El documento describe algunas actividades capaces de degradar el ambiente como aquellas que aceleren la erosión, alteren las redes tróficas o introduzcan especies exóticas. Explica que el Estado puede permitir estas actividades siempre que sus efectos sean tolerables, generen beneficios socioeconómicos y cumplan las normas ambientales. También habla sobre la evaluación de impacto ambiental y las Áreas Bajo Régimen de Administración Especial como figuras jurídicas territoriales creadas para proteger zonas con características ecoló
Breve descripción sobre Ecología, Medioambiente y Ecosistemas, entre los que se destaca los Biomas Polares, Mediterráneo y de Alta Montaña.
Para terminar nos alegramos la vista con 4 fabulosas imágenes de alta montaña. Espero que os guste!!
Breve descripción sobre Ecología, Medioambiente y Ecosistemas, entre los que se destaca los Biomas Polares, Mediterráneo y de Alta Montaña.
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Marco legal e institucional para el manejo sostenible en MexicoExternalEvents
http://www.fao.org/global-soil-partnership/en/
This presentation was given by David Tejeda Sartorius at the Regional Workshop “Estado actual del marco legal e institucional para el manejo sostenible del suelo en América Latina y el Caribe” that took place in Colombia, Ibague from 27-30 June 2022.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
1. ACTIVIDADES CAPACES
DE DEGRADAR EL
AMBIENTE
ALUMNO:
ENDEL GABRIEL GUILLÉN V-26.006.853
MATERIA: DERECHO AMBIENTAL
SECCIÓN: SAIA A 2021/A
PROF.: LIVIA RODRÍGUEZ
NOVIEMBRE 2021
UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICE RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
2. Actividades Capaces de
Degradar el Ambiente
Controladas por
La Función Pública
Ambiental (el Estado,
la Autoridad
Nacional Ambiental)
Algunas son
Las que aceleren los
procesos erosivos y/o
incentiven la generación
de movimientos
morfodinámicos.
Las que alteren las tramas
tróficas, flujos de materia
y energía de las
comunidades animales y
vegetales.
Las que produzcan
ruidos, vibraciones y
olores molestos o
nocivos.
La introducción
de especies
exóticas.
Las que propendan a
la acumulación de
residuos y desechos
sólidos.
3. Daño Permisible
o Tolerable
El Estado podrá permitir la
realización de actividades
capaces de degradar el
ambiente, siempre y
cuando su uso sea conforme a
los planes de ordenación del
territorio, sus efectos sean
tolerables,
generen beneficios socio-
económicos y se cumplan las
garantías, procedimientos y
normas. Art. 80 LOA
La evaluación de impacto
ambiental está destinada a:
1. Predecir, analizar e
interpretar los efectos
ambientales potenciales de
una propuesta en sus
distintas fases.
2. Verificar el cumplimiento
de las disposiciones
ambientales.
3. Proponer las
correspondientes medidas
preventivas, mitigantes y
correctivas a que hubiere
lugar.
4. Verificar si las predicciones
de los impactos ambientales
son válidas y las medidas
efectivas para
contrarrestar los daños.
Primero se evalúa lo siguiente
4. LAS A.B.R.A.E
• Las Áreas Bajo Régimen de Administración Especial (ABRAE), son figuras jurídicas
territoriales, creadas por la Ley Orgánica de Ordenación del Territorio (Venezuela,1983), en su
artículo 15, establece que son “áreas del territorio nacional que se encuentran sometidas a un
régimen especial de manejo conforme a las leyes especiales…”, las ABRAE cumplen funciones:
productoras, protectoras y recreativas.
• Estas ABRAE poseen un conjunto de características y potencialidades ecológicas importantes
y mediante reglamentos especiales se determinan las actividades que pueden ser realizadas
en las áreas protegidas. Dentro de las ABRAE, existen los Parques Nacionales.
• En Venezuela se han decretado un total de 406 ABRAE que cubren una superficie total de
96.892.967,01 de hectáreas, representando aproximadamente el 68,4% del total de la
superficie del país.