AMAZONIA: Solicitud de SOLIDARIDAD URGENTE con pueblos no contactados
1. ORGANIZACIONES DE LA
SOCIEDAD CIVIL FRENTE A LA
LICITACIÓN DEL BLOQUE
ARMADILLO
Los ciudadanas y ciudadanos abajo firmantes, representantes de
organizaciones nacionales e internacionales de la sociedad civil,
defensores de los Derechos Humanos y de la Naturaleza, académicos,
expresamos nuestra indignación porque el Comité de Licitación
Hidrocarburífera (COLH) de la Secretaría de Hidrocarburos del
Ministerio de Recursos Naturales No Renovables, el 16 de junio
pasado, ha convocado a las empresas petroleras a participar en la
licitación para la exploración y explotación de petróleo crudo en el
Bloque Armadillo, que colinda con la Zona Intangible Tagaeri
Taromenane.
Consideramos:
Que ha sido corroborada la existencia de pueblos indígenas libres en
la zona del ahora llamado Bloque Armadillo por informes elaborados
2. por el propio Ministerio del Ambiente, así como también por el
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a través de su Plan de
Medidas Cautelares.
Que el Decreto Ejecutivo 2187 del 3 de enero de 2007 que delimita la
Zona Intangible Tagaeri Taromenane y su Zona de Amortiguamiento,
utiliza una demarcación insuficiente, que no incorporó las dinámicas
de movilidad de los pueblos indígenas libres, sino únicamente la
conveniencia de los bloques petroleros ya adjudicados.
Que el artículo 57 numeral 21 de la Constitución del Ecuador
determina que “los territorios de los pueblos en aislamiento voluntario
son de posesión ancestral irreductible e intangible, y en ellos estará
vetada todo tipo de actividad extractiva. El Estado adoptará medidas
para garantizar sus vidas, hacer respetar su autodeterminación y
voluntad de permanecer en aislamiento, y precautelar la observancia
de sus derechos. La violación de estos derechos constituirá delito de
etnocidio, que será tipificado por la ley.”
Que en la Política Nacional para la “Protección de los Pueblos
Indígenas en Aislamiento Voluntario”, se manifiesta que “(…) se
garantizará la protección de tierras y territorios a favor de los pueblos
indígenas en aislamiento y ello comporta el compromiso del Estado de
evitar cualquier actividad, del tipo que sea, que pueda poner en peligro
su supervivencia”.
Que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos otorgó en el
año 2006 medidas cautelares a favor de los pueblos indígenas libres
solicitando al Estado ecuatoriano adoptar medidas efectivas para
proteger la vida e integridad personal de los miembros de los pueblos
Tagaeri y Taromenane, con el fin de proteger el territorio en el que
habitan, incluyendo las acciones requeridas para impedir el ingreso de
terceros.
Que los funcionarios del Estado, al no adoptar las medidas de
protección necesarias para garantizar los derechos de los pueblos
indígenas libres así como los de trabajadores cuyas vidas también
estarían en peligro, y los miembros de las empresas petroleras, que
ingresen en las zonas restringidas, incurrirían en los delitos tipificados
en el Código Penal de genocidio y etnocidio.
3. Que el informe elaborado el 27 de enero de 2010 por el “Plan de
Medidas Cautelares para la Protección de los Pueblos en Aislamiento”
del Ministerio del Ambiente, en sus conclusiones finales, al
recomendar el no ingreso al Campo Armadillo, determina que “(…) el
inicio de actividades petroleras en las actuales condiciones pondría en
riesgo no solo la vida y los derechos humanos de los indígenas
aislados del grupo que allí habita sino también la de los trabajadores
petroleros, colonos y Waorani de la zona (…)”.
Que el gobierno se encuentra impulsado la Iniciativa Yasuní-ITT, en
la que la protección de estos pueblos es uno de los argumentos
centrales, y que esta licitación seria una profunda incongruencia en
relación a su compromiso con el respeto de estos pueblos.
Condenamos la convocatoria a licitación para la explotación del
bloque Armadillo, hecho que vulnera derechos fundamentales de los
pueblos indígenas libres, incluyendo su derecho a la vida.
Recordamos que el país, de acuerdo a la Constitución del 2008,
aprobada por el pueblo ecuatoriano, debe orientarse de acuerdo a los
principios del Buen Vivir o Sumak Kawsay y de la Plurinacionalidad,
que son el fundamento para garantizar la vida digna de todos los
habitantes del país. Vida digna que no puede legitimarse provocando
la muerte de ninguna persona, incluyendo los pueblos Tagaeri y
Taromenane que viven aislados, hecho que atentaría, además, en
contra de la Declaración de Derechos Humanos y otros instrumentos
internacionales que ha suscrito el Ecuador y a los que el Estado debe
remitirse como mandato constitucional.
Exhortamos a que se detenga inmediatamente dicha licitación que
pondría en riesgo la vida de compatriotas que viven en dicha región.
Alertamos a las empresas petroleras que participen en dicha
licitación, así como a las autoridades gubernamentales, a atenerse a
las consecuencias jurídicas que puede provocar cualquier afectación
de la vida de los pueblos indígenas libres.
Exigimos que se apliquen inmediatamente políticas económicas que
no encadenen al país a ser permanentemente un productor y
exportador de materias primas; situación que explica nuestro
4. subdesarrollo y que, además, ahonda la crisis económica, social y
ecológica global.
Firman:
Humberto Cholango, Presidente CONAIE
Defín Tenesaca, Presidente ECUARRUNARI
Alberto Acosta, Ex Presidente de la Asamblea Constituyente
Elsie Monge, Comisión Ecuménica de Derechos Humanos
Ivonne Yánez, Presidenta Acción Ecológica
Esperanza Martínez, Campaña Amazonía por la Vida
Campaña Prodefensores de los Derechos Humanos y de la Naturaleza