CONTRATO DE TRABAJO Universidad San Martín de Porras Dra. Cecilia L Espinoza Montoya
EL CONTRATO DE TRABAJO Definición * Es aquél por medio del cuál una de las partes (el trabajador), pone a disposición del la otra parte (el empleador), su fuerza de trabajo a cambio de una remuneración, a cambio de una remuneración.  * Es una relación jurídica en virtud de la cual, los frutos del trabajo pasan  “ab initio” , desde el momento mismo de su produción a integrar el patrimonio de persona distinta del trabajador.
CONTRATO DE TRABAJO Objeto OBJETO DEL CONTRATO DE TRABAJO: Es la prestación de servicios remunerados y subordinados. Elementos :  La prestación como objeto del contrato contiene 2 elementos: 1. Respecto de las servicios. 2. Respecto de la retribución.
CONTRATO DE TRABAJO Objeto  Elementos: Respecto de los servicios :  obligación del trabajador de prestar sus servicios:  Deber de Actividad y no de Resultado. El trabajador se obliga a trabajar, “ prestar servicios  (manual o intelectual)  = objeto de la obligación del trabajador.   Respecto de la retribución :   servicio prestado por el trabajador a cambio de una  remuneración   = objeto de la obligación del empleador. La obligación salarial deriva directamente de la prestación del trabajo y es independiente de las satisfacciones o beneficios que la prestación produce al empresario o empleador.
CONTRATO DE TRABAJO Características BILATERAL:  obligaciones para ambas partes. ONEROSO:  cada parte obtiene o espera obtener una ventaja de la prestación de la otra parte. CONMUTATIVO:  cada parte se representa la realidad de su propia prestación y la de la otra, como ciertas al tiempo de contratar.
CONTRATO DE TRABAJO Características SINALAGMÁTICO:  en sentido funcional, busca una correspondencia entre los  deberes jurídicos básicos recíprocos de las partes , para realizar “la idea de un equilibrio aproximado entre prestación y contraprestación” inmanente al contrato sinalagmático como tipo.   POR CUENTA AJENA:  los servicios se prestan por el trabajador en favor de otra persona (empleador) quien adquiere, en virtud del contrato, la titularidad originaria sobre los frutos de esta trabajo.
CONTRATO DE TRABAJO Sujetos Trabajador:  * Persona que se obliga a trabajar,  cediendo los frutos de su trabajo y la  actividad dirigida a su producción. * Solo puede ser realizado por una  persona natural. * Puede ser labor física-manual  (obreros); o labor intelectual  (empleados), o artística.
CONTRATO DE TRABAJO Sujetos Empleador: *  Persona natural o jurídica a la cual  pertenece los frutos del trabajo  prestado  por el trabajador obligado  contractualmente, y quien asume el pago  de  su remuneración. *  Persona natural:  solo requiere el goce  de su capacidad jurídica * Persona jurídica:  capacidad de contraer  obligaciones en cualquier forma societaria  reconocida por ley. Principio de  Despersonalidad del empleador.
CONTRATO DE TRABAJO Formas Por su formalidad:  verbales o escritos  Por su duración: determinada o modales  (tiempo parcial) necesariamente deben suscribirse por escrito;  indeterminados  ( o indefinidos) pueden ser verbales o escritos. En toda prestación de trabajo, se presume la existencia de un contrato indeterminado salvo prueba en contrario. Formalidades:  “ ad solemnitation” :  indispensable para su    existencia. “ ad probatione” :  solo para efectos de prueba    (presunción iuris tamtum)
CONTRATO DE TRABAJO Elementos Prestación Personal:  solo la persona natural en caso del trabajador, intuito personae. Remuneración:  contraprestación en dinero o especie recibida como retribución por el trabajo prestado y que está a cargo del empleador.
CONTRATO DE TRABAJO Elementos Subordinación:  Poder jurídico que ostenta el empleador sobre el trabajador, que se traduce en la ejecución del trabajador a las órdenes e instrucciones del empresario para la ejecución del contrato, que va más allá del deber de cumplir, propio de todo obligado. Subordinación Técnica, Económica y jurídica.
CONTRATO DE TRABAJO Elementos Subordinación  por parte del trabajador Vs  Poder de Dirección  del empleador que se ejercita a través de facultades: Facultad de dirección facultad de Supervisión Facultad de Disciplinaria (sanción) Límites:  derechos inherentes al trabajador en su calidad de persona humana; no puede desconocerse su dignidad ni su libertad
CONTRATO DE TRABAJO Elementos - Subordinación Poder de Dirección:  Es la facultad conferida al empleador por medio del contrato de trabajo, de dar órdenes sobre el modo, tiempo y lugar de ejecución del trabajo. Es un poder de ordenación de las  prestaciones laborales , puede ser ejecutada directamente  por el empleador  (persona natural) o por delegación, indirectamente (persona jurídica)
CONTRATO DE TRABAJO Elementos - Subordinación Poder de Dirección :  se manifiesta de dos formas; Órdenes generales y particulares: * Dictar reglamentos, órdenes o normas generales. P.e. Reglamento Interno de Trabajo.(Fac. de dirección) * Órdenes concretas y particulares a cada trabajador, por ello existe un deber genérico de obediencia a las órdenes del empleador (Fac. de dirección)
CONTRATO DE TRABAJO Elementos - Subordinación Poder de Dirección *  El empresario puede verificar, vigilar y  controlar el cumplimiento de sus  instrucciones y órdenes y en general  “el  cumplimiento por el trabajador de  sus  obligaciones y deberes laborales”  (Fac.  Supervisión) * Dictar medidas correctivas  ante el  incumplimiento de sus órdenes . Así  como  medidas sancionadoras ante  dicho  incumplimiento, (Fac.  Sancionadora)
CONTRATO DE TRABAJO Elementos - Subordinación Poder de Dirección :  se manifiesta de dos formas: 2. Ius Variandi:  facultad de modalizar  la ejecución  del contrato cuando es de duración larga o indefinida para ir adaptando sus prestaciones a las necesidades  mudables del trabajo que debe ser prestado, a los cambios estructurales u organizativos en la calificación profesional de los trabajadores.
CONTRATO DE TRABAJO Elementos - Subordinación Poder de Dirección :  se manifiesta de dos formas: 2. Ius Variandi: Límites:    * Dignidad y libertad   * El principio de igualdad de trato y prohibición  de  discriminación:  Interdicción de la  arbitrariedad  (destierra la  desigualdad irracional,  carente de todo  fundamento.   *  Legitimidad y  cumplimiento de las órdenes,  presunción de  legitimidad  y la excepción de  no  cumplimiento. Se  presume iuris tantum que  las  órdenes  sobre el trabajo son  legítimas.  Deríva el deber de obediencia, sin perjuicio de  impugnarlas

2 contrato de trabajo

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    CONTRATO DE TRABAJOUniversidad San Martín de Porras Dra. Cecilia L Espinoza Montoya
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    EL CONTRATO DETRABAJO Definición * Es aquél por medio del cuál una de las partes (el trabajador), pone a disposición del la otra parte (el empleador), su fuerza de trabajo a cambio de una remuneración, a cambio de una remuneración. * Es una relación jurídica en virtud de la cual, los frutos del trabajo pasan “ab initio” , desde el momento mismo de su produción a integrar el patrimonio de persona distinta del trabajador.
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    CONTRATO DE TRABAJOObjeto OBJETO DEL CONTRATO DE TRABAJO: Es la prestación de servicios remunerados y subordinados. Elementos : La prestación como objeto del contrato contiene 2 elementos: 1. Respecto de las servicios. 2. Respecto de la retribución.
  • 4.
    CONTRATO DE TRABAJOObjeto Elementos: Respecto de los servicios : obligación del trabajador de prestar sus servicios: Deber de Actividad y no de Resultado. El trabajador se obliga a trabajar, “ prestar servicios (manual o intelectual) = objeto de la obligación del trabajador. Respecto de la retribución : servicio prestado por el trabajador a cambio de una remuneración = objeto de la obligación del empleador. La obligación salarial deriva directamente de la prestación del trabajo y es independiente de las satisfacciones o beneficios que la prestación produce al empresario o empleador.
  • 5.
    CONTRATO DE TRABAJOCaracterísticas BILATERAL: obligaciones para ambas partes. ONEROSO: cada parte obtiene o espera obtener una ventaja de la prestación de la otra parte. CONMUTATIVO: cada parte se representa la realidad de su propia prestación y la de la otra, como ciertas al tiempo de contratar.
  • 6.
    CONTRATO DE TRABAJOCaracterísticas SINALAGMÁTICO: en sentido funcional, busca una correspondencia entre los deberes jurídicos básicos recíprocos de las partes , para realizar “la idea de un equilibrio aproximado entre prestación y contraprestación” inmanente al contrato sinalagmático como tipo. POR CUENTA AJENA: los servicios se prestan por el trabajador en favor de otra persona (empleador) quien adquiere, en virtud del contrato, la titularidad originaria sobre los frutos de esta trabajo.
  • 7.
    CONTRATO DE TRABAJOSujetos Trabajador: * Persona que se obliga a trabajar, cediendo los frutos de su trabajo y la actividad dirigida a su producción. * Solo puede ser realizado por una persona natural. * Puede ser labor física-manual (obreros); o labor intelectual (empleados), o artística.
  • 8.
    CONTRATO DE TRABAJOSujetos Empleador: * Persona natural o jurídica a la cual pertenece los frutos del trabajo prestado por el trabajador obligado contractualmente, y quien asume el pago de su remuneración. * Persona natural: solo requiere el goce de su capacidad jurídica * Persona jurídica: capacidad de contraer obligaciones en cualquier forma societaria reconocida por ley. Principio de Despersonalidad del empleador.
  • 9.
    CONTRATO DE TRABAJOFormas Por su formalidad: verbales o escritos Por su duración: determinada o modales (tiempo parcial) necesariamente deben suscribirse por escrito; indeterminados ( o indefinidos) pueden ser verbales o escritos. En toda prestación de trabajo, se presume la existencia de un contrato indeterminado salvo prueba en contrario. Formalidades: “ ad solemnitation” : indispensable para su existencia. “ ad probatione” : solo para efectos de prueba (presunción iuris tamtum)
  • 10.
    CONTRATO DE TRABAJOElementos Prestación Personal: solo la persona natural en caso del trabajador, intuito personae. Remuneración: contraprestación en dinero o especie recibida como retribución por el trabajo prestado y que está a cargo del empleador.
  • 11.
    CONTRATO DE TRABAJOElementos Subordinación: Poder jurídico que ostenta el empleador sobre el trabajador, que se traduce en la ejecución del trabajador a las órdenes e instrucciones del empresario para la ejecución del contrato, que va más allá del deber de cumplir, propio de todo obligado. Subordinación Técnica, Económica y jurídica.
  • 12.
    CONTRATO DE TRABAJOElementos Subordinación por parte del trabajador Vs Poder de Dirección del empleador que se ejercita a través de facultades: Facultad de dirección facultad de Supervisión Facultad de Disciplinaria (sanción) Límites: derechos inherentes al trabajador en su calidad de persona humana; no puede desconocerse su dignidad ni su libertad
  • 13.
    CONTRATO DE TRABAJOElementos - Subordinación Poder de Dirección: Es la facultad conferida al empleador por medio del contrato de trabajo, de dar órdenes sobre el modo, tiempo y lugar de ejecución del trabajo. Es un poder de ordenación de las prestaciones laborales , puede ser ejecutada directamente por el empleador (persona natural) o por delegación, indirectamente (persona jurídica)
  • 14.
    CONTRATO DE TRABAJOElementos - Subordinación Poder de Dirección : se manifiesta de dos formas; Órdenes generales y particulares: * Dictar reglamentos, órdenes o normas generales. P.e. Reglamento Interno de Trabajo.(Fac. de dirección) * Órdenes concretas y particulares a cada trabajador, por ello existe un deber genérico de obediencia a las órdenes del empleador (Fac. de dirección)
  • 15.
    CONTRATO DE TRABAJOElementos - Subordinación Poder de Dirección * El empresario puede verificar, vigilar y controlar el cumplimiento de sus instrucciones y órdenes y en general “el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales” (Fac. Supervisión) * Dictar medidas correctivas ante el incumplimiento de sus órdenes . Así como medidas sancionadoras ante dicho incumplimiento, (Fac. Sancionadora)
  • 16.
    CONTRATO DE TRABAJOElementos - Subordinación Poder de Dirección : se manifiesta de dos formas: 2. Ius Variandi: facultad de modalizar la ejecución del contrato cuando es de duración larga o indefinida para ir adaptando sus prestaciones a las necesidades mudables del trabajo que debe ser prestado, a los cambios estructurales u organizativos en la calificación profesional de los trabajadores.
  • 17.
    CONTRATO DE TRABAJOElementos - Subordinación Poder de Dirección : se manifiesta de dos formas: 2. Ius Variandi: Límites: * Dignidad y libertad * El principio de igualdad de trato y prohibición de discriminación: Interdicción de la arbitrariedad (destierra la desigualdad irracional, carente de todo fundamento. * Legitimidad y cumplimiento de las órdenes, presunción de legitimidad y la excepción de no cumplimiento. Se presume iuris tantum que las órdenes sobre el trabajo son legítimas. Deríva el deber de obediencia, sin perjuicio de impugnarlas