Este documento presenta un modelo de recurso de reconsideración contra una resolución de cobranza emitida por ESSALUD que requiere el reembolso del costo de prestaciones otorgadas. El recurso argumenta que existe nueva prueba, como constancias de presentación laboral y recibos bancarios, que demuestran que los pagos requeridos sí fueron realizados, por lo que pide que se revoque la resolución impugnada.
Rechazar el Recurso de Alzada interpuesto por la firma Empresa de Energía Río Negro S.A. (EDERSA) contra la Resolución N° 180/12 del Ente Provincial Regulador de Energía (EPRE).
Indenmizaciones por accidentes laborales_IAFJSRMauri Rojas
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germina legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación de los futuros profesionales en el derecho en su fase incipiente, preparándolo para entender, comprender y desarrollar exitosamente su futura profesión y mejorar las habilidades y destrezas de profesionales que ya estén en su ejercicio profesional.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela
www.iafjsr.com.ve
La Saga “Despidos colectivos en el Ayuntamiento de Estepona”. Cuarta parte. El TS confirma la sentencia del TSJ de Andalucía de 30 de septiembre de 2015. Existencia de causas económicas y organizativas para proceder a la extinción de contratos. Notas a la sentencia de 16 de diciembre de 2016 y recordatorio de las tres resoluciones dictadas con anterioridad.
la presente tabla recoge los acuerdos adoptados para la unificación de criterios y prácticas procesales en el ámbito que se indica en el encabezamiento. Los
acuerdos están expuestos en orden cronológico y su carácter es meramente informativo/divulgativo. Esta tabla se actualiza periódicamente y se divulga a través del TSJ tanto a lo
interno de la organización judicial como hacia el exterior, a través de los colegios profesionales y de la web del TSJ.
APELACIÓN AL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO: Sin desmerecer el principio de informalidad en los procedimientos administrativos, se muestra un modelo de recurso de apelación al Tribunal Administrativo Previsional (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
TC ordena a SUNAT dar trato igualitario de inembargabilidad de las remuneraciones laborales a las contraprestaciones percibidas por contrato de prestación de servicios.
Presentada la comunicación de huelga a la autoridad de trabajo, esta puede declararla improcedente mediante resolución, contra esta resolución procede apelación, la autoridad puede confirmar la improcedencia, contra esta procede la revisión a la autoridad de competencia nacional en Lima (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
El Tribunal Constitucional señala que no se puede afectar el 100% de la remuneración por el cobro de un crédito laboral, incluso a pesar de la existencia de un convenio que así lo establezca por afectar el derecho a la remuneración.
Honorarios de los abogados que actuaron en representación del particular en u...EX ARTHUR MEXICO
HONORARIOS DE LOS ABOGADOS QUE ACTUARON EN REPRESENTACIÓN DEL PARTICULAR EN UN JUICIO DE NULIDAD. SU PAGO NO ENCUADRA DENTRO DEL CONCEPTO DE DAÑOS Y PERJUICIOS CONTENIDO EN EL ARTÍCULO 6o. DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.
Rechazar el Recurso de Alzada interpuesto por la firma Empresa de Energía Río Negro S.A. (EDERSA) contra la Resolución N° 180/12 del Ente Provincial Regulador de Energía (EPRE).
Indenmizaciones por accidentes laborales_IAFJSRMauri Rojas
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“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germina legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación de los futuros profesionales en el derecho en su fase incipiente, preparándolo para entender, comprender y desarrollar exitosamente su futura profesión y mejorar las habilidades y destrezas de profesionales que ya estén en su ejercicio profesional.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela
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La Saga “Despidos colectivos en el Ayuntamiento de Estepona”. Cuarta parte. El TS confirma la sentencia del TSJ de Andalucía de 30 de septiembre de 2015. Existencia de causas económicas y organizativas para proceder a la extinción de contratos. Notas a la sentencia de 16 de diciembre de 2016 y recordatorio de las tres resoluciones dictadas con anterioridad.
la presente tabla recoge los acuerdos adoptados para la unificación de criterios y prácticas procesales en el ámbito que se indica en el encabezamiento. Los
acuerdos están expuestos en orden cronológico y su carácter es meramente informativo/divulgativo. Esta tabla se actualiza periódicamente y se divulga a través del TSJ tanto a lo
interno de la organización judicial como hacia el exterior, a través de los colegios profesionales y de la web del TSJ.
APELACIÓN AL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO: Sin desmerecer el principio de informalidad en los procedimientos administrativos, se muestra un modelo de recurso de apelación al Tribunal Administrativo Previsional (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
TC ordena a SUNAT dar trato igualitario de inembargabilidad de las remuneraciones laborales a las contraprestaciones percibidas por contrato de prestación de servicios.
Presentada la comunicación de huelga a la autoridad de trabajo, esta puede declararla improcedente mediante resolución, contra esta resolución procede apelación, la autoridad puede confirmar la improcedencia, contra esta procede la revisión a la autoridad de competencia nacional en Lima (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
El Tribunal Constitucional señala que no se puede afectar el 100% de la remuneración por el cobro de un crédito laboral, incluso a pesar de la existencia de un convenio que así lo establezca por afectar el derecho a la remuneración.
Honorarios de los abogados que actuaron en representación del particular en u...EX ARTHUR MEXICO
HONORARIOS DE LOS ABOGADOS QUE ACTUARON EN REPRESENTACIÓN DEL PARTICULAR EN UN JUICIO DE NULIDAD. SU PAGO NO ENCUADRA DENTRO DEL CONCEPTO DE DAÑOS Y PERJUICIOS CONTENIDO EN EL ARTÍCULO 6o. DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.
Similar a 288421621 como-impugnar-una-resolucion-de-cobranza-que-requiere-el-reembolso-del-costo-de-prestaciones-otorgadas-por-essalud-modelo-de-recurso-de-reconsiderac
En Este modelo se usan las figuras del procedimiento administrativo como son el recurso de apelación, la acumulación de procedimientos administrativos, apoderado y domicilio común para notificaciones. (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Ofrecemos al Lector un modelo de queja por defecto de tramitación para evitar que su expediente administrativo siga paralizado y se emita pronto una resolución administrativa (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Una combinación de instituciones jurídicas a través de una consulta: nulidad de actos administrativos, actos inexistentes, prescripción de la acción administrativa e indemnización (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Esta es una demanda que se presenta para dar inicio a un proceso contencioso administrativo, con la característica que se refiere a derechos laborales, por lo que se tramita ante el Juez Especializado de Trabajo. (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Cuando se presenta una demanda con muchos errores, Ud. puede presentar en vía de modificación una nueva demanda en forma, como podrá ver en este modelo (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
La inercia de la administración pública es una de las figuras administrativas de la omisión de la administración pública, aquí les ofrecemos una aplicación práctica de esta figura. (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Se ofrece un recurso administrativo de revisión en un proceso administrativo disciplinario seguido por ante la Fiscalía Suprema de Control Interno (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
"Corresponde que el Tribunal Fiscal se pronuncie sobre las quejas presentadas contra la adopción de medidas cautelares previas aun cuando su cuestionamiento esté referido a infracciones al procedimiento de fiscalización o verificación, a fin de determinar si aquéllas deben ser mantenidas, levantadas o ajustadas, según corresponda, lo que implica la posibilidad de analizar las infracciones al procedimiento de fiscalización o verificación que se hubieren producido al adoptarse tales medidas. Dicho análisis no se encuentra dentro de los alcances del Acuerdo de Sala Plena N°
2016-10 de 27 de mayo de 2016 dado que no existe otra vía distinta a la queja en la que pueda analizarse las infracciones que se hubieren producido al adoptarse dichas medidas”.
Similar a 288421621 como-impugnar-una-resolucion-de-cobranza-que-requiere-el-reembolso-del-costo-de-prestaciones-otorgadas-por-essalud-modelo-de-recurso-de-reconsiderac (20)
Guía para hacer un Plan de Negocio para tu emprendimiento.pdfpppilarparedespampin
Esta Guía te ayudará a hacer un Plan de Negocio para tu emprendimiento. Con todo lo necesario para estructurar tu proyecto: desde Marketing hasta Finanzas, lo imprescindible para presentar tu idea. Con esta guía te será muy fácil convencer a tus inversores y lograr la financiación que necesitas.
Anna Lucia Alfaro Dardón, Harvard MPA/ID. The international successful Case Study of Banco de Desarrollo Rural S.A. in Guatemala - a mixed capital bank with a multicultural and multisectoral governance structure, and one of the largest and most profitable banks in the Central American region.
INCAE Business Review, 2010.
Anna Lucía Alfaro Dardón
Dr. Ivan Alfaro
Dr. Luis Noel Alfaro Gramajo
Entre las novedades introducidas por el Código Aduanero (Ley 22415 y Normas complementarias), quizás la más importante es el articulado referido a la determinación del Valor Imponible de Exportación; es decir la base sobre la que el exportador calcula el pago de los derechos de exportación.
Anna Lucia Alfaro Dardón, Harvard MPA/ID.
Opportunities, constraints and challenges for the development of the small and medium enterprise (SME) sector in Central America, with an analytical study of the SME sector in Nicaragua. - focused on the current supply and demand gap for credit and financial services.
Anna Lucía Alfaro Dardón
Dr. Ivan Alfaro
PREVENCION DELITOS RELACIONADOS COM INT.pptxjohnsegura13
Concientizar y sensibilizar a los funcionarios, sobre la importancia de promover la seguridad en sus operaciones de comercio internacional, mediante la unificación de criterios relacionados con la trazabilidad de sus operaciones.
1. ¿CÓMO IMPUGNAR UNA RESOLUCIÓN DE COBRANZA QUE
REQUIERE EL REEMBOLSO DEL COSTO DE PRESTACIONES
OTORGADAS POR ESSALUD? MODELO DE RECURSO DE
RECONSIDERACIÓN
Por José María Pacori Cari
Catedrático de Derecho de la UJCM
ÁREA: SEGURIDAD SOCIAL
LÍNEA: COBRANZA COACTIVA
Bueno, este me parece un caso especial y poco común, sin
embargo, puede servirle a alguien, se trata de un supuesto en el
cual un empleador no habría cumplido con realizar los pagos por
contribuciones al Seguro Social de Salud (ESSALUD), y sus
trabajadores, pese a esto, han sido beneficiados con
prestaciones, entonces el Seguro Social de Salud los requiere a
través de una resolución cumplan con pagar el costo de las
prestaciones otorgadas; si tiene prueba que pago lo necesario,
tendrá que realizar un recurso de reconsideración con firma de
Abogado. De no contar con pruebas puede presentar un recurso
de apelación. En caso que el pago que se requiere es correcto se
sugiere ir a las instalaciones del Seguro Social de salud
(ESSALUD) y buscar el fraccionamiento de la deuda, puesto que
de no tener la razón los recursos lo único que darán es tiempo
pero se incrementaran los intereses por la deuda pendiente
(AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Modelo de recurso de reconsideración contra resolución
de cobranza de ESSALUD
SUMILLA : INTERPONGO
RECURSO DE RECONSIDERACIÓN
REFERENCIA : RESOLUCIÓN DE
COBRANZA 901990020646
SEÑOR JEFE DE LA OFICINA DE FINANZAS DE LA
GERENCIA RED ASISTENCIAL AREQUIPA
INSTITUCIÓN EDUCATIVA […], con RUC
[…], debidamente representada por su
Directora […], con DNI […], señalando
domicilio en […], a Ud., respetuosamente,
digo:
1
2. Haciendo uso de mi derecho de contradicción previsto en la Ley
27444:
I.- BASE LEGAL DE PROCEDENCIA DEL RECURSO
1.- El artículo 24 de la Directiva 004-GCF-OGA-ESSALUD-2010
denominado “Procedimientos para la determinación y cobranza
a entidades empleadoras morosas” establece que “Contra la
Resolución de Cobranza o Resolución de Multa, la entidad
empleadora podrá ejercer su derecho a la contradicción en vía
administrativa, mediante los recursos administrativos
siguientes: a) Recurso de Reconsideración […]”
2.- El artículo 25 de la Directiva 004-GCF-OGA-ESSALUD-2010
establece “El recurso de Reconsideración se interpondrá ante el
mismo funcionario que emitió la Resolución de Cobranza, en el
término improrrogable de quince (15) días hábiles, computados
desde el día hábil siguiente a aquél en que se notificó la
Resolución de Cobranza, impugnación que debe ser
fundamentada de acuerdo a la Ley 27444 que rige el
procedimiento administrativo general.”
3.- El Artículo 208 de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento
Administrativo General – establece que “El recurso de
reconsideración se interpondrá ante el mismo órgano que dictó
el primer acto que es materia de la impugnación y deberá
sustentarse en nueva prueba. En los casos de actos
administrativos emitidos por órganos que constituyen única
instancia no se requiere nueva prueba. Este recurso es opcional
y su no interposición no impide el ejercicio del recurso de
apelación.”
Dentro de este contexto,
II.- EXPRESIÓN CONCRETA DE LO PEDIDO
Interponemos recurso administrativo de reconsideración en
contra del acto administrativo contenido en la Resolución de
Cobranza 901990020646 de 29 de setiembre del 2015,
notificada el 05 de octubre del 2015 que resuelve disponer que
mi representada cumpla con reembolsar a ESSALUD el costo de
las prestaciones otorgadas por el importe de S/. […].
Nuestro recurso administrativo tiene por objeto se le revoque
declarando su nulidad total de la Resolución de Cobranza
901990020646 por contravenir el principio de verdad material
previsto en el art. IV, numeral 1.11, del Título Preliminar de la
2
3. Ley 27444, al existir nueva prueba que no se ha tomado en
cuenta y que se anexa a la presente.
III.- FUNDAMENTOS DE HECHO DE MI RECURSO
1.- Con fecha 05 de octubre del 2015, se nos notifica con la
Resolución de Cobranza 901990020646 que resuelve disponer
que mi representada cumpla con reembolsar a ESSALUD el costo
de las prestaciones otorgadas por el importe de S/. […]
2.- Como Anexo 1 de la Resolución impugnada se indica “Detalle
de las Prestaciones Otorgadas 901990020646”; asimismo, se
adjunta el Anexo II sobre “Evaluación de los Periodos de Pago
901990020646.
3.- Respecto de la evaluación de los periodos de pago,
consideramos que se incurre en un error que hace necesario
revocar la resolución impugnada, respecto de la diferencia
pendiente de pago.
4.- En efecto, sustentados en el principio de presunción de
veracidad, adjuntamos a la presente la siguiente documentación
que acredita que si se realizaron los pagos que supuestamente
no se realizaron: […]
5.- Adicionalmente, a la enumeración indicada, se adjunta en
copia documentación que acredita el error que se ha cometido
respecto de mi representada, por cuanto con estos elementos
de prueba se debe proceder a la revocación de la resolución
impugnada.
IV.- FUNDAMENTO DE DERECHO DE MI RECURSO
6.- Dos principios sustentan el presente recurso de
reconsideración:
6.1.- El principio de presunción de veracidad previsto en el
Art. IV, numeral 1.7 de la Ley 27444 – Ley del
Procedimiento Administrativo General – que indica
“Principio de presunción de veracidad.- En la tramitación
del procedimiento administrativo, se presume que los
documentos y declaraciones formulados por los
administrados en la forma prescrita por esta Ley,
responden a la verdad de los hechos que ellos afirman.
Esta presunción admite prueba en contrario.” De esta
manera, se debe de analizar la nueva prueba que se
adjunta a la presente.
3
4. 6.2.- El principio de verdad material previsto en el Art. IV,
numeral 1.11 de la ley 27444 – Ley del Procedimiento
Administrativo General – “Principio de verdad material.- En
el procedimiento, la autoridad administrativa competente
deberá verificar plenamente los hechos que sirven de
motivo a sus decisiones, para lo cual deberá adoptar todas
las medidas probatorias necesarias autorizadas por la ley,
aun cuando no hayan sido propuestas por los
administrados o hayan acordado eximirse de ellas.” De
esta manera, se debe de evaluar la nueva documentación
que se presenta.
V.- NUEVA PRUEBA
La nueva prueba que se presenta, se adjunta y consiste en
Constancias de Presentación (Laboral), Recibos del Banco de la
Nación, Formulario SUNAT, y determinación de la deuda, estos
documentos se adjunta para su evaluación y revisión.
VI.- ANEXOS
Como anexos se adjuntan:
1-A Copias de Constancias de Presentación (Laboral), Recibos
del Banco de la Nación, Formulario SUNAT, y determinación de la
deuda, estos documentos se adjuntan para su evaluación y
revisión.
1-B Copia de Resolución de Cobranza 901990020646 de 29 de
setiembre del 2015, notificada el 05 de octubre del 2015, acto
administrativo que se adjunta.
POR LO EXPUESTO:
A UD. pido dar al presente recurso el trámite que le corresponde
conforme a la Ley 27444.
Arequipa, 23 de octubre del 2015.
[Firma del Representante de la Empresa]
[Por ser un recurso administrativo la firma de abogado es
necesaria]
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