El documento define al contador público como la persona facultada para dar fe pública sobre hechos relacionados con su profesión contable, dictaminar estados financieros y realizar otras actividades contables. El contador acredita su competencia a través de una tarjeta profesional expedida por la Junta Central de Contadores.
Presentación sobre el IASB, organismo emisor de normas internacionales de contabilidad (información financiera). Se abordan cuestiones relativas a su historia, evolución, organización y funcionamiento.
Presentación sobre el IASB, organismo emisor de normas internacionales de contabilidad (información financiera). Se abordan cuestiones relativas a su historia, evolución, organización y funcionamiento.
en esta presentación se muestra claramente las características éticas del contador publico, ademas de esto se hace un breve reconocimiento a la celebración del día del contador publico.mostrando así, la importancia que desarrolla un contador publico en la sociedad.
Contabilidad básica; Desarrollo de la NIF A-7: Esta NIF tiene por objetivo establecer las normas generales aplicables a la presentación y revelación de la información financiera contenida en los estados financieros y sus notas
en esta presentación se muestra claramente las características éticas del contador publico, ademas de esto se hace un breve reconocimiento a la celebración del día del contador publico.mostrando así, la importancia que desarrolla un contador publico en la sociedad.
Contabilidad básica; Desarrollo de la NIF A-7: Esta NIF tiene por objetivo establecer las normas generales aplicables a la presentación y revelación de la información financiera contenida en los estados financieros y sus notas
Explicando en la introducción la importancia el por que el administrador, debe saber de las NIF, así como los principios de contabilidad, partida doble de Pacholi; el Marco jurídico que sustenta la contabilidad, desde la madre legislación de la Constitución, Código de Comercio; Ley General de Sociedades Mercantiles; Código Fiscal de la Federación: ISR, IETU,IVA; Ley del impuesto sobre renta; Ley del impuesto al valor agregado; impuesto empresarial a tasa única
Varón de 30 años acude a consulta por presentar hipertensión arterial de reci...
Ley 43 de 1990 diapositivas
1. Es la persona natural que,
mediante la inscripción que acredite su
competencia profesional en los términos de la
presente Ley, está facultada para dar fe pública
de hechos propios del ámbito de su profesión,
dictaminar sobre estados financieros, y realizar
las demás actividades relacionadas con la
ciencia contable en general
Organización
Revisión
Expedida por la Junta Central de
Control de Contabilidades
Contadores. Certificaciones
Dictámenes de Estados Financieros
Asesoría Tributaria
La inscripción como Asesoría Gerencial
Contador Público se
Gestión de calidad en los procesos
acreditará por medio de
administrativos, de nomina y
una tarjeta profesional
personal, perfiles, finanzas y
la cual debe llevar:
contabilidad.
FIRMA
NUMERO DE TARJETA
2. La Contaduría Pública es una profesión que tiene como fin satisfacer necesidades de la sociedad,
mediante la medición, evaluación, ordenamiento, análisis e interpretación de la información
financiera de las empresas o los individuos y la preparación de informes sobre la correspondiente
Situación financiera, sobre los cuales se basan las decisiones de los empresarios, inversionistas,
acreedores, demás terceros interesados y el Estado acerca del futuro de dichos entes económicos.
3. Son órganos de la profesión los siguientes:
Creada por medio de el Decreto Es un organismo permanente, encargado de la orientación
legislativo número 2373 de 1956 Técnica científica de la profesión y de la investigación de los
principios de contabilidad y normas de auditoría de
aceptación general en el país.
1. El Ministro de Educación Nacional o su delegado.
2. El Presidente de la Comisión Nacional de Valores o su 1. Un representante del Ministro de Educación Nacional.
delegado. 2. Un representante del Superintendente de Sociedades.
3. El Superintendente de Sociedades o su delegado. 3. Un representante del Superintendente Bancario.
4. El Superintendente Bancario o su delegado. 4. Un representante del Presidenta de la Comisión Nacional de Valores.
5. Un representante de la Asociación Colombiana de 5. Dos representantes de los decanos de las facultades de Contaduría
Universidades o la entidad que le sustituya, con su suplente. del país .
6. Un representante de la Asociación Colombiana de 6. Dos representantes de los Contadores Públicos. Para ser miembro
Facultades de Contaduría Pública, Asfacop, o la entidad que la del Consejo Técnico se requiere ser Contador Público, así como
sustituya con su suplente. acreditar experiencia profesional no inferior a diez (10) años.
7. Dos representantes de los Contadores Públicos con sus
suplentes.
4. Se aprobaron durante la 7ª Conferencia Interamericana
de Contabilidad y la 7ª Asamblea Nacional de Graduados
en Ciencias Económicas, que se celebraron en Mar del
Plata en 1965.
Los principios de la “partida doble” es un principio contable establecido
por Fray Luca Pacioli (1445-510 E. C.) en 1494.
No hay deudor sin acreedor, y viceversa. (No hay partida sin contrapartida).
A una o más cuentas deudoras corresponden siempre una o más cuentas acreedoras por el mismo importe.
En todo momento las sumas del debe deben ser igual a las del haber.
Las pérdidas se debitan y las ganancias se acreditan.
El patrimonio del ente es distinto al de su/s propietario/s.
El principio de los recursos de un ente es igual al valor de las participaciones que recaen sobre él.
Los componentes patrimoniales y las causas de sus resultados se representan por medio de
cuentas en las que se registran notas o asientan las variaciones al concepto que representan.
El saldo de una cuenta es el valor monetario de la misma en un momento dado. Este saldo se modifica cada
vez que una operación tiene efecto sobre los componentes que ella representa.
Las cuentas de activo y gasto son deudoras, y las de pasivo, ganancia y patrimonio neto son acreedoras.
En toda anotación (asiento), cualquiera sea el número de débitos y créditos, la suma de los saldos debe ser igual.
Para dar de baja un importe previamente registrado, la cuenta a registrar debe ser la que lo representa y
el importe debe ser el mismo previamente registrado.
Toda cuenta posee 2 secciones: DEBE Y HABER.