Instituto Universitario Politécnico
“Santiago Mariño”
Extensión – Porlamar
Sistemas y Procedimientos Administrativos.
Procedimientos Administrativos
Realizado Por:
Jesús Cardona
C.I V- 20536643
11 de octubre de 2013
Introducción
Doctrinariamente el acto administrativo tuvo su origen cuando se dio la
división de las funciones del Estado en el año de 1795; desde ese entonces fue
cuando en el régimen de Derecho, la actividad administrativa del Estado quedo
sometida a la ley.
El proceso administrativo da un enfoque particular de abordaje al estudio de
las organizaciones y se habla de ciclo administrativo cuando se quiere aludir al
análisis de las funciones del administrador en cualquier nivel de la estructura.
Fue ideado por Farol, que concibe a la administración como un proceso
tendiente a lograr que las cosas se hagan por medio de personas que operan en
grupos o formas organizadas y que usan racionalmente los recursos para lograr
los objetivos.
Actos Administrativos.
Se entiende por acto administrativo, a los fines de esta ley, toda
declaración de carácter general o particular emitida de acuerdo con las
formalidades y requisitos establecidos en la ley, por los órganos de la
administración pública.
Funciones del Departamento de Sistemas y Procedimientos.
Esta unidad es la encargada de conocer los problemas organizativos, es
sus aspectos estructurales y de procedimientos, que surjan de la adecuación de
los diversos sistemas formales a los objetivos determinados por la dirección
superior, y proponer las soluciones que correspondan para mejorar el grado de
eficiencia que aquellos posean, apoyándose en las técnicas específicas corrientes,
por propia iniciativa, por encargo de algún sector directivo o dentro de un plan
general de trabajo.
Las funciones inherentes al área de Sistemas y procedimientos son las que
se detallan a continuación:
 Estudio de la Estructura.
 Análisis de Funciones.
 Estudio de los Procedimientos.
 Diseño de formularios.
 Redacción de Manuales.
 Ordenamientos de Oficinas.
 Análisis del Sistemas Informativo.
Proceso Administrativo.
La administración es el proceso de planificar, organizar, dirigir y controlar
las actividades de los miembros de la organización y el empleo de todos los
demás recursos organizacionales, con el propósito de alcanzar las metas
establecidas para la organización.
La administración comprende varias fases, etapas o funciones, cuyo
conocimiento exhaustivo es indispensable a fin de aplicar el método, los principios
y las técnicas de esta disciplina, correctamente. Un proceso es el conjunto de
pasos o etapas necesarias para llevar a cabo una actividad.
Cuando se administra cualquier empresa, existen dos fases: una
estructural, en la que a partir de uno o más fines se determina la mejor forma de
obtenerlos, y otra operativa, en la que se ejecutan todas las actividades
necesarias para lograr lo establecido durante el periodo de estructuración.
Elementos:
Planificar.
Implica que los administradores piensen con antelación en sus metas y
acciones, y que basan sus actos en algún método, plan o lógica, y no en
corazonadas.
Organizar.
Es el proceso para ordenar y distribuir el trabajo, la autoridad y los recursos
entre los miembros de una organización, de tal manera que estos puedan alcanzar
las metas de la organización. Diferentes metas requieren diferentes estructuras
para poder realizarlos.
Dirigir.
Es el elemento de la administración en el que se logra la realización efectiva
de lo planeado, por medio de la autoridad del administrador, ejercida a base de
decisiones.
Control.
Proceso de vigilar actividades que aseguren que se están cumpliendo como
fueron planificadas y corrigiendo cualquier desviación significativa. Todos los
gerentes deben participar en la función de control, aun cuando sus unidades estén
desempeñándose como se proyectó. Los gerentes no pueden saber en realidad si
sus unidades funcionan como es debido hasta haber evaluado qué actividades se
han realizado y haber comparado el desempeño real con la norma deseada.
Jerarquía de los Actos Administrativos y explique cada uno de ellos.
Los actos administrativos tienen la siguiente jerarquía: decretos,
resoluciones, órdenes, providencias y otras decisiones dictadas por órganos y
autoridades administrativas.
Los decretos son las decisiones de mayor jerarquía dictadas por el
Presidente de la República y, en su caso, serán refrendados por aquel o aquellos
Ministros a quienes corresponda la materia o por todos, cuando la decisión haya
sido tomada en Consejo de Ministros. En el primer caso, el Presidente de la
República, cuando a su juicio la importancia del asunto lo requiera, podrá ordenar
que sea refrendado además, por otros ministros.
Las resoluciones son decisiones de carácter general o particular adoptadas
por los ministros por disposición del Presidente de la República o por disposición
específica de la ley.
Las resoluciones deben ser suscritas por el ministro respectivo.
Cuando la materia de una resolución corresponda a más de un ministro,
deberá ser suscrita por aquellos a quienes concierna el asunto.
Las decisiones de los órganos de la Administración Pública Nacional,
cuando no les corresponda la forma de decreto o resolución, conforme a los
artículos anteriores, tendrán la denominación de orden o providencia
administrativa. También, en su caso, podrán adoptar las formas de instrucciones o
circulares.
Contenido de los Actos Administrativos.
Todo acto administrativo deberá contener:
1. Nombre del Ministerio u organismo a que pertenece el órgano que emite el acto.
2. Nombre del órgano que emite el acto.
3. Lugar y fecha donde el acto es dictado.
4. Nombre de la persona u órgano a quien va dirigido.
5. Expresión sucinta de los hechos, de las razones que hubieren sido alegadas y
de los fundamentos legales pertinentes.
6. La decisión respectiva, si fuere el caso.
7. Nombre del funcionario o funcionarios que los suscriben, con indicación de la
titularidad con que actúen, e indicación expresa, en caso de actuar por delegación,
del número y fecha del acto de delegación que confirió la competencia.
8. El sello de la oficina.
El original del respectivo instrumento contendrá la firma autógrafa del o de los
funcionarios que lo suscriban. En el caso de aquellos actos cuya frecuencia lo
justifique, se podrá disponer mediante decreto, que la firma de los funcionarios sea
estampada por medios mecánicos que ofrezcan garantías de seguridad.
Nulidad de los Actos Administrativos.
Los actos de la administración serán absolutamente nulos en los siguientes
casos:
1. Cuando así este expresamente determinado por una norma constitucional o
legal.
2. Cuando resuelvan un caso precedentemente decidido con carácter definitivo y
que haya creado derechos particulares, salvo autorización expresa de la ley.
3. Cuando su contenido sea de imposible o ilegal ejecución.
4. Cuando hubieren sido dictados por autoridades manifiestamente incompetentes,
o con prescindencia total y absoluta del procedimiento legalmente establecido.
Recepción de Documentos.
En los Ministerios, organismos y demás dependencias públicas se llevará
un registro de presentación de documentos en el cual se dejará constancia de
todos los escritos, peticiones y recursos que se presenten por los administrados,
así como de las comunicaciones que puedan dirigir otras autoridades.
Los funcionarios del registro que reciban la documentación advertirán a los
interesados de las omisiones y de las irregularidades que observen, pero sin que
puedan negarse a recibirla.
Se dará recibo de todo documento presentado y de sus anexos, con
indicación del número de registro que corresponda, lugar, fecha y hora de
presentación. Podrá servir de recibo la copia mecanografiada o fotostática del
documento que se presente, una vez diligenciada y numerada por los funcionarios
del registro.
Los actos administrativos de carácter general o que interesen a un número
indeterminado de personas, deberán ser publicados en la Gaceta Oficial que
corresponda al organismo que tome la decisión.
Se exceptúan aquellos actos administrativos referentes a asuntos internos
de la administración.
También serán publicados en igual forma los actos administrativos de
carácter particular cuando así lo exija la ley.
Se notificará a los interesados todo acto administrativo de carácter
particular que afecte sus derechos subjetivos o sus intereses legítimos, personales
y directos, debiendo contener la notificación el texto íntegro del acto, e indicar si
fuere el caso, los recursos que proceden con expresión de los términos para
ejercerlos y de los órganos o tribunales ante los cuales deban interponerse.
La notificación se entregará en el domicilio o residencia del interesado o de
su apoderado y se exigirá recibo firmado en el cual se dejará constancia de la
fecha en que se realiza el acto y del contenido de la notificación, así como del
nombre y cédula de identidad de la persona que la reciba.
Elementos que definen el proceso administrativo según Urwick.
Urwick define el proceso administrativo como las funciones del
administrador, con siete (7) elementos que se detallan a continuación:
1. Investigación
2. Planificación
3. Coordinación
4. Control
5. Previsión
6. Organización
7. comando
Elementos que definen el proceso administrativo según Koontz y O´Donnell.
Koontz y O´Donnell define el Proceso Administrativo con cinco (5) elementos:
1. Planificación
2. Designación de Personal
3. Control
4. Organización
5. Dirección
Elementos que definen el proceso administrativo según Miner.
1. Planificación
2. Organización
3. Dirección
4. Coordinación
5. Control
Conclusión
El acto administrativo está compuesto de un conjunto de elementos de cuya
regularidad depende de su validez. Los elementos esenciales que integran los
actos administrativos son: la competencia del órgano, la voluntad, el contenido, los
motivos, la finalidad y las formalidades. Los cinco primeros son los elementos
constitutivos de la legalidad interna o material del acto administrativo; el último es
el elemento de la legalidad externa formal.
Los procesos administrativos están descritos con la función de
planificación, organización, dirección y control, con los cuales se logran llevar a
cabo las metas establecidas. Pero para que esto se cumpla se debe de tener
conocimiento en aspectos de importante valor en el proceso administrativo
organizacional, puesto que todo administrador o gerente egresado en nuestro país
debe ser capaz de gerenciar y administrar bienes que le sean atribuidos.
Referencias Bibliográficas y Electrónicas
http://bibcyt.ucla.edu.ve/edocs_bciucla/hernan_alvarado/SYPORG.pdf
http://www.angelfire.com/zine2/uvm_lce_lama/padmon.htm
Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos
Publicado en la Gaceta Oficial Nº 2.818 Extraordinaria de 1º de julio de 1981

Actos administrativos presentacion

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    Instituto Universitario Politécnico “SantiagoMariño” Extensión – Porlamar Sistemas y Procedimientos Administrativos. Procedimientos Administrativos Realizado Por: Jesús Cardona C.I V- 20536643 11 de octubre de 2013
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    Introducción Doctrinariamente el actoadministrativo tuvo su origen cuando se dio la división de las funciones del Estado en el año de 1795; desde ese entonces fue cuando en el régimen de Derecho, la actividad administrativa del Estado quedo sometida a la ley. El proceso administrativo da un enfoque particular de abordaje al estudio de las organizaciones y se habla de ciclo administrativo cuando se quiere aludir al análisis de las funciones del administrador en cualquier nivel de la estructura. Fue ideado por Farol, que concibe a la administración como un proceso tendiente a lograr que las cosas se hagan por medio de personas que operan en grupos o formas organizadas y que usan racionalmente los recursos para lograr los objetivos.
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    Actos Administrativos. Se entiendepor acto administrativo, a los fines de esta ley, toda declaración de carácter general o particular emitida de acuerdo con las formalidades y requisitos establecidos en la ley, por los órganos de la administración pública. Funciones del Departamento de Sistemas y Procedimientos. Esta unidad es la encargada de conocer los problemas organizativos, es sus aspectos estructurales y de procedimientos, que surjan de la adecuación de los diversos sistemas formales a los objetivos determinados por la dirección superior, y proponer las soluciones que correspondan para mejorar el grado de eficiencia que aquellos posean, apoyándose en las técnicas específicas corrientes, por propia iniciativa, por encargo de algún sector directivo o dentro de un plan general de trabajo. Las funciones inherentes al área de Sistemas y procedimientos son las que se detallan a continuación:  Estudio de la Estructura.  Análisis de Funciones.  Estudio de los Procedimientos.  Diseño de formularios.  Redacción de Manuales.  Ordenamientos de Oficinas.  Análisis del Sistemas Informativo. Proceso Administrativo. La administración es el proceso de planificar, organizar, dirigir y controlar las actividades de los miembros de la organización y el empleo de todos los
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    demás recursos organizacionales,con el propósito de alcanzar las metas establecidas para la organización. La administración comprende varias fases, etapas o funciones, cuyo conocimiento exhaustivo es indispensable a fin de aplicar el método, los principios y las técnicas de esta disciplina, correctamente. Un proceso es el conjunto de pasos o etapas necesarias para llevar a cabo una actividad. Cuando se administra cualquier empresa, existen dos fases: una estructural, en la que a partir de uno o más fines se determina la mejor forma de obtenerlos, y otra operativa, en la que se ejecutan todas las actividades necesarias para lograr lo establecido durante el periodo de estructuración. Elementos: Planificar. Implica que los administradores piensen con antelación en sus metas y acciones, y que basan sus actos en algún método, plan o lógica, y no en corazonadas. Organizar. Es el proceso para ordenar y distribuir el trabajo, la autoridad y los recursos entre los miembros de una organización, de tal manera que estos puedan alcanzar las metas de la organización. Diferentes metas requieren diferentes estructuras para poder realizarlos. Dirigir. Es el elemento de la administración en el que se logra la realización efectiva de lo planeado, por medio de la autoridad del administrador, ejercida a base de decisiones. Control. Proceso de vigilar actividades que aseguren que se están cumpliendo como fueron planificadas y corrigiendo cualquier desviación significativa. Todos los gerentes deben participar en la función de control, aun cuando sus unidades estén
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    desempeñándose como seproyectó. Los gerentes no pueden saber en realidad si sus unidades funcionan como es debido hasta haber evaluado qué actividades se han realizado y haber comparado el desempeño real con la norma deseada. Jerarquía de los Actos Administrativos y explique cada uno de ellos. Los actos administrativos tienen la siguiente jerarquía: decretos, resoluciones, órdenes, providencias y otras decisiones dictadas por órganos y autoridades administrativas. Los decretos son las decisiones de mayor jerarquía dictadas por el Presidente de la República y, en su caso, serán refrendados por aquel o aquellos Ministros a quienes corresponda la materia o por todos, cuando la decisión haya sido tomada en Consejo de Ministros. En el primer caso, el Presidente de la República, cuando a su juicio la importancia del asunto lo requiera, podrá ordenar que sea refrendado además, por otros ministros. Las resoluciones son decisiones de carácter general o particular adoptadas por los ministros por disposición del Presidente de la República o por disposición específica de la ley. Las resoluciones deben ser suscritas por el ministro respectivo. Cuando la materia de una resolución corresponda a más de un ministro, deberá ser suscrita por aquellos a quienes concierna el asunto. Las decisiones de los órganos de la Administración Pública Nacional, cuando no les corresponda la forma de decreto o resolución, conforme a los artículos anteriores, tendrán la denominación de orden o providencia administrativa. También, en su caso, podrán adoptar las formas de instrucciones o circulares. Contenido de los Actos Administrativos. Todo acto administrativo deberá contener: 1. Nombre del Ministerio u organismo a que pertenece el órgano que emite el acto.
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    2. Nombre delórgano que emite el acto. 3. Lugar y fecha donde el acto es dictado. 4. Nombre de la persona u órgano a quien va dirigido. 5. Expresión sucinta de los hechos, de las razones que hubieren sido alegadas y de los fundamentos legales pertinentes. 6. La decisión respectiva, si fuere el caso. 7. Nombre del funcionario o funcionarios que los suscriben, con indicación de la titularidad con que actúen, e indicación expresa, en caso de actuar por delegación, del número y fecha del acto de delegación que confirió la competencia. 8. El sello de la oficina. El original del respectivo instrumento contendrá la firma autógrafa del o de los funcionarios que lo suscriban. En el caso de aquellos actos cuya frecuencia lo justifique, se podrá disponer mediante decreto, que la firma de los funcionarios sea estampada por medios mecánicos que ofrezcan garantías de seguridad. Nulidad de los Actos Administrativos. Los actos de la administración serán absolutamente nulos en los siguientes casos: 1. Cuando así este expresamente determinado por una norma constitucional o legal. 2. Cuando resuelvan un caso precedentemente decidido con carácter definitivo y que haya creado derechos particulares, salvo autorización expresa de la ley. 3. Cuando su contenido sea de imposible o ilegal ejecución. 4. Cuando hubieren sido dictados por autoridades manifiestamente incompetentes, o con prescindencia total y absoluta del procedimiento legalmente establecido. Recepción de Documentos. En los Ministerios, organismos y demás dependencias públicas se llevará un registro de presentación de documentos en el cual se dejará constancia de
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    todos los escritos,peticiones y recursos que se presenten por los administrados, así como de las comunicaciones que puedan dirigir otras autoridades. Los funcionarios del registro que reciban la documentación advertirán a los interesados de las omisiones y de las irregularidades que observen, pero sin que puedan negarse a recibirla. Se dará recibo de todo documento presentado y de sus anexos, con indicación del número de registro que corresponda, lugar, fecha y hora de presentación. Podrá servir de recibo la copia mecanografiada o fotostática del documento que se presente, una vez diligenciada y numerada por los funcionarios del registro. Los actos administrativos de carácter general o que interesen a un número indeterminado de personas, deberán ser publicados en la Gaceta Oficial que corresponda al organismo que tome la decisión. Se exceptúan aquellos actos administrativos referentes a asuntos internos de la administración. También serán publicados en igual forma los actos administrativos de carácter particular cuando así lo exija la ley. Se notificará a los interesados todo acto administrativo de carácter particular que afecte sus derechos subjetivos o sus intereses legítimos, personales y directos, debiendo contener la notificación el texto íntegro del acto, e indicar si fuere el caso, los recursos que proceden con expresión de los términos para ejercerlos y de los órganos o tribunales ante los cuales deban interponerse. La notificación se entregará en el domicilio o residencia del interesado o de su apoderado y se exigirá recibo firmado en el cual se dejará constancia de la fecha en que se realiza el acto y del contenido de la notificación, así como del nombre y cédula de identidad de la persona que la reciba.
  • 8.
    Elementos que definenel proceso administrativo según Urwick. Urwick define el proceso administrativo como las funciones del administrador, con siete (7) elementos que se detallan a continuación: 1. Investigación 2. Planificación 3. Coordinación 4. Control 5. Previsión 6. Organización 7. comando Elementos que definen el proceso administrativo según Koontz y O´Donnell. Koontz y O´Donnell define el Proceso Administrativo con cinco (5) elementos: 1. Planificación 2. Designación de Personal 3. Control 4. Organización 5. Dirección Elementos que definen el proceso administrativo según Miner. 1. Planificación 2. Organización 3. Dirección 4. Coordinación 5. Control
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    Conclusión El acto administrativoestá compuesto de un conjunto de elementos de cuya regularidad depende de su validez. Los elementos esenciales que integran los actos administrativos son: la competencia del órgano, la voluntad, el contenido, los motivos, la finalidad y las formalidades. Los cinco primeros son los elementos constitutivos de la legalidad interna o material del acto administrativo; el último es el elemento de la legalidad externa formal. Los procesos administrativos están descritos con la función de planificación, organización, dirección y control, con los cuales se logran llevar a cabo las metas establecidas. Pero para que esto se cumpla se debe de tener conocimiento en aspectos de importante valor en el proceso administrativo organizacional, puesto que todo administrador o gerente egresado en nuestro país debe ser capaz de gerenciar y administrar bienes que le sean atribuidos.
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    Referencias Bibliográficas yElectrónicas http://bibcyt.ucla.edu.ve/edocs_bciucla/hernan_alvarado/SYPORG.pdf http://www.angelfire.com/zine2/uvm_lce_lama/padmon.htm Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos Publicado en la Gaceta Oficial Nº 2.818 Extraordinaria de 1º de julio de 1981