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Ordenanza Basura Cero SCZ
1. Honorable Concejo Municipal
De Santa Cruz de la Sierra
“El Gobierno y la administración de los Municipios están a cargo de los Gobierno Municipales Autónomo y de igual jerarquía” Art. 200 C.P.E.
HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL
RESUMEN CONTENIDOS MÁS RELEVANTES
ORDENANZA MUNICIPAL No. 043/2006
“BASURA CERO”
Se entiende como concepto de Basura Cero, el principio de reducción progresiva
de la disposición final de los residuos sólidos urbanos, con plazos y metas
concretas, por medio de un conjunto de medidas orientadas a la reducción de la
generación de residuos, la separación selectiva, la recuperación y el reciclado.
El Gobierno Municipal garantiza la gestión integral de residuos sólidos urbanos
entendiéndose por ello, al conjunto de actividades interdependientes y
complementarias entre sí, que conforman un proceso de acciones para la
administración de un sistema que comprende, generación, disposición inicial
selectiva, recolección diferenciada, transporte, tratamiento y transferencia,
manejo y aprovechamiento, con el objeto de garantizar la reducción progresiva
de la disposición final de residuos sólidos urbanos, a través del reciclado y la
minimización en la generación de residuos sólidos en origen.
Por tanto, se prohíbe para el año 2017 la disposición final de materiales que
tengan valor reciclable y reutilizable, así como también la de los residuos
orgánicos.
Objetivos.Son objetivos generales de la presente Ordenanza:
a) Dar prioridad a las actuaciones tendientes a prevenir y reducir la
cantidad de residuos generados y su peligrosidad.
b) Fomentar el uso de materiales biodegradables.
c) Disminuir los riesgos para la salud pública y el ambiente mediante la
utilización de metodologías y tecnologías de tratamiento y
disposición final de los residuos sólidos urbanos que minimicen su
generación y optimicen los procesos de tratamiento.
d) Desarrollar instrumentos de planificación, inspección y control con
participación efectiva de los Vecinos Ecológicos (recuperadores
urbanos), que favorezcan la seguridad, eficacia, eficiencia y
efectividad de la actividades de gestión de los residuos.
Telfs.: 333-8596 / 333-2738 / 333-3438
Fax: 371-5504
Casilla: 2729
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De Santa Cruz de la Sierra
“El Gobierno y la administración de los Municipios están a cargo de los Gobierno Municipales Autónomo y de igual jerarquía” Art. 200 C.P.E.
e) Asegurar la información a los ciudadanos sobre la acción pública en
materia de gestión de los residuos, promoviendo su participación en
el desarrollo de las acciones previstas.
Objetivos específicos:
Promover la reducción del volumen y la cantidad total de residuos
sólidos urbanos que se producen, estableciendo metas progresivas.
Desarrollar una progresiva toma de conciencia por parte de la
población, respecto de los problemas ambientales que los residuos
sólidos generan y posible soluciones, como así también el desarrollo
de programas de educación ambiental formal, no formal e informa
concordante con la Ley 1333.
Promover un adecuado y racional manejo de los residuos sólidos
urbanos, a fin de preservar la salud de la población y los recursos
ambientales.
Disminuir los efectos negativos que los residuos sólidos urbanos
puedan producir al ambiente, mediante la incorporación de nuevos
procesos y tecnologías limpias.
Fomentar la participación de cooperativas y empresas pequeñas y
medianas de recolección y reciclaje.
Promover e incentivar a la industria y al mercado de insumos o
productos obtenidos del reciclado.
El generador de residuos sólidos urbanos debe realizar la separación en origen y
adoptar las medidas tendientes a disminuir la cantidad de residuos sólidos
urbanos que genere. Dicha separación debe ser de manera tal que los residuos
pasibles de ser reciclados, reutilizados o reducidos queden distribuidos en
diferentes recipientes o contenedores, para su recolección diferenciada y
posterior clasificación y procesamiento.
Del Proceso.El programa cuenta con tres aspectos interdependientes entre si:
La recuperación de residuos sólidos reciclables y reutilizables
La reducción de residuos en origen y en la fase de destino final
La producción de compost a partir de los residuos orgánicos
Incorporación.-
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“El Gobierno y la administración de los Municipios están a cargo de los Gobierno Municipales Autónomo y de igual jerarquía” Art. 200 C.P.E.
El poder Ejecutivo reconoce a los recuperadores de residuos reciclables dentro
del proceso de la recolección diferenciada en el servicio de higiene urbana
vigente.
Los recuperadores de residuos reciclables se denominarán “Vecinos Ecológicos”
Concepto de material reciclable.Se entiende por Material Reciclable a los componentes de los Residuos Sólidos
Urbanos Domiciliarios tales como: papel, cartón, plástico, vidrio, metal trapos,
madera y todo otro material rechazado o descartado, puesto a disposición del
Vecino Ecológico, pasible a ser revalorizado, excluyendo los residuos peligrosos y
los residuos patogénicos conforme con la legislación vigente en la materia.
Delimitación de áreas.Los Vecinos Ecológicos inscritos en el Registro de Vecinos Ecológicos se
encuentran habilitados para ejercer su trabajo en el área de la Unidad Vecinal
establecida y autorizada por la Coordinación General del Programa en la
Credencial definitiva, otorgándose prioridad en el trabajo en determinadas áreas
a las personas naturales, cooperativas, mutuales que ya están trabajando.
La información de las áreas cubiertas por los mencionados anteriormente se debe
encontrar disponible para ser consultada en el Registro Central.
Separación diferenciada.Todo generador de residuos sólidos urbanos debe realizar la separación en origen
y adoptar las medidas tendientes a disminuir la cantidad de residuos sólidos
urbanos que genere. La separación requerirá diferentes contenedores de acuerdo
a normas ambientales internacionales para:
a) Los residuos reciclables, en sus diferentes categorías
b) Los orgánicos o biodegradables
a efecto de facilitar su recolección depósito, devolución, retorno o disposición
final.
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Disposición Inicial.Es la realizada por el generador a través de la cual los residuos sólidos urbanos
son puestos a disposición del Vecino Ecológico, en los lugares establecidos por la
presente reglamentación. La separación del Vecino Ecológico, en los lugares
establecidos por la presente reglamentación. La separación de la misma se
realizará en base a la siguiente categorización:
Reutilizables y/o Reciclables:
o Botellas
o Frascos
o Muebles enseres
o Papel y/o cartón
o Vidrios
o Plásticos
o Trapos
o Madera
Orgánicos:
o Húmedos o biodegradables
o Secos
Incentivo a productores y comerciantes.Se harán beneficiarias de determinados privilegios establecidos por el Gobierno
Municipal y que serán normados mediante Ordenanza especial al efecto:
Toda empresa o sociedad que en el proceso de elaboración de sus
productos y sus embalajes, certifique que utiliza materiales
extraídos del proceso de disposición y recolección diferenciada de
residuos sólidos urbanos.
Todo comerciante que comercialice, productos y embalajes
elaborados con productos reciclables, reutilizables o de fácil
disposición.
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SANCIONES.Las infracciones serán sancionadas con multas por la Dirección de Medio
Ambiente de acuerdo a la siguiente graduación:
Las infracciones muy graves: desde 2.000 hasta 5.000 Bs., y la
reparación del daño causado, dentro del plazo establecido por la
autoridad.
Las infracciones graves: desde 500 hasta 2.000 Bs., y la reparación
del daño causado, dentro del plazo establecido por la autoridad.
Las infracciones leves: hasta 500 Bs.
PARA MAYOR INFORMACIÓN, visite nuestro sitio web www.concejomunicipalscz.gov.bo
y busque la ordenanza 043/2006 en nuestro Banco Digital.
LISTADO EMPRESAS RECICLADORAS EN SANTA CRUZ DE LA SIERRA
Textiles Grigotá
Fundación FIDES
Kimberly
La papelera
Pantanal
Telfs.: 333-8596 / 333-2738 / 333-3438
388 24 24
339 49 31
346 51 59
349 96 46
364 53 40
Fax: 371-5504
Casilla: 2729
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