporcionales al ejercicio de los derechos. En la medida que los derechos fundamentales no son absolutos, y en ciertos aspectos se enfrentan a valores, principios y otros derechos fundamentales protegidos también por la carta, la corte ha sostenido que su alcance y efectividad pueden ser objeto de ponderación y armonización frente a otras disposiciones constitucionales a través de los reglamentos de convivencia”. DISCIPLINA ESCOLAR (Sentencia T-366 de 1992) “La aplicación de la disciplina en el establecimiento educativo no implica de suyo la violación de derechos fundamentales. Pero los profesores y directivas están obligados a respetar la dignidad del estudiante. La Corte Constitucional insiste en que toda comunidad requiere de un mínimo de orden y del imperio de la autoridad para que pueda subsistir en ella una civilizada convivencia, evitando el caos que podría generarse si cada individuo, sin atender Manual de convivencia - 8 -
  • 9. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL reglas ni preceptos, hiciera su absoluta voluntad, aun en contravía de los intereses comunes, en un mal entendido concepto del derecho al libre desarrollo de la personalidad”. (Sentencia 037 de 1995) “La disciplina, que es indispensable en toda organización social para asegurar el logro de sus fines dentro de un orden mínimo, resulta inherente a la educación, en cuanto hace parte insustituible de la formación del individuo. Pretender que, por una errónea concepción del derecho al libre desarrollo de la personalidad, las instituciones educativas renuncian a exigir de sus alumnos comportamientos acordes con un régimen disciplinario al que están obligados desde su ingreso, equivale a contrariar los objetivos propios de la función formativa que cumple la educación”. (Sentencia T-065 de 1993) “Por tanto, en la relación educativa que se establece entre los diversos sujetos, no podrá favorecerse la presencia de prácticas discriminatorias, los tratos humillantes, las sanciones que no consulten un propósito objetivamente educativo sino el mero capricho y la arbitrariedad...” CONCURRENCIA DE PADRES DE FAMILIA (Sentencia T-366 de 1997) “El proceso educativo exige no solamente el cabal y constante ejercicio de la función docente y formativa por parte del establecimiento, sino la colaboración del propio alumno y el concurso de sus padres o acudientes. Estos tienen la obligación, prevista en el artículo 76 de la constitución, de concurrir a la formación moral, intelectual y física del menor y del adolescente, pues” el Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación”. No contribuye el padre de familia a la formación de la personalidad ni a la estructuración del carácter de su hijo cuando, son pretexto de una mal entendida protección paterna, que en realidad significa cohonestar sus faltas, obstruye la labor que adelantan los educadores cuando lo corrigen, menos todavía si ello se refleja en una actitud agresiva e irrespetuosa”. FORMACION INTEGRAL DEL EDUCANDO (Sentencia T-386 de 1994) “El comportamiento del estudiante en su claustro de estudios, en su hogar y en la sociedad, es algo que obviamente resulta trascendente y vital para los intereses educativos del establecimiento de enseñanza, porque es necesario mantener una interacción enriquecedora y necesaria entre el medio educativo y el ámbito del mundo exterior, lo cual se infiere de la voluntad Constitucional cuando se establece de modo a principio que” el estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación”. Nadie puede negar que las actividades que el estudiante cumple fuera y dentro de su centro de estudios, influyen definitivamente en el desarrollo de su personalidad, Manual de convivencia - 9 -
  • 10. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL en cuanto contribuyen a su formación educativa, a saciar sus necesidades físicas, psíquicas e intelectuales, y a lograr su desarrollo moral, espiritual, social afectivo, ético y cívico, como es la filosofía que inspira la ley general de educación (ley 115/94, art-5). No obstante lo anterior, a juicio de la corte los reglamentos de las instituciones educativas no pueden entrar a regular aspectos que de alguna manera puedan afectar los derechos constitucionales fundamentales de los educandos, pues si ello está vedado a la ley con mayor razón a los reglamentos de la naturaleza indicada. En tal virtud, dichos reglamentos no pueden regular aspectos o conductas del estudiante ajenas al centro educativo que pueda afectar su libertad, su autonomía o su intimidad o cualquier otro derecho, salvo en el evento de que la conducta externa del estudiante tenga alguna proyección o injerencia grave, que directa o indirectamente afecte la institución educativa”. DEBIDO PROCESO (Sentencia T-1233 de 2003) “E n diversas oportunidades, esta corporación ha señalado que la garantía constitucional al debido proceso (articulo 29 superior) tiene aplicación en los procesos disciplinarios adelantados por los centros educativos de naturaleza pública y privada. En virtud de ello, la imposición de una sanción disciplinaria debe estar precedida del agotamiento de un procedimiento justo y adecuado, en el cual el implicado haya podido participar, presentar su defensa y controvertir las pruebas presentadas en su contra”. La honorable Corte Constitucional, en reiteradas oportunidades a través de sus sentencias, hace énfasis en la posibilidad de la exclusión de un alumno del establecimiento educativo, una vez se haya cumplido con el debido proceso, respetando en todo momento el derecho a la legítima defensa. (Sentencia T-316 de 1994) “La educación sólo es posible cuando se da la convivencia y si la indisciplina afecta gravemente a ésta última, ha de prevalecer el interés general y se puede, respetando el debido proceso y los otros derechos fundamentales, a más de la participación de la comunidad educativa, llegar hasta a separar a la persona del establecimiento. Además, la permanencia de la persona en el sistema educativo está condicionada por su concurso activo en la labor formativa; la falta de rendimiento intelectual también puede llegar a tener suficiente entidad como para que la persona sea retirada del establecimiento donde debía aprender y no lo logra por su propia causa”. DEBIDO PROCESO (ART 29 C.P.)  Comunicación de la apertura del proceso.  Formulación de las normas presuntamente vulneradas. Manual de convivencia - 10 -
  • 11. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL  Notificación de las pruebas que fundamentan los cargos imputados.  Indicación del término durante el cual podrá presentar descargos.  Pronunciamiento definitivo, mediante acto motivado y congruente. Si hay exclusión debe tener el visto bueno de la Asociación de padres de Familia (Art. 319 Código del Menor).  Imposición de una sanción proporcional a los hechos que la motivaron.  Posibilidad de controvertir mediante los recursos pertinentes. Sentencia T- 459/97 Manual de convivencia - 11 -
  • 12. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL ESQUEMA DEL DEBIDO PROCESO (ARTÍCULO 29 C.N.) CAPITULO II CAPITULO II Manual de convivencia - 12 - Comunicación de la apertura del proceso. Se hará con citación al padre y/o acudiente Formulación de cargos. Se presentara de manera detallada cada una de las razones que originan la actuación disciplinaria Traslado de pruebas al imputado. Se le suministrará copia de las anotaciones, seguimiento, citaciones, compromisos, en fin todo el registro que se tenga sobre el estudiante. Para este procedimiento será convocado el comité de convivencia escolar, siempre y cuando la situación lo amerite. Pronunciamiento definitivo mediante acto motivado, siguiendo los protocolos del que trata la Ley 1620 de 2013 En caso de exclusión autorización de la A.P.D.F Art. 319 Código Menor De igual manera se tendrá en cuenta lo decidido por el comité de convivencia escolar El término para descargos, es de 5 días para presentar los alegatos Sanción proporcional A la falta pedagógica El procedimiento y las sanciones deben estar en el manual de convivencia y en todo momento ajustados a la constitución y a la ley Presentación de los recursos de reposición y apelación. (Art. 50 y 51 C.C.A.) En últimas La acción de tutela
  • 13. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL FILOSOFÍA, VISIÓN, MISIÓN, OBJETIVOS INSTTTUCIONALES ARTICULO 1. FILOSOFÍA DE LA INSTITUCIÓN: La institución fundamenta su quehacer en una concepción humanista, basada en los modelos pedagógicos histórico cultural y escuela nueva, que otorgan una valoración equilibrada a los elementos que intervienen en los procesos de enseñanza y de aprendizaje, retoma el rol protagónico del estudiante como el sujeto de sus procesos de aprendizaje y al docente como sujeto en los procesos de enseñanza, considerando el conocimiento como el legado cultural de la humanidad digno de ser conocido y comprendido considerando la comprensión de la realidad el punto de llegada a través de procesos cognitivos adquiridos con anterioridad. Tiene como finalidad impartir formación integral que potencie todas las dimensiones del individuo y le permita un desarrollo acorde a la dinámica de su entorno y del país teniendo en cuenta la defensa de los valores, la unidad familiar, el trabajo y la tecnología logrando que el proceso de aprendizaje se desarrolle dentro de un marco dinámico y transformador. ARTICULO 2. MISIÓN DE LA INSTITUCIÓN. La Institución Educativa Técnica Guasimal, es una entidad de carácter oficial, de organización y de origen rural. Son sus propósitos fundamentales, la formación integral sin ninguna discriminación, desarrollando competencias laborales, procesos científicos, tecnológicos, éticos, espirituales, culturales, deportivos, que contribuyan a la construcción de su proyecto de vida. ARTICULO 3. VISIÓN DE LA INSTITUCIÓN La institución educativa técnica guasimal, será en el 2015 un centro educativo reconocido a nivel regional, por la calidad de los servicios prestados, en cuanto a educación y proyección a la comunidad sin distingos sociales, económicos y políticos, utilizando los diferentes medios de aprendizaje, para la transmisión y construcción del conocimiento. Todo esto apoyado en un gran equipo de trabajo humano capaz y competente ARTICULO 3. OBJETIVOS INSTITUCIONALES. -Promover valores cívicos y culturales que contribuyan a la solución de problemas del entorno. -Desarrollar en los estudiantes las capacidades necesarias que les permitan continuar de manera eficiente un nivel de estudio superior. -Brindar a todos los estudiantes la oportunidad de aprender y propiciarles las Manual de convivencia - 13 -
  • 14. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL condiciones para que todos logren hacerlo. - Mejorar la calidad de la Educación, formando al estudiante integralmente sobre los valores éticos, morales, culturales, de salud y respeto a todo lo que le rodea. -Fomentar en los estudiantes amor por la vida y la libertad bajo los parámetros de la democracia y la solidaridad. -Involucrar activamente a toda la comunidad educativa con el objeto de desarrollar satisfactoriamente todo el quehacer educativo. - Inculcar en los estudiantes conciencia y dignidad personal y la de los demás. -Fomentar el desarrollo permanente de habilidades, potencialidades y destrezas físicas, afectivas y psicológicos en el estudiante como eje fundamental de modo que pueda encontrar el mismo su sentido de vida y su realización personal. - Apoyar las pedagogías utilizadas propiciando la participación, la creatividad, el sentido crítico, reflexivo y la investigación en un ambiente psicológico donde le sea posible vivir la auténtica democracia. -Reconocer la acción de la tecnología, en el desarrollo de actividades escolares y familiares como medio para mejorar la formación. -Permitir a los órganos del gobierno escolar una participación activa para que se tomen decisiones consecuentes y benéficas. Manual de convivencia - 14 -
  • 15. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL CAPITULO lll DERECHOS Y DEBERES DE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES ARTICULO 4. SON DERECHOS DE LOS DOCENTES 1. Ser respetados, valorados y estimulados por todos los miembros de la comunidad educativa. 2. Participar en todas las actividades de la institución 3. Ser informados y participar oportuna y eficazmente en todo lo concerniente. Pertinente (elaboración y/o corrección) al PEI 4. Presentar descargos y ser escuchado en caso necesario 5. Elegir y ser elegidos en los organismos representativos de la institución. 6. Utilizar los materiales pedagógicos de la institución 7. Seguir el conducto regular para resolver las situaciones que se presenten con todos los miembros de la comunidad educativa. 8. Participar en actividades de carácter sindical. 9. Solicitar y obtener los permisos, licencias y comisiones de acuerdo a las disposiciones legales pertinentes. 10. Recibir cursos de capacitación y / o actualización. 11. Disfrutar del servicio de bienestar que llene todos los requisitos de sanidad. 12. Y los demás estipulados por las normas vigentes. ARTICULO 5. DEBERES DEL DOCENTE 1. Conocer y cumplir el Manual de convivencia de la institución y hacerlo base fundamental de sus acciones y determinaciones. 2. El profesor docente debe dar buen ejemplo para la comunidad en eficiencia, eficacia, identificación con la entidad y compromiso, en el correcto desarrollo de sus labores pedagógicas. En: eficacia, eficiencia, compromiso, sentido de pertenencia con la Institución en el cumplimiento del desarrollo de labores pedagógicas 3. Tener una presentación personal adecuada para el desarrollo de su labor diaria .como modelo que somos para los estudiantes 4. Elaborar el plan de área anual dentro de las normas previstas. 5. Llevar los controles de clase diarios y demás documentos que se requieren como parte complementaria preparar el trabajo para las clases llevando los controles diarios con la documentación requerida dentro de los procesos educativos. 6. Ser puntual en el cumplimiento de su horario de trabajo. 7. emplear estrategias Aplicar métodos pedagógicos modernos acordes con los procesos y la temática de la clase. 8. Preparar cuidadosamente el trabajo en clase y supervisar permanentemente Manual de convivencia - 15 -
  • 16. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL los procesos. Revisar constantemente los procesos de enseñanza apendizaje. 9. Mantener una actitud respetuosa hacia el estudiante, padres de familia y demás personal de la institución. 10. Cuidar y Velar por los elementos de trabajo y la disciplina dentro del establecimiento. El buen uso de los muebles e inmuebles de la Institución. 11. Cumplir con los tumos de disciplina durante la jornada prevista como parte de sus funciones. Ser el primero en llegar y el último en salir del establecimiento. 12. Responder por la jefatura de área, dirección de grado y desarrollo de los planes y programas, 13. Tener diálogos constantes con los padres de familia y directivos para el mejor logro de sus objetivos. 14. Responder por las fallas que se presenten en el proceso de enseñanza aprendizaje ya sea por omisión o exceso ante la autoridad educativa, 15. Permanecer todo el tiempo de su jornada laboral dentro de la institución para ejercer actividades de orientación del proceso educativo. 16. Participar positivamente del desarrollo de cada proceso científico, práctico, preventivo y formativo. De los procesos pedagógicos. 17. Hacer uso de todos los recursos que dispone la institución para el ejercicio de su trabajo. 18. Postularse para conformar consejo directivo y/o académico. 19. Informar al estudiante de su rendimiento en cada proceso evaluado. Así mismo su nota de período antes de pasar las planillas al sistema. 20. Aplicar la evaluación de acuerdo al SIEC (Sistema Institucional de Evaluación Concertada) 21. Atender a los estudiantes y padres de familia (dentro de un horario establecido) 22. Verificar la asistencia diaria de los estudiantes y pasar informe a coordinación para su control. 23. Aplicar el conducto regular en todo proceso de orden disciplinario o de rendimiento académico. 24. Abstenerse de retirar estudiantes de la clase o de la institución como medida disciplinaria sin el debido proceso. 25. Recibir los reclamos y Atender las solicitudes hechas por los estudiantes, acudientes o padres de familia que se hagan a través de los conductos regulares enmarcados en la veracidad, por la institución y las personas vinculadas a estos. 26. Todo profesor debe estar dispuesto a: a. Hablar Dialogar y aclarar con su estudiante todas las dudas de tipo académico y disciplinario o de evaluación referente a su asignatura. b. Enterar al director del curso respectivo, jefe de área o coordinador de las irregularidades que se presentan en el desarrollo de su labor académica en el área. c. Plantear si fuere necesario la situación ante el consejo directivo, académico o estudiantil. 27. No discriminar el estudiante por razón de sus creencias políticas, filosóficas, de género, religiosas, ni por diferencias dadas en condiciones sociales, Manual de convivencia - 16 -
  • 17. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL personales, raciales, culturales o económicas, disciplinarías o bajo rendimiento. 28. Debe Registrar y dar a conocer al estudiante de las anotaciones (es)que se haga (n) en el anecdotario, observador verificando que éste firme junto con el acudiente si es el caso al estudiante correspondiente, quien es el interesado de su situación para poder organizar sus descargos. 29. Asistir y participar en los actos programados al interior de la institución o invitaciones que reciba la misma y sean de carácter social, lúdico o pedagógico. 30 .Abstenerse de exigir a los estudiantes textos que no sean básicos para el desarrollo de las labores académicas generales, o debidamente autorizados por la secretaría de Educación o Consejo Directivo. 31. Considerar como suya la institución y en consecuencia interesarse y colaborar con el aseo, presentación, conservación de la planta física y de los demás elementos dispuestos para su uso en las diferentes dependencias. Colaborar en mantener el entorno libre de todo agente contaminante. 32. Atender al estudiante dentro de su misma jornada para la realización de las recuperaciones respectivas, respetando las fechas establecidas por la Institución. cuando éste solicite recuperación del área perdida, fijar y cumplir de común acuerdo las fechas respectivas y fijar con claridad la temática respectiva. 33. El director de grado debe organizar los estudiantes en equipos de trabajo para que le colaboren con la presentación del aula de clase. 34. El director de curso debe informar a los padres de familia sobre el rendimiento y comportamiento general de los estudiantes en cada período, debe dejar constancia de las reuniones ordinarias y extraordinarias que realice con los padres y estudiante y hacer firmar los compromisos. 35. Cumplir con exactitud el registro respectivo de las notas en la plataforma la entrega de planillas e informes de cada período entendiendo las fechas programadas, sopena de estar expuesto a las acciones disciplinarias a que diere lugar. 36. La delegación a cursos o charlas pedagógicas implica la socialización de esos conocimientos con el resto de profesores. Socializar la información recibida de las capacitaciones a quien corresponda. 37. Utilizar la hora clase exclusivamente en actividades netamente relacionadas con el desarrollo pedagógico del área (Decreto 734/02) 38. En caso de accidente el profesor debe intervenir para que el estudiante se le preste en forma inmediata los primeros auxilios e informar por escrito lo pertinente. 39. Propender por el buen comportamiento de los estudiantes dentro y fuera de la Institución ARTICULO 6. DEBERES DE LOS DIRECTIVOS DOCENTES 1. Conocer el manual de convivencia y hacerlo base fundamental de sus acciones y determinaciones. Ser ejemplo para la comunidad en eficiencia, eficacia e identificación con la entidad en el correcto desarrollo de sus proyectos. 2. Desarrollar la ley 115 y Decreto Reglamentario 1860 Ley 715, decretos 1290 (SIEC) y 1850 y sus posteriores reformas. Manual de convivencia - 17 -
  • 18. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 3. Promover en la comunidad educativa la práctica del Manual de Convivencia. 4. Informar a la comunidad y poner en práctica las directrices trazados por los consejos académicos y directivo. 5. Mantener canales claros de comunicación dentro de los diferentes estamentos. 6. Participar democráticamente en la toma de decisiones en los comités y consejos que le correspondan a su cargo. 7. Gerenciar con equidad y justicia. 8. Promover eventos científicos, culturales, artísticos y deportivos dentro de la institución y fuera de ella. 9. Controlar la puntualidad y asistencia de los profesores. 10. Denunciar sin tardanza los delitos ante las autoridades competentes. 11. Llevar los controles requeridos y las actas reglamentarias de cada reunión con directivos, profesores, jefes de área o estudiantes. 12. Hacer el plan de su unidad administrativa y supervisar la ejecución y cumplimiento de horarios, cronogramas y organigramas. 13. Supervisar y orientar la conservación y mantenimiento de materiales y equipos. 14. Dar pautas de técnicas metodológicas y procesos didácticos para mejorar el trabajo. 15. Junto con el comité de evaluación y promoción analizar las estadísticas de bajo rendimiento académico en cada período para hacer los correctivos. 16. Atender y resolver problemas que le sean presentados por los diferentes estamentos de acuerdo a sus competencias específicas. Todo esto dentro de un espíritu de cordialidad y respeto mutuo. 17. Hacer la distribución de cargas asignaciones académicas dentro de los principios de equidad e igualdad de acuerdo con una de las áreas, asegurando el mejor aprovechamiento del recurso humano. 18. Comunicar oportunamente a los profesores y estudiante sobre las decisiones o determinaciones tomadas. 19. Presentar el proyecto de planeamiento de actividades anuales. 20. Orientar la ejecución del PEI y aplicar las decisiones del gobierno escolar. 21. Hacer un balance de necesidades para gestionar la solución de estas. 22. Fomentar y facilitar la capacitación de los docentes en cada una de las áreas y/o especialidades. 23. Diseñar y a conocer el manual de funciones del docente. 24. Prohibir la comercialización de bienes o servicios dentro de comunidad educativa por parte de los docentes Manual de convivencia - 18 -
  • 19. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL CAPITULO IV DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA ARTICULO 7. SON DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA 1. Matricular libre y voluntariamente a cada uno de sus estudiantes en la institución. 2. Velar porque sus hijos reciban formación académica, moral y ética de la más alta calidad acorde a la filosofía de la institución. 3. Recibir de la comunidad educativa trato cordial, amable, serio y responsable. 4. Recibir a tiempo información oportuna y veraz de los logros obtenidos, desaciertos o deficiencias de aprendizaje. 5. Ser escuchado por los directivos y docentes para resolver cuestiones inherentes al compromiso educativo de sus estudiantes, en horario que para tal fin programe la institución. 6. Acompañar a su hijo [a] cuando este lo considere necesario en los reclamos que tenga a bien presentar ante las directivas o profesores del instituto. De la Institución 7. Recibir información sobre el rendimiento escolar de los hijos cuando lo solicite. 8. Proponer iniciativas y sugerencias que contribuyan al mejor funcionamiento del plantel. 9. Hacer reclamos justos y respetuosos, dentro del tiempo fijado por las normas legales e institucionales. 10. Conocer oportunamente, las investigaciones y sanciones que afecten al estudiante, acudidos o hijos. 1 1. Pertenecer al Consejo Directivo, Consejo de Padres y Asociación consejo de Padres. 12. Ser considerado miembro de la comunidad educativa. ARTICULO 8. SON DEBERES DE LOS PADRES. Los padres de familia como parte de la comunidad educativa, según el Art. 68 de la constitución política y los dispuestos en la Ley General de Educación, dice: "la familia como núcleo fundamental de la sociedad y primer responsable de la educación de los hijos, hasta la mayoría de edad (18 años)" debe: 1. Cumplir las normas y mandatos contenidos en el Manual de Convivencia y tas demás normas que reglamentan la educación como son la ley 115/ 94, el Decreto Reglamentario 1860/94 y demás normas que dicte el Ministerio de Educación. 2. Presentarse a registro de matrícula con o sin estudiante con el fin de adquirir el compromiso y la responsabilidad en la educación de sus hijos(as). Esta función no puede ser delegada por ser obligación esencial de los Padres, en caso de impedimento del mismo, autorizarán por escrito al acudiente. La institución se reserva el derecho de aceptar o no la delegación. Manual de convivencia - 19 -
  • 20. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 3. Controlar y revisar oportunamente en casa, el desarrollo académico de sus hijos(as) cuando sea pertinente. 4. Participar con sus hijos(as) en la organización del tiempo libre para el estudio y recreación en familia. 5. Dotar a los hijos(as) de uniformes completos, útiles y elementos indispensables para el óptimo desarrollo y aprovechamiento estudiantil. 6. Fomentar en sus hijos(as) hábitos de estudio, comunicación, así como brindarle mucho afecto y apoyo humano. 7. Estar siempre enterado de las amistades y lugares que frecuentan sus hijos(as) y buscar los correctivos necesarios. 8. Informarse periódicamente sobre el rendimiento académico, asistencia y comportamiento de sus hijos(as) o cuando lo crea conveniente antes de terminar cada período. 9. Cumplir con los conductos regulares para las diferentes gestiones académicas y administrativas establecidas en el Manual de Convivencia. 10. Colaborar de manera decidida y oportuna en las actividades que programa la institución. 11. Asegurarse de que quede plenamente verificada cualquier situación académica o disciplinaria de sus hijos (as) dentro de los cinco (5) primeros días hábiles siguientes a su ocurrencia. La Institución NO acepta reclamos extemporáneos al respecto. 12. Responsabilizarse de los compromisos a cumplir después de un llamado disciplinario o académico, firmando el observador del estudiante que lleva cada docente. 13. Enviar a su hijo(a) o acudido(a) todos los días correctamente presentados y con el uniforme completo. En caso contrario, su hijo(a) o acudido(a) será devuelto(a) a casa para que se uniforme adecuadamente y regrese al plantel. 14. Sufragar todos los gastos que ocasionen los hijos(as) por concepto de daño en cualquier cosa ajena, particular o privada de uso individual o colectivo dentro o fuera de la institución, por daños o agresión personal fuera o dentro de la institución. Lo anterior no quedará exento de la respectiva sanción disciplinaria de acuerdo al Manual de Convivencia. 15. Atender a la convocatoria a reuniones de Padres por parte de las Directivas de la institución en el horario establecido. 16. Justificar la inasistencia a la institución. 17. Dar buen trato a la institución, el Rector(a), coordinador profesores y demás miembros administrativos y de la comunidad educativa. 18. Presentar proyectos de mejoramiento académica y mejoramiento de la estructura de la institución. 19. Tomar parte activa en el Consejo Directivo y Consejo de Padres de cada curso con el fin de colaborar con los docentes y estudiantes en el mejoramiento de la Institución. PARÁGRAFO. El padre de familia y/o acudiente que irrespete o ultraje verbal o físicamente a un miembro de la comunidad o incumpla las normas de la institución Manual de convivencia - 20 -
  • 21. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL podrá ser objeto de: Suspensión de carácter como acudiente - Prohibición de su ingreso a la Institución de manera temporal - Llamado verbal. Cuando el padre de familia no asista a las reuniones debe enviar excusa y presentarse posteriormente a averiguar el tema tratado, de no hacerlo, el estudiante será devuelto a su casa con la respectiva notificación escrita. Manual de convivencia - 21 -
  • 22. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL CAPITULO V DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES ARTICULO 9. SON DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES. Se entiende por deber toda responsabilidad que el estudiante asume ante la institución. 1. Ser admitido en la Institución, sin distinción de ninguna índole. 2. Ser atendidos en forma individual o colectiva en los aspectos físicos, intelectuales, moral y socio afectivo. 3. Ser ubicados en el nivel escolar que le corresponde de acuerdo a su madurez psicomotriz e intelectual. 4. Ser evaluados en forma justa y promovidos al grado siguiente de acuerdo con el nivel de desarrollo y habilidades dando cumplimiento a las normas referentes a promoción. 5. Participar en todas las actividades escolares programadas por las directivas, tendiendo a su propio beneficio cultural, social y comunitario. 6. Disfrutar correctamente de todas las instalaciones, muebles materiales y servicios establecidos en el plantel para su beneficio. 7. Ser oído antes de ser sancionado ejerciendo e! derecho a la defensa, ayudando responsablemente al esclarecimiento de situaciones en las cuales puede estar involucrado. 8. Conocer las calificaciones de parte de los profesores antes de ser registradas en las planillas respectivas. 9. Ser atendido en sus reclamos y solicitudes particulares, que hagan a través de los conductos regulares, enmarcados en la honestidad, veracidad, el respeto por la filosofía de la institución y por la comunidad educativa en general, así: profesor de la materia asignatura, jefe de área, director de grupo, profesor de disciplina, coordinador y rector. 10. Ser tratados por parte de los profesores, directivos y demás personas particulares del gobierno Escolar con la consideración, respeto, aprecio y justicia que todo ser humano merece de sus semejantes. 11. Recibir una educación e instrucción adecuada que le garantice una formación integral que le sirva para desempeñarse en su medio ambiente, de acuerdo con los programas académicos y objetivos institucionales. 12. Conocer con anterioridad los objetivos generales y específicos de cada asignatura como los criterios seleccionados para la evaluación de su rendimiento. 13. Conocer las anotaciones que por su comportamiento haga su respectivo profesor en el observador del estudiante para hacer los reclamos pertinentes según el caso. 14. Ser atendidos oportuna y debidamente por parte de los profesores y directivos en lo que se refiere al informe descriptivo, solicitud de certificado de estudios, constancias y otros. Estas solicitudes se harán durante los horarios establecidos. Manual de convivencia - 22 -
  • 23. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 15. SolicitarRecibir un buen servicio, alimentos balanceados y en buen estado que ofrecen en la tienda escolar. y calidad en los alimentos que se ofrecen en el refrigerio reforzado en el recreo. 16. Solicitar a los profesores y autoridades escolares la organización durante el período académico de algunos medios de comunicación masiva, que les permita expresar sus opiniones, quejas, denuncias o iniciativas para el mejoramiento de la calidad educativa en la vereda. 17. Promover y participar en campañas que busque el bienestar y superación estudiantil e institucional. 18. Solicitar el reconocimiento y respeto de los derechos consagrados que son fundamentales para toda persona, en la constitución política de Colombia; el código del Menor, leyes, civiles, penales. Ley general de la Educación y otras normas vigentes. 19. Ser protegido y orientado contra el consumo y distribución de sustancias que puedan producir dependencia y afectar el bienestar físico y mental propio de sus semejantes (Código Menor Art.15). 20. Ser acreedor a estímulos, según su rendimiento académico, artístico, deportivo o cultural. 21. Promover iniciativas y sugerencias en beneficio de la educación y de la misma institución. 22. Exigir a los profesores que se cumplan las clases y actividades programadas en forma puntual y completa, como las normas legales vigentes sobre evaluación y promoción. 23. Recibir una orientación adecuada para la elaboración de trabajos escritos, consultas, tareas, carteleras, etc. Ser revisados y corregidos correctamente por los profesores. 24. Velar por el cumplimiento del Manual de Convivencia, siguiendo el conducto regular y haciendo participe al gobierno escolar. 25. Postularse para integrar los diversos comités. 26. Hacer uso permanente de la autoevaluación y coevaluación con su plena participación. ARTICULO 10. SON DEBERES DE LOS ESTUDIANTES EN EL ORDEN ACADÉMICO 1. Asistir puntualmente a todas las clases y actividades programadas en el plantel. 2. Cumplir las tareas, lecciones y trabajos señalados por los profesores. 3. El estudiante deberá mantener permanente atención a las explicaciones y orientaciones, buscando su participación activa y ordenada de acuerdo a las pautas por el profesor, 4. Cuando por alguna circunstancia el profesor se ausente, el estudiante deberá proceder con orden a la elaboración de alguna tarea o en su defecto estudiar el tema que corresponde posteriormente. 5. El estudiante deberá traer al plantel los cuadernos y demás útiles escolares que los profesores indiquen, tratarlo con cuidado y vigilar permanentemente para Manual de convivencia - 23 -
  • 24. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL que algunos de sus elementos no se extravíen. 6. Presentar en las fechas señaladas las evaluaciones. 7. Participar en las actividades deportivas, sociales, culturales y comunitarias de una forma organizada, sería y respetuosa. 8. Justificar su ausencia de clase, a través de la presencia del acudiente o mediante una excusa por escrito firmada (con 25% de fallas se pierde la asignatura). EN EL ORDEN DISCIPLINARIO 1. Conocer y acatar el Manual de Convivencia del Plantel. 2. Presentar justificaciones por escrito a retrasos o inasistencias firmadas por el acudiente respaldado por una certificación médica. 3. Portar permanentemente el carnet estudiantil, presentarlo cuando fuere necesario. 4. Permanecer en el plantel durante toda la jornada escolar y en los sitios programados para cada actividad. 5. Desplazarse inmediatamente a sus hogares cuando se termine la jornada escolar. 6. Entregar a los acudientes o padres de familia las comunicaciones escritas o verbales que el plantel les envíe. 7. Guardar el comportamiento debido en cada una de las diferentes zonas del plantel: Sala de sistemas, aulas de clase, patio de recreo, cocina, baños, etc. Durante las horas de clase y en los cambios de clase, ningún estudiante debe permanecer fuera del aula respectiva, excepto que haya sido citado o enviado a otras dependencias. 8. Asistir a la institución y permanecer en la misma con el uniforme debidamente llevado y bien presentado(a). En el caso de las niñas cogerse el cabello y no asistir maquilladas ni con las uñas pintadas, los jóvenes con el cabello corto y bien peinado. 9. Utilizar los servicios del plantel tales como Refrigerio Reforzado, Biblioteca, Sala de sistemas, guardando el respeto y cuidado que garantice la seguridad y el bienestar de quienes lo acompañen; además respetar los turnos de los compañeros u otras personas. 10. Estar a tiempo a la hora de la entrega del refrigerio reforzado y almuerzo ya que así se evitará atrasos en el inicio de clases y se podrá organizar esta actividad con mayor calma y respeto. 11. Se tomará el refrigerio en completo orden y silencio respetando la fila y el turno que le corresponde. 12. Los estudiantes de preescolar cumplirán con el horario de acuerdo con lo dispuesto por el Ministerio de Educación Nacional. 13. Los permisos para retirarse del plantel deben ser por escrito firmado por el acudiente y autorizado por el coordinador, profesor de disciplina o rector. 14. Toda falta a clase será registrada en los controles de asistencia. Manual de convivencia - 24 -
  • 25. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 15. Todas las solicitudes, reclamos deberán presentarse en forma respetuosa e individualmente, a su debido tiempo. 16. Pedir permiso al profesor encargado de la disciplina, para ingresar a un salón en horas de recreo. 17- Participar en orden, silencio y respeto en las formaciones que se organicen en el plantel. 18. Tener sentido de pertenencia y en consecuencia interesarse y responsabilizarse del aseo, presentación correcta, conservación de la planta física y de sus implementos, los libros con que cuenta el plantel y la preservación del medio ambiente. 19. En particular cuidar los textos y libros de consulta, las sillas y mesas de trabajo, computadores, no arrojar basuras en los pisos y patio, no colocar avisos no autorizados en muros y puertas, dejar el aula correspondiente en perfecto estado de orden y aseo, 20. Los estudiante que causen algún daño en la planta física, en el mobiliario o en útiles de sus compañeros tienen las siguientes obligaciones: Dar aviso inmediato al director de grupo reparar a la mayor brevedad posible el daño causado. El no cumplimiento de esta obligación ocasionará suspensión y citación al padre de familia o acudiente al plantel mientras se cumple con la reparación. 21. Hacer buen uso de la tienda escolar solamente durante la hora de descanso. 22. No ingresar a la sala de profesores sin permiso. 23. Finalizado el año escolar entregar el pupitre en buen estado y debidamente pintado. EN EL ORDEN SOCIAL 1. La honradez, los buenos modales, el compañerismo y el respeto por sus superiores y compañeros de estudio son cualidades que deben prevalecer en el estudiante que pertenece a la institución. 2. Cuidar y conservar los servicios sanitarios. 3. El estudiante debe cooperar en el arreglo del aula, el orden, aseo, e higiene de la institución en general. 4. El comportamiento del estudiante fuera del plantel deberá ser intachable puesto que así se manifestará el aprecio, cariño y respeto que se tiene por la institución. 5. Respetar y valorar los símbolos patrios, las autoridades democráticas constituidas y valores sociales, patrios y humanos. 6. Utilizar dentro y fuera de las aulas un lenguaje decente y respetuoso que excluya toda palabra vulgar u ofensiva, 7. Tratar a todas las personas, (Rector, coordinador, profesores, compañeros, padres de familia, etc.) con la debida consideración, respeto y cortesía. 8. Cuidar sus respectivas pertenencias, abstenerse de llevar objetos de valor y colaborar en el cuidado de los útiles y bienes de los compañeros. 9. Mantener con los compañeros relaciones cordiales, de ayuda, colaboración, solidaridad que busque el bien común y social. 10. Abstenerse de formar parte de asociaciones o grupos de cualquier carácter que tenga como fin causar daño a la sociedad en general y el desajuste individual Manual de convivencia - 25 -
  • 26. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL en lo moral y psicológico. Esta conducta será informada por la institución a las autoridades civiles competentes y padres de familia. EN EL ORDEN MORAL 1. No deberán traer al plantel libros, revistas, CDS. Memorias USB u otro material con sentido pornográfico; además no traer joyas, celulares instrumentos cortantes, armas de cualquier clase, drogas alucinógenas psicoactivas, bebidas alcohólicas u otros elementos que causen problemas al orden escolar. 2. No deben atentar contra el prestigio y el buen nombre de la institución, mediante desorden colectivo, que causen mal ambiente en la opinión pública. 3. No irrespetar a sus superiores, padres de familia, compañeros y demás personas con malas palabras, calumnias e injurias. 4. No atentar contra la moral y las sanas costumbres de nuestra comunidad. EN EL ORDEN DEPORTIVO 1. La participación de las actividades deportivas obedecerá a la programación que los profesores indiquen y durante ella el estudiante deberá observar conservar un comportamiento de compañerismo, respeto y espíritu deportivo. 2. En las clases de educación física y actividades recreativas deberá asistir con el uniforme indicado para tal efecto. 3. Es un deber responder por los daños producidos a los elementos deportivos, cuando sean causados por el mal uso o descuido en el mantenimiento. Manual de convivencia - 26 -
  • 27. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL CAPITULO VI ARTICULO 11. ADMISIONES Y MATRICULAS 1. Requisitos para los estudiantes que ingresan por primera vez a la Institución: fotocopia del carné de vacunas (para preescolar),certificado de estudio de los grados anteriores, registro civil de nacimiento, 2 fotos 3X4, paz y salvo , fotocopia del SISBEN , fotocopia del servicio de salud ,fotocopia del anecdotario, fotocopia de la tarjeta de identidad o cédula, fotocopia de la cédula de los padres o el acudiente, fotocopia de un recibo de servicios públicos, certificación de la desvinculación del SIMAT. 2. Requisitos para estudiantes antiguos: boletín del año anterior, paz y salvo debidamente diligenciado, 2 fotos 3X4. 3. La matrícula debe ser diligenciada personalmente por el Padre de Familia y el estudiante. 4. Firmar el libro de matrícula. 5. Los estudiantes de otras instituciones en cuyos currículos no aparezcan áreas de la especialidad ofrecida por nuestro plantel deberán nivelarlas por ser exigencia básica de nuestra formación. ARTICULO 12. IMPEDIMENTOS PARA SER ACUDIENTE 1. Ser menor de edad. 2. Tener discapacidad mental. 3. Estar vinculado a la institución como funcionario o estudiante a excepción estado de viudez o separación de hecho, o ambos padres trabajen en el plantel. Manual de convivencia - 27 -
  • 28. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL CAPÍTULO VII PROHIBICIONES Y FALTAS DE LOS ESTUDIANTES, CORRECTIVOS Y SANCIONES, DEBIDO PROCESO. ARTICULO 13. SE PROHIBE A LOS ESTUDIANTES 1. Incumplir cualquiera de los deberes de los estudiantes. 2. Portar armas o sustancias que pongan en peligro la integridad física de los compañeros. 3. Destruir o dañar los elementos de los compañeros 4. Usar prendas diferentes a los uniformes y accesorios extravagantes y maquillaje (las niñas) 5. Utilizar vocabulario soez, vulgar e irrespetuoso u ofensivo o ademanes de la misma Índole. 6. Traer material pornográfico al colegio. 7. Agredir física y verbalmente a sus profesores, compañeros y demás miembros de la comunidad educativa, dentro y fuera de la institución. 8. Apropiarse de objetos ajenos. 9. Comercializar dentro de la institución, cualquier tipo de producto. 10. Deteriorar el medio ambiente, arrojando basuras, maltratando jardines, usando irracionalmente el agua, los recursos energéticos y exceder en ruidos. 11. Promover y participar en peleas dentro y fuera de la institución. 12. Salir de la institución o de las clases en horas de la jornada de estudio sin autorización del profesor. 13. Presentarse en estado de embriaguez 14. La amenaza y la intimidación a cualquier miembro de la comunidad educativa de manera verbal, escrita, virtual (redes sociales, mensajes de texto)(matoneo). 15. El fraude comprobado en evaluaciones y trabajos. 16. Portar, distribuir y consumir dentro de la institución: bebidas alcohólicas, cigarrillos, sustancias psicoactivas y alucinógenas. 17. Traer a la institución objetos de valor: joyas, celulares, etc. La institución no se hace responsable por estas pérdidas o daños. El uso de objetos tales como Tablet, celulares, iphone, ipad, entre otros, sin la debida autorización del docente,la Institución no se hace responsable por perdidas o daños de los mismos. 18. Traer juegos de azar 19. Arrojar elementos dentro o fuera de la institución que pueda afectar físicamente a las personas. 20. Ejecutar actos o hacer demostraciones eróticas sexuales en la institución. 21. Permanecer en los salones de clases en horas de descanso 22. Usar los varones el cabello largo, tinturado y aretes. 23. Llegar tarde a las clases o a las actividades programadas por la institución. 24. Dañar las instalaciones físicas. 25. Elaborar grafitis en los muros, paredes del colegio y sitios aledaños Manual de convivencia - 28 -
  • 29. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 26. Realizar comportamientos indebidos por fuera de la institución portando el uniforme o símbolos de la institución (juegos, máquinas, billares, cines, etc). 27. Usar pirsin. 28. Practicar la piromanía en cualquiera de sus manifestaciones dentro y fuera dela institución. 29. incurrir en cualquiera de las faltas leves, graves o gravísimas incluidas en el pacto de convivencia ARTICULO 14. CONSTITUYEN FALTAS ACADÉMICAS LEVES Dará lugar a imposición de correctivos: 1. Violación de los deberes académicos indicados en este manual 2. El incumplimiento de tareas, trabajos e implementos para el normal desarrollo de las clases. 3. Distraerse en las clases o realizar actividades diferentes a la asignatura. 4. Hacer fraude comprobado en los trabajos o evaluaciones. 5. Tener rendimiento académico bajo. La persistencia en el bajo rendimiento con falta de voluntad para mejorar. 6. Faltar a las clases sin ninguna excusa. 7. Obstaculizar el trabajo de docentes y compañeros. PARAGRAFO. Reiterar tres vecs en las faltas leves las convierte en faltas graves ARTICULO 15. DE LAS FALTAS DISCIPLINARIAS Y DE COMPORTAMIENTO Las faltas disciplinarias se clasifican en leves, graves, gravísimas y colectivas. ARTICULO 16. SE CONSIDERAN FALTAS LEVES 1. Portar de manera incorrecta los uniformes. 2. Llegar tarde al colegio, al salón de clases y demás actividades programadas por la institución. 3. Permanecer en los salones en horas de descanso. 4. Mostrar una presentación no acorde con las exigencias del colegio y con el porte del uniforme. 5. Retirarse de clase sin autorización del profesor. 6. No respetar el conducto regular. 7. Usar o portar elementos que interfieran en su actividad académica. 8. Vender productos dentro de la institución. 9. Utilizar apodos para dirigirse a sus compañeros, directivos, docentes y personal en general que labora en la institución. 10.Consumir alimentos en los siguientes sitios: Rectoría, Biblioteca, aulas de clase, sala de sistemas. 11.No informar oportunamente a los padres de familia o acudientes de las Manual de convivencia - 29 -
  • 30. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL reuniones que se requiere su presencia.Retener o no suministrar oportunamente la información enviada a los padres, madres y/o acudientes de las reuniones, citaciones, cuando se requiera la presencia en la institución 12.Presentarse al colegio, o lugares en que deba representar a la institución, sin el uniforme correspondiente. 13. Faltar al colegio sin justificación. 14.No asistir a clases estando en el colegio. 15.No acatar las órdenes impartidas. 16.Esconder los útiles y objetos de sus compañeros. 17.Arrojar basuras en los sitios que no corresponden o deteriorar el medio ambiente. - 18.Presentar mal comportamiento en las formaciones y actos solemnes. 19.Escribir letreros o grafitis en paredes, pupitres y demás bienes de la institución o sitios aledaños. 20. Incumplir con el compromiso comportamental, establecido con el colegio. 21.Utilizar dentro del aula el teléfono celular. 22. Masticar chicles dentro y fuera de los salones de clase del colegio. 23.Traer o acceder a material pornográfico. 24.Arrojar objetos o elementos que causen daño. 25.Jugar con harina, agua, huevos, pintura y otras sustancias similares que atenten contra la buena presentación de las instalaciones o de las personas, o contra la integridad física de las mismas. 26.Asumir actitudes que menoscaben el buen nombre del colegio, lanzando improperios a los transeúntes mientras se desplazan hacia el plantel. 27.Comprar en cafetería en horario no autorizado para estudiante. 28.Dañar la planta física, los equipos y enseres del plantel. 29.No regresar en forma oportuna y en el plazo estipulado textos y otros materiales facilitados en calidad de préstamo. 30. No guardar las debidas distancias dentro de la Institución educativa, cuando existen compromisos de relaciones de noviazgos autorizados por sus padres o acudientes 31. ARTICULO 17. SE CONSIDERAN FALTAS GRAVES 1. Presentarse al colegio en estado de embriaguez, consumir licor o fumar dentro de él. 2. Utilizar términos soeces para dirigirse a sus compañeros, directivos, docentes y personal en general que labora en la institución. 3. Inasistencia reiterativa al colegio y a clase sin ninguna justificación. 4. Participar en juegos que atenten contra la dignidad personal. 5. Guardar información que pueda perjudicar a los miembros de la institución. 6. Las manifestaciones amorosas que atenten contra el pudor sexual dentro de las instalaciones del colegio. Manual de convivencia - 30 -
  • 31. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL 7. Apropiarse para sí o para terceros de objetos ajenos. 8. Causar daños en los bienes muebles o inmuebles del colegio. 8. Destrucción premeditada de bienes, muebles, enseres, materiales didácticas y planta física de la institución educativa. 9. Quedarse en los salones, cuando se lleven a cabo actos comunitarios. 10.Asumir actitudes que menoscaben el buen nombre del colegio. 11.La agresión física, verbal y de hecho a cualquier miembro de la institución dentro y fuera de la misma. 12.El pertenecer a pandillas, grupos delictivos, sectas satánicas, comunidades virtuales, redes sociales que directamente, o través de terceros amenacen o agredan de palabra o de obra a estudiantes, docentes o irectivos docentes dentro o fuera de la institución educativa. 13.Realizar rifas, sorteos, apuestas que impliquen un beneficio de tipo personal. 14.Dar un uso indebido al uniforme del colegio, por fuera de sus instalaciones. 15.Presentar trabajos plagiados (incluida la información de internet) 16.Portar, traficar y/o consumir, así sea la dosis personal de sustancias psicoactivas, tanto dentro como fuera del colegio. 17.Participar directa e indirectamente en contra de cualquier miembro de la comunidad educativa del colegio. 18.Agredir verbal o físicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa del colegio. 19.Evadirse del colegio. 20.Utilizar el servicio de internet institucional para enviar mensajes obscenos, insultantes, intimidantes, vulgares o realizar actividades ilícitas. o actividades diferentes a las académicas 21.No responder por pérdidas o daños en las instalaciones, bienes y servicios de la institución que ocurran con ocasión de mal uso o mal intencional. 22.Burlarse o reírse de los errores cometidos en la clase o descanso por sus compañeros, irrespetando el libre desarrollo de la personalidad. 23.La reiteración por tres (3) veces o más a las faltas leves. ARTICULO 18. SE CONSIDERAN FALTAS GRAVÍSIMAS 1. La reincidencia de cualquiera de las faltas consideradas graves. 2. Inducir al tráfico, no informar del tráfico o consumir cualquier tipo de psicoactivos dentro de la institución o en sus inmediaciones. 3. Amenazar o coaccionar a miembros de la comunidad educativa. 4. La calumnia comprobada hacia cualquier miembro de la comunidad educativa. 5. La elaboración de anónimos, escritos en las paredes o pupitres que denigren de la institución o de cualquiera de sus miembros. 6. El fraude en todas sus manifestaciones. 7. Hurto comprobado 8. Portar armas o elementos detonantes, que puedan utilizarse y causar en contra Manual de convivencia - 31 -
  • 32. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL de la buena marcha de la institución y la integridad de las personas. 9. Utilizar sustancias químicas, con el propósito de causar daño, anarquía o terrorismo dentro del colegio. 10. Asumir un comportamiento vandálico 11. Manifestar y practicar actividades satánicas 12. Utilizar los medios masivos de comunicación para denigrar de la institución. 13. Expender o negociar con material pornográfico. 14. Hacer demostraciones erótico-sexuales en cualquier dependencia de la institución. 15. Chantaje moral o acoso sexual a cualquier miembro de la comunidad educativa (matoneo). ARTICULO 19. SE CONSIDERA FALTA COLECTIVA. Son aquellas en las cuales se involucran varios estudiantes, el curso o grupo en general, que por encubrimiento de la falta se imposibilita identificar el responsable de ella. Estas faltas requieren de una cuidadosa investigación, para evitar que aquellos estudiantes que no participaron, resulten afectados. En última instancia el o los estudiantes involucrados, se les aplicará el debido correctivo de acuerdo al presente manual. ARTICULO 2O. MEDIDA PREVENTIVA. El Sistema disciplinario debe garantizar la formación integral del estudiante fomentando el sentido de responsabilidad asegurando e! bienestar general y la buena marcha de la institución. Los directivos, docentes, padres de familia y estudiantes de la institución asumen el compromiso de conocer, difundir y cumplir el presente manual, para el éxito de la labor educativa buscando con ello que no haga escarnio público para el estudiante o se afecte su dignidad personal. ARTICULO 21. CORRECTIVOS PARA LAS FALTAS LEVES El correctivo debe tener valor formativo. Se pueden aplicar una o varias de las siguientes alternativas de acuerdo a la gravedad de la falta: 1. Llamado de atención verbal. 2. Anotación en el observador del estudiante 3. Amonestación escrita con comunicación al padre de familia. 4. Requerimiento del acudiente al plantel, quien firmará el acta de compromiso igual que el estudiante. 5. Recomendación para seguimiento psicológico. 6. Realización de trabajo y/o taller formativo sobre la falta cometida. Manual de convivencia - 32 -
  • 33. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL ARTICULO 22. CORRECTIVOS Y SANCIONES PARA LAS FALTAS GRAVES. Se pueden aplicar una o varias de las siguientes sanciones: 1. Amonestación con anotación en el observador del estudiante. 2. Llamado al padre de familia con anotación, previo informe al coordinador o docente encargado en el caso de las Escuelas Integradas 3. Realización de trabajo social y/o taller formativo. 4. Suspensión por un término no mayor de tres (3) días que deberá imponerse por parte del Rector a través de resolución. La suspensión se cumplirá en el plantel, realizando trabajos. 5. Matricula en observación o condicional, será impuesta por el rector previo informe del proceso llevado a cabo en la coordinación y de los profesores que conozcan el caso y el comportamiento. 6. Estudio del caso en el Comité de Ética y Convivencia, quienes determinarán la sanción. 7. Calificación bajo en el respectivo período en comportamiento. 8. Recomendación de seguimiento psicológico. ARTICULO 23. CORRECTIVOS Y SANCIONES PARA LAS FALTAS GRAVÍSIMAS Se pueden aplicar una o varias de las siguientes sanciones: 1. Estudio del caso por el Comité de Ética y/o consejo de padres y/o consejo directivo quienes determinarán la sanción. 2. Suspensión por un término no mayor a cinco (5) días que deberá imponerse por parte del rector a través de resolución. La suspensión se cumplirá en el plantel, realizando trabajos. Uno de estos consistirá en un trabajo investigativo relacionado con la falta cometida que será expuesta de una manera reflexiva a los compañeros de sede. - Pérdida del cupo para el año siguiente. - Cancelación inmediata de matrícula. Se debe producir un acto administrativo firmado por el Rector basado en el acta donde se determinaron las causales de la cancelación de la matrícula. - Calificación BAJO en el respectivo período en comportamiento. - Informar a la autoridad competente, si el caso lo amerita. PARÁGRAFO 1. Cuando culmine alguna suspensión, el estudiante deberá presentar trabajos y evaluaciones que se hayan programado durante el cumplimiento de la misma. PARÁGRAFO 2. Para cualquier caso que se cite al acudiente y no se presente dentro de las 48 horas siguientes, el estudiante será retirado de clases hasta que se cumpla con lo indicado. PARÁGRAFO 3. Fuera de la matrícula en observación, que le aplique la institución Manual de convivencia - 33 -
  • 34. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL dentro del año escolar vigente, se harán acreedores a esta para el año siguiente los estudiantes a quienes se les haya aplicado suspensión hasta por 3 días continuos o discontinuos. PARÁGRAFO 4. A los estudiantes a quienes se les cancele la matrícula por infringir el Manual de Convivencia, no podrán ingresar a la Institución hasta después de un año si lo solicita y a criterio de la institución. ARTICULO 24. CONDUCTO REGULAR Para el análisis de las situaciones irregulares que se puedan presentar en el transcurso de las actividades escolares, tanto para el estudiante como para padres de familia, se establece el siguiente conducto regular: Para aspectos académicos: 1. Profesor de la asignatura 2. Director de grupo 3. Comisión de promoción y evaluación 4. Coordinador 5. Consejo Académico Para aspectos disciplinarios: 1. Profesor o persona involucrada 2. Director de grupo 3. Coordinador 4. Rector 5. Comité de Ética y convivencia. 6. Consejo Directivo Para aspectos psicológicos: 1. Profesor que conozca el caso 2. Director de grupo 3. Rector (a) Manual de convivencia - 34 -
  • 35. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL CAPITULO VIII ESTÍMULOS Entiéndase como estimulo toda acción que tenga como objetivo reconocer y resaltar la labor desarrollada por una persona o el conjunto de ellas en los diferentes estamentos comprometidos en la labor educativa de la institución. ARTICULO 32. CLASES DE ESTÍMULOS. 1. Entregar premios y distinciones a los mejores en las jornadas deportivas, culturales e izadas de bandera. 2. Anotar cualidades positivas del estudiante en el observador del estudiante. 3. Figurar en el cuadro de honor del establecimiento. 4. Representar a la institución en delegaciones culturales, científicas, literarias, artísticas, académicas, etc. según sea el campo en el que se ha destacado positivamente. 5. Anualmente y dentro del programa de clausura, se entregaron distinciones así: Mejor estudiante de preescolar. Mejor estudiante por grado. Mejor puntaje ICFES Puntualidad Colaboración Relaciones humanas Espíritu deportivo Esfuerzo personal Perseverancia 6. En los grados de Preescolar Básica Primara, Básica y Media se ofrecerá matrícula de honor o beca que consistirá en el no pago de otros cobros al mejor estudiante por grado. 7. Promoción anticipada. Si un director de grado detecta dentro de sus estudiante uno o varios que demuestren calidad excelente en lo formativo, cognoscitivo, sicomotriz, su motivación y demás procesos intelectuales en la mayoría de las áreas básicas del grado, al terminar el 1er período se propondrá un informe escrito al Coordinador este hará lo pertinente ante la Comisión de Evaluación y Promoción, que hará el estudio y propondrá la promoción anticipada, el Comité Académico valorará la propuesta y la enviará al Consejo Directivo para su aprobación. Manual de convivencia - 35 -
  • 36. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL CAPITULO IX EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES ARTICULO 33. EVALUACIÓN DE LOS EDUCANDOS Se realizará de acuerdo a los requerimientos establecidos en el decreto 1290 del 6 de Abril de 2.009, que permite autonomía institucional. Para la I.E.T. Guasimal se denominará Sistema Integral de Evaluación Concertada SIEC, fundamentada en: Saber conocer: procesos cognitivos, contenidos conceptuales, estrategias cognitivas. Criterio académico. Saber hacer: procesos psicomotores, contenidos procedimentales, estrategias metodológicas. Criterio académico. Saber ser: procesos afectivos, actitudinales, motivacionales. Criterio Personal. Saber convivir: Relación con el otro. Criterio social. La evaluación concertada es una estrategia en la cual el estudiante se compromete e involucra en su proceso evaluativo. Debe: - Ser realizada de común acuerdo entre los docentes y los estudiantes al inicio de cada periodo y en cada asignatura. - Concertar los aspectos específicos a evaluar por ejemplo: actitudes, aptitudes, desarrollo de actividades, trabajos, debates, desarrollo de proyectos, investigaciones, tareas, ensayos, actividades culturales, artísticas, sociales, etc. - Fijarse nota o porcentaje. - Escribir el acuerdo. ARTICULO 34. OBJETIVOS DE LA EVALUACIÓN 1. Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances. 2. Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante. 3. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo. 4. Determinar la promoción de estudiantes. 5. Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional. ARTICULO 35. INFORMES DE EVALUACIÓN Las cuarenta semanas de labor escolar estarán repartidas en cuatro (4) periodos. Al finalizar cada uno de ellos, los padres de familia o acudientes recibirán un informe escrito de evaluación en el que se de cuenta de los avances de los educandos en el proceso formativo en cada una de las áreas. Antes de finalizar el año escolar se entregará a los padres de familia o acudientes un informe final, el cual incluirá una evaluación integral del rendimiento del educando para cada área durante todo el año. Manual de convivencia - 36 -
  • 37. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL La escala que se tendrá en cuenta en estos informes será: Desempeño Bajo De 1.0 a 3.4 Desempeño Básico De 3.5 a 4.0 Desempeño Alto De 4.1 a 4.6 Desempeño Superior De 4.7 a 5.0 ARTICULO 36. CRITERIOS DE PROMOCIÓN REPROBACIÓN Y GRADUACIÓN. a. Los estudiantes aprueban el año escolar, si ganan todas las áreas con nota igual o superior a 3,5. b. Período a período los estudiantes van acumulando las notas parciales en cada asignatura de tal manera que al finalizar el año lectivo completen mínimo 14 puntos y máximo 20. Esto se hace para que ellos lleven el control de su desempeño. En caso que los estudiantes necesiten, se hará un examen finalizando el año escolar cuya valoración será de 0 a 1 punto que se sumará al acumulado anual. c. El estudiante que reprueba más de dos áreas, no será promovido al siguiente grado escolar. d. El estudiante tampoco será promovido al siguiente grado escolar, cuando deje de asistir injustificadamente al 25 % del total de la intensidad horaria, en cada asignatura e. El estudiante que reprueba una o dos áreas tendrá que hacer y aprobar los cursos remédiales en la jornada que le asigne la institución. En el caso en que el estudiante no apruebe el (los) curso(s), podrá matricularse en el grado siguiente. En su certificado de estudios aparecerá DESEMPEÑO BAJO en la asignatura respectiva y esta no podrá ser modificada. f. El estudiante que reprueba una (1) o más asignaturas de la misma área y su promedio definitivo es igual o superior a 3,5 gana el área. g. La calificación definitiva del área y/o asignatura en el grado escolar cuando aprueba un curso de recuperación será mínimo 3,5. h. La promoción anticipada de grado se hará tal como lo plantea el decreto 1290 de 2009, en su Art. 7. i. Graduación. La ceremonia de grado será sólo para los estudiantes de once que tengan aprobadas la totalidad de las áreas. En los otros niveles y ciclos se realiza ceremonia de clausura. El titulo otorgado es técnico comercial. Quienes tengan asignaturas pendientes no podrán asistir a la ceremonia de graduación y deberán hacer el curso remedial. j. El título de Bachiller se otorga a los estudiantes de grado once, que hayan aprobado todos los grados. Manual de convivencia - 37 -
  • 38. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL k. Para optar al título de bachiller debe cumplir además, con el servicio social obligatorio l. Los estudiantes que culminen la educación media obtendrán el título de Bachiller técnico cuando hayan cumplido con todos los requisitos de promoción adoptados por el establecimiento educativo en el proyecto educativo institucional, de acuerdo con la ley y las normas reglamentarias. m. El grado de preescolar se evalúa y promueve de conformidad con el artículo 10 del Decreto 2247 de 1997 sobre educación preescolar, es decir que no se reprueba. En este nivel no hay ceremonia de grado sino de clausura. n. La promoción se da al finalizar cada uno de los grados de preescolar a once. o. La institución garantizará la promoción de alrededor del 95% de los estudiantes que actualmente están asistiendo a las labores académicas del año lectivo en curso. p. Si un área está comprendida por más de una asignatura la nota que se tendrá en cuenta será el resultado del promedio de estas. q. Educandos que hayan obtenido desempeño final bajo en las áreas de la especialidad durante los grados consecutivos de la educación media técnica repetirá el grado. r. Cuando un estudiante pierda alguna asignatura al finalizar el año lectivo puede presentar una recuperación, cuya nota deberá ser superior a 3,5. s. La institución programará cursos remédiales que le permitan al estudiante superar sus deficiencias. 6 Los estudiantes del grado primero reprueban cuando pierden el área de humanidades durante los cuatro periodos del año escolar. ARTICULO 37. COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN Estará integrada por El Consejo Académico, conformará para cada grado, una comisión de evaluación y promoción integrada por un número de hasta tres docentes, un representante de los padres de familia que no sea docente de la institución y el Rector (a) o su delegado(a). Son funciones: 1. Reunirse al finalizar cada período escolar, para analizar los casos de los educandos con desempeño bajo en cualquiera de las áreas y hacer recomendaciones generales o particulares a los estudiantes y los profesores, en términos de refuerzo y superación. 2. Convocar a los padres de familia o acudientes, al educando y al educador respectivo con el fin de presentarles un informe junto con el plan de refuerzo y acordar los compromisos por parte de los involucrados. 3. Definir la promoción de los educandos y hacer recomendaciones de refuerzo o superación para estudiantes que presenten dificultades. 4. Analizar los casos de los educandos con desempeño excepcionalmente altos Manual de convivencia - 38 -
  • 39. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL con el fin de recomendar actividades especiales de motivación o promoción anticipada. Las decisiones, observaciones y recomendaciones que se consignarán en actas y estas constituirán evidencias para posteriores decisiones acerca de la promoción de los educandos. ARTICULO 38. CRITERIOS DE PROMOCIÓN DE LOS EDUCANDOS Los establecimientos educativos tienen que garantizar un mínimo de promoción de alrededor del 95% del total de los educandos que finalicen el año escolar en la institución educativa. Al finalizar el año, la comisión de evaluación y promoción de cada grado, será la encargada de determinar cuáles educandos deberán repetir un grado determinado. Se consideran para la repetición de un grado cualquiera de los siguientes educandos: 1. Educandos con valoración final bajo en más de dos áreas. 2. Educandos que hayan obtenido valoración final bajo en matemáticas, lenguaje y las optativas, durante dos o más grados consecutivos de la Educación Básica. 3. Educandos que hayan dejado de asistir injustificadamente más del 25% de las actividades académicas durante el año escolar. 4. Los educandos que en el grado primero pierdan el área de castellano. humanidades 5. Los educandos que obtengan desempeño bajo en el área de la especialidad en dos grados consecutivos. ARTICULO 39. CURSO REMEDIAL Todo educando que haya obtenido desempeño bajo, en la evaluación final, de una o dos áreas, presentará una nueva evaluación de esas áreas a más tardar la semana anterior al comienzo del siguiente año escolar. La evaluación se calificará de acuerdo con los términos del artículo 36 de este Manual de Convivencia, su resultado, ya sea este aprobatorio o no, quedará en el registro escolar. Manual de convivencia - 39 -
  • 40. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL CAPITULO X GOBIERNO ESCOLAR ARTICULO 40. ORGANIZACIÓN Y GOBIERNO ESCOLAR DE LA INSTITUCIÓN. De acuerdo a la ley 115/94 Art. 142 y Decreto 186O/94. Art. 19 y 2O el Gobierno Escolar está integrado por el Rector [a], el Consejo Directivo y el Consejo Académico. ARTICULO 41. CONSEJO DIRECTIVO. Es un organismo de participación de la comunidad educativa, de orientación académica y administrativa del establecimiento. Está integrado por: 1. El Rector 2. Dos (2) Representantes de los Docentes 3. Dos (2) representantes de los padres de familia 4. Un (1) representante de los estudiantes. 5. Un (1) representante de los exalumnos 6. Un 1) representante del sector productivo ARTICULO 42. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO 1. Tomar las decisiones que afectan el funcionamiento de la institución y que no estén delegadas o atribuidas como competencia a otra autoridad en el presente Manual o en las normas educativas vigentes. 2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los estudiantes del establecimiento, después de haber agotado los procedimientos previstos en el Manual de Convivencia. 2. servir de instancia para resolver cuestionamientos administrativos entre docentes, estudiantes y miembros de la comunidad servidores de la Institución después de haber agotado los procedimientos previstos en el manual. 3. Adoptar el reglamento o Manual de Convivencia. 4. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado. 5. Participar en la planeación y evaluación del PEÍ, de los currículos y plan de estudio. 6. Establecer estímulos y sanciones para el óptimo desarrollo académico y social del estudiante que han de incorporarse al Manual de Convivencia. 7. Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución. 8. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas. 9. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles. 10. Reglamentar los procesos electorales previstos con el Gobierno Escolar. 11. Decidir sobre el plan anual de actualización del personal docente presentado Manual de convivencia - 40 -
  • 41. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL por la Rectoría. 12. Aprobar previo análisis el proyecto de matrículas y otros cobros educativos para cada año lectivo. ARTICULO 43. CONSEJO ACADÉMICO Es un órgano como instancia superior para participar en la orientación pedagógica del establecimiento. Está conformado por: 1. El Rector (a), quien lo preside 2. Los coordinadores Académicos y de disciplina 3. El jefe o Coordinador de cada una de las áreas académicas 4. Un representante de los docentes de los grados primero, segundo y tercero. Uno de preescolar, un representante de cada grado de 4 y 5 de básica primaria y un representante de cada grado de la básica media. ARTICULO 44. FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO 1. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del proyecto educativo institucional. 2. Estudiar el currículo y propiciar mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes necesarios, acordes con las exigencias del momento y los avances tecnológicos. 3. Organizar el Plan de estudios y orientar su ejecución. 4. Conformar para cada grado, una comisión de Evaluación y Promoción integrada por un número de hasta de tres docentes, un representante de los padres de familia que no sea docente de la institución y el Rector (a) o su delegado (a) quien la convocará y la presidirá con el fin de definir la promoción de los educandos y hacer recomendaciones de actividades de refuerzo y superación para estudiantes que presenten dificultades. Comisión que se reunirá al finalizar cada período escolar. 5. Participar en la evaluación institucional anual. 6. Recibir y decidir sobre los reclamos de los estudiante sobre la evaluación educativa. 7. Las demás funciones a fines o complementarias con las anteriores que le atribuye el P.E.I. ARTICULO 45. GRUPO DE GESTION Y CALIDAD Es un equipo de consulta y asesoría que estudia, evalúa y orienta a los Directivos de la institución en la toma de decisiones. ARTICULO 46. CONSEJO DE ETICA Y COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA. Según el articulo 12 de la ley de convivencia 1620 el comité escolar de convivencia esta conformado por Rector Manual de convivencia - 41 -
  • 42. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL Personero de la Institución Dos docentes Coordinador Presidente del consejo de padres de familia Presidente del consejo de los estudiantes. ARTUCULO 47 FUNCIONES DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA 1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes. 2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa. 3. Promover la vincl.l!ación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa. 4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo. 5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de esta Ley, frente a situaciones especificas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este · comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta. 6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos. 7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas' en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación Manual de convivencia - 42 -
  • 43. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y ' Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité. 8. 8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía Estará conformado por el Rector, la Coordinadora, 3 docentes y 1 estudiante. Su función principal es la de servir como mediador en casos especiales que lo ameriten o que soliciten su apoyo. Será renovado anualmente por el Consejo académico. ARTICULO 47. FUNCIONES DEL CONSEJO DE PROFESORES 7. Recibir y analizar los resultados de la evaluación institucional realizada por cada uno de los docentes. 2. Propiciar alternativas de solución a los problemas detectados en la Evaluación institucional. 3. Implementar a través de los profesores, los proyectos pedagógicos y rendir informes de la ejecución cuando sean requeridos por las directivas. 4. Seleccionar a los estudiantes que son acreedores a los estímulos otorgados por el colegio. 5. Elegir a los docentes representantes al Consejo Directivo, al Consejo Académico y Comité escolar de Ética y Convivencia 6. Proponer al Consejo Académico las reformas o ajustes que se deben dar al Plan de Estudios. 7. Participar activamente en la evaluación y reajustes al P.E.I 8. Servir como instancia de consulta en aspectos disciplinarios considerados graves o gravísimos. ARTICULO 48. CONSEJO DE ESTUDIANTES Es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los educandos, está integrado por un vocero de cada uno de los cursos ofrecidos por la Institución. El Consejo de Estudiantes deberá convocar una fecha dentro de las cuatro (4) primeras, semanas del calendario académico, asambleas integradas por los estudiante de cada curso. Para elegir el vocero de los estudiantes de Nivel Pre-escolar y de los tres (3) primeros grados de la básica primaria, serán convocados a una Asamblea donde elegirán a un (1) solo y deberá estar cursando el tercer grado. Manual de convivencia - 43 -
  • 44. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL PARAGRAFO: Las Sedes Paso Ancho y Sucre conformarán un GOBIERNO ESTUDIANTIL, respectivamente, siguiendo uno de los principios del Modelo Pedagógico Escuela Nueva. Será elegido democráticamente en el mes de Febrero, dicho Gobierno contará con Presidente, Vicepresidente, Secretario, Líderes de Comités y los cargos que en su momento se consideren necesarios. Se reunirán periódicamente y llevarán la respectiva papelería. . ARTICULO 49. FUNCIONES DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES Corresponde al Consejo de Estudiantes 1. Tener su propia organización interna 2. Elegir al representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo y asesorarlo en el cumplimiento de su representación. 3. Invitar a los estudiantes a presentar iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil y demás actividades afines. 4. Ser multiplicador de las políticas, acciones y tareas impulsadas por el Gobierno Escolar. 5. Revocar la elección del representante al Consejo Directivo cuando infrinja normas de ética, moral y de responsabilidad en sus funciones, así como el rendimiento académico y disciplinario. ARTICULO 50. CONDICIONES PARA SER REPRESENTANTE DEL CURSO 1. Estar matriculado en la institución y pertenecer al curso que quiere representar. 2. Haber aprobado el año anterior. 3. No tener acta de compromiso académico y/o disciplinario 4. Gozar de buena imagen, conducta, responsabilidad y seriedad . 5. Ser elegido democráticamente mediante voto secreto. ARTICULO 51. FUNCIONES DEL REPRESENTANTE DEL CURSO EN EL CONSEJO DE LOS ESTUDIANTES 1. Servir de vocero del curso ante el Director(a) del curso o ante cualquier directivo cuando sea necesario. 2. Promover acciones que conduzcan al cumplimiento de los deberes y de los derechos estudiantiles. 3. Conocer ampliamente el Manual de Convivencia 4. Servir de puente entre los integrantes del curso y el personero de los estudiantes cuando sean vulnerados los derechos de los estudiantes. 5. Asistir a las reuniones cuando sea citado. 6. Participar con voz y voto en la elección del representante de los estudiantes al Consejo Directivo. 7. Constituirse en líder de la buena marcha académica y disciplinaria del curso que representa. ARTICULO 52. CONSEJO DE PADRES Manual de convivencia - 44 -
  • 45. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL Es un medio para asegurar la continua participación de los padres y acudientes en el proceso pedagógico de la institución. Para su formación se invitará a Asamblea de Padres de Familia de los estudiante de cada curso, por votación elegirán a cada uno o dos de ellos como su vocero, uno actuará como principal y el otro como suplente. ARTICULO 53. FUNCIONES DEL CONSEJO DE PADRES 1. Participar en las diferentes etapas del proceso de diseño, ejecución y evaluación del P.E.I. 2. Evaluar las debilidades, fortalezas de la institución y colaborar con los proyectos que mejoren la calidad del servicio educativo. 3. Dar información en la reunión de padres de familia de cada curso sobre las decisiones que se tomen en el consejo de padres. 4. Colaborar con las comisiones de evaluación y promoción de estudiante con el fin de brindar asesoría a los padres de aquellos estudiantes que presentan dificultad académica y disciplinaria. ARTICULO 54. PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES En todos los establecimientos de educación básica y media y en cada año lectivo, los estudiantes elegirán a un estudiante de último grado que ofrezca el establecimiento, para que actúe como personero de los estudiantes y promotor de sus derechos y deberes (Art. 94, ley 115/ 94) Dicha elección se realizará dentro de los tres primeros meses del año escolar. ARTICULO 55. REQUISITOS PARA SER PERSONERO El candidato debe reunir las siguientes condiciones: 1. Ser estudiante regular y estar en el último grado que ofrece la institución. 3. Ser estudiante destacado en cuanto a lo académico y disciplinario. 4. Presentar por escrito propuestas que vayan en bien de la comunidad. 5. Llenar e! formato de inscripción. ARTICULO 56. FUNCIONES DEL PERSONERO 1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes. 2. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten sus condiscípulos cuando crean que han sido lesionados sus derechos. 3. Presentar ante la Rectoría solicitudes que consideren necesarias para proteger los derechos de los estudiantes. 4. Expresar sus ideas en bien de la comunidad educativa. 5. Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo, las decisiones del Rectoría] respecto a las peticiones presentadas por su intermedio. 6. Convocar al Consejo de Estudiantes, cuando requiere su colaboración . ARTICULO 57. MARCO OPERATIVO PARA LA ORGANIZACIÓN Y ELECCIÓN DEL GOBIERNO ESCOLAR. Manual de convivencia - 45 -
  • 46. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL La organización y elección del Gobierno Escolar debe hacerse dentro de las cinco (5) primeras semanas a partir del día siguiente a la iniciación de clases. Para tal fin el área de ciencias sociales será la encargada de liderar esta actividad, establecerá un cronograma, involucrando a todos los estamentos de la Institución. La elección de representantes de cada curso al Consejo de Estudiantes, debe realizarse en la tercera semana de la iniciación de clases. La elección del personero, representante al Consejo Directivo, Gobierno estudiantil, se hará mediante modalidad del tarjetón, voto secreto y mayoría simple. ARTICULO 58. CONSEJO ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DEL PERSONERQ. Estará integrado por: 1. Un representante de área de Ciencias Sociales. 2. Dos representantes del Consejo de Estudiantes 3. Un representante de los profesores de otras áreas ARTICULO 59. FUNCIONES DEL CONSEJO ELECTORAL. 1. Diseñar y elaborar las actas y formatos de inscripciones de los candidatos. 2. Establecer horarios y lugar para las inscripciones de los candidatos 3. Coordinar los debates entre los candidatos. 4. Asesorar a los candidatos. 5. Diseñar el tarjetón y preparar las urnas para las elecciones 6. Abrir y cerrar las inscripciones y votaciones. 7. Controlar, vigilar y sancionar a los candidatos y comitivas irrespetuosas. 8. Nombrar los jurados de votación. 9. Dar mediante acta los resultados del conteo de los votos obtenidos por cada candidato. 10. Darse su propio reglamento. ARTICULO 60 CONTRALORIA ESTUDIANTIL La Institución tendrá un contralor estudiantil de acuerdo a lo estipulado en la ordenanza 032 del 24 de Diciembre de 2.008 de la Asamblea Departamental. Se elegirá democráticamente por los estudiantes en la misma fecha de elección del Personero, Tendrá un Comité Estudiantil de Control Social con delegados de cada curso que lo apoyará en sus funciones, reuniéndose trimestralmente, será el encargado de promover y actuar como veedor del buen uso de los recursos y de los bienes públicos de la Institución Educativa. Manual de convivencia - 46 -
  • 47. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUASIMAL CAPITULO XI UNIFORMES ARTICULO 61. La Institución Educativa Técnica Guasimal adoptará los uniformes que apruebe el Consejo Directivo para las diferentes actividades, buscando siempre, que preserven a los estudiantes de cualquier discriminación por razones de apariencias [Art. 17 Decreto 1860/94] ARTICULO 62. LOS UNIFORMES DE DIARIO Tendrán las siguientes especificaciones: 1. UNIFORMES DE LAS ESTUDIANTES - Falda azul oscura prensada con un largo mínimo de 4 dedos sobre la rodilla. Camisa blanca con el logotipo de la institución en el bolsillo, que será usada por dentro de la falda. - Jardinera verde oliva a cuadros, prensada una vez adelante y atrás, cuatro centímetros sobre la rodilla, Debajo de la jardinera se usa camisa manga corta con sesgo de la tela de la jardinera. - Zapatos negros escolares. - Medías blancas largas. 2. UNIFORME DE LOS ESTUDIANTES - Pantalón azul oscuro en tela, bota recta. (Jean no). Verde olivo en tela tipo lino con bota recta. - Guayabera blanca con el logotipo de la institución - Zapatos negros escolares de cordón - Medias azul oscuro verde olivo ARTICULO 63. EL UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA Tendrá las siguientes especificaciones tanto para hombres como para mujeres: Pantalón de la sudadera azul oscuro bota recta. Camibuso blanco con el logotipo de la Institución, tenis blanco, medias blancas Color verde olivo con dos franjas amarillas en los lados, tela tipo anti fluido con bota recta. Camibuso blanco con el escudo bordado de cuello y puños en ric de color verde olivo y un metido en amarillo en forma de rectángulos unidos al final. Manual de convivencia - 47 -