1) El documento resume la información actualizada sobre el lavado de activos, incluyendo las entidades que deben reportar operaciones sospechosas a la Unidad de Información y Análisis Financiero de Colombia. 2) Explica conceptos clave como lavado de activos, delitos subyacentes y el papel del Grupo de Acción Financiera Internacional en establecer estándares. 3) Resalta que operadores de juegos de azar, notarios, casas de cambio y otros deben reportar transacciones sospechosas a la unidad
Abc del lavado de activos y la financiacion del terrorismoisaid06
En este archivo encontraras información realmente valiosa acerca el lavado de activo, formas de detectar, formas de prevenir y como Colombia esta enfrentando este problema.
Este documento presenta una introducción general sobre el lavado de activos según la ley colombiana. Explica las tres etapas del proceso de lavado de activos: 1) colocación del dinero en el sistema financiero, 2) estratificación o procesamiento, y 3) integración o reintegro de los capitales ilícitos. También describe varias técnicas comunes utilizadas para lavar activos, como estructurar transacciones, usar compañías de fachada, mezclar fondos ilícitos con fondos legítimos, y realizar
AFEX Chile combate el lavado de dinero. Tratados anti lavado de dinero.valoreschile
El documento describe los principales tratados y organizaciones internacionales involucradas en la lucha contra el lavado de dinero, como la Convención de Viena de 1988, la Convención de Palermo de 2000 y el Grupo de Acción Financiera. También explica cómo la empresa Afex ha adoptado políticas y procedimientos internos para cumplir con estas normativas, detectar operaciones sospechosas y reportarlas a las autoridades competentes.
El documento describe el origen de la criminalización internacional del lavado de dinero como un delito autónomo según la Convención de Viena de 1988. Propone la tipificación de actos como la conversión, transferencia y ocultamiento de bienes vinculados al tráfico de drogas. Explica las etapas del lavado (colocación, intercalación e integración) y los instrumentos internacionales que regulan la prevención y control de este delito.
El documento habla sobre la prevención del lavado de activos, financiamiento del terrorismo y proliferación de armas de destrucción masiva. Explica los antecedentes históricos del lavado de activos, las definiciones y etapas del proceso (colocación, estratificación e integración), sus objetivos y efectos negativos como aumento de la delincuencia. También resume las recomendaciones de la ONU para combatirlo, como la Convención de 1988 contra el tráfico ilícito de drogas que establece medidas contra el blanque
Participación en la 2° edición del Seminario de Actualización Jurídico Penal organizado por el Centro de Altos Estudios Jurídicos con el tema "LINEAMIENTOS PARA LA PREVENCIÓN DEL LAVADO DE ACTIVO EN EL SISTEMA FINANCIERO".
Abc del lavado de activos y la financiacion del terrorismoisaid06
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Este documento presenta una introducción general sobre el lavado de activos según la ley colombiana. Explica las tres etapas del proceso de lavado de activos: 1) colocación del dinero en el sistema financiero, 2) estratificación o procesamiento, y 3) integración o reintegro de los capitales ilícitos. También describe varias técnicas comunes utilizadas para lavar activos, como estructurar transacciones, usar compañías de fachada, mezclar fondos ilícitos con fondos legítimos, y realizar
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El documento describe los principales tratados y organizaciones internacionales involucradas en la lucha contra el lavado de dinero, como la Convención de Viena de 1988, la Convención de Palermo de 2000 y el Grupo de Acción Financiera. También explica cómo la empresa Afex ha adoptado políticas y procedimientos internos para cumplir con estas normativas, detectar operaciones sospechosas y reportarlas a las autoridades competentes.
El documento describe el origen de la criminalización internacional del lavado de dinero como un delito autónomo según la Convención de Viena de 1988. Propone la tipificación de actos como la conversión, transferencia y ocultamiento de bienes vinculados al tráfico de drogas. Explica las etapas del lavado (colocación, intercalación e integración) y los instrumentos internacionales que regulan la prevención y control de este delito.
El documento habla sobre la prevención del lavado de activos, financiamiento del terrorismo y proliferación de armas de destrucción masiva. Explica los antecedentes históricos del lavado de activos, las definiciones y etapas del proceso (colocación, estratificación e integración), sus objetivos y efectos negativos como aumento de la delincuencia. También resume las recomendaciones de la ONU para combatirlo, como la Convención de 1988 contra el tráfico ilícito de drogas que establece medidas contra el blanque
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Este documento trata sobre la prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Explica conceptos clave como lavado de activos, financiamiento del terrorismo, sujetos obligados no financieros, reporte de operaciones sospechosas, y marco legal relevante incluyendo leyes y organismos internacionales como el GAFI. También describe las diferencias entre lavado de activos y financiamiento del terrorismo en términos de su motivación e intención.
Conoce ¿qué es el lavado de dinero? en Guatemala, las leyes que infringe como delito y mucha información adicional interesante, con este libro del Banco de Guatemala, www.banguat.gob.gt
Conferencia: Lavado de activos en los partidos políticosFulbrightRD
Presentacion de Heiromi Castro, titulada "El Lavado de Activos en los Partidos Políticos" ofrecida el 19 de Abril del 2012 durante el conversatorio "Quien podra defendernos?" organizado por la Asociacion de Ex Becarios Fulbright de la Rep. Dom.
El documento define el lavado de dinero como el proceso de ocultar la procedencia ilegal de fondos para hacerlos parecer legítimos. Describe las tres fases del lavado de dinero: depósito, encubrimiento e integración. También menciona algunos delitos relacionados como tráfico de drogas y corrupción. La normativa costarricense, como la Ley 8204 y el Acuerdo SUGEF 12-10, establecen requisitos para que las instituciones financieras prevengan y detecten operaciones de lavado de dinero.
El documento resume las responsabilidades de los contadores públicos en relación con la ley de lavado de dinero y la ley de blanqueo de capitales en Argentina. Los contadores deben informar cualquier operación sospechosa a la UIF e identificar a los clientes. La ley de blanqueo libera a los contadores de responsabilidad por activos no declarados con anterioridad, pero no los exime de sus obligaciones de reportar operaciones sospechosas relacionadas con el lavado de dinero.
Este documento trata sobre el marco regulatorio del lavado de dinero en México. Explica la legislación mexicana e internacional relacionada, así como las obligaciones de reporte a la Unidad de Inteligencia Financiera para ciertas actividades vulnerables cuando superan umbrales monetarios. También cubre los montos actualizados sujetos a reporte y las multas por incumplimiento de estas obligaciones.
El documento describe las 40 recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) para combatir el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo. El GAFI es un organismo intergubernamental que establece estándares y promueve la implementación de medidas legales, regulatorias y operativas contra estas amenazas. Las 40 recomendaciones abarcan políticas, delitos, medidas preventivas, transparencia, capacidades de las autoridades y cooperación internacional. El objetivo es que los países implementen un enfoque basado en riesgos de acuerdo con
Este documento resume las responsabilidades de los sujetos obligados bajo la Ley contra el lavado de dinero y de activos, incluyendo la obligación de enviar reportes de transacciones, establecer políticas de debida diligencia para identificar clientes, verificar el origen de fondos, mantener registros y archivos, capacitar al personal, establecer mecanismos de auditoría, y más. También cubre los requisitos para que ciertos giros empresariales se acrediten ante la Unidad de Investigación Financiera para poder operar con la banca.
El documento analiza los retos del Ministerio Público para combatir el delito de lavado de dinero en el Perú. Explica que el lavado de dinero mueve 400 mil millones de dólares anualmente según la ONU. También describe las 14 modalidades más comunes de lavado de dinero y los instrumentos internacionales que luchan contra este delito, como la Convención de Viena de 1988. Finalmente, señala que es necesario que el Ministerio Público cree Unidades de Inteligencia Financiera para agilizar las investigaciones de lavado de dinero.
El cierre de ventas es el proceso final luego de presentar el producto o servicio al cliente y haber hecho frente a sus objeciones, se induce a convencerlo por la compra, pasando de ser un prospecto de venta pasa a convertirse en nuestro cliente.
Lugar y Fechas:
Quito, martes 23 de febrero
Guayaquil, miércoles 24 de Enero
Horario: 09h00 a 18h00
Curso prevención lavado de activos material.pptxozmarunju
Este documento presenta información sobre las normas para la prevención del lavado de activos y su impacto en la profesión contable. Explica los delitos de lavado de activos y financiación del terrorismo, las acciones de prevención en Argentina y el marco normativo. También describe el impacto de estas normas en las actividades de los profesionales de ciencias económicas y sus responsabilidades.
El documento resume la historia de las leyes y decretos relacionados con el blanqueo de capitales en Panamá. Describe los objetivos y funciones de la Ley 23 de 2015, incluyendo establecer coordinación nacional, ordenar principios de prevención y crear la Unidad de Análisis Financiero. También presenta ejemplos de tipologías como cobradores fieles y esquemas piramidales, así como señales de alerta como falta de documentación y rendimientos excesivos.
M1 - Diplomado Gestión de Riesgo de Lavado de Activos ENJ
El documento resume la evolución histórica de la legislación contra el lavado de activos y financiamiento del terrorismo a nivel internacional y en la República Dominicana. Comienza con las primeras convenciones de las Naciones Unidas en los años 80 y continúa explicando hitos como las recomendaciones del GAFI en 1990, la Convención de Palermo en 2000 y las leyes dominicanas como la 72-02 y la actual 155-17, destacando los cambios en las definiciones y medidas para combatir estos delitos.
Lavado de dinero, medidas preventivas que deben tomar las empresasMiguel Ramírez
Colombia ha visto cómo las redes de crimen organizado causan profundos perjuicios a su ciudadanía y proyectan una imagen negativa del país. Los distintos gobiernos de la nación han firmado convenios internacionales para procurar la persecución de numerosos delitos.
Lavado de Dinero - David Silber - I.J.A. - A.P.I.C.E.C. - Mar del Plata - ago...peritosilber
Este documento resume la normativa argentina sobre prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Explica que la ley 25246 de 2000 creó la Unidad de Información Financiera y estableció la obligación de diferentes sujetos de informar operaciones sospechosas. Entre los sujetos obligados se encuentran contadores públicos, quienes deben informar cuando prestan servicios a empresas con activos superiores a $3 millones o que duplicaron su activo en un año. El documento también describe las transacciones que deben ser consideradas sos
Este documento resume los principales aspectos del lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Explica brevemente qué es cada uno de estos delitos y sus métodos. Luego describe las señales de alerta y el marco normativo de prevención en Perú. Finalmente, destaca que el objetivo del sistema de COOPAC SPA es mitigar el riesgo reputacional de ser utilizado con fines ilícitos, colaborando con las autoridades en la detección de operaciones sospechosas.
El documento resume los principales aspectos de la Ley 23 de 2015 sobre prevención del blanqueo de capitales en Panamá, incluyendo el objetivo de identificar y mitigar riesgos, la creación de un Sistema de Coordinación Nacional liderado por la Comisión Nacional contra el Blanqueo de Capitales (CNBC) y la Unidad de Análisis Financiero (UAF), y los requisitos para los sujetos obligados de reportar operaciones sospechosas y congelar fondos sospechosos de forma temporal.
Este documento trata sobre la prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Explica conceptos clave como lavado de activos, financiamiento del terrorismo, sujetos obligados no financieros, reporte de operaciones sospechosas, y marco legal relevante incluyendo leyes y organismos internacionales como el GAFI. También describe las diferencias entre lavado de activos y financiamiento del terrorismo en términos de su motivación e intención.
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1. ACTUALIZACIÓN TEMA 1: LAVADO DE ACTIVOS
A continuación se encuentra resaltada la información que fue actualizada para que sea tenida en
cuenta a la hora de realizar el estudio del módulo:
Concepto del lavado de activos y delitos fuente
El lavado de activos es el proceso mediante el cual organizaciones criminales buscan dar apariencia
de legalidad a los recursos generados de sus actividades ilícitas. En términos prácticos, es el proceso
de hacer que dinero sucio parezca limpio, mediante lo cual las organizaciones criminales o
delincuentes pueden hacer uso de dichos recursos y, en ocasiones, hasta obtener ganancias sobre
los mismos.
Cuando una actividad criminal genera importantes ganancias, el individuo o grupo involucrado
busca una forma de controlar los recursos sin llamarla atención sobre la actividad real olas personas
involucradas. Los delincuentes hacen esto para ocultar las fuentes, cambiando la forma o
movilizando el dinero hacia un lugar donde es menos posible que llame la atención.
Una persona que comete un delito, inicialmente intentará evitar que sus actividades sean
detectadas por las autoridades judiciales, eludir los controles establecidos por las entidades que
gestionan el riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo o ser reportado a la Unidad
Administrativa Especial de Información y Análisis Financiero - Uiaf. Si la persona es detenida o
involucrada en un proceso penal, tratará de evitar que se demuestre el origen ilícito de los recursos
y así evitar la extinción de dominio.
En su interés de aprovechar las ganancias de su delito, los delincuentes enfrentan un desafío:
cómo gastar o invertir grandes sumas de dinero sin dejar en evidencia la fuente ilícita de sus
ingresos, sin atraer la atención de las autoridades judiciales. Con el fin de poder utilizar el dinero
despreocupadamente, los delincuentes tratan de asegurarse de suprimir cualquier vínculo directo
entre el producto de su delito y sus actividades ilegales. También pueden tratar de construir una
explicación plausible consistente en un aparente origen legal del dinero que poseen. De esta
manera, los delincuentes tratan de limpiar —"lavar"— sus ganancias de la delincuencia antes de
gastar o invertir en la economía legal.
Es por esto que recurren a diferentes actividades ilícitas sancionadas en la legislación de los países
mediante la tipificación de los llamados «delitos subyacentes»1
.En el caso de Colombia, el delito de
lavado de activos cuenta con 58 delitos subyacentes establecidos en el Código Penal Colombiano.
Grupo de Acción Financiera Internacional, Gafi (Recomendaciones)
http://www.fatf-gafi.org/
La Financial Action Task Force, Fatf, Grupo de Acción Financiera, también conocido por su nombre
en francés como Groupe d'action financière, Gafi, es una institución intergubernamental creada en
1
Delito subyacente: es la actividad delictiva que ha generado ganancias, las cuales, al ser blanqueadas, dan como resultado el delito de
lavado de activos. Fuente: Banco Mundial (2007). Guía de Referencia para el Antilavado de Activos y la lucha Contra el Financiación del
terrorismo.
Operación sospechosa
Operación sospechosa
2. 1989 por el G7 para luchar contra el blanqueo de capitales procedentes del narcotráfico y el
terrorismo, propósito para el cual, en 1990, promulgó las cuarenta recomendaciones, consideradas
como parámetros mínimos y básicos en la lucha contra el lavado de activos, concebidas para
aplicarse en todos los sectores de la economía. Posteriormente, y como respuesta a los atentados
del 11 de septiembre de 2001, el Gafi emitió nueve recomendaciones especiales adicionales, a
través de las cuales se exhorta a los países a combatir la financiación del terrorismo.
Es importante tener en cuenta que entidades como el Fondo Monetario Internacional, FMI, y el
Banco Mundial reconocen a las 49 recomendaciones del Gafi como estándares internacionales para
combatir el lavado de activos y la financiación del terrorismo.
El Gafi en el marco de la XXIII Reunión plenaria celebrada del 13 al 17 de febrero de 2012, en Paris,
modificó las 49 recomendaciones y las sintetizó en 40 recomendaciones, a través de las cuales se
insta a todos los países a combatir el lavado de activos, la financiación de terrorismo y agregó la
financiación a la proliferación de armas de destrucción masiva.
Con el propósito de fomentar la aplicación mundial de sus recomendaciones, el Gafi,, promueve el
establecimiento de grupos regionales, como el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica,
Gafilat; el Grupo de Acción Financiera del Caribe, Gafic; el Grupo Asia/Pacífico, APG; el Comité de
Expertos del Consejo de Europa, Moneyval: el Grupo Euroasiático, EAG; el Grupo del Este y del Sur
de África, Esaamlg; y el Grupo de Acción
Financiera del Medio Este y Norte de África, Menafatf.
Gafilat
http://www.gafilat.org
El Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT) es una organización intergubernamental
de base regional que agrupa a 16 países de América del Sur, Centroamérica y América de Norte para
combatir el lavado de dinero y la financiación del terrorismo. Actualmente Colombia es miembro
del Gafilat, ante el cual la Uiaf es el coordinador nacional.
El Gafi y los grupos regionales realizan las evaluaciones mutuas para examinar el nivel de
cumplimiento de sus propios criterios y recomendaciones en materia de ALC/CFT en cada uno de
los países.
El Gafilat fue creado a semejanza del Gafi, en adhesión a las 40 recomendaciones como estándar
internacional contra el lavado de dinero y a las recomendaciones especiales contra la financiación
del terrorismo más reconocido y prevenido el desarrollo de Recomendaciones propias de mejora de
las políticas nacionales para luchar contra estos delitos.
Sus órganos de funcionamiento son el Pleno de Representantes, el Consejo de Autoridades, la
Secretaría Ejecutiva y los Grupos de Trabajo. Cuenta, además, con el ofrecimiento del gobierno de
Uruguay, que ha puesto a disposición del Grupo su centro de capacitación en materia de lavado de
dinero, en Montevideo.
3. Participan como observadores la República Federal de Alemania, el Banco Interamericano de
Desarrollo, el Banco Mundial, Canadá, el Reino de España, los Estados Unidos de América, el Fondo
Monetario Internacional, la República de Francia, la República de Guatemala, la Organización de
Estados Americanos —representada por la Comisión Interamericana contra el Abuso de Drogas,
Cicad, y el Comité Interamericano contra el Terrorismo, Cicte—, la Organización de las Naciones
Unidas —representada por la Oficina contra la Droga y el Delito y por el Secretariado del
Comité contra el Terrorismo del Consejo de Seguridad—, la Interpol y la República de Portugal.
También asisten a sus reuniones, como organizaciones asociadas, el Grupo de Acción
Financiera Internacional sobre lavado de dinero, Gafi/Fatf: el Grupo de Acción Financiera del Caribe,
Gafic/Cfatf; y el Grupo Asia-Pacífico contra el lavado de activos, Apgml.
Manejo de los requerimientos a las autoridades nacionales
¿Quiénes deben reportar a la Uiaf?
Resolución 260 del 21 de marzo de 2013 de Coljuegos: «por la cual se impone a las personas
jurídicas que operan el monopolio rentístico de los juegos de suerte y azar localizados, la
obligación de reportar de manera directa a la Unidad de Información y Análisis Financiero».
Resolución Uiaf 141 del 7 de diciembre de 2006: «por la cual se impone a las personas jurídicas
que operan el monopolio rentístico de los juegos de suerte y azar localizados, la obligación de
reportar de manera directa a la Unidad de Información y Análisis Financiero».
Resolución Uiaf 153 de 2013: derogo la Resolución 141 de 2006 y estableció que los reportes
de los operadores de juegos de suerte y azar localizados se regirán por la Resolución 260 de
2013 de Coljuegos.
Información solicitada: reportes de operaciones sospechosas, transacciones en efectivo
(individuales y múltiples), ganadores de premios y reportes de ausencias.
Resolución Uiaf 142 del 7 de diciembre de 2006: «por la cual se impone a las personas jurídicas
públicas y privadas que exploten o administren el monopolio rentístico de las loterías, juegos
de apuestas permanentes o chance, juegos novedosos, apuestas en eventos deportivos,
gallísticos, caninos y similares y los eventos hípicos, la obligación de reportar de manera directa
a la Unidad de Información y Análisis Financiero».
Información solicitada: reportes de operaciones sospechosas y ganadores de premios y
reportes de ausencias.
Resolución Uiaf 154 de 2013: derogo parcialmente la Resolución 142 de 2006 y estableció que
los reportes de los operadores de juegos de suerte y azar novedosos se regirán por la Resolución
260 de 2013 de Coljuegos.
Información solicitada: reportes de operaciones sospechosas y ganadores de premios y
reportes de ausencias.
4. En los demás juegos establecidos en la Resolución 142, se aplicará lo dispuesto en dicha norma.
Resolución Uiaf 078 de 2007: «por la cual se aclaran las Resoluciones Uiaf 141 y 142 de 2006».
Circular Externa No. 1536 del 17 de septiembre de 2013 de la Superintendencia de Notariado
y Registro: por la cual se estableció la obligación de los notarios de enviar reportes directamente
a la Uiaf.
Resolución Uiaf 239 de 2013: derogo la Resolución 033 de 2007. Estableció que los reportes de
los notarios se regirán por la Circular Externa 1536 de la Superintendencia de Notariado y
Registro.
Información solicitada: reportes de operaciones sospechosas, reportes de operaciones
notariales (individuales y múltiples) y reportes de ausencias.
Resolución Uiaf 033 del 9 de abril de 2007: «por la cual se impone a los notarios de todos los
círculos del territorio nacional, la obligación de reportar de manera directa a la Unidad de
Información y Análisis Financiero».
Información solicitada: reportes de operaciones sospechosas, reportes de operaciones
notariales (individuales y múltiples) y reportes de ausencias.
Resolución Uiaf 062 del 12 de junio de 2007: «por la cual se impone a los profesionales de
compra y venta de divisas, la obligación de reportar de manera directa a la Unidad de
Información y Análisis Financiero».
Información solicitada: reportes de operaciones sospechosas, transacciones en efectivo
(individuales y múltiples) y reportes de ausencias.
Resolución Uiaf 101 del 31 de agosto de 2007: «por la cual se impone a las personas naturales,
sociedades comerciales y empresas unipersonales dedicadas de manera profesional en el
territorio nacional a la compraventa y/o compraventa mediante consignación de vehículos
automotores nuevos y/o usados, la obligación de reportar de manera directa a la Unidad de
Información y Análisis Financiero». Derogo la Resolución 114 de 2007.
Información solicitada: reportes de transacciones de compraventa de vehículos automotores y
ausencias.
Resolución Uiaf 285 del 19 de diciembre de 2007 y 212 de 2009: «por la cual se impone a los
depósitos públicos y privados; sociedades de intermediación aduanera; sociedades portuarias;
usuarios de zona franca; empresas transportadoras; agentes de carga internacional; usuarios
aduaneros permanentes y usuarios altamente exportadores, la obligación de reportar de
manera directa a la Unidad de Información y Análisis Financiero».
Información solicitada: reportes de operaciones sospechosas, transacciones en efectivo y
ausencias.
Resolución Uiaf 363 del 18 de noviembre de 2008: «por la cual se impone a las empresas
exportadoras y/o importadoras de oro, las casas fundidoras de oro y a las sociedades de
5. comercialización internacional que dentro de su actividad económica tengan la comercialización
de oro y/o realicen operaciones de exportación y/o importación de oro, el deber de reportar a
la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF)».
Están igualmente obligadas a reportar: I) Las entidades vigiladas por la Superintendencia
Financiera, conforme a lo establecido en la Circular Básica Jurídica 07 de 1996 de la
Superintendencia Financiera, y a lo establecido en la Circular 010 de 2013; II) Las empresas
transportadoras de valores, empresas de vigilancia y seguridad privadas y empresas de blindaje de
vehículos conforme lo dispuesto en la Circular Externa 008 de 2011 expedida por la
Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada ; III) Las Cooperativas de Ahorro y Crédito y
Multiactivas e Integrales con sección de ahorro y crédito, de conformidad con la Circular 007 de
2008, expedida por la Superintendencia de la Economía Solidaria; IV) Las empresas transportadoras
de vehículos de carga terrestre vigilados por la Superintendencia de Puertos y Transportes, en virtud
de lo contemplado en su Circular Externa 011 de 2011; V) Los clubes con deportistas
profesionales de acuerdo con lo prescrito en la ley 1445 de 2011 y la Circular Externa 000002 de
2013 de Coldeportes; VI) Las empresas que efectúan giros postales, habilitadas por el Operador
Postal Oficial (4-72), bajo la Resolución 1344 del 22 de junio de 2012, expedida por el Ministerio de
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Mintic.