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Dilema Éticos del Contador Público (parte 3)
EL CASO REFICAR, EL MAYOR DETRIMENTO PATRIMONIAL DEL ESTADO EN TODA
SU HISTORIA
PRESENTADO POR:
ELIANA OSSA
JOHANA YEPES
Hubo daño patrimonial del Estado
colombiano en la construcción de la nueva
Refinería de Cartagena (Reficar), el
megaproyecto de modernización del sector
petrolero más importante del país.
La Unidad de Investigaciones Especiales
Contra la Corrupción de
la Contraloría determinó que, en la
modernización de Reficar, se presentaron
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recursos no se encontraron invertidos en mayor
capacidad y mejor tecnología que le aportara
valor. En lugar de ello, resalta que los gastos no
tuvieron relación con el proceso de
modernización del a refinería.
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multinacional Suiza Glencore, con el 51% de participación,
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Cartagena S.A. con el fin de adelantar el proyecto de
modernización y ampliación de la planta existente en esa
ciudad.
En mayo de 2009, Ecopetrol se convirtió en la
propietaria del 100% de la compañía, al comprar las
acciones de Glencore, ante el fracaso de esta en el proceso
de ampliación de la refinería.
Durante el 2009 se concluyeron las etapas de
ingeniería básica del Plan Maestro de Desarrollo de la
Refinería de Cartagena, se inició la búsqueda de
financiación del proyecto y la compra de maquinaria de
larga entrega. También continuaron las adecuaciones de los
terrenos en los cuales se instalarán las nuevas plantas. La
refinería debería ampliar su capacidad hasta 165 mil barriles
por día.
Ante esta situación, el Gobierno
nacional decidió recibir el proyecto y
asignarlo a la estadounidense CB&I.
Aunque el objetivo de involucrar a CB&I
era recuperar recursos y tiempo perdido por
Glencore, se descubrieron millonarios
sobrecostos injustificados por parte de
CB&I.
Durante la ejecución del proyecto hubo
cinco cambios en el presupuesto que
llevaron a que se incrementara su costo.
Cuando el proyecto comenzó en el 2009
costaba 3.460 millones de dólares, pero tras
varias modificaciones, sobrecostos y
desvíos de dinero terminó costándole al país
más de 8.016 millones de dólares.
Los siguientes datos dan cuenta de las
diferencias que se presentaron entre la
formulación inicial y la ejecución del
proyecto durante los 5 cambios:
SOBRECOSTOS
Pero el fantasma de la corrupción fue adentrándose en el mega proyecto de refinación de hidrocarburos más ambiciosos de la región.
Para la Contraloría, la ampliación y modernización de la Refinería de Cartagena, Reficar, a cargo de Ecopetrol, se incrementó en US$4.023
millones, 11 billones 485 mil millones de pesos, ya que aunque estaba inicialmente presupuestada en US$3.777 millones 11 billones 400 mil
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política pública, es decir, una participación estatal minoritaria y sin riesgos.
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También se señala que CB&I realizó un total de 255 contratos y 850 adiciones por las que ha pagado 2,7 billones de pesos; denominados en
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A continuación, se relacionan los contadores, revisores fiscales y firma de revisoría fiscal entre los años 2011 y 2016, según
comunicado de prensa de la Contraloría.
Cronología de contadores, revisores fiscales y firma de revisoría fiscal entre el año 2011 y 2016, para Reficar SA.
INVOLUCRADOS
Se consideran responsables Javier Genaro Gutiérrez Pemberthy, ex presidente de Ecopetrol
S.A.; Pedro Alonso Rosales Navarro, ex vicepresidente ejecutivo del Downstream de la matriz
Ecopetrol S.A.; Diana Calixto, ex Jefe de la Unidad Corporativa de Filiales de Ecopetrol S.A.;
Hernando José Gómez, miembro independiente como ex director del Departamento Nacional de
Planeación –DNP; Henry Medina González; Uriel Salazar Duque; Natalia Gutiérrez Jaramillo; Astrid
Martínez; y Carlos Gustavo Arrieta.
También se imputó responsabilidad fiscal solidaria por contribuir a la pérdida de las
inversiones en el proyecto a los expresidentes de la Refinería de Cartagena S.A.S. (Reficar):
Orlando Cabrales Martínez y Reyes Reinoso Yanes; a la ex vicepresidenta Administrativa y
Financiera de Reficar, Magda Manosalva; a los ex vicepresidentes de proyecto de Reficar, Carlos
Bustillo Lacayo Y Andrés Virgilio Riera Burelli; y al Director Corporativo de Proyectos de Ecopetrol
S.A., Cesar Luis Barco García.
PRINCIPIOS ÉTICOS VULNERADOS
Si bien es cierto que la información está en manos de los contadores
porque son ellos los que conocen las operaciones diarias de los movimientos de
dinero, compras, contratos, gastos, pagos, terceros, etc., lo cual le permite
evidenciar actividades fuera del curso habitual de la operación.
Reficar era de conocimiento de otras áreas afines a las contables como
los interventores, auditores y revisores fiscales. Se recae en la negligencia de
ejercer las medidas de control pertinentes para las irregularidades contables y
de riesgo.
Esto impone la responsabilidad de realizar denuncia obligatoria a los
entes de control, protegido en su rol de servidor público y bajo las normas
anticorrupción.
PRINCIPIOS ETICOS VULNERADOS
Según el Código de ética de la IFAC en el caso de Reficar los contadores y
revisores fiscales violaron los siguientes principios:
 Integridad: No fueron francos y honestos en todas sus relaciones profesionales y
empresariales.
 Objetividad: Comprometieron su juicio profesional a causa de prejuicios, conflicto de
intereses o influencia indebida de terceros.
 Conflicto de intereses: Los contadores debieron tomar medidas razonables para
identificar circunstancias que pudieran originar un conflicto de intereses.
 Comportamiento profesional: Incumplimiento en las disposiciones legales y
reglamentarias aplicables, que evitaran cualquier actuación que desacreditara la
profesión.
 Preparación y presentación de Información: La cuál debía presentarse de manera clara,
neutral, verificable, honesta y profesional y representar fielmente los hechos
económicos de la empresa reflejados en los estados financieros, ya que son un
documento público y no fue así.
 Confidencialidad: Sí bien hay información de la empresa qué es privada, sí debían
informar ante los entes de control las irregularidades presentadas en el desfalco de la
entidad y los sobrecostos incurridos.
 Intereses financieros, remuneración e incentivos ligados a la información financiera
y a la toma de decisiones.
PREGUNTAS
¿CÓMO ANALIZA EL ACTUAR ÉTICO DE LOS PROFESIONALES DE LA
CONTADURÍA PÚBLICA EN ESTOS MOMENTOS COYUNTURALES DE CRISIS POR
LA CUAL ATRAVIESA EL PAÍS?
La Ética Profesional en sí aplicada al ejercicio de una Profesión y comprende los principios
de la actuación moral de todos sus miembros en las circunstancias peculiares en que sus deberes
profesionales los colocan. Las personas que ejercen la profesión de contadores públicos, ofrecen
sus conocimientos y habilidades al servicio de otros, tienen un alto nivel de responsabilidades y
obligaciones con todos los sectores y personas que confían en su trabajo, por lo que es
imprescindible para estos Profesionales la aceptación y el cumplimiento de las Normas de Ética
que regulan su relación con sus Clientes, Empleadores, Empleados, Estado y Público en general.
¿SOBRE QUIÉN RECAE LA OBLIGACIÓN DE PREVENIR EL FRAUDE?
Todos los miembros de una entidad deben actuar con responsabilidad para prevenir y detectar fraudes, por lo cual es
trascendental que la administración, con la supervisión de los encargados del gobierno; procure disuadir y limitar la
ocurrencia del fraude, mediante un fuerte énfasis en su prevención.
Los auditores no son ajenos a este tema, y sobre ellos recae una gran responsabilidad frente al fraude. Si bien, el
fraude no es el principal enfoque de la auditoria, es necesario que los auditores realicen procedimientos específicos
relacionados con la prevención de este delito.
Al respecto, las NIA establecen que un auditor que realiza su ejercicio en la materia, es responsable de obtener una
seguridad razonable para que los estados financieros en su conjunto estén libres de errores materiales, ya sean causados ​​por
fraude o error, en miras a detectar un posible fraude. Así, son objetivos del auditor:
¿SOBRE QUIÉN RECAE LA OBLIGACIÓN DE PREVENIR EL FRAUDE?
En síntesis, todos los profesionales implicados en este caso deben prevenir esta situación
sin embargo, recae más responsabilidad sobre los contadores debido a que ellos son los
encargados de prevenir y advertir las consecuencias de los malos manejos, verificando y
analizando siempre la información y documentación que llega a la empresa, de igual forma
también están obligados a reportar ante las autoridades pertinentes las desviaciones que se
presenten con el fin de prevenir sucesos que puedan afectar la profesión y el buen nombre, el
contador debe ante todo poner su ética profesional y su moral frente a cualquier situación.
¿SOBRE QUIÉN RECAE LA OBLIGACIÓN DE PREVENIR EL FRAUDE?
• Identificar y evaluar el riesgo de error (importante) debido al fraude.
• Obtener suficiente evidencia de auditoría, con respecto al riesgo evaluado, mediante el diseño e
implementación de respuestas apropiadas.
• Responder apropiadamente al fraude o sospecha de fraude identificado durante la auditoría.
• Mantener el escepticismo profesional a lo largo de la auditoría.
• Discutir con el equipo de auditoría la susceptibilidad de la entidad al fraude, incluyendo cómo podría
ocurrir el fraude.
• Documentar la consideración de fraude.
“De acuerdo a lo anterior se puede analizar las implicaciones del auditor en los fraudes
administrativos y financieros, según Magda Zapata (2015). La interpretación a la Normas Internacionales de
Auditoria SAS 99,”Consideraciones del fraude en una Auditoria de estados financieros” muestra la ejecución
del trabajo de los auditores mediante la recolección de evidencia que le permita identificar errores materiales
debido al fraude (NIA 240).”
¿QUÉ TIPO DE SANCIONES ACARREARÍAN LOS INVOLUCRADOS TENIENDO EN
CUENTA LA NORMATIVIDAD ÉTICA PARA LOS CONTADORES PÚBLICOS?
Las investigaciones de la Contraloría llegaron a su punto culminante cuando el titular de ese despacho,
Edgardo Maya Villazón diera a conocer el informe mediante el cual se establecieron las responsabilidades
de quienes actuaron durante el desarrollo de proyecto de Reficar.
El ente de control expidió en consecuencia el Auto de Imputación de Responsabilidad Fiscal en el caso
Reficar por un monto de más de US$2.400 millones, equivalentes a más de $5 billones, luego de haber
comprobado la existencia de daño fiscal por la pérdida de las inversiones realizadas en la Refinería de
Cartagena durante los años 2011 a 2015.
Esta decisión establece el mayor detrimento patrimonial del Estado colombiano en toda su historia, 4
veces mayor al fallo de Saludcoop del año 2013, indicó la Contraloría.
Se imputó responsabilidad fiscal solidaria por la totalidad de los US$2.433 millones de las inversiones
menoscabadas, a las multinacionales contratistas del proyecto: CBI Américas Ltd., Chicago Bridge & Iron
Company (CB&I) UK Limited, CBI Colombiana S.A., Foster Wheeler Usa Corporation y Process
Consultants, INC.
¿QUÉ TIPO DE SANCIONES ACARREARÍAN LOS INVOLUCRADOS TENIENDO EN
CUENTA LA NORMATIVIDAD ÉTICA PARA LOS CONTADORES PÚBLICOS?
 Suspensión de la tarjeta profesional de acuerdo con el Art 25 de la ley 43, hasta por 1 año.
 La cancelación de la inscripción ante la JCC imposibilitando el ejercicio de la profesión con base en el
Art. 26 ley 43.
Sanciones de tipo penal
Las sanciones de tipo penal que pueden ser impuestas al revisor fiscal son las siguientes:
•Prisión de uno (1) a seis (6) años por suministrar certificados contrarios a la realidad, u ordenar, tolerar o
encubrir falsedades en los estados financieros (ver artículo 43 de la Ley 222 de 1995).
•Sanciones del Código Penal relativas a falsedad de documentos privados por autorizar balances con
inexactitudes graves.
REFERENCIAS
El Nuevo Siglo. (2018, 10 junio). Reficar, una historia llena de irregularidades. www.elnuevosiglo.com.co. Recuperado 3 de agosto de 2022, de
https://www.elnuevosiglo.com.co/articulos/06-2018-reficar-una-historia-llena-de-irregularidades
Consejo de Normas Internacionales de Ética para Contadores(2009)Recuperado de:
https://www.ifac.org/system/files/publications/files/codigo-de-etica-para-profesionales-de-la-contabilidad.pdf
Fernández, J. A. M. F., & Peñaloza, M. M. P. S. (2018). Análisis de cinco casos antiéticos en el actuar profesional del contador público y sus
consecuencias disciplinarias. Ciencia.Lasalle.Edu.Co. Recuperado 4 de agosto de 2022, de
https://ciencia.lasalle.edu.co/contaduria_publica/675/
Amado, M. I. y Ariza, E. D. (2019, julio-diciembre). La crisis de la ética de los contadores bajo gobiernos corruptos. RCC - Revista Colombiana
de Contabilidad, 7 (14), 183-202.
Actualícese. (2017, 23 agosto). Principios incluidos en el Código de Ética de la IFAC | Actualícese. Actualícese.com.
Recuperado 22 de julio de 2022, de https://actualicese.com/principios-incluidos-en-el-codigo-de-etica-de-
la-ifac/
Ifac. (2009, julio). Código de Ética para Profesionales de la Contabilidad. www.ifac.org. Recuperado 22 de julio de 2022,
de https://www.ifac.org/system/files/publications/files/codigo-de-etica-para-profesionales-de-la-
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  • 1. Dilema Éticos del Contador Público (parte 3) EL CASO REFICAR, EL MAYOR DETRIMENTO PATRIMONIAL DEL ESTADO EN TODA SU HISTORIA PRESENTADO POR: ELIANA OSSA JOHANA YEPES
  • 2. Hubo daño patrimonial del Estado colombiano en la construcción de la nueva Refinería de Cartagena (Reficar), el megaproyecto de modernización del sector petrolero más importante del país. La Unidad de Investigaciones Especiales Contra la Corrupción de la Contraloría determinó que, en la modernización de Reficar, se presentaron mayores inversiones que no le agregaron valor al proyecto y costaron US$997 millones, que equivalen aproximadamente a $2.9 billones. El ente encontró que gran parte de los recursos no se encontraron invertidos en mayor capacidad y mejor tecnología que le aportara valor. En lugar de ello, resalta que los gastos no tuvieron relación con el proceso de modernización del a refinería.
  • 3. La historia de Reficar se inicia en 2006 cuando la multinacional Suiza Glencore, con el 51% de participación, y Ecopetrol, con el 49%, crearon la sociedad Refinería de Cartagena S.A. con el fin de adelantar el proyecto de modernización y ampliación de la planta existente en esa ciudad. En mayo de 2009, Ecopetrol se convirtió en la propietaria del 100% de la compañía, al comprar las acciones de Glencore, ante el fracaso de esta en el proceso de ampliación de la refinería. Durante el 2009 se concluyeron las etapas de ingeniería básica del Plan Maestro de Desarrollo de la Refinería de Cartagena, se inició la búsqueda de financiación del proyecto y la compra de maquinaria de larga entrega. También continuaron las adecuaciones de los terrenos en los cuales se instalarán las nuevas plantas. La refinería debería ampliar su capacidad hasta 165 mil barriles por día.
  • 4. Ante esta situación, el Gobierno nacional decidió recibir el proyecto y asignarlo a la estadounidense CB&I. Aunque el objetivo de involucrar a CB&I era recuperar recursos y tiempo perdido por Glencore, se descubrieron millonarios sobrecostos injustificados por parte de CB&I. Durante la ejecución del proyecto hubo cinco cambios en el presupuesto que llevaron a que se incrementara su costo. Cuando el proyecto comenzó en el 2009 costaba 3.460 millones de dólares, pero tras varias modificaciones, sobrecostos y desvíos de dinero terminó costándole al país más de 8.016 millones de dólares. Los siguientes datos dan cuenta de las diferencias que se presentaron entre la formulación inicial y la ejecución del proyecto durante los 5 cambios:
  • 5. SOBRECOSTOS Pero el fantasma de la corrupción fue adentrándose en el mega proyecto de refinación de hidrocarburos más ambiciosos de la región. Para la Contraloría, la ampliación y modernización de la Refinería de Cartagena, Reficar, a cargo de Ecopetrol, se incrementó en US$4.023 millones, 11 billones 485 mil millones de pesos, ya que aunque estaba inicialmente presupuestada en US$3.777 millones 11 billones 400 mil millones de pesos, costó finalmente US$8.326 millones, es decir $22 billones 800 mil millones. Los costos de inversión variaron principalmente por la actividad de construcción, que representó US$2.328 millones de dólares adicionales, y por los costos del propietario asociados a la contratación y gastos de Reficar y Ecopetrol, que estuvieron US$1.265 millones por encima de lo planeado, según el informe del organismo. Para la Contraloría, el proyecto de ampliación y modernización de la refinería se apartó sensiblemente de los parámetros definidos en la política pública, es decir, una participación estatal minoritaria y sin riesgos. El valor de Reficar rebasó 1,5 veces la ampliación del Canal de Panamá, en 1,15 veces lo que cuesta el metro de Bogotá y en 4,15 veces el valor de Isagén. También se señala que CB&I realizó un total de 255 contratos y 850 adiciones por las que ha pagado 2,7 billones de pesos; denominados en dólares ha realizado 60 contratos y 127 adiciones por valor de US$112 millones; y denominado en euros ha realizado un contrato por valor de 1,2 millones de euros. Dentro de éstos, se encontró que el 29 % presentaron incrementos superiores al 100 % en valor, que implicaron pagos adicionales por US$43 millones, 0,8 millones de euros y 1 billón de pesos.
  • 6. Tras incumplimientos de más de 6 años, la refinería de Cartagena obtuvo su primera producción de destilados con una carga de 90.000 barriles. En noviembre de 2015, las pérdidas por corrupción ascenderían a más de $4.000 millones de dólares, por conceptos señalados en el artículo: “Pago de facturación por bienes o servicios no prestados al proyecto, pago por subcontrataciones no autorizados por Reficar, pago por gastos suntuosos y extravagantes, no relacionados con el proyecto, pago duplicado de costos, pago por equipos que no prestaron servicio al proyecto”. (Rodríguez, 2017).
  • 10. INVESTIGACIÓN DE LA FISCALÍA
  • 11. INVOLUCRADOS Los resultados de la auditoría realizada en el primer semestre de 2017 a la Refinería de Cartagena S.A., desarrollada por la Contraloría General de la República, evidencia en comunicado de prensa No. 126 del 25 de agosto: Las pérdidas en el 2016 de $2.960 millones se tomaron del estado de resultado integrales, suscritos por el representante legal de la empresa, el contador y la firma Ernts & Young como revisor fiscal y toda la fuente primaria de información en la misma Refinería con la confianza legítima de que la información suministrada no es otra que la real y fiel reflejo del desempeño económico del negocio. 16 A continuación, se relacionan los contadores, revisores fiscales y firma de revisoría fiscal entre los años 2011 y 2016, según comunicado de prensa de la Contraloría. Cronología de contadores, revisores fiscales y firma de revisoría fiscal entre el año 2011 y 2016, para Reficar SA.
  • 12. INVOLUCRADOS Se consideran responsables Javier Genaro Gutiérrez Pemberthy, ex presidente de Ecopetrol S.A.; Pedro Alonso Rosales Navarro, ex vicepresidente ejecutivo del Downstream de la matriz Ecopetrol S.A.; Diana Calixto, ex Jefe de la Unidad Corporativa de Filiales de Ecopetrol S.A.; Hernando José Gómez, miembro independiente como ex director del Departamento Nacional de Planeación –DNP; Henry Medina González; Uriel Salazar Duque; Natalia Gutiérrez Jaramillo; Astrid Martínez; y Carlos Gustavo Arrieta. También se imputó responsabilidad fiscal solidaria por contribuir a la pérdida de las inversiones en el proyecto a los expresidentes de la Refinería de Cartagena S.A.S. (Reficar): Orlando Cabrales Martínez y Reyes Reinoso Yanes; a la ex vicepresidenta Administrativa y Financiera de Reficar, Magda Manosalva; a los ex vicepresidentes de proyecto de Reficar, Carlos Bustillo Lacayo Y Andrés Virgilio Riera Burelli; y al Director Corporativo de Proyectos de Ecopetrol S.A., Cesar Luis Barco García.
  • 13.
  • 14. PRINCIPIOS ÉTICOS VULNERADOS Si bien es cierto que la información está en manos de los contadores porque son ellos los que conocen las operaciones diarias de los movimientos de dinero, compras, contratos, gastos, pagos, terceros, etc., lo cual le permite evidenciar actividades fuera del curso habitual de la operación. Reficar era de conocimiento de otras áreas afines a las contables como los interventores, auditores y revisores fiscales. Se recae en la negligencia de ejercer las medidas de control pertinentes para las irregularidades contables y de riesgo. Esto impone la responsabilidad de realizar denuncia obligatoria a los entes de control, protegido en su rol de servidor público y bajo las normas anticorrupción.
  • 15. PRINCIPIOS ETICOS VULNERADOS Según el Código de ética de la IFAC en el caso de Reficar los contadores y revisores fiscales violaron los siguientes principios:  Integridad: No fueron francos y honestos en todas sus relaciones profesionales y empresariales.  Objetividad: Comprometieron su juicio profesional a causa de prejuicios, conflicto de intereses o influencia indebida de terceros.  Conflicto de intereses: Los contadores debieron tomar medidas razonables para identificar circunstancias que pudieran originar un conflicto de intereses.  Comportamiento profesional: Incumplimiento en las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, que evitaran cualquier actuación que desacreditara la profesión.  Preparación y presentación de Información: La cuál debía presentarse de manera clara, neutral, verificable, honesta y profesional y representar fielmente los hechos económicos de la empresa reflejados en los estados financieros, ya que son un documento público y no fue así.  Confidencialidad: Sí bien hay información de la empresa qué es privada, sí debían informar ante los entes de control las irregularidades presentadas en el desfalco de la entidad y los sobrecostos incurridos.  Intereses financieros, remuneración e incentivos ligados a la información financiera y a la toma de decisiones.
  • 17. ¿CÓMO ANALIZA EL ACTUAR ÉTICO DE LOS PROFESIONALES DE LA CONTADURÍA PÚBLICA EN ESTOS MOMENTOS COYUNTURALES DE CRISIS POR LA CUAL ATRAVIESA EL PAÍS? La Ética Profesional en sí aplicada al ejercicio de una Profesión y comprende los principios de la actuación moral de todos sus miembros en las circunstancias peculiares en que sus deberes profesionales los colocan. Las personas que ejercen la profesión de contadores públicos, ofrecen sus conocimientos y habilidades al servicio de otros, tienen un alto nivel de responsabilidades y obligaciones con todos los sectores y personas que confían en su trabajo, por lo que es imprescindible para estos Profesionales la aceptación y el cumplimiento de las Normas de Ética que regulan su relación con sus Clientes, Empleadores, Empleados, Estado y Público en general.
  • 18. ¿SOBRE QUIÉN RECAE LA OBLIGACIÓN DE PREVENIR EL FRAUDE? Todos los miembros de una entidad deben actuar con responsabilidad para prevenir y detectar fraudes, por lo cual es trascendental que la administración, con la supervisión de los encargados del gobierno; procure disuadir y limitar la ocurrencia del fraude, mediante un fuerte énfasis en su prevención. Los auditores no son ajenos a este tema, y sobre ellos recae una gran responsabilidad frente al fraude. Si bien, el fraude no es el principal enfoque de la auditoria, es necesario que los auditores realicen procedimientos específicos relacionados con la prevención de este delito. Al respecto, las NIA establecen que un auditor que realiza su ejercicio en la materia, es responsable de obtener una seguridad razonable para que los estados financieros en su conjunto estén libres de errores materiales, ya sean causados ​​por fraude o error, en miras a detectar un posible fraude. Así, son objetivos del auditor:
  • 19. ¿SOBRE QUIÉN RECAE LA OBLIGACIÓN DE PREVENIR EL FRAUDE? En síntesis, todos los profesionales implicados en este caso deben prevenir esta situación sin embargo, recae más responsabilidad sobre los contadores debido a que ellos son los encargados de prevenir y advertir las consecuencias de los malos manejos, verificando y analizando siempre la información y documentación que llega a la empresa, de igual forma también están obligados a reportar ante las autoridades pertinentes las desviaciones que se presenten con el fin de prevenir sucesos que puedan afectar la profesión y el buen nombre, el contador debe ante todo poner su ética profesional y su moral frente a cualquier situación.
  • 20. ¿SOBRE QUIÉN RECAE LA OBLIGACIÓN DE PREVENIR EL FRAUDE? • Identificar y evaluar el riesgo de error (importante) debido al fraude. • Obtener suficiente evidencia de auditoría, con respecto al riesgo evaluado, mediante el diseño e implementación de respuestas apropiadas. • Responder apropiadamente al fraude o sospecha de fraude identificado durante la auditoría. • Mantener el escepticismo profesional a lo largo de la auditoría. • Discutir con el equipo de auditoría la susceptibilidad de la entidad al fraude, incluyendo cómo podría ocurrir el fraude. • Documentar la consideración de fraude. “De acuerdo a lo anterior se puede analizar las implicaciones del auditor en los fraudes administrativos y financieros, según Magda Zapata (2015). La interpretación a la Normas Internacionales de Auditoria SAS 99,”Consideraciones del fraude en una Auditoria de estados financieros” muestra la ejecución del trabajo de los auditores mediante la recolección de evidencia que le permita identificar errores materiales debido al fraude (NIA 240).”
  • 21. ¿QUÉ TIPO DE SANCIONES ACARREARÍAN LOS INVOLUCRADOS TENIENDO EN CUENTA LA NORMATIVIDAD ÉTICA PARA LOS CONTADORES PÚBLICOS? Las investigaciones de la Contraloría llegaron a su punto culminante cuando el titular de ese despacho, Edgardo Maya Villazón diera a conocer el informe mediante el cual se establecieron las responsabilidades de quienes actuaron durante el desarrollo de proyecto de Reficar. El ente de control expidió en consecuencia el Auto de Imputación de Responsabilidad Fiscal en el caso Reficar por un monto de más de US$2.400 millones, equivalentes a más de $5 billones, luego de haber comprobado la existencia de daño fiscal por la pérdida de las inversiones realizadas en la Refinería de Cartagena durante los años 2011 a 2015. Esta decisión establece el mayor detrimento patrimonial del Estado colombiano en toda su historia, 4 veces mayor al fallo de Saludcoop del año 2013, indicó la Contraloría. Se imputó responsabilidad fiscal solidaria por la totalidad de los US$2.433 millones de las inversiones menoscabadas, a las multinacionales contratistas del proyecto: CBI Américas Ltd., Chicago Bridge & Iron Company (CB&I) UK Limited, CBI Colombiana S.A., Foster Wheeler Usa Corporation y Process Consultants, INC.
  • 22. ¿QUÉ TIPO DE SANCIONES ACARREARÍAN LOS INVOLUCRADOS TENIENDO EN CUENTA LA NORMATIVIDAD ÉTICA PARA LOS CONTADORES PÚBLICOS?  Suspensión de la tarjeta profesional de acuerdo con el Art 25 de la ley 43, hasta por 1 año.  La cancelación de la inscripción ante la JCC imposibilitando el ejercicio de la profesión con base en el Art. 26 ley 43. Sanciones de tipo penal Las sanciones de tipo penal que pueden ser impuestas al revisor fiscal son las siguientes: •Prisión de uno (1) a seis (6) años por suministrar certificados contrarios a la realidad, u ordenar, tolerar o encubrir falsedades en los estados financieros (ver artículo 43 de la Ley 222 de 1995). •Sanciones del Código Penal relativas a falsedad de documentos privados por autorizar balances con inexactitudes graves.
  • 23. REFERENCIAS El Nuevo Siglo. (2018, 10 junio). Reficar, una historia llena de irregularidades. www.elnuevosiglo.com.co. Recuperado 3 de agosto de 2022, de https://www.elnuevosiglo.com.co/articulos/06-2018-reficar-una-historia-llena-de-irregularidades Consejo de Normas Internacionales de Ética para Contadores(2009)Recuperado de: https://www.ifac.org/system/files/publications/files/codigo-de-etica-para-profesionales-de-la-contabilidad.pdf Fernández, J. A. M. F., & Peñaloza, M. M. P. S. (2018). Análisis de cinco casos antiéticos en el actuar profesional del contador público y sus consecuencias disciplinarias. Ciencia.Lasalle.Edu.Co. Recuperado 4 de agosto de 2022, de https://ciencia.lasalle.edu.co/contaduria_publica/675/ Amado, M. I. y Ariza, E. D. (2019, julio-diciembre). La crisis de la ética de los contadores bajo gobiernos corruptos. RCC - Revista Colombiana de Contabilidad, 7 (14), 183-202. Actualícese. (2017, 23 agosto). Principios incluidos en el Código de Ética de la IFAC | Actualícese. Actualícese.com. Recuperado 22 de julio de 2022, de https://actualicese.com/principios-incluidos-en-el-codigo-de-etica-de- la-ifac/ Ifac. (2009, julio). Código de Ética para Profesionales de la Contabilidad. www.ifac.org. Recuperado 22 de julio de 2022, de https://www.ifac.org/system/files/publications/files/codigo-de-etica-para-profesionales-de-la- contabilidad.pdf