El documento resume los principales aspectos del impuesto a la renta de tercera categoría en Perú. Explica el principio de causalidad, el devengo de gastos e ingresos, y los requisitos para la deducción de diferentes tipos de gastos como gastos de personal, movilidad, viajes, representación y otros. En total, cubre los conceptos fundamentales relacionados con la determinación de la renta neta gravable de tercera categoría.
Este documento describe los principios de causalidad, devengo y acreditación fehaciente que rigen la deducción de gastos de tercera categoría. Explica que el principio de causalidad requiere que los gastos sean necesarios para generar rentas o mantener la fuente de renta. También detalla los requisitos de devengo y acreditación de gastos, así como los límites y sustentos requeridos para la deducción de diferentes tipos de gastos como movilidad, personal, viajes y representación.
Este documento presenta información sobre dos temas: el régimen de retenciones del IGV en Perú y el sistema de detracciones. Respecto al régimen de retenciones, explica qué operaciones están sujetas a retención, los agentes de retención y sus obligaciones. En cuanto al sistema de detracciones, describe qué operaciones están sujetas a realizar depósitos, los sujetos obligados, el monto de los depósitos y su destino.
El documento describe el Sistema Nacional de Tesorería de Perú, el cual administra los fondos públicos de las entidades del sector público. El SNT se rige por normas y procedimientos orientados a la administración eficiente de los fondos, siguiendo los principios de unidad de caja y economicidad. El SNT regula las etapas de ejecución del ingreso y gasto público como la estimación, determinación, percepción, compromiso, devengado y pago.
1) El documento describe los pasos para coordinar una asamblea de accionistas, incluyendo elegir un presidente, secretario y comisario, coordinar la logística, convocar a los accionistas, y asegurar que se cumplan los objetivos.
2) También describe los roles y responsabilidades del presidente, secretario y comisario para garantizar que la asamblea se lleve a cabo según lo planeado y se cumplan todos los puntos del orden del día.
3) El documento proporciona instrucciones sobre cómo coordinar y llevar
La fiscalización tributaria consiste en examinar la actividad de una empresa para verificar el cumplimiento de las normas tributarias. El Estado puede decretar una fiscalización discrecional. El proceso incluye la emisión de cartas, requerimientos y actas. Los principales tributos revisados son IGV y renta. La fiscalización puede concluir con una resolución u orden de pago si se detectan infracciones.
Este documento describe los principios de causalidad, devengo y acreditación fehaciente que rigen la deducción de gastos de tercera categoría. Explica que el principio de causalidad requiere que los gastos sean necesarios para generar rentas o mantener la fuente de renta. También detalla los requisitos de devengo y acreditación de gastos, así como los límites y sustentos requeridos para la deducción de diferentes tipos de gastos como movilidad, personal, viajes y representación.
Este documento presenta información sobre dos temas: el régimen de retenciones del IGV en Perú y el sistema de detracciones. Respecto al régimen de retenciones, explica qué operaciones están sujetas a retención, los agentes de retención y sus obligaciones. En cuanto al sistema de detracciones, describe qué operaciones están sujetas a realizar depósitos, los sujetos obligados, el monto de los depósitos y su destino.
El documento describe el Sistema Nacional de Tesorería de Perú, el cual administra los fondos públicos de las entidades del sector público. El SNT se rige por normas y procedimientos orientados a la administración eficiente de los fondos, siguiendo los principios de unidad de caja y economicidad. El SNT regula las etapas de ejecución del ingreso y gasto público como la estimación, determinación, percepción, compromiso, devengado y pago.
1) El documento describe los pasos para coordinar una asamblea de accionistas, incluyendo elegir un presidente, secretario y comisario, coordinar la logística, convocar a los accionistas, y asegurar que se cumplan los objetivos.
2) También describe los roles y responsabilidades del presidente, secretario y comisario para garantizar que la asamblea se lleve a cabo según lo planeado y se cumplan todos los puntos del orden del día.
3) El documento proporciona instrucciones sobre cómo coordinar y llevar
La fiscalización tributaria consiste en examinar la actividad de una empresa para verificar el cumplimiento de las normas tributarias. El Estado puede decretar una fiscalización discrecional. El proceso incluye la emisión de cartas, requerimientos y actas. Los principales tributos revisados son IGV y renta. La fiscalización puede concluir con una resolución u orden de pago si se detectan infracciones.
Este documento describe las operaciones no fehacientes y no reales según la Sunat. Explica que estas operaciones carecen de sustento real y son simuladas. Detalla los indicios que usa la Sunat para identificarlas, como valores anormales, falta de documentación, y cruces de información con otras empresas. También cubre cómo los contribuyentes pueden probar la veracidad de sus operaciones a través de documentos de respaldo como guías de remisión.
Este documento describe los requisitos de las facturas de acuerdo con la legislación colombiana. Explica que una factura es un título valor que debe cumplir con ciertos requisitos legales para ser válida desde los puntos de vista comercial y tributario. También describe los tres tipos de facturas reconocidas - ordinarias, rectificativas y recapitulativas - y brevemente introduce el concepto de factura electrónica.
El documento describe el reconocimiento contable de los anticipos recibidos y entregados. Explica que los anticipos recibidos de clientes se reconocen como pasivos hasta que se entregan los bienes o servicios, mientras que los anticipos entregados a proveedores se reconocen como activos hasta que se reciben los bienes o servicios. También resalta los requisitos de las normas contables, tributarias y del plan de cuentas para el adecuado registro y presentación de los anticipos en los estados financieros de una empresa.
Este documento presenta información sobre las necesidades de información de los usuarios de estados financieros y el marco conceptual para la preparación y presentación de estados financieros. Brevemente describe los tipos de usuarios, la información que necesitan, los objetivos de los estados financieros y las características cualitativas de la información financiera como la relevancia y confiabilidad.
El documento presenta un informe de daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento del contrato de obra entre PONEX S.R.L. e IEXCO S.R.L. Se detallan facturas y certificaciones impagas por un total de Bs. 2,929,237.83, retenciones de facturas pagadas por Bs. 185,362.74, costos de inmovilización de maquinaria y personal por Bs. 489,365.10, intereses por retraso en pagos de Bs. 175,736.03, gastos de movil
Este documento presenta una junta de capacitación fiscal que cubre temas como jurisprudencias y tesis relevantes, PRODECON y la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022. Incluye resúmenes de varias jurisprudencias y tesis sobre temas como devoluciones, residencia fiscal en el extranjero y dividendos. También presenta algunos casos resueltos por PRODECON a favor de contribuyentes. Finalmente, resume algunas disposiciones fiscales establecidas en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 relativas al uso
Este documento es un certificado de existencia y representación legal emitido por la Cámara de Comercio de Bogotá para una compañía. Certifica la constitución de la compañía, su objeto social, capital social, socios, representante legal y sus facultades, y que la compañía se encuentra vigente y no disuelta.
1) El documento trata sobre el principio del devengado en el Impuesto a la Renta y la regla contable de reconocimiento de ingresos y gastos para efectos contables.
2) La expositora, CPC Marysol León, explica que debido a las diferencias entre los tratamientos contable y tributario, la determinación de la renta neta tributaria se ha convertido en un trabajo complicado que requiere conocimientos especializados de NIIF y tributación.
3) También se mencionan algunos casos en los que surgen incertidumbres
El documento describe el Régimen de Percepciones del IGV en Perú. Este régimen permite que la SUNAT o contribuyentes designados como agentes de percepción cobren por adelantado una parte del IGV que los clientes generarán luego por sus operaciones. Los clientes pueden deducir las percepciones de su IGV a pagar o solicitar su devolución si no se aplican. El régimen aplica a la importación de bienes, venta interna de bienes y combustible.
Este documento proporciona información sobre comprobantes de pago en Perú. Explica la legislación relevante, los tipos de comprobantes como facturas y boletas, los requisitos para su emisión como datos del emisor y receptor, y las excepciones. También cubre temas como oportunidad de emisión, obligados a emitir, y autorización de comprobantes físicos.
El documento describe los requisitos y proceso para la rehabilitación o emisión de duplicados de documentos de pago emitidos por EsSalud cuando estén deteriorados, extraviados o vencidos. Se debe presentar una solicitud con el documento deteriorado o una carta notarial con copia de la denuncia policial en caso de extravío. La solicitud se evalúa en 30 días y puede apelarse sucedivamente ante autoridades superiores de EsSalud.
El documento resume las normas colombianas sobre la procedencia de costos y deducciones para el impuesto de renta de personas jurídicas. Explica que los gastos deben ser necesarios y estar relacionados a la actividad productora de renta. También cubre los requisitos para deducir salarios como estar al día en aportes parafiscales, y la necesidad de conservar documentación que respalde los costos y deducciones.
Este documento discute la depreciación contable de activos fijos. Explica que en Perú existe confusión entre los criterios contables y tributarios para la depreciación. También describe los porcentajes de depreciación establecidos por leyes tributarias y para el sector público, los cuales no siempre reflejan la vida útil real de los activos. Finalmente, recomienda que las entidades apliquen la depreciación en base al uso real de los activos de acuerdo a principios contables internacionales.
Este documento resume los principales gastos deducibles para efectos del Impuesto a la Renta. Explica los principios de causalidad, devengado y fehaciencia que deben cumplir los gastos. Luego, detalla diversos gastos como los vinculados al personal (capacitación), gastos de viaje y viáticos, gastos de movilidad, entre otros. Incluye los límites máximos deducibles y requisitos de sustentación para cada tipo de gasto.
El documento describe los requisitos y procedimientos para la presentación de declaraciones de impuestos a través de Internet en México según la ley fiscal. Explica que los contribuyentes deben presentar pagos provisionales y declaraciones finales de impuestos de manera electrónica y con firma digital, y pagar cualquier monto adeudado mediante transferencia bancaria electrónica. También cubre los plazos, complementarios y opciones de pago disponibles.
El documento presenta un banco de preguntas para un proceso de certificación profesional de contadores públicos colegiados en Perú. Incluye preguntas sobre contabilidad, costos, estados financieros y otros temas contables. El documento fue elaborado por el Comité Nacional de Elaboración de Pruebas y Calificación para el proceso de certificación de la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú.
Este documento resume las características y funciones del conocimiento de embarque. Explica que el conocimiento de embarque representa las mercancías objeto de un contrato de transporte marítimo, lacustre o fluvial y sirve como recibo de las mercancías a bordo. Además, es un título de crédito y un título ejecutivo que otorga al tenedor el derecho a obtener la entrega de la mercancía. Detalla los diferentes tipos de conocimientos de embarque, sus características como título valor y los requ
Título de crédito hipotecario negociable,conocimiento de embarque y carta de porte.
(conocimiento de embarque extraído de https://es.slideshare.net/CarlosRodriguezRamir/conocimiento-de-embarque-y-carta-de-porte?qid=7113e675-7f0f-45a5-bfd5-4a7de0fbbf08&v=&b=&from_search=2 )
La resolución establece normas y procedimientos sobre registros presupuestales, suministro de información y sistematización del Presupuesto General de la Nación. Se determinan cinco libros de registro presupuestal que deben llevar los órganos que conforman el presupuesto nacional. Estos libros son: ingresos, apropiaciones, compromisos, obligaciones y pagos, vigencias futuras, reservas presupuestales y cuentas por pagar. Se describen los detalles de encabezamiento y columnario de cada libro de registro.
Este documento describe la revisión del dictamen fiscal por parte de la autoridad fiscal. Detalla el procedimiento secuencial que debe seguir la autoridad al revisar el dictamen, incluyendo la solicitud de documentos originales y papeles de trabajo. También cubre aspectos como los plazos de conservación de documentos y el efecto de la revisión en la caducidad fiscal.
Este documento describe las operaciones no fehacientes y no reales según la Sunat. Explica que estas operaciones carecen de sustento real y son simuladas. Detalla los indicios que usa la Sunat para identificarlas, como valores anormales, falta de documentación, y cruces de información con otras empresas. También cubre cómo los contribuyentes pueden probar la veracidad de sus operaciones a través de documentos de respaldo como guías de remisión.
Este documento describe los requisitos de las facturas de acuerdo con la legislación colombiana. Explica que una factura es un título valor que debe cumplir con ciertos requisitos legales para ser válida desde los puntos de vista comercial y tributario. También describe los tres tipos de facturas reconocidas - ordinarias, rectificativas y recapitulativas - y brevemente introduce el concepto de factura electrónica.
El documento describe el reconocimiento contable de los anticipos recibidos y entregados. Explica que los anticipos recibidos de clientes se reconocen como pasivos hasta que se entregan los bienes o servicios, mientras que los anticipos entregados a proveedores se reconocen como activos hasta que se reciben los bienes o servicios. También resalta los requisitos de las normas contables, tributarias y del plan de cuentas para el adecuado registro y presentación de los anticipos en los estados financieros de una empresa.
Este documento presenta información sobre las necesidades de información de los usuarios de estados financieros y el marco conceptual para la preparación y presentación de estados financieros. Brevemente describe los tipos de usuarios, la información que necesitan, los objetivos de los estados financieros y las características cualitativas de la información financiera como la relevancia y confiabilidad.
El documento presenta un informe de daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento del contrato de obra entre PONEX S.R.L. e IEXCO S.R.L. Se detallan facturas y certificaciones impagas por un total de Bs. 2,929,237.83, retenciones de facturas pagadas por Bs. 185,362.74, costos de inmovilización de maquinaria y personal por Bs. 489,365.10, intereses por retraso en pagos de Bs. 175,736.03, gastos de movil
Este documento presenta una junta de capacitación fiscal que cubre temas como jurisprudencias y tesis relevantes, PRODECON y la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022. Incluye resúmenes de varias jurisprudencias y tesis sobre temas como devoluciones, residencia fiscal en el extranjero y dividendos. También presenta algunos casos resueltos por PRODECON a favor de contribuyentes. Finalmente, resume algunas disposiciones fiscales establecidas en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 relativas al uso
Este documento es un certificado de existencia y representación legal emitido por la Cámara de Comercio de Bogotá para una compañía. Certifica la constitución de la compañía, su objeto social, capital social, socios, representante legal y sus facultades, y que la compañía se encuentra vigente y no disuelta.
1) El documento trata sobre el principio del devengado en el Impuesto a la Renta y la regla contable de reconocimiento de ingresos y gastos para efectos contables.
2) La expositora, CPC Marysol León, explica que debido a las diferencias entre los tratamientos contable y tributario, la determinación de la renta neta tributaria se ha convertido en un trabajo complicado que requiere conocimientos especializados de NIIF y tributación.
3) También se mencionan algunos casos en los que surgen incertidumbres
El documento describe el Régimen de Percepciones del IGV en Perú. Este régimen permite que la SUNAT o contribuyentes designados como agentes de percepción cobren por adelantado una parte del IGV que los clientes generarán luego por sus operaciones. Los clientes pueden deducir las percepciones de su IGV a pagar o solicitar su devolución si no se aplican. El régimen aplica a la importación de bienes, venta interna de bienes y combustible.
Este documento proporciona información sobre comprobantes de pago en Perú. Explica la legislación relevante, los tipos de comprobantes como facturas y boletas, los requisitos para su emisión como datos del emisor y receptor, y las excepciones. También cubre temas como oportunidad de emisión, obligados a emitir, y autorización de comprobantes físicos.
El documento describe los requisitos y proceso para la rehabilitación o emisión de duplicados de documentos de pago emitidos por EsSalud cuando estén deteriorados, extraviados o vencidos. Se debe presentar una solicitud con el documento deteriorado o una carta notarial con copia de la denuncia policial en caso de extravío. La solicitud se evalúa en 30 días y puede apelarse sucedivamente ante autoridades superiores de EsSalud.
El documento resume las normas colombianas sobre la procedencia de costos y deducciones para el impuesto de renta de personas jurídicas. Explica que los gastos deben ser necesarios y estar relacionados a la actividad productora de renta. También cubre los requisitos para deducir salarios como estar al día en aportes parafiscales, y la necesidad de conservar documentación que respalde los costos y deducciones.
Este documento discute la depreciación contable de activos fijos. Explica que en Perú existe confusión entre los criterios contables y tributarios para la depreciación. También describe los porcentajes de depreciación establecidos por leyes tributarias y para el sector público, los cuales no siempre reflejan la vida útil real de los activos. Finalmente, recomienda que las entidades apliquen la depreciación en base al uso real de los activos de acuerdo a principios contables internacionales.
Este documento resume los principales gastos deducibles para efectos del Impuesto a la Renta. Explica los principios de causalidad, devengado y fehaciencia que deben cumplir los gastos. Luego, detalla diversos gastos como los vinculados al personal (capacitación), gastos de viaje y viáticos, gastos de movilidad, entre otros. Incluye los límites máximos deducibles y requisitos de sustentación para cada tipo de gasto.
El documento describe los requisitos y procedimientos para la presentación de declaraciones de impuestos a través de Internet en México según la ley fiscal. Explica que los contribuyentes deben presentar pagos provisionales y declaraciones finales de impuestos de manera electrónica y con firma digital, y pagar cualquier monto adeudado mediante transferencia bancaria electrónica. También cubre los plazos, complementarios y opciones de pago disponibles.
El documento presenta un banco de preguntas para un proceso de certificación profesional de contadores públicos colegiados en Perú. Incluye preguntas sobre contabilidad, costos, estados financieros y otros temas contables. El documento fue elaborado por el Comité Nacional de Elaboración de Pruebas y Calificación para el proceso de certificación de la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú.
Este documento resume las características y funciones del conocimiento de embarque. Explica que el conocimiento de embarque representa las mercancías objeto de un contrato de transporte marítimo, lacustre o fluvial y sirve como recibo de las mercancías a bordo. Además, es un título de crédito y un título ejecutivo que otorga al tenedor el derecho a obtener la entrega de la mercancía. Detalla los diferentes tipos de conocimientos de embarque, sus características como título valor y los requ
Título de crédito hipotecario negociable,conocimiento de embarque y carta de porte.
(conocimiento de embarque extraído de https://es.slideshare.net/CarlosRodriguezRamir/conocimiento-de-embarque-y-carta-de-porte?qid=7113e675-7f0f-45a5-bfd5-4a7de0fbbf08&v=&b=&from_search=2 )
La resolución establece normas y procedimientos sobre registros presupuestales, suministro de información y sistematización del Presupuesto General de la Nación. Se determinan cinco libros de registro presupuestal que deben llevar los órganos que conforman el presupuesto nacional. Estos libros son: ingresos, apropiaciones, compromisos, obligaciones y pagos, vigencias futuras, reservas presupuestales y cuentas por pagar. Se describen los detalles de encabezamiento y columnario de cada libro de registro.
Este documento describe la revisión del dictamen fiscal por parte de la autoridad fiscal. Detalla el procedimiento secuencial que debe seguir la autoridad al revisar el dictamen, incluyendo la solicitud de documentos originales y papeles de trabajo. También cubre aspectos como los plazos de conservación de documentos y el efecto de la revisión en la caducidad fiscal.
Soluciones Examen de Selectividad. Geografía junio 2024 (Convocatoria Ordinar...Juan Martín Martín
Criterios de corrección y soluciones al examen de Geografía de Selectividad (EvAU) Junio de 2024 en Castilla La Mancha.
Soluciones al examen.
Convocatoria Ordinaria.
Examen resuelto de Geografía
conocer el examen de geografía de julio 2024 en:
https://blogdegeografiadejuan.blogspot.com/2024/06/soluciones-examen-de-selectividad.html
http://blogdegeografiadejuan.blogspot.com/
3. PRINCIPIO DE CAUSALIDAD
REALIZACIÓN DEL
HECHO
(Gasto)
FINALIDAD
Generar rentas
gravadas o
mantener la
fuente
BASE LEGAL : 1ER PÁRRAFO ARTICULO 37° DE LA LIR
C.P.C.C. CARLOS A. SURCO RAMOS
4. PRINCIPIO DE CAUSALIDAD
Elementos concurrentes para considerar su
cumplimiento
Que sea necesario para producir y/o mantener su
fuente generadora de renta.
RTF N° 4807-1-2007
El principio de causalidad es la relación de necesidad que debe
establecerse entre los gastos y la generación de renta o el
mantenimiento de la fuente, noción que en nuestra legislación es de
carácter amplio pues se permite la sustracción de erogaciones que
no guarden dicha relación de manera directa.
C.P.C.C. CARLOS A. SURCO RAMOS
5. PRINCIPIO DE CAUSALIDAD
Elementos concurrentes para considerar su
cumplimiento
Que no se encuentre expresamente prohibido por ley
(Artículo 44º TUO LIR).
Que se encuentre debidamente acreditado
documentalmente con comprobantes de pago y o
documentación fehaciente.
C.P.C.C. CARLOS A. SURCO RAMOS
6. PRINCIPIO DE CAUSALIDAD
Elementos concurrentes para considerar
su cumplimiento
Que el gasto cumpla con el criterio de
razonabilidad y proporcionalidad
Generalidad sólo respecto de gastos
realizados en beneficio de trabajadores,
referidos en los incisos l) y ll) del art. 37º
C.P.C.C. CARLOS A. SURCO RAMOS
7. ACREDITACIÓN FEHACIENTE Y DOCUMENTAL
PRINCIPIO DE CAUSALIDAD
Todo gasto deberá estar sustentado con el respectivo
comprobante de pago en tanto resulte obligatoria su
emisión de acuerdo a las normas de la materia
(Reglamento de Comprobantes de Pago) y en la
oportunidad que corresponda (artículo 5º RCP).
RTFs N° 8534-5-2001, 1404-1-2002.
¿Operación
Fehaciente?
Elementos mínimos de prueba:
Pruebas irrefutables que la operación
se ha efectuado.
8. Adicionalmente deberán contar con la debida “Prueba
Documentaria”, como por ejemplo un Documento
Contractual, que acredite que la operación es real o
fehaciente.
Además, debe acreditarse la fehaciencia del Gasto, con
otros documentos que acrediten su destino y respalden su
efectiva realización.
RTF N° 089-1-2000 (02.02.2000)
PRINCIPIO DE CAUSALIDAD
ACREDITACIÓN FEHACIENTE Y DOCUMENTAL
C.P.C.C. CARLOS A. SURCO RAMOS
9. PRINCIPIO DE CAUSALIDAD
Elementos Mínimos de Prueba
RTF N° 755-1-2006:
“... La Administración Tributaria debe EVALUAR la
efectiva realización de las operaciones, tomando como
base, fundamentalmente, la documentación proporcionada
por los contribuyentes, por lo que es necesario que éstos
mantengan elementos de prueba que acrediten, en caso
sea necesario, que los comprobantes de pago que
sustentan su derecho corresponda a operaciones reales, lo
que puede concretarse a través de los medios probatorios
generados a lo largo de su realización”.
C.P.C.C. CARLOS A. SURCO RAMOS
11. DEVENGO
BASE DE IMPUTACION
Las rentas se consideran producidas
en el ejercicio en que se devengan.
(Literal a Art. 57º TUO LIR).
C.P.C.C. CARLOS A. SURCO RAMOS
12. IMPUTACIÓN DE LOS GASTOS
REGLA GENERAL (Tributaria): Las normas
establecidas en el artículo 57º serán
aplicables para la imputación del Gasto.
RENTAS DE
TERCERA
CATEGORÍA
Criterio Aplicable:
Devengo
13. DEVENGO
PRINCIPIO CONTABLE (HIPÓTESIS)
Los efectos de la transacción y demás
sucesos se reconocen cuando ocurren (y
no cuando se recibe o paga dinero u otro
equivalente al efectivo). (Párrafo 22 Marco
Conceptual de las NIC).
C.P.C.C. CARLOS A. SURCO RAMOS
14. Hechos Generadores del Gasto
El concepto de devengo implica que se
hayan producido los hechos sustanciales
generadores del ingreso y/o gasto y que
el compromiso no se encuentre sujeto a
condición alguna, no siendo relevante
que se hubiera efectuado el pago.
RTF 2812-2-2006
C.P.C.C. CARLOS A. SURCO RAMOS
15. a. GASTOS DE EJERCICIOS
ANTERIORES
REGLA GENERAL : NO TRANSFERENCIA A
EJERCICIOS FUTUROS
EJERCICIO X EJERCICIO X + 1
C.P.C.C. CARLOS A. SURCO RAMOS
16. EXCEPCIÓN AL CRITERIO DEL
DEVENGO
Siempre que se cumplan de manera concurrente
(Artículo 57º LIR):
REQUISITOS
Por razones
ajenas no
hubiera sido
posible conocer
el gasto
oportunamente.
SUNAT
compruebe que
su imputación no
implique
obtención de
beneficio fiscal.
Se
provisione
y se pague
antes del
cierre.
17. b. GASTOS SUJETOS AL PAGO
AL BENEFICIARIO PARA SU
DEDUCCIÓN
C.P.C.C. CARLOS A. SURCO RAMOS
18. Inciso v)
Art.37º LIR
Inciso l)
Art.37º LIR
Rentas de segunda, cuarta
y quinta categoría (exigidas
por normas laborales)
- Rentas de quinta
categoría que surgen
Voluntariamente
- Generalidad
REQUISITO
Pago dentro del plazo de presentación de la Declaración
Jurada Anual.
C.P.C.C. CARLOS A. SURCO RAMOS
20. GASTOS POR CONCEPTOS DE MOVILIDAD
Deducción
del
Gasto de
Movilidad
EXISTA
CAUSALIDAD
CONSTITUYA
CONDICIÓN DE
TRABAJO
SE SUSTENTE EN
COMPROBANTE DE PAGO
O EN UNA PLANILLA DE
GASTOS DE MOVILIDAD
SUSCRITA POR EL
TRABAJADOR.
Base Legal:
Inc a1) Art. 37° TUO de la LIR.
Inc v) Art. 21° del RLIR.
21. GASTOS POR CONCEPTOS DE MOVILIDAD
Sustento
de los
Gastos de
Movilidad
o
Sin comprobante de pago
Con la planilla de gastos
de movilidad
Gasto deducible
en su integridad.
Comprobante de pago
El gasto es
deducible siempre
que no exceda el
límite del 4% de la
RMV por cada
trabajador por día.
La modalidad de la sustentación es exclusiva y si se aplican ambas,
solo se reconocerá el sustento por comprobante.
C.P.C.C. CARLOS A. SURCO RAMOS
22. GASTOS POR CONCEPTOS DE MOVILIDAD
Planilla de
gastos
de
movilidad
PODRÁ
SER
LLEVADA
Por cada trabajador (Por período)
Se reflejan los gastos en forma
individualizada y podrá contener los
gastos de uno o más días.
Planillas de gastos de movilidad de
varios trabajadores (Por día)
Podrá agrupar los desembolsos por
concepto de gastos de movilidad
incurridos por varios trabajadores,
únicamente en un día.
De no hacerlo, la planilla queda
inhabilitada para sustentar gasto.
C.P.C.C. CARLOS A. SURCO RAMOS
23. REQUISITOS DE LA PLANILLA DE
MOVILIDAD
¿Qué requisitos
debe contener
la Planilla de
Gastos de
Movilidad?
• Numeración de la planilla.
• Nombre o razón social de la Empresa o
contribuyente.
• Identificación del día o período que
comprende la planilla, según corresponda.
• Fecha de emisión de la planilla.
• Especificar, por cada desplazamiento y
por cada trabajador.
• Fecha (día, mes y año) en que se incurrió
• en el gasto.
• Nombres y apellidos de cada trabajador.
• Motivo y destino del desplazamiento.
C.P.C.C. CARLOS A. SURCO RAMOS
24. GASTOS EN BENEFICIO DEL
PERSONAL: AGUINALDOS,
GASTOS RECREATIVOS Y
GASTOS DE CAPACITACIÓN Y
ENTRENAMIENTO AL PERSONAL
C.P.C.C. CARLOS A. SURCO RAMOS
25. GASTOS DE PERSONAL
DEFINICION
Retribuciones obligatorias y voluntarias pagadas a los
trabajadores que laboran en la empresa por sus servicios
prestados.
C.P.C.C. CARLOS A. SURCO RAMOS
26. CRITERIOS JURISPRUDENCIALES
Para la deducción de gastos por alimentos o
refrigerio al personal, no basta con presentar los
contratos de trabajo, sino acreditar la realidad del
gasto (RTF 6522-4-2008).
Los gastos por colegiatura de un trabajador no son
deducibles debido a que son gastos inherentes al
perfil de la persona contratada (RTF 7045-4-2008).
Las gratificaciones extraordinarias sólo son
deducibles si se acredita la existencia de vínculo
laboral (RTF 898-4-2008).
C.P.C.C. CARLOS A. SURCO RAMOS
27. GASTOS DE PERSONAL
GASTOS VOLUNTARIOS
Aguinaldos, bonificaciones, gratificaciones (Literal l) Art.
37º TUO LIR). - RTF 958-2-99.
GENERALIDAD
Ultimo párrafo Art. 37º TUO LIR
REQUISITO
Pago dentro del plazo de presentación de la Declaración
Jurada Anual.
C.P.C.C. CARLOS A. SURCO RAMOS
28. GASTOS DE PERSONAL
RECREATIVOS, EDUCATIVOS Y DE SALUD
Destinados a prestar servicios de salud, recreativos,
culturales y educativos; así como los gastos de enfermedad
de cualquier servidor (Literal ll) Art. 37º TUO de la LIR).
GENERALIDAD
Establecido en el último párrafo del artículo 37º del TUO
LIR. No requiere que sea otorgado a la totalidad de
servidores de la empresa. (RTF 2230-2-2003)
29. Toda vez que los bienes o desembolsos resultan
ser aquellos a ser destinados a los trabajadores,
la empresa DEBE de mantener documentación
suficiente que pueda acreditar su destino y
beneficiarios
ACREDITACIÓN Y FEHACIENCIA
GASTOS DE PERSONAL
C.P.C.C. CARLOS A. SURCO RAMOS
30. SUSTENTO DEL
GASTO
Tipo del bien
entregado o
desembolso realizado.
Número de DNI del
trabajador y su firma.
Una relación completa
de los trabajadores.
Fecha de recepción
o realización.
Adjuntar
C.P.C.C. CARLOS A. SURCO RAMOS
31. TRATAMIENTO PARA EFECTOS DEL IGV
Transferencias
a título gratuito
Constituye Retiro de Bienes y por ende
gravado con IGV, aún cuando el gasto
no resulte deducible.
REPARABLE
Adquisiciones otorgan derecho a Crédito
Fiscal, en tanto gasto resulta deducible
y se destine a operaciones gravadas.
GASTO RECREATIVO
Consideración específica
C.P.C.C. CARLOS A. SURCO RAMOS
32. BASE IMPONIBLE
Valor en Operaciones onerosas con Terceros
Valor de Mercado
Costo de Adquisición o Producción según corresponda
Base Legal: Art. 15º del TUO de la LIGV y numeral 6
artículo 5º Reglamento del TUO de la LIGV
TRATAMIENTO PARA EFECTOS DEL IGV
C.P.C.C. CARLOS A. SURCO RAMOS
33. Se debe emitir Comprobante de Pago
consignando la leyenda:
“TRANSFERENCIA GRATUITA” y
Valor de Venta o Mercado que hubiese
correspondido a la operación.
OBSEQUIOS A TITULO GRATUITO
¿Se puede emitir C/P Resumen?
¿Debe considerarse como Ingreso?
C.P.C.C. CARLOS A. SURCO RAMOS
34. GASTOS DE VIAJE Y VIÁTICOS
AL INTERIOR Y EXTERIOR
DEL PAÍS
C.P.C.C. CARLOS A. SURCO RAMOS
35. GASTOS DE VIAJE
VIATICOS (ALOJAMIENTO Y ALIMENTACION)
Reglas a considerar:
- Viajes deben cumplir Principio de Causalidad
- Realización del viaje debe acreditarse con el
correspondiente pasaje (Gasto de Transporte)
- Tanto en los viajes a nivel nacional como al exterior,
se deben sustentar con los respectivos Comprobantes
de Pago.
- Bajo ningún concepto se admiten los gastos de los
acompañantes.
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37. GASTOS DE VIAJE
GASTOS
DE
VIAJE
Siempre que exista
CAUSALIDAD
son “indispensables” o
“necesarios
El GASTO ES
DEDUCIBLE
Base Legal:
Inc. r) del Art. 37°
de la LIR
Aquellos vinculados a:
•Clientes
•Proveedores
•Supervisión de la empresa
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38. GASTOS DE VIAJE
¿Y como acredito
la necesidad del
Viaje?
• Con documentación (actas,
correos electrónicos internos
(intranet). En éste último caso,
ver RTF N° 09457-5-2004.
•Gastos de transporte (pasajes).
•El viaje ha sido realizado por
trabajador (es) de la empresa
con los cuales existe relación de
dependencia.
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40. GASTOS DE REPRESENTACIÓN
GASTOS
DE
REPRESENTACIÓN
Criterios de
Deducibilidad
Del gasto
CAUSALIDAD
DEVENGADO
EN EL EJERCICIO
NO EXCEDA LOS
LÍMITES FIJADOS
BASE LEGAL:
Inciso q) del Art. 37° de la LIR
Inciso m) del Art. 21° del RLIR. IMPORTANTE
Acreditar relación de Beneficiarios
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41. GASTOS DE REPRESENTACIÓN
CALIFICACIÓN
DE LOS
GASTOS DE
REPRESENTACIÓN
Gastos de la empresa con la
finalidad de ser representada
fuera de sus oficinas, locales o
establecimientos.
Gastos de la empresa destinados
a crear una imagen, mantener o
mejorar su posición en el
mercado para ello se otorgan
obsequios o agasajos a clientes.
Los gastos serán reconocidos o
imputados en el ejercicio en
que se realicen. (Art. 57° LIR)
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42. GASTOS DE REPRESENTACIÓN
NO EXCEDER 0.5% DE
LOS INGRESOS NETOS DEL
EJERCICIO
Se tomará para el cálculo los
Ingresos Netos gravables.
NO DEBERÁ EXCEDER DE 40
UIT
Equivalente para el ejercicio
2010 a S/. 144,000 Nuevos
Soles.
LIMITES DE
ACEPTACIÓN
DE LOS
GASTOS DE
REPRESENTACION
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44. ¿QUE ES LA
DEPRECIACIÓN?
Es la asignación sistemática del costo u otra base de
valuación de un activo depreciable durante la vida
útil del mismo.
Teniendo
como meta
Aplicar a los ingresos de cada
período una porción razonable
del costo del activo fijo que puede
imputarse a resultados u a otro
activo.
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45. 45
… En general
Debe incluirse dentro del costo del activo fijo todos
aquellos desembolsos que sean necesarios y
razonables. No deberán formar parte del costo por
ejemplo aquellos desembolsos por reparación
originado por el mal trato dado a un activo al
momento de descargarlo en las instalaciones de la
empresa.
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46. Base de Cálculo:
COSTO – Valor
Residual (*)
Estimaciones
para
depreciar
Métodos de
Depreciación:
Modelo según el
cual los beneficios
serán consumidos.
Vida Útil
(*) En caso ser insignificante, se considera irrelevante para
el cálculo del valor depreciable
DETERMINACIÓN – Regulación Contable
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47. El importe depreciable de un
activo se distribuirá de forma
sistemática a lo largo de su
vida útil.
VIDA ÚTIL
DETERMINACIÓN – Regulación Contable
C.P.C.C. CARLOS A. SURCO RAMOS
48. La depreciación se calcula sobre el valor de
adquisición o producción de los bienes, más las
mejoras incorporadas con carácter permanente (Art.
41º TUO LIR).
BASE PARA LA DEPRECIACION
Incidencia Tributaria
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50. DEPRECIACIÓN
Se reconoce
como gasto
del período.
Se reconoce
como parte
del costo del
otro bien.
Bienes que se aplican
a la producción de otros
activos: existencias o
activos fijos.
Sustento: NIC 2, NIC 16
Criterio Jurisprudencial:
RTF N° 0678 -1 - 2002
En los demás casos.
Sustento: NIC 16 e inciso f)
del artículo 37° y artículos 38°
al 41° LIR
EFECTOS DE LA DEPRECIACIÓN
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51. INICIO DE LA DEPRECIACIÓN
Pár. 55 NIC 16
(vigente a partir ejercicio 2006)
Literal c) Art. 22°
Reglamento
Comenzará cuando
esté disponible para su
uso (en la ubicación y
condición para operar)
Se computará a partir
del mes en que los
bienes sean utilizados
en la generación de
rentas gravadas.
DEPRECIACIÓN
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52. Bienes de uso, que permanecerán en la empresa por
más de un período
Bienes no
depreciables
(terrenos excepto
los agrícolas).
Bienes depreciables (los demás)
Edificaciones y construcciones
tienen un porcentaje fijo
Los demás tienen
porcentaje máximo
REQUISITOS TRIBUTARIOS
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54. NUEVO ESQUEMA PARA LA DEPRECIACION
DE EDIFICIOS Y CONSTRUCCIONES A
PARTIR DEL 01.01.2010
Edificios y Construcciones
construidas o adquiridas con
anterioridad al 01.01.2009
A partir del 01.01.2010 se
depreciarán
tributariamente a razón de
una tasa de 5% anual.
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55. 5. IMPORTANCIA DE LA
BANCARIZACIÓN PARA LA
DEDUCIBILIDAD DE LOS GASTOS
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56. ¿QUÉ ES LA
BANCARIZACIÓN?
Consiste en canalizar las transacciones económicas a
través de las instituciones financieras y bancarias, que se
encuentran bajo el control de Superintendencia de Banca
y Seguros.
Es una obligación de carácter legal (obligatoria) y de
derecho privado (esta referida al pago de la retribución o
precio).
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57. LA BANCARIZACIÓN
Conforme lo determina la Ley Nº 28194,
norma que aprobó el ITF y los medios de
pago, se crea una obligación de carácter
legal (obligatoria) y de derecho privado (por
cuanto tiene que ver con el pago de la
retribución o precio).
Esa obligación es la bancarización
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58. ¿A PARTIR DE QUÉ MONTO
DEBO BANCARIZAR?
Para cumplir con obligaciones mediante el
pago de sumas de dinero cuyo importe sea
a partir de S/. 3,500 (moneda nacional) ó
$/. 1,000 (moneda extranjera).
(obligaciones de carácter contractual cuya
prestación es dineraria)
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59. MONTOS PARA BANCARIZAR
CUMPLIMIENTO
DE LA
OBLIGACIÓN
La cuantía se refiere al
Monto de la prestación
dineraria
No está relacionada
Con el pago de las
facturas
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60. MEDIOS DE PAGO QUE
PUEDEN EMPLEARSE
Depósitos en cuenta.
Giros.
Transferencia de fondos.
Órdenes de pago.
Tarjetas de débito expedidas en el país.
Tarjetas de crédito expedidas en el país.
Cheques con la cláusula de “no negociable”,
“intransferibles”, “no a la orden” u otra
equivalente
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61. 7. Acreditación de los Gastos
con Comprobantes de Pago
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62. RELEVANCIA DEL COMPROBANTE DE PAGO
EN EL IMPUESTO A LA RENTA
La Ley del Impuesto a la Renta exige como requisito
formal para la deducibilidad de los egresos, que estos
se encuentren acreditados, esto es, debidamente
sustentados, estableciéndose en el inciso j) artículo 44º
que no son deducibles para la determinación de la
renta imponible de tercera categoría los gastos cuya
documentación sustentatoria no cumpla con los
requisitos y características mínimas establecidas por el
Reglamento de Comprobantes de Pago (…)
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63. EXCEPCIÓN
Según artículo 37º TUO LIR, se permita la
sustentación con otros documentos.
• Gastos de Movilidad
• Viáticos
Base Legal: Literal j) artículo 44º TUO LIR
RELEVANCIA DEL COMPROBANTE DE PAGO
EN EL IMPUESTO A LA RENTA
C.P.C.C. CARLOS A. SURCO RAMOS
64. El comprobante de pago es un
documento que acredita la transferencia
de bienes, la entrega en uso, o la
prestación de servicios.
Base Legal: Artículo 1º del RCP
DEFINICIÓN DE COMPROBANTE
DE PAGO
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65. COMPROBANTE DE PAGO
Todo gasto deberá estar sustentado con el respectivo
comprobante de pago en tanto resulte obligatoria su
emisión de acuerdo a las normas de la materia (Reglamento
de Comprobantes de Pago) y en la oportunidad que
corresponda su emisión (artículo 5º RCP).
RTFs N° 8534-5-2001, 1404-1-2002.
¿Operación
Fehaciente?
Elementos mínimos de prueba:
Pruebas irrefutables que la operación se
ha efectuado.
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67. OBLIGACION DE SU EMISIÓN
RTF N° 0207-1-2007:
Para la deducción de un gasto se debe acreditar su
devengamiento y adicionalmente que esté sustentado en un
comprobante de pago en caso que exista la obligación de
emitirlo.
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68. OBLIGACION DE SU EMISIÓN
RTF N° 6604-5-2002:
Los intereses pueden deducirse sin contar con el
respectivo comprobante, toda vez que no podía ser emitido
al no haber vencido el plazo para su pago (oportunidad en
que se debe emitir el comprobante de pago).
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69. EMISIÓN EXTEMPORÁNEA DE CP
Dudas que surgen entre los contribuyentes
¿ Implica el desconocimiento del gasto?
¿ El gasto puede imputarse al ejercicio en el cual se ha
emitido el comprobante de pago?
¿Procede el uso del IGV como crédito fiscal?
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