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Seguridad y Salud
Laboral en el Area
Agropecuaria
Unidad II
Marco legal
Ley N°16744, de 1968: Seguro Social contra Riesgos de Accidentes
del Trabajo y Enfermedades Profesionales, Ministerio del Trabajo y
Previsión Social.
Objetivos
Prevenir los accidentes del trabajo y las
enfermedades profesionales.
Otorgar prestaciones médicas para curar o
sanar al trabajador y restituirle su
capacidad de trabajo.
Otorgar prestaciones económicas en el
período de incapacidad como compensación
de las consecuencias del accidente o
enfermedad profesional, incluyendo el caso
de muerte.
Rehabilitar profesionalmente al trabajador
accidentado o enfermo profesional.
• Ley N° 19345, de 1994: Dispone aplicación de la Ley N° 16744 al Sector Público.
• Decreto Supremo N° 594, de 1999, Reglamento de las condiciones sanitarias y ambientales básicas
en los lugares del trabajo, del Ministerio de Salud.
• Decreto Supremo N° 40 de 1969, Reglamento sobre prevención de riesgos profesionales.
• Decreto Supremo N° 67, sobre cotización adicional diferenciada
• Código del Trabajo, artículo N° 184.
• Ley N°20123,de 2006: Regula Trabajo en Régimen de Subcontratación.
• Decreto Supremo N° 76, de 2006: Reglamento sobre la gestión de la seguridad y salud en el trabajo
• Ley N° 19937, de 2004: Establece una nueva concepción de la autoridad sanitaria.
• Decreto Supremo N° 1222, de 1996, Reglamento del Instituto de Salud Pública de Chile.
• Circular 2100, SUSESO 2003
• Decreto Supremo N° 109, de 1968: reglamento para la calificación y evaluación de los Acci¬dentes
del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
Definición de Conceptos.
Accidente del Trabajo: es toda lesión que sufre un trabajador a causa o con
ocasión de su trabajo y que le produzca lesiones de incapacidad o muerte.
Son también accidentes del trabajo los ocurridos en el trayecto directo, de ida o de regreso,
entre la habitación y el lugar de trabajo, y aquellos que ocurran en el trayecto directo entre
dos lugares de trabajo, aunque correspondan a distintos empleadores
Desde el punto de vista de la gestión preventiva en el marco de la NCh 180000f. 2004, se
define Accidente del Trabajo como suceso no deseado que origina daño y que afecta a las
personas, equipos, materiales y/o medioambiente de trabajo
Incapacidad Laboral: es un periodo en que el trabajador se ve imposibilitado a
prestar sus servicios ya sea a causa de reposo prescrito por un profesional médico como
consecuencia de una enfermedad común o profesional o bien por un accidente del trabajo.
La incapacidad se divide en
Temporal: de naturaleza o efectos transitorios, que permita la recuperación del
trabajador y su reintegro a sus labores habituales
Incapacidad permanente o Invalidez: es aquella que le produce al
trabajador una pérdida de capacidad presumiblemente permanente o irrecuperable
Enfermedad Profesional: es aquella que es causada de una manera directa por el
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muerte.
Para ser considerada una enfermedad profesional debe existir una relación causal entre el
quehacer laboral y la patología que provoca la incapacidad o muerte
Incidente: es un suceso relacionado con el trabajo en el cual ocurre o podría haber ocurrido un
daño, deterioro de la salud, o una fatalidad.
En el caso que el incidente de lugar a un daño a la salud o una fatalidad, pasa a ser un accidente del
trabajo.
Causa
“No hay accidente sin causa”
Ley de causalidad
Daños
SUBSISTEMAS INVOLUCRADOS EN LOS
ACCIDENTES
Identificación de los Factores de Riesgo
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OrganizaciónCaracterísticas
Personales
Entorno
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Herramientas
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Máquinas
Objetos
Sustancias peligrosas
Orden
Ruido
Iluminación
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Supervisión
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• Actitudes Indebidas
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• Incapacidad Física o
Mental
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Ambiente (Factores
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• Desgaste normal de las
instalaciones y equipos
• Abuso por parte de los
usuario
• Diseño inadecuado
• Mantenimiento
inadecuado
Causas Inmediatas de los
Accidentes
CONDICIONES
INSEGURAS
ACCIONES
INSEGURAS
(Subestándar)
CAUSAS
INMEDIATAS
ACCIONES
SUBESTANDAR
* Operar sin autorización
* Operar a una velocidad inadecuada
* Poner fuera de servicio los dispositivos de seguridad
* Usar equipo defectuoso
* Usar el equipo incorrecto
* No usar el equipo de Protección personal
* Cargar o ubicar incorrectamente
* Efectuar Mantención a equipo en movimiento
* Hacer bromas
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CAUSA
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CAUSA
INMEDIATA
ACCIDENTE
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LESION O
PERDIDA
SECUENCIA DE LOS SUCESOS
CAUSAS
INMEDIATAS
CONDICIONES
SUBESTANDAR
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• Equipos en mal estado
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• Ruido excesivo
• Iluminación o ventilación inadecuada
• Desorden y desaseo
• Resguardos protecciones inadecuadas
• Congestión
• Señalizaciones inadecuadas e insuficientes
• Etc.
Seguridad y salud
del trabajador
Factores de riesgo físico (ruido,
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Factores de la
maquinaria y
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Factores de riesgo químico
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Factores de riesgo
biológico (virus, bacterias,
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forzadas, movimientos repetitivos, manejo
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trabajo (relaciones laborales, carga
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riesgos más relevantes para la seguridad y salud del sector agrícola, descritos como tales por la OIT
Proporción de empresas con trabajadores expuestos a factores de riesgo
Riesgos %
Vibraciones 31,70%
Ruido 19,30%
Altas temperaturas 31,20%
Falta de luz 7,80%
Radiaciones 6,10%
Radiación ultravioleta 71,50%
Humos 20,40%
Vapores 4,40%
Electricidad 7,00%
Maquinarias, herramientas 50,20%
Posturas incómodas 16,30%
Carga pesada 22,70%
Movimientos repetitivos 26,20%
Exposición a factores meteorológicos y
medioambientales
1. Informar a los trabajadores sobre los riesgos de exposición a los rayos UV de origen solar
y sus efectos dañinos a corto y largo plazo en la piel y ojos.
2. Publicar diariamente, y en un lugar visible, el índice de UV señalado por la
3. Dirección Meteorológica y, a partir de esta información, aplicar las medidas de control,
incluyendo el uso de elementos de protección personal.
Decreto Nº97 de la Subsecretaría de Salud Pública del
Ministerio de Salud y la Ley Nº 20.096 exigen a los
empleadores
4. Identificar a los trabajadores expuestos y verificar la efectividad de las medidas de
protección aplicadas.
5. Las medidas específicas para este riesgo son: realizar el sombraje de los lugares de
trabajo a fin de disminuir la radiación UV y, dentro de lo posible, organizar las labores
reduciendo el trabajo en las horas de mayor riesgo (entre 13 y 15 horas).
6. Los trabajadores deben contar con elementos de protección personal como gorros,
lentes y protector solar.
Un alto porcentaje de lesiones y accidentes graves y
fatales en el trabajo agrícola está asociado al tractor, el
equipo motorizado más utilizado en el sector, debido a
atropellos, aplastamientos, atrapamientos, resbalones,
caídas y vuelcos, enganches al acoplar implementos
(poleas, cuchillos, discos y rastras, entre otros) y el
transporte de trabajadores o acompañantes en los
tapabarros del tractor –practica muy arraigada– quienes
son los primeros lesionados en un volcamiento
La legislación chilena no tiene un cuerpo especial que regule la protección del trabajador
que utiliza maquinaria agrícola. Solo existe un artículo en el DS Nº 594, de aplicación
general para el empleo de máquinas y equipos en diversos sectores productivos. Sin
embargo, las normas técnicas internacionales consideran medidas de seguridad
recomendadas por los proveedores de estas máquinas en el país como, por ejemplo, que el
tractor tenga barra antivuelco, frenos propios en los equipos y carros de arrastre, cinturón
de seguridad para el conductor, entre otras.
El trabajo agrícola reúne gran variedad de labores consideradas pesadas, otras de
naturaleza más sedentarias y repetitivas; ambas situaciones implican adoptar
posturas que amenazan el bienestar corporal de los campesinos
Las principales medidas de prevención para estos riesgos están orientadas a informar y
capacitar a los trabajadores en el buen uso de la fuerza física, cumpliendo con las normas del
peso máximo, en la manipulación adecuada de herramientas, en las formas de evitar realizar los
trabajos continuados en la misma postura.
La exposición a plaguicidas y productos agroquímicos es uno de los riesgos de mayor gravedad
para la salud de los trabajadores en este sector, debido a que contienen sustancias químicas que
pueden producir daños a la salud de las personas cuando son manipulados
los plaguicidas son, de acuerdo al Decreto Ley No 3.557, un “compuesto
químico, orgánico o inorgánico, o sustancia natural que se utilice para
combatir malezas o enfermedades o plagas potencialmente capaces de causar
perjuicios en organismos u objetos”
Los plaguicidas pueden ingresar al organismo por las vías respiratoria, dérmica o
cutánea, digestiva y conjuntiva, y por mecanismos de absorción, inhalación e
ingestión.
Los elementos de protección personal requeridos para el trabajo con
productos químicos son aquellos de resguardo respiratorio, la ropa aislante
para el cuerpo completo, guantes, calzado, y el equipo de protección ocular
y facial
Instrumento de prevención de riesgos para
su existencia
Número mínimo de
trabajadores
Deber de Informar o Derecho a Saber Desde 1 trabajador
Reglamento Interno de Higiene y Seguridad Desde 1 trabajador
Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad Desde 10 trabajadores
Comite Paritario de Higiene y Seguridad Mas de 25 trabajadores
Departamento de Prevencion de Riesgos Mas de 100 trabajadores
“el empleador estará obligado
a tomar todas las medidas
necesarias para proteger
eficazmente la vida y salud de
los trabajadores, informando
de los posibles riesgos y
manteniendo las condiciones
adecuadas de higiene y
seguridad en las faenas, como
también los implementos
necesarios para prevenir
accidentes y enfermedades
profesionales”.
Código del Trabajo artículo 184
establece “las condiciones sanitarias y
ambientales básicas que debe cumplir
todo lugar de trabajo, sin perjuicio de
la reglamentación específica que se
haya dictado o se dicte para aquellas
faenas que requieran condiciones
especiales. Establece, además, los
límites permisibles de exposición
ambiental a agentes químicos y agentes
físicos, y aquellos límites de tolerancia
biológica para trabajadores expuestos
a riesgo ocupacional”.
Decreto Supremo Nº 594
La Dirección delTrabajo elabora dictámenes que clarifican diversos aspectos de la
norma laboral y de seguridad y salud, para su correcta interpretación y aplicación, de
modo de orientar a los distintos actores del mundo del trabajo. Para el sector agrícola
ha emitido varios dictámenes que, si bien no son específicos para ella, son aplicables a
la pequeña empresa
El Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), dependiente del Ministerio de
Agricultura, regula la restricción y prohibición del uso de determinados
plaguicidas, emitiendo para ello resoluciones especificas y de cumplimiento
obligatorio; sigue las directrices de la Organización Mundial de la Salud
(OMS), que los clasifica sobre la base de su toxicidad y que, en su
Resolución No 2196 (2000), establece una ordenación toxicológica.
•Tasa de siniestralidad: Cantidad de días perdidos en el período X 100
Promedio de trabajadores en el período
•Tasa de accidentabilidad: Cantidad de accidentes en el período X100
• Promedio de trabajadores en el período
Total
Accidente 2.118
Dias perdidos 39.424
Trabajadores 42.728
Tasa accidentabilidad
Tasa siniestralidad
Empresas 255
Sector Económico
Tasa de
Accidentalidad
Tasa de
Siniestralidad
Pesca 5,98 165
Agrícola 5,27 98
Construcción 5,10 110
Forestal maderero 4,92 125
Acuícola 4,73 76
Energía y telecomunicaciones 4,64 99
Transporte 4,63 110
Comercio y Retail 4,58 72
Industrial 4,49 86
Servicios de Salud 2,79 53
Educación 2,15 48
Gubernamentales y Municipalidades 2,13 50
Servicios Financieros y Seguros 1,81 39
Minería 1,57 70
Total ACHS 3,91 75
Causa % Total Accidentes
Golpeado por/ con / contra 25%
Otros tipos 19%
Caída del mismo nivel 16%
Caída de distinto nivel 16%
Sobre esfuerzo por peso excedido 8%
Atrapamiento en maquinas 7%
Contacto con objetos cortantes 6%
Atropellamiento o choque 2%
Contacto con objetos punzantes 1%
Total general 100%
Causas de accidentes graves en empresas agrícolas
Medidas de Prevención de Riesgos en Labores
Causas de los Accidentes
• Debemos tener presente que las causas de los
accidentes pueden ser determinadas, eliminadas y
controladas.
• El 80% de los accidentes se producen por fallas
humanas (acciones inseguras)
• Los accidentes ocurren por causalidad no por
casualidad
CONCLUSIONES
De la información y estadísticas que se dispone se puede concluir
que:
 Los accidentes que deterioran las empresas
no suceden, son causados.
• Las causas de los accidentes pueden ser
determinadas y controladas.
CONCLUSIONES
• Se puede observar que las personas que cometen la acción incorrecta, saben
de los riesgos a que se exponen; sin embargo adoptan una cultura lejana a
los criterios de seguridad.
CONCLUSIONES
• Según E. Scott Geller (E.E.U.U.) Profesor de
Sicología del Comportamiento y Asesor de
Seguridad Industrial,
“...los mayores peligros para la salud y seguridad,
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actividades que realizan, trabajo, movilización,
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CONCLUSIONES
• La práctica y experiencia aportada por Investigadores y Expertos en
Prevención de Riesgos, son mas que suficientes para afirmar que el
comportamiento humano es el responsable de mas del 90 % de los
accidentes laborales.
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Empresa:
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02 seguridad y salud laboral 2017

  • 1. Seguridad y Salud Laboral en el Area Agropecuaria Unidad II
  • 3. Ley N°16744, de 1968: Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
  • 4. Objetivos Prevenir los accidentes del trabajo y las enfermedades profesionales. Otorgar prestaciones médicas para curar o sanar al trabajador y restituirle su capacidad de trabajo. Otorgar prestaciones económicas en el período de incapacidad como compensación de las consecuencias del accidente o enfermedad profesional, incluyendo el caso de muerte. Rehabilitar profesionalmente al trabajador accidentado o enfermo profesional.
  • 5. • Ley N° 19345, de 1994: Dispone aplicación de la Ley N° 16744 al Sector Público. • Decreto Supremo N° 594, de 1999, Reglamento de las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares del trabajo, del Ministerio de Salud. • Decreto Supremo N° 40 de 1969, Reglamento sobre prevención de riesgos profesionales. • Decreto Supremo N° 67, sobre cotización adicional diferenciada • Código del Trabajo, artículo N° 184. • Ley N°20123,de 2006: Regula Trabajo en Régimen de Subcontratación. • Decreto Supremo N° 76, de 2006: Reglamento sobre la gestión de la seguridad y salud en el trabajo • Ley N° 19937, de 2004: Establece una nueva concepción de la autoridad sanitaria. • Decreto Supremo N° 1222, de 1996, Reglamento del Instituto de Salud Pública de Chile. • Circular 2100, SUSESO 2003 • Decreto Supremo N° 109, de 1968: reglamento para la calificación y evaluación de los Acci¬dentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
  • 6. Definición de Conceptos. Accidente del Trabajo: es toda lesión que sufre un trabajador a causa o con ocasión de su trabajo y que le produzca lesiones de incapacidad o muerte. Son también accidentes del trabajo los ocurridos en el trayecto directo, de ida o de regreso, entre la habitación y el lugar de trabajo, y aquellos que ocurran en el trayecto directo entre dos lugares de trabajo, aunque correspondan a distintos empleadores
  • 7. Desde el punto de vista de la gestión preventiva en el marco de la NCh 180000f. 2004, se define Accidente del Trabajo como suceso no deseado que origina daño y que afecta a las personas, equipos, materiales y/o medioambiente de trabajo
  • 8. Incapacidad Laboral: es un periodo en que el trabajador se ve imposibilitado a prestar sus servicios ya sea a causa de reposo prescrito por un profesional médico como consecuencia de una enfermedad común o profesional o bien por un accidente del trabajo.
  • 9. La incapacidad se divide en Temporal: de naturaleza o efectos transitorios, que permita la recuperación del trabajador y su reintegro a sus labores habituales Incapacidad permanente o Invalidez: es aquella que le produce al trabajador una pérdida de capacidad presumiblemente permanente o irrecuperable
  • 10. Enfermedad Profesional: es aquella que es causada de una manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o muerte. Para ser considerada una enfermedad profesional debe existir una relación causal entre el quehacer laboral y la patología que provoca la incapacidad o muerte
  • 11. Incidente: es un suceso relacionado con el trabajo en el cual ocurre o podría haber ocurrido un daño, deterioro de la salud, o una fatalidad. En el caso que el incidente de lugar a un daño a la salud o una fatalidad, pasa a ser un accidente del trabajo.
  • 12. Causa “No hay accidente sin causa” Ley de causalidad Daños
  • 13. SUBSISTEMAS INVOLUCRADOS EN LOS ACCIDENTES
  • 14. Identificación de los Factores de Riesgo
  • 16. Causas Basicas de los Accidentes Factores Personales • Falta de Conocimiento • Actitudes Indebidas (motivación) • Incapacidad Física o Mental Condiciones del Ambiente (Factores del Trabajo) • Desgaste normal de las instalaciones y equipos • Abuso por parte de los usuario • Diseño inadecuado • Mantenimiento inadecuado
  • 17. Causas Inmediatas de los Accidentes CONDICIONES INSEGURAS ACCIONES INSEGURAS (Subestándar)
  • 18. CAUSAS INMEDIATAS ACCIONES SUBESTANDAR * Operar sin autorización * Operar a una velocidad inadecuada * Poner fuera de servicio los dispositivos de seguridad * Usar equipo defectuoso * Usar el equipo incorrecto * No usar el equipo de Protección personal * Cargar o ubicar incorrectamente * Efectuar Mantención a equipo en movimiento * Hacer bromas * Consumir drogas o beber
  • 20. CAUSAS INMEDIATAS CONDICIONES SUBESTANDAR •Herramientas defectuosas • Equipos en mal estado • Materiales defectuosos • Peligros de incendio • Gases, Polvos, Humos, Vapores, Sobre el LMP • Ruido excesivo • Iluminación o ventilación inadecuada • Desorden y desaseo • Resguardos protecciones inadecuadas • Congestión • Señalizaciones inadecuadas e insuficientes • Etc.
  • 21.
  • 22. Seguridad y salud del trabajador Factores de riesgo físico (ruido, vibraciones, iluminación y otros). Factores de la maquinaria y equipos. Factores de riesgo químico (plaguicidas, solventes, combustibles y otros). Factores de riesgo biológico (virus, bacterias, animales, y otros). Factores de riesgo ergonómicos (posturas forzadas, movimientos repetitivos, manejo de carga, entre otros). Factores de riesgo climático (vientos, radiación solar, humedad, frío, calor). Factores de la organización del trabajo (relaciones laborales, carga de trabajo, jornadas, y otros). Ausencia de saneamiento básico (falta de agua potable, orden y aseo, servicios higiénicos, entre otros). riesgos más relevantes para la seguridad y salud del sector agrícola, descritos como tales por la OIT
  • 23. Proporción de empresas con trabajadores expuestos a factores de riesgo Riesgos % Vibraciones 31,70% Ruido 19,30% Altas temperaturas 31,20% Falta de luz 7,80% Radiaciones 6,10% Radiación ultravioleta 71,50% Humos 20,40% Vapores 4,40% Electricidad 7,00% Maquinarias, herramientas 50,20% Posturas incómodas 16,30% Carga pesada 22,70% Movimientos repetitivos 26,20%
  • 24. Exposición a factores meteorológicos y medioambientales 1. Informar a los trabajadores sobre los riesgos de exposición a los rayos UV de origen solar y sus efectos dañinos a corto y largo plazo en la piel y ojos. 2. Publicar diariamente, y en un lugar visible, el índice de UV señalado por la 3. Dirección Meteorológica y, a partir de esta información, aplicar las medidas de control, incluyendo el uso de elementos de protección personal. Decreto Nº97 de la Subsecretaría de Salud Pública del Ministerio de Salud y la Ley Nº 20.096 exigen a los empleadores
  • 25. 4. Identificar a los trabajadores expuestos y verificar la efectividad de las medidas de protección aplicadas. 5. Las medidas específicas para este riesgo son: realizar el sombraje de los lugares de trabajo a fin de disminuir la radiación UV y, dentro de lo posible, organizar las labores reduciendo el trabajo en las horas de mayor riesgo (entre 13 y 15 horas). 6. Los trabajadores deben contar con elementos de protección personal como gorros, lentes y protector solar.
  • 26. Un alto porcentaje de lesiones y accidentes graves y fatales en el trabajo agrícola está asociado al tractor, el equipo motorizado más utilizado en el sector, debido a atropellos, aplastamientos, atrapamientos, resbalones, caídas y vuelcos, enganches al acoplar implementos (poleas, cuchillos, discos y rastras, entre otros) y el transporte de trabajadores o acompañantes en los tapabarros del tractor –practica muy arraigada– quienes son los primeros lesionados en un volcamiento
  • 27. La legislación chilena no tiene un cuerpo especial que regule la protección del trabajador que utiliza maquinaria agrícola. Solo existe un artículo en el DS Nº 594, de aplicación general para el empleo de máquinas y equipos en diversos sectores productivos. Sin embargo, las normas técnicas internacionales consideran medidas de seguridad recomendadas por los proveedores de estas máquinas en el país como, por ejemplo, que el tractor tenga barra antivuelco, frenos propios en los equipos y carros de arrastre, cinturón de seguridad para el conductor, entre otras.
  • 28. El trabajo agrícola reúne gran variedad de labores consideradas pesadas, otras de naturaleza más sedentarias y repetitivas; ambas situaciones implican adoptar posturas que amenazan el bienestar corporal de los campesinos
  • 29. Las principales medidas de prevención para estos riesgos están orientadas a informar y capacitar a los trabajadores en el buen uso de la fuerza física, cumpliendo con las normas del peso máximo, en la manipulación adecuada de herramientas, en las formas de evitar realizar los trabajos continuados en la misma postura.
  • 30. La exposición a plaguicidas y productos agroquímicos es uno de los riesgos de mayor gravedad para la salud de los trabajadores en este sector, debido a que contienen sustancias químicas que pueden producir daños a la salud de las personas cuando son manipulados
  • 31. los plaguicidas son, de acuerdo al Decreto Ley No 3.557, un “compuesto químico, orgánico o inorgánico, o sustancia natural que se utilice para combatir malezas o enfermedades o plagas potencialmente capaces de causar perjuicios en organismos u objetos”
  • 32. Los plaguicidas pueden ingresar al organismo por las vías respiratoria, dérmica o cutánea, digestiva y conjuntiva, y por mecanismos de absorción, inhalación e ingestión.
  • 33. Los elementos de protección personal requeridos para el trabajo con productos químicos son aquellos de resguardo respiratorio, la ropa aislante para el cuerpo completo, guantes, calzado, y el equipo de protección ocular y facial
  • 34. Instrumento de prevención de riesgos para su existencia Número mínimo de trabajadores Deber de Informar o Derecho a Saber Desde 1 trabajador Reglamento Interno de Higiene y Seguridad Desde 1 trabajador Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad Desde 10 trabajadores Comite Paritario de Higiene y Seguridad Mas de 25 trabajadores Departamento de Prevencion de Riesgos Mas de 100 trabajadores
  • 35. “el empleador estará obligado a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, informando de los posibles riesgos y manteniendo las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas, como también los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales”. Código del Trabajo artículo 184
  • 36. establece “las condiciones sanitarias y ambientales básicas que debe cumplir todo lugar de trabajo, sin perjuicio de la reglamentación específica que se haya dictado o se dicte para aquellas faenas que requieran condiciones especiales. Establece, además, los límites permisibles de exposición ambiental a agentes químicos y agentes físicos, y aquellos límites de tolerancia biológica para trabajadores expuestos a riesgo ocupacional”. Decreto Supremo Nº 594
  • 37. La Dirección delTrabajo elabora dictámenes que clarifican diversos aspectos de la norma laboral y de seguridad y salud, para su correcta interpretación y aplicación, de modo de orientar a los distintos actores del mundo del trabajo. Para el sector agrícola ha emitido varios dictámenes que, si bien no son específicos para ella, son aplicables a la pequeña empresa
  • 38. El Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), dependiente del Ministerio de Agricultura, regula la restricción y prohibición del uso de determinados plaguicidas, emitiendo para ello resoluciones especificas y de cumplimiento obligatorio; sigue las directrices de la Organización Mundial de la Salud (OMS), que los clasifica sobre la base de su toxicidad y que, en su Resolución No 2196 (2000), establece una ordenación toxicológica.
  • 39. •Tasa de siniestralidad: Cantidad de días perdidos en el período X 100 Promedio de trabajadores en el período •Tasa de accidentabilidad: Cantidad de accidentes en el período X100 • Promedio de trabajadores en el período
  • 40. Total Accidente 2.118 Dias perdidos 39.424 Trabajadores 42.728 Tasa accidentabilidad Tasa siniestralidad Empresas 255
  • 41. Sector Económico Tasa de Accidentalidad Tasa de Siniestralidad Pesca 5,98 165 Agrícola 5,27 98 Construcción 5,10 110 Forestal maderero 4,92 125 Acuícola 4,73 76 Energía y telecomunicaciones 4,64 99 Transporte 4,63 110 Comercio y Retail 4,58 72 Industrial 4,49 86 Servicios de Salud 2,79 53 Educación 2,15 48 Gubernamentales y Municipalidades 2,13 50 Servicios Financieros y Seguros 1,81 39 Minería 1,57 70 Total ACHS 3,91 75
  • 42. Causa % Total Accidentes Golpeado por/ con / contra 25% Otros tipos 19% Caída del mismo nivel 16% Caída de distinto nivel 16% Sobre esfuerzo por peso excedido 8% Atrapamiento en maquinas 7% Contacto con objetos cortantes 6% Atropellamiento o choque 2% Contacto con objetos punzantes 1% Total general 100% Causas de accidentes graves en empresas agrícolas
  • 43. Medidas de Prevención de Riesgos en Labores
  • 44. Causas de los Accidentes • Debemos tener presente que las causas de los accidentes pueden ser determinadas, eliminadas y controladas. • El 80% de los accidentes se producen por fallas humanas (acciones inseguras) • Los accidentes ocurren por causalidad no por casualidad
  • 45.
  • 46.
  • 47. CONCLUSIONES De la información y estadísticas que se dispone se puede concluir que:  Los accidentes que deterioran las empresas no suceden, son causados. • Las causas de los accidentes pueden ser determinadas y controladas.
  • 48. CONCLUSIONES • Se puede observar que las personas que cometen la acción incorrecta, saben de los riesgos a que se exponen; sin embargo adoptan una cultura lejana a los criterios de seguridad.
  • 49. CONCLUSIONES • Según E. Scott Geller (E.E.U.U.) Profesor de Sicología del Comportamiento y Asesor de Seguridad Industrial, “...los mayores peligros para la salud y seguridad, son los creados por el comportamiento permisivo de las propias personas, en las distintas actividades que realizan, trabajo, movilización, vacaciones, actividades deportivas, hogar, etc...”.
  • 50. CONCLUSIONES • La práctica y experiencia aportada por Investigadores y Expertos en Prevención de Riesgos, son mas que suficientes para afirmar que el comportamiento humano es el responsable de mas del 90 % de los accidentes laborales.
  • 51. Consecuencia de los Accidentes
  • 52. Consecuencias de los Accidentes Consecuencia para los Lesionados: • Reducción de los ingresos • Desorganización de actividades fuera del hogar • Desorden de la vida familiar • Desconfianza en si mismo • Lesión Incapacitante
  • 53. Consecuencias de los Accidentes Consecuencia para la Empresa: • Pagos extraordinarios • Falta de ánimo en los trabajadores • Sobre tiempos. • Menor rendimiento • Etc.
  • 54. COSTOS DE LOS ACCIDENTES Costos Asegurados Organismo Administrador Costos no Asegurados Empresa