El documento resume los fundamentos del derecho constitucional en Venezuela. Explica que el derecho constitucional se desarrolló como una ciencia autónoma en el siglo XIX tras la aparición de constituciones escritas y la necesidad de establecer normas para el funcionamiento del Estado. También describe la primera constitución de Venezuela de 1811 y cómo reflejaba las ideas constitucionales de Simón Bolívar, incluyendo la organización del gobierno y la protección de los derechos de los ciudadanos.
La Ley es la que gobierna y no los hombres, quedando el Estado de Derecho subordinado al imperio de la normativa vigente donde la Constitución es la Ley Suprema.
upremacía Constitucional
La Supremacía Constitucional es un principio teórico del Derecho constitucional que postula, originalmente, ubicar a la Constitución de un país jerárquicamente por encima de todo el ordenamiento jurídico de ese país, considerándola como Ley Suprema del Estado y fundamento del sistema jurídico. Según cada país los tratados internacionales ratificados por el país gozan de igual rango (rango constitucional) o superior a las leyes e inferior a la constitución.
La Supremacía de la constitución tiene su base legal en el Art.7 La constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico. Todas las personas y los órganos que ejercen el poder público están sujetos a esta constitución.
Tipos de supremacía constitucional
Jerárquica: Esta es la supremacía jerárquica de la Constitución pues es un orden de prelación o de fuerza de la que van derivando el resto de las leyes y ninguna puede ser contraria a la constitución.
LA Supremacía Jerárquica está basada en el orden jerárquico que le da la pirámide de
Kelsen al ordenamiento jurídico de un Estado o nación.
Esta es la que le da el grado de superioridad a la norma constitucional otorgándole subordinación a toda aquella ley que no sea la constitución.
Lógico- deductiva: Este tipo de supremacía expone las leyes a modos y formas de razonamiento humano conforme a las reglas de la lógica y de la razón, partiendo de principios universales para su ejecución.
Teleológica: Este tipo de supremacía es la que va a ir por encima del ordenamiento jurídico y sobre las decisiones que puedan tomar los órganos de la administración pública o administración de justicia, para que sea aplicada íntegramente la Constitución nacional con el fin de alcanzar las metas del Estado.
Axiológica: Es un sistema o especie de ciencia que va a medir la importancia o valores que tienen las personas dentro de la sociedad, y es lo que se da por el apego que deben tener las decisiones, o las leyes que sean creadas o se puedan crear dentro del Estado, incluso la suscripción de tratados internacionales.
Fundamentalmente, el término fuente surge de una metáfora, pues remontarse a las fuentes de un río, es llegar al lugar en que sus aguas brotan de la tierra; de manera semejante, inquirir la fuente de una disposición jurídica es buscar el sitio en que ha salido de las profundidades de la vida social a la superficie del derecho, en tal sentido Fuentes del Derecho se puede definir como los diferentes procesos por los cuales se origina una ley o norma jurídica.
Posteriormente, cuando se habla de fuentes del derecho, se hace referencia a todas aquellas reglas que integran el marco normativo, que imponen conductas positivas o negativas a los habitantes de un estado, es decir, a aquello de donde el Derecho surge o nace.
Por ende, se considera como fuentes del derecho: La Constitución, la ley, el tratado Reglamentos, decreto ley, la costumbre, jurisprudencia y las doctrinas
La Ley es la que gobierna y no los hombres, quedando el Estado de Derecho subordinado al imperio de la normativa vigente donde la Constitución es la Ley Suprema.
upremacía Constitucional
La Supremacía Constitucional es un principio teórico del Derecho constitucional que postula, originalmente, ubicar a la Constitución de un país jerárquicamente por encima de todo el ordenamiento jurídico de ese país, considerándola como Ley Suprema del Estado y fundamento del sistema jurídico. Según cada país los tratados internacionales ratificados por el país gozan de igual rango (rango constitucional) o superior a las leyes e inferior a la constitución.
La Supremacía de la constitución tiene su base legal en el Art.7 La constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico. Todas las personas y los órganos que ejercen el poder público están sujetos a esta constitución.
Tipos de supremacía constitucional
Jerárquica: Esta es la supremacía jerárquica de la Constitución pues es un orden de prelación o de fuerza de la que van derivando el resto de las leyes y ninguna puede ser contraria a la constitución.
LA Supremacía Jerárquica está basada en el orden jerárquico que le da la pirámide de
Kelsen al ordenamiento jurídico de un Estado o nación.
Esta es la que le da el grado de superioridad a la norma constitucional otorgándole subordinación a toda aquella ley que no sea la constitución.
Lógico- deductiva: Este tipo de supremacía expone las leyes a modos y formas de razonamiento humano conforme a las reglas de la lógica y de la razón, partiendo de principios universales para su ejecución.
Teleológica: Este tipo de supremacía es la que va a ir por encima del ordenamiento jurídico y sobre las decisiones que puedan tomar los órganos de la administración pública o administración de justicia, para que sea aplicada íntegramente la Constitución nacional con el fin de alcanzar las metas del Estado.
Axiológica: Es un sistema o especie de ciencia que va a medir la importancia o valores que tienen las personas dentro de la sociedad, y es lo que se da por el apego que deben tener las decisiones, o las leyes que sean creadas o se puedan crear dentro del Estado, incluso la suscripción de tratados internacionales.
Fundamentalmente, el término fuente surge de una metáfora, pues remontarse a las fuentes de un río, es llegar al lugar en que sus aguas brotan de la tierra; de manera semejante, inquirir la fuente de una disposición jurídica es buscar el sitio en que ha salido de las profundidades de la vida social a la superficie del derecho, en tal sentido Fuentes del Derecho se puede definir como los diferentes procesos por los cuales se origina una ley o norma jurídica.
Posteriormente, cuando se habla de fuentes del derecho, se hace referencia a todas aquellas reglas que integran el marco normativo, que imponen conductas positivas o negativas a los habitantes de un estado, es decir, a aquello de donde el Derecho surge o nace.
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1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD “FERMÍN TORO”
VICE-RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
Sistema de Aprendizaje Interactivo a Distancia “SAIA”
Lapso académico 2014/B
Fundamento del DerechoFundamento del Derecho
ConstitucionalConstitucional
Estudiante: Grecia Gallardo
C.I: V- 20.234.253
Facilitador:
Abgda. María Durán
Fundamentos del Derecho
Constitucional
Sección: Saia B
BARQUISIMETO - EDO LARA