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Contratos temporales y su fiscalización
1. LOS CONTRATOS DE TRABAJO
TEMPORALES Y SU FISCALIZACIÓN
Dr. Paul Cavalié Cabrera
2. I. LA POSIBILIDAD DE CONTRATAR
LABORALMENTE POR UN PLAZO FIJO O
DETERMINADO
3. Contrato de trabajo
Reglas generales en la contratación laboral
Reglas
Preferencia por la
contratación laboral a
plazo indeterminado
(presunción legal)
La contratación
temporal resulta
excepcional
Los contratos a plazo
determinado exigen
formalidad escrita
Responde al PRINCIPIO DE
CONTINUIDAD de la relación
laboral.
Responde al PRINCIPIO DE
CAUSALIDAD
4. A pesar que, normativamente, la contratación temporal resulta
una excepción a la existencia de los contratos de trabajo a plazo
indeterminado, las estadísticas muestran que, aproximadamente
6 de cada 10 contratos de trabajo son de plazo fijo o
determinado.
Uso predominante de los contratos
temporales
5. Contrato de trabajo
Acuerdo de
voluntades
E
T
Pago de remuneración
Prestación personal de servicios
Subordinación de T a E
≠ Locación de servicios
6. ELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO
Hechos
Documentos
Primacía de la realidad: Discordancia entre los hechos y lo que surge
de los documentos o acuerdos suscritos entre las partes, se otorga
preferencia a lo que sucede en el terreno de los hechos.
7. Si se demuestra la existencia de los 3 elementos esenciales del
contrato de trabajo, se presume una relación laboral a plazo
indeterminado.
Por excepción, se podrá contratar a temporalmente o a plazo
fijo, siempre que se cumplan los requisitos exigidos.
PRESUNCIÓN DE LABORALIDAD
A PLAZO INDEFINIDO
9. Contrato de trabajo
Tipología de los contratos a plazo fijo
CONTRATOS A PLAZO
FIJO
1. NATURALEZA TEMPORAL
2. NATURALEZA ACCIDENTAL
3. OBRA O SERVICIO ESPECÍFICO
-Inicio o incremento de actividad
-Necesidades de mercado
-Reconversión empresarial
-Ocasional
-Suplencia
-Emergencia
-Específico
-Intermitente
-Temporada
10. Contrato de trabajo
1. Contratos de naturaleza temporal:
- Inicio o incremento de actividad
Inicio de actividad,
establecimiento o nuevo
servicio. Incremento de
actividades.
La duración máxima es de
3 años
11. Contrato de trabajo
- Necesidades de mercado
Incremento coyuntural e
imprevisible originado
por variaciones del
mercado.
Duración máxima de 5
años
12. Contrato de trabajo
- Reconversión empresarial
Reorganización de
actividades por causas
tecnológicas, productivas,
organizacionales, etc.
Su duración máxima es de
2 años
13. Contrato de trabajo
2. Contratos de naturaleza accidental
- Ocasional
Razones transitorias diferentes
de actividades habituales.
Su duración máxima es de 6
meses al año
14. Contrato de trabajo
- Suplencia
Reemplazo de trabajador
titular con suspensión
(perfecta o imperfecta)
La duración depende del
retorno del titular
15. Contrato de trabajo
- Emergencia
Caso fortuito o fuerza mayor
(imprevisibles, irresistibles e
inevitables)
Su duración dependerá del fin
de las obras
16. Contrato de trabajo
3. Contratos de obra o servicio
- Obra o servicio específico
Un servicio concreto u obra
determinada
Su duración depende del fin de
la obra o servicio.
17. Contrato de trabajo
-Contrato intermitente
Necesidades permanentes pero
discontinuas (no cíclicas, no
determinables)
No hay plazo de duración
18. Contrato de trabajo
-Contrato de temporada
Necesidades permanentes en
ciertas épocas del año.
No hay plazo máximo de
duración.
20. Rol integral del Sistema Inspectivo
PROCEDIMIENTO
SANCIONADOR
CUMPLIMIENTO DE
NORMAS LABORALES
PREVENCIÓN
FISCALIZACIÓN
ACTUACIÓN
INSPECTIVA
ACTUACIÓN DE
ORIENTACIÓN
INFORMACIÓN,
DIFUSIÓN,
CAPACITACIÓN Y
ASESORAMIENTO
21. Contrato de trabajo
Supuestos de desnaturalización de
contratos a plazo fijo
1. El trabajador continúa laborando
después de la fecha de vencimiento del
contrato y/o el máximo legal permitido
2. El trabajador continúa laborando
luego de concluida una obra materia
de contrato sin haber operado la
renovación
3. El trabajador continúa la prestación
de sus labores sin que se reincorpore el
titular, vencido el término legal o
convencional.
4. El trabajador demuestra la
existencia de simulación o fraude a las
normas.
22. El inspector deberá solicitar la documentación pertinente en
relación con la naturaleza de cada contrato sujeto a modalidad
utilizado por el empleador.
La inexistencia de un contrato sujeto a modalidad,
formalmente suscrito, acarrea la apreciación de un vínculo
laboral de duración indeterminada.
ACTUACIÓN DE LA INSPECCIÓN EN RELACIÓN CON
LOS CONTRATOS TEMPORALES
24. Contrato de trabajo
Requerimiento de cumplimiento de la norma
sociolaboral objeto de la infracción
La Inspección puede «(…) ordenar al
empleador, que en relación con un
trabajador, siempre que se
fundamente en el incumplimiento
de la normatividad legal vigente (…)
se establezca que el contrato de
trabajo sujeto a modalidad es a
plazo indeterminado y la
continuidad del trabajador cuando
corresponda (…)»
(Art. 20.3 del RLGIT)
«(…) Las medidas de requerimiento se
disponen y ejecutan, sin perjuicio de
las multas que le corresponda imponer
a la Autoridad Inspectiva a cargo del
procedimiento administrativo
sancionador.»
(Art. 20.3 del RLGIT)
25. Régimen de infracciones
«(…) No entregar al trabajador, en los plazos y con los requisitos
previstos, copia del contrato de trabajo. (…)».
(Art. 23.2 RLGIT)
Califica como una infracción LEVE en materia de relaciones
laborales
Imposición de multas
26. Régimen de infracciones
«(…) No presentar una copia de los mismos (de los contratos de
trabajo) ante la Autoridad Administrativa de Trabajo para su
conocimiento y registro. “
(Art. 24.7 RLGIT)
Califica como una infracción GRAVE en materia de relaciones
laborales
Imposición de multas
27. Régimen de infracciones
«(…) El incumplimiento de disposiciones relacionadas con la
contratación a plazo determinado, cualquiera que sea la
denominación de los contratos, su desnaturalización, su uso
fraudulento, y su uso para violar el principio de no discriminación».
(Art. 25.5 RLGIT)
Califica como una infracción MUY GRAVE en materia de
relaciones laborales
Imposición de multas
28. Los hechos acreditados en el curso de un procedimiento inspectivo
laboral constituirán valiosas pruebas a discutirse en un proceso judicial
acerca de la desnaturalización de un contrato de trabajo sujeto a
modalidad.
CARÁCTER PROBATORIO PARA ACUDIR AL
PROCESO JUDICIAL
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