CURSO VIRTUAL DEL PODER JUDICIAL: “Actuación ante casos de violencia sexual contra niñas, niños y adolescentes”. Dirigido a Directores de Instituciones Educativas Publicas
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
"Actuación ante casos de violencia sexual contra niñas, niños y adolescentes"
1. CURSO BÁSICO SOBRE ACTUACIÓN
ACTUACION ANTE CASOS DE VIOLENCIA
SEXUAL CONTRA NIÑAS, NIÑOS Y
ADOLESCENTES
No revictimización - Cámara Gesell
Entrevista Única
2.
3.
4.
5. La Agenda 2030
aborda la
violencia contra
los NNAs como
un problema
intersectorial e
incluye
compromisos
concretos en
varios de los
Objetivos y
metas.
6. Jaris Mujica:
Hay consenso en señalar –desde una perspectiva
epidemiológica-, que existen datos considerablemente
altos de inicio sexual adolescente asociado a violencia
sexual en diversos países del mundo, sobre todo
países en desarrollo
(UNIFEM 2009, y otros)
Aún con el severo problema de subregistro tenemos
que se concentra el 93% en mujeres, y mas del 75% en
adolescentes
7. Acuerdo Plenario N° 1 -2011 Corte Suprema de
Justicia
… contexto intimidatorio anterior y contemporáneo
… cautiverio, abuso sistemático o continuado: la
víctima no requiere demostrar resistencia u opta
por el silencio, pues cualquier intento es inútil o le
puede ocasionar un mal mayor
R.N. 3044-2004: Precedente vinculante Corte
Suprema de Justicia:
en este tipo de delitos es común una
relación parental, de subordinación, o
de poder entre agente y víctima
8. ABUSO SEXUAL EN LA CDN
- Los Estados Partes adoptarán todas las
medidas legislativas, administrativas,
sociales y educativas apropiadas para
proteger al NNA contra (…) el abuso sexual.
(Art.19)
- La explotación puede tener lugar mientras
el niño se encuentre bajo la custodia de los
padres, de un representante legal o de
cualquier otra persona que lo tenga a su
cargo.(Art.19)
9. Informe secretario general ONU (26 de julio 2016)
Protección de los niños contra el acoso
Las adolescentes a menudo corren el riesgo de ser víctimas
de ciberacoso relacionado con AS: Amenazas incluyen el
intercambio de mensajes o imágenes de carácter sexual
(sexteo), o promoción de intimidación y hostigamiento en
línea (ciberacoso), a veces con el fin de obtener favores
sexuales de las víctimas o coaccionarlas a realizar actos
sexuales (extorsión sexual). El acoso homofóbico está
generalizado: escuelas pueden ser espacios sociales
particularmente peligrosos. UNESCO: estudiantes LGTBI,
tienen más probabilidades de sufrir este tipo de violencia en
la escuela, antes que en el hogar o en la comunidad:
violencia psicológica, incluida exclusión social y acoso
verbal, es la más frecuente
https://es.unesco.org/themes/homophobic-and-transphobic-violence-education.
10.
11. Factores familiares
– Relaciones familiares en las que se ejerce el
poder de manera abusiva y no equitativa.
– Dificultades en la comunicación.
– Distancia emocional, incapacidad para
responder a las necesidades del niño o la niña
– Falta de información sobre el desarrollo
infantil y sobre el desarrollo de la sexualidad
– Violencia de género.
– NNAs en situación de desprotección o
presencia de otras formas de violencia como
negligencia, maltrato físico, etc.
12. Acercamiento conceptual principio
pro infans
- Interpretar extensivamente las normas que
consagran o amplían derechos, restrictivamente
las que limitan o restringen
- Exigibilidad inmediata e incondicional es la regla,
su condicionamiento la excepción
- compatibilizar alcance de derechos protegidos,
con las obligaciones asumidas por los Estados
- prevalencia de los derechos de los NNAs por su
vulnerabilidad (sobre los derechos de los demás)
Sentencia C-177/14 Corte Constitucional de Colombia
http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2014/C-177-14.htm
Acuerdo Plenario de la Corte Suprema de Justicia n° 01-2015
publicado el 21 de Junio del 2016 12
13. Observación General n° 13 (2011) Comité ONU : a no
ser objeto de ninguna forma de violencia
CRC/C/GC/13, 18 DE Abril del 2011
La mejor forma de defender el IS del Niño, es:
Prevenir todas las formas de violencia, promover
la crianza positiva, haciendo hincapié en la
necesidad de centrar los marcos nacionales de
coordinación en la prevención primaria.
Invertir recursos humanos, financieros y técnicos
suficientes, en la aplicación de un sistema
integrado de protección y atención del trabajo
basado en derechos
14. Observación General n° 14 CRC
(Mayo 2013)
a) Derecho sustantivo
b) Principio interpretativo fundamental
c) Norma de Procedimiento
La flexibilidad del concepto permite su
adaptación a la situación de cada NNA en el
caso concreto
Debe determinarse caso por caso (párrafo 3)
14
15. PROSTITUCION INFANTIL: utilización
de un niño en actividades sexuales a
cambio de remuneración o de
cualquier retribución
PORNOGRAFIA INFANTIL: toda
representación, por cualquier medio, de
un niño dedicado a actividades sexuales
explícitas, reales o simuladas, o
representación de partes genitales de un
niño con fines primordialmente sexuales
16. Equipo de Seguimiento Concertado a las Políticas de Salud
Sub Grupo “Prevención del Embarazo en Adolescentes”
Reporte N° 4-2016-SC/MCLCP
Seguro Integral de Salud (SIS) reporta anualmente 2 mil
partos atendidos de niñas entre 11 y 14 años de edad, lo
que pueden estar reflejando su alta vulnerabilidad,
muchas de ellas víctimas de violencia física, sexual y
psicológica.
Asimismo, pueden ser resultado de la debilidad de los
mecanismos de prevención y protección frente a la
violencia.
2015: RENIEC ha registrado 1538 recién nacidos cuyas
madres son menores de 15 años. Departamentos que
encabezan la lista: Lima, Loreto, San Martín, Cajamarca,
La Libertad y Ucayali.
17. Ley 30364
Para prevenir, sancionar y erradicar la
violencia contra las mujeres y los
integrantes del grupo familiar (23/11/15)
18. PODER JUDICIAL RECIBIÓ 197 MIL
DENUNCIAS POR VIOLENCIA FAMILIAR
EN EL AÑO 2016
El estudio fue elaborado desde el Sistema Integrado de
Justicia (SIJ):
Lima-Este: 25 mil 575 denuncias;
Arequipa: 19 mil 033,
Lima: 14, 241, Lima Sur : 12, 697, Cusco: 12, 085.
Distritos judiciales con menor incidencia: Pasco: 1,526
procesos, Cañete 1, 319, Huancavelica: 669, y Amazonas
con 655.
Para la atención de casos funcionan 438 órganos
jurisdiccionales especializados de familia a nivel nacional:
406 permanentes y 32 transitorios.
19. Patrón de victimización marcado por secuencias
longitudinales (secuencia de victimización), de varios
tipos de violencia sexual (victimización sexual
múltiple), cuyo umbral se abre hacia el final de la
infancia o inicio de la adolescencia y se mantiene in
crescendo hasta el final de ese periodo.
La evidencia sobre la proximidad del agresor y
víctima, refuerza resultados precedentes: el agresor
se mantiene en el tiempo.
Los hechos de violencia previos a la violación que se
denuncia, tienen punto de partida en el momento
inicial de la adolescencia
http://pers.unifr.ch/derechopenal/novedades
20. Corte Interamericana de DDHH
Describe el Principio de Debida diligencia
como el umbral de esfuerzo que un Estado
debe alcanzar, para cumplir con su
obligación de proteger a los individuos, e
impedir que existan abusos, garantizando
los DD HH
Caso Velásquez Rodríguez vs. Honduras
20
21. Objeto procesal y lo que es materia
de probanza
Delito se configura con la realización por
el agente, del acto sexual indeseado
No interesa acreditar resistencia de la
víctima, puede darse por realizado con
amenaza grave, coetánea a la
consumación del acto, o bajo contexto
objetivamente intimidatorio anterior y
contemporáneo a la consumación del
abuso sexual
22. Leyes Nos. 27055 y 27115, establecen :
i) la confrontación entre el presunto autor de la violación y el
menor de 14 años, solo procederá a solicitud de la víctima,
ii) se prohíbe la concurrencia del NNA agraviado a la
reconstrucción de los hechos,
iii) el examen médico legal, así como la asistencia de otras
personas, será autorizado previo consentimiento de la
víctima, y;
iv) se ordena mantener en reserva la identidad de la víctima.
Con la finalidad de evitar la revictimización interesa resaltar la
implementación de las cámaras Gesell o Salas de Entrevista
Única: mayor protección frente a la exposición pública, se busca
resguardar su derecho al secreto a la identidad de la víctima,
tanto en investigación preliminar, acusación fiscal y proceso
judicial
(...) deben ser generalizadas y potenciadas, ya que constituyen la
materialización ISN
23. No se requiere acreditar la resistencia de la
víctima: el momento de la fuerza no tiene
que coincidir con la consumación
• Supuestos de retractación o no
persistencia, no necesariamente
conllevan menoscabo en la confiabilidad
de la sindicación primigenia
• Como se puede determinar
corroboración objetiva
• Evitar victimización secundaria
24. Código de los niños y adolescentes
Art. 144 b) Impone al Fiscal de familia la
obligación de intervenir en las declaraciones en
sede policial de los NNAs víctimas de violencia
sexual –con asistencia de padres o
representante-, bajo sanción de nulidad;
autoriza ordenar evaluación clínica y
psicológica de la víctima y recién con tales
diligencias, remite al Fiscal Penal
25. d) Enfoque de género
El enfoque de género es una categoría de
análisis y reflexión que resulta central en la
evaluación del daño psíquico, ya que como
señalan diferentes autores los sistemas de sexo-
género vendrían a ser todas aquellas prácticas,
símbolos, representaciones, valores y normas
sociales que las sociedades elaboran a partir de la
diferencia sexual entre hombres y mujeres
(Scott, 1980; Ruiz Bravo, 1998).
La categoría género no opera sola, sino que
está atravesada por otras tantas categorías
como la etnia, la raza y la clase
26. La prueba en el derecho Penal sexual
Pertinencia: estrecha relación con la materia a
dilucidar:
a) Por el grado de ejecución: tentado o consumado
b) Por el objeto empleado para la penetración
c) Zona corporal ultrajada
d) Intensidad de la conducta
e) Medio coaccionante empleado (v física o
amenaza)
f) Condiciones personales de la víctima: menor de
edad
27.
28. Cámara Gesell o de entrevista única
Herramienta forense para evitar revictimización:
diligencia única utilizada para perennizar la
declaración de NNAs víctimas de A.S, ESCNNA, o trata
de personas. Están presentes: Fiscal, Psicólogo,
abogado defensor (del imputado y del NNA, y con la
presencia de los padres o responsables
Se plasma en un acta suscrita por el fiscal y por
quienes intervienen en ella, e igualmente en medio
audiovisual sobre la expresión verbal y no verbal del
entrevistado, y el original forma parte de la
investigación fiscal
29.
30.
31. Tres etapas: Guía del Ministerio Público
a) Etapa previa: denuncia, evaluación médico
legal e intervención de la UDAVIT
b) Procedimiento de Entrevista Unica:
semiestructurada, identifica criterios de
realidad para que la declaración esté basada
en los hechos vividos
c) Evaluación psicológica, cadena de custodia,
intervención de UDAVIT
32. Protocolo SATAC (Holmes & Vieth,
2003)
Protocolo semi -estructurado porque
se debe modificar según las
circunstancias de la declaración, o
revelación inicial, y el nivel de
desarrollo cognitivo del menor.
33. • Simpatía (Rappor) El propósito es el
establecimiento de lazo de confianza
• Identificaciones Anatómicas:
Determinar entendimiento del niño y su
habilidad de distinguir entre los sexos, y
llegar a un idioma común, referente a los
nombres de las partes del cuerpo.
34.
35.
36.
37. • La indagación de tocamientos:
ensayo de la habilidad del niño para
entender y comunicar acerca de los
tocamientos que recibe o ha dado
38. Escenario del abuso:
-Permitir a la niña/niño relate los
detalles de su experiencia, identidad
del o los agresores
-Explorar hipótesis alternativas.
39.
40. Formular y avanzar en la implementación de
marcos jurídicos y políticos adecuados que
garanticen la igualdad de género:
la eliminación de la violencia de G requiere:
- dotar de recursos financieros y humanos estas
políticas
- clarificar los roles institucionales
- promover la coordinación interinstitucional
- asegurar un monitoreo constante tanto desde
el poder legislativo como desde la sociedad
civil a los avances de implementación.
- superación de barreras socioculturales que
dificulten la implementación coherente