Este documento discute el rol y responsabilidad de las organizaciones de la sociedad civil (OSC) en relación a los derechos de las personas con discapacidad. Señala que las OSC forman parte de la sociedad y pueden ser parte del problema o de la solución respecto a la deuda de la sociedad con la discapacidad. También indica que las acciones u omisiones de las OSC inciden en la cultura y pueden afectar el éxito de las políticas públicas a nivel local. Finalmente, argumenta que todas las OSC deben revisar
Derechos de incidencia colectiva, discriminación, derechos humanos y discapac...ASDRA1988
Comentario de fallo “Fabi c/ Río Negro” del 27-09-2010
Autos: “FABI JOSÉ MARÍA Y OTRA C/ PROVINCIA DE RÍO NEGRO S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”(Expte. Nº 1179-SC)
Tribunal: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de la Cuarta Circunscripción Judicial, con asiento en Cipolletti (R.N.)
Quienes vivimos en mayor vulnerabilidad y exclusión, así como quienes nos comprometemos a su lado, hemos comprobado una y mil veces que el derecho a la vivienda es clave para poder ejercer otros derechos (derecho a la seguridad, a no sufrir tratos degradantes, a la intimidad y la vida en familia, a la educación, a la sanidad, etc.). Sin vivienda no existes para la sociedad.
A partir de nuestra experiencia y reflexión marcamos 5 compromisos y 5 garantías que consideramos fundamentales para conseguir hacer posible el objetivo por el cual nos movilizamos: “Vivienda Digna para Todas las Personas”.
Derechos de incidencia colectiva, discriminación, derechos humanos y discapac...ASDRA1988
Comentario de fallo “Fabi c/ Río Negro” del 27-09-2010
Autos: “FABI JOSÉ MARÍA Y OTRA C/ PROVINCIA DE RÍO NEGRO S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”(Expte. Nº 1179-SC)
Tribunal: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de la Cuarta Circunscripción Judicial, con asiento en Cipolletti (R.N.)
Quienes vivimos en mayor vulnerabilidad y exclusión, así como quienes nos comprometemos a su lado, hemos comprobado una y mil veces que el derecho a la vivienda es clave para poder ejercer otros derechos (derecho a la seguridad, a no sufrir tratos degradantes, a la intimidad y la vida en familia, a la educación, a la sanidad, etc.). Sin vivienda no existes para la sociedad.
A partir de nuestra experiencia y reflexión marcamos 5 compromisos y 5 garantías que consideramos fundamentales para conseguir hacer posible el objetivo por el cual nos movilizamos: “Vivienda Digna para Todas las Personas”.
Derechos y garantías de las personas con discapacidad.José María
El estado debe velar porque se logre la accesibilidad universal, proporcionando los apoyos necesarios para alcanzarla, con criterios de equidad y sostenibilidad, a fin de avanzar hacia la vida independiente y hacia una sociedad plenamente inclusiva para todas las personas, incluidas las que tienen una discapacidad..
Derechos y garantías de las personas con discapacidad.José María
La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad considera a éstas como sujetos titulares de derechos, y los poderes públicos están obligados a garantizar que el ejercicio de esos derechos sea pleno y efectivo.
Todas las personas tienen derecho a una dignidad personal con la que afrontar, con libertad y en igualdad de condiciones, las expectativas que se plantea.
Medidas de acción positiva. Personas con discapacidad.José María
Las personas con discapacidad, como las demás, son sujetos titulares de derechos y los poderes públicos están obligados a garantizar que el ejercicio de esos derechos sea pleno y efectivo.
Servicios sociales en Aragón.. Personas con discapacidadJosé María
Las personas con discapacidad son, como las demás, sujetos titulares de derechos, y los poderes públicos están obligados a garantizar que el ejercicio de esos derechos sea pleno y efectivo.
Accesibilidad y no discriminación. Discapacidad.José María
La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad considera a estas personas como sujetos titulares de derechos, y los poderes públicos están obligados a garantizar que el ejercicio de esos derechos sea pleno y efectivo.
Derecho a la salud. Personas con discapacidad. José María
Los servicios de salud o de atención a la salud deben asegurar la accesibilidad a las personas con discapacidad, tanto en las instalaciones como a tratamientos, programas y servicios.
Derechos de las personas con discapacidad.José María
Las personas con discapacidad son sujetos titulares de derechos y, por ello, los poderes públicos están obligados a garantizar que el ejercicio de esos derechos sea pleno y efectivo.
Formación y empleo. Personas con discapacidad.José María
El cambio de paradigma en las políticas sobre discapacidad,
pasando de un planteamiento meramente asistencial al de garantía de derechos, ha supuesto considerar a todas las personas con discapacidad como sujetos titulares de derechos, y obligar a los poderes públicos a garantizar que el ejercicio de esos derechos sea pleno y efectivo y sostenido en el tiempo.
Las personas con discapacidad tienen derecho a vivir de forma independiente y a participar plenamente en todos los aspectos de la vida. Para ello, los poderes públicos deben adoptar las medidas pertinentes para asegurar la accesibilidad universal, en igualdad
de condiciones con las demás personas.
Igualdad de oportunidades. Vida independiente.José María
El anhelo de una vida plena y la necesidad de realización personal mueven a todas las personas, pero esas aspiraciones no pueden ser satisfechas si se hallan restringidos o ignorados los derechos a la dignidad y la igualdad de oportunidades.
Participación social y discapacidad intelectual.José María
Para ofrecer espacios de participación social al colectivo de personas con discapacidad intelectual, es preciso
partir de un trabajo de autodeterminación de las mismas.
Declaración de Brasilia. Acceso a la justica.José María
Las Administraciones públicas deben garantizar las condiciones de acceso efectivo a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad, sin discriminación alguna, englobando el conjunto de políticas, medidas, facilidades y apoyos que permitan a dichas personas el pleno goce de los servicios del sistema judicial.
Derechos y garantías de las personas con discapacidad.José María
El estado debe velar porque se logre la accesibilidad universal, proporcionando los apoyos necesarios para alcanzarla, con criterios de equidad y sostenibilidad, a fin de avanzar hacia la vida independiente y hacia una sociedad plenamente inclusiva para todas las personas, incluidas las que tienen una discapacidad..
Derechos y garantías de las personas con discapacidad.José María
La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad considera a éstas como sujetos titulares de derechos, y los poderes públicos están obligados a garantizar que el ejercicio de esos derechos sea pleno y efectivo.
Todas las personas tienen derecho a una dignidad personal con la que afrontar, con libertad y en igualdad de condiciones, las expectativas que se plantea.
Medidas de acción positiva. Personas con discapacidad.José María
Las personas con discapacidad, como las demás, son sujetos titulares de derechos y los poderes públicos están obligados a garantizar que el ejercicio de esos derechos sea pleno y efectivo.
Servicios sociales en Aragón.. Personas con discapacidadJosé María
Las personas con discapacidad son, como las demás, sujetos titulares de derechos, y los poderes públicos están obligados a garantizar que el ejercicio de esos derechos sea pleno y efectivo.
Accesibilidad y no discriminación. Discapacidad.José María
La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad considera a estas personas como sujetos titulares de derechos, y los poderes públicos están obligados a garantizar que el ejercicio de esos derechos sea pleno y efectivo.
Derecho a la salud. Personas con discapacidad. José María
Los servicios de salud o de atención a la salud deben asegurar la accesibilidad a las personas con discapacidad, tanto en las instalaciones como a tratamientos, programas y servicios.
Derechos de las personas con discapacidad.José María
Las personas con discapacidad son sujetos titulares de derechos y, por ello, los poderes públicos están obligados a garantizar que el ejercicio de esos derechos sea pleno y efectivo.
Formación y empleo. Personas con discapacidad.José María
El cambio de paradigma en las políticas sobre discapacidad,
pasando de un planteamiento meramente asistencial al de garantía de derechos, ha supuesto considerar a todas las personas con discapacidad como sujetos titulares de derechos, y obligar a los poderes públicos a garantizar que el ejercicio de esos derechos sea pleno y efectivo y sostenido en el tiempo.
Las personas con discapacidad tienen derecho a vivir de forma independiente y a participar plenamente en todos los aspectos de la vida. Para ello, los poderes públicos deben adoptar las medidas pertinentes para asegurar la accesibilidad universal, en igualdad
de condiciones con las demás personas.
Igualdad de oportunidades. Vida independiente.José María
El anhelo de una vida plena y la necesidad de realización personal mueven a todas las personas, pero esas aspiraciones no pueden ser satisfechas si se hallan restringidos o ignorados los derechos a la dignidad y la igualdad de oportunidades.
Participación social y discapacidad intelectual.José María
Para ofrecer espacios de participación social al colectivo de personas con discapacidad intelectual, es preciso
partir de un trabajo de autodeterminación de las mismas.
Declaración de Brasilia. Acceso a la justica.José María
Las Administraciones públicas deben garantizar las condiciones de acceso efectivo a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad, sin discriminación alguna, englobando el conjunto de políticas, medidas, facilidades y apoyos que permitan a dichas personas el pleno goce de los servicios del sistema judicial.
Ideas y paradigmas para una nueva sociedad: La aldea del tercer milenio, Parte VIII
La presente estructura social, el tejido de base que hoy nos rige, ya no cubre las expectativas de una mayoría de la población, aunque por cierto, es muy difícil cambiar hábitos, reglamentaciones, formas de comportamiento, que por años han gobernado nuestras relaciones sociales, familiares, laborales, y económicas.
Es bastante fácil criticar, pues para ello basta con ser un buen observador, y/o basta con señalar lo que ha perjudicado a gente que conocemos o a nosotros mismos.
Por cierto, es bastante más difícil expresar en detalle de qué forma deberíamos cambiar nuestras instituciones sociales y nuestras normativas, en la seguridad de que ello realmente mejoraría nuestras relaciones de convivencia y de supervivencia.
El “Consenso de Barcelona” pretende ser una respuesta a las inquietudes recién expresadas. Este proyecto se desarrolla con fuerza desde principios del año 2010, y en él participan una serie de redactores y de técnicos, entre los cuales se incluye el autor de estas líneas.
Aprovechando mi especial relación con el citado proyecto, e inspirándome por cierto en recomendaciones formuladas por los organizadores de la anteriormente citada iniciativa, así como por ideas propuestas por otros distinguidos participantes, he ido dando forma y redactando una serie de recomendaciones y de proposiciones, que por el momento no pretende ser un trabajo acabado y coherente de lo que correspondería tener en cuenta y aplicar por parte de Gobiernos y de Organismos Internacionales, para la construcción de un nuevo Orden Económico-social Internacional.
Más bien los textos que hasta el presente he ido acumulando y que aquí enumeraré, son más un insumo para mi propio trabajo que un documento final ya acabado, y como tal es que lo presento a los interesados.
Obviamente, muy bueno sería elaborar un texto final relativamente corto, que fuera un decálogo de recomendaciones o que se acercara a este ideal. Mucho me temo que la actual situación económica y social es demasiado compleja como para que se pueda llegar a tal síntesis, así que el lector sabrá disculpar la extensión que tiene este propio documento, así como otros con similar orientación que le seguirán.
Balance 2016-2017 de acciones de la Asociación Síndrome de Down de la Repúbli...ASDRA1988
Balance presentado en la Asamblea de socios 2017 de las acciones de la asociación en favor de los derechos de las personas con síndrome de Down y el desarrollo institucional.
Guía de atención a las personas con discapacidad para el acceso a la JusticiaASDRA1988
Guía de atención a las personas con discapacidad para el acceso a la Justicia formulada por el Estado de Colombia con datos útiles para distintos lugares del mundo.
Encuesta sobre percepción de las personas con discapacidad en general y síndr...ASDRA1988
Encuesta realizada por UAI junto a ASDRA sobre percepciones acerca de las personas con discapacidad en general, síndrome de Down en particular y su situación social.
Guía del I Encuentro Binacional FAMILIAS DE PERSONAS CON SÍNDROME DE DOWNASDRA1988
Guía para los inscriptos al I Encuentro Binacional FAMILIAS DE PERSONAS CON SÍNDROME DE DOWN - 2016 - Mendoza Organizado por ASDRA - ADOM - DOWN 21 CHILE
Cuidados médicos para niños con síndrome de DownASDRA1988
Documento realizado por ASDRA y la maternidad SARDÁ con información acerca de los cuidados médicos básicos para niños con síndrome de Down. Destinado a familias y profesionales de la salud.
Manual para familias sobre Educación Inclusiva - DiscapacidadASDRA1988
Manual desarrollado por el Grupo Artículo 24 por la Educación Inclusiva para guiar a las familias en el proceso de inclusión de personas con discapacidad en instituciones comunes conforme al Artículo 24 de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Programa iberoamericano de salud para personas con síndrome de Down - FIADOWNASDRA1988
La Federación Iberoamericana de Síndrome de Down (FIADOWN) edita este útil documento con la intención de que se convierta en una valiosa herramienta para todo el personal sanitario (de unidades especiales, atención primaria y de centros hospitalarios) que en determinado momento pueda atender a alguna de las más de 600.000 personas con esta discapacidad intelectual que actualmente viven en Iberoamérica, de forma que facilite la intervención ante las distintas necesidades que puedan presentar, así como ante los seguimientos preventivos que necesitan las personas con síndrome de Down.
Informe de encuesta sobre personas con síndrome de Down en la ArgentinaASDRA1988
El trabajo de campo también arrojó importantes datos acerca de vida autónoma e independiente, conductas que adoptan los padres luego de tener un hijo con síndrome de Down, cuestiones relacionadas con la salud y la tramitación del Certificado Único de Discapacidad, entre los más destacados.
Encuesta ASDRA a familias de personas con síndrome de DownASDRA1988
La encuesta arrojó importantes datos acerca de vida autónoma e independiente, conductas que adoptan los padres luego de tener un hijo con síndrome de Down, cuestiones relacionadas con la salud y la tramitación del Certificado Único de Discapacidad, entre los más destacados.
Características del ESTADO URUGUAYO establecidos en la ConstituciónGraciela Susana Bengoa
Concepto General de ESTADO.
Características y estructura del Estado Uruguayo.
Normas Constitucionales donde se establece los distintos elementos que componen el Estado Uruguayo.
En esta segunda entrega, el periódico Tierra se adentra en la operación «Inherent Resolve», una de las dos en las que participa el Ejército de Tierra en Irak. Personal de las Fuerzas Aeromóviles del Ejército de Tierra y del Mando de Operaciones Especiales forman parte de la coalición internacional para la lucha contra el Dáesh.
Este documento presenta una guía para encontrar soluciones a problemas complejos. Explica qué es un problema público, cómo podríamos definir un problema público, cómo podríamos definir un problema público de forma innovadora, cómo podríamos resolver un problema público con herramientas de pensamiento sistémico, sistemas complejos y pensamiento sistémico: ¿con qué herramientas contamos?
Con esta píldora formativa podrás comprender cómo implementar herramientas como el Arco del proceso de resolución de problemas (Beth S. Noveck / The GovLab), GovLab's Public Problem Solving Canvas o la Guía Un conjunto de herramientas introductorias al pensamiento sistémico para funcionarios públicos del Government Office for Science del Gobierno de Reino Unido.
ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL DE DISCAPACIDAD. Una mirada hacia adentro y hacia adelante.
1. ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL. Una mirada hacia adentro y hacia adelante.
LUIS G. BULIT GOÑI1
Para “El Cisne” info@elcisne.org Noviembre de 2012
“Cambia, todo cambia… y lo que no cambia hoy, tendrá que cambiar mañana”, nos
cantaba Mercedes Sosa mientras que Sabina me describía diciendo “por decir lo que
pienso sin pensar lo que digo algunos besos me han dado y bofetones también”
La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) nos señala
que “discapacidad” es un concepto que evoluciona a la par que al poner en el centro de la
escena a la persona, en su grandiosa diversidad, llama a la sociedad en su conjunto a
hacer un diagnóstico de la realidad y a reconocer la ausencia de los “ajustes razonables”
para que las barreras culturales que ha erigido no se interpongan entre las personas con
discapacidad (PcD) y el goce pleno de sus derechos.
Pero cuando se habla (en la CDPD y en cualquier discurso) de “la sociedad” no puede
olvidarse que en ese concepto se alcanza y se comprende, también, a las propias personas
con discapacidad, sus familias y sus organizaciones representativas o que les prestan
servicios. Somos parte de la sociedad. Y si la sociedad tiene un “problema” por estar en
deuda con la discapacidad al punto de que ha sido necesario, en pleno siglo XXI, elaborar
un tratado internacional específico, hemos de reconocer que al estar todos incluidos en
“la sociedad”, en que ella no nos es “ajena”…, pues o somos parte del problema o somos
parte de la solución…
Quienes llevamos algunos años vinculados al tema de la discapacidad hemos sido testigo
de la verdad encerrada en la concepción “evolutiva” de la discapacidad que contiene la
CDPD, así como de la también incontestable verdad del hecho de que en su comprensión
estamos incluyendo a un colectivo de personas absolutamente heterogéneo que requiere,
desde su propia diversidad, un abordaje específico a la hora de definir los “ajustes
razonables” a los que están obligadas tanto las políticas públicas como las acciones
institucionales de las organizaciones de la sociedad civil (OSC) y los propios individuos con
o sin diversidad funcional.
Cabe hoy poner el foco de atención precisamente en las OSC en tanto y en cuanto se
advierte un permanente y sostenido reclamo –claramente justificado- para un cambio en
el enfoque de las políticas públicas a cargo de los Estados (nacional, provincial y
municipal), dado que es inocultable su responsabilidad primaria, pero a la vez son pocas
las voces que se alzan para advertir que, en muchas ocasiones –más de las que
quisiéramos- la falta de alineamiento a los mandatos, principios y valores de la CDPD
también se verifica en las acciones y omisiones de las OSC vinculadas a la discapacidad.
1
Abogado (UBA). Magister en Administración y Políticas Públicas (UdeSA). Candidato al Comité de la CDPD
en 2008 y 2010.Presidente del Consejo Asesor de ASDRA. Vicepresidente de la Federación Iberoamericana
de Síndrome de Down. Autor y co autor de varios libros, capítulos de libros y artículos sobre discapacidad y
derechos.
2. Si tenemos por cierto que la “gran barrera” entre las PcD y el goce de sus derechos es
fundamentalmente “cultural”, nuestras acciones y omisiones inciden claramente en la
cultura de una sociedad, máxime cuando, como es el caso de las OSC, han alcanzado a los
ojos del gran público un halo de respeto y de reconocimiento cuando no, de
representatividad.
El derecho/obligación que impone la CDPD a la participación activa de los interesados en
todo cuanto tenga que ver en las políticas que nos inciden, implica por cierto una enorme
responsabilidad. Responsabilidad que TODAS las OSC vinculadas a las PcD deben asumir
sin importar su tamaño, su presencia pública… porque TODAS tienen un determinado
grado de incidencia en las acciones públicas y sociales.
Véase que toda política o acción pública, tiene un “ciclo” que comienza con la puesta de
un determinado “problema social” en la agenda de gobierno, deriva en el “diseño” de una
respuesta al problema y en la implementación de esa respuesta.
Las OSC pueden llegar a tener participación activa o pasivamente en todas y cada una de
esas etapas del ciclo de las políticas y sus acciones/omisiones incidir en el resultado final
de la política. Puede llegar a ser que algunas de las “grandes” OSC participen o incidan en
la etapa de puesta en agenda y diseño de una política, pero luego, en la implementación,
cuando la política llega a los niveles más descentralizados de la sociedad (los pueblos, los
municipios), las OSC que allí tienen presencia y relevancia son las que van a constituirse en
“actores sociales” que determinarán si la política tiene o no éxito en ese ámbito recortado
de “la sociedad”
Bien se ha dicho que “En todo caso, consideramos prioritario reconocer que, más allá de
versiones ingenuas o interesadas, lejos de un sujeto único de cambios y transformaciones,
el término “sociedad civil” alude a una realidad compleja, desigual y heterogénea, que
encubre poderes, intereses, identidades y exigencias plurales y contradictorias. Por
ello…, entendemos a la sociedad civil como “atravesada por intereses e ideologías en
pugna y, en este sentido, es más una estructura que se nos presenta como espacio de
acción que un actor colectivo. Los conflictos y divisiones en este espacio, aunque sin
mayor publicidad, son frecuentes entre y dentro de los actores que allí se mueven”2. Esta
“ideología” en sentido muy amplio de las OSC es la que va a impregnar las reacciones de la
sociedad respecto a la política pública; en algunos casos será promoviéndola,
impulsándola, pero tras veces será obturándola, dificultándola o, peor aún, ignorándola y
llevando al resultado de que las cosas sigan sin cambio alguno.
No debemos llevarnos a engaño, “En la discapacidad, por ejemplo, hay quienes detentan
posiciones de poder sobre la base de estructuras asentadas en el modelo rehabilitador.
2
ACUÑA, Carlos H. y BULIT GOÑI, L.G comps. Políticas sobre Discapacidad en la Argentina. El desafío de
hacer realidad los derechos, Buenos Aires , 2010 Siglo XXI Editores.
3. En este sentido, no es posible que los caminos de mejoramiento y profundización
democrática avancen hacia puntos en los que algunos ganen sin que nadie pierda (“Pareto
superiores”). Alguien pierde y paga costos cuando se construye mejor gobierno y se forja
mejor democracia, por lo que dará pelea para que la institucionalidad estatal y las políticas
públicas reproduzcan su pobreza y baja calidad”3” y es quizás por ello que, por ignorancia,
por apatía o por intereses concretos, no se exhiben acciones tendientes a reconvertir
muchísimos servicios para PcD cuya característica es la segregación, en servicios
tendientes a lograr la plena inclusión a la que estamos todos llamados por mandato de la
CDPD.
Todos sabemos que estamos en el marco de un “proceso de cambio” y que no es realista
pretender que ese cambio se de de un día para otro. No es posible que de tontas a locas
cerremos todos los espacios que, aún con segregación se están ocupando de muchísimas
PcD que sin ellos quedarían literalmente desamparados. Lo que no se puede seguir
tolerando sin una clara y perentoria advertencia, es que las cosas sigan igual que antes de
la CDPD. Todas las OSC estamos llamadas inexorablemente a revisar nuestra visión sobre
la discapacidad, a reconocer que los derechos e intereses de las PcD que atendemos o
representamos están por encima de los derechos e intereses de las propias OSC y mucho
más por encima de quienes las conducimos.
Quizás estas líneas enojen a muchos. No me preocupa. Eso es bueno. Porque del enojo
pretendo que se pase al diagnóstico realista y sincero, único pre-requisito para motivarnos
a cambiar y a cambiar en serio. Hay mucho en juego como para no encarar el desafío.
3
ACUÑA y BULIT GOÑI, obra citada.